La Agencia Tributaria Canaria va a implantar un nuevo sistema para la gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII). ¿Qué implica esto para las empresas canarias?
Cuatro RRGG AFIP Tecnológicas 3561, 3571, 3685 y 3749racso54
1.Introducción General
2.RG 3561 su comparación con RG 259/95
3.RG 3571 y 3749 . Aspectos Comunes y Particulares, 3 Métodos de Facturación Electrónica.
4..Consecuencias y oportunidades
5 .RG 3685 Régimen Informativo Compras y Ventas; .Régimen de Duplicados Electrónicos
6.Resumen General y Conclusiones
7. Como será el trabajo en el futuro
Cuatro RRGG AFIP Tecnológicas 3561, 3571, 3685 y 3749racso54
1.Introducción General
2.RG 3561 su comparación con RG 259/95
3.RG 3571 y 3749 . Aspectos Comunes y Particulares, 3 Métodos de Facturación Electrónica.
4..Consecuencias y oportunidades
5 .RG 3685 Régimen Informativo Compras y Ventas; .Régimen de Duplicados Electrónicos
6.Resumen General y Conclusiones
7. Como será el trabajo en el futuro
El pago retroactivo de derechos del registro en el esquema de certificacion d...Vázquez Tercero & Zepeda
El SAT mediante una Nota Informativa advierte que comenzará a requerir por el pago retroactivo de derechos para las siguientes Certificaciones:
1. IVA e IEPS (Ley del IVA y Ley del IEPS).
2. Comercializadora e Importadora (Ley Aduanera).
3. Operador Económico Autorizado (Ley Aduanera).
4. Socio Comercial Certificado (Ley Aduanera).
Por inscripción, anualidad y renovación, ello para abarcar los Registros cuya vigencia es superior a 1 año.
Cambios en las reglas relacionadas con la operación de la maquila, capítulos 1 al 5.
Cambios en las Disposiciones Generales del Esquema Integral de Certificación.
Cambios en las Obligaciones, Requerimientos, Renovación y Cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Cambios en los Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Obligaciones formales de la ley de impuesto a la transferencia de bienes Muebles y a la prestación de servicios (IVA)
Una vez inscrito como contribuyente de IVA, previo a solicitar a la Imprenta respectiva la elaboración de los documentos que se citan en el siguiente numeral, debe solicitar a la Administración Tributaria la asignación y autorización de la numeración correlativa y de la serie cuando corresponda, de los documentos que pretende imprimir. Art. 115-A Código Tributario.
Dicha solicitud podrá realizarse por medios manuales o electrónicos. Los formularios a utilizar son F-940, o F-941 o F-942. Art. 115, 115-A Código Tributario.
http://elcontadorpublico.com/
La Autorización del Correlativo de Documentos Legales, la facultad de asignar y autorizar los números correlativos de los documentos a los que se refieren los artículos 107, 108, 109, 110 y 112 del Código Tributario, que deban elaborarse por imprenta, así como los que se expidan por medio de formularios únicos, por medios electrónicos, facturas de venta simplificada y tiquetes en sustitución de facturas, corresponde exclusivamente a la Administración Tributaria. Asimismo, le asiste la facultad de establecer a que año corresponde cada documento (articulo 115-A Código Tributario).
Resolución de DGI regula algunos aspectos prácticos para usuarios de Zona FrancaBTURUGUAY
Informe elaborado por el Cr. Camilo Carmona, del Departamento de Asesoramiento Corporativo de #BakerTilly, acerca de una resolución de DGI referida a los usuarios de Zona Franca.
Modificación en los mínimos no sujetos a retención del impuesto a las gananci...Alejandro Germán Rodriguez
Nuevamente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado una nueva resolución [RG (AFIP) 3884], la cual tiene como fin incrementar a partir del 1/6/2016 los montos mínimos no sujetos a retención del impuesto a las ganancias.
Con la publicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación, el 8 de diciembre se modificó el primer párrafo del artículo 29, donde se contemplan los sujetos obligados a expedir y/o solicitar el comprobante fiscal digital por internet o CFD, esto impacta en las operaciones de exportación de las empresas.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades normativas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2014.
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspectos contables, fiscales, legales aplicables en los diferentes países iberoamericanos donde invertir o expanderse
La Agencia Tributaria va a implantar un nuevo sistema para la gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII). ¿Qué implica esto?
El pago retroactivo de derechos del registro en el esquema de certificacion d...Vázquez Tercero & Zepeda
El SAT mediante una Nota Informativa advierte que comenzará a requerir por el pago retroactivo de derechos para las siguientes Certificaciones:
1. IVA e IEPS (Ley del IVA y Ley del IEPS).
2. Comercializadora e Importadora (Ley Aduanera).
3. Operador Económico Autorizado (Ley Aduanera).
4. Socio Comercial Certificado (Ley Aduanera).
Por inscripción, anualidad y renovación, ello para abarcar los Registros cuya vigencia es superior a 1 año.
Cambios en las reglas relacionadas con la operación de la maquila, capítulos 1 al 5.
Cambios en las Disposiciones Generales del Esquema Integral de Certificación.
Cambios en las Obligaciones, Requerimientos, Renovación y Cancelación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Cambios en los Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Obligaciones formales de la ley de impuesto a la transferencia de bienes Muebles y a la prestación de servicios (IVA)
Una vez inscrito como contribuyente de IVA, previo a solicitar a la Imprenta respectiva la elaboración de los documentos que se citan en el siguiente numeral, debe solicitar a la Administración Tributaria la asignación y autorización de la numeración correlativa y de la serie cuando corresponda, de los documentos que pretende imprimir. Art. 115-A Código Tributario.
Dicha solicitud podrá realizarse por medios manuales o electrónicos. Los formularios a utilizar son F-940, o F-941 o F-942. Art. 115, 115-A Código Tributario.
http://elcontadorpublico.com/
La Autorización del Correlativo de Documentos Legales, la facultad de asignar y autorizar los números correlativos de los documentos a los que se refieren los artículos 107, 108, 109, 110 y 112 del Código Tributario, que deban elaborarse por imprenta, así como los que se expidan por medio de formularios únicos, por medios electrónicos, facturas de venta simplificada y tiquetes en sustitución de facturas, corresponde exclusivamente a la Administración Tributaria. Asimismo, le asiste la facultad de establecer a que año corresponde cada documento (articulo 115-A Código Tributario).
Resolución de DGI regula algunos aspectos prácticos para usuarios de Zona FrancaBTURUGUAY
Informe elaborado por el Cr. Camilo Carmona, del Departamento de Asesoramiento Corporativo de #BakerTilly, acerca de una resolución de DGI referida a los usuarios de Zona Franca.
Modificación en los mínimos no sujetos a retención del impuesto a las gananci...Alejandro Germán Rodriguez
Nuevamente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado una nueva resolución [RG (AFIP) 3884], la cual tiene como fin incrementar a partir del 1/6/2016 los montos mínimos no sujetos a retención del impuesto a las ganancias.
Con la publicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación, el 8 de diciembre se modificó el primer párrafo del artículo 29, donde se contemplan los sujetos obligados a expedir y/o solicitar el comprobante fiscal digital por internet o CFD, esto impacta en las operaciones de exportación de las empresas.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades normativas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2014.
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspectos contables, fiscales, legales aplicables en los diferentes países iberoamericanos donde invertir o expanderse
La Agencia Tributaria va a implantar un nuevo sistema para la gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información (SII). ¿Qué implica esto?
Durante la jornada sobre la nueva Ley de apoyo a los emprendedores del pasado 28 octubre de 2013, se analizaron las modificaciones legislativas y consideraciones sobre aspectos de carácter mercantil, por la ponente María Sáenz, abogada de MONTERO ARAMBURU Abogados.
Caso de Exito LPL Projects Logistics Spain y Business CentralAitana
Actualmente, LPL Projects Logistics Spain cuenta con más 150 años de experiencia, más de 60 socios en todo el mundo, 15 sucursales propias y dispone de un equipo de más de 100 profesionales.
El uso de una versión obsoleta del software Dynamics NAV 2009, impedía a la empresa avanzar en su crecimiento empresarial y adaptarse a los cambios del mercado.
Sin embargo, gracias a la actualización del sistema pasando a Dynamics 365 Buiness Central, LPL Projects Logistics Spain ha conseguido optimizar procesos, mejorar la eficiencia operativa, reducir costes y una mayor escalabilidad a nivel empresarial.
Case Study Copenhagen Energy and Business Central.pdfAitana
Copenhagen Energy, especializada en energía renovable y el mercado mayorista de energía en Europa, opera con 20 empleados desde su sede principal en Carlsberg City, Copenhague. La empresa enfrentaba desafíos en la gestión financiera, como la creación manual de facturas, lo que afectaba la eficiencia.
El CEO, Jasmin Bejdic, resaltó la necesidad de un ERP adaptado para la contabilidad y gestión de proyectos, especialmente por trabajar con empresas de distintos países.
La precisión en la información financiera es vital para la empresa, permitiendo evaluar eficientemente las ganancias y pérdidas para un retorno de inversión óptimo.
¡Descubre el caso de éxito!
Caso de Exito Transtel y Document Capture.pdfAitana
Desde su fundación en 1973, Transtel se ha consolidado como una empresa líder en el sector del renting de vehículos industriales.
No obstante, el crecimiento continuo presentó nuevos desafíos, en especial en el departamento de administración, donde se hizo evidente la necesidad de aumentar la productividad sin incrementar el personal.
Gracias a Document Capture, Transtel ha logrado optimizar sus operaciones de tal manera que ahora es capaz de gestionar un volumen más grande de facturas sin necesidad de aumentar su equipo de trabajo. Además, ha mejorado su eficiencia en la parametrización por proveedor y ha acelerado significativamente el proceso de cotejo entre facturas y albaranes.
Caso de Exito Micromouse y Business Central.pdfAitana
Micromouse es una empresa que ofrece soluciones personalizadas para diversas organizaciones y sectores, enfocadas en la optimización de la gestión de datos y la seguridad de sistemas corporativos. Destacan por su cumplimiento de estándares normativos y su innovación en tecnologías como ciberseguridad, almacenamiento, conectividad y FaxIP. También se destacan en la digitalización de proyectos con enfoque en la satisfacción del cliente y la protección de datos.
La compañía estaba utilizando Dynamics NAV 2016, una versión sin soporte de Microsoft, y planeaba mejorar su gestión empresarial migrando su sistema ERP a la nube y eliminando servidores físicos. Inicialmente, consideraron desarrollar mejoras en NAV 2016, pero después de un análisis exhaustivo, encontraron que las mejoras necesarias estaban disponibles en Dynamics 365 Business Central, aprovechando además la flexibilidad de la nube para el acceso desde cualquier ubicación y dispositivo con conexión a Internet.
Caso de Exito Itercon y Business Central_opt.pdfAitana
Itercon es una empresa líder en diseño y construcción en el sector industrial, especializada en el desarrollo de proyectos integrales. Con más de 60 años de experiencia en el sector público y privado, opera a nivel global en los sectores industrial, centros de datos, logística y obra civil.
Mantenerse al día con las últimas novedades tecnológicas es clave para el éxito de una empresa. Y esto lo tenía muy claro Itercon. Es por ello que confiaron en Aitana para actualizar su ERP Microsoft Dynamics NAV 2009 a la última versión: Dynamics 365 Business Central. Este cambio provenía de la necesidad de facilitar la conexión desde sitios remotos y conseguir que la información fluyese entre todas las unidades de gestión. Asimismo, también buscaban resolver el problema de exceso de gestión administrativa que provocaba el vertical para el sector de la construcción que tenían implantado.
Con Business Central, Itercon ha recortado los plazos en el proceso de cierre mensual en aproximadamente 5 días y lo que antes invertían en elaborar información, ahora lo emplean en analizarla.
Ascendum España es una destacada empresa distribuidora de marcas reconocidas en maquinaria pesada y equipos de construcción, con sede en San Fernando de Henares (Madrid). En el último año, alcanzó una facturación de más de 100 millones de euros. Forma parte del Grupo Ascendum, una multinacional con presencia en más de 15 países de América Latina, Europa y África, y cuenta con un equipo de más de 1,000 colaboradores altamente capacitados y comprometidos en diversas áreas. Con más de 60 años de trayectoria en el sector, Ascendum España es un actor destacado con una impecable reputación a nivel nacional.
Anteriormente, la empresa utilizaba un proceso manual para recopilar, revisar y archivar sus notas de gasto, lo cual implicaba una considerable inversión de tiempo y esfuerzo tanto por parte de los empleados como del personal de contabilidad. Tras analizar la situación de Ascendum España, en Aitana sugerimos aprovechar su Microsoft 365 para crear una aplicación personalizada utilizando SharePoint. La aplicación ePortafirmas está diseñada para ser versátil y adaptarse tanto a los trabajadores con dietas diarias como a aquellos que solo reportan gastos, siendo utilizada transversalmente en Ascendum.
Caso de Exito Bcnvision y D365 Sales_opt.pdfAitana
La empresa BCN Visión se encontraba frente a un desafío fundamental: la descentralización de la información. Para solventar este problema, desde Aitana recomendamos implantar Dynamics 365 Sales.
La implantación de Dynamics 365 Sales aporta a BCN Visión numerosas ventajas, como la centralización de la información de los clientes, la automatización de tareas y una visión integral de las actividades de ventas.
Caso de Exito Lobanfi y Business Central.pdfAitana
Lobanfi es una entidad compuesta por dos compañías especializadas en la administración, estaciones de servicios de gasolineras y restaurantes. En la actualidad, su facturación anual supera los 24 millones de euros, y su principal meta es invertir en sus establecimientos físicos, desarrollando al mismo tiempo una plataforma de comercio en línea vinculada a estas tiendas.
Por ende, esta empresa tenía la necesidad de mejorar tanto en seguridad como en productividad, en este contexto, desde Aitana propusimos la migración a Dynamics 365 Business Central SaaS. “Para nosotros era fundamental mantener los desarrollos y la funcionalidad que ya teníamos en nuestro NAV y, en la medida de lo posible, mejorarlos con el objetivo de obtener un mayor retorno en la inversión de la actualización. Además, con la migración al nuevo ERP de Microsoft en la nube también queríamos ganar en seguridad, usabilidad y productividad.”
Colectividades y Restaurantes de Aragón y Rioja (Cores) es una empresa de servicios de alimentación y otros servicios relacionados con colectividades. Aitana sugirió la migración de su Dynamics NAV 2018 a Dynamics 365 Business Central, lo que permitiría a la empresa aprovechar la tecnología de vanguardia y las campañas de licencias que Microsoft tenía en ese momento y así poder dar el salto a la nube.
La migración a Business Central ha tenido un impacto significativo en Cores, gracias a la automatización de tareas, la productividad ha aumentado, permitiendo a la empresa dedicar más tiempo a su negocio. “Gracias a la migración de NAV a Business Central SaaS, el departamento financiero puede consultar los datos al instante y desde cualquier dispositivo. Esto hace que la agilidad en el proceso sea mucho más elevada que antes” destaca Laura Sancho.
Caso de éxito de Alfa Dyser y Dynamics 365 Business Central, La implantación ha supuesto un aumento de la productividad en un 30-40%. Además, los procesos de realización de pedidos se han revisado con una reducción de errores de un 20-30%.
EBIR Bathroom Lighting es una compañía que cuenta con más de 25 años de experiencia en el desarrollo y estudio de soluciones para la iluminación de baño.
El departamento de Recursos Humanos de EBIR gestionaba sus procesos con el ERP Microsoft Dynamics. No obstante, podía convertirse en una tarea pesada y lenta, que precisaba una cierta automatización.
Así pues, la empresa requería una plataforma centralizada donde compartir información de forma sencilla y que permitiese la colaboración entre sus empleados. Asimismo, EBIR también notaba cierta falta de eficiencia en la gestión y aprobación de sus documentos.
Con esta premisa desde Aitana propusimos la puesta en marcha de una intranet en SharePoint, una solución de Microsoft, integrada con su ERP Microsoft Dynamics. Una herramienta intuitiva, que no solo mejora las comunicaciones internas, sino que también mejora la gestión de los documentos entre empleados.
La principal ventaja que les ofrece SharePoint, además de ser una herramienta para la cual EBIR ya disponía de licencias, era que con una única plataforma podían responder a las necesidades de tres departamentos: Procesos, RRHH y Comunicación.
“Trabajar con Aitana ha sido muy fácil. El equipo dedicado a Microsoft 365 siempre ha estado disponible cuando lo necesitábamos y nos han facilitado mucho el trabajo. Estamos muy contentos con el resultado final”, Ruth Vicente, HR Manager en EBIR.
Caso de Exito Texia Labor y portal del empleado_opt.pdfAitana
Texia es una empresa de acabados textiles y estampación a doble cara con sede y fábrica en Monistrol de Montserrat. Elaboran piezas en rollo y sin costuras como servilletas, paños, manteles y otros productos para aerolíneas, hoteles o compañías de catering de lujo. Con más de 100 años de experiencia, la empresa está revolucionando la fabricación de productos textiles a través de la tecnología digital.
Sus 20 millones de euros de facturación hacen de Texia una organización de referencia en el sector, estando presentes en cerca de 750 puntos de venta y exportando el 80% de su producción.
La empresa cuenta con casi un centenar de empleados con perfiles profesionales muy variados: ingenieros de I+D, comerciales, operarios de fábrica, etc. Esta característica hizo que Texia buscase una solución que les permitiese gestionar la administración de todo su personal, facilitando tareas como la gestión de nóminas, contratos, comunicaciones con la administración, etc.
De esta manera, tras un análisis completo de las necesidades de la compañía y de las soluciones del mercado, desde Aitana se propuso la implantación de Labor – software de gestión de nóminas –, así como la puesta en marcha del Portal del Empleado, cuya función es de facilitar la comunicación y la cooperación entre los miembros de la compañía.
“Con Labor hemos conseguido importantes mejoras en la eficiencia operativa. Ahora se automatizan los cálculos y se analizan todos los datos, lo que nos permite realizar más tareas de administración de personal en menos tiempo”, señala Ana Noet, HR manager en Texia, quien añade que el 20% del tiempo que antes dedicaban a la gestión de las nóminas, ahora lo dedican a la gestión de personas.
Por otra parte, según la HR manager de Texia, el Portal del Empleado les ha proporcionado múltiples beneficios: “los empleados y directores interaccionan mediante solicitudes y aprobaciones configurables y pueden introducir información diversa, tanto propia como de otros empleados. Ahora el empleado se puede apuntar a cursos de formación, aceptar revisiones médicas para PRL, apuntarse a procesos de selección interna, solicitar permisos o visualizar toda la documentación relacionada con la empresa”.
Caso de Exito Bombas Ideal y Document Capture_opt.pdfAitana
Bombas Ideal es una empresa valenciana dedicada a la fabricación de bombas de agua y grupos de presión. Su producción va desde bombas de agua horizontales, verticales, sumergidas y residuales hasta grupos Hydro y FOC y containers contra in6cendios, entre otros. Con toda esta variedad, su objetivo es poder ofrecer soluciones eficaces para cualquier necesidad de bombeo.
El alto volumen de facturas de proveedores que la empresa recibía a diario obligaba al departamento de administración a dedicar la mayor parte de su tiempo registrando documentos en el ERP. Esto no solo suponía una pérdida de productividad, sino que también se cometían muchos errores a la hora de introducir la información de manera manual. Es por ello que la compañía valenciana confió en Aitana para implantar una herramienta capaz de automatizar el proceso de digitalización de facturas.
Tras barajar todas las opciones que el mercado ofrecía para la digitalización de facturas, el equipo de Bombas Ideal eligió Document Capture, una solución certificada por la AEAT que cumplía con todos sus requisitos y que utiliza la misma interfaz que Microsoft Dynamics, el software ERP con el que trabaja la organización, minimizando así la formación requerida. Además, el proyecto también contempló la incorporación de procesos de seguimiento y control en la introducción de los documentos en el sistema con el objetivo de ayudar a los usuarios en sus procesos administrativos.
El principal beneficio que ha obtenido la empresa Bombas Ideal ha sido un notable ahorro en el proceso de contabilización. “Hemos reducido más del 50% del tiempo dedicado a la recepción y validación de facturas de proveedores, además de disminuir prácticamente a cero el posible error humano”, subraya Salvador Ortells, director financiero de la compañía. De esta forma, el personal administrativo cuenta ahora con una mayor disponibilidad para dedicar a sus clientes y proveedores.
Caso de Exito Altra Corporacion y Qlik Data Replicate_opt.pdfAitana
Altra Corporación Empresarial es un grupo de empresas dedicado a la innovación y el desarrollo de tecnología de última generación para la fabricación y el diseño de equipos de climatización. La compañía está dividida por 4 marcas, cada una especializada en un sector: Airzone, dedicada a la climatización por zonificación; Athome, dedicada a la automatización residencial; Atria Solar, dedicada a la energía solar térmica y Evita, dedicada a la telemedicina para la prevención de enfermedades en farmacias y gimnasios.
Situada en Málaga, este grupo de empresas cuenta con más de 250 empleados y operan a nivel nacional. Sin embargo, su presencia en los mercados internacionales está cada vez ganando más fuerza, y actualmente disponen de filiales en Europa, Emiratos Árabes y Norteamérica.
Altra Corporación Empresarial lleva años invirtiendo en la digitalización de su compañía, haciendo hincapié en la mejora de la satisfacción de sus clientes a través de la compra online, programas de formación online y otros espacios con herramientas web. Es por ello por lo que, para optimizar sus tiempos de respuesta, consideraron la necesidad de disponer de los datos en menor tiempo y sin un alto coste de rendimiento.
Tras un estudio de diferentes soluciones tecnológicas, apostaron por la implantación de Qlik Data Replicate junto al equipo de Aitana. Esta herramienta incluye prácticas, técnicas de arquitectura y funcionalidades que permiten disponer de la copia del dato en tiempo real en las diferentes bases de datos distribuidas.
A 3 pasos del cierre contable automático y sin erroresAitana
La situación provocada por la COVID-19 ha hecho que muchas empresas hayan encontrado en las asesorías y despachos profesionales su mejor aliado. Y para dar el mejor soporte, el sector ha tenido que dar un paso adelante en su adaptación a las nuevas tecnologías.
La digitalización de los despachos conlleva, entre otros aspectos, la automatización del contable y la transformación de los asesores. Es un proceso que está cambiando profundamente la actividad de los despachos profesionales y sus departamentos especializados.
Aprende cómo dar un salto en la automatización del cierre contable.
Paso 1) Auditoría automática La revisión de la contabilidad a mano puede llevarnos un tiempo precioso. Además, por muy bien que se realice, puede llevar a errores. Y la AEAT no perdona.
Paso 2) Analiza los errores En ese momento, podrás ver todos y cada uno de los errores que hayas podido cometer en el momento de contabilizar las facturas de clientes, proveedores, conciliación de los bancos, descuadres de asientos…
Paso 3) Comunicación en línea con el cliente Podrás solicitar online la documentación o la información que necesites a tu cliente a través del Portal. De esta forma tendrás la información de las alertas pendientes, de la documentación por recibir o de las tareas pendientes de ejecutar del cierre contable.
Caso de Éxito Transtel - Business Central_opt.pdfAitana
Transtel es una sociedad anónima dedicada al alquiler y renting de vehículo industrial y vehículo con
adaptaciones en todo el territorio nacional. Actualmente cuentan con más de 2.000 vehículos de todo tipo y delegaciones en Madrid, Barcelona, Lisboa, Sevilla y País Vasco, entre otros.
En Transtel trabajaban con muchas y muy diversas herramientas con las que gestionaban toda su información.
Esto les generaba repetición de trabajos, incongruencia de los datos, dependencia de ciertas personas, entre otras situaciones no deseables. Con la implantación de un ERP, se pretendía conseguir una política de datos único, así como reducción y optimización de los procesos empresariales.
Con Dynamics 365 Business Central, ahora Transtel obtiene respuestas profesionales a las necesidades de su negocio, y disponen de una herramienta donde todo el conocimiento transmitido está accesible a través de las respuestas a las incidencias planteadas.
La Corberana es una empresa de fabricación y venta de productos desinfectantes y de limpieza de superficies, desinfección de agua potable y recreativa, y productos cosméticos.
La compañía trabaja trabaja con Dynamics 365 Business Central en la nube y necesitaba una herramienta que les ayudase a mejorar la capacidad de análisis contable y financiero que su ERP les aportaba.
Según La Corberana, Power BI es la mejor herramienta visual que existe. Les facilita la vida porque lo ven todo a golpe de ojo sin tener que perder el tiempo creando informes. Han conseguido disminuir el tiempo de recopilar información en un 25%.
Caso de Éxito Itercon - Business Central.pdfAitana
Itercon es una empresa dedicada a la construcción con una larga trayectoria en el sector privado y público de la Obra Civil, Industrial y la Edificación. Su amplia experiencia y su seriedad en cada uno de sus proyectos les ha posicionado como una compañía de referencia en el campo industrial y logístico no solo a nivel nacional, sino también a nivel internacional con amplia presencia en países como Alemania, Colombia o Rumanía.
Mantenerse al día con las últimas novedades tecnológicas es clave para el éxito de una empresa. Y esto lo tenía muy claro Itercon. Es por ello que confiaron en Aitana para actualizar su ERP Microsoft Dynamics NAV 2009 a la última versión: Dynamics 365 Business Central. Este cambio provenía de la necesidad de facilitar la conexión desde sitios remotos y conseguir que la información fluyese entre todas las unidades de gestión. Asimismo, también buscaban resolver el problema de exceso de gestión administrativa que provocaba el vertical para el sector de la construcción que tenían implantado.
Con Business Central, Itercon ha recortado los plazos en el proceso de cierre mensual en aproximadamente 5 días y lo que antes invertían en elaborar información, ahora lo emplean en analizarla.
Anticimex es una empresa internacional dedicada al control de plagas y la sanidad ambiental. Se fundó hace 80 años en Suecia, y actualmente están presentes en 20 países, contando en España con más de 20 delegaciones, 600 trabajadores, 30.000 clientes y una facturación de 50 millones de euros.
La compañía necesitaba sustituir su herramienta de BI por una que ayudara a sus gerencias a potenciar la capacidad de tomar decisiones orientadas a los datos, trabajar en tiempo real, y ser más agiles, eficientes y operativos.
Con Power BI, Anticimex ha sido capaz medir datos en tiempo real, de diferentes fuentes y con eficacia. Ha conseguido reducir en un 20% el tiempo de creación de sus informes.
Caso de Éxito H&H Idrospania - Document CaptureAitana
H&H Idrospania es una empresa líder en equipamiento de fontanería, que fabrica y distribuye tanto a nivel nacional como internacional.
Esta compañía llevaba muchos años trabajando con el ERP Microsoft Dynamics NAV (ahora Business Central) y necesitaba una solución para digitalizar y automatizar su departamento administrativo, en general, y los procesos de compra, en particular.
Gracias a la implantación de Document Capture, el tiempo que antes requería su departamento de Administración para introducir manualmente las facturas se ha visto reducido en 1/3.
Es un diagrama para La asistencia técnica o apoyo técnico es brindada por las compañías para que sus clientes puedan hacer uso de sus productos o servicios de la manera en que fueron puestos a la venta.
Inteligencia Artificial y Ciberseguridad.pdfEmilio Casbas
Recopilación de los puntos más interesantes de diversas presentaciones, desde los visionarios conceptos de Alan Turing, pasando por la paradoja de Hans Moravec y la descripcion de Singularidad de Max Tegmark, hasta los innovadores avances de ChatGPT, y de cómo la IA está transformando la seguridad digital y protegiendo nuestras vidas.
(PROYECTO) Límites entre el Arte, los Medios de Comunicación y la Informáticavazquezgarciajesusma
En este proyecto de investigación nos adentraremos en el fascinante mundo de la intersección entre el arte y los medios de comunicación en el campo de la informática.
La rápida evolución de la tecnología ha llevado a una fusión cada vez más estrecha entre el arte y los medios digitales, generando nuevas formas de expresión y comunicación.
Continuando con el desarrollo de nuestro proyecto haremos uso del método inductivo porque organizamos nuestra investigación a la particular a lo general. El diseño metodológico del trabajo es no experimental y transversal ya que no existe manipulación deliberada de las variables ni de la situación, si no que se observa los fundamental y como se dan en su contestó natural para después analizarlos.
El diseño es transversal porque los datos se recolectan en un solo momento y su propósito es describir variables y analizar su interrelación, solo se desea saber la incidencia y el valor de uno o más variables, el diseño será descriptivo porque se requiere establecer relación entre dos o más de estás.
Mediante una encuesta recopilamos la información de este proyecto los alumnos tengan conocimiento de la evolución del arte y los medios de comunicación en la información y su importancia para la institución.
(PROYECTO) Límites entre el Arte, los Medios de Comunicación y la Informáticavazquezgarciajesusma
En este proyecto de investigación nos adentraremos en el fascinante mundo de la intersección entre el arte y los medios de comunicación en el campo de la informática.
La rápida evolución de la tecnología ha llevado a una fusión cada vez más estrecha entre el arte y los medios digitales, generando nuevas formas de expresión y comunicación.
Continuando con el desarrollo de nuestro proyecto haremos uso del método inductivo porque organizamos nuestra investigación a la particular a lo general. El diseño metodológico del trabajo es no experimental y transversal ya que no existe manipulación deliberada de las variables ni de la situación, si no que se observa los fundamental y como se dan en su contestó natural para después analizarlos.
El diseño es transversal porque los datos se recolectan en un solo momento y su propósito es describir variables y analizar su interrelación, solo se desea saber la incidencia y el valor de uno o más variables, el diseño será descriptivo porque se requiere establecer relación entre dos o más de estás.
Mediante una encuesta recopilamos la información de este proyecto los alumnos tengan conocimiento de la evolución del arte y los medios de comunicación en la información y su importancia para la institución.
Actualmente, y debido al desarrollo tecnológico de campos como la informática y la electrónica, la mayoría de las bases de datos están en formato digital, siendo este un componente electrónico, por tanto se ha desarrollado y se ofrece un amplio rango de soluciones al problema del almacenamiento de datos.
Suministro Inmediato de Informacion Canarias - IVA online
1. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓNSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓNSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓNSUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN
DEL IGICDEL IGICDEL IGICDEL IGIC
Agencia Tributaria CanariaAgencia Tributaria CanariaAgencia Tributaria CanariaAgencia Tributaria Canaria
25/09/201825/09/201825/09/201825/09/2018
2. SII DEL IGIC
¿¿¿¿QUÉ ES EL PROYECTO SII?QUÉ ES EL PROYECTO SII?QUÉ ES EL PROYECTO SII?QUÉ ES EL PROYECTO SII?
• Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IGIC.
• Se modifica el sistema de llevanza de los libros registro del IGIC, que se
realizará a través de la Sede Electrónica de la ATC.
La información que se va a incluir es la que en la actualidad se exige en los
LL.RR añadiéndose determinados datos de las facturas. (No se envía la
factura, ni es factura electrónica).
IMPLANTACIONIMPLANTACIONIMPLANTACIONIMPLANTACION
Entrada en vigor: 01/01/2019
Fase de pruebas: cuarto trimestre de 2018
1
3. SII DEL IGIC: CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA
CARACTERISTICAS DEL SISTEMA:
INMEDIATEZ:
Los datos se comunican a la ATC, con carácter general, en un plazo de 4 días naturales
desde la fecha de expedición o registro contable de la factura.
Permite acercar el momento del registro de las facturas al de la realización efectiva de la
operación económica.
Contrasta con la cadencia actual de presentación periódica de declaraciones informativas
CERTIDUMBRE:
La Administración realiza validaciones y contesta al obligado tributario inmediatamente
indicando qué registros han sido aceptados y cuáles contienen errores que deben subsanarse
VENTAJAS:
Permitirá ofrecer los datos fiscales
Sus propias operaciones registradas
Las operaciones comunicadas por la contraparte
En una segunda fase, permitirá proporcionar un borrador de autoliquidación del IGIC
Supresión de declaraciones informativas (415, 416, 425 y 340)
Amplización plazos de presentación de autoliquidaciones mensuales 418/419 y nuevo
modelo 417 SII (desaparecen 410/411).
MEJORA EN EL CONTROL: Nuevo modelo de control con disposición de información inmediata.
2
4. SII DEL IGIC: REGULACIÓN E IMPLANTACIÓN
CAMBIOSCAMBIOSCAMBIOSCAMBIOS NORMATIVOSNORMATIVOSNORMATIVOSNORMATIVOS NECESARIOSNECESARIOSNECESARIOSNECESARIOS PARAPARAPARAPARA LALALALA IMPLANTACIÓNIMPLANTACIÓNIMPLANTACIÓNIMPLANTACIÓN DELDELDELDEL SIISIISIISII IGICIGICIGICIGIC::::
NORMATIVANORMATIVANORMATIVANORMATIVA AUTONOMICAAUTONOMICAAUTONOMICAAUTONOMICA::::
Decreto 111/2018 de 30 de julio que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el
que se aprueba el Reglamento de Gestión de los Tributos derivados del REF de Canarias.
Proyecto de Orden de desarrollo del SII
Modificación de la Orden de 27 de mayo de 2010 por la que se establece el procedimiento de
ingreso a través de entidades de depósito de deudas tributarias gestionadas a través de la
aplicación m@gin
Modificación de la Orden de 4 de marzo de 2013, de presentación telemática ante la ATC de
documentos con trascendencia tributaria
Proyecto de Orden por la que se aprueba Modelo 417
Modificación de la Orden de 28 de mayo de 2015, de domiciliación bancaria de
autoliquidaciones periódicas cuya presentación se realiza telemáticamente
Modificación de la Orden de 19 de enero de 2018 por la que se atribuyen a los órganos
centrales y territoriales de la ATC y a sus uds admons funciones y competencias.
3
5. SII DEL IGIC: REGULACIÓN E IMPLANTACIÓN
NORMATIVANORMATIVANORMATIVANORMATIVA ESTATALESTATALESTATALESTATAL::::
Modificación de la Ley 20/1991: para incluir régimen sancionador
Modificación del RD 1065/2007: para derogar artículo 36 RGAT (modelo 340)
MODIFICACIÓNMODIFICACIÓNMODIFICACIÓNMODIFICACIÓN DELDELDELDEL REGLAMENTOREGLAMENTOREGLAMENTOREGLAMENTO DEDEDEDE GESTIÓNGESTIÓNGESTIÓNGESTIÓN DEDEDEDE LOSLOSLOSLOS TRIBUTOSTRIBUTOSTRIBUTOSTRIBUTOS REFREFREFREF
Llevanza de los Libros Registro de IGIC a través de la Sede electrónica ATC (art 49)
Colectivo obligado (art 49.5)
Ampliación del contenido de la información en los LRFE y LRFR (art 50 y 51)
Opción por la llevanza electrónica de los libros registro (art 54 bis y DT novena)
Exclusión de la obligación de llevanza electrónica de los libros registro (art 54 ter)
Plazos para la remisión electrónica de los registros de facturación (art 55 bis y DT octava)
Plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones (art 57.6)
Eliminación obligación declaración resumen anual 425 (art 57.8)
Contenido de la declaración censal (art 130)
Eliminación obligación declaración informática 415 (art 140.5)
Eliminación obligación declaración informática 340 (derogado art 146)
Eliminación obligación declaración informática 416 (art 147.2)
4
6. SII DEL IGIC: COLECTIVO
COLECTIVOCOLECTIVOCOLECTIVOCOLECTIVO
Obligatorio: sujetos con periodo de liquidación mensual (aunque no tengan
obligación de presentar autoliquidación periódica mensual)
- Grandes empresas (V.O. año anterior > 6.010.121,04 €)
- Grupos de entidades IGIC
- REDEME
Optativo: los sujetos con periodo de liquidación trimestral podrán optar mediante
declaración censal (modelo 400). Validez mínima durante el año natural para el que se
ejercita la opción
Para 2019 la opción se podrá realizar en los meses de noviembre y diciembre
de 2018. Los sujetos que dejen de tener periodo de liquidación mensual a
01/01/2019, podrán optar durante el mes de enero de 2019.
Afectará a un colectivo de aproximadamente 2.000 empresas en Canarias
5
7. SII DEL IGIC: COLECTIVO
GRANDESGRANDESGRANDESGRANDES EMPRESASEMPRESASEMPRESASEMPRESAS OBLIGADASOBLIGADASOBLIGADASOBLIGADAS ALALALAL SIISIISIISII DELDELDELDEL IGICIGICIGICIGIC:::: situaciónsituaciónsituaciónsituación censalcensalcensalcensal
G.E. obligadas a presentar autoliquidaciones periódicas
G.E. que realizan exclusivamente las siguientes operaciones (no obligaciones periódicas):
exentas por artículo 11 y 12 Ley 20/1991 (exportadoras)
no sujetas por reglas de localización
operaciones a tipo cero de IGIC
exentas artículo 47 Ley 19/1994 (entidades ZEC)
exentas artículo 50.Uno.27 Ley 4/2012 (minoristas)
G.E. que realizan exclusivamente operaciones exentas del artículo 50.Uno de la Ley 4/2012, salvo
apartado 27, que no tienen obligación de estar censadas en virtud del artículo 132.3 del actual
Reglamento de los Tributos REF. Decreto 111/2018: obligadas a censarse. DT décima: noviembre y
diciembre de 2018.
G.E. no establecidas en Canarias que realizan habitualmente operaciones sujetas sin inversión del
SP que están obligadas a censarse (artículo 27.2 LTC y artículo 132.2 Decreto). Artículo 57.1.c del
Decreto: obligaciones periódicas para todas las G.E y para el resto de no establecidos que presten
determinados servicios e importe.
6
10. SII DEL IGIC: COLECTIVO
GRANDESGRANDESGRANDESGRANDES EMPRESASEMPRESASEMPRESASEMPRESAS:::: volumenvolumenvolumenvolumen dededede operacionesoperacionesoperacionesoperaciones aaaa tenertenertenertener enenenen cuentacuentacuentacuenta
GrandesGrandesGrandesGrandes empresasempresasempresasempresas establecidasestablecidasestablecidasestablecidas:
Todas las operaciones sujetas a IGIC. Incluye las no sujetas por
reglas de localización y aquellas en las que se invierte la condición
del SP si se realizan desde establecimientos situados en Canarias,
GrandesGrandesGrandesGrandes empresasempresasempresasempresas NONONONO establecidasestablecidasestablecidasestablecidas:
Únicamente se tienen en cuenta las operaciones sujetas al IGIC en
las que no se produzca la inversión del SP
9
11. SII DEL IGIC: COLECTIVO
EMPRESASEMPRESASEMPRESASEMPRESAS NONONONO ESTABLECIDASESTABLECIDASESTABLECIDASESTABLECIDAS
OBLIGADASOBLIGADASOBLIGADASOBLIGADAS AAAA AUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓN PERIÓDICAPERIÓDICAPERIÓDICAPERIÓDICA QUEQUEQUEQUE DEBENDEBENDEBENDEBEN ESTARESTARESTARESTAR CENSADASCENSADASCENSADASCENSADAS::::
AUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓN MENSUALMENSUALMENSUALMENSUAL:::: Todas las que realicen operaciones en las que no se
produzca la inversión del SP y tengan la consideración de gran empresa. ESTAN
OBLIGADAS AL SII/MODELO 417
AUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓN TRIMESTRALTRIMESTRALTRIMESTRALTRIMESTRAL Todas las que presten servicios por vía electrónica, de
telecomunicación y de radiodifusión y televisión sujetos al IGIC por los que no se
produzca la inversión del SP. V.O. año natural anterior superior a 100.000€ y no
superior a 6.010.121,04€ (artículo 57.1.c) Reglamento).
DT undécima: durante el mes de enero de 2019 deberán presentar modelo 400
OBLIGADASOBLIGADASOBLIGADASOBLIGADAS AAAA AUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓNAUTOLIQUIDACIÓN OCASIONALOCASIONALOCASIONALOCASIONAL (modelo(modelo(modelo(modelo 412412412412)))):::: Las que no cumplan alguno de los
requisitos anteriores (gran empresa/sector e importe)
10
12. SII DEL IGIC: OPCIÓN
OPCIÓN POR EL SII DEL IGIC:OPCIÓN POR EL SII DEL IGIC:OPCIÓN POR EL SII DEL IGIC:OPCIÓN POR EL SII DEL IGIC:
Antes del inicio del año natural en que deba surtir efectos (sin especificar mes). Efectos: 01/01/XX
Al tiempo de presentar declaración censal de comienzo. Efectos: fecha de comienzo
Sujetos obligados que dejen de tener periodo de liquidación mensual podrán optar en los siguientes
plazos:
Por pérdida de la condición de gran empresa:
Plazo: durante el mes de enero
Efecto: 01/01/XX
Por renuncia al régimen de grupo de entidades (en diciembre anterior)
Plazo: antes del inicio del año natural en que deba surtir efectos renuncia
Efecto: 01/01/XX
Por solicitud baja en REDEME (en octubre anterior)
Plazo: antes del inicio del año natural en que deba surtir efectos baja
Efecto: 01/01/XX
Por cese o exclusión grupo de entidades:
Plazo: antes de finalizar el periodo de liquidación en que concurra esta circunstancia
Efectos: el primer día del periodo de liquidación en que se produzca el cese o la exclusión
Por exclusión del REDEME:
Plazo: 1 mes desde notificación resolución exclusión
Efectos: el primer día del periodo de liquidación en que se notifique la resolución de exclusión
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13. SII DEL IGIC: EXCLUSIÓN
SUPUESTOS EXCLUSIÓNSUPUESTOS EXCLUSIÓNSUPUESTOS EXCLUSIÓNSUPUESTOS EXCLUSIÓN SII DURANTE EL AÑOSII DURANTE EL AÑOSII DURANTE EL AÑOSII DURANTE EL AÑO
Caso particular de Exclusión REDEME ó Exclusión/Cese REGE determina
Exclusión en SII (salvo que siga teniendo periodo de liquidación mensual)
Exclusión REDEME: desde primer día del periodo de liquidación en que se
haya notificado el acuerdo de exclusión.
Exclusión/Cese REGE: desde primer día del periodo de liquidación en que
se produzca la circunstancia.
Obligación de presentar 415, 416 y 425 por todo el año
12
14. SII DEL IGIC: REGISTROS ANTERIORES A LA INCLUSIÓN
INFORMACIÓN AINFORMACIÓN AINFORMACIÓN AINFORMACIÓN A SUMINISTRARSUMINISTRARSUMINISTRARSUMINISTRAR SOBRE PERIODO DE TIEMPOSOBRE PERIODO DE TIEMPOSOBRE PERIODO DE TIEMPOSOBRE PERIODO DE TIEMPO ANTERIORANTERIORANTERIORANTERIOR A LAA LAA LAA LA
INCLUSIÓN ENINCLUSIÓN ENINCLUSIÓN ENINCLUSIÓN EN SIISIISIISII (Borrador de Orden Modelo 417)(Borrador de Orden Modelo 417)(Borrador de Orden Modelo 417)(Borrador de Orden Modelo 417)
Utilización de esquema SII
Contenido mínimo a suministrar obligatoriamente el regulado con carácter
general en los libros de IGIC
Plazo remisión: desde día de inclusión hasta 31/12 del año
Libro registro bienes inversión e Información anual: anotaciones todo el
ejercicio
Clave: Facturas anteriores a la inclusión en el SII (clave 16 LRFE y 14 en
LRFR)
13
15. SII DEL IGIC: MODELO 400
NUEVONUEVONUEVONUEVO CONTENIDOCONTENIDOCONTENIDOCONTENIDO ENENENEN LALALALA DECLARACIÓNDECLARACIÓNDECLARACIÓNDECLARACIÓN CENSALCENSALCENSALCENSAL (MODELO(MODELO(MODELO(MODELO 400400400400))))
Opción y renuncia por el SII
Opción y renuncia por el cumplimiento de la obligación de expedir
factura por los destinatarios de las operaciones o por terceros (solo
para sujetos SII)
Condición de no establecido con obligación autoliquidaciones
periódicas
Declaración de realizar exclusivamente las siguientes operaciones
que no obligan a presentar autoliquidaciones periódicas:
Operaciones exentas por el artículo 50.Uno.27 de la Ley 4/2012
(Comerciante minorista)
Operaciones exentas por resto del artículo 50.Uno de la Ley
4/2012 (a marcar obligatoriamente por las grandes empresas)
14
16. SII DEL IGIC: OBLIGACIONES FORMALES
OBLIGACIONES FORMALES:OBLIGACIONES FORMALES:OBLIGACIONES FORMALES:OBLIGACIONES FORMALES:
Simplificación obligaciones formales:
Eliminación obligaciones informativas: 415, 416, 425, 340
La información de las declaraciones informativas que no se pueda obtener a través
del SII se suministrará como información adicional en los modelos 417 del último
período de liquidación.
Ampliación plazo de presentación de autoliquidación mensual
(417/418/419)
Dentro del mes siguiente al periodo de liquidación mensual
Ampliación del plazo de domiciliación (Borrador de Orden Modelo 417):
Con carácter general: hasta el día 25 del mes
Autoliquidación de enero: hasta el 23 de febrero
15
17. SII DEL IGIC: OBLIGACIONES FORMALES
EMPRESARIO O PROFESIONAL IGICEMPRESARIO O PROFESIONAL IGICEMPRESARIO O PROFESIONAL IGICEMPRESARIO O PROFESIONAL IGIC
● GRANGRANGRANGRAN EMPRESA >6mEMPRESA >6mEMPRESA >6mEMPRESA >6m€€€€
● REDEMEREDEMEREDEMEREDEME
● GRUPOGRUPOGRUPOGRUPO DE ENTIDADESDE ENTIDADESDE ENTIDADESDE ENTIDADES
ALTA CENSAL (MODELO 400)
AUTOLIQUIDACIONES MENSUALES
(MODELO 417)
AUTOLIQUIDACIONES MENSUALES
(MODELO 417)
AUTOLIQUIDACIONES MENSUALES
(MODELOS 418 y 419)
18. SII DEL IGIC: OBLIGACIONES FORMALES
Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
GRAN
EMPRESA
417 417 417 417 417 417 417 417 417 417 417 417
425 415
416
REDEME 417 417 417 417 417 417 417 417 417 417 417 417
340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340 340
425 415
416
GRUPO
ENTIDADES
418 418 418 418 418 418 418 418 418 418 418 418
419 419 419 419 419 419 419 419 419 419 419 419
425 415
416
RESTO
REG. GRAL.
417 417 417 417
425 415
416
19. SII DEL IGIC
Los sujetos pasivos acogidos al SII estarán obligados llevar a través de la Sede
electrónica de la ATC, mediante el suministro electrónico de los registros de
facturación, los siguientes Libros Registro:
Libro registro de facturas expedidas
Libro registro de facturas recibidas
Libro registro de bienes de inversión
Para ello, deben remitir a la ATC los detalles sobre su facturación, con cuya
información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros
Registro.
¿Hay que enviar las facturas a la ATC?
No. Esta suele ser una de las cuestiones que genera más confusión en quienes
analizan por primera vez el nuevo SII.
Lo que hay que remitir son los campos de los registros de facturación que se
concreten en la correspondiente Orden.
18
20. SII DEL IGIC: PLAZOS DE ENVIO
PLAZOS DE ENVIO:PLAZOS DE ENVIO:PLAZOS DE ENVIO:PLAZOS DE ENVIO:
A efectos del cómputo de plazos, se excluirán los sábados, domingos y festivos
nacionales y de la CAC
Facturas expedidas:
Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales desde la
fecha de expedición de la factura.
Facturas expedidas por el destinatario o por un tercero: 8 días naturales
En todo caso, antes del 16 del mes siguiente al devengo
En el primer semestre 2019: 8 días naturales
Facturas recibidas
Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales desde la
contabilización de la factura o del documento justificativo del derecho a
deducción.
En todo caso, antes del 16 del mes siguiente a la deducibilidad
En el primer semestre 2019: 8 días naturales
19
22. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
LIBRO REGISTRO DE FACTURAS EXPEDIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS EXPEDIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS EXPEDIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS EXPEDIDAS:
Número y, en su caso, serie de la factura.
Fecha de expedición y de realización de las operaciones si es distinta a la anterior.
Identificación del destinatario.
Base imponible, tipo y cuota tributaria.
RECC
Tipo de factura expedida (Completa, simplificada o rectificativa)
Descripción de las operaciones
En el caso de facturas rectificativas, referencia a la factura rectificada (opcional) o importes que se modifican.
Periodo de liquidación de las operaciones registradas
Calificación fiscal de las operaciones: - no sujeta y exenta. - entregas de bienes o prestación de servicios (solo
para ops. con destinatario nif N ó IDOtro).
Regímenes especiales: claves específicas REPEP y RECM
Autorización de facturación
Operación con trascendencia tributaria:
Arrendamiento de local de negocio
Importe percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IGIC
Agencias de viajes, facturas expedidas como mediadoras en prestación svs.disp.adicional 4ª
Reg.Facturación
Cobros por cuenta de terceros
Operación interior exenta artículo 25 Ley 19/1994 (pagos anticipados/identificación tipo bien/documento
si es inmueble)
21
23. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
CLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFECLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFECLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFECLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFE
01 Operación de régimen general.
02 Exportación.
03
Operaciones a las que se aplique los regímenes especiales de bienes usados y de objetos de
arte, antigüedades y objetos de colección.
04 Régimen especial del oro de inversión.
05 Régimen especial de las agencias de viajes.
06 Régimen especial grupo de entidades en IGIC (Nivel Avanzado)
07 Régimen especial del criterio de caja.
08
Operaciones sujetas al IPSI / IVA (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la
Importación / Impuesto sobre el Valor Añadido).
09
Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viaje que actúan como
mediadoras en nombre y por cuenta ajena (D.A.4ª RD1619/2012)
10
Cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la
propiedad industrial, de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados
efectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que
realicen estas funciones de cobro.
11 Operaciones de arrendamiento de local de negocio
12
13
14
Factura con IGIC pendiente de devengo en certificaciones de obra cuyo destinatario sea una
Administración Pública.
15 Factura con IGIC pendiente de devengo en operaciones de tracto sucesivo.
16 Facturas anteriores a la inclusión en el SII
17 Régimen especial de comerciante minorista
18 Régimen especial del pequeño empresario o profesional
19 Operaciones interiores exentas por aplicación artículo 25 Ley 19/1994 22
25. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
LIBRO REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS:LIBRO REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS:
Fecha de expedición y de realización de las operaciones si es distinta a la anterior.
Identificación del expedidor
Base imponible, tipo y cuota tributaria
RECC
Número y, en su caso, serie de la factura
Rectificación registral (sustitución o diferencias)
Cuota deducible
Descripción de la operación.
Periodo de liquidación
Fecha de registro contable
Regímenes especiales: claves específicas REPEP y RECM
Operación con trascendencia tributaria
Arrendamiento de local de negocio
AAPP adquisiciones realizadas al margen de su actividad empresarial o profesional
Operación interior exentas artículo 25 Ley 19/1994 (pagos anticipados/identificación tipo
bien/documento si es inmueble)
Campos específicos REF: carga impositiva implícita/ cuota recargo minorista
24
26. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
CLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFRCLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFRCLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFRCLAVES REGIMENES ESPECIALES / OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA TRIBUTARIA LRFR
01 Operación de régimen general.
02
Operaciones por las que los empresarios satisfacen compensaciones en las
adquisiciones a personas acogidas al Régimen especial de la agricultura, ganadería y
pesca.
03
Operaciones a las que se aplique los regímenes especiales de bienes usados y de
objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
04 Régimen especial del oro de inversión.
05 Régimen especial de las agencias de viajes.
06 Régimen especial grupo de entidades en IGIC (Nivel Avanzado)
07 Régimen especial del criterio de caja.
08
Operaciones sujetas al IPSI / IVA (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la
Importación / Impuesto sobre el Valor Añadido).
09
12 Operaciones de arrendamiento de local de negocio.
13 Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA).
14 Facturas anteriores a la inclusión en el SII
15 Régimen especial de comerciante minorista
16 Régimen especial del pequeño empresario o profesional
17 Operaciones interiores exentas por aplicación artículo 25 Ley 19/1994
25
27. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN A SUMINISTRAR
26
LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN:LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN:LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN:LIBRO REGISTRO DE BIENES DE INVERSIÓN:
Este libro sólo lo llevarán aquellos sujetos pasivos que estén sometidos a la regla de
prorrata. La información a suministrar consiste en la identificación del bien, fecha del
comienzo de utilización del bien, prorrata anual definitiva, la regularización anual, si
procede, de las deducciones, y en el caso de entrega del bien se deberá dar de baja el
bien de inversión anotando la referencia a la factura que justifique la entrega y la
correspondiente regularización.
Este Libro se informará en el último período del año o en el último período de actividad (si
cesase la misma), siendo la información recogida en el mismo adicional al registro de la
propia compra/venta del bien de inversión en los Libros registro de Facturas Expedidas y
Recibidas.
INFORMACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS OPERACIONES:INFORMACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS OPERACIONES:INFORMACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS OPERACIONES:INFORMACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS OPERACIONES:
Cobros en metálico de más de 6.000 euros de una misma persona o entidad
Agencias de viajes: adquisiciones de servicios correspondientes al sistema de facturación
previsto en la disposición adicional 4ª Reglamento de Facturación
28. SII DEL IGIC: FORMAS DE ENVÍO
27
FORMAS DE ENVÍO DE LOS REGISTROS:FORMAS DE ENVÍO DE LOS REGISTROS:FORMAS DE ENVÍO DE LOS REGISTROS:FORMAS DE ENVÍO DE LOS REGISTROS:
El suministro electrónico de los registros de facturación se realizará a través de la sede
electrónica de la Agencia Tributaria Canaria
Mediante un “servicio web” basado en intercambio de mensajes XML.
● Desde el propio sistema de facturación se envía la información (agrupada según sus
ciclos de proceso), con un margen de pocos días desde la expedición de la factura.
● La estructura de este envío tendrá una cabecera común con la información del titular de
cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran
las operaciones.
● A esta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas.
● La comunicación es automática “máquina a máquina”.
Mediante un formulario electrónico: para aquellos sujetos pasivos que realizan muy pocas
operaciones.
Por Orden de la Consejería de Hacienda se aprobarán los campos de registro
36. SII DEL IGIC: CONTRASTE
35
PROCESO DE CONTRASTEPROCESO DE CONTRASTEPROCESO DE CONTRASTEPROCESO DE CONTRASTE
Calificación de las facturas como “contrastable” o “no contrastable” en
el momento de la presentación
Las facturas “contrastables” se intentan cruzar con la contraparte. El
resultado puede ser:
Contrastada si se encuentra la contraparte y coinciden los criterios de cuadre.
Parcialmente contrastada si se encuentra la contraparte y no coinciden los
criterios de cuadre.
No contrastada, si no se encuentra la contraparte.
37. SII DEL IGIC: AUTORIZACIONES DE SIMPLIFICACIÓN
36
SIMPLIFICACIONES REGISTRALES O DE FACTURACIÓNSIMPLIFICACIONES REGISTRALES O DE FACTURACIÓNSIMPLIFICACIONES REGISTRALES O DE FACTURACIÓNSIMPLIFICACIONES REGISTRALES O DE FACTURACIÓN
En el envío de los registros de facturación correspondientes a
autorizaciones de simplificación en materia de facturación o a una
autorización concedida conforme a lo dispuesto en el artículo 49.4 del
Reglamento del los Tributos REF (pe documentos de cargos/abonos en
lugar de rectificativas) se debe informar de un campo adicional en los
LRFE, LRFR y LRBI:
Número de Registro de la autorización concedida por la ATC
38. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN Y ASISTENCIA
37
INFORMACIÓN Y ASISTENCIA
FORO SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN DEL IGIC:
Para los participantes en las pruebas iniciales
CORREO ELECTRÓNICO: igic_sii.atc@gobiernodecanarias.org
Para el resto de los sujetos obligados o que hayan optado por el SII
39. SII DEL IGIC: COLABORACIÓN SOCIAL
38
BORRADORBORRADORBORRADORBORRADOR DEDEDEDE LALALALA ORDENORDENORDENORDEN DEDEDEDE DESARROLLODESARROLLODESARROLLODESARROLLO DELDELDELDEL SIISIISIISII::::
Las entidades suministradoras de software relacionado con la gestión
empresarial podrán realizar, a través de la Sede electrónica de la Agencia
Tributaria Canaria, el suministro electrónico de los registros de facturación
para la llevanza de los libros registro del Impuesto General Indirecto
Canario de los sujetos pasivos incluidos en el SII. A tal fin podrán suscribir
un acuerdo de colaboración social con la ATC. No será necesario cuando
tenga suscrito un convenio en el mismo sentido con la AEAT y se
haya aceptado que la AEAT ceda los datos de los autorizados a la
ATC.
40. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN EN LA WEB
39
www.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributos
41. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN EN LA WEB
40
www.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributos
42. SII DEL IGIC: INFORMACIÓN EN LA WEB
41
www.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributoswww.gobiernodecanarias.org/tributos
46. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
45
¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL SII?SII?SII?SII?
Los minoristas que sean gran empresa tienen periodo de liquidación mensual por lo que quedan obligados
al SII aún cuando no estén obligados a la presentación de autoliquidaciones periódicas.
EN LAS VENTAS: deberá hacer constar la clave de Régimen especial 17 “Régimen especial de
Comerciante Minorista”, operación sujeta/exenta, base imponible y causa exenta por art.50 L4/2012.
Adquirente:
Campos relativos a ejercicio, periodo, NIF emisor, Nro factura emisor, fecha expedición,
descripción operación, fecha registro contable, tipo de factura…
Clave régimen especial/Trascendencia Clave 15 Régimen especial de comerciante minorista.
Datos de desglose: Base, tipo y carga impositiva implícita (70%).
Cuota deducible= carga impositiva implícita si DD 100%.
EN LAS COMPRAS: junto a la información a rellenar por cualquier otro obligado tributario (nº de
factura, fecha de expedición, fecha registro contable, base imponible, tipo, cuota soportada etc) en la
casilla cuota deducible deberá consignarse importe 0.
47. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
46
¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL¿UN COMERCIANTE MINORISTA GRAN EMPRESA ESTÁ OBLIGADO AL SII? (continuación)SII? (continuación)SII? (continuación)SII? (continuación)
EN LAS IMPORTACIONES: junto a la información a rellenar por cualquier otro obligado tributario (nº
de DUA, fecha admisión, tipo de factura F5, clave Rég especial 15 Régimen especial de comerciante
minorista base imponible, tipo, cuota soportada etc) deberá cumplimentar el campo cuota recargo
minorista (siendo nuevamente la cuota deducible 0).
EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN (salvo cese total): deducción del importe que resulte de aplicar al valor
existencias tipos y, en su caso, recargos vigentes en ese momento. Previa presentación 424, informar
en LRFR.
NIF emisor=NiF titular
Nº factura emisor= nº justificante modelo 424
Fecha exp.emisor= fecha de presentación 424
Fecha registro contable: la que proceda
Tipo de factura: Clave 24 Cuota deducible cese com minorista (Modelo 424)
Clave de Régimen especial: 01 Régimen General
Base imponible=0
Cuota deducible= cantidad consignada en la casilla 08 Total Cuota Soportada del modelo 424.
48. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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EMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVAEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVAEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVAEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVA EEEE IGICIGICIGICIGIC
La casuística es muy variada, si bien la regla general es la siguiente:
- Operaciones realizadas desde establecimientos sitos en
Península/Baleares sujetas a IVA: no deben remitirse al SII-IGIC (sin
perjuicio de que deben remitirse al SII-IVA en tanto esté obligado u
opción voluntaria)
- Operaciones realizadas desde establecimientos sitos en Canarias
sujetas a IGIC: deben remitirse al SII-IGIC en tanto esté obligado a ello
(REDEME-Grandes Empresas- Grupos de Entidades u opción
voluntaria). Estas operaciones no deben remitirse al SII-IVA
49. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
EMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVA E IGICEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVA E IGICEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVA E IGICEMPRESAS QUE REALICEN OPERACIONES EN TERRITORIO IVA E IGIC
Reglas especiales
1. Operaciones realizadas desde establecimientos sitos en Canarias sujetas a
IVA (por aplicación de reglas de localización): deben remitirse al SII-IGIC (en
tanto esté obligado u opte). Además informarse en SII-IVA (si obligado/opta) en
tanto sede en territorio IVA o si se trata de op sin inversión sp .
Ejemplo: Una firma de Abogados con sede en Madrid y EP en Las Palmas de
Gran Canaria que aplica el SII presta servicios a un profesional establecido en
Valencia desde el EP de Canarias.
SII-IGIC Se trata de una prestación de servicios sujeta al IVA que deberá
informarse a través del SI-IGIC. En el campo “Clave Régimen especial o
Trascendencia” se consignará el valor 08 y se registrarán como operaciones
“no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización. SII-
IVA Dado que tiene sede de actividad en Madrid también deberá informarse
en el SII-IVA.
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50. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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EMPRESASEMPRESASEMPRESASEMPRESAS QUEQUEQUEQUE REALICENREALICENREALICENREALICEN OPERACIONESOPERACIONESOPERACIONESOPERACIONES ENENENEN TERRITORIOTERRITORIOTERRITORIOTERRITORIO IVAIVAIVAIVA EEEE IGICIGICIGICIGIC
2. Operaciones realizadas desde establecimientos sitos en Península/Baleares
sujetas a IGIC (por aplicación de reglas de localización) sin inversión sp:
remitirse al SII-IGIC en tanto obligado/opte, sin perjuicio de que se tengan que
informar en SII-IVA.
Ejemplo: Una empresa con domicilio fiscal en Madrid presta servicios por vía
electrónica a particulares residentes en Canarias. En el ejercicio anterior las
prestaciones de servicios en Canarias ascendieron a 8 millones de euros.
La empresa realiza prestaciones de servicios sujetas al IGIC, en las que no se
produce la inversión en la condición del sujeto pasivo, por lo que, aunque el
servicio se haya realizado desde la Península, y sin perjuicio de la información
que deba informarse a través del SII-IVA (No sujeta/08), la empresa deberá
informar de tales operaciones a través del SI-IGIC como operaciones sujetas a
este impuesto.
51. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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¿UNA¿UNA¿UNA¿UNA GRANGRANGRANGRAN EMPRESAEMPRESAEMPRESAEMPRESA ENENENEN TERRITORIOTERRITORIOTERRITORIOTERRITORIO IVAIVAIVAIVA ESTÁESTÁESTÁESTÁ OBLIGADOOBLIGADOOBLIGADOOBLIGADO ALALALAL SII_IGICSII_IGICSII_IGICSII_IGIC????
Solo quedan obligados al SII_IGIC (además de los REDEME y Grupos de empresa) las
grandes empresas a efectos del IGIC. El hecho de que sea gran empresa en territorio IVA no
determina "per se" que esté obligado a presentar el SII_IGIC, si no tiene la consideración de
gran empresa a efectos de este último impuesto.
Tienen la consideración de gran empresa a efectos del IGIC los
empresarios/profesionales cuyo volumen de operaciones para el conjunto de sus
actividades, calculado conforme a lo dispuesto en el art. 66 de la Ley 4/2012, de 25 de junio,
de medidas administrativas y fiscales o norma que lo sustituya, hubiese excedido durante el
año natural inmediato anterior de 6.010.121,04€. A efectos de este cálculo se incluyen las
entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por el sujeto pasivo desde
establecimientos situados en Canarias, incluso las no sujetas por reglas de localización y
aquellas en las que se invierte la condición del SP, salvo:
-entregas ocasionales de inmuebles
-entregas de bienes de inversión
-operaciones financieras y operaciones exentas relativas al oro de inversión no
habituales
En caso de No establecidas, únicamente se tienen en cuenta las operaciones sujetas al
IGIC en las que no se produzca la inversión del SP
52. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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ENENENEN ESCRITURAESCRITURAESCRITURAESCRITURA PÚBLICAPÚBLICAPÚBLICAPÚBLICA SESESESE PROCEDEPROCEDEPROCEDEPROCEDE AAAA LALALALA VENTAVENTAVENTAVENTA PORPORPORPOR SUSUSUSU PROMOTORPROMOTORPROMOTORPROMOTOR DEDEDEDE UNUNUNUN INMUEBLEINMUEBLEINMUEBLEINMUEBLE DEDEDEDE
NUEVANUEVANUEVANUEVA CONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓN SITOSITOSITOSITO ENENENEN LASLASLASLAS PALMASPALMASPALMASPALMAS DEDEDEDE GRANGRANGRANGRAN CANARIACANARIACANARIACANARIA PORPORPORPOR IMPORTEIMPORTEIMPORTEIMPORTE DEDEDEDE 375375375375....000000000000€€€€.... ElElElEl
ADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTE SESESESE ACOGEACOGEACOGEACOGE ALALALAL ARTARTARTART 25252525 DEDEDEDE LALALALA LEYLEYLEYLEY 19191919////1994199419941994 PORPORPORPOR LALALALA PARTEPARTEPARTEPARTE CORRESPONDIENTECORRESPONDIENTECORRESPONDIENTECORRESPONDIENTE ALALALAL
VUELOVUELOVUELOVUELO ((((300300300300....000000000000€€€€))))....
Vendedor
Campos relativos a ejercicio, periodo, Nro factura emisor, fecha expedición, nif
contraparte, descripción operación.
Tipo de factura: F1 (OJO clave 25 solo para incumplimientos).
Clave régimen especial/Trascendencia Clave 19 Operaciones interiores exentas por
aplicación artículo 25 Ley 19/1994.
Marcar campo Sujeta/no Exenta
Clave S1 No Exenta - Sin Inv. Sujeto Pasivo.
Base 75.000€
Tipo 7%
Cuota repercutida 5.250€
Marcar campo Sujeta/Exenta
Base 300.000
Causa Exenta por Art. 25 Ley 19/1994
Información adicional:
Pago anticipado art. 25: No
Tipo bien operación exenta artículo 25 Ley 19/1994: Clave 02 (inmueble)
Tipo de documento artículo 25 Ley 19/1994: 01 (documento notarial)
Nº protocolo y ApellidosNombreNotario
53. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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ENENENEN ESCRITURAESCRITURAESCRITURAESCRITURA PÚBLICAPÚBLICAPÚBLICAPÚBLICA SESESESE PROCEDEPROCEDEPROCEDEPROCEDE AAAA LALALALA VENTAVENTAVENTAVENTA PORPORPORPOR SUSUSUSU PROMOTORPROMOTORPROMOTORPROMOTOR DEDEDEDE UNUNUNUN INMUEBLEINMUEBLEINMUEBLEINMUEBLE DEDEDEDE
NUEVANUEVANUEVANUEVA CONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓNCONSTRUCCIÓN SITOSITOSITOSITO ENENENEN LASLASLASLAS PALMASPALMASPALMASPALMAS DEDEDEDE GRANGRANGRANGRAN CANARIACANARIACANARIACANARIA PORPORPORPOR IMPORTEIMPORTEIMPORTEIMPORTE DEDEDEDE 375375375375....000000000000€€€€.... ElElElEl
ADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTE SESESESE ACOGEACOGEACOGEACOGE ALALALAL ARTARTARTART 25252525 DEDEDEDE LALALALA LEYLEYLEYLEY 19191919////1994199419941994 PORPORPORPOR LALALALA PARTEPARTEPARTEPARTE CORRESPONDIENTECORRESPONDIENTECORRESPONDIENTECORRESPONDIENTE ALALALAL
VUELOVUELOVUELOVUELO ((((300300300300....000000000000€€€€))))....
Comprador:
Campos relativos a ejercicio, periodo, NIF emisor, Nro factura emisor, fecha
expedición, descripción operación, fecha registro contable.
Tipo de factura: F1.
Clave régimen especial/Trascendencia Clave 17 Operaciones interiores exentas por
aplicación artículo 25 Ley 19/1994.
Datos de desglose
Línea 1: Base 75.000€ Tipo 7% Cuota Soportada 5.250€
Línea 2: Base 300.000€
Cuota deducible: 5.250€
Información adicional:
Pago anticipado art. 25: No
Tipo bien operación exenta artículo 25 Ley 19/1994: Clave 02 (inmueble)
Tipo de documento artículo 25 Ley 19/1994: 01 (documento notarial)
Nº protocolo y ApellidosNombreNotario
54. SII DEL IGIC: PREGUNTAS DESTACADAS
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ENENENEN ELELELEL SUPUESTOSUPUESTOSUPUESTOSUPUESTO ANTERIOR,ANTERIOR,ANTERIOR,ANTERIOR, ELELELEL ADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTEADQUIRENTE VENDEVENDEVENDEVENDE ELELELEL BIENBIENBIENBIEN AAAA LOSLOSLOSLOS TRESTRESTRESTRES MESESMESESMESESMESES DEDEDEDE
SUSUSUSU ADQUISICIÓNADQUISICIÓNADQUISICIÓNADQUISICIÓN YYYY REGULARIZAREGULARIZAREGULARIZAREGULARIZA VOLUNTARIAMENTEVOLUNTARIAMENTEVOLUNTARIAMENTEVOLUNTARIAMENTE PRESENTANDOPRESENTANDOPRESENTANDOPRESENTANDO MODELOMODELOMODELOMODELO 412412412412....
Comprador
NIF emisor=NiF titular
Nº factura emisor= nº justificante modelo 412
Fecha exp.emisor= fecha de ingreso modelo 412
Fecha registro contable: la que proceda
Tipo de factura: Clave 25
Clave de Régimen especial: 01 Régimen General
Base imponible=0
Cuota deducible= 21.000€ (300.000 x 7%)