El documento resume las normativas sobre agua y bebidas hidratantes en Argentina. Define agua potable, agua mineral natural, agua mineralizada artificialmente, agua de bebida envasada, agua mineral natural aromatizada o saborizada, sodas con o sin gas. Establece valores máximos admisibles de sustancias químicas y microbiológicas para el agua potable y de uso domiciliario. Clasifica aguas minerales y establece tratamientos permitidos. Prohíbe el uso de indicaciones que sugieran propiedades curativas