2. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EEUU,
ARGENTINA Y COLOMBIA
Protección Jurídica del Software en EEUU
El caso de Estados Unidos el regula mediante las figuras como
los derechos de autor, las patentes y secretos comerciales
Utilidad
indica y Proporciona el derecho de impedir que terceros
produzcan, usen, vendan, ofrezcan para la venta o importen la
invención objeto de la reivindicación a cambio de la divulgación
pública de la tecnología descrita y mostrada en la
especificación de la patente por un periodo de 20 años desde
la fecha de presentación.
Diseño
aquella que proporciona el derecho de impedir que terceros
produzcan, usen, ofrezcan para la venta, importen o vendan la
invención reivindicada a cambio de la divulgación pública del
diseño ornamental descrito y mostrado en la especificación de
la patente por un periodo de 14 años desde la fecha en que se
otorgó la patente.
Planta
es el proporciona el derecho de impedir que terceros reproduzcan
de manera asexual, vendan o usen la planta objeto de la
reivindicación a cambio de la divulgación pública de la
tecnología descrita y mostrada en la especificación de la
patente por un periodo de 20 años desde la fecha de
3. Protección Jurídica del Software en Argentina
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (I.N.P.I.) el cual se encarga del patentamiento del
software, cuando el mismo aporta una solución técnica a un problema técnico (específica o
general).
a) el procesamiento de datos físicos,
b) el procedimiento do método que tiene el un efecto sobre el sistema memoria, y el
ESTÁ REGULADA
ESTRICTAMENTE EN EL
DERECHO DE AUTOR
DESDE EL AÑO DE 1988
EN 1994 SE DA LA NORMATIVA DEL
ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL RELACIONADOS
4. Protección Jurídica del Software en Colombia
Derechos patrimoniales
Son el beneficio de la explotación económica sobre una obra y se pueden
ceder, renunciar o negociar.
Son los siguientes: Reproducir la obra a través de cualquier medio conocido o
por conocer.
Efectuar la traducción, adaptación, arreglo o cualquier transformación de la
obra. Comunicar la obra al público a título gratuito u oneroso. Los derechos
patrimoniales se causan desde el momento en que la obra susceptible de
estimación económica se divulgue por cualquier forma o modo de expresión
(art. 72 Ley 23/83).
La duración de los derechos patrimoniales son la vida del autor, más ochenta
(80) años cuando es persona natural (arts. 11, 21 y 9 Ley 23/83). Si es
persona jurídica, 30 años a partir de la publicación de la obra (art. 27 ley
23/83). Estos derechos permiten:
Pedir indemnización por los perjuicios materiales o morales (como la pérdida
al buen nombre) causados.
5. EL PERÚ Y LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES (C.A.N.) CUÁL ES EL
TRATAMIENTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y SOFTWARE
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1033
PROTECCIÓN DE LOS AUTORES DE LAS OBRAS LITERARIAS Y
ARTÍSTICAS Y DE SUS DERECHOHABIENTES, DE LOS TITULARES DE
DERECHOS CONEXOS AL DERECHO DE AUTOR RECONOCIDOS EN
ELLA Y DE LA SALVAGUARDIA DEL ACERVO CULTURAL.
EL SOFTWARE SE PROTEGE COMO UNA OBRA LITERARIA FRUTO DEL
INGENIO HUMANO.
INDECOPI
6. PROPIEDAD INTELECTUAL Y SOFTWARE EN LA C.A.N.
R É G I M E N C O M Ú N D E
P R O P I E D A D I N D U S T R I A L
otorgamiento de marcas y
patentes y protege los
secretos industriales
Aborda aspectos precisos
en materia de patentes
de invención, diseños
industriales, marcas,
denominación de origen
y competencia desleal
vinculada a la
propiedad industrial,
entre otros aspectos.
R É G I M E N C O M Ú N S O B R E
D E R E C H O D E A U T O R Y
D E R E C H O S C O N E X O S
Reconoce una adecuada y efectiva
protección a los autores y
demás titulares de derechos,
sobre las obras de ingenio, en el
campo literario, artístico o
científico, cualquiera que sea el
género o forma de expresión y
sin importar el mérito literario o
artístico ni su destino.
Los derechos conexos.- Los
derechos conexos, que son los
derechos de las personas que
participan no en la creación de
obras literarias y artísticas sino
en la difusión de las misma