El Programa Educación en el Consumo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realiza talleres en escuelas públicas y privadas sobre temas como derechos y deberes de los consumidores, consumo responsable, alimentación y publicidad. Los talleres abordan los marcos legales que protegen a los consumidores y el medio ambiente. El programa busca vincular los contenidos escolares con la vida cotidiana a través de un consumo crítico, solidario y ecológico.
1. Programa Educación en elPrograma Educación en el
ConsumoConsumo
2001 - 20162001 - 2016
Dirección General de Defensa y Protección delDirección General de Defensa y Protección del
ConsumidorConsumidor
Secretaría de Gestión Comunal y Atención CiudadanaSecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresGobierno de la Ciudad de Buenos Aires
2. TalleresTalleres
El Programa Educación en el Consumo
realiza talleres tanto en escuelas
públicas como privadas de la Ciudad
de Buenos Aires en Educación
Primaria, Media y de Adultos para
trabajar la temática del consumo
responsable
3. Temáticas abordadasTemáticas abordadas
Derechos y deberes de losDerechos y deberes de los
consumidoresconsumidores
Consumo responsable y cuidado delConsumo responsable y cuidado del
medioambientemedioambiente
Alimentación y consumoAlimentación y consumo
Publicidad y consumoPublicidad y consumo
7. Marco legal de los derechos de losMarco legal de los derechos de los
consumidoresconsumidores
* La Ley de Defensa del Consumidor* La Ley de Defensa del Consumidor
En el año 1993, el Congreso Nacional promulga la Ley 24.240 de Defensa delEn el año 1993, el Congreso Nacional promulga la Ley 24.240 de Defensa del
ConsumidorConsumidor
En abril de 2008 se reformó, a través de la Ley 26.361, la Ley 24.240 ampliando losEn abril de 2008 se reformó, a través de la Ley 26.361, la Ley 24.240 ampliando los
derechos y garantías a favor de los consumidoresderechos y garantías a favor de los consumidores
* La Constitución Nacional (1994)* La Constitución Nacional (1994)
En su Artículo 42 dice:En su Artículo 42 dice:
““Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación deLos consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de
consumo, a la protección de la salud, seguridad e intereses económicos, a laconsumo, a la protección de la salud, seguridad e intereses económicos, a la
información adecuada y veraz, la libertad de elección y a condiciones de tratoinformación adecuada y veraz, la libertad de elección y a condiciones de trato
equitativo y digno...”equitativo y digno...”
* La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (1996)* La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (1996)
En su Artículo 46 dice:En su Artículo 46 dice:
““La Ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes yLa Ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y
servicios, en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y elservicios, en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y el
control de los monopolios que los afecten...”control de los monopolios que los afecten...”
10. Marco legal de los deberes deMarco legal de los deberes de
los consumidoreslos consumidores
* La Ley de Defensa del Consumidor* La Ley de Defensa del Consumidor
En el año 1993, el Congreso Nacional promulga la Ley 24.240 de Defensa delEn el año 1993, el Congreso Nacional promulga la Ley 24.240 de Defensa del
ConsumidorConsumidor
* La Constitución Nacional (1994)* La Constitución Nacional (1994)
En su Artículo 41 dice:En su Artículo 41 dice:
““Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto paraTodos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para
el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan lasel desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienennecesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen
el deber de preservarlo (…) Las autoridades proveerán a la protección de esteel deber de preservarlo (…) Las autoridades proveerán a la protección de este
derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación delderecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del
patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información ypatrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y
educación ambientales.”educación ambientales.”
* La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (1996)* La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (1996)
En su Artículo 26 dice:En su Artículo 26 dice:
““El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de unEl ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un
ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de lasambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las
generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual ogeneraciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual o
inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conllevainminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva
prioritariamente la obligación de recomponer.”prioritariamente la obligación de recomponer.”
11. Consumo crítico y éticoConsumo crítico y ético
Se pregunta por las condiciones sociales ySe pregunta por las condiciones sociales y
ecológicas en las que se ha elaborado unecológicas en las que se ha elaborado un
producto o producido un servicio.producto o producido un servicio.
ConsumoConsumo solidariosolidario
Es respetuoso de las personas y del medioEs respetuoso de las personas y del medio
ambiente. Fomenta y apoya el comercio justo.ambiente. Fomenta y apoya el comercio justo.
Consumo ecológicoConsumo ecológico
Que tenga en cuenta los impactos ambientales.Que tenga en cuenta los impactos ambientales.
Al elegir un producto o servicio informarseAl elegir un producto o servicio informarse
acerca de este aspecto.acerca de este aspecto.
12. Los aprendizajesLos aprendizajes
significativos trasciendensignificativos trascienden
las paredes del aula.las paredes del aula.
La Educación en elLa Educación en el
Consumo, socializandoConsumo, socializando
experiencias, tiende puentesexperiencias, tiende puentes
entre los contenidosentre los contenidos
escolares y la vida cotidianaescolares y la vida cotidiana
Programa Educación en el Consumo
E-mail: educacionenelconsumo@yahoo.com.ar
T.e.: 4124-3439/53