El principio de no confiscatoriedad establece que los tributos no pueden afectar la esfera patrimonial de las personas de forma que no se trate por igual a situaciones iguales. Este principio se relaciona con la capacidad contributiva, que significa que deben tributar por igual quienes tienen la misma capacidad económica y de forma desigual quienes la tienen distinta. El principio también establece que no puede haber gravamen donde no existe capacidad de pago.