1. EL CONTRATO SOCIAL
O
PRINCIPIOS DEL DERECHO POLITICO
“La igualdad de la riqueza debe consistir en que ningún ciudadano sea tan
opulento que pueda comprar a otro, ni ninguno tan pobre que se vea
necesitado de venderse”
1
Jean Jacques Rousseau
VALENTINA VILLAMIL DORIA
El contrato social nace como extracto de una de las obras políticas más extensas de Rousseau
llamada Institutions Politiques, con la intención de contribuir al establecimiento del derecho político
y los fundamentos del estado.
Para entender esta obra es necesario situarnos en el contexto histórico donde gira en Contrato
Social. Estamos hablando de Francia en la segunda mitad del siglo XVIII donde encontramos un
periodo conflictivo y revolucionario, el cual dejó en crisis la economía, el estado monárquico y la
estructura social. Como consecuencia de esto Francia se halla en la necesidad de establecer un
nuevo régimen político y social. Este periodo de reflexión político-social está encabezado por
Rousseau, Montesquieu y Diderot. Rousseau está convencido de que hay que buscar fundamentos
del estado de la sociedad y de la autoridad política.
El Contrato Social se divide en cuatro partes: En el primer libro se habla del orden social y la
necesidad que existe en recurrir a un primer convenio capaz de explicarlo.
“El hombre ha nacido libre, pero por todas partes esta encadenado”. Aquí se establece el binomio
de libertad y esclavitud. Lo que se quiere tratar es la esclavitud social y moral del hombre. Se
afirma que el orden social es un derecho sagrado, sin embargo, este derecho no proviene de la
naturaleza, sino que está fundado sobre las convenciones.
La única sociedad natural es la familia. Cuando los hijos son pequeños solo necesitan de los
padres por determinado tiempo para subsistir pues dependen de ellos, para adquirir alimentos,
vestimenta, vivienda o educación solo cuando es necesario. Por otra parte, los padres tienen que
cumplir ciertos deberes y responsabilidades con sus hijos hasta que ellos alcanzan la mayoría de
edad y ser personas independientes. Pero, ¿cómo se ven reflejadas estás convenciones en la
familia?
Si los hijos siguen bajo el cuidado de los padres cuando ya han alcanzado cierta libertad e
independencia, no es esto una ley natural, ya es una convención, pues están allí por interés propio.
Lo importante es saber relacionar lo que el derecho permite y lo que el interés prescribe, con el fin
de que la justicia y la utilidad no sean divididas. En este caso los padres son los jefes y los hijos el
pueblo, todos naces libres e iguales, pero de alguna manera pierden su libertad por “necesidad”.
La diferencia es que los padres buscan brindar lo mejor a los hijos y ayudarlos en lo que ellos
necesiten. Cosa que no pasa con el pueblo pues el Estado se place en mandar y no siempre suple
sus necesidades.
2. Luego de analizar la sociedad se hace una crítica a la esclavitud o pacto de sumisión, en donde se
argumenta que la fuerza no puede ser la fuente del derecho. Para explicar esto se cita a Hobbes,
Grotius y Aristóteles; este último afirma que los hombres no son iguales por naturaleza, sino que
unos nacen para la esclavitud y otros para la dominación. Por otra parte Grotius también sostiene
que algunos son de naturaleza superior y esto se explica en el ejemplo del pastor y su rebaño en
donde el pastor es el jefe y el rebaño el pueblo.
Para explicar el tercer capítulo quisiera compartir un poco de una lectura que hice en un libro de
filosofía griega en donde hablaban de “la naturaleza como problema”, en donde se buscaba argüir
el orden de la naturaleza habiendo tantas diferencias en ella.
Anaximandro de Mileto asegura que la naturaleza se separa continuamente por dos grupos de
contrarios, como lo son el frio y el calor, o lo húmedo y lo seco. La manera de obtener tal orden en
la naturaleza es logrando que alguno de los dos contrarios dominara en su totalidad al otro.
En la antigüedad encontramos dos parejas de contrarios, la aristocracia militar y los comerciantes,
y ninguno de los dos dominaba sobre el otro, por eso no existía un orden en la sociedad. La
relación que encuentro entre esto y el capítulo III es que el dominio no es eterno, la fuerza no hace
el derecho y no siempre es el más fuerte quien tiene la razón, como se sustenta en el libro. Como
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decía Anaximandro: “todo proviene de ápeiron” , es decir, un movimiento, infinito, eterno o
indeterminado. Todo tiene su principio y su fin. Así como todo viene, se regresa.
En el pitagorismo, el ápeiron es un principio sin forma, sin límite y junto con su contrario el «límite»
constituye la base de todo lo existente…
En el capítulo IV, De la esclavitud: se maneja mucho el termino enajenar que significa dar o
vender. Una persona que se hace esclavo no vende su libertad, sino su fuerza de trabajo para
poder subsistir. Decir que un hombre se da a otro sin nada a cambio no tiene sentido; y si un
pueblo hiciera lo mismo con un rey sería una locura, y con esta no se hace el derecho. Cada
persona se puede dar a otra como quiera, pero su libertad le pertenece y ninguna otra persona
puede disponer de ella. No existe compensación alguna para alguien que renuncia a su libertad, y
hacerlo sería absurdo. No se puede ser absolutamente dominante, ni inmensamente obediente.
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1
Rousseau (1712 - 1778). Escritor, filósofo y músico franco-helvético definido como un ilustrado; a
pesar de las profundas contradicciones que lo separaron de los principales representantes de
la Ilustración.
2
Diccionario Soviético de Filosofía. Ápeiron: Concepto introducido por Anaximandro para designar
la materia infinita, indeterminada, exenta de cualidad y que se halla en eterno movimiento. Toda la
multiplicidad sin fin de las cosas, todos los mundos han surgido por desprendimiento de
contradicciones (calor y frío, húmedo y seco) que arrancan del ápeiron y por la lucha de tales
contradicciones. El concepto de «ápeiron» constituye un importante logro del antiguo materialismo
griego en comparación con las representaciones acerca de la identidad entre la materia y
determinada sustancia concreta (agua, aire). Pág.21.
3. En el contrato social, se define la guerra no como “una relación de hombre a hombre; sino de
Estado a Estado, en donde los particulares son solo accidentalmente enemigos, no como hombre o
ciudadanos; sino como soldados; no como miembros de la patria, sino más bien como defensores.
Por lo tanto, cada Estado solo puede tener como enemigo a otro Estado, y no a los hombres
considerando que entre cosas de diversa naturaleza no se puede fijar un verdadero lazo”…”Siendo
la finalidad de la guerra la destrucción del Estado enemigo, hay derecho a matar a sus defensores
mientras tengan las armas en la mano; pero cuando las deponen y se someten, dejan de ser
enemigos o instrumentos de enemigos y vuelven a ser simples hombres, sobre cuyas vidas no
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tenemos derecho” .
"Antes de examinar el acto por el cual un pueblo elige rey, debería de examinarse porque un
pueblo es pueblo; porque este acto, siendo necesariamente anterior al otro, es el verdadero
fundamento de la sociedad."
“Es necesario conocer los primeros rudimentos de la sociedad, sus inicios estructurales para luego
poder aplicar en él un tipo de sometimiento legal y que no melle su esencia en sí. La primera
convención para Rousseau es volver al Estado de naturaleza del hombre, y partiendo de allí
entender su esencia para cultivar ya el contrato social, que sería necesario para la evolución de
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este hombre del Estado natural al Estado civil” . La fuerza y la libertad son los principales
instrumentos para la convención del hombre.
Las clausulas del pacto social se reducen a una sola. La enajenación total de cada asociado con
todos sus derechos a toda la comunidad. Ningún asociado tiene nada que reclamar. “cada uno de
nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad
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general, y recibimos en cuerpo cada cuerpo se considera como parte indivisible de todo"
Capítulo VII. Del Soberano. No es posible aplicar el principio del derecho civil, este se basa en dos
axiomas fundamentales que son el principio de la equidad, y el de la justicia social. En el primero
se le reconoce el derecho a quien tiene la razón; en el segundo, lo que corresponde. Pero el
hombre, está obligado a actuar bajo otros principios y conductas, cuyo cambio se debe al estado
civil. Con este se priva al hombre de las ventajas que ofrece la naturaleza, pero también se ganan
otras. “Lo que el hombre pierde por el contrato social es su libertad natural, y un derecho ilimitado a
todo lo que tiene y que pueda alcanzar; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo lo que
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posee” . La libertad natural está limitada por las fuerzas del individuo, y la libertad civil, por la
fuerza general.
“Cada hombre tiene naturalmente derecho a todo cuanto le es necesario; pero el acto positivo que
lo convierte en propietario de cualquier bien le excluye del derecho de los demás. Al delimitar su
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parte, debe conformarse con ella y no le concede ningún derecho a la comunidad”
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3
ROUSSEAU, Jean Jackes. El contrato social, pág. 15.
4
http://www.monografias.com
5
ROUSSEAU, Jean Jackes. El contrato social, pág. 22.
6
ROUSSEAU, Jean Jackes. El contrato social, pág. 30.
7
ROUSSEAU, Jean Jackes. El contrato social, pág. 32.
4. Por ejemplo, cuando los españoles llegaron a América, ¿acaso era necesario robar todo el oro y
apoderarse de estas tierras? Los despojan y aseguran su posesión legítima, convirtiendo la
usurpación en verdadero derecho y el goce en propiedad…
En el libro II se habla de la soberanía inalienable y como la sociedad debe ser gobernada. Un lazo
social se forma cuando hay un acuerdo común entre los deferentes intereses; para esto tenemos
en pacto social. En este primer capítulo del segundo libro se explica las consecuencias del pacto
fundamental, la teoría de la ley, las clases de leyes, las características del legislador, y como dije al
principio, ¿cómo la sociedad debe ser gobernada?
La soberanía y la voluntad general son un fundamento de esa autoridad que garantiza el respeto
por los derechos de los miembros del cuerpo social. La voluntad puede ser de dos tipos: particular
y general. La particular (naturaleza) tiende a las preferencias y la general que tiende a la igualdad.
Se cree que la voluntad general es siempre recta, que busca un mismo fin, y tiende la utilidad
pública; sin embargo, no es así, pues el pueblo por lo general busca actuar con rectitud y cree
hacerlo, pero no por convicción propia, sino porque se les engaña y entonces en cuando creen que
están haciendo el bien. Existe la voluntad de todos y la voluntad general. La primera busca en
interés propio, y la segunda e bien general.
Así como la naturaleza da al hombre un poder absoluto sobre sus miembros, el pacto social da al
cuerpo político un poder; el que va dirigido por la voluntad general, lleva el nombre de soberanía.
Es necesario distinguir entre los derechos de los ciudadanos y del soberano, y de los deberes que
hay que cumplir. El poder, los bienes, la libertad que se da con el pacto social, es importante para
la comunidad, pero aquí el soberano es el único juez.
Todos los servicios que los ciudadanos ofrecen al Estado, se los debe dar también al soberano;
pero esta situación no se presenta como una obligación, sino como muto acuerdo. En pocas
palabras en trabajar para el Estado, pero esto no se puede hacer sin trabajar para sí mismo.
Capitulo V. Del derecho de vida y de muerte. Todo hombre tiene derecho a arriesgar su propia vida
para salvarla…o acaso ¿se ha escuchado alguna vez que quien se lanza por una ventana para
escapar de un incendio, sea acusado de suicida? La respuesta es: No, porque sencillamente esa
persona tiene derecho a arriesgarse para salvar su vida de ese incendio, y el fin del contrato social
es la conservación de sus contratantes.
Pero, téngase en cuenta que quien quiere conservar su vida a costa de otros, también debe
arriesgar la suya por los demás cuando sea necesario. La vida es considerada un don condicional
del Estado, ya que si para este es conveniente que una persona muera, debe morir.
Capítulo VI. De la ley. Se necesitan convenios y leyes para unir los derechos a los deberes y llevar
la justicia a su objeto. Toda justicia proviene de Dios, y si todas las personas supiéramos obedecer
a su palabra no necesitaríamos de leyes ni de gobierno. Sin embargo, en toda sociedad es
necesario tener alguien que tenga inteligencia superior y sea capaz de buscar el bien común sin
necesidad de tener ningún tipo de relación con la naturaleza de los demás.
Las leyes son hechas para proteger a las personas, pero se debe ver en qué situación se
encuentra el pueblo y si son capaces de soportarlas, ya que con el pasar del tiempo algunas cosas
se vuelven incorregibles, pues no existe madurez…
5. Un Estado pequeño es proporcionalmente más fuerte que uno grande. Así como la naturaleza
pone límites a los hombres, también lo hace considerando un mejor Estado, que no sea demasiado
grande para poder gobernarse bien, ni demasiado pequeño para que pueda mantenerse.
Un cuerpo demasiado grande para su administración se derrumba y muero aplastado por su
propio peso, ya que un Estado debe tener una base solida para mantenerse, porque cuando el
pueblo desata su fuerza, pueden actuar unos contra otros.
Los diversos sistemas de legislación se reducen en dos objetos principales, la libertad y la
igualdad. La libertad porque toda dependencia particular es demasiada fuerza que se resta del
cuerpo del estado, y la igualdad porque la libertad no puede subsistir sin ella.
En el capitulo XII se habla de la división de las leyes. Las leyes políticas son las que componen las
relaciones del soberano con el Estado, del cuerpo entero consigo mismo, y del hombre con la ley;
estas sancionan todas las demás.
Estas tres formas de leyes, se le suma la que conforma la verdadera constitución del Estado, que
son los hábitos, las costumbres y la opinión, ignorada totalmente por los políticos. Estas clases de
leyes son las que constituyen la forma de gobierno.
Pasemos al libro tercero, y hablemos del gobierno en general. Toda acción libre tiene dos causas,
una moral y una física; la primera corresponde a la voluntad que determina el acto, y la física que
es el poder que la ejecuta. Por otro lado, el cuerpo político también tiene dos móviles; la fuerza que
está bajo el poder ejecutivo, y la voluntad bajo el poder legislativo, perteneciente al pueblo.
Entonces abordemos el tema del gobierno en general como lo mencionamos anteriormente. “¿Qué
es un gobierno? Un cuerpo intermedio, establecido entre vasallos y el soberano para su mutua
correspondencia, encargado de la ejecución de la leyes y del mantenimiento de la libertad tanto
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civil como política” El gobierno está conformado por magistrados o reyes, es decir, gobernadores y
el cuerpo entero que tiene el nombre de príncipe. Este gobierno o administración suprema es el
ejercicio legítimo del poder ejecutivo, que es el cuerpo encargado de la administración. Aquí
encontramos las fuerzas intermediarias que componen del soberano al estado. Este estado recibe
del soberano las ordenes que da el pueblo, y para que le Estado este en equilibrio debe haber una
igualdad entre el poder de los ciudadanos y el poder del gobierno. En cuanto más grande y pesado
es el Estado, mas disminuye la libertad y cuando esto sucede se aleja el principio de la igualdad.
Abordemos entonces las diferentes formas de gobierno. Aquí podemos distinguir tres voluntades:
la primera corresponde a la voluntad del individuo en donde se inclinan por una ventaja particular.
La segunda correspondiente a la voluntad de los magistrados o voluntad del cuerpo en donde
buscan la ventaja del príncipe. Y una última que es la voluntad del pueblo o voluntad soberana, e
donde hay una relación con el Estado como un todo, una relación con el gobierno considerada
como parte del todo.
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ROUSSEAU, Jean Jackes. El contrato social, pág. 92.
6. Para que una legislación sea perfecta, debe ser nula, subordinada y predominante, pero según el
orden natural, la primera y la segunda, valga la redundancia, corresponden al primer y segundo
lugar y la tercera es la más débil…
Aparece la división del gobierno, y encontramos un gobierno democrático, otro aristocrático y un
último que compete a la monarquía o gobierno real. La pregunta es ¿Cuál es la mejor forma de
gobierno?
La democracia como forma de gobierno es la participación del pueblo en la acción gubernativa por
medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el estado. Debe estar basada en la
dignidad humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de una
comunidad. Esta debe reunir un estado pequeño, una simplicidad de costumbres y la igualdad, su
fin principal. Esta forma de gobierno conviene a los Estados pequeños y pobres.
En la aristocracia se presentan dos voluntades generales: el gobierno y el soberano; una por
respeto a los ciudadanos y la otra a los miembros de la administración. También aparecen tres
formas de aristocracia: la natural, conveniente para los pueblos simples; la electiva, considerada
como la mejor; y la hereditaria, la peor de todas. La aristocracia convenía a los Estados de una
riqueza y de extensión mediana.
La Monarquía consiste en el ejercicio del poder político por una sola persona. Esta puede ser:
absoluta en la que el rey no tiene limitado su poder por ninguna ley. Constitucional en la que el
poder del rey queda limitado por la Constitución y parlamentaria que es una monarquía
constitucional en la que el gobierno es responsable ante el Parlamento. Esta forma de gobierno
conviene a las naciones opulentas. Tal vez sepamos escoger la mejor forma de gobierno, pero lo
que se hace difícil saber es si un pueblo está bien o mal gobernado, pues todos lo hacen a su
modo. Los súbditos buscan magnificar la tranquilidad pública, los ciudadanos la libertad individual;
uno prefiere la seguridad de las posesiones y el otro la de las personas; podríamos asegurar que el
mejor gobierno es el más severo…
“El pueblo en un solo cuero forma una sola voluntad, por los que la articulación del estado se
vuelve sencilla. Y así necesita de pocas leyes universales. El sufragio es un acto de soberanía,
donde el ciudadano nacido libre, dueño de sí mismo bajo ningún pretexto puede ser sometido.
Cuando en las asambleas, la voluntad general se manifiesta en las unidades de opiniones es
dominante, cuando se extiende en grandes discusiones priman los intereses particulares, sobre
emitir y recoger los votos tomo los ejemplos romanos. Como así también el Tribunado para el
control de las leyes y del poder ejecutivo, que para no llegar a las usurpaciones no debía ser
permanente. Como también los romanos toman la aceptación de la dictadura por tiempo limitado y
también acotado a la gestión especifica sin posibilidad de hacer proyectos. Aparecen las religiones
divididas en su culto de interiorización (teísmo), o exteriorización, una buena en consonancia con
las leyes civiles y otra extravagante”.
En síntesis con todo lo anterior podemos analizar una pugna entre la soberanía, representada por
el pueblo y el gobierno, este ultimo siempre dispuesto a usurparla. Este enfrentamiento insoluble
conduce a replantearnos los conceptos de representación política, libertad e igualdad, ley,
legislador, formas de gobierno, democracia, anarquía política, entre otros.