El documento presenta el Código de Ética de Autorregularización Publicitaria y solicita analizar publicidades de diferentes marcas (Danonino, Hellmans, Ser, Vidacol, Activia, Actimel) según dicho código. El código establece principios como la honestidad, veracidad y respeto a las personas en la publicidad. También indica que la publicidad no debe ser engañosa o atentar contra la moral y debe respetar las leyes de protección al consumidor.
Etica profesional codigo de comunicacion comercial- clase02UTP
Este documento presenta el Código de Comunicación Comercial del Perú. Establece principios como la legalidad, decencia, veracidad y lealtad que deben guiar la publicidad. Define la publicidad como una actividad informativa y persuasiva que debe respetar la dignidad humana y no ser engañosa u ofensiva. También crea un Consejo de Autorregulación Publicitaria para aplicar este código de manera de proteger a los consumidores y fomentar la credibilidad de la publicidad.
Este documento presenta el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria. Establece que el código es de naturaleza ética y aplica a los mensajes publicitarios emitidos a través de medios de comunicación en Colombia. Define términos como anunciante, agencia de publicidad, anuncio y consumidor. Establece principios generales como decencia, honestidad y veracidad para los anuncios. También incluye disposiciones especiales sobre presentaciones verídicas, descripciones objetivas y sujetivas, y requisitos de identificación y
Etica profesional normas de conductas generales- clase03UTP
Este documento establece las normas de conducta generales para la publicidad comercial en Perú. Estas normas requieren que los anuncios sean legales, decentes, veraces y leales. Los anuncios deben respetar la dignidad humana y no promover la discriminación, violencia o conductas antisociales. También deben presentar la información de una manera honesta y precisa, sin engañar o exagerar, y respetar a la competencia sin denigrar sus productos o marcas.
02 etica profesional codigo de comunicacion comercial- clase02UTP
Este documento presenta el Código de Comunicación Comercial del Perú. Establece principios como la legalidad, decencia, veracidad y lealtad que deben guiar la publicidad. Define la publicidad como una actividad informativa y persuasiva que debe respetar la dignidad humana y no ser engañosa u ofensiva. También crea un Consejo de Autorregulación Publicitaria para aplicar este código de manera de proteger a los consumidores y fomentar la credibilidad de la publicidad.
Etica profesional normas de conductas especiales-clase04UTP
Este documento establece normas de conducta especiales para ofertas publicitarias en Perú. Estipula que las ofertas promocionales como "gratis", "descuentos" o "liquidación" no deben inducir a error y deben ser claras y comprobables. También requiere que se aclare el alcance de las ofertas y que las opiniones estén sustentadas con pruebas independientes. Además, exige que los anuncios se identifiquen claramente como publicidad ya sea en prensa, radio o televisión para no confundir
Código colombiano de autorregulación publicitariaImaginead
Este documento presenta el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria. Establece que el código tiene naturaleza ética y se aplica a la publicidad emitida a través de medios de comunicación en Colombia. Define conceptos como anunciante, agencia de publicidad, anuncio y consumidor. También establece principios generales como la decencia, honestidad y veracidad en la publicidad. Incluye disposiciones especiales sobre la presentación verídica de productos y la necesidad de que afirmaciones objetivas sean comprobables.
La legislación venezolana ha establecido normas para regular la publicidad y propaganda en los medios de comunicación, debido a que anteriormente estaban controlados por unos pocos y no protegían a la población. Ahora se han creado leyes como la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y normas de la CONATEL para regular el contenido y tiempo de publicidad. También se han desarrollado códigos de ética como el Código de Ética y Autorregulación de las Comunicaciones Comerciales para establecer principios de respeto, honestidad y
Etica profesional codigo de comunicacion comercial- clase02UTP
Este documento presenta el Código de Comunicación Comercial del Perú. Establece principios como la legalidad, decencia, veracidad y lealtad que deben guiar la publicidad. Define la publicidad como una actividad informativa y persuasiva que debe respetar la dignidad humana y no ser engañosa u ofensiva. También crea un Consejo de Autorregulación Publicitaria para aplicar este código de manera de proteger a los consumidores y fomentar la credibilidad de la publicidad.
Este documento presenta el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria. Establece que el código es de naturaleza ética y aplica a los mensajes publicitarios emitidos a través de medios de comunicación en Colombia. Define términos como anunciante, agencia de publicidad, anuncio y consumidor. Establece principios generales como decencia, honestidad y veracidad para los anuncios. También incluye disposiciones especiales sobre presentaciones verídicas, descripciones objetivas y sujetivas, y requisitos de identificación y
Etica profesional normas de conductas generales- clase03UTP
Este documento establece las normas de conducta generales para la publicidad comercial en Perú. Estas normas requieren que los anuncios sean legales, decentes, veraces y leales. Los anuncios deben respetar la dignidad humana y no promover la discriminación, violencia o conductas antisociales. También deben presentar la información de una manera honesta y precisa, sin engañar o exagerar, y respetar a la competencia sin denigrar sus productos o marcas.
02 etica profesional codigo de comunicacion comercial- clase02UTP
Este documento presenta el Código de Comunicación Comercial del Perú. Establece principios como la legalidad, decencia, veracidad y lealtad que deben guiar la publicidad. Define la publicidad como una actividad informativa y persuasiva que debe respetar la dignidad humana y no ser engañosa u ofensiva. También crea un Consejo de Autorregulación Publicitaria para aplicar este código de manera de proteger a los consumidores y fomentar la credibilidad de la publicidad.
Etica profesional normas de conductas especiales-clase04UTP
Este documento establece normas de conducta especiales para ofertas publicitarias en Perú. Estipula que las ofertas promocionales como "gratis", "descuentos" o "liquidación" no deben inducir a error y deben ser claras y comprobables. También requiere que se aclare el alcance de las ofertas y que las opiniones estén sustentadas con pruebas independientes. Además, exige que los anuncios se identifiquen claramente como publicidad ya sea en prensa, radio o televisión para no confundir
Código colombiano de autorregulación publicitariaImaginead
Este documento presenta el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria. Establece que el código tiene naturaleza ética y se aplica a la publicidad emitida a través de medios de comunicación en Colombia. Define conceptos como anunciante, agencia de publicidad, anuncio y consumidor. También establece principios generales como la decencia, honestidad y veracidad en la publicidad. Incluye disposiciones especiales sobre la presentación verídica de productos y la necesidad de que afirmaciones objetivas sean comprobables.
La legislación venezolana ha establecido normas para regular la publicidad y propaganda en los medios de comunicación, debido a que anteriormente estaban controlados por unos pocos y no protegían a la población. Ahora se han creado leyes como la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión y normas de la CONATEL para regular el contenido y tiempo de publicidad. También se han desarrollado códigos de ética como el Código de Ética y Autorregulación de las Comunicaciones Comerciales para establecer principios de respeto, honestidad y
Este documento contiene varios artículos sobre cumplimiento y no cumplimiento de publicidad. Los artículos describen lineamientos como que la publicidad debe identificarse claramente como pagada, no debe confundir al consumidor sobre precios, debe usar un lenguaje apropiado y respetuoso, y no debe utilizar menores para fomentar comportamientos condenables. También indica que la publicidad no debe dañar el medio ambiente, ridiculizar otras marcas o productos, ni promover un consumo abusivo de alcohol.
Marco legal de promocion y publicidad en mexicoCésar Juárez
La legislación mexicana regula la publicidad para evitar la información engañosa y proteger a los consumidores y competidores. Varias leyes como la Ley General de Salud, la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Protección al Consumidor establecen lo que constituye publicidad ilícita. Diferentes organismos gubernamentales como la Secretaría de Salud y la Procuraduría Federal del Consumidor aplican sanciones por publicidad que viole estas leyes. La regulación de la publicidad busca proteger la libre competencia y a
El documento presenta extractos de legislación mexicana sobre publicidad en radio y televisión. Establece que la publicidad debe mantener equilibrio con la programación, no promover vicios o engaños, y no incitar a la violencia o distorsionar hábitos nutricionales. También regula la publicidad de bebidas alcohólicas, loterías, concursos y contenido para niños. Incluye disposiciones sobre autorizaciones requeridas y restricciones para publicidad de salud, alimentos, tabaco y otros productos.
La publicidad engañosa es un problema relevante que afecta a muchos consumidores en su proceso de toma de decisiones. Diversas encuestas muestran que un porcentaje significativo de consumidores cree que la publicidad miente o engaña para vender, y pocos tienen una opinión positiva de la publicidad. Las leyes chilenas protegen a los consumidores al definir la publicidad como parte integral del contrato y obligar a las empresas a respetar lo informado, aunque a veces incluyen cláusulas abusivas. Resolver este problema complejo
El documento contiene regulaciones sobre publicidad en radio y televisión en México. Establece que la publicidad debe mantener equilibrio con la programación, no promover vicios o engaños, y no incitar a la violencia o distorsionar hábitos nutricionales. También requiere autorización gubernamental para publicidad de loterías, crédito, concursos y tratamientos médicos, y prohíbe publicidad de cantinas o que ofenda la moral.
Este documento resume las principales leyes y reglamentos que rigen la publicidad en México, incluyendo la Ley Federal de Radio y Televisión, la Ley General de Salud, y varios reglamentos. Estas leyes y reglamentos establecen normas sobre el contenido permitido en la publicidad, como prohibir la publicidad de centros de vicio, productos que causen daño o engañen, y establecer límites en el tiempo dedicado a la publicidad en radio y televisión. También regulan la publicidad de productos específicos como alimentos, bebid
La publicidad engañosa viola varias leyes mexicanas, incluyendo la Ley General de Salud, la Ley de la Propiedad Industrial y la Ley Federal de Radio y Televisión. Estas leyes prohíben la publicidad que proporcione información falsa o exagere las características de un producto, así como la publicidad que sea ofensiva, discriminatoria o que incite a la violencia. Varias agencias gubernamentales mexicanas, como la Secretaría de Salud y la Secretaría de Gobernación, son responsables de aplicar sanciones a la publicidad
Este documento resume las relaciones entre el derecho y la publicidad. Explica que el derecho de autor, patentes, marcas, reglamentaciones locales e internacionales, y aspectos fiscales son parte del régimen legal de la publicidad. También define conceptos clave como derecho y publicidad, y describe los sujetos involucrados en la comunicación publicitaria como el anunciante, agencias de publicidad y medios de difusión.
Este documento resume las relaciones entre el derecho y la publicidad. Explica que el derecho de autor, patentes, marcas, reglamentaciones locales e internacionales, y aspectos fiscales son parte del régimen legal de la publicidad. También define conceptos clave como derecho y publicidad, y describe los sujetos involucrados en la comunicación publicitaria como el anunciante, agencias de publicidad y medios de difusión.
Cine colombia terminos y condiciones 23 de agosto.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Dependiendo del premio, los ganadores deberán recogerlo en las oficinas de Cine Colombia en Bogotá o en la taquilla del cine en su ciudad. Los premios no son transferibles a otras funciones u otros días.
Cine colombia terminos y condiciones 18 de septiembre.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Los premios incluyen boletas para funciones promocionales, merchandising u otros artículos, los cuales deberán reclamarse siguiendo los procedimientos indicados dependiendo de la ciudad del ganador.
Cine colombia terminos y condiciones 11 de septiembre.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Luego, se les indicará cómo reclamar su premio ya sea en las oficinas de Cine Colombia en Bogotá o en la taquilla del cine asignado para otras ciudades. Los premios solo son válidos para la función anunciada y no son
Etica profesional servicios de llamadas - clase018UTP
El documento presenta las normas de publicidad de servicios de llamadas telefónicas de contenido erótico en Perú, indicando que los anuncios deben estar dirigidos a adultos y solo permitidos en medios para adultos entre medianoche y 6 am, e incluir la tarifa, horario y datos del anunciante. También establece que los anuncios no regulados específicamente serán evaluados con los principios generales del código o por analogía.
Cine colombia terminos y condiciones. 3 de septiembreJulian Luque
Este documento establece los términos y condiciones para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las reglas. Los ganadores serán seleccionados respondiendo correctamente preguntas y deben vivir en ciudades con sucursales. Los ganadores recibirán premios como boletas u objetos promocionales y deberán cumplir ciertos procedimientos para reclamarlos.
Este documento presenta los marcos legales y normativos que rigen la publicidad en el país. Establece que los proyectos publicitarios deben cumplir con la legislación vigente y los principios éticos de responsabilidad social. Además, describe los códigos de conducta que rigen las relaciones entre anunciantes, agencias y medios de comunicación, garantizando la libertad de expresión comercial, la publicidad responsable y la libre contratación.
Este documento trata sobre la publicidad y la sociedad. Resume las principales críticas sociales a la publicidad, como que crea falsas necesidades o engaña a los consumidores. También examina el debate en torno a la publicidad y su relación con la cultura, así como las diferentes formas de control social y regulación jurídica de la publicidad, incluyendo la autorregulación. Finalmente, discute la base ética de la publicidad y la defensa de los derechos de los consumidores.
Plan de comunicación. Programa de Hábitos Saludablescens60enlinea
Este documento presenta un plan de comunicación para una campaña de hábitos saludables en una escuela. El plan incluye un diagnóstico de la situación actual, objetivos, destinatarios, estrategias, cronograma, ubicación y presupuesto. Se propone desarrollar un afiche para promover el tema en la escuela y analizar cómo los medios y publicidades abordan los hábitos saludables. La evaluación determinará el impacto de la campaña y posibles mejoras.
Este documento ofrece consejos sobre hábitos saludables para niños. Recomienda enseñarles a cuidar su salud, incluyendo la higiene dental, el uso de artículos personales, dormir temprano, comer de forma saludable, lavarse las manos, mantener limpia su habitación, hablar sobre sexualidad de forma apropiada para su edad, y respetar el medio ambiente.
Este documento trata sobre la promoción de hábitos de vida saludables en niños. Resalta que los hábitos de vida saludable se adquieren en la infancia y pueden durar toda la vida. La escuela y la familia deben ser modelos a seguir e inculcar hábitos como una alimentación balanceada, ejercicio físico regular, buena higiene y prevención de enfermedades. También discute recomendaciones nutricionales específicas para diferentes edades infantiles.
El documento habla sobre la importancia de mantener hábitos de vida saludables desde la infancia. Explica la pirámide alimenticia y los diferentes grupos de alimentos que se deben consumir diariamente para mantener una dieta equilibrada, como frutas, verduras, cereales, proteínas y grasas saludables. También destaca la importancia de realizar actividad física regular a través del deporte y ejercicio.
Este documento describe los hábitos saludables relacionados con la actividad física y la alimentación. Explica que comer de forma equilibrada, hacer ejercicio regularmente, descansar adecuadamente y mantener buena higiene son factores importantes para la salud. También analiza cómo la falta de actividad física puede contribuir al sobrepeso y la obesidad, y cómo el ejercicio puede ayudar a las personas con asma o alergias.
Este documento describe la importancia de promover estilos de vida saludables en niños y adolescentes. Resalta que un tercio de enfermedades pueden prevenirse mediante cambios en el comportamiento y destaca factores de riesgo como la pobreza, contaminación ambiental y exposición a metales pesados. Concluye enfatizando que es fundamental promover hábitos saludables como buena nutrición y evitar el tabaquismo para alcanzar un óptimo desarrollo físico y atenuar enfermedades a futuro.
Este documento contiene varios artículos sobre cumplimiento y no cumplimiento de publicidad. Los artículos describen lineamientos como que la publicidad debe identificarse claramente como pagada, no debe confundir al consumidor sobre precios, debe usar un lenguaje apropiado y respetuoso, y no debe utilizar menores para fomentar comportamientos condenables. También indica que la publicidad no debe dañar el medio ambiente, ridiculizar otras marcas o productos, ni promover un consumo abusivo de alcohol.
Marco legal de promocion y publicidad en mexicoCésar Juárez
La legislación mexicana regula la publicidad para evitar la información engañosa y proteger a los consumidores y competidores. Varias leyes como la Ley General de Salud, la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Protección al Consumidor establecen lo que constituye publicidad ilícita. Diferentes organismos gubernamentales como la Secretaría de Salud y la Procuraduría Federal del Consumidor aplican sanciones por publicidad que viole estas leyes. La regulación de la publicidad busca proteger la libre competencia y a
El documento presenta extractos de legislación mexicana sobre publicidad en radio y televisión. Establece que la publicidad debe mantener equilibrio con la programación, no promover vicios o engaños, y no incitar a la violencia o distorsionar hábitos nutricionales. También regula la publicidad de bebidas alcohólicas, loterías, concursos y contenido para niños. Incluye disposiciones sobre autorizaciones requeridas y restricciones para publicidad de salud, alimentos, tabaco y otros productos.
La publicidad engañosa es un problema relevante que afecta a muchos consumidores en su proceso de toma de decisiones. Diversas encuestas muestran que un porcentaje significativo de consumidores cree que la publicidad miente o engaña para vender, y pocos tienen una opinión positiva de la publicidad. Las leyes chilenas protegen a los consumidores al definir la publicidad como parte integral del contrato y obligar a las empresas a respetar lo informado, aunque a veces incluyen cláusulas abusivas. Resolver este problema complejo
El documento contiene regulaciones sobre publicidad en radio y televisión en México. Establece que la publicidad debe mantener equilibrio con la programación, no promover vicios o engaños, y no incitar a la violencia o distorsionar hábitos nutricionales. También requiere autorización gubernamental para publicidad de loterías, crédito, concursos y tratamientos médicos, y prohíbe publicidad de cantinas o que ofenda la moral.
Este documento resume las principales leyes y reglamentos que rigen la publicidad en México, incluyendo la Ley Federal de Radio y Televisión, la Ley General de Salud, y varios reglamentos. Estas leyes y reglamentos establecen normas sobre el contenido permitido en la publicidad, como prohibir la publicidad de centros de vicio, productos que causen daño o engañen, y establecer límites en el tiempo dedicado a la publicidad en radio y televisión. También regulan la publicidad de productos específicos como alimentos, bebid
La publicidad engañosa viola varias leyes mexicanas, incluyendo la Ley General de Salud, la Ley de la Propiedad Industrial y la Ley Federal de Radio y Televisión. Estas leyes prohíben la publicidad que proporcione información falsa o exagere las características de un producto, así como la publicidad que sea ofensiva, discriminatoria o que incite a la violencia. Varias agencias gubernamentales mexicanas, como la Secretaría de Salud y la Secretaría de Gobernación, son responsables de aplicar sanciones a la publicidad
Este documento resume las relaciones entre el derecho y la publicidad. Explica que el derecho de autor, patentes, marcas, reglamentaciones locales e internacionales, y aspectos fiscales son parte del régimen legal de la publicidad. También define conceptos clave como derecho y publicidad, y describe los sujetos involucrados en la comunicación publicitaria como el anunciante, agencias de publicidad y medios de difusión.
Este documento resume las relaciones entre el derecho y la publicidad. Explica que el derecho de autor, patentes, marcas, reglamentaciones locales e internacionales, y aspectos fiscales son parte del régimen legal de la publicidad. También define conceptos clave como derecho y publicidad, y describe los sujetos involucrados en la comunicación publicitaria como el anunciante, agencias de publicidad y medios de difusión.
Cine colombia terminos y condiciones 23 de agosto.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Dependiendo del premio, los ganadores deberán recogerlo en las oficinas de Cine Colombia en Bogotá o en la taquilla del cine en su ciudad. Los premios no son transferibles a otras funciones u otros días.
Cine colombia terminos y condiciones 18 de septiembre.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Los premios incluyen boletas para funciones promocionales, merchandising u otros artículos, los cuales deberán reclamarse siguiendo los procedimientos indicados dependiendo de la ciudad del ganador.
Cine colombia terminos y condiciones 11 de septiembre.Julian Luque
Este documento establece las reglas y procedimientos para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las condiciones del concurso. Los ganadores serán notificados en Twitter y deberán enviar sus datos por correo electrónico. Luego, se les indicará cómo reclamar su premio ya sea en las oficinas de Cine Colombia en Bogotá o en la taquilla del cine asignado para otras ciudades. Los premios solo son válidos para la función anunciada y no son
Etica profesional servicios de llamadas - clase018UTP
El documento presenta las normas de publicidad de servicios de llamadas telefónicas de contenido erótico en Perú, indicando que los anuncios deben estar dirigidos a adultos y solo permitidos en medios para adultos entre medianoche y 6 am, e incluir la tarifa, horario y datos del anunciante. También establece que los anuncios no regulados específicamente serán evaluados con los principios generales del código o por analogía.
Cine colombia terminos y condiciones. 3 de septiembreJulian Luque
Este documento establece los términos y condiciones para concursos realizados por Cine Colombia en Twitter. Los participantes deben seguir la cuenta de @Cine_Colombia y aceptar las reglas. Los ganadores serán seleccionados respondiendo correctamente preguntas y deben vivir en ciudades con sucursales. Los ganadores recibirán premios como boletas u objetos promocionales y deberán cumplir ciertos procedimientos para reclamarlos.
Este documento presenta los marcos legales y normativos que rigen la publicidad en el país. Establece que los proyectos publicitarios deben cumplir con la legislación vigente y los principios éticos de responsabilidad social. Además, describe los códigos de conducta que rigen las relaciones entre anunciantes, agencias y medios de comunicación, garantizando la libertad de expresión comercial, la publicidad responsable y la libre contratación.
Este documento trata sobre la publicidad y la sociedad. Resume las principales críticas sociales a la publicidad, como que crea falsas necesidades o engaña a los consumidores. También examina el debate en torno a la publicidad y su relación con la cultura, así como las diferentes formas de control social y regulación jurídica de la publicidad, incluyendo la autorregulación. Finalmente, discute la base ética de la publicidad y la defensa de los derechos de los consumidores.
Plan de comunicación. Programa de Hábitos Saludablescens60enlinea
Este documento presenta un plan de comunicación para una campaña de hábitos saludables en una escuela. El plan incluye un diagnóstico de la situación actual, objetivos, destinatarios, estrategias, cronograma, ubicación y presupuesto. Se propone desarrollar un afiche para promover el tema en la escuela y analizar cómo los medios y publicidades abordan los hábitos saludables. La evaluación determinará el impacto de la campaña y posibles mejoras.
Este documento ofrece consejos sobre hábitos saludables para niños. Recomienda enseñarles a cuidar su salud, incluyendo la higiene dental, el uso de artículos personales, dormir temprano, comer de forma saludable, lavarse las manos, mantener limpia su habitación, hablar sobre sexualidad de forma apropiada para su edad, y respetar el medio ambiente.
Este documento trata sobre la promoción de hábitos de vida saludables en niños. Resalta que los hábitos de vida saludable se adquieren en la infancia y pueden durar toda la vida. La escuela y la familia deben ser modelos a seguir e inculcar hábitos como una alimentación balanceada, ejercicio físico regular, buena higiene y prevención de enfermedades. También discute recomendaciones nutricionales específicas para diferentes edades infantiles.
El documento habla sobre la importancia de mantener hábitos de vida saludables desde la infancia. Explica la pirámide alimenticia y los diferentes grupos de alimentos que se deben consumir diariamente para mantener una dieta equilibrada, como frutas, verduras, cereales, proteínas y grasas saludables. También destaca la importancia de realizar actividad física regular a través del deporte y ejercicio.
Este documento describe los hábitos saludables relacionados con la actividad física y la alimentación. Explica que comer de forma equilibrada, hacer ejercicio regularmente, descansar adecuadamente y mantener buena higiene son factores importantes para la salud. También analiza cómo la falta de actividad física puede contribuir al sobrepeso y la obesidad, y cómo el ejercicio puede ayudar a las personas con asma o alergias.
Este documento describe la importancia de promover estilos de vida saludables en niños y adolescentes. Resalta que un tercio de enfermedades pueden prevenirse mediante cambios en el comportamiento y destaca factores de riesgo como la pobreza, contaminación ambiental y exposición a metales pesados. Concluye enfatizando que es fundamental promover hábitos saludables como buena nutrición y evitar el tabaquismo para alcanzar un óptimo desarrollo físico y atenuar enfermedades a futuro.
Este documento trata sobre los estilos de vida saludables y no saludables. Define el estilo de vida como el conjunto de actitudes y comportamientos que adoptan las personas para satisfacer sus necesidades. Entre los estilos de vida saludables se incluyen tener objetivos de vida, mantener la autoestima, brindar afecto y tener satisfacción con la vida. También discute los pasos para un estilo de vida saludable como hacer ejercicio, descansar adecuadamente, reducir el estrés, visitar al médico y beber mucha agua. Finalmente, analiza
Este documento trata sobre los estilos de vida saludables y cómo lograr hábitos saludables. Algunos puntos clave son evitar el consumo excesivo de cigarrillos, alcohol y malos hábitos alimenticios, y en su lugar fomentar la actividad física regular, una dieta balanceada y controlar el estrés. También enfatiza la importancia de mantener un lugar de trabajo limpio y ordenado para promover la salud laboral.
Jugamos todos. Descubriendo hábitos saludables. Guía del profesorEduca tu Mundo
Es una herramienta dirigida al profesorado de niños de 5 a 7 años y su fin es desarrollar hábitos saludables a través de actividades didácticas que trabajen conceptos, procedimientos y actitudes orientadas a unas costumbres saludables en la vida diaria.
CODIGO DE ETICA PUBLICITARIO DE EL SALVADORJazmin Ramirez
Este documento presenta el Código de Ética Publicitaria de El Salvador adoptado por tres asociaciones de publicidad de El Salvador. Establece normas generales de conducta honesta y respetuosa para la publicidad, así como normas específicas para proteger a menores, respetar la intimidad y el medio ambiente. Las asociaciones se comprometen a promulgar y cumplir este código para regular la ética de la publicidad en El Salvador.
Este documento presenta el Código Colombiano de Autorregulación Publicitaria. Establece normas éticas para los contenidos publicitarios en Colombia. Define términos como anunciante, agencia de publicidad, anuncio y medios de comunicación. Estipula principios como la decencia, honestidad y veracidad en la publicidad. Incluye disposiciones especiales sobre la presentación verídica de productos y la identificación clara de los anuncios publicitarios. Designa a la Comisión Nacional de Autorregulación Publicitaria para velar por el
1) El documento expone los principios éticos básicos de la publicidad según el Código de Conducta Publicitaria de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial. 2) Dichos principios incluyen la legalidad, la veracidad, la autenticidad y el respeto a la dignidad de las personas. 3) También se describen algunas técnicas publicitarias prohibidas como la publicidad engañosa, subliminal o encubierta.
El documento presenta información sobre ética y códigos de ética en publicidad. Explica conceptos como ética profesional, códigos de ética de la AMA y CONAR del Perú. Describe normas y principios éticos de la publicidad como no inducir a error, respetar la competencia, y principios de legalidad y adecuación social. También cubre temas como publicidad comparativa, sanciones por infracciones y la autorregulación de la industria publicitaria.
La Superintendencia de Industria y Comercio expidió la “Guía de buenas prácticas en la publicidad a través de influenciadores” y nosotros hicimos un resumen para que conozcan mejor de que se trata esta guía para sus próximas campañas-
Función reguladora del derecho en la actividad publicitariaInés Hernández
El documento resume el Código de Ética de la publicidad en Venezuela. Establece 19 artículos que regulan el contenido de la publicidad para que respete la dignidad humana, no induzca actividades ilegales, sea veraz y no engañosa, trate a niños y minorías con respeto e informe adecuadamente a los consumidores.
Función Reguladora del derecho en la actividad publicitaria Inés Hernández
El documento presenta el código de ética que regula la publicidad en Venezuela. Establece 19 artículos que dictan que toda publicidad debe respetar la dignidad individual y familiar, no estimular actividades ilegales, presentar información veraz sobre los productos y no engañar o explotar a los consumidores, especialmente a los niños. Además, la publicidad no puede inducir al miedo o la violencia y debe identificarse claramente como tal.
03 b etica profesional-normas de conductas generales- clase03UTP
Este documento establece las normas de conducta generales para la publicidad comercial en Perú. Establece que los anuncios deben ser legales y respetar la decencia, no discriminar, usar un lenguaje apropiado y no apelar al miedo. También indica que los anuncios deben ser veraces y no engañar al consumidor, y deben respetar la lealtad en la competencia sin denigrar a otros competidores.
El documento discute la necesidad de una ley especial para regular la publicidad engañosa en Internet en el Perú. Actualmente, el país no tiene una legislación específica, pero existen normas generales como la Constitución y el Decreto Legislativo No 691 que regulan la publicidad. Se propone crear un cuerpo legislativo especial que tome en cuenta las condiciones socioeconómicas del Perú y su sistema jurídico para abordar mejor los retos de la publicidad engañosa online.
El documento presenta el Código de Ética Publicitaria de Perú. Establece que la publicidad debe promover el interés social y el desarrollo nacional, no debe ser engañosa, y debe ser veraz y verificable. También indica que los mensajes publicitarios deben ser respetuosos, no ofensivos, correctos en el uso del lenguaje, lícitos, reconocibles, leales en la competencia comercial, y considerados. Prohíbe la promoción de bebidas alcohólicas y tabaco antes de las 21:00 horas.
Este documento establece las regulaciones para la publicidad en radio y televisión en México. Establece que la publicidad debe mantener un equilibrio con la programación, no puede promover vicios o engaños, y debe ser autorizada por las secretarías correspondientes. También prohíbe ciertos tipos de publicidad para productos como bebidas alcohólicas, tabaco y medicamentos, y establece requisitos para las leyendas de advertencia en dicha publicidad.
Comercio electronico seccion 5 aspectos del contenido del sitio webpatygamboa
Este documento resume seis aspectos relacionados con el contenido de sitios web: 1) violación de derechos de autor, 2) violación de patentes, 3) violación de marcas comerciales, 4) difamación, 5) prácticas comerciales engañosas, y 6) regulación de la publicidad. También incluye los nombres de dos integrantes del proyecto: Patricia Gamboa y Mirna Cecilia Paz Arvizu.
Comercio electronico seccion 5 aspectos del contenido del sitio webpatygamboa
Este documento resume seis aspectos relacionados con el contenido de sitios web: 1) violación de derechos de autor, 2) violación de patentes, 3) violación de marcas comerciales, 4) difamación, 5) prácticas comerciales engañosas, y 6) regulación de la publicidad. También incluye los nombres de dos integrantes del proyecto.
El documento analiza la necesidad de regular la publicidad engañosa en internet en el Perú mediante una ley especial. Actualmente, el país no cuenta con una legislación específica sobre este tema, aunque existen normas generales sobre publicidad y protección al consumidor. Se plantea que estableciendo un cuerpo legislativo especial que tome en cuenta las condiciones socioeconómicas del Perú y su sistema jurídico, se podría dar solución al problema de la publicidad engañosa en internet.
Este documento discute la necesidad de la autorregulación de la industria publicitaria a través de un código de ética. Propone que la industria publicitaria se autorregule a sí misma mediante la creación de un organismo llamado CONAR, que establecería normas de conducta voluntarias para publicistas, anunciantes y medios. El objetivo sería fomentar la industria publicitaria de una manera responsable y ética, protegiendo a los consumidores y a la competencia leal.
UT3_Aspectos comerciales regulados de los alimentos.pdfjuanjo226474
Este documento describe la regulación de diferentes aspectos comerciales relacionados con los alimentos. Explica que la publicidad de alimentos debe ser veraz y no engañosa, y está prohibida la publicidad ilícita, engañosa, desleal o subliminal. También habla sobre la regulación del uso de aditivos alimentarios, los cuales deben ser evaluados y autorizados, y solo pueden usarse para fines tecnológicos. Además, clasifica los aditivos según su origen y función.
Restricciones publicitarias y promocionales en NicaraguaJuan Carlos Cortez
El documento presenta información sobre las restricciones legales en publicidad y promoción en Nicaragua. Resume tres leyes relacionadas: 1) La Ley de Promoción de la Competencia prohíbe prácticas anticompetitivas y de competencia desleal entre empresas. 2) La Ley de Marcas y otros signos distintivos establece las regulaciones sobre el registro y uso de marcas comerciales. 3) La Ley de Defensa del Consumidor busca proteger a los consumidores de prácticas engañosas u otras conductas desleales en el mercado
El derecho proviene del latín "directum" y se refiere a las normas que regulan la conducta humana en sociedad. El derecho efectivo está formado por las leyes creadas por el Estado, mientras que el derecho subjetivo se refiere a la facultad de los individuos de realizar u omitir ciertas acciones de acuerdo a las normas. La publicidad es el conjunto de estrategias para dar a conocer productos a través de los medios de comunicación y tiene diversos tipos como la publicidad de productos, corporativa y de respuesta directa.
Publicidad de Bebidas alcohólicas en Internetrios abogados
Este documento presenta información sobre el marco legal de la publicidad de bebidas alcohólicas en México. Incluye extractos de la Constitución, la Ley General de Salud y su reglamento, los cuales establecen requisitos como que la publicidad de bebidas alcohólicas debe incluir mensajes sobre los riesgos del consumo y no puede asociarse con celebraciones o ideas de éxito. También señala que la publicidad en internet de estas bebidas no tiene restricciones de horario, a diferencia de otros medios.
Este documento presenta información sobre estrategias de comunicación y promoción. Explica los 7 pasos básicos para desarrollar una estrategia de comunicación efectiva, que incluyen definir objetivos, analizar la situación del mercado, identificar el público objetivo, definir los mensajes, analizar los canales de comunicación, crear un calendario y evaluar resultados. También describe conceptos clave como target, segmentación de mercado, y posicionamiento del producto.
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La medicina tradicional
Ñn´anncue Ñomndaa es el saber-conocimiento de mayor trascendencia en la vida de
quienes integran las comunidades amuzgas, vinculadas por cómo la
población se relaciona con el mundo donde vive .Es un elemento integrador de conductas,
saberes y prácticas sociales, simbólicas y
psicológicas en la que se puede apreciar su interrelación para resolver y afrontar los
problemas emocionales, espirituales y de
salud (equilibrio del cuerpo, la mente y el
espíritu).
Desde esta perspectiva de salud/enfermedad
SABEDORAS y SABEDORES
atienden diferentes enfermedades (malestares que están dentro y
fuera del cuerpo), entre ellas: el espanto, el empacho, el antojo o motolin, y el
coraje. La incidencia en la curación de acuerdo a los Ñonmdaa
depende de algunos elementos centrales: A la experiencia del Sabedor y al carácter
territorial.
En esta presentación encontrarán información detallada sobre cómo realizar correctamente la maniobra de Heimlich y también información sobre lo que es la asfixia.
Procedimientos Básicos en Medicina - HEMORRAGIASSofaBlanco13
En el presente Power Point se explica el tema de hemorragias en el curso de Procedimiento Básicos en Medicina. Se verán las causas, las cuales son por traumatismos, trastornos plaquetarios, de vasos sanguíneos y de coagulación. Asimismo, su clasificación, esta se divide por su naturaleza (externa o interna), por su procedencia (capilar, venosa o arterial) y según su gravedad. Además, se explica el manejo. Este puede ser por presión directa, elevación del miembro, presión de la arteria o torniquete. Finalmente, los tipos de hemorragias externas y en que partes del cuerpo se dan.
La introducción plantea un problema central en bioética.pdfarturocabrera50
Este documento aborda un problema central en el campo de la bioética, explorando las complejas interacciones entre el avance científico y sus implicaciones éticas. Se analiza cómo la tecnología biomédica y las investigaciones emergentes plantean dilemas éticos relacionados con el tratamiento y el cuidado de la vida humana, la toma de decisiones informadas y la equidad en el acceso a los beneficios médicos. Este análisis proporciona una base para discutir cómo estas cuestiones afectan las políticas públicas, la práctica médica y la ética profesional.
Terapia cinematográfica (6) Películas para entender los trastornos del neurod...JavierGonzalezdeDios
Los trastornos del neurodesarrollo comprenden un grupo heterogéneo de trastornos crónicos que se manifiestan en períodos tempranos de la niñez y que, en conjunto, comparten una alteración en la adquisición de habilidades cognitivas, motoras, del lenguaje y/o sociales que impactan significativamente en el funcionamiento personal, social y académico. Tienen su origen en la primera infancia o durante el proceso de desarrollo y comprende a heterogéneos procesos englobados bajo esta etiqueta.
El Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales en su quinta edición (DSM-V) incluye dentro los trastornos del neurodesarrollo los siguientes siete grupos: Discapacidad intelectual, Trastornos de la comunicación, Trastorno del espectro del autismo (TEA), Trastorno de atención con hiperactividad (TDAH), Trastornos específico del aprendizaje, Trastornos motores y Trastornos de tics. Es importante tener en cuenta que en una misma persona puede manifestarse más de un trastorno del neurodesarrollo. Y, dentro de todos los trastornos del neurodesarrollo, el autismo adquiere una especial importancia, por lo que será considerado en el próximo capítulo de la serie “Terapia cinematográfica” de forma particular.
Y esta gran diversidad también la ha reflejado en la gran pantalla y en las historias “de cine” que el séptimo arte nos ha regalado. Y hoy proponemos un recordatorio de la amplia variedad y complejidad de los trastornos del neurodesarrollo en la infancia a través de 7 películas argumentales. Estas películas son, por orden cronológico de estreno:
- El milagro de Ana Sullivan (The Miracle Worker, Arthur Penn, 1962) 6, para valorar el milagro de la palabra, el milagro del lenguaje y de los sentidos.
- Forrest Gump (Robert Zemeckis, 1994) 7, para comprender el valor de la lucha por encontrar cuál es la meta de cada uno, una mezcla de destino y sueños propios.
- Estrellas en la Tierra (Taare Zameen Par, Aamir Khan, 2007) 8, para confirmar que cada niño y niña es especial, incluso con sus potenciales deficiencias psíquicas, físicas y/o sensoriales.
- El primero de la clase (Front of the Class, Peter Werner, 2008) 9, para demostrar el valor de la superación y como, a pesar de nuestras dificultades, somos merecedores de oportunidades.
- Cromosoma 5 (María Ripoll, 2013) 10, para entender la soledad del corredor de fondo ante los trastornos del neurodesarrollo.
- Gabrielle (Louise Archambault, 2013) 11, para intentar normalizar las relaciones afectivas y amorosas entre dos personas con enfermedades mentales y discapacidad.
- Línea de meta (Paola García Costas, 2014) 12, para interiorizar que la carrera de la vida es especialmente difícil para algunos.
Siete películas argumentales que el séptimo arte nos presenta con protagonistas afectos con diferentes trastornos del neurodesarrollo durante su infancia, adolescencia y juventud y que nos ayudan a comprender que cada persona es especial, diversa y con capacidades diferenciales que hay que respetar y potenciar.
Fijación, transporte en camilla e inmovilización de columna cervical II.pptxmichelletsuji1205
Ante una lesión de columna cervical es vital saber como debemos proceder, por lo que este informe detalla los procedimientos y precauciones necesarios para la adecuada inmovilización de la misma, destacando su relevancia debido a la frecuencia de lesiones asociadas, así como los materiales requeridos y el momento oportuno para llevar a cabo esta práctica en la atención inicial a pacientes politraumatizados. El objetivo es asegurar la máxima supervivencia del paciente hasta su traslado al hospital."
traumatismos y su tratamiento en niños y adolescentesaaronpozopeceros
En la presentación se abarcan temas sobre las diversas formas de traumatisos en niños y adolescentes como las contusiones, esguinces, luxaciones, fracturas y distenciones. Tambien se tratan algunos aspectos para su diagnóstico y, por último, cual es el tratamiento para cada tipo de caso que se presente.
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Progama de hábitos saludables en la escuela.pptx 2
1.
2. Consigna
Analizar las publicidades de Actimel, Vidacol, Activia, Ser, Hellmans, Danonino
desde el Código de Ética de Autorregularización Publicitaria.
Debajo link y parte del Código de Ética deAutorregularización Publicitaria
Danonino
http://www.youtube.com/watch?v=9HMJVDBHdPw
Helmans
http://www.youtube.com/watch?v=C4XGRrIh8qc
Ser
http://www.youtube.com/watch?v=6goPdQOcW8s
Vidacol
http://www.youtube.com/watch?v=fmNoyKS5PkU
Activia
http://www.youtube.com/watch?v=5pWY3g9eE58
Actimel
http://www.youtube.com/watch?v=jKyxBKqLMj0&feature=fvst
3. Tiene por misión velar por la práctica de la autorregulación publicitaria por
parte de los anunciantes, las agencias de publicidad y comunicación y de los
medios de comunicación en defensa de la ética y el ejercicio responsable
dela libertad de expresión comercial propiciando una publicidad
responsable como práctica integral que hace a su responsabilidad social.
1. Contribuir a una mejor comprensión de la función que cumple la
publicidad dentro de nuestro sistema de vida ejerciendo de esta manera la
responsabilidad social que nos compete como empresarios relacionados con
la comunicación.
2. Propender a la dignificación de la publicidad como actividad profesional y
como factor positivo y determinante del desarrollo de la comunidad.
3. Contribuir al buen entendimiento y cooperación entre anunciantes,
agencias de publicidad y de comunicación y medios de comunicación.
4. Resguardar el correcto acatamiento a las normas éticas como el
fundamento del buen servicio que la publicidad le debe al consumidor y a la
comunidad toda.
4. 5. Intervenir en aquellos conflictos que puedan suscitarse dentro de la
actividad para actuar con equidad en defensa de los principios aquí
sustentados.
6. Cooperar con las autoridades en la legislación relacionada directa o
indirectamente con la publicidad.
7. Contribuir a la formación y perfeccionamiento profesional de la actividad
por intermedio de las entidades asociadas y colaborando con las escuelas y
universidades que impartan esta clases de estudios.
5. Artículo 1º.- La publicidad debe respetar los principios de la moral y las buenas costumbres, así como
las normas legales vigentes.
Artículo 2º.- Consecuentemente, la publicidad debe ser honesta, veraz y digna de confianza. A esos
fines y para propiciar un mejor conocimiento, aplicación y divulgación del espíritu que debe reunir la
publicidad en cumplimiento de lo dispuesto en este Código y las regulaciones aplicables, las
resoluciones que emita el Comité del CONARP y/o la Comisión Directiva del mismo serán publicadas
por éste de la forma que estime corresponder una vez transcurridos al menos tres (3) meses de la
fecha en que haya quedado firme su dictado.
Artículo 3º.- Los anunciantes, las agencias de publicidad, los profesionales publicitarios y los
responsables de los medios deben:
- Asumir la responsabilidad social que implica la difusión pública de sus mensajes.
- Ser conscientes de que la observancia de los principios éticos y el acatamiento de las normas
que los preservan constituyen el fundamento que la publicidad le debe al público, a sí mismos y
a la comunidad en general.
- Comprometer sus esfuerzos para ganar la confianza de la sociedad en los productos y servicios
que publicitan, en los anuncios mismos y en el ejercicio de la actividad publicitaria.
6. Artículo 4º.- La publicidad debe evitar todo aquello que lesione los
conceptos y valores esenciales dela sociedad como son, entre otros:
a) las personas,
b) la familia,
c) la patria, sus símbolos y próceres,
d) las normas legales vigentes,
e) las autoridades,
f) las instituciones,
g) las religiones,
h) el patrimonio cultural y las tradiciones,
i) el trabajo.
7. Artículo 5º.- En consecuencia, la publicidad no debe contener expresiones o
representaciones visuales o auditivas, ni alusiones impropias que:
1. Ofendan la moral o las buenas costumbres prevalecientes en la sociedad y en
las comunidades
que la componen.
2. Ofendan a la patria, a las naciones, sus símbolos, próceres y autoridades.
3. Ofendan en cualquier modo a las instituciones, cualquiera sea su género o
composición.
4. Ofendan los sentimientos religiosos.
5. Estimulen actividades ilícitas y el desacato a las leyes y autoridades.
6. Estimulen cualquier forma de discriminación.
Artículo 6º.- La publicidad debe evitar:
1. LO INMORAL: Todo aquello que contenga expresiones, actitudes o
insinuaciones indecentes,
obscenas o escabrosas.
8. EN DEFENSA DE LA LEGALIDAD, EDUCACION Y CULTURA
Artículo 7º.- La publicidad debe hacer un adecuado uso del idioma, con
decoro y buen gusto. La publicidad debe respetar las normas legales
existentes, especialmente y entre otras, la Ley de Defensa del
Consumidor; la Ley de Defensa de la Competencia; la Ley de Lealtad
Comercial; la Ley de Marcas; la Ley de Lucha contra el Alcoholismo; y el
Código Alimentario Argentino.
EN DEFENSA DE LA INTIMIDAD Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS Y LA
FAMILIA
Artículo 8º.- La publicidad debe evitar toda expresión, actitud o
insinuación que lesione la intimidad de las personas o pueda causar
mortificación a su núcleo familiar.
Artículo 9º.-
1. Los mensajes que involucren a personas de la vida real, públicas o
privadas, deben contar con su consentimiento y autorización expresa
previa.
2. La publicidad debe ser respetuosa de la memoria de las personas
fallecidas.
9. EN DEFENSA DE LA LEALTAD
Artículo 10º.- La publicidad debe evitar:
1. Hacer uso injustificado y/o denigratorio del nombre,
símbolos institucionales o marcas de
productos o servicios de terceros.
2. Todo aquello que implique descrédito o
menosprecio a la competencia.
3. Todo lo que constituya plagio o una copia o
imitación de logotipos, isotipos, textos, ilustraciones,
imágenes o audio, de un motivo publicitario nacional o
internacional creado por otro anunciante o por una
agencia, en todo o en algunas de sus partes, o que
pueda crear confusión en la mente del consumidor con
marcas o productos competidores.
10. EN DEFENSA DE LA VERACIDAD
Artículo 11º.- La publicidad debe ser veraz y evitar todo engaño o exageración
que atente contra la buena fe del público; abuse de su confianza o explote la
falta de cultura, conocimiento o experiencia de los destinatarios.
Artículo 12º.- Ningún mensaje, directa o indirectamente, puede contener
descripciones, imágenes o textos que contribuyan a confundir al público o
hacerle creer que el producto que publicita hace algo que no está dentro de
sus posibilidades, salvo que se empleen exageraciones evidentes para divertir
o llamar la atención.
Artículo 13º.- Ningún mensaje puede hacer suponer que su contenido esté
respaldado por el medio que lo difunde o que es parte de su material
editorial, debiendo especificarse claramente que se trata de un espacio de
publicidad.
La identidad del anunciante debe ser evidente. Esto no se aplica en aquellas
comunicaciones que utilizan la modalidad de “campaña incógnita”, que tiene
como finalidad llamar la atención sobre futuras piezas, siempre que se revele
al final de la misma el nombre del anunciante.
11. EN DEFENSA DE LA CALIDAD DE VIDA Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 14º.- La publicidad debe ser cuidadosa del medio ambiente.
1. En consecuencia no deberá, directa o indirectamente, generar ni estimular:
a. La contaminación material y visual del medio ambiente.
b. La alteración de los paisajes naturales y urbanos.
c. La obstaculización de la vista de sitios públicos, de interés turístico y
monumentos.
d. El exceso de ruido que atente contra la salud y el bienestar de las personas.
2. En la publicidad y otras formas de comunicación comercial, como las
etiquetas y envases de productos, que contengan declaraciones ambientales:
• Deberá hacerse referencia a las características actuales del producto y a su
impacto sobre el medio ambiente, debidamente comprobado mediante
métodos técnicos y científicos.
• Se evitará la ambigüedad, explicando sus alcances reales con precisión.
• Las afirmaciones deben ser claras y legibles.
• Deberán indicar claramente a qué ciclo de vida del producto se refiere,
contando con la correspondiente justificación.
12. PRESENTACION Y CONTENIDO
Artículo 16º.- Los mensajes no deben contener declaraciones o
presentaciones visuales que
directamente o por implicación, omisión, ambigüedad,
minimización o exageraciones, puedan inducir a error respecto a:
1. Las características del producto enunciado, como su naturaleza,
origen, fabricación, composición, cantidad, utilidad, cualidades o
propiedades, su valor o modo de uso.
2. Condiciones de compra o alquiler, descuentos, bonificaciones,
facilidades, cantidad e importe de las cuotas y precios totales que
efectivamente deberá pagarse.
3. Entrega, cambio, devolución, reparación y mantenimiento.
4. Condiciones de la garantía, fabricante, distribuidor, derecho de
autor y de propiedad industrial, patentes, marcas registradas,
diseños y modelos, nombres comerciales.
5. Reconocimientos o aprobaciones oficiales y distinciones tales
como premios, medallas y diplomas.
13. COMPROMISOS DEL VENDEDOR
Artículo 18º.- Las ofertas deben indicar inequívocamente qué deben hacer los compradores para obtener
el pleno reconocimiento de las promesas hechas por los vendedores en sus anuncios.
PUBLICIDAD COMPARATIVA
Artículo 19º.- Los mensajes que contengan comparaciones de precios u otras características deben:
1. Respetar los derechos de propiedad intelectual e industrial.
2. Tener como finalidad informar al consumidor sobre las ventajas comprobables del producto anunciado.
3. Referirse a productos y calidad equiparables.
4. Ser exactos y reflejar la verdad, bajo las mismas condiciones.
5. Ser presentadas en forma objetiva de manera que la comparación sea comprobable.
Artículo 20º.- Conforme con el artículo anterior, los mensajes comparativos no deben:
1. Crear confusión con la comparación.
2. Poner en ridículo o denigrar al otro producto.
3. Deformar la imagen de otros productos.
4. Atentar contra el buen nombre o prestigio de terceros.
5. Intentar crear una situación de rechazo hacia los productos de la competencia o sus usuarios.
Artículo 21º.- Cuando en los mensajes se haga uso de encuestas, éstas deben ser realizadas en forma
metódica, representativa y verificable, debiendo poder refrendar con las mismas el contenido del
mensaje.
14. PUBLICIDAD TESTIMONIAL
Artículo 22º.- La publicidad debe evitar incurrir en falsedad testimonial.
Artículo 23º.- Los mensajes sólo pueden incluir testimonios o
recomendaciones auténticos, relacionados con las experiencias de quienes
prestan su declaración o de aquellos a los que los declarantes personifican,
debiendo ser en todos los casos comprobables fehacientemente.
Artículo 24º.- Las personificaciones o doblajes deben ser expresamente
autorizadas por las personas personificadas o dobladas.
Artículo 25º.- El uso de modelos, uniformes o atuendos que caractericen a
una profesión, oficio u ocupación, no debe inducir a engaño al público y debe
estar refrendado por un profesional de la misma, ciñéndose a las normas
éticas de la actividad aludida.
Artículo 26º.- Los testimonios y opiniones recabados al público consumidor
que figuran en el mensaje deben ser sinceros y verificables, y no ser
susceptibles de producir confusión entre los destinatarios del mismo. El
mensaje, en tales casos, no debe contener referencia alguna a persona,
marca, firma o institución sin su debido permiso.
15. RESPALDO PROFESIONAL, GARANTIAS Y CERTIFICACIONES
Artículo 27º.- Los mensajes no deben indicar o insinuar que el
producto es respaldado recomendado por profesionales, ni por
instituciones u organismos públicos o privados, sin haber
obtenido previamente la autorización correspondiente.
Artículo 28º.- Toda publicidad que haga uso de investigaciones
debe estar respaldada por fuentes identificables, verificables y
disponibles.
Artículo 29º.- En los casos en que se produzca información
científica, esta debe ser clara y presentada en términos
comprensibles para el destinatario del mensaje.
DEMOSTRACIONES
Artículo 30º.- Toda publicidad que demuestre el uso práctico de
un producto debe hacerlo con veracidad y de manera
comprobable en iguales condiciones que las exhibidas en el
mensaje, absteniéndose de mostrar cualidades que el producto
no posee y evitando crear expectativas que el mismo no puede
satisfacer.
16. PROMOCIONES
Artículo 31º.- Las ofertas promocionales, premios y concursos, deben cumplir las
normas legales
vigentes al respecto.
CATEGORIAS ESPECIALES
Artículo 32º.-
El presente Código incorpora como Anexos los códigos de autorregulación
publicitaria de la Cámara Argentina de Medicamentos de Venta Libre; la Cámara
de Destiladores Licoristas; la Cámara de la Industria del Tabaco; y la Coordinadora
de las Industrias de Productos Alimenticios, pudiendo sumar seotros en el futuro.
Los mismos constituyen regulaciones de carácter supletorio a este Código en todo
lo que se refiera a los productos respectivos.
Además, en consideración de aquellos productos y servicios que por su naturaleza
requieren en su comunicación un tratamiento especial, se deberá cuidar la
redacción y presentación de los respectivos mensajes publicitarios, según las
categorías de aquellos, como en los casos que se
enuncian a continuación:
1. Servicios financieros: su publicidad debe indicar claramente los beneficios y
ventajas que brindan, intereses y comisiones.
17. LA PUBLICIDAD Y SUS EFECTOS SOBRE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 33º.- Toda publicidad deberá tener especial cuidado de la credulidad de
los niños y la falta de experiencia de las personas jóvenes.- En consecuencia
deberá:
1. Cuidar el contenido de los mensajes que se incluyan en los programas dirigidos
a ellos, los precedan o sigan y los que se inserten en publicaciones destinadas a los
mismos.
2. Evitar la presentación visual de prácticas o situaciones peligrosas, de manera
que puedan
inducir a los niños y adolescentes a emularlas a riesgo de su seguridad.
3. Evitar mostrar al alcance y uso de niños, objetos que por sí entrañan peligros,
como armas,
elementos cortantes, medicamentos, substancias tóxicas, cáusticas o inflamables.
4. Evitar mostrar a niños pequeños accionando artefactos eléctricos o a gas, o
encendiendo fuego, sin la guía de los mayores.
5. Evitar mostrar a niños manejando vehículos de adultos, ni protagonizando
acciones que impliquen riesgo a peligros, ni contraviniendo normas de seguridad.
6. Evitar mostrar a niños cometiendo actos ilegales o que contravengan
ordenanzas o reglamentaciones.
18. LA PUBLICIDAD Y SUS EFECTOS SOBRE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 34º.- La publicidad dirigida a los niños o adolescentes:
1. Debe evitar inducirlos a realizar actos que resulten física, mental o moralmente perjudicial a los
mismos.
2. No se debe aprovechar de la natural credibilidad infantil ni de la inexperiencia de los jóvenes, ni
deformar el sentido de lealtad de los mismos.
3. No debe mostrárselos en lugares inadecuados, ni en situaciones de riesgo o peligro para su
edad, ni contener declaraciones o presentaciones visuales que puedan llevarlos a ellas.
4. No debe ofrecerse productos que no sean apropiados para ellos.
Artículo 35º.- Ningún mensaje de productos para niños o adolescentes debe:
1. Socavar sus valores sociales, sugiriendo que su uso o tenencia le dará una ventaja física, social o
psicológica sobre otros niños o jóvenes.
2. Socavar la autoridad, responsabilidad, juicio o criterio de los padres y educadores. La
comunicación comercial que invite a los menores a contactarse con el vendedor debe advertir
que es necesario contar con el permiso previo de sus padres o adulto responsable, además de
informar sobre el costo de la comunicación, si corresponde.
La información personal sobre menores sólo puede ser obtenida por terceros si la entrega de la
misma es autorizada previamente por sus padres, observando las leyes de privacidad vigentes.
Por otra parte, los padres o tutores deben participar y supervisar las actividades de los menores,
en especial a lo referente a comunicaciones interactivas.
3. Contener frases mandatarias o compulsivas que insten al menor a obtener el producto por
cualquier medio.
19. LA PUBLICIDAD Y SUS EFECTOS SOBRE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 36º.- Ningún mensaje dirigido a los menores de edad debe crear ansiedad
ni sugerir que sus padres o familiares no cumplen con sus deberes si no la
satisfacen.
Artículo 37º.- Ningún mensaje de productos para niños debe insinuar que si un
niño no lo compra, signifique para él una minimización y sea mirado con menos
respeto o sea objeto de burlas u otras formas de ridiculización.
Artículo 38º.- La publicidad de juguetes debe cumplir con ciertos requisitos para
evitar el desencanto de los niños.
a) Si se indica el precio debe especificarse lo que brinda en razón del mismo.
b) El tamaño del juguete debe ser indicado de alguna manera suficientemente
ilustrativa.
c) Cuando un mensaje muestra los resultados que un niño puede obtener
mediante sus habilidades manuales, los mismos deben ser razonablemente
alcanzables para la mayoría de
los niños que integren el segmento de edad correspondiente. Además, deberá
brindar toda la información acerca de posibles compras adicionales, como
accesorios o elementos individuales dentro de una colección o serie, necesarias
para obtener el resultado final que se
20. COMUNICACION EN NUEVOS MEDIOS
Artículo 39.-
1. Correo electrónico, Internet, telefonía celular y otros medios alternativos
• Cuando un correo electrónico tiene un fin publicitario, el nombre del asunto y el contexto
deben ponerlo de manifiesto. Los nombres de los encabezados no deben ser engañosos y la
naturaleza comercial de la comunicación debe ser explícita.
• Cuando una comunicación electrónica tiene un propósito publicitario, los programas utilizados
(software) y otros factores técnicos no deben ser utilizados para encubrir o brindar información
ambigua que pueda afectar la decisión de compra. Los consumidores deben ser informados
de antemano sobre los pasos a seguir en una adquisición, el cierre de un contrato, u otra
situación similar. Si se le solicita información personal a los consumidores con este objetivo, los
mismos deben tener la oportunidad de revisar la exactitud de los datos brindados, antes de
concretar una acción comercial. Cuando corresponda, el responsable de la comunicación
comercial deberá responder aceptando o rechazando la orden de compra del consumidor.
• Aquellos mensajes electrónicos con fines publicitarios que no hayan sido solicitados
previamente, sólo podrán enviarse cuando exista evidencia cierta de que quien recibe tal
comunicación puede estar interesado en la oferta.
• Las comunicaciones enviadas por medios electrónicos deberán incluir un mecanismo simple y
transparente que permita al consumidor expresar su deseo de no recibir futuras
comunicaciones comerciales. Tal mecanismo debe ser utilizado con este único propósito,