1. LA ESCUELA ANTROPOSOCIAL
Rodríguez M. (2003:324), señala que la Escuela
Antroposocial es llamada también Escuela de
Lyon, por ser esta ciudad donde Lacassagne, Martin
y Locard tuvieron su centro
de operaciones, también pueden considerarse de la
Escuela Francesa a Manoouvrier y Aubry. La Escuela
Antroposocial da fundamental importancia a los
factores sociales, sin los cuales el crimen no se
presentaría
2. La escuela de Lacassagne va a considerar que el criminal solamente
es peligroso en cuanto esté en un medio adecuado. " El medio social
es el caldo de cultivo de la criminalidad; el delincuente es el
microbio, un elemento que carece de importancia hasta el día que
encuentra el líquido que le hace fermentar" , Lacassagne dirige el
estudio del criminal hacia la sociedad (Lacassagne citado en
Rodríguez M., 2003:325).
La Escuela de Lyon dio un gran avance a la Criminología, pero no
llegaron a hacer Sociología Criminal porque obviamente no eran
sociólogos, eran un grupo de médicos. Dividen los factores
criminógenos en dos: factores predisponentes y factores
determinantes. Así, con su experiencia médica, dicen que en
el cerebro existen tres zonas básicas: la frontal, la occipital y la
temporal; diciendo que en la zona frontal están
las funciones intelectuales del sujeto, mientras que atrás, en la zona
occipital, están las afectivas, y en medio, en el parietal, las volitivas;
que entre estas tres zonas debe haber homeostasis; si no hay esta
homeostasis el individuo tiene trastornos considerables, entre los
que puede encontrarse el estar predispuesto a el crimen.
3. Lacassagne declara que "
las sociedades tienen los criminales que se
merecen" . Rousseau tuvo cierta influencia en
Lacassagne, así en su adagio que dice: " a
mayor desorganización social, mayor
criminalidad; a menor desorganización
social, menor criminalidad; existe más
criminalidad entre las sociedades y los
estados desorganizados que entre los estados
y sociedades mejor organizados
4.
EMILIO DURKHEIM (1858-1917)
El crimen, fenómeno normal
La normalidad para Durkheim es un estado de hecho, no un juicio moral
o filosófico; es una conclusión estadística. El delito debe ser aceptado
como un hecho social, como parte integrante de una sociedad, el cual no
puede ser eliminado con un acto de voluntad. En sí el delito es un hecho
normal, no deduciéndose de esto que el criminal como individuo sea
normal desde el punto de vista biológico o psicológico. Cualquier
sociedad normal siempre ha tenido algunos individuos anormales.
Hacer del crimen una enfermedad social, dice Durkheim, sería admitir
que la enfermedad no es cualquier cosa accidental, sino al
contrario, deriva en ciertos casos de la constitución fundamental del ser
viviente.
Afirma Durkheim que, en primer lugar el crimen es normal, porque una
sociedad que estuviera exenta de él es a todas luces un hecho
imposible, y agrega que si hay un hecho penal en el que
el carácter patológico parece incontestable, éste es el crimen
5. . MéXICO
. Alfonso Quiroz Cuarón
Rodríguez M. (2003:364), señala que en su "
Teoría Económica de los disturbios" Quiroz
Cuarón llega a la siguiente deducción:
a) La criminalidad es directamente proporcional
a la población e inversamente proporcional al
ingreso.
b) En cualquier núcleo humano se romperá la
estabilidad sociopolítica si la tasa de aumento
del ingreso real es menor que el doble de la tasa
de aumento de la población más el cuadrado de
esa tasa.
c) La criminalidad está determinada
fundamentalmente por la tasa de variación de la
población y del ingreso real por persona.
6. d) Es menos difícil, más natural, quizás mas
complejo, pero sí de consecuencias más rápidas, el
influir sobre la tasa del ingreso que sobre la población.
Rodríguez M. (2003:365) describe que en la obra el
" Costo Social del delito" Quiroz Cuarón en compañía de
su hermano Raúl, tomaron en cuenta:
1. Costo intrínseco del delito.
2. Lo que dejo de producir el delincuente.
3. Lo que dejan de producir las víctimas.
4. El descenso de productividad de las familias de las
victimas.
5. El descenso de productividad de las familias de los
delincuentes.
6. Lo que el delincuente o sus familiares pagaron a
intermediarios y autoridades, más lo que pagaron las
victimas.
7. 7. Sueldos, salarios, compensaciones y prestaciones sociales al
personal encargado de investigación y persecución del delito.
8. Mantenimiento y conservación de edificios, equipo y
mobiliario e instalaciones ocupadas por Policía y Ministerio
Público.
9. Pagos por conceptos de corrupción hechos por delincuentes y
victima al personal corrompido.
10. Sueldos, etc. al personal encargado de administrar justicia
(Poder Judicial)
11. Mantenimiento y conservación de los edificios, más
reparación y renovación de equipo de los juzgados y cárceles
preventivas.
12. Costo de defensores y peritos de victima y victimario.
13. Costo de las primas pagadas por concepto de fianzas.
14. Sueldos, salarios, etc., al personal penitenciario.
15. Mantenimiento, etc., de los edificios y equipo
penitenciario.
16. Pagos del delincuente y familiares a intermediarios o
empleados penitenciarios.