PRESENTACION 1 DE SISTEMA TIRUBUTARIO DOMINICANO (1).pptx
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BUENAS NOCHES
Si la montaña que
subes parece cada
vez más imponente es
que la cima está cada
vez más cerca.
BIENVENID@S
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1- Actividad financiera del estado dominicano
Introducción
El estado como ente regulador de las actividades
socioeconómicas de un país, tiene que desarrollar una
serie de acciones tendentes a lograr los niveles de
desarrollo prefijados, en lo social, económico y políticos
de una nación.
Dentro de las funciones que corresponden al estado en
pro de disminuir a su mínima expresión la brecha
económica y social entre sus ciudadanos, están las
actividades financieras. Estas actividades en general
tienen como propósito fundamental la regulación de
parte del Poder Ejecutivo y los organismos monetarios y
financieros, si se toma como ejemplo el caso de la
República Dominicana, se concentra en la recaudación
de impuestos, tasas y tributos, así como la regulación de
la tasa de cambio en el mercado de divisa.
En la República Dominicana existe una
estructura organizativa de la actividad
financiera del estado que abarca a
entidades como la Secretaría de Estado
de Finanzas y sus apéndices: Banco
Central (con la Junta Monetaria y
Superintendencia de Bancos); Dirección
General de Aduanas; Dirección General
de Impuestos Internos; Cámara de
Cuentas; y, Contraloría General de la
República.
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Actividad Financiera:
La actividad financiera puede definirse como el conjunto
de elecciones o decisiones económicas que se
materializan en la realización de ingresos y gastos
públicos.
Ingresos:
Los ingresos, en términos económicos, hacen referencia
a todas las entradas económicas que recibe una persona,
una familia, una empresa, una organización, un gobierno.
El tipo de ingreso que recibe una persona o una empresa
u organización depende del tipo de actividad que realice
(un trabajo, un negocio, una venta, entre otros.). El
ingreso es una remuneración que se obtiene por realizar
dicha actividad. (McDonnell, 1997).
Ingresos públicos:
Los ingresos públicos son los recursos que capta
el sector público para realizar sus actividades.
Desde un punto de vista cuantitativo,
los impuestos constituyen el principal
componente de los ingresos públicos. Un
segundo componente de los mismos son los
precios públicos establecidos por la utilización de
instalaciones públicas. Otras vías de recursos
públicos son los procedentes de la venta de
determinados activos, por ejemplo a través de la
privatización de empresas y también el Estado
puede captar recursos mediante el
endeudamiento
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Tributo:
, exigidas por una administración pública como
consecuencia de la realización del hecho
imponible al que la ley vincule en el deber de
contribuir. Su fin primordial es el de obtener
los ingresos necesarios para el sostenimiento
del gasto público, sin perjuicio de su
posibilidad de vinculación a otros fines.
La ley Tributaria:
Los tributos o impuestos en la República Dominicana se
encuentran regidos por el Código Tributario (Ley #11-92)
y sus modificaciones, por los Reglamentos para su
Aplicación (Decretos #139-98, 140-98 y 79-03) y sus
modificaciones, y por las normas dictadas por la Dirección
General de Impuestos Internos (DGII), organismo
autónomo encargado de su recaudación y administración
(Art. 3 de la Ley #227-06).
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Ley No 494-06 de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda
ARTÍCULO 1.- Se establece la Secretaría de Estado
de Hacienda como organismo rector de las finanzas
públicas nacionales sobre la base de la actual
estructura administrativa y funciones que
legalmente se le han asignado a la Secretaría de
Estado de Finanzas.
ARTÍCULO 2.- La Secretaría de Estado de
Hacienda tendrá la misión de elaborar y proponer al
Poder Ejecutivo la política fiscal del gobierno, la cual
comprende los ingresos, los gastos y el
financiamiento del sector público, así como conducir
la ejecución y evaluación de la misma, asegurando
la sostenibilidad fiscal en el corto, mediano y largo
plazo, todo ello en el marco de la política económica
del gobierno y de los lineamientos estratégicos que
apruebe el Consejo Nacional de Desarrollo.
Secretaría de Estado de Hacienda
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El Estado dominicano cuenta con 334 instituciones,
incluyendo los ayuntamientos y distritos municipales, las
bibliotecas, los distritos educativos, las escuelas, los
hospitales públicos, los museos y las procuradurías fiscales
como 1 institución respectivamente. A su vez, existen
instituciones que son ministerios o tienen la categoría de
ministerio y están compuestos de viceministerios y
direcciones generales, oficinas nacionales e instituciones
dependientes de ministerios. Puede acceder al listado de
organismos del Estado dominicano para ver en detalle la
organización.
La geolocalización de las instituciones públicas y otros sitios
de importancia de cada localidad, facilita el acceso
ciudadano a los servicios que cada una ofrece, al utilizar
direcciones de GPS para la localización de instituciones
públicas como escuelas, oficinas recaudadoras,
dependencias municipales, palacios municipales, alcaldías,
entre otros.
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Los impuestos constituyen una herramienta fundamental para que el Estado pueda
aumentar ingresos moderadamente predecibles, mejorar su relación con el ciclo
macroeconómico, favorecer la redistribución del ingreso en la sociedad y proveer a los
ciudadanos de infraestructura y servicios básicos, como salud y educación.
En consecuencia, ¿qué es un tributo y ejemplos?
Es decir, se trata de tributos (pagos a la administración) que se hacen porque se ha
recibido una contraprestación, siendo ésta la mayor diferencia que hay con los
impuestos. Ejemplo de ello podría ser una parada de metro que revalorice un terreno, el
asfaltado de una calle o la construcción de una plaza.
Sin embargo,
¿Qué son los impuestos?