Este documento resume los conceptos clave de Derecho Financiero y Derecho Tributario. Explica que el Derecho Financiero regula las actividades financieras del Estado, mientras que el Derecho Tributario estudia las normas relacionadas con los tributos. También describe los principios generales del Derecho Tributario, como la legalidad, generalidad e igualdad, y las ramas del Derecho Tributario, como el Material, Formal y Procesal.
el presente trabajo trata sobre lo que son las
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Entendemos por fuentes del Derecho tributario las formas o actos a través de los cuales se manifiesta la vigencia del Derecho o también las manifestaciones Externas mediante las cuales se expresa la realidad de un ordenamiento jurídico.
Asi mismo en el C.O.T establece en su artículo 2 cuales son las fuentes del derecho tributario las cuales son las siguientes:
1. Las disposiciones constitucionales
2. Los tratados, convenios o acuerdo internacionales celebrados por la Republica.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
El derecho tributario:Es el conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas. Es una rama del Derecho Público ya que regula las relaciones entre los particulares y entidades privadas con los órganos del poder público, es decir con el Estado.
Parte General, es donde se consagran los principios aplicables a las relaciones entre el estado y los particulares, armonizando la necesidad de eficiencia funcional de los órganos fiscales con las garantías individuales de los contribuyentes. Se busca el equilibrio razonable entre el individuo y el estado.
el presente trabajo trata sobre lo que son las
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Entendemos por fuentes del Derecho tributario las formas o actos a través de los cuales se manifiesta la vigencia del Derecho o también las manifestaciones Externas mediante las cuales se expresa la realidad de un ordenamiento jurídico.
Asi mismo en el C.O.T establece en su artículo 2 cuales son las fuentes del derecho tributario las cuales son las siguientes:
1. Las disposiciones constitucionales
2. Los tratados, convenios o acuerdo internacionales celebrados por la Republica.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
El derecho tributario:Es el conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas. Es una rama del Derecho Público ya que regula las relaciones entre los particulares y entidades privadas con los órganos del poder público, es decir con el Estado.
Parte General, es donde se consagran los principios aplicables a las relaciones entre el estado y los particulares, armonizando la necesidad de eficiencia funcional de los órganos fiscales con las garantías individuales de los contribuyentes. Se busca el equilibrio razonable entre el individuo y el estado.
Theresultsofstartupexperimentalinvestigationsonthepropertiesofaturbulentboundarylayerover
flat plates with a chaotic micro- and nanostructure possessing hierarchy of granularity (fractality) are
given. Experimental investigations were carried out in the low-turbulent and low-speed aerodynamic
T-36I wind tunnel at TsAGI. The samples in the experimental study were flat plates (160 × 160
mm 2 ) with a fractal surface, which were obtained by high-temperature plasma processing in the
fusion device, QSPA-T, of metallic plates that were originally smooth. The influence of the surface
fractal microstructure on the velocity spectrum and the structure of the turbulent boundary layer
were registered in both load and hot-wire experiments. Suppression of the low-frequency bandwidth
of the velocity spectrum and the change in aerodynamic drag were observed, which indicates the
possibility of turbulence control.
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El derecho Financiero es aquella rama del derecho público que contempla una serie de normas jurídicas que regulan todas las actividades referentes a la administración de los recursos públicos (ingresos y gastos) reflejados de alguna manera en el Presupuesto Estatal, además del patrimonio de la nación, es decir de la Hacienda Nacional.
El derecho financiero Es aquella rama del derecho público que contempla una serie de normas jurídicas que regulan todas las actividades referentes a la administración de los recursos públicos (ingresos y gastos) reflejados de alguna manera en el Presupuesto Estatal, además del patrimonio de la nación, es decir de la Hacienda Nacional.
DERECHO FINANCIERO
Definición. Contenido. Fuentes del Derecho Financiero: a) Constitución, b) Ley, c) Decretos Ley, d) Reglamentos, e) tratados internacionales. Relación del derecho financiero con otras ramas del derecho: a) derecho constitucional, b) derecho administrativo, c) derecho procesal, e) Derecho penal, f) derecho tributario. Autonomía
DERECHO TRIBUTARIO
derecho tributario. Autonomía del derecho tributario. Principios generales del derecho tributario: a) legalidad, b) generalidad, c) Igualdad, d) progresividad, e) no confiscatoriedad, f) no retroactividad, g) justicia tributaria, h) prohibición de impuesto pagadero en servicio personal. Ramas del derecho tributario: a) derecho tributario material, b) derecho tributario formal, c) derecho tributario procesal, d) derecho tributario penal, e) derecho tributario internacional, f) Derecho tributario constitucional.
Derecho Tributario
Definición.
Contenido del derecho tributario.
Autonomía del derecho tributario.
Principios generales del derecho tributario:
a) legalidad, b) generalidad, c) Igualdad, d) progresividad, e) no confiscatoriedad, f) no retroactividad, g) justicia tributaria, h) prohibición de impuesto pagadero en servicio personal.
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ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
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Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Derecho tributario y derecho financiero
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
DOCENTE: ABOG. EMILY RAMIREZ
SAIA C
Alumna:
YOHANA PATRICIA LEAL
C.I. 26.458.274
Barquisimeto, 10 de Diciembre de 2015
2. DERECHO FINANCIERO
El Derecho Financiero es aquel conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular
la Actividad Financiera de un Estado en el establecimiento, obtención, manejo y
erogación del gasto público; además de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos
y los particulares.
En relación a la autonomía del Derecho, existen dos criterios doctrinales, el primero de
ellos establece que el derecho financiero es una parte, un capítulo especializado del
derecho administrativo y por consiguiente no tiene autonomía. Pues éstos afirman que
el Derecho Financiero forma parte del Derecho Administrativo porque su objeto es una
función administrativa que se sintetiza en la actividad que despliega el estado para
conseguir recursos.
Mientras que la corriente autonomista considera, que los problemas jurídicos que
surgen de la actividad financiera del Estado se resuelven mediante principios propios
de carácter unitario, además, señalan que el derecho financiero tiene importantes
ramas jurídicas como el derecho tributario, por lo que establecen la autonomía del
Derecho Financiero.
Las Fuentes del Derecho Financiero son:
a) La Constitución: Como base fundamental de la creación de normas financieras
(Artículos 316 y 320 C.R.B.V.).
b) La Ley: Como preceptos dictados de manera autentica, justa, general y obligatoria.
c) Decretos Leyes: Como acto del Poder Ejecutivo estableciendo reglas de Derecho
con Fuerza de Ley previa autorización del Poder Legislativo mediante Ley Habilitante.
d) Tratados Internacionales: Aprobados por el Poder Legislativo y publicado en
Gaceta Oficial.
En cuanto a la relación del derecho financiero con otras ramas del derecho,
podemos establecer lo siguiente:
a) Relación con el Derecho Constitucional: Las diversas ramas del Estado, están
sometidas al control Judicial de la Constitucional, en resumen la actividad financiera no
puede existir sino existe el Estado y las funciones del Estado no pueden llevarse a
cabo sino se realiza la actividad financiera por lo que en las normas fundamentales del
Derecho Político o Constitucional debe establecerse los principios básicos sobre los
cuales debe estructurarse el Sistema Tributario, y las demás normas del Derecho
Financiero.
b) Relación del Derecho Administrativo: La relación del Derecho Administrativo con
el Financiero se debe al ente que actúa en ambas disciplinas: La administración
Pública.
c) Relación con el Derecho Procesal: En lo que se refiere a los recursos que
interponen los contribuyentes inconformes los cuales deben regirse por procedimientos
fiscales.
3. d) Relación con el Derecho Penal: Por las violaciones de normas tributarias y la
aplicación de las penas de Fraude Fiscal.
e) Relación con el Derecho Tributario: Tiene por finalidad el estudio de las normas
legales, reglas y principios que regulan las imposiciones tributarias.
DERECHO TRIBUTARIO
Podemos decir que el Derecho Tributario es una rama del derecho público que estudia
las normas jurídicas a través de las cuales el estado ejerce su poder tributario con el
propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto
público en aras de la consecución del bien común.
Es importante acotar que en esta materia la analogía es admisible para colmar los
vacíos legales, pero en virtud de ella no pueden crearse tributos, exenciones,
exoneraciones ni otros beneficios, tampoco tipificar ilícitos ni establecer sanciones.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO: Los principios Generales
del Derecho Tributario son:
a) El Principio de Legalidad: Este principio es también conocido como Principio de
Reserva Legal de la Tributación y es considero como regla fundamental del Derecho
Público, ya que constituye una garantía esencial en el Derecho Constitucional, en cuya
virtud se requiere que todo tributo sea sancionado por una ley, cumpliendo a cabalidad
con lo establecido en nuestra constitución, y emanada por el órgano competente. Este
principio se encuentra consagrado en el Artículo 317 de nuestra Carta Fundamenta.
b) El Principio de Generalidad: Constituye la obligación jurídica general a todos y
cada uno de los habitantes del país con ciertas excepciones, a coadyuvar a los gastos
públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Tiene su base fundamental en el Artículo 133 de la Constitución de la República de
Venezuela Vigente.
c) El Principio de Igualdad: Este principio no significa igualdad ante la ley, mas bien,
que la ley misma tiene que dar un tratamiento igual, que tiene que respetar las
igualdades en materia de cargas tributarias o sea que los legisladores deben cuidar
que se dé un tratamiento igualitario a los contribuyentes, no es que los, jueces o
administraciones deban tratar a todos con igualdad ante la ley sino que deba ser
pareja; por consiguiente, el principio de igualdad es un límite para el poder legislativo.
Su basamento jurídico lo encontramos en el artículo 21 de nuestra carta magna.
d) El Principio de Progresividad: Este principio hace referencia a la exigencia que la
fijación de los tributos a los ciudadanos habitantes de un país, sean en proporción a
sus ingresos o manifestaciones de capacidad contributiva. A mayor ingreso mayor
impuesto. En concordancia con lo anterior establece nuestra constitución en su artículo
4. 316, entre otras cosas que: El sistema tributario procurará la justa distribución de las
cargas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de
progresividad.
e) El Principio de la No Confiscatoriedad: Nuestra Constitución en los Artículos 115 y
317 consagra el derecho a la propiedad privada, asegura su inviolabilidad, su use y
disposición, prohibiendo la confiscación. Un tributo es confiscatorio cuando absorben
una parte sustancial de la propiedad o de la renta.
Tanto el conjunto de impuestos, como cada impuesto, han de adecuarse a la capacidad
económica de los contribuyentes. Es decir que cada ley tributaria tome aspectos de
esta riqueza, pero sin destruir su base creadora. La violación a esta regla por exceso
tributario configura confiscación, constitucionalmente vedada, además de una suprema
irracionalidad.
f) El Principio de la No Retroactividad: Nadie puede ser condenado por acciones u
omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho
aplicable. Ninguna norma podrá aplicarse con carácter retroactivo, salvo que favorezca
al infractor. Este principio se encuentra consagrado en la Carta Fundamental en su
artículo 24 y en el 8 del Código Orgánico Tributario.
g) El Principio de la Justicia Tributaria: Significa que un tributo es justo en la medida
que grave a todos con igual intensidad. El sistema tributario debe procurar la justa
distribución de las cargas según la capacidad económica del responsable o
contribuyente pero respetando el principio de la progresividad. Se encuentra
consagrado en el Artículo 316 de nuestra Constitución; así como también en la
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, que dispone que.
“Toda persona tiene el deber de pagar los impuestos establecidos por la Ley para el
sostenimiento de los servicios públicos".
h) Principio de Prohibición de Impuesto Pagadero en Servicio Personal:
El pago de los tributos siempre debe ser en dinero efectivo, no puede pagarse con
conductas. Contempla la prohibición de las obligaciones de hacer y no hacer. Nuestra
Carta Magna en su Artículo 317 establece "que no podrá establecerse ningún impuesto
pagadero en servicio personal". Este principio consagra los derechos individuales de la
persona física y como es lógico no necesita de mayor explicación.
RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO:
a) Derecho Tributario Material: Contiene las reglas sustanciales relativas a las
normas tributarias, estudia cómo nace la obligación tributaria, extinción de esa
obligación tributaria, elementos y sujetos, extensión, sus fuentes, causas y privilegios.
5. b) Derecho Tributario Formal: Estudia la aplicación de la norma material a un
determinado caso concreto en todos sus aspectos. Analiza la determinación del tributo.
Determina la suma de dinero completa a que está obligado el sujeto pasivo y determina
la manera de ingresarlo al tesoro nacional, esa cantidad de dinero. Por ejemplo el
Impuesto a la Renta.
c) Derecho Tributario Procesal: Contiene las normas que regulan las controversias
de cualquier tipo que se plantean entre el fisco y los particulares, se refieran estos a la
existencia de la obligación tributaria, la determinación de la misma en cuanto al monto.
d) Derecho Penal Tributario: Regula jurídicamente lo concerniente a las infracciones
fiscales, ilícitos fiscales y sus sanciones a las normas aplicables en los casos de
violación a las disposiciones tributarias las cuales le son aplicables a los transgresores.
e) Derecho Internacional Tributario: Estudia las normas correspondientes cuando
diversas soberanías entran en contacto para evitar la doble tributación, defraudación y
formas de colaboración entre los Estados.
f) Derecho Constitucional Tributario: El Derecho Constitucional Tributario, estudia
las normas fundamentales que vigilan y disciplinan el ejercicio de la potestad.
6. CONCLUSIÓN
Finalmente, podemos establecer que el Derecho Financiero es aquel conjunto de
normas jurídicas que regulan todas las actividades financieras del estado, en tres
aspectos: 1. Establecimiento de tributos y la obtención de otra clase de recursos; 2.
Gestión y manejo de sus bienes patrimoniales y, 3. La Erogación de recursos para los
gastos públicos, y las relaciones jurídicas de los entes estatales encargados para tal fin
y los particulares.
En cuanto al Derecho Tributario en nuestro país, tenemos entonces que es una rama
del Derecho Financiero y es el encargado de todo lo concerniente a la creación,
supresión, características, elementos, procedimientos y aspectos relacionados con la
existencia de los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales). Reviste gran
importancia para la nación ya que es el que le permite obtener los recursos o ingresos
con los que se cubre el gasto público, y sin dichos impuestos o tributos no se podría
mantener el país de pie pues todos los servicios e infraestructura pública es cubierta
por todas las contribuciones que son aportadas por todos los individuos de la nación en
proporción a sus ingresos o riquezas.
7. BIBLIOGRAFIA
- Curso de Derecho Tributario, Universidad Fermín Toro, Saia C.
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente.
- Código Orgánico Tributario Venezolano.
- http://dacostacarnevali21.blogspot.com/2009/08/teoria-general-del-derecho-
tributario.html
- http://www.geocities.ws/uny_equipo1/acp6163/083/t1.html