32. *
*Es el conjunto de normas destinadas a regir las
relaciones jurídicas que se derivan del comercio, y a
resolver los conflictos que surgen entre los
comerciantes.
*La palabra comercio, en su acepción más amplia,
significa: trato o relación entre dos o más personas; en
su acepción más estricta se toma como negociación
que se realiza comprando, vendiendo o cambiando.
*Cuando hablamos de comercio, o hacemos en el
sentido económico o en el jurídico. Para los
economistas, según una teoría clásica, el comercio es
una de las ramas de la industria, en general, esto es,
uno de los aspectos del trabajo del hombre aplicado a
la materia para procurar esta en su estado natural.
Para los juristas, en cambio, el comercio es, no solo
esa rama de la industria que en el lenguaje económico
significa poner la materia ya útil al alcance de quienes
hayan de aprovecharla, sino también aquella otra rama
33. *En el lenguaje jurídico, el comercio es pues,
transformación e intermediación con fines de
lucro.
*El derecho comercial se puede definir como un
conjunto de normas destinadas a regir las
relaciones jurídicas que se derivan del comercio y
a resolver los conflictos que surjan entre
comerciantes, en ocasión de los actos que en el
comercio realizan.
*El código de comercio enumera los actos que la
ley reputa de comercio en los artículos 632 y 633,
el cual nos expresa que "la ley reputa actos de
comercio: toda compra de género y mercancías
para revenderlos, sea en naturaleza, sea después
de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun
para alquilar simplemente su uso: toda empresa
de manufacturas, de comisión, de transporte por
tierra, o por agua, toda empresa de suministros, e
agencias, oficinas de negocios de
establecimientos de ventas a remate, de
34. *Se denomina comercio a la actividad
socioeconómica consistente en el
intercambio de algunos materiales que sean
libres en el mercado de compra y venta de
bienes y servicios, sea para su uso, para su
venta o su transformación. Es el cambio o
transacción de algo a cambio de otra cosa
de igual valor. Por actividades comerciales o
industriales entendemos tanto intercambio
de bienes o de servicios que se efectúan a
través de un comerciante o un mercader
*El comerciante es la persona física o jurídica
que se dedica al comercio en forma
habitual, como las sociedades mercantiles.
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*Los orígenes del comercio se remontan a
finales del Neolítico, cuando se descubrió la
agricultura. Al principio, la agricultura que se
practicaba era una agricultura de subsistencia,
donde las justas eran para la población
dedicada a los asuntos agrícolas. Sin embargo,
a medida que iban incorporándose nuevos
desarrollos tecnológicos al día a día de los
agricultores, como por ejemplo la fuerza
animal, o el uso de diferentes herramientas, las
cosechas obtenidas eran cada vez mayores.
Así llegó el momento propicio para el
nacimiento del comercio, favorecido por dos
factores:
*Las cosechas obtenidas eran mayores que la
necesaria para la subsistencia de la
85. *Por lo tanto, los excedentes de las cosechas empezaron a
intercambiarse con otros objetos en los que otras comunidades
estaban especializadas. Normalmente estos objetos eran
elementos para la defensa de la comunidad (armas), depósitos
para poder transportar o almacenar los excedentes alimentarios
(ánforas, etc.), nuevos utensilios agrícolas (azadas de metal...),
o incluso más adelante objetos de lujo (espejos, pendientes,
etc).
*Este comercio primitivo, no solo supuso un intercambio local de
bienes y alimentos, sino también un intercambio global de
innovaciones científicas y tecnológicas, entre otros, el trabajo en
86. *
*Los actos de comercio, son las actividades
propias de los comerciantes en la
ejecución de su oficio, tales son:
*1. La compra y permuta de cosas
muebles, hechas con ánimo de venderlas,
permutarlas o arrendarlas en la misma
forma o en otra distinta, y la venta,
permuta o arrendamiento de estas mismas
cosas. Sin embargo, no son actos de
comercio la compra o permuta de objetos
destinados a complementar
accesoriamente las operaciones
principales de una industria no comercial.
*2. La compra de un establecimiento de
comercio.
87. *5. Las empresas de
fábricas,
manufacturas,
almacenes, tiendas,
bazares, fondas,
cafés y otros
establecimientos
semejantes.
*6. Las empresas de
transporte por tierra,
ríos o canales
navegables.
*7. Las empresas de
depósito de
mercaderías,
provisiones o
suministros, las
agencias de
negocios y los
martillos.
*8. Las empresas de
espectáculos
88. *9. Las empresas de seguros
terrestres a prima, inclusas
aquellas que aseguran
mercaderías transportadas por
canales o ríos.
*10. Las operaciones sobre letras
de cambio, pagarés y cheques
sobre documentos a la orden,
cualesquiera que sean su causa
y objeto y las personas que en
ella intervengan, y las remesas
de dinero de una plaza a otra
hechas en virtud de un contrato
de cambio.
*11. Las operaciones de banco,
las de cambio y corretaje.
*12. Las operaciones de bolsa.
*13. Las empresas de
construcción, carena, compra y
venta de naves, sus aparejos y
vituallas.
89. *16. Los fletamentos,
seguros y demás
contratos
concernientes al
comercio marítimo.
*17. Los hechos que
producen obligaciones
en los casos de
averías, naufragios y
salvamentos.
*18. Las convenciones
relativas a los salarios
del sobrecargo,
capitán, oficiales y
tripulación.
*19. Los contratos de
los corredores
marítimos, pilotos
Alemanes y gente de
mar para el servicio de
las naves.
*20. Las empresas de
construcción de
bienes inmuebles por
92. *Sociedades Comerciales: Son de
naturaleza comercial cuando
contemplan dentro de su objeto
*social la ejecución de una o más
actividades mercantiles entre ellas
se encuentran:
*o Sociedades de Personas
*o Sociedades de Capital
*o Sociedades de Naturaleza Mixta
*o Sociedades de Comercialización
Internacional
93. *
*SOCIEDADES DE PERSONAS: Aquellas en
las que se conocen todos los socios y en la
cual tanto en
*la sociedad como en los negocios responden
con su patrimonio, solidaria e ilimitadamente
con las
*obligaciones, lo que les da derecho a todos
los socios de administrar la sociedad. Entre
este tipo de
*sociedades se encuentra la sociedad colectiva
y la comandita simple.
94. *
*Es una situación regulada jurídicamente en
la que una persona o empresa no puede
hacer frente a los pagos que debe realizar a
sus acreedores, dado que estos son
mayores que los recursos económicos que
posee.
Aquella persona que se declara en quiebra
se denomina "quebrado" o "fallido".
Cuando se declara legalmente una quiebra,
la empresa va a concurso de acreedores (o
proceso concursal) donde se examina si el
patrimonio del quebrado puede liquidarse
con la intención de hacer frente a sus
obligaciones.
95. *
*El Código de Comercio regula está
situación en la que, en primer lugar, el
empresario se declara en quiebra y se
produce automáticamente el cese de
los pagos a los acreedores.
Durante ese tiempo estos acreedores
no pueden desarrollar acciones legales
individualmente para el cobro de las
deudas y durante ese plazo, el
quebrado procede a la venta de su
patrimonio para hacer frente a las
ventas.
Al final, los bienes son repartidos entre
el conjunto de los acreedores hasta
que la deuda quede satisfecha. La
96. *
*Concordato preventivo è una procedura
concorsuale attraverso la quale
l'imprenditore ricerca un accordo con i
suoi creditori per non essere dichiarato
fallito e cercare di superare la crisi in cui
versa l'impresa. Esso è regolato dal regio
decreto 16 marzo 1942 n. 267 (cosiddetta
legge fallimentare), ed è stato più volte
rivisitato negli ultimi anni da parte del
legislatore con interventi mirati a favorire
il superamento della crisi d'impresa. Il
Concordato Preventivo è un istituto
giuridico che, nell'ordinamento italiano,
trae origine dalla moratoria disciplinata
dall'abrogato Codice del commercio del
97. *
*Los procesos preventivos
son aquellos que tienen
por finalidad evitar la
quiebra o la liquidación
judicial. Existen dos tipos
de procesos preventivos:
el concordato y la
moratoria. Dentro del
concordato hay distintas
modalidades: judicial,
extrajudicial, privado y de
liquidación.