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SILICIE
Resumen de la jornada formativa sobre el
SILICIE realizada en la sede de la Agencia
Tributaria en Madrid
Qué
Cómo
Cuándo
Quién
Dónde
Por qué
SILICIE
Qué es el SILICIE:
El nuevo sistema de llevanza de libros contables en la sede electrónica de la
Agencia Tributaria para empresas sujetas a impuestos especiales.
Se instaura la obligatoriedad de realizar la declaración, en un formato
electrónico, de los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto
de los Impuestos Especiales y, en caso necesario, de las materias primas
dedicadas a la obtención de dichos productos.
Qué
SILICIE
Qué novedades plantea:
 Cambio en la forma de presentación de la contabilidad: suministro
inmediato de asientos contables
 Estructura y contenido de los asientos contables común para todos los
establecimientos e impuestos
 Eliminación de las declaraciones de operaciones
Qué
SILICIE
Objetivos:
 Unificar y armonizar la información contable en un único libro
 Mejorar la seguridad jurídica, definiendo una estructura común de los
asientos para todos los operadores e impuestos
 Simplificar las obligaciones formales con la eliminación de las declaraciones
de operaciones
 Crear un servicio de consulta de asientos y existencias
 Crear servicios de información para usuarios: Portal SILICIE y Buzón de
consultas
Por qué
SILICIE
Cómo se llevará la contabilidad en sede electrónica:
 Presentación telemática a través de formulario en sede electrónica a través de
importación de ficheros. Recomendable para empresas con poco volumen de
asientos.
 Presentación telemática a través del sistema contable interno. Recomendable
para empresas con mucho volumen de asientos.
 Se debe ejercer la opción antes del inicio del año natural en que surta efecto, o con la
declaración de inicio de la actividad
 Una vez ejercida se entiende prorrogada, salvo renuncia
 Posibilidad de renuncia: con efectos en el año siguiente
 La renuncia se deberá ejercer en la sede electrónica
Cómo
SILICIE
Operaciones incluidas en cada asiento:
 Regla general: un asiento es un movimiento, operación, proceso o diferencia.
 Regla especial: suministros agregados* en un único asiento
 Fabricación en procesos continuos
 Fabricación de cerveza: operaciones de fabricación, entradas y salidas de cerveza sin
alcohol, materias primas dirigidas a aportar aroma o sabor
 Fabricación y autoconsumo en refinerías
 Ventas al por menor de bebidas alcohólicas con impuesto devengado
 Ventas en tiendas libres de impuestos
 Adición de aditivos
 Elaboradores de vino, pequeños fabricantes de cerveza y de productos intermedios
Cómo
SILICIE
*la información / documentación de cada suministro agregado debe estar siempre disponible para posibles inspecciones o intervenciones.
Entrada en vigor:
1 de enero de 2020
Periodo transitorio: primer semestre de 2020
Plazos para cada suministro:
 Regla general (cuando la llevanza es en la sede electrónica):
24 horas hábiles entre el movimiento y el suministro
 Regla especial (cuando la llevanza y el suministro son a partir del sistema
contable interno):
24 horas hábiles entre el movimiento y el registro y 5 días hábiles entre el
registro y el suministro
Cuándo
SILICIE
A quién afectará:
Fábricas Beneficiarios exención alcohol
Depósitos fiscales Usuarios que obtengan residuos alcohólicos
Almacenes fiscales Plantas embotelladores independientes
Depósitos de recepción Beneficiarios exención hidrocarburos
Fábricas de vinagre Detallistas hidrocarburos
Fabricantes de productos compensadores
Quién
SILICIE
A quién NO afectará:
Pequeños elaboradores de vino y bebidas fermentadas
Destiladores artesanales
Quién puede realizar el suministro electrónico de los asientos:
El titular del establecimiento
Apoderados
Colaboradores sociales
Quién
SILICIE
Marco jurídico regulador del SILICIE:
RD 1512/2018, de 29 de diciembre: artículo 50 RIE
Las obligaciones contables previstas en los artículos 3, 11, 12, 13, 53, 55, 56.2, 56
bis, 60, 66, 71, 74, 75, 75 bis, 75ter, 76, 77, 85, 87, 88, 96, 101, 103, 105, 106, 110,
115, 126 y 129 RIE se cumplimentarán mediante libros contables y en los términos
que se establezcan mediante Orden del Ministro de hacienda.
Dónde
SILICIE
SILICIE
FUENTE:
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Aduanas/Contenidos_Privad
os/Aduanas_Nuevo/SILICIE/infoyayuda/Present_jor_div/normas_comunes.pdf

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Resumen de la jornada informativa sobre el SILICIE realizada en la sede de la Agencia Tributaria en Madrid

  • 1. SILICIE Resumen de la jornada formativa sobre el SILICIE realizada en la sede de la Agencia Tributaria en Madrid
  • 3. Qué es el SILICIE: El nuevo sistema de llevanza de libros contables en la sede electrónica de la Agencia Tributaria para empresas sujetas a impuestos especiales. Se instaura la obligatoriedad de realizar la declaración, en un formato electrónico, de los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en caso necesario, de las materias primas dedicadas a la obtención de dichos productos. Qué SILICIE
  • 4. Qué novedades plantea:  Cambio en la forma de presentación de la contabilidad: suministro inmediato de asientos contables  Estructura y contenido de los asientos contables común para todos los establecimientos e impuestos  Eliminación de las declaraciones de operaciones Qué SILICIE
  • 5. Objetivos:  Unificar y armonizar la información contable en un único libro  Mejorar la seguridad jurídica, definiendo una estructura común de los asientos para todos los operadores e impuestos  Simplificar las obligaciones formales con la eliminación de las declaraciones de operaciones  Crear un servicio de consulta de asientos y existencias  Crear servicios de información para usuarios: Portal SILICIE y Buzón de consultas Por qué SILICIE
  • 6. Cómo se llevará la contabilidad en sede electrónica:  Presentación telemática a través de formulario en sede electrónica a través de importación de ficheros. Recomendable para empresas con poco volumen de asientos.  Presentación telemática a través del sistema contable interno. Recomendable para empresas con mucho volumen de asientos.  Se debe ejercer la opción antes del inicio del año natural en que surta efecto, o con la declaración de inicio de la actividad  Una vez ejercida se entiende prorrogada, salvo renuncia  Posibilidad de renuncia: con efectos en el año siguiente  La renuncia se deberá ejercer en la sede electrónica Cómo SILICIE
  • 7. Operaciones incluidas en cada asiento:  Regla general: un asiento es un movimiento, operación, proceso o diferencia.  Regla especial: suministros agregados* en un único asiento  Fabricación en procesos continuos  Fabricación de cerveza: operaciones de fabricación, entradas y salidas de cerveza sin alcohol, materias primas dirigidas a aportar aroma o sabor  Fabricación y autoconsumo en refinerías  Ventas al por menor de bebidas alcohólicas con impuesto devengado  Ventas en tiendas libres de impuestos  Adición de aditivos  Elaboradores de vino, pequeños fabricantes de cerveza y de productos intermedios Cómo SILICIE *la información / documentación de cada suministro agregado debe estar siempre disponible para posibles inspecciones o intervenciones.
  • 8. Entrada en vigor: 1 de enero de 2020 Periodo transitorio: primer semestre de 2020 Plazos para cada suministro:  Regla general (cuando la llevanza es en la sede electrónica): 24 horas hábiles entre el movimiento y el suministro  Regla especial (cuando la llevanza y el suministro son a partir del sistema contable interno): 24 horas hábiles entre el movimiento y el registro y 5 días hábiles entre el registro y el suministro Cuándo SILICIE
  • 9. A quién afectará: Fábricas Beneficiarios exención alcohol Depósitos fiscales Usuarios que obtengan residuos alcohólicos Almacenes fiscales Plantas embotelladores independientes Depósitos de recepción Beneficiarios exención hidrocarburos Fábricas de vinagre Detallistas hidrocarburos Fabricantes de productos compensadores Quién SILICIE
  • 10. A quién NO afectará: Pequeños elaboradores de vino y bebidas fermentadas Destiladores artesanales Quién puede realizar el suministro electrónico de los asientos: El titular del establecimiento Apoderados Colaboradores sociales Quién SILICIE
  • 11. Marco jurídico regulador del SILICIE: RD 1512/2018, de 29 de diciembre: artículo 50 RIE Las obligaciones contables previstas en los artículos 3, 11, 12, 13, 53, 55, 56.2, 56 bis, 60, 66, 71, 74, 75, 75 bis, 75ter, 76, 77, 85, 87, 88, 96, 101, 103, 105, 106, 110, 115, 126 y 129 RIE se cumplimentarán mediante libros contables y en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro de hacienda. Dónde SILICIE