EL REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA contempla muchos aspectos para la buena gestión tanto de su alcalde, así como de sus regidores. Les presentamos esta primera sesión con la iniciamos la VIGILANCIA PALLASQUINA.
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VIGILANCIA PALLASQUINA
1. VIGILANCIA PALLASQUINA
Los regidores de todas las municipalidades de la provincia de Pallasca, así
como sus pobladores tienen la obligación de ejercer la vigilancia, control y
fiscalización de sus alcaldes.
Para el efecto los Regidores de la Municipalidad Provincial de Pallasca deben
conocer el Reglamento Interno donde se indican sus responsabilidades,
derechos e impedimentos. Solo así ya no cometerán desatinos durante su
gestión.
REGLAMENTO INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE PALLASCA
CAPITULO II
RESPONSABILIDADES, DERECHOS E IMPEDIMENTOS
Artículo 6º.- Atribuciones y Obligaciones de los Regidores
2. De conformidad con el artículo 10º de la Ley Nº 27972, Orgánica de
Municipalidades, los Regidores de la Municipalidad Provincial de Pallasca
ejercen las siguientes atribuciones y obligaciones:
1. Proponer proyectos de Ordenanzas Municipales, Acuerdos de Concejo,
Resoluciones de Concejo y Acuerdos de Pleno
2. Formular pedidos y mociones de Orden del Día
3. Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde
4. Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal
5. Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y
especiales que establece el presente reglamento y en las reuniones de trabajo
que determine o apruebe el concejo municipal
6. Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin
de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas.
Más adelante publicaremos lo referido a Fiscalización y otros puntos de
interés para la buena gestión del Alcalde provincial.