Remuneraciones Integrantes: Dannya Mamani Castro   Iveth Herrera Chambe   Leslie Díaz Figueroa   Janett Blas Flores Profesor:  Manuel Zuñiga Curso: 3º F Asignatura: Normativa Laboral y Previcional
Remuneración Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie evaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. No constituyen remuneración las asignaciones de movilización, de perdida de caja, de desgaste de herramientas y de colación, los viáticos, las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley, la indemnización por años de servicios  Ejemplos de remuneración. La ley señala como ejemplos de remuneración: El sueldo, el sobresueldo, las comisiones, las participaciones en utilidades de la empresa y las gratificaciones.
Las siguientes asignaciones no constituyen remuneración:  De movilización De perdida de caja  De descarga de herramientas De colación  Los Viáticos Las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley. La indemnización por años de servicio, por aviso previo o del 4,11% Y  demás que procedan al extinguirse la relación laboral. 8.  En general, las devoluciones de gastos en que incurra por causa de Trabajo.  Prestaciones que no constituyen Remuneración
1.  El sueldo: Que es el estipendio fijo, en dinero, pagado por periodo Iguales, terminados en el contrato, que recibe el trabajador por la  Prestación de sus servicios. 2.  El sobresueldo: que consiste en la remuneración de horas extraordinarias De trabajo 3.  La comisión: que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajo. 4.  La participación: que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o solo de una o más secciones o sucursales de la misma. 5.  La gratificación: que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. Prestaciones que  si  constituyen las Remuneración
Fecha, lugar y hora de pago de las remuneraciones. Deben pagarse en días y horas de trabajo, entre lunes y viernes, en el lugar que el trabajador preste sus servicios y, dentro de la hora siguiente a la terminación de la jornada de trabajo. Las partes pueden acordar otros días u horas de pago.  Los períodos de pago de las remuneraciones El pago de las remuneraciones debe realizarse en uno de los siguientes períodos: a) Al personal mensualizado, al vencimiento de cada mes calendario. b) Al personal remunerado a jornal o por hora, por semana o quincena. c) Al personal remunerado por pieza o medida, cada semana o quincena respecto de los trabajos concluidos en los referidos períodos, y una suma proporcional al valor del resto del trabajo realizado, pudiéndose retener como garantía una cantidad no mayor de la tercera parte de dicha suma.
Medidas de protección a las Remuneraciones 1.  Las remuneraciones se pagarán en moneda de curso legal. A solicitud del trabajador, podrá pagarse con cheque o vale vista bancario a su nombre. 3.- Las remuneraciones se pagaran con la periodicidad estipulada en el contrato, pero los periodos que se convengan no podrán exceder de un mes. Si nada se dijera en el contrato, deberán darse anticipos quincenales en los trabajos por pieza, obra o media  y en los de temporada.  2.- Junto con el pago, el empleador deberá entregar el trabajador un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma como se determinó y las deducciones efectuadas. 4.Las remuneraciones deberán pagarse en día de trabajo, entre lunes y viernes, en el lugar que el trabajo preste sus servicios y dentro de la hora siguiente y la terminación de la jornada. Las partes podrán acordar otros días u otras horas de pago .

RemuneracióN 1.0

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    Remuneraciones Integrantes: DannyaMamani Castro Iveth Herrera Chambe Leslie Díaz Figueroa Janett Blas Flores Profesor: Manuel Zuñiga Curso: 3º F Asignatura: Normativa Laboral y Previcional
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    Remuneración Se entiendepor remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie evaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. No constituyen remuneración las asignaciones de movilización, de perdida de caja, de desgaste de herramientas y de colación, los viáticos, las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley, la indemnización por años de servicios Ejemplos de remuneración. La ley señala como ejemplos de remuneración: El sueldo, el sobresueldo, las comisiones, las participaciones en utilidades de la empresa y las gratificaciones.
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    Las siguientes asignacionesno constituyen remuneración: De movilización De perdida de caja De descarga de herramientas De colación Los Viáticos Las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley. La indemnización por años de servicio, por aviso previo o del 4,11% Y demás que procedan al extinguirse la relación laboral. 8. En general, las devoluciones de gastos en que incurra por causa de Trabajo. Prestaciones que no constituyen Remuneración
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    1. Elsueldo: Que es el estipendio fijo, en dinero, pagado por periodo Iguales, terminados en el contrato, que recibe el trabajador por la Prestación de sus servicios. 2. El sobresueldo: que consiste en la remuneración de horas extraordinarias De trabajo 3. La comisión: que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajo. 4. La participación: que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o solo de una o más secciones o sucursales de la misma. 5. La gratificación: que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. Prestaciones que si constituyen las Remuneración
  • 5.
    Fecha, lugar yhora de pago de las remuneraciones. Deben pagarse en días y horas de trabajo, entre lunes y viernes, en el lugar que el trabajador preste sus servicios y, dentro de la hora siguiente a la terminación de la jornada de trabajo. Las partes pueden acordar otros días u horas de pago. Los períodos de pago de las remuneraciones El pago de las remuneraciones debe realizarse en uno de los siguientes períodos: a) Al personal mensualizado, al vencimiento de cada mes calendario. b) Al personal remunerado a jornal o por hora, por semana o quincena. c) Al personal remunerado por pieza o medida, cada semana o quincena respecto de los trabajos concluidos en los referidos períodos, y una suma proporcional al valor del resto del trabajo realizado, pudiéndose retener como garantía una cantidad no mayor de la tercera parte de dicha suma.
  • 6.
    Medidas de proteccióna las Remuneraciones 1. Las remuneraciones se pagarán en moneda de curso legal. A solicitud del trabajador, podrá pagarse con cheque o vale vista bancario a su nombre. 3.- Las remuneraciones se pagaran con la periodicidad estipulada en el contrato, pero los periodos que se convengan no podrán exceder de un mes. Si nada se dijera en el contrato, deberán darse anticipos quincenales en los trabajos por pieza, obra o media y en los de temporada. 2.- Junto con el pago, el empleador deberá entregar el trabajador un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma como se determinó y las deducciones efectuadas. 4.Las remuneraciones deberán pagarse en día de trabajo, entre lunes y viernes, en el lugar que el trabajo preste sus servicios y dentro de la hora siguiente y la terminación de la jornada. Las partes podrán acordar otros días u otras horas de pago .