SlideShare una empresa de Scribd logo
Daniel Echaiz Moreno
Catedrático de la Pontificia Universidad
Católica del Perú, Universidad de Lima,
Universidad San Ignacio de Loyola,
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
y Academia Diplomática del Perú
www.echaiz.com
TÍTULOS VALORES
Parte General
2
www.echaiz.com
ESTRUCTURA GENERAL
DE LOS TÍTULOS VALORES
2
www.echaiz.com
Modificación de
GENERALIDADES
- La Ley Títulos Valores es una de las más
importantes normas legales que ha entrado en
vigencia durante los últimos años en el Perú.
- Las razones de tal trascendencia son:
1 La materia que regula: los títulos valores
2
Lo urgente que era la revisión y la renovación
de la legislación cambiaria
2
www.echaiz.com
Modificación de
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
DE LA LEGISLACIÓN CAMBIARIA
1967
Ley de Títulos Valores Ley
Nº 16587
2000
Ley de Títulos Valores Ley
Nº 27287
2
www.echaiz.com
Modificación de
UNIFICACIÓN CARTULAR
La diseminación legislativa.-
1 Ley de Títulos Valores
2 Código de Comercio
3 Ley del Mercado de Valores
4 Ley de Bancos
5 Ley de Almacenes Generales de Depósito
2
www.echaiz.com
Modificación de
UNIFICACIÓN CARTULAR
Primera técnica utilizada por el legislador.-
- Deroga y regula íntegramente los más antiguos
dispositivos legales referidos a algunos títulos
valores.
1918
Ley General de Almacenes de Depósito
Ley Nº 2763
1963
Reglamento de la Ley General de Almacenes
de Depósito
Decreto Supremo Nº 85
2
www.echaiz.com
Modificación de
UNIFICACIÓN CARTULAR
Segunda técnica utilizada por el legislador.-
- Modifica ciertos artículos de algunos dispositivos
legales que complementan las normas cambiarias.
Artículo 92
Ley General de Sociedades
Ley Nº 26887
Artículo 93
Ley General de Sociedades
Ley Nº 26887
2
www.echaiz.com
Modificación de
ABANICO CAMBIARIO
1 Letra de cambio
2 Pagaré
3 Factura conformada
4 Cheque
5 Certificado bancario de moneda extranjera
6 Certificado bancario de moneda nacional
7 Certificado de depósito y warrant
2
www.echaiz.com
Modificación de
ABANICO CAMBIARIO
8 Título de crédito hipotecario negociable
9 Conocimiento de embarque
10 Carta de porte
11 Acciones
12 Certificado de suscripción preferente
13
Certificado de participación en fondos mutuos de
inversión en valores
14 Certificado de participación en fondos de inversión
2
www.echaiz.com
Modificación de
ABANICO CAMBIARIO
15 Valores emitidos en procesos de titulización
16 Obligaciones
17 Letra hipotecaria
18 Cédula hipotecaria
19 Pagaré bancario
20 Certificado de depósito negociable
21 Bonos soberanos
2
www.echaiz.com
REGLAS GENERALES
APLICABLES A LOS
TÍTULOS VALORES
2
www.echaiz.com
Modificación de
DEFINICIÓN
- Título valor es el valor que representa o incorpora
derechos patrimoniales, que está destinado a la
circulación y que reúne los requisitos formales
esenciales.
- Las cláusulas restrictivas o limitativas de su
circulación o la no circulación no afectan la calidad
de título valor.
- La carencia de algún requisito formal esencial afecta
la calidad de título valor.
2
www.echaiz.com
Modificación de
DEFINICIÓN
- La liquidación de saldo deudor no es
un título valor.
Casación Nº 2768-2002, Lima
- La carta fianza es un título valor.
Casación Nº 1222-1997, Piura
- La letra de cambio no es un título
valor causado.
Casación Nº 2804-2001, Ica
2
www.echaiz.com
Modificación de
REPRESENTACIÓN
- Tradicionalmente: valores materializados, principio
de cartularidad y título valor.
- Modernamente: valores desmaterializados y
anotación en cuenta.
- La forma de representación es una decisión
voluntaria del emisor.
- Los valores desmaterializados requieren ser
registrados ante una ICLV.
2
www.echaiz.com
Modificación de
REPRESENTACIÓN
REGLAMENTO DE INSTITUCIONES DE
COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES
Resolución Nº 031-99-EF/94.10-CONASEV
Artículo 42. Decisión de representación del emisor.-
Los valores pueden representarse por medio de títulos
o anotaciones en cuenta, comprendiendo dicha forma
de representación a la totalidad de los valores
integrantes de una misma serie, clase o emisión, sea
que se trate de nuevos valores o valores existentes. La
forma de representación…
2
www.echaiz.com
Modificación de
REPRESENTACIÓN
REGLAMENTO DE INSTITUCIONES DE COMPENSACIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE VALORES
Resolución Nº 031-99-EF/94.10-CONASEV
Artículo 42. Decisión de representación del emisor.-
…requiere el acuerdo del emisor con los requisitos
establecidos en los estatutos, contrato de emisión u otro
instrumento legal respectivo y puede ser modificada por el
propio emisor, con arreglo a tales requisitos. La forma de
representación que decida el emisor es una condición de la
emisión.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CREACIÓN
1 Letra de cambio
2 Pagaré
3 Factura conformada
4 Cheque
5 Certificado bancario de moneda extranjera
6 Certificado bancario de moneda nacional
7 Certificado de depósito y warrant
2
www.echaiz.com
Modificación de
CREACIÓN
8 Título de crédito hipotecario negociable
9 Conocimiento de embarque
10 Carta de porte
11 Acciones
12 Certificado de suscripción preferente
13
Certificado de participación en fondos mutuos de
inversión en valores
14 Certificado de participación en fondos de inversión
2
www.echaiz.com
Modificación de
CREACIÓN
15 Valores emitidos en procesos de titulización
16 Obligaciones
17 Letra hipotecaria
18 Cédula hipotecaria
19 Pagaré bancario
20 Certificado de depósito negociable
21 Bonos soberanos
2
www.echaiz.com
Modificación de
CREACIÓN
- Pueden crearse nuevos títulos valores
por ley.
- La SBS y la CONASEV están facultadas
para autorizar la creación, emisión,
negociación y adquisición de nuevos
títulos valores.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CREACIÓN
El valor de empresa en concurso (VEC).-
- Representa los derechos de crédito de los acreedores
de las personas naturales o personas jurídicas,
sociedades conyugales y sucesiones indivisas,
sometidas a los procedimientos concursales previstos
en la Ley General del Sistema Concursal que
hubieren sido reconocidos por la autoridad
administrativa competente.
Resolución CONASEV Nº 96-2002-EF/94.10
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
- El texto del documento determina
los alcances de los derechos y las
obligaciones contenidos en el título
valor o, en su caso, en hoja
adherida a él.
- El caso de la hoja adherida.
- El caso de la anotación en cuenta.
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
- Diferencias respecto al importe del título valor:
primer caso.-
- Prevalece la suma menor: S/. 200.00
S/. 200.00
DOS MIL CON 00/100 NUEVOS
SOLES
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
- Diferencias respecto al importe del título valor:
segundo caso.-
- Prevalece la moneda nacional: S/. 200.00
S/. 200.00
DOSCIENTOS CON 00/100 EUROS
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
- Diferencias respecto al importe del título valor:
tercer caso.-
- Se entiende moneda nacional: S/. 200.00
200.00
DOSCIENTOS CON 00/100
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
- Diferencias respecto al importe del título valor:
cuarto caso.-
- No surte efectos cambiarios.
US $ 200.00
DOSCIENTOS CON 00/100 EUROS
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
La firma en el título valor.-
- Además de la firma autógrafa
pueden usarse medios gráficos,
mecánicos o electrónicos de
seguridad.
- Previo acuerdo expreso entre las
partes intervinientes puede
sustituirse la firma autógrafa por
firma impresa o digitalizada.
2
www.echaiz.com
Modificación de
PRINCIPIO DE LITERALIDAD
La firma en el título valor.-
- Sólo podrán ejercitarse las acciones
cambiarias contra quienes hayan
firmado el título valor en las formas
señaladas.
- Al firmar un título valor, toda persona
deberá indicar su nombre y número de
su documento oficial de identidad.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR INCOMPLETO
Alcance.-
- Puede faltar cualquier requisito,
excepto la firma del obligado.
Vigencia.-
- Debe completarse para ejercer
cualquier derecho o acción.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR INCOMPLETO
Integración.-
- Deberá completarse según los acuerdos
adoptados.
Incumplimiento.-
- El obligado podrá contradecir el
mandato ejecutivo.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR INCOMPLETO
Derechos del obligado.-
- Obtener una copia del título valor
incompleto.
- Agregar una cláusula que limite su
transferencia.
Importante.-
- Que los acuerdos para completar el título
valor consten por escrito.
2
www.echaiz.com
Modificación de
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
- Los que emitan, acepten, endosen o garanticen
títulos valores quedan obligados solidariamente
frente al tenedor, salvo cláusula o disposición legal
expresa en contrario.
- El tenedor del título valor puede ejercitar
acumulativamente las acciones directa y de regreso
y, de ser el caso, la de ulterior regreso.
2
www.echaiz.com
Modificación de
EXIGENCIA DE LAS PRESTACIONES
- El título valor debe ser
presentado para exigir las
prestaciones que en él se
expresan por quien, según las
reglas de su circulación, resulte
ser su tenedor legítimo, quien
además tiene la obligación de
identificarse.
2
www.echaiz.com
Modificación de
EXIGENCIA DE LAS PRESTACIONES
- En los valores con
representación por anotación en
cuenta, el derecho a exigir las
prestaciones corresponde a
quien figure como su titular en el
registro.
2
www.echaiz.com
Modificación de
DEVOLUCIÓN DEL
TÍTULO VALOR PAGADO
- El tenedor de un título valor queda obligado a
devolverlo a quien cumpla totalmente la prestación
contenida en él.
- Las partes interesadas podrán acordar la
destrucción del título valor pagado totalmente,
prescindiendo de su devolución física.
- El caso de las empresas del sistema financiero.
2
www.echaiz.com
Modificación de
MÉRITO EJECUTIVO
Alcance.-
- Los títulos valores tienen mérito
ejecutivo.
Acciones legales.-
- Acciones cambiarias.
- Acción causal.
- Acción de enriquecimiento sin
causa.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CAUSALES DE CONTRADICCIÓN
1
El contenido literal del título valor o los defectos de forma
legal de éste
2 La falsedad de la firma que se le atribuye al demandado
3
La falta de capacidad o representación del propio
demandado cuando se firmó el título valor
4 La falta de protesto o el protesto defectuoso
2
www.echaiz.com
Modificación de
CAUSALES DE CONTRADICCIÓN
5
Que el título valor incompleto haya sido completado en
forma contraria a los acuerdos adoptados
6
La falta de algún requisito señalado por la ley para el
ejercicio de la acción cambiaria
7
Las defensas que deriven de las relaciones personales del
deudor con el tenedor, mas no con los otros obligados
2
www.echaiz.com
Modificación de
CAUSALES DE CONTRADICCIÓN
- Los defectos formales del título
valor facultan a contradecir el
mandato ejecutivo.
Casación Nº 1186-2003, Lima
2
www.echaiz.com
Modificación de
LA CIRCULACION DE LOS
TITULOS VALORES
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLASIFICACIÓN
1 Títulos valores al portador
2 Títulos valores a la orden
3 Títulos valores nominativos
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
AL PORTADOR
Cláusula.-
- Tiene la cláusula “al portador”.
Legitimidad activa.-
- Otorga la calidad de titular de los
derechos que representa a su legítimo
poseedor.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
AL PORTADOR
Transmisión.-
- Se transmite mediante la tradición.
Persona determinada.-
- La indicación del nombre de una
persona no altera su naturaleza.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
AL PORTADOR
Circulación no autorizada.-
- El obligado debe cumplir la prestación a favor del
tenedor de buena fe aún cuando haya entrado en
circulación contra su voluntad.
Identificación del último tenedor.-
- Nombre, número del documento oficial de identidad
y firma.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
A LA ORDEN
Cláusula.-
- Tiene la cláusula “a la orden” con
indicación del nombre de persona
determinada.
Transmisión.-
- Se transmite mediante el endoso (no
se sujeta a las excepciones
personales).
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
A LA ORDEN
Transmisión.-
- Puede transmitirse también
mediante la cesión de derechos (se
sujeta a las excepciones
personales).
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
NOMINATIVO
Cláusula.-
- Carece de la cláusula “a la orden”.
- Si se incluye la cláusula “a la
orden” no se afecta su naturaleza.
- Indica el nombre de persona
determinada.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TÍTULO VALOR
NOMINATIVO
Transmisión.-
- Se transmite mediante la cesión de
derechos (se sujeta a las
excepciones personales).
2
www.echaiz.com
Modificación de
ENDOSO
REQUISITOS PRESUNCIONES
1 Nombre del endosatario Endoso en blanco
2 Clase del endoso Endoso en propiedad
3 Fecha del endoso
Posterior a la fecha
del endoso anterior
4
Nombre, número del
documento oficial de
identidad y firma del
endosante
El título valor es
ineficaz porque se
trata de requisitos
esenciales
2
www.echaiz.com
Modificación de
ENDOSO
Endoso en blanco.-
- El tenedor puede completarlo con su
nombre.
- El tenedor puede completarlo con el
nombre de un tercero.
- El tenedor puede trasmitirlo por
tradición sin completar el endoso.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ENDOSO
Clases de endoso.-
1
ENDOSO EN
PROPIEDAD
Transfiere la propiedad del título
valor y todos los derechos
inherentes a él en forma absoluta
2
ENDOSO EN
PROCURACIÓN
Faculta al endosatario a presentar el
título valor para cobrarlo, endosarlo
sólo en procuración y protestarlo
2
www.echaiz.com
Modificación de
ENDOSO
Clases de endoso.-
3
ENDOSO EN
GARANTÍA
Faculta al endosatario para ejercitar
todos los derechos inherentes al
título valor
4
ENDOSO EN
FIDEICOMISO
Transfiere el dominio fiduciario del
título valor a favor del fiduciario, a
quien corresponde ejercitar todos los
derechos que correspondían al
fideicomitente endosante
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULAS ESPECIALES
DE LOS
TÍTULOS VALORES
2
www.echaiz.com
Modificación de
GENERALIDADES
- Las cláusulas especiales de la Ley de
Títulos Valores son numerus apertus.
- Deben constar en cualquier lugar del
documento o en hoja adherida a él (título
valor) o en el respectivo registro
(anotación en cuenta).
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE PRÓRROGA
- El plazo de vencimiento de los títulos valores puede
prorrogarse en la fecha de su vencimiento o aún
después de él, siempre que:
1
El obligado otorgue su consentimiento expreso en el
mismo título valor
2
No se haya extinguido el plazo para ejercitar la
acción derivada a la fecha de la prórroga
3 El título valor no haya sido protestado
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE PAGO EN MONEDA
EXTRANJERA
- En los títulos valores que
contengan obligación de pagar una
suma en moneda extranjera podrá
acordarse de que el pago se
efectúe necesariamente en dicha
moneda.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA SOBRE PAGO DE INTERESES Y
REAJUSTES
- Interés convencional.
- Interés compensatorio.
- Interés moratorio.
- Interés legal.
- Reajustes.
- Comisiones.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE LIBERACIÓN DEL
PROTESTO
- Puede incluirse la cláusula “sin
protesto”, la cual libera al tenedor
de dicha formalidad para ejercitar
las acciones derivadas del título
valor.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE PAGO CON CARGO EN
CUENTA BANCARIA
- Se aplica a los títulos valores que
contengan obligaciones de pago
dinerario.
- Podrá acordarse de que dicho pago se
cumplirá mediante cargo en cuenta
mantenida en una empresa del
sistema financiero nacional.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE PAGO CON CARGO EN
CUENTA BANCARIA
- Debe señalarse el nombre de la
empresa del sistema financiero
nacional y el código de la cuenta.
- La empresa del sistema financiero
nacional requiere contar con
autorización previa del titular de la
cuenta para atender el pago.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE VENTA EXTRAJUDICIAL
- Se aplica a los títulos valores
afectados en garantía.
- Podrá acordarse prescindir de su
ejecución judicial.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE SOMETIMIENTO A
LEYES Y TRIBUNALES
- Para el ejercicio de las acciones derivadas del
título valor podrá acordarse el sometimiento a la
competencia de:
1 Determinado distrito judicial del país
2 La jurisdicción arbitral
3 Las leyes y/o los tribunales de otro país
2
www.echaiz.com
EL PROTESTO EN LOS
TÍTULOS VALORES
2
www.echaiz.com
Modificación de
GENERALIDADES
- El protesto se da ante el incumplimiento de las
obligaciones que representa el TV.
- La constancia del protesto queda en el propio
TV.
- El protesto también se cumple a través de la
formalidad sustitutoria.
- Por regla general, el protesto constituye un
requisito para el ejercicio de las acciones
cambiarias.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ALCANCES
- Existe obligación de protestar
incluso ante la incapacidad, la
insolvencia o la muerte del
obligado principal.
- Excepción: liberación del protesto y
TV no sujetos a protesto.
2
www.echaiz.com
Modificación de
PLAZOS
POR FALTA DE
ACEPTACIÓN DE
LA LETRA DE
CAMBIO
DENTRO DEL PLAZO DE
PRESENTACIÓN E, INCLUSIVE, HASTA
8 DÍAS POSTERIORES AL
VENCIMIENTO DE DICHO PLAZO
LEGAL O DEL SEÑALADO EN EL
MISMO TV
POR FALTA DE
PAGO EN LOS TV
QUE NO SEAN A
LA VISTA NI
CHEQUE
DENTRO DE LOS 15 DÍAS
POSTERIORES A SU VENCIMIENTO
2
www.echaiz.com
Modificación de
PLAZOS
POR FALTA DE
PAGO DE LOS
TV A LA VISTA
DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE SU
EMISIÓN, DURANTE EL PLAZO DE
PRESENTACIÓN AL PAGO E, INCLUSO, 8
DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO
DEL PLAZO LEGAL O DEL SEÑALADO EN
EL MISMO TV
POR FALTA DE
PAGO DEL
CHEQUE
DENTRO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN
EN LOS DEMÁS
TV
DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES A
LA FECHA EN QUE DEBIÓ CUMPLIRSE
LA OBLIGACIÓN
2
www.echaiz.com
Modificación de
LUGAR
- El protesto se realiza en el lugar designado para su
presentación al pago.
- Es irrelevante que la persona contra quien se realiza
el protesto:
a) No estuviese presente.
b) Hubiese variado de domicilio real.
c) Hubiese devenido en incapaz.
d) Hubiese sido declarada insolvente.
e) Hubiese fallecido.
2
www.echaiz.com
Modificación de
LUGAR
- Si no hay indicación del lugar de pago:
a) El domicilio que figure junto al nombre del
obligado principal.
b) El domicilio real del obligado principal.
- Si el domicilio fuese inexistente:
a) A la cámara de comercio provincial
correspondiente al lugar de pago.
b) A la cámara de comercio provincial
correspondiente al lugar de emisión.
2
www.echaiz.com
Modificación de
TRÁMITE
- El notario público (fedatario), su secretario o el
juez de paz (fedatario) notifica al obligado
principal.
- Éste debe apersonarse a la notaría o al juzgado
de paz el día de la notificación o el día hábil
siguiente.
- Si no se apersona a cumplir la obligación:
“documento protestado”.
- Día subsiguiente a la notificación: se devuelve
el TV al interesado.
2
www.echaiz.com
Modificación de
REQUISITOS FORMALES
- El número correlativo que le corresponde.
- Lugar y fecha de la notificación.
- Nombre del obligado contra quien se realiza.
- Domicilio donde se dirige la notificación.
- Indicación de la denominación del TV, fecha de
emisión, fecha de vencimiento, importe o derecho
que representa y cualquier otro elemento para su
identificación (copia fotostática o similar)
2
www.echaiz.com
Modificación de
REQUISITOS FORMALES
- Nombre del solicitante.
- Nombre y dirección del fedatario.
- Firma del fedatario o del secretario
notarial.
2
www.echaiz.com
Modificación de
GASTOS, DAÑOS Y PERJUICIOS
- Los gastos para el tenedor a que diere lugar
el protesto serán de cargo del obligado
principal.
- Excepción: liberación de protesto.
- El fedatario responde de los daños y
perjuicios que se originen por el
incumplimiento de la notificación del
protesto.
2
www.echaiz.com
Modificación de
CLÁUSULA DE LIBERACIÓN
- Cláusulas especiales de los TV: cláusula
de liberación del protesto o pacto de no
protesto (formalidad sustitutoria del
protesto).
- En tal caso, las acciones cambiarias se
ejercitarán por el solo hecho de haber
vencido el plazo señalado en el TV.
- El tenedor puede optar por el protesto,
pero los gastos serán de cuenta de él.
2
www.echaiz.com
Modificación de
NO OBLIGATORIEDAD
- No están sujetos al protesto las
acciones, las obligaciones y los
demás valores mobiliarios.
- Para ejercitar las acciones
cambiarias es suficiente que se
haya vencido el plazo o resulte
exigible la obligación.
2
www.echaiz.com
Modificación de
PUBLICIDAD
- Los fedatarios deben informar a la cámara de
comercio provincial del lugar del protesto, con
periodicidad mensual y dentro de los 5
primeros días del mes siguiente, una relación
de todos los protestos.
- Las cámaras de comercio provinciales deberán,
a su vez, transmitir la misma información,
dentro de los 5 días siguientes, a la CCL para
su anotación en el Registro Nacional de
Protestos y Moras.
2
www.echaiz.com
Modificación de
PUBLICIDAD
- Las cámaras de comercio provinciales y la CCL
deberán mantener dicha información durante 5
años.
- Las autoridades jurisdiccionales tienen la
obligación de notificar a la empresa o al banco
girado y a la cámara de comercio provincial
respectiva el inicio y la culminación del proceso
penal por libramiento indebido.
- Igual obligación corresponde al juez civil en los
procesos de cobro de cheques.
2
www.echaiz.com
Modificación de
REGULARIZACIÓN
DE PROTESTO
- Quien hubiere pagado totalmente un TV luego
de ser protestado tiene derecho a solicitar a su
costo que el beneficiario lo comunique a la
cámara de comercio provincial.
- Ante la negativa, demora o cualquier
impedimento puede tramitarse directamente y
por vía notarial ante la cámara de comercio
provincial.
2
www.echaiz.com
Modificación de
LOS PROCESOS EJECUTIVOS
2
www.echaiz.com
Modificación de
MÉRITO EJECUTIVO
Alcance.-
- Los títulos valores tienen mérito
ejecutivo.
Acciones legales.-
- Acciones cambiarias.
- Acción causal.
- Acción de enriquecimiento sin
causa.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
- Acción directa.
- Acción de regreso.
- Acción de ulterior regreso.
- La acción directa y la acción de
regreso pueden ejercitarse conjunta o
sucesivamente.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
Acción directa.-
- La dirige el tenedor del título
valor contra el obligado
principal y sus garantes.
- Plazo: 3 años desde el
vencimiento.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
Acción de regreso.-
- La dirige el tenedor del título valor
contra los endosantes, sus
garantes y otros obligados.
- Plazo: 1 año desde el vencimiento.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
Acción de ulterior regreso.-
- La dirige quien paga el título valor
contra los demás obligados
anteriores en vía de regreso.
- Plazo: 6 meses desde el pago.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
Conceptos reclamables.-
- Importe del título valor.
- Intereses.
- Gastos.
2
www.echaiz.com
Modificación de
ACCIONES CAMBIARIAS
El proceso ejecutivo.-
- Instancia: los juzgados comerciales.
- Total legal: 33 días.
- Total real: 3 a 4 meses.
- Sin juzgados comerciales: 6 a 10 meses.
MANDATO
EJECUTIVO
DEMANDA SENTENCIA AUDIENCIA
CONTESTACION
DE LA
CONTRADICCION
CONTRADICCIÓN
10 días
5 días 3 días
10 días
5 días
2
www.echaiz.com
Modificación de
CAUSALES DE CONTRADICCIÓN
1
El contenido literal del título valor o los defectos de
forma legal de éste
2
La falsedad de la firma que se le atribuye al
demandado
3
La falta de capacidad o representación del propio
demandado cuando se firmó el título valor
4 La falta de protesto o el protesto defectuoso
2
www.echaiz.com
Modificación de
CAUSALES DE CONTRADICCIÓN
5
Que el título valor incompleto haya sido completado
en forma contraria a los acuerdos adoptados
6
La falta de algún requisito señalado por la ley para el
ejercicio de la acción cambiaria
7
Las defensas que deriven de las relaciones personales
del deudor con el tenedor, mas no con los otros
obligados
Calle Luis Felipe Villarán 342.
San Isidro, Lima 27, Perú.
Teléfono: (51-1) 4225730.
E-mail: contacto@echaiz.com
Web site: www.echaiz.com
Muchas gracias por vuestra amable atención

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

EL PROTESTO.pptx
EL PROTESTO.pptxEL PROTESTO.pptx
EL PROTESTO.pptx
 
Prescripción y caducidad
Prescripción y caducidadPrescripción y caducidad
Prescripción y caducidad
 
De los títulos valor
De los títulos valorDe los títulos valor
De los títulos valor
 
garantias de los titulos valores
garantias de los titulos valoresgarantias de los titulos valores
garantias de los titulos valores
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
El cheque peru
El cheque peruEl cheque peru
El cheque peru
 
Corporativo final titulo valores
Corporativo final  titulo valoresCorporativo final  titulo valores
Corporativo final titulo valores
 
El pagaré..
El pagaré..El pagaré..
El pagaré..
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Protesto
ProtestoProtesto
Protesto
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
INFORME TITULOS VALORES LEY N° 27287-I
INFORME TITULOS VALORES LEY N° 27287-IINFORME TITULOS VALORES LEY N° 27287-I
INFORME TITULOS VALORES LEY N° 27287-I
 
HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...
HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...
HOSPEDAJE CODIGO CIVIL PERUANO- AYALA TANDAZO JOSE EDUARDO Y JOSE VELASQUEZ P...
 
Titulo valores
Titulo valores Titulo valores
Titulo valores
 
Pago por consignacion
Pago por consignacionPago por consignacion
Pago por consignacion
 
Titulos valores
Titulos valores Titulos valores
Titulos valores
 
Letra de-cambio
Letra de-cambioLetra de-cambio
Letra de-cambio
 
Letra de cambio
Letra de cambio Letra de cambio
Letra de cambio
 
Factura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagareFactura conformada y el pagare
Factura conformada y el pagare
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 

Similar a Titulo valores

Letra de cambio y pagare (1)
Letra de cambio y pagare (1)Letra de cambio y pagare (1)
Letra de cambio y pagare (1)
Daniela Chocce
 
Ley 27287 ley de titulos valores
Ley 27287 ley de titulos valoresLey 27287 ley de titulos valores
Ley 27287 ley de titulos valores
kurtknod
 
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docxFormas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
Fabiola Diaz Solano
 
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagasIdentificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
Victor Còrdova
 
Ley letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagareLey letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagare
karla_1
 
Ley letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagareLey letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagare
karla_1
 
Ley titulos valores 27287
Ley titulos valores 27287Ley titulos valores 27287
Ley titulos valores 27287
spiderprs
 

Similar a Titulo valores (20)

TRABAJO DE TITULOS VALORES - PARTE GENERAL.pptx
TRABAJO DE TITULOS VALORES - PARTE GENERAL.pptxTRABAJO DE TITULOS VALORES - PARTE GENERAL.pptx
TRABAJO DE TITULOS VALORES - PARTE GENERAL.pptx
 
LEY_27287 (1).pdf
LEY_27287 (1).pdfLEY_27287 (1).pdf
LEY_27287 (1).pdf
 
LEY DE TITULOS VALORES.pdf
LEY DE TITULOS VALORES.pdfLEY DE TITULOS VALORES.pdf
LEY DE TITULOS VALORES.pdf
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Letra de cambio y pagare (1)
Letra de cambio y pagare (1)Letra de cambio y pagare (1)
Letra de cambio y pagare (1)
 
Título valor
Título valor Título valor
Título valor
 
Sociedades anonimas-CONTITUCION
Sociedades anonimas-CONTITUCIONSociedades anonimas-CONTITUCION
Sociedades anonimas-CONTITUCION
 
Ley 27287 ley de titulos valores
Ley 27287 ley de titulos valoresLey 27287 ley de titulos valores
Ley 27287 ley de titulos valores
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)
 
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIALEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA
 
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docxFormas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem (1).docx
 
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem.docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem.docxFormas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem.docx
Formas de Transmisión de los Títulos Valores.....karem.docx
 
Derecho Mercantil -Bolsa de valores_.pptx
Derecho Mercantil -Bolsa de valores_.pptxDerecho Mercantil -Bolsa de valores_.pptx
Derecho Mercantil -Bolsa de valores_.pptx
 
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagasIdentificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
Identificacion y analisis de letras de cambio vencidas e impagas
 
Ley letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagareLey letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagare
 
Ley letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagareLey letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagare
 
Ley letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagareLey letra de cambio y pagare
Ley letra de cambio y pagare
 
Todo lo relacionado con la letra de cambio
Todo lo relacionado con la letra de cambio Todo lo relacionado con la letra de cambio
Todo lo relacionado con la letra de cambio
 
Ley titulos valores 27287
Ley titulos valores 27287Ley titulos valores 27287
Ley titulos valores 27287
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 

Último

diagnostico final (1). analisis - encuestas
diagnostico final (1). analisis - encuestasdiagnostico final (1). analisis - encuestas
diagnostico final (1). analisis - encuestas
ansomora123
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
Ruben53283
 
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia leeevalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
MaribelGaitanRamosRa
 

Último (20)

PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNETPRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
 
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdfSesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
Sesión: El fundamento del gobierno de Dios.pdf
 
diagnostico final (1). analisis - encuestas
diagnostico final (1). analisis - encuestasdiagnostico final (1). analisis - encuestas
diagnostico final (1). analisis - encuestas
 
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptxProyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
Proyecto integrador Vereda Cujacal Centro.pptx
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
 
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6ºPoemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
Poemas de Beatriz Giménez de Ory_trabajos de 6º
 
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docxEl fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
 
Material-de-Apoyo-Escuela-Sabatica-02-2-2024.pptx.ppt
Material-de-Apoyo-Escuela-Sabatica-02-2-2024.pptx.pptMaterial-de-Apoyo-Escuela-Sabatica-02-2-2024.pptx.ppt
Material-de-Apoyo-Escuela-Sabatica-02-2-2024.pptx.ppt
 
Power Point: Luz desde el santuario.pptx
Power Point: Luz desde el santuario.pptxPower Point: Luz desde el santuario.pptx
Power Point: Luz desde el santuario.pptx
 
Lección 1: Los complementos del Verbo ...
Lección 1: Los complementos del Verbo ...Lección 1: Los complementos del Verbo ...
Lección 1: Los complementos del Verbo ...
 
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
Presentación Propuesta de Proyecto Social Colorido y Juvenil Multicolor y Neg...
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
 
Presentación Revistas y Periódicos Digitales
Presentación Revistas y Periódicos DigitalesPresentación Revistas y Periódicos Digitales
Presentación Revistas y Periódicos Digitales
 
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcionalFase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
 
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacionPROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
PROYECTO INTEGRADOR ARCHIDUQUE. presentacion
 
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia leeevalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
 
3.Conectores uno_Enfermería_EspAcademico
3.Conectores uno_Enfermería_EspAcademico3.Conectores uno_Enfermería_EspAcademico
3.Conectores uno_Enfermería_EspAcademico
 
Proceso de gestión de obras - Aquí tu Remodelación
Proceso de gestión de obras - Aquí tu RemodelaciónProceso de gestión de obras - Aquí tu Remodelación
Proceso de gestión de obras - Aquí tu Remodelación
 
Evaluación de los Factores Internos de la Organización
Evaluación de los Factores Internos de la OrganizaciónEvaluación de los Factores Internos de la Organización
Evaluación de los Factores Internos de la Organización
 

Titulo valores

  • 1. Daniel Echaiz Moreno Catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad de Lima, Universidad San Ignacio de Loyola, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y Academia Diplomática del Perú www.echaiz.com TÍTULOS VALORES Parte General
  • 3. 2 www.echaiz.com Modificación de GENERALIDADES - La Ley Títulos Valores es una de las más importantes normas legales que ha entrado en vigencia durante los últimos años en el Perú. - Las razones de tal trascendencia son: 1 La materia que regula: los títulos valores 2 Lo urgente que era la revisión y la renovación de la legislación cambiaria
  • 4. 2 www.echaiz.com Modificación de EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA LEGISLACIÓN CAMBIARIA 1967 Ley de Títulos Valores Ley Nº 16587 2000 Ley de Títulos Valores Ley Nº 27287
  • 5. 2 www.echaiz.com Modificación de UNIFICACIÓN CARTULAR La diseminación legislativa.- 1 Ley de Títulos Valores 2 Código de Comercio 3 Ley del Mercado de Valores 4 Ley de Bancos 5 Ley de Almacenes Generales de Depósito
  • 6. 2 www.echaiz.com Modificación de UNIFICACIÓN CARTULAR Primera técnica utilizada por el legislador.- - Deroga y regula íntegramente los más antiguos dispositivos legales referidos a algunos títulos valores. 1918 Ley General de Almacenes de Depósito Ley Nº 2763 1963 Reglamento de la Ley General de Almacenes de Depósito Decreto Supremo Nº 85
  • 7. 2 www.echaiz.com Modificación de UNIFICACIÓN CARTULAR Segunda técnica utilizada por el legislador.- - Modifica ciertos artículos de algunos dispositivos legales que complementan las normas cambiarias. Artículo 92 Ley General de Sociedades Ley Nº 26887 Artículo 93 Ley General de Sociedades Ley Nº 26887
  • 8. 2 www.echaiz.com Modificación de ABANICO CAMBIARIO 1 Letra de cambio 2 Pagaré 3 Factura conformada 4 Cheque 5 Certificado bancario de moneda extranjera 6 Certificado bancario de moneda nacional 7 Certificado de depósito y warrant
  • 9. 2 www.echaiz.com Modificación de ABANICO CAMBIARIO 8 Título de crédito hipotecario negociable 9 Conocimiento de embarque 10 Carta de porte 11 Acciones 12 Certificado de suscripción preferente 13 Certificado de participación en fondos mutuos de inversión en valores 14 Certificado de participación en fondos de inversión
  • 10. 2 www.echaiz.com Modificación de ABANICO CAMBIARIO 15 Valores emitidos en procesos de titulización 16 Obligaciones 17 Letra hipotecaria 18 Cédula hipotecaria 19 Pagaré bancario 20 Certificado de depósito negociable 21 Bonos soberanos
  • 12. 2 www.echaiz.com Modificación de DEFINICIÓN - Título valor es el valor que representa o incorpora derechos patrimoniales, que está destinado a la circulación y que reúne los requisitos formales esenciales. - Las cláusulas restrictivas o limitativas de su circulación o la no circulación no afectan la calidad de título valor. - La carencia de algún requisito formal esencial afecta la calidad de título valor.
  • 13. 2 www.echaiz.com Modificación de DEFINICIÓN - La liquidación de saldo deudor no es un título valor. Casación Nº 2768-2002, Lima - La carta fianza es un título valor. Casación Nº 1222-1997, Piura - La letra de cambio no es un título valor causado. Casación Nº 2804-2001, Ica
  • 14. 2 www.echaiz.com Modificación de REPRESENTACIÓN - Tradicionalmente: valores materializados, principio de cartularidad y título valor. - Modernamente: valores desmaterializados y anotación en cuenta. - La forma de representación es una decisión voluntaria del emisor. - Los valores desmaterializados requieren ser registrados ante una ICLV.
  • 15. 2 www.echaiz.com Modificación de REPRESENTACIÓN REGLAMENTO DE INSTITUCIONES DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES Resolución Nº 031-99-EF/94.10-CONASEV Artículo 42. Decisión de representación del emisor.- Los valores pueden representarse por medio de títulos o anotaciones en cuenta, comprendiendo dicha forma de representación a la totalidad de los valores integrantes de una misma serie, clase o emisión, sea que se trate de nuevos valores o valores existentes. La forma de representación…
  • 16. 2 www.echaiz.com Modificación de REPRESENTACIÓN REGLAMENTO DE INSTITUCIONES DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES Resolución Nº 031-99-EF/94.10-CONASEV Artículo 42. Decisión de representación del emisor.- …requiere el acuerdo del emisor con los requisitos establecidos en los estatutos, contrato de emisión u otro instrumento legal respectivo y puede ser modificada por el propio emisor, con arreglo a tales requisitos. La forma de representación que decida el emisor es una condición de la emisión.
  • 17. 2 www.echaiz.com Modificación de CREACIÓN 1 Letra de cambio 2 Pagaré 3 Factura conformada 4 Cheque 5 Certificado bancario de moneda extranjera 6 Certificado bancario de moneda nacional 7 Certificado de depósito y warrant
  • 18. 2 www.echaiz.com Modificación de CREACIÓN 8 Título de crédito hipotecario negociable 9 Conocimiento de embarque 10 Carta de porte 11 Acciones 12 Certificado de suscripción preferente 13 Certificado de participación en fondos mutuos de inversión en valores 14 Certificado de participación en fondos de inversión
  • 19. 2 www.echaiz.com Modificación de CREACIÓN 15 Valores emitidos en procesos de titulización 16 Obligaciones 17 Letra hipotecaria 18 Cédula hipotecaria 19 Pagaré bancario 20 Certificado de depósito negociable 21 Bonos soberanos
  • 20. 2 www.echaiz.com Modificación de CREACIÓN - Pueden crearse nuevos títulos valores por ley. - La SBS y la CONASEV están facultadas para autorizar la creación, emisión, negociación y adquisición de nuevos títulos valores.
  • 21. 2 www.echaiz.com Modificación de CREACIÓN El valor de empresa en concurso (VEC).- - Representa los derechos de crédito de los acreedores de las personas naturales o personas jurídicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, sometidas a los procedimientos concursales previstos en la Ley General del Sistema Concursal que hubieren sido reconocidos por la autoridad administrativa competente. Resolución CONASEV Nº 96-2002-EF/94.10
  • 22. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD - El texto del documento determina los alcances de los derechos y las obligaciones contenidos en el título valor o, en su caso, en hoja adherida a él. - El caso de la hoja adherida. - El caso de la anotación en cuenta.
  • 23. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD - Diferencias respecto al importe del título valor: primer caso.- - Prevalece la suma menor: S/. 200.00 S/. 200.00 DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES
  • 24. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD - Diferencias respecto al importe del título valor: segundo caso.- - Prevalece la moneda nacional: S/. 200.00 S/. 200.00 DOSCIENTOS CON 00/100 EUROS
  • 25. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD - Diferencias respecto al importe del título valor: tercer caso.- - Se entiende moneda nacional: S/. 200.00 200.00 DOSCIENTOS CON 00/100
  • 26. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD - Diferencias respecto al importe del título valor: cuarto caso.- - No surte efectos cambiarios. US $ 200.00 DOSCIENTOS CON 00/100 EUROS
  • 27. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD La firma en el título valor.- - Además de la firma autógrafa pueden usarse medios gráficos, mecánicos o electrónicos de seguridad. - Previo acuerdo expreso entre las partes intervinientes puede sustituirse la firma autógrafa por firma impresa o digitalizada.
  • 28. 2 www.echaiz.com Modificación de PRINCIPIO DE LITERALIDAD La firma en el título valor.- - Sólo podrán ejercitarse las acciones cambiarias contra quienes hayan firmado el título valor en las formas señaladas. - Al firmar un título valor, toda persona deberá indicar su nombre y número de su documento oficial de identidad.
  • 29. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR INCOMPLETO Alcance.- - Puede faltar cualquier requisito, excepto la firma del obligado. Vigencia.- - Debe completarse para ejercer cualquier derecho o acción.
  • 30. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR INCOMPLETO Integración.- - Deberá completarse según los acuerdos adoptados. Incumplimiento.- - El obligado podrá contradecir el mandato ejecutivo.
  • 31. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR INCOMPLETO Derechos del obligado.- - Obtener una copia del título valor incompleto. - Agregar una cláusula que limite su transferencia. Importante.- - Que los acuerdos para completar el título valor consten por escrito.
  • 32. 2 www.echaiz.com Modificación de RESPONSABILIDAD SOLIDARIA - Los que emitan, acepten, endosen o garanticen títulos valores quedan obligados solidariamente frente al tenedor, salvo cláusula o disposición legal expresa en contrario. - El tenedor del título valor puede ejercitar acumulativamente las acciones directa y de regreso y, de ser el caso, la de ulterior regreso.
  • 33. 2 www.echaiz.com Modificación de EXIGENCIA DE LAS PRESTACIONES - El título valor debe ser presentado para exigir las prestaciones que en él se expresan por quien, según las reglas de su circulación, resulte ser su tenedor legítimo, quien además tiene la obligación de identificarse.
  • 34. 2 www.echaiz.com Modificación de EXIGENCIA DE LAS PRESTACIONES - En los valores con representación por anotación en cuenta, el derecho a exigir las prestaciones corresponde a quien figure como su titular en el registro.
  • 35. 2 www.echaiz.com Modificación de DEVOLUCIÓN DEL TÍTULO VALOR PAGADO - El tenedor de un título valor queda obligado a devolverlo a quien cumpla totalmente la prestación contenida en él. - Las partes interesadas podrán acordar la destrucción del título valor pagado totalmente, prescindiendo de su devolución física. - El caso de las empresas del sistema financiero.
  • 36. 2 www.echaiz.com Modificación de MÉRITO EJECUTIVO Alcance.- - Los títulos valores tienen mérito ejecutivo. Acciones legales.- - Acciones cambiarias. - Acción causal. - Acción de enriquecimiento sin causa.
  • 37. 2 www.echaiz.com Modificación de CAUSALES DE CONTRADICCIÓN 1 El contenido literal del título valor o los defectos de forma legal de éste 2 La falsedad de la firma que se le atribuye al demandado 3 La falta de capacidad o representación del propio demandado cuando se firmó el título valor 4 La falta de protesto o el protesto defectuoso
  • 38. 2 www.echaiz.com Modificación de CAUSALES DE CONTRADICCIÓN 5 Que el título valor incompleto haya sido completado en forma contraria a los acuerdos adoptados 6 La falta de algún requisito señalado por la ley para el ejercicio de la acción cambiaria 7 Las defensas que deriven de las relaciones personales del deudor con el tenedor, mas no con los otros obligados
  • 39. 2 www.echaiz.com Modificación de CAUSALES DE CONTRADICCIÓN - Los defectos formales del título valor facultan a contradecir el mandato ejecutivo. Casación Nº 1186-2003, Lima
  • 41. 2 www.echaiz.com Modificación de CLASIFICACIÓN 1 Títulos valores al portador 2 Títulos valores a la orden 3 Títulos valores nominativos
  • 42. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR AL PORTADOR Cláusula.- - Tiene la cláusula “al portador”. Legitimidad activa.- - Otorga la calidad de titular de los derechos que representa a su legítimo poseedor.
  • 43. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR AL PORTADOR Transmisión.- - Se transmite mediante la tradición. Persona determinada.- - La indicación del nombre de una persona no altera su naturaleza.
  • 44. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR AL PORTADOR Circulación no autorizada.- - El obligado debe cumplir la prestación a favor del tenedor de buena fe aún cuando haya entrado en circulación contra su voluntad. Identificación del último tenedor.- - Nombre, número del documento oficial de identidad y firma.
  • 45. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR A LA ORDEN Cláusula.- - Tiene la cláusula “a la orden” con indicación del nombre de persona determinada. Transmisión.- - Se transmite mediante el endoso (no se sujeta a las excepciones personales).
  • 46. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR A LA ORDEN Transmisión.- - Puede transmitirse también mediante la cesión de derechos (se sujeta a las excepciones personales).
  • 47. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR NOMINATIVO Cláusula.- - Carece de la cláusula “a la orden”. - Si se incluye la cláusula “a la orden” no se afecta su naturaleza. - Indica el nombre de persona determinada.
  • 48. 2 www.echaiz.com Modificación de TÍTULO VALOR NOMINATIVO Transmisión.- - Se transmite mediante la cesión de derechos (se sujeta a las excepciones personales).
  • 49. 2 www.echaiz.com Modificación de ENDOSO REQUISITOS PRESUNCIONES 1 Nombre del endosatario Endoso en blanco 2 Clase del endoso Endoso en propiedad 3 Fecha del endoso Posterior a la fecha del endoso anterior 4 Nombre, número del documento oficial de identidad y firma del endosante El título valor es ineficaz porque se trata de requisitos esenciales
  • 50. 2 www.echaiz.com Modificación de ENDOSO Endoso en blanco.- - El tenedor puede completarlo con su nombre. - El tenedor puede completarlo con el nombre de un tercero. - El tenedor puede trasmitirlo por tradición sin completar el endoso.
  • 51. 2 www.echaiz.com Modificación de ENDOSO Clases de endoso.- 1 ENDOSO EN PROPIEDAD Transfiere la propiedad del título valor y todos los derechos inherentes a él en forma absoluta 2 ENDOSO EN PROCURACIÓN Faculta al endosatario a presentar el título valor para cobrarlo, endosarlo sólo en procuración y protestarlo
  • 52. 2 www.echaiz.com Modificación de ENDOSO Clases de endoso.- 3 ENDOSO EN GARANTÍA Faculta al endosatario para ejercitar todos los derechos inherentes al título valor 4 ENDOSO EN FIDEICOMISO Transfiere el dominio fiduciario del título valor a favor del fiduciario, a quien corresponde ejercitar todos los derechos que correspondían al fideicomitente endosante
  • 54. 2 www.echaiz.com Modificación de GENERALIDADES - Las cláusulas especiales de la Ley de Títulos Valores son numerus apertus. - Deben constar en cualquier lugar del documento o en hoja adherida a él (título valor) o en el respectivo registro (anotación en cuenta).
  • 55. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE PRÓRROGA - El plazo de vencimiento de los títulos valores puede prorrogarse en la fecha de su vencimiento o aún después de él, siempre que: 1 El obligado otorgue su consentimiento expreso en el mismo título valor 2 No se haya extinguido el plazo para ejercitar la acción derivada a la fecha de la prórroga 3 El título valor no haya sido protestado
  • 56. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA - En los títulos valores que contengan obligación de pagar una suma en moneda extranjera podrá acordarse de que el pago se efectúe necesariamente en dicha moneda.
  • 57. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA SOBRE PAGO DE INTERESES Y REAJUSTES - Interés convencional. - Interés compensatorio. - Interés moratorio. - Interés legal. - Reajustes. - Comisiones.
  • 58. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE LIBERACIÓN DEL PROTESTO - Puede incluirse la cláusula “sin protesto”, la cual libera al tenedor de dicha formalidad para ejercitar las acciones derivadas del título valor.
  • 59. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE PAGO CON CARGO EN CUENTA BANCARIA - Se aplica a los títulos valores que contengan obligaciones de pago dinerario. - Podrá acordarse de que dicho pago se cumplirá mediante cargo en cuenta mantenida en una empresa del sistema financiero nacional.
  • 60. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE PAGO CON CARGO EN CUENTA BANCARIA - Debe señalarse el nombre de la empresa del sistema financiero nacional y el código de la cuenta. - La empresa del sistema financiero nacional requiere contar con autorización previa del titular de la cuenta para atender el pago.
  • 61. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE VENTA EXTRAJUDICIAL - Se aplica a los títulos valores afectados en garantía. - Podrá acordarse prescindir de su ejecución judicial.
  • 62. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE SOMETIMIENTO A LEYES Y TRIBUNALES - Para el ejercicio de las acciones derivadas del título valor podrá acordarse el sometimiento a la competencia de: 1 Determinado distrito judicial del país 2 La jurisdicción arbitral 3 Las leyes y/o los tribunales de otro país
  • 63. 2 www.echaiz.com EL PROTESTO EN LOS TÍTULOS VALORES
  • 64. 2 www.echaiz.com Modificación de GENERALIDADES - El protesto se da ante el incumplimiento de las obligaciones que representa el TV. - La constancia del protesto queda en el propio TV. - El protesto también se cumple a través de la formalidad sustitutoria. - Por regla general, el protesto constituye un requisito para el ejercicio de las acciones cambiarias.
  • 65. 2 www.echaiz.com Modificación de ALCANCES - Existe obligación de protestar incluso ante la incapacidad, la insolvencia o la muerte del obligado principal. - Excepción: liberación del protesto y TV no sujetos a protesto.
  • 66. 2 www.echaiz.com Modificación de PLAZOS POR FALTA DE ACEPTACIÓN DE LA LETRA DE CAMBIO DENTRO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN E, INCLUSIVE, HASTA 8 DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO DE DICHO PLAZO LEGAL O DEL SEÑALADO EN EL MISMO TV POR FALTA DE PAGO EN LOS TV QUE NO SEAN A LA VISTA NI CHEQUE DENTRO DE LOS 15 DÍAS POSTERIORES A SU VENCIMIENTO
  • 67. 2 www.echaiz.com Modificación de PLAZOS POR FALTA DE PAGO DE LOS TV A LA VISTA DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE SU EMISIÓN, DURANTE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN AL PAGO E, INCLUSO, 8 DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO DEL PLAZO LEGAL O DEL SEÑALADO EN EL MISMO TV POR FALTA DE PAGO DEL CHEQUE DENTRO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN EN LOS DEMÁS TV DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE DEBIÓ CUMPLIRSE LA OBLIGACIÓN
  • 68. 2 www.echaiz.com Modificación de LUGAR - El protesto se realiza en el lugar designado para su presentación al pago. - Es irrelevante que la persona contra quien se realiza el protesto: a) No estuviese presente. b) Hubiese variado de domicilio real. c) Hubiese devenido en incapaz. d) Hubiese sido declarada insolvente. e) Hubiese fallecido.
  • 69. 2 www.echaiz.com Modificación de LUGAR - Si no hay indicación del lugar de pago: a) El domicilio que figure junto al nombre del obligado principal. b) El domicilio real del obligado principal. - Si el domicilio fuese inexistente: a) A la cámara de comercio provincial correspondiente al lugar de pago. b) A la cámara de comercio provincial correspondiente al lugar de emisión.
  • 70. 2 www.echaiz.com Modificación de TRÁMITE - El notario público (fedatario), su secretario o el juez de paz (fedatario) notifica al obligado principal. - Éste debe apersonarse a la notaría o al juzgado de paz el día de la notificación o el día hábil siguiente. - Si no se apersona a cumplir la obligación: “documento protestado”. - Día subsiguiente a la notificación: se devuelve el TV al interesado.
  • 71. 2 www.echaiz.com Modificación de REQUISITOS FORMALES - El número correlativo que le corresponde. - Lugar y fecha de la notificación. - Nombre del obligado contra quien se realiza. - Domicilio donde se dirige la notificación. - Indicación de la denominación del TV, fecha de emisión, fecha de vencimiento, importe o derecho que representa y cualquier otro elemento para su identificación (copia fotostática o similar)
  • 72. 2 www.echaiz.com Modificación de REQUISITOS FORMALES - Nombre del solicitante. - Nombre y dirección del fedatario. - Firma del fedatario o del secretario notarial.
  • 73. 2 www.echaiz.com Modificación de GASTOS, DAÑOS Y PERJUICIOS - Los gastos para el tenedor a que diere lugar el protesto serán de cargo del obligado principal. - Excepción: liberación de protesto. - El fedatario responde de los daños y perjuicios que se originen por el incumplimiento de la notificación del protesto.
  • 74. 2 www.echaiz.com Modificación de CLÁUSULA DE LIBERACIÓN - Cláusulas especiales de los TV: cláusula de liberación del protesto o pacto de no protesto (formalidad sustitutoria del protesto). - En tal caso, las acciones cambiarias se ejercitarán por el solo hecho de haber vencido el plazo señalado en el TV. - El tenedor puede optar por el protesto, pero los gastos serán de cuenta de él.
  • 75. 2 www.echaiz.com Modificación de NO OBLIGATORIEDAD - No están sujetos al protesto las acciones, las obligaciones y los demás valores mobiliarios. - Para ejercitar las acciones cambiarias es suficiente que se haya vencido el plazo o resulte exigible la obligación.
  • 76. 2 www.echaiz.com Modificación de PUBLICIDAD - Los fedatarios deben informar a la cámara de comercio provincial del lugar del protesto, con periodicidad mensual y dentro de los 5 primeros días del mes siguiente, una relación de todos los protestos. - Las cámaras de comercio provinciales deberán, a su vez, transmitir la misma información, dentro de los 5 días siguientes, a la CCL para su anotación en el Registro Nacional de Protestos y Moras.
  • 77. 2 www.echaiz.com Modificación de PUBLICIDAD - Las cámaras de comercio provinciales y la CCL deberán mantener dicha información durante 5 años. - Las autoridades jurisdiccionales tienen la obligación de notificar a la empresa o al banco girado y a la cámara de comercio provincial respectiva el inicio y la culminación del proceso penal por libramiento indebido. - Igual obligación corresponde al juez civil en los procesos de cobro de cheques.
  • 78. 2 www.echaiz.com Modificación de REGULARIZACIÓN DE PROTESTO - Quien hubiere pagado totalmente un TV luego de ser protestado tiene derecho a solicitar a su costo que el beneficiario lo comunique a la cámara de comercio provincial. - Ante la negativa, demora o cualquier impedimento puede tramitarse directamente y por vía notarial ante la cámara de comercio provincial.
  • 80. 2 www.echaiz.com Modificación de MÉRITO EJECUTIVO Alcance.- - Los títulos valores tienen mérito ejecutivo. Acciones legales.- - Acciones cambiarias. - Acción causal. - Acción de enriquecimiento sin causa.
  • 81. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS - Acción directa. - Acción de regreso. - Acción de ulterior regreso. - La acción directa y la acción de regreso pueden ejercitarse conjunta o sucesivamente.
  • 82. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS Acción directa.- - La dirige el tenedor del título valor contra el obligado principal y sus garantes. - Plazo: 3 años desde el vencimiento.
  • 83. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS Acción de regreso.- - La dirige el tenedor del título valor contra los endosantes, sus garantes y otros obligados. - Plazo: 1 año desde el vencimiento.
  • 84. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS Acción de ulterior regreso.- - La dirige quien paga el título valor contra los demás obligados anteriores en vía de regreso. - Plazo: 6 meses desde el pago.
  • 85. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS Conceptos reclamables.- - Importe del título valor. - Intereses. - Gastos.
  • 86. 2 www.echaiz.com Modificación de ACCIONES CAMBIARIAS El proceso ejecutivo.- - Instancia: los juzgados comerciales. - Total legal: 33 días. - Total real: 3 a 4 meses. - Sin juzgados comerciales: 6 a 10 meses. MANDATO EJECUTIVO DEMANDA SENTENCIA AUDIENCIA CONTESTACION DE LA CONTRADICCION CONTRADICCIÓN 10 días 5 días 3 días 10 días 5 días
  • 87. 2 www.echaiz.com Modificación de CAUSALES DE CONTRADICCIÓN 1 El contenido literal del título valor o los defectos de forma legal de éste 2 La falsedad de la firma que se le atribuye al demandado 3 La falta de capacidad o representación del propio demandado cuando se firmó el título valor 4 La falta de protesto o el protesto defectuoso
  • 88. 2 www.echaiz.com Modificación de CAUSALES DE CONTRADICCIÓN 5 Que el título valor incompleto haya sido completado en forma contraria a los acuerdos adoptados 6 La falta de algún requisito señalado por la ley para el ejercicio de la acción cambiaria 7 Las defensas que deriven de las relaciones personales del deudor con el tenedor, mas no con los otros obligados
  • 89. Calle Luis Felipe Villarán 342. San Isidro, Lima 27, Perú. Teléfono: (51-1) 4225730. E-mail: contacto@echaiz.com Web site: www.echaiz.com Muchas gracias por vuestra amable atención