El documento establece las normas de protección de datos personales en los centros docentes según la legislación española. Los centros pueden recoger datos personales del alumnado necesarios para su función educativa, como características personales o resultados académicos. Dicha información debe tratarse con reserva y solo usarse con fines educativos. Se aplicarán medidas técnicas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos. La cesión de información entre centros se hará preferentemente de forma telemática y cumpliendo la ley de