El documento habla sobre la simulación en el Código Civil Argentino. Explica que la simulación puede ser absoluta o relativa, y lícita o ilícita. También describe las partes legítimas para iniciar una acción de simulación, así como las presunciones que se admiten para probar la simulación de un acto, como la falta de capacidad económica para realizar el acto o las circunstancias en las que se realizó.