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DIPLOMADO
B-LEARNING EN POLÍTICAS PÚBLICAS
Modulo : Herramientas de Control y Gestión
de Políticas Públicas
Docente : Aliro Caimapo Oyarzo
Profesor de Historia
Magister en Políticas Públicas
Magister en Recursos Humanos
MBA Administración de Empresas
Objetivo General del Diplomado:
Desarrollar una mirada estratégica respecto a la política
pública y las principales herramientas para apoyar la
creación de valor en el ámbito de la gestión.
Contenidos
Unidad Contenido
Duración
Presencial
(hrs)
Duración No
presencial
(hrs)
Finanzas Locales.  Transferencias intergubernamentales.
 Planificación Comunal.
 Presupuesto Municipal.
7,5 2
Elementos
transversales en la
gestión de las políticas
públicas.
 Transparencia y probidad en la
gestión local.
 Valor público, Modelo de Negocio,
Cadena de Valor y Planificación
Estratégica.
 Innovación en el diseño de servicios.
7,5 2
“Uno de los temas muy centrales para alcanzar la plena estabilidad
democrática en nuestra región es el tema de la gobernabilidad
democrática y la capacidad que tienen los gobiernos de cumplir con
los anhelos de la mayoría de la población que los eligió.”
José Miguel Insulza
Secretario General Organización de los Estados Americanos
Consideraciones Generales
 Si se consideran solo los recursos de los fondos para las regiones, como el FNDR o el
programa espejo del Transantiago, solo el 44% de dicho total es de libre disponibilidad
regional.
 Los gobiernos locales reciben recursos por medio de distintos fondos.
 Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR);
 Fondo de Innovación para la Competitividad, que transfiere recursos del royalty minero;
 Fondo de Apoyo a Regiones, que es el programa espejo del Transantiago;
 Fondo de Inversión y Reconversión Regional, que transfiere recursos del impuesto especial
a la minería;
 Fondo de Infraestructura Educacional; y
 Programas de Convergencia, orientados a las zonas rezagadas del país.
 El total de esos fondos suman el 2017 US$ 1.846 millones. Pero de dicho monto, solo el 44%
de ellos -US$ 811 millones- es de libre disposición regional. La gran mayoría de esas platas
llega a regiones con un uso definido desde el gobierno central.
 Pero no solo eso: estos US$ 811 millones de libre disposición equivalen apenas al 1,18% del
presupuesto total de la nación, que para 2017 totaliza US$ 68.358 millones.
 Una investigación de LyD elaborada con datos del Sistema Nacional de Inversiones,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, da cuenta que los gobiernos regionales solo
resuelven en torno al 25% de las decisiones de inversión pública.
 Los restantes recursos, en forma mayoritaria, corresponden a definiciones sectoriales del
MOP y del Minvu, casi un 70% del total, y a inversiones realizadas por empresas del Estado.
 Dicha cifra, en torno al 25%, se ha mantenido bastante constante en más de 10 años,
mientras en 2001 se dio el peak de inversión decidida regionalmente: 37% de la inversión
pública
País Sistema
de
gobierno
Estructura de
gobierno
Población
estimada
según ONU
(2010)
Densidad
Población
(hab./k2)
ONU
(2010)
PIB per
cápita
(U$S-
PPP)
Banco
Mundial
(2009)
IDH
(coef. y
ranking)
PNUD
(2007)
Coef.
de
Gini
(año
est.)
Carga
Tributaria
Total
2008
(% del
PIB)
% Pob.
Urbana
(2005)
Disparidad
regionales
(brechas,
pesos
constante)
ARGENTINA Federal 23 provincias,
una ciudad
autónoma
y 1.301
municipios
40,666,000 15 14,559 0,866
49°
0,513
(2006)
30,8% 91,8 8,1
(2005)
BOLIVIA Unitario 9
Departamentos
112 provincias
327 municipios
10.031.000 9 4.426 0,729
113°
0,556
(2005)
21,7% 64,2 3,1
(2007)
BRASIL Federal 26 estados, un
distrito federal
y 5.564
municipios
195,423,000 23 10,427 0,813
75°
0,540
(1999)
34.1% 83,4 9
(2007)
CHILE Unitario 15 regiones,
54 provincias
y 346 comunas
(municipios)
17,135,000 23 14,331 0,878
44°
0,475
(2003)
19,6% 86,6 4,6
(2008)
País Sistema
de
gobierno
Estructura de
gobierno
Población
estimada
según ONU
(2010)
Densidad
Población
(hab./km2)
ONU
(2010)
PIB per
cápita
(U$S-
PPP)
Banco
Mundial
(2009)
IDH
(coef. y
ranking)
PNUD
(2007)
Coef.
de
Gini
(año
est.)
Carga
Tributaria
Total
2008
(% del
PIB)
% Pob.
Urbana
(2005)
Disparidad
regionales
(brechas,
pesos
constante)
COLOMBIA Unitario 32 departamentos,
10 distritos
y 1.096 municipios
46,300,000 41 8.870 0,807
(77)
0,537
(2005)
15,9% 76,6 11
(2007)
COSTA RICA Unitario 7 provincias,
81 cantones (municipios)
y 463 distritos
4,640,000 91 11.122 0,854
(54°)
0,577
(2004)
21,4% 62,6 -
ECUADOR Unitario 24 consejos provinciales
y 221 cantones
(municipios)
13,775,000 51 8.280 0,806
(80)
0,526
(2006)
16,5% 62,8 17
(2007)
MEXICO Federal 31 estados, un
distrito federal
y 2.439 municipios
110,645,000 57 14.337 0,854
53°
0,490
(2002)
10,4% 76,5 12,6
(2007)
PERU Unitario 25 regiones, 25
departamentos,
195 provincias
y 1.832 municipio
29,496,000 23 8.647 0,806
78°
0,535
(2005)
17,4 726 7,7
(2007)
Transferencias intergubernamentales.
Introducción
 Las relaciones entre niveles de gobierno, la reasignación de responsabilidades y su financiamiento ha
sido un tópico de crucial importancia en el desarrollo económico, político e institucional en la mayoría de
los países de América Latina.
 En las últimas décadas, la región ha registrado un intenso y generalizado proceso de descentralización
de funciones entre niveles de gobierno.
 El tiempo transcurrido, el impacto de estas reformas (heterogéneas y no siempre comparables) no han
sido suficientemente evaluados y en algunos casos sus resultados han sido de dudosa efectividad.
 La forma en que se financie la provisión de servicios y bienes públicos y su eventual asignación entre
niveles de gobierno es central para lograr un sistema intergubernamental sano y estable y un proceso de
descentralización sostenible.
 Los sistemas de relaciones fiscales intergubernamentales y los gobiernos subnacionales que los
componen, constan con distintos instrumentos para financiar sus responsabilidades. El nivel de
financiamiento y la forma en que se combinen estos diferentes instrumentos va a determinar el resultado
de estos procesos.
 Chile es un país marcadamente centralizado desde una perspectiva de sus finanzas públicas.
 Tanto respecto de los recursos que administran los gobiernos subnacionales, como también
desde una perspectiva de la autonomía con la que cuentan para determinar sus propias
fuentes de ingreso.
 Limitaciones a la determinación de las bases de los impuestos locales, sus tasas y exenciones
a su pago inciden en forma directa en la autonomía financiera con la que cuentan los gobiernos
subnacionales.
 A ello se suman los múltiples fondos concursables y transferencias desde el gobierno central
que se constituyen como una fuente de financiamiento adicional para los niveles
subnacionales, en general cargados de burocracia, discrecionalidad y no necesariamente
priorizados de acuerdo a las heterogéneas realidades territoriales.
Propuestas
 Avanzar hacia un esquema de mayor autonomía respecto del gobierno central y sus autoridades de turno
en la determinación de las fuentes de financiamiento de los niveles de gobierno subnacionales.
 Esto debe ser acompañado de una mayor transparencia y una menor discrecionalidad en las
transferencias de recursos desde el gobierno central.
 Se debe fortalecer la responsabilidad fiscal y tender a que las autoridades locales asuman una mayor
responsabilidad política y económica frente a sus electores y ciudadanía en general.
 Los municipios puedan determinar el valor de la tasa del impuesto territorial al interior de la comuna, así
como definir las exenciones a su pago dentro de un marco definido en la ley.
 En el plano regional se plantea la necesidad de reformar el FNDR, para que su distribución entre las
regiones del país sea transparente, de acuerdo a criterios conocidos y verificables, y sin discrecionalidad.
 Para alcanzar mayores niveles de autonomía en materia de inversión regional, se requiere generar una
institucionalidad que obligue al cumplimiento de los convenios de programación.
 Elevar la participación de los municipios en el total del gasto del gobierno general desde el actual 12,5%
a un 17,6%.
 En cuanto a los gobiernos regionales, lo sugerido permitirá que las regiones se puedan involucrar en
prácticamente la totalidad de la inversión pública que se materialice en las distintas regiones del país.
FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE GOBIERNOS
SUBNACIONALES Y DESCENTRALIZACIÓN FISCAL
 La descentralización fiscal se refiere a la participación de los gobiernos subnacionales en los ingresos y
gastos del gobierno general.
 Las fuentes de financiamiento de los gobiernos subnacionales deben guardar relación con las
atribuciones, funciones y responsabilidades con las que cuentan.
 Por ello, es necesario definir un marco teórico para las fuentes de financiamiento se presenta un marco
teórico respecto de las funciones que deben ejercer los gobiernos subnacionales en un contexto general
de las funciones del Estado.
 Tradicionalmente, al Estado se le han asignado las siguientes tres funciones:
 Función de redistribución,
 Función de estabilización y
 Función de asignación.
 La función de redistribución implica entregar mayores recursos a aquellas personas de la
sociedad con una menor capacidad de generarlos. Los recursos a redistribuir provienen de las
personas que poseen un mayor nivel de ingresos.
 Lo anterior ha motivado a que la función de redistribución se realice desde el gobierno
central, lo que implica que los programas redistributivos sean financiados por este.
 La función de estabilización comprende todas aquellas acciones que buscan mantener los
equilibrios macroeconómicos del país. Es decir, velar por el crecimiento del producto del país,
por la estabilidad de precios, etc. Para mantener estos equilibrios es de vital importancia tener
las cuentas fiscales en equilibrio.
 La función de asignación en una economía de mercado solo debe ser ejercida por parte del
Estado cuando el mercado falla para alcanzar una asignación de recursos socialmente
óptima. Este es el caso cuando el sistema de precios no refleja las verdaderas preferencias de
los consumidores y/o los verdaderos costos de producción en los que incurre la sociedad en
su conjunto.
 Cuando el mercado falla en asignar en forma eficiente los recursos, el Estado asigna bienes públicos.
 Los bienes públicos son todos aquellos bienes y servicios que dos o más personas pueden consumir al
mismo tiempo y en los cuales no se puede impedir que terceros se beneficien de su consumo sin su
consentimiento.
 Un clásico ejemplo de bienes públicos son los faros de navegación en las costas. Dos o más barcos se
pueden beneficiar al mismo tiempo de la luz del faro y, a su vez, no se puede impedir que lo hagan.
 El mercado por sí solo no provee estos bienes públicos, ya que nadie está dispuesto a financiarlos. Los
agentes privados esperarán a que otro lo haga y así beneficiarse gratuitamente.
 Los bienes públicos se pueden dividir en dos grandes grupos de acuerdo a su región de beneficio.
 Serán bienes públicos locales aquellos cuya región de beneficio se puede acotar a una localidad o bien
territorio determinado, y
 Serán bienes públicos nacionales aquellos cuyos beneficios tienen un ámbito nacional, es decir,
benefician al país en su conjunto.
 Un ejemplo típico de ello es el alumbrado público (locales)
 Un ejemplo típico de este caso es la defensa nacional. (nacionales)
Radiografía a la Descentralización en Chile
 Chile cuenta con dos niveles de gobierno:
 Gobierno central, y
 Municipalidades.
 El nivel regional forma parte del gobierno central y los recursos que administran se enmarcan en el
financiamiento de proyectos de inversión.
 Las estadísticas de descentralización fiscal en Chile presentan solo a los municipios como unidades
distintas al gobierno central.
 Los gobiernos regionales se han medido en relación a su importancia en el gasto total de la inversión
pública efectiva.
 Nota
 Fue promulgada el 29 de diciembre de 2016 y publicada en el Diario Oficial el 5 de enero de este año, La reforma constitucional que estableció la elección
democrática de los gobernadores regionales, que reemplazarían a los actuales intendentes nombrados por la Presidenta. Pero la delegación de competencias a
autoridades regionales retraso su puesta en vigencia.
 Los municipios en nuestro país representan aproximadamente el 12,5% del gasto del gobierno general.
 respecto de la participación de los gobiernos subnacionales en los países de la OECD, se observa que
Chile es un país altamente centralizado. La mayor diferencia entre Chile y los países de la OECD viene
dada por el lado de la descentralización de los gastos del sector público.
 En promedio los gobiernos subnacionales en los países unitarios registran tasas del orden del 30% del
gasto del gobierno.
 La principal fuente de financiamiento corresponde a los ingresos tributarios, contribuciones y derechos,
representando en conjunto el 72,1% de los ingresos del sector. Los más importantes son los impuestos
territoriales, los permisos de circulación y las patentes municipales
 Las transferencias, que representan el 8% del total de ingresos, en su gran mayoría corresponden a
recursos que son transferidos desde el gobierno central a los municipios.
 Los municipios ejecutan programas sociales y de inversión con cargo a recursos del gobierno central,
pero que no quedan registrados en los balances de ejecución presupuestaria de los respectivos
municipios.
Ingresos y Gastos Municipales
como % del Gobierno General
Fuente: Bettina Horts sobre la base de información de la DIPRES, Ministerio de Hacienda.
Planificación Comunal
 La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dictamina que la administración local de
las comunas reside en las municipalidades.
 El artículo 1° de esta ley, las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad
local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas,
 El artículo 2° declara que las municipalidades estarán constituidas por el alcalde, que será su máxima
autoridad, y por el concejo.
 Hoy esta ley, le entrega principalmente las siguientes funciones:
 Se amplió la potestad a la municipalidad en áreas como la planificación y regulación urbana
 El traspaso de nuevas funciones al municipio debe ir acompañado de los recursos financieros
respectivos.
 A los municipios se les otorgó la potestad para el Asociativismo municipal y así poder optimizar los
recursos para hacer frente a problemas comunes.
 La obligatoriedad de coordinar los servicios públicos en el territorio comunal y Mayor capacidad de
fiscalización al concejo municipal.
Artículo 6º.- La gestión municipal contará, a lo menos, con los siguientes instrumentos:
a) El plan comunal de desarrollo y sus programas;
b) El plan regulador comunal;
c) El presupuesto municipal anual;
d) La política de recursos humanos, y
e) El plan comunal de seguridad pública.
El plan comunal de desarrollo y sus
programas
 El plan comunal de desarrollo, instrumento rector del desarrollo en la comuna, contemplará las
acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y a promover su avance
social, económico y cultural.
 Su vigencia mínima será de cuatro años, sin que necesariamente deba coincidir
con el período de desempeño de las autoridades municipales electas por la ciudadanía.
 Su ejecución deberá someterse a evaluación periódica, dando lugar a los ajustes y modificaciones
que correspondan.
 En la elaboración y ejecución del plan comunal de desarrollo, tanto el alcalde como el concejo
deberán tener en cuenta la participación ciudadana y la necesaria coordinación con los demás
servicios públicos que operen en el ámbito comunal o ejerzan competencias en dicho ámbito.
 Se contemplara la realización de otros planes comunales según las realidades locales (Pladetur,
Pladecom, etc)
Instrumentos de Planificación Territorial IPT
 Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el desarrollo armónico del
territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de
desarrollo económico-social.
 La planificación urbana comunal se realizará por medio del Plan Regulador Comunal.
 El Plan Regulador es un instrumento constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas
condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios urbanos, y de comodidad en la relación
funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.
 Sus disposiciones se refieren al uso del suelo o zonificación, localización del equipamiento comunitario,
estacionamiento, jerarquización de la estructura vial, fijación de límites urbanos, densidades y
determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función
de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias y energéticas, y demás aspectos urbanísticos.
(Art. 41 LOCUC)
Plan Regulador Comunal
El Plan Regulador Comunal estará compuesto de:
a) Una Memoria explicativa, que contendrá los antecedentes socio-económicos; los relativos a
crecimiento demográfico, desarrollo industrial y demás antecedentes técnicos que sirvieron de base
a las proposiciones, y los objetivos, metas y prioridades de las obras básicas proyectadas;
b) Un estudio de factibilidad para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado, en relación con el
crecimiento urbano proyectado, estudio que requerirá consulta previa al Servicio Sanitario
correspondiente de la Región;
c) Una Ordenanza Local que contendrá las disposiciones reglamentarias pertinentes, y
d) Los planos, que expresan gráficamente las disposiciones sobre uso de suelo, zonificación,
equipamiento, relaciones viales, límite urbano, áreas prioritarias de desarrollo urbano, etc.. Para los
efectos de su aprobación, modificación y aplicación, estos documentos constituyen un solo cuerpo
legal. (art 42 LOCUC)
Este se complementa con Seccionales y Limites Urbanos. (art 46 – 52, 53 y 54)
La política de recursos humanos
 La dictación de la Ley N° 20.922 del 25 de mayo de 2016, vino a modificar la LOCM, señalando:
 Artículo 4°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.695, orgánica
constitucional de Municipalidades:
1) Modifícase el artículo 6° en el siguiente sentido:
c) Agrégase la siguiente letra d): "d) La política de recursos humanos.".
 Además dicha Política de Recursos Humanos deberá ser aprobada por el Concejo Municipal
(Art. N° 4 numeral 4).
 Esta modificación a la LOCM, es relevante ya que esta incerta en el plan de modernización del
Recurso Humano de los Municipios.
El plan comunal de seguridad pública
 El plan comunal de seguridad pública es el instrumento de gestión que fija las orientaciones y las
medidas que la municipalidad y los órganos que participan del consejo dispongan en materia de
seguridad pública a nivel comunal.
 El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para aprobar el plan comunal de seguridad pública y sus
actualizaciones.
¿Qué debe tener el plan?
 Debe tener un diagnóstico de la situación de seguridad y establece objetivos, metas, acciones y
mecanismos de control de gestión conforme a los compromisos que cada integrante del consejo
comunal de seguridad pública.
 Se debe contemplar la priorización de ciertos delitos o problemáticas en materia de seguridad que
afecten a la comuna sobre la base de factores tales como la frecuencia o gravedad del delito.
 Además debe considerar medidas de prevención en materia de infracciones de ley cometidas por niñas,
niños y adolescentes; prevención de la deserción escolar, prevención y rehabilitación del consumo de
drogas, mejoramiento urbano y de convivencia comunitaria, prevención de la violencia intrafamiliar y de
la violencia contra las mujeres y proyectos específicos de prevención del delito.
Presupuesto Municipal
 El tercer instrumento de gestión municipal que enumera el artículo 6º de la Ley de Municipalidades, es el
presupuesto municipal anual.
 El presupuesto municipal representa la estimación de los probables ingresos y gastos municipales para
un determinado año.
 El presupuesto persigue es dejar constancia sobre la cantidad de recursos que la municipalidad espera
disponer para el año siguiente y, en base a esta proyección, establecer como se gastarán aquellos
recursos en dicho año.
 El presupuesto municipal, en consecuencia, sin menospreciar los otros, es un instrumento clave de la
gestión municipal, en cuanto permite ordenar en forma eficiente los recursos disponibles y los gastos
asociados a dichos recursos en función de las directrices municipales.
 El sistema de administración financiera del Estado se encuentra regulado en el Decreto Ley Nº1.263, de
1975, conocido como Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado.
 Este sistema incluye, los procesos presupuestarios, de contabilidad y de administración de fondos.
La Ley de Municipalidades considera las siguientes disposiciones relacionadas con el presupuesto:
 Es obligación del alcalde presentar, oportunamente y en forma fundada a la aprobación del concejo, el
presupuesto municipal.
 El alcalde, en la elaboración del proyecto de presupuesto municipal, debe ser asesorado por la
Secretaría Comunal de Planificación, con la colaboración de la unidad encargada de administración y
finanzas.
 El alcalde, en la primera semana de octubre, debe someter a consideración del concejo las
orientaciones globales del municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y
líneas de acción.
 El concejo debe pronunciarse antes del 15 de diciembre. Si el concejo no se pronuncia antes de
aquella fecha, regirá lo propuesto por el alcalde.
 El concejo sólo puede aprobar presupuestos debidamente financiados.
 Le corresponde al jefe de la unidad de control o al funcionario que cumpla esta tarea, la obligación de
representar los déficit que advierta en el presupuesto presentado por el alcalde.
 El alcalde que no proponga las modificaciones correspondientes o los concejales que las rechacen,
serán solidariamente responsables de la parte deficitaria que arroje la ejecución presupuestaria anual
al 31 de diciembre del año respectivo.
 Existe acción pública para reclamar el cumplimiento de esta responsabilidad.
 El concejo, al aprobar el presupuesto, debe velar porque en él se indiquen los ingresos estimados y los
montos de los recursos suficientes para atender los gastos previstos. El concejo no puede aumentar el
presupuesto de gastos presentado por el alcalde, sino sólo disminuirlo, y modificar su distribución.
 El presupuesto municipal debe incluir los siguientes anexos informativos:
 Los proyectos provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, de las Inversiones
Sectoriales de Asignación Regional, del Subsidio de Agua Potable, y de otros recursos
provenientes de terceros, con sus correspondientes presupuestos.
 Los proyectos presentados anualmente a fondos sectoriales, diferenciando entre aprobados, en
trámite, y los que se presentarán durante el transcurso del año, señalándose los ingresos
solicitados y gastos considerados.
 Los proyectos presentados a otras instituciones nacionales o internacionales
 Estos proyectos deberán ser informados al concejo conjuntamente con la presentación del
presupuesto, sin perjuicio de informar además trimestralmente su estado de avance y el flujo de
ingresos y gastos de los mismos.
 El presupuesto municipal, una vez aprobado, debe ser promulgado mediante decreto alcaldicio.
 Corresponde tanto al concejo como a la unidad encargada del control, cada cual dentro de sus
respectivas funciones, la responsabilidad de fiscalizar la ejecución presupuestaria municipal.
LOS INGRESOS O RENTAS MUNICIPALES
 Los recursos financieros de las municipalidades pueden ser clasificados de acuerdo a su origen (como los
obtienen) como recursos propios y recursos externos.
 Entenderemos por recursos propios aquellos que, por disposición legal, corresponden a las
municipalidades. El principal texto legal que se refiere a los ingresos municipales es la Ley de Rentas
Municipales (Decreto Ley Nº3.063, de 1979 y sus modificaciones).
 Existen leyes especiales que establecen otros recursos que también deben ingresar al patrimonio
municipal, a modo de ejemplo: la Ley Nº18.681, Ley sobre Registro de Marcas; el D.F.L. Nº458, de 1976,
Ley General de Urbanismo y Construcciones; Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional Sobre Votaciones
Populares y Escrutinios; Ley Nº19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Incluso,
existen algunas leyes especiales que benefician a municipalidades en particular, como ocurre con los
ingresos que perciben las municipalidades por la explotación de casinos de juego en sus comunas.
 Entenderemos por recursos externos aquellos que obtienen las municipalidades como consecuencia de
una postulación a ellos y, en consecuencia, sólo eventualmente, en el caso que se los otorguen, pasan a
engrosar los recursos municipales. Estos ingresos no siempre deben incorporarse al presupuesto
municipal.
Recursos Propios
 Los recursos propios que considera la Ley de Rentas Municipales, para efectos de su explicación, los
clasificaremos en: El Fondo Común Municipal; los ingresos propios permanentes, y; otros ingresos
propios.
(a) El Fondo Común Municipal (Se conforma de la siguiente forma)
 Un 60% del impuesto territorial. No obstante, el aporte de las Municipalidades de Santiago, Providencia,
Las Condes y Vitacura por este concepto es de un 65%.
 Un 62,5% del derecho que las municipalidades recauden por permisos de circulación de vehículos.
 Un 55% de lo que recaude la Municipalidad de Santiago y un 65% de lo que recauden las
Municipalidades de Providencia, Las Condes y Vitacura por concepto del pago de patente de toda
profesión, oficio industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria.
 Un 50% del derecho, en la transferencia de vehículos con permisos de circulación.
 El aporte fiscal que, eventualmente, pueda conceder para este efecto la Ley de Presupuestos.
 El 100% de lo recaudado por multas impuestas por los Juzgados de Policía Local.
(b)Los Ingresos Propios Permanentes que Considera la Ley de Rentas Municipales:
(a) El impuesto territorial.- Se refiere al pago de contribuciones por concepto de bienes raíces
(b) La tarifa por extracción de residuos sólidos domiciliarios o derecho de aseo domiciliario.-
(c) Los permisos de circulación.-
(d) Las patentes municipales.-
(e) Los derechos municipales (concesiones, permisos o pagos de servicios).-
(f) Las rentas varias.-
(c) Los Otros Ingresos Propios
(a) La venta de activos, principalmente provenientes de la enajenación de terrenos o inmuebles.
(b) La recuperación de préstamos.
© El endeudamiento.
RECURSOS EXTERNOS
 Las municipalidades, pueden acceder a fuentes externas de financiamiento para inversiones comunales.
Estos recursos son administrados presupuestariamente a través de dos modalidades:
1. Como ingreso directo en el presupuesto municipal, en el caso de aquellas fuentes que se otorgan
como partidas de ingreso municipal y que se devengan como gastos en inversión real. En estas
situaciones, entre otros, se encuentra el:
 Programa de Mejoramiento de Barrios y
 Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal.
2. Como cuentas complementarias, en el caso de aquellos recursos que no ingresan al presupuesto
municipal pero que la municipalidad sirve de puente entre el organismo ejecutor y el administrador. En
este caso y entre otros, deben considerarse los recursos como:
 Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR),
 Fondo Social Presidente de la República,
 Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS),
 Fondo Nacional para el Fomento del Deporte,
 Programa de Agua Potable Rural,
 Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes y
 Programa de Seguridad Ciudadana.
Transparencia y Probidad en la Gestión local
 La Transparencia es decir verdad de los hechos acaecidos en un escenario y tiempo determinado.
 En los órganos de la administración, consiste en situar la información a disposición de los ciudadanos
interesados en la gestión de un servicio público.
 La transparencia no implica rendir cuentas a un solicitante específico, sino que consiste en el hecho
de que la sociedad en su conjunto puede tener libre acceso a la información de los órganos públicos.
 “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los
procedimientos que utilicen” (Art. 8 inciso 2° Constitución Política)
 Sin embargo, el mismo artículo establece la limitación del principio: establezca la reserva o s
ecreto de los actos cuando su publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de l
os órganos del Estado, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés
nacional.
 “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de
probidad en todas sus actuaciones”, (Inciso 1° del Art. 8vo. de la Constitución, la que se reproduce en
el Art 52 de la Ley de Bases de la Administración del Estado Ley N° 18.575)
Limites a la Transparencia: la esfera privada en
relación a la probidad
 El principal límite a la exigencia de los funcionarios públicos de transparentar sus actos, es la esfera de
su vida privada.
 La esfera de lo privado responde a aquellas situaciones que solo competen a la persona individual y, por
lo tanto, no involucran a terceros o a la sociedad en su conjunto.
 Sin embargo, los actos que se realizan dentro de la competencia del funcionario o que involucren la adm
inistración de bienes públicos, deben ser conocidos por la sociedad, puesto que sus efectos recaen sobr
e los administrados, y que dichos actos deben responder a la propensión del bien común, el interés col
ectivo sobre los intereses particulares.
 Esta dualidad de ámbitos en los que se desenvuelve todo servidor público y la fina barrera que separa a
ambos mundos, hace que cobre importancia el principio de la probidad.
 La probidad es entendida como "la integridad y la honradez en el actuar“.
 A pesar de que destaque la importancia de la probidad en un funcionario, no deja de ser cierto que u
na sociedad requiere altos niveles de moralidad en todas las esferas de su actividad: empresarios, prof
esionales que ejercen libremente… aunque las exigencias en el ámbito público sean mayores.
 La conducta funcionaria intachable se refiere a las obligaciones positivas de los funcionarios públicos,
las cuales están establecidas en la Ley de Bases, Estatuto Administrativo y en la Ley Orgánica
del servicio que se trate.
 La infracción a dichas nomas trae aparejado las sanciones que establezca la ley, que consisten
en la aplicación de medidas disciplinarias a la destitución, dependiendo de la investigación sumaria,
o sumario administrativo en su caso, que determinaran la gravedad de la infracción.
 El Título III de la Ley de Bases, en su Art. 62 establece las conductas que contravienen especialmente
el principio de probidad, entre las que merece destacar:
 Usar en beneficio propio información reservada o privilegiada del servicio.
 Hacer valer la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de obtener beneficios
ventajas o privilegios.
 Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del
organismo en beneficio propio para fines ajenos a los institucionales.
 Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que se tenga interés personal.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE
LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
 Otro mecanismo con el que se ha buscado proteger el principio de probidad administrativa es
por medio del establecimiento de inhabilidades e incompatibilidades de ingreso a la administración.
 Estos son impedimentos legales para ejercer cargos públicos, referidos a situaciones de diversa
índole en que se presume la falta de probidad, presunción de derecho, ya que no admite prueba
en contrario.
 Dichos impedimentos pueden presentarse al momento de postular a un cargo público como de
manera sobreviniente, es decir, una vez que la persona se encuentra en el ejercicio de un cargo
público.
 En cuanto a los motivos de estos impedimentos son variados, y en general dicen relación con
conflictos de interés económico, judiciales, de parentesco o familia, éticos, médicos y laborales, que
conducen al legislador a sospechar que existiría una preeminencia del interés particular por sobre
el general, invirtiendo la regla que debe imperar en esta materia
DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO
 Estas medidas buscan resguardar los principios de probidad y transparencia al obligar a las autoridades
y funcionarios que desempeñen altos cargos públicos a informar con cierta periodicidad las actividades
económicas, bienes, intereses patrimoniales y deudas en ciertos casos que posean, con el objeto
de determinar si están afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, o si en el ejercicio de
sus cargos se han enriquecido ilícitamente.
 Estas medidas están establecidas en los Art. 57 al 60 de la Ley de Bases Generales de la Administració
n del Estado (Ley. N°18.575).
LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
 La responsabilidad administrativa se encuentra consagrada a nivel Constitucional en el Art. 38 de la
Constitución inciso 2° que establece la responsabilidad extracontractual del Estado:
“Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la administración del Estado, de sus
organismos a de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley,
sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera afectar al funcionario que hubiera causado
daño”.
Valor público, Modelo de Negocio, Cadena de
Valor y Planificación Estratégica
Uno de los roles fundamentales del gobierno, a través de sus servicios y ministerios, es poder
agregar valor público.
¿Qué es el valor público? En términos simples, esto tiene que ver con construir una ciudadanía –
social, civil y económica- más amplia e incluyente, en donde el ciudadano esté mejor.
La construcción o expansión del valor público, entre otras cosas, depende de los directivos públicos,
los cuales deben encontrar una manera de integrar la dimensión política, la sustantiva y la
administrativa.
Mark Moore, creador del término valor público, menciona tres características que son fundamentales
para la creación del valor público:
(i) una reflexión sustantiva de lo que es valioso y eficaz;
(ii) un diagnóstico de las expectativas políticas, porque no podemos tener un Estado conducido por
puros tecnócratas, las relaciones técnico-políticos son relevantes, y
(iii) un análisis detallado de lo que es viable operativamente.
 El Estado está sujeto a cambios sociales, crisis, tendencias y exigencias de los ciudadanos.
 En América Latina, demuestran que existe cierta desconfianza en los gobiernos, lo que en algunos casos
se traduce en un descontento social, que pone constantemente en tela de juicio el cómo el Estado hace
su tarea, a quiénes beneficia con sus acciones y cómo lo hace.
 Surge entonces la necesidad de avanzar hacia la construcción de un Estado rápido y ágil, consciente de
que los ciudadanos tienen el derecho de ser parte de las prácticas estatales, de tener políticas públicas
acorde a sus necesidades.
 Todo esto, da como resultado la mejora de la calidad de la función pública junto con la eficiencia en la
gestión.
 Hay que hacer más políticas públicas con los mismos recursos, por lo que se ha optado por la inclusión
de las nuevas tecnologías, herramientas de control de gestión para un correcto uso de los dineros
públicos, evaluación de proyectos para analizar la factibilidad; una visión orientada al cliente, para
descubrir las verdaderas necesidades de los ciudadanos y no simples políticas públicas que venían con
creencias de “esto es lo mejor para el ciudadano”.
 El Estado ya no se enfoca solamente en su visión interna, sino que al contrario ha adoptado políticas
de análisis del entorno, un enfoque más estratégico; y, en materia interna, ha profesionalizado su
administración pública mediante la contratación de los más capacitados, remuneraciones por
desempeño y resultados.
 Es necesario agregar la flexibilidad requerida para responder a las necesidades de la sociedad,
mediante prácticas que se han realizado en el mundo privado, pero que también tienen cabida en lo
público.
 En todo este contexto, en general hemos dedicado mucho tiempo a comprender cómo algunos temas
logran convertirse en parte de la agenda pública y en dedicar esfuerzos a poder tener un correcto
diseño de política pública.
 Sin embargo, hemos decidido no profundizar en uno de los temas que finalmente terminan siendo
cruciales para poder agregar valor público: la gestión pública (o la implementación de las políticas
públicas).
¿Qué hemos aprendido en este tema?
a) La necesidad de tener administraciones públicas más abiertas y transparentes
La creciente demanda por acceso a la información pública, que ha ido acompañada por una mayor
transparencia, ha logrado que los gobiernos sean más responsables. Ahora, no sólo basta con tener una
democracia, sino que se exige una democracia participativa con la consecuente expansión de la ciudadanía.
b) Tener procesos basados en resultados
Las reformas realizadas por diversos países, se han enfocado en: reformas al manejo financiero; mayor
independencia, mediante las reformas estructurales a las organizaciones, que buscan descentralizar el
mando; mayor especialización, con lo cual se genera experiencia en cada ámbito, de modo que las
decisiones que se toman son efectivamente las mejor informadas; finalmente, la creación de indicadores de
desempeño, los cuales apuntan a medir de manera objetiva el desenvolvimiento de funcionarios y
organizaciones.
c) ¡Hay que planificar!
Por una parte, la planificación de largo plazo ha emergido como uno de los determinantes cruciales para
mejorar las condiciones de los países, también la planificación de corto plazo también ha sido reconocida
como relevante.
d) Reasignación de los recursos y gestión presupuestaria hacia un rol más estratégico.
El uso estratégico del proceso presupuestario ha surgido como una poderosa herramienta de gestión en las
reformas recientes, tanto para la reasignación de recursos como para implementar cambios en la gerencia
pública. De esta manera, se hace necesario pasar de presupuestos anuales a presupuestos plurianuales.
Modelo de Negocio, Cadena de Valor y
Planificación Estratégica
 La definición de modelo de negocio es complicada y tiene muchísimas variantes. La definición clásica
dice que es:
“el plan previo al plan de negocio que define qué vas a ofrecer al mercado, cómo lo vas a
hacer, quién va a ser tu público objetivo, cómo vas a vender tu producto o servicio y cuál será
tu método para generar ingresos“.
 En definitiva, es plasmar en un documento cómo vas a crear, desarrollar y capturar valor. Una
pequeña visión de todo lo que puede ser tu startu en un futuro y los diferentes aspectos sobre los que
se va a construir toda tu empresa. Sería como los pilares de un edificio, siendo el edificio tu negocio y
esos pilares el propio modelo.
 Hay que destacar que el modelo de negocio es algo más que saber de dónde vienen los ingresos,
tal y como habéis podido ver en la primera definición. Ganar dinero será una consecuencia de todo
ese proceso de saber qué ofreces, cómo lo haces, cuál es tu público y demás.
Que es la Cadena de Valor
 La cadena de valor es una herramienta estratégica usada para analizar las actividades de una
empresa (El Estado), y así identificar sus fuentes de ventaja competitiva.
 El concepto de cadena de valor se comienza a popularizar hacia 1985 a partir de la publicación del
libro The Competitive Advantage: Creating and Sustaining Superior Performance, del profesor
Michael Porter, quien se basó en la idea de los sistemas empresariales, desarrollada por la firma
McKinsey & Co. a comienzos de la misma década.
 La propuesta de McKinsey consideraba a la empresa como una serie de funciones, marketing,
recursos humanos, producción, etc., que se debían analizar en relación a las mismas funciones de
las firmas competidoras, si lo que se quería era entender su estrategia y conocer su posición en el
mercado.
 Porter fue más allá de ese concepto de amplios niveles funcionales descomponiéndolos en sus
actividades individuales, agregando además que las fuentes de ventaja competitiva, liderazgo en bajo
costo y diferenciación, propuestas en Competitive Strategy: Techniques for Analyzing Industries and
Competitors (1980), dependían de dichas actividades individuales. Así, mediante esta desagregación,
la cadena de valor proveía a la firma con las capacidades de entender sus costos y de identificar sus
fuentes de diferenciación existentes o potenciales.
 La cadena de valor parte del concepto de que la empresa debe crear valor en los productos y servicios
que ofrece a sus clientes, así que cabe preguntarse de qué se trata o a qué se refiere ese valor.
 Un concepto fundamental de la teoría de Porter es el de margen. El margen es el valor que los
productos y servicios de la compañía tienen desde el punto de vista de los clientes, menos los costos.
 Porter, indica que desde el punto de vista de la competencia, el valor es lo que la gente está dispuesta a
pagar por lo que se le ofrece. El valor se mide por los ingresos totales, reflejo del precio que se cobra
por el producto y de las unidades que logra vender. Una empresa es rentable si su valor rebasa los
costos de crear su producto.
 La meta de una estrategia genérica es generar a los compradores un valor que supere su costo. El
valor, y no el costo, debe utilizarse al analizar la posición competitiva, pues a menudo las empresas
aumentan intencionalmente el costo para obtener un precio más alto a través de la diferenciación.
 Mintzberg, Quinn y Boyer (p.90) lo explican así: el valor de un producto o servicio se mide con base en
la cantidad que el comprador está dispuesto a pagar, en otras palabras, un precio.
Planificación Estratégica
 La Planificación Estratégica, PE, es una herramienta de gestión que permite apoyar la toma de
decisiones de las organizaciones en torno al quehacer actual y al camino que deben recorrer en el
futuro para adecuarse a los cambios y a las demandas que les impone el entorno y lograr la mayor
eficiencia, eficacia, calidad en los bienes y servicios que se proveen.
 La Planificación Estratégica consiste en un ejercicio de formulación y establecimiento de objetivos de
carácter prioritario, cuya característica principal es el establecimiento de los cursos de acción
(estrategias) para alcanzar dichos objetivos.
 Desde esta perspectiva la PE es una herramienta clave para la toma de decisiones de las
instituciones públicas.
 A partir de un diagnóstico de la situación actual (a través del análisis de brechas institucionales), la
Planificación Estratégica establece cuales son las acciones que se tomarán para llegar a un “futuro
deseado”, el cual puede estar referido al mediano o largo plazo.
 La definición de los Objetivos Estratégicos, los indicadores y las metas, permiten establecer el marco
para la elaboración de la Programación Anual Operativa que es la base para la formulación del
proyecto de presupuesto.
 El uso de la Planificación Estratégica en el ámbito público se concibe como una herramienta
imprescindible para la identificación de prioridades y asignación de recursos en un contexto de
cambios y altas exigencias por avanzar hacia una gestión comprometida con los resultados.
 Las características centrales de la gestión orientada a resultados son:
 Identificación de objetivos, indicadores y metas que permitan evaluar los resultados, generalmente
a través del desarrollo de procesos planificación estratégica como herramienta para alinear las
prioridades a los recursos y establecer la base para el control y evaluación de las metas.
 Identificación de niveles concretos de responsables del logro de las metas.
 Establecimiento de sistemas de control de gestión internos donde quedan definidas las
responsabilidades por el cumplimiento de las metas en toda la organización, así como también los
procesos de retroalimentación para la toma de decisiones.
 Vinculación del presupuesto institucional a cumplimiento de objetivos.
 Determinación de incentivos, flexibilidad y autonomía en la gestión de acuerdo a compromisos de
desempeño.
 La planificación estratégica es un proceso que antecede al control de gestión, el cual permite hacer el
seguimiento de los objetivos establecidos para el cumplimiento de la misión.
Innovación en el diseño de servicios.
 El diseño de servicios es la actividad de planificar y organizar: personas, infraestructura, comunicación y
materiales que componen un servicio, para mejorar su calidad, la interacción entre el proveedor y las
personas usuarias y la experiencia de las mismas.
 El diseño de servicios permite diseñar experiencias memorables para las personas usuarias creando
nuevos vínculos entre los diferentes agentes del proceso potenciando sus capacidades de acción e
interacción.
 El aumento del tamaño y la creciente importancia del sector servicios, tanto en número de gente
empleada como en importancia económica, requiere que los servicios sean minuciosamente diseñados
para que los proveedores de servicios sean competitivos y continúen atrayendo personas usuarias.
 El diseño (o rediseño) de un servicio puede requerir por un lado la reorganización de las actividades que
realizan los proveedores del servicio (back office) y por el otro el rediseño de las interfaces e
interacciones que tienen las personas usuarias con el proveedor del servicio (front office: website,
contacto personal, teléfono, blog, etc.)
 El diseño de servicios se está usando cada día más, tanto en el sector privado como en el sector público
para realizar una transformación de la experiencia del servicio acorde con los requerimientos de las
personas usuarias.
 Una de las sistemáticas de diseño de servicios utilizadas es design thinking. Originalmente
desarrollado para el diseño de productos, ha sido posteriormente adaptada para el diseño en
servicios.
 Este proceso integra el diseño desde el mismo inicio del desarrollo de una experiencia o servicio,
partiendo del entendimiento del cliente.
 Para lograrlo, se utilizan diversas herramientas y técnicas​ procedentes de varias disciplinas, como
Antropología, Psicología, Artes Plásticas, Computación, etc.
 El diseño de servicios se suele basar en el seguimiento cercano (shadowing) y el estudio empático
de los usuarios para la mejor comprensión de sus usos y comportamientos con respecto a un
servicio.
 Esta técnica es mucho más certera que las tradicionales encuestas a distancia porque: lo que la
gente dice que hace no suele ser lo que realmente hace. Los conceptos e ideas generadas son
capturadas en sketches y prototipados de servicio. De esta forma, aplicando herramientas y técnicas
de diseño se pueden mejorar o crear los servicios.
FASES EN EL PROCESO DE DISEÑAR
SERVICIOS
1. Observar cómo los usuarios utilizan el servicio. ¿Como se relacionan con él? ¿En que situación?
¿Solos o acompañados? ¿Que hacen antes y después?.. Es mucho más que montar un focus group.
2. Involucrar a los usuarios en el proceso, conseguir su ayuda, ideas y propuestas. ¿Quien mejor que el
usuario para contarnos cuales son los puntos de mejora, las situaciones que le producen frustración?
3. Diseñar el blueprint, donde analizar cómo se entrega el servicio, cómo se relacionan los actores,
dónde se entrega el valor…etc.
4. Analizar la calidad, no sólo a través de los usuarios sino del uso de otros parámetros (costo-
efectividad, posibilidades de mejora..). Lo que de verdad necesitan – observación vs. escuchar).
5. Desarrollar y crear un mapa de ideas con las posibilidades de mejora identificadas.
6. Prototipar el nuevo servicio. Hay múltiples formas de probar el servicio, pero el objetivo final es que
sea barato y conseguir el servicio mejor alineado con los parámetros establecidos.
7. Crear una caja de herramientas, para que el trabajo realizado no sólo se quede en un proyecto de
mejora aisladamente, sino que se convierta en parte integral de los procesos de la institución.
GRACIAS

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Presentación Módulo II

  • 1. DIPLOMADO B-LEARNING EN POLÍTICAS PÚBLICAS Modulo : Herramientas de Control y Gestión de Políticas Públicas Docente : Aliro Caimapo Oyarzo Profesor de Historia Magister en Políticas Públicas Magister en Recursos Humanos MBA Administración de Empresas
  • 2. Objetivo General del Diplomado: Desarrollar una mirada estratégica respecto a la política pública y las principales herramientas para apoyar la creación de valor en el ámbito de la gestión.
  • 3. Contenidos Unidad Contenido Duración Presencial (hrs) Duración No presencial (hrs) Finanzas Locales.  Transferencias intergubernamentales.  Planificación Comunal.  Presupuesto Municipal. 7,5 2 Elementos transversales en la gestión de las políticas públicas.  Transparencia y probidad en la gestión local.  Valor público, Modelo de Negocio, Cadena de Valor y Planificación Estratégica.  Innovación en el diseño de servicios. 7,5 2
  • 4. “Uno de los temas muy centrales para alcanzar la plena estabilidad democrática en nuestra región es el tema de la gobernabilidad democrática y la capacidad que tienen los gobiernos de cumplir con los anhelos de la mayoría de la población que los eligió.” José Miguel Insulza Secretario General Organización de los Estados Americanos
  • 5. Consideraciones Generales  Si se consideran solo los recursos de los fondos para las regiones, como el FNDR o el programa espejo del Transantiago, solo el 44% de dicho total es de libre disponibilidad regional.  Los gobiernos locales reciben recursos por medio de distintos fondos.  Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR);  Fondo de Innovación para la Competitividad, que transfiere recursos del royalty minero;  Fondo de Apoyo a Regiones, que es el programa espejo del Transantiago;  Fondo de Inversión y Reconversión Regional, que transfiere recursos del impuesto especial a la minería;  Fondo de Infraestructura Educacional; y  Programas de Convergencia, orientados a las zonas rezagadas del país.
  • 6.  El total de esos fondos suman el 2017 US$ 1.846 millones. Pero de dicho monto, solo el 44% de ellos -US$ 811 millones- es de libre disposición regional. La gran mayoría de esas platas llega a regiones con un uso definido desde el gobierno central.  Pero no solo eso: estos US$ 811 millones de libre disposición equivalen apenas al 1,18% del presupuesto total de la nación, que para 2017 totaliza US$ 68.358 millones.  Una investigación de LyD elaborada con datos del Sistema Nacional de Inversiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, da cuenta que los gobiernos regionales solo resuelven en torno al 25% de las decisiones de inversión pública.  Los restantes recursos, en forma mayoritaria, corresponden a definiciones sectoriales del MOP y del Minvu, casi un 70% del total, y a inversiones realizadas por empresas del Estado.  Dicha cifra, en torno al 25%, se ha mantenido bastante constante en más de 10 años, mientras en 2001 se dio el peak de inversión decidida regionalmente: 37% de la inversión pública
  • 7. País Sistema de gobierno Estructura de gobierno Población estimada según ONU (2010) Densidad Población (hab./k2) ONU (2010) PIB per cápita (U$S- PPP) Banco Mundial (2009) IDH (coef. y ranking) PNUD (2007) Coef. de Gini (año est.) Carga Tributaria Total 2008 (% del PIB) % Pob. Urbana (2005) Disparidad regionales (brechas, pesos constante) ARGENTINA Federal 23 provincias, una ciudad autónoma y 1.301 municipios 40,666,000 15 14,559 0,866 49° 0,513 (2006) 30,8% 91,8 8,1 (2005) BOLIVIA Unitario 9 Departamentos 112 provincias 327 municipios 10.031.000 9 4.426 0,729 113° 0,556 (2005) 21,7% 64,2 3,1 (2007) BRASIL Federal 26 estados, un distrito federal y 5.564 municipios 195,423,000 23 10,427 0,813 75° 0,540 (1999) 34.1% 83,4 9 (2007) CHILE Unitario 15 regiones, 54 provincias y 346 comunas (municipios) 17,135,000 23 14,331 0,878 44° 0,475 (2003) 19,6% 86,6 4,6 (2008)
  • 8. País Sistema de gobierno Estructura de gobierno Población estimada según ONU (2010) Densidad Población (hab./km2) ONU (2010) PIB per cápita (U$S- PPP) Banco Mundial (2009) IDH (coef. y ranking) PNUD (2007) Coef. de Gini (año est.) Carga Tributaria Total 2008 (% del PIB) % Pob. Urbana (2005) Disparidad regionales (brechas, pesos constante) COLOMBIA Unitario 32 departamentos, 10 distritos y 1.096 municipios 46,300,000 41 8.870 0,807 (77) 0,537 (2005) 15,9% 76,6 11 (2007) COSTA RICA Unitario 7 provincias, 81 cantones (municipios) y 463 distritos 4,640,000 91 11.122 0,854 (54°) 0,577 (2004) 21,4% 62,6 - ECUADOR Unitario 24 consejos provinciales y 221 cantones (municipios) 13,775,000 51 8.280 0,806 (80) 0,526 (2006) 16,5% 62,8 17 (2007) MEXICO Federal 31 estados, un distrito federal y 2.439 municipios 110,645,000 57 14.337 0,854 53° 0,490 (2002) 10,4% 76,5 12,6 (2007) PERU Unitario 25 regiones, 25 departamentos, 195 provincias y 1.832 municipio 29,496,000 23 8.647 0,806 78° 0,535 (2005) 17,4 726 7,7 (2007)
  • 9. Transferencias intergubernamentales. Introducción  Las relaciones entre niveles de gobierno, la reasignación de responsabilidades y su financiamiento ha sido un tópico de crucial importancia en el desarrollo económico, político e institucional en la mayoría de los países de América Latina.  En las últimas décadas, la región ha registrado un intenso y generalizado proceso de descentralización de funciones entre niveles de gobierno.  El tiempo transcurrido, el impacto de estas reformas (heterogéneas y no siempre comparables) no han sido suficientemente evaluados y en algunos casos sus resultados han sido de dudosa efectividad.  La forma en que se financie la provisión de servicios y bienes públicos y su eventual asignación entre niveles de gobierno es central para lograr un sistema intergubernamental sano y estable y un proceso de descentralización sostenible.  Los sistemas de relaciones fiscales intergubernamentales y los gobiernos subnacionales que los componen, constan con distintos instrumentos para financiar sus responsabilidades. El nivel de financiamiento y la forma en que se combinen estos diferentes instrumentos va a determinar el resultado de estos procesos.
  • 10.  Chile es un país marcadamente centralizado desde una perspectiva de sus finanzas públicas.  Tanto respecto de los recursos que administran los gobiernos subnacionales, como también desde una perspectiva de la autonomía con la que cuentan para determinar sus propias fuentes de ingreso.  Limitaciones a la determinación de las bases de los impuestos locales, sus tasas y exenciones a su pago inciden en forma directa en la autonomía financiera con la que cuentan los gobiernos subnacionales.  A ello se suman los múltiples fondos concursables y transferencias desde el gobierno central que se constituyen como una fuente de financiamiento adicional para los niveles subnacionales, en general cargados de burocracia, discrecionalidad y no necesariamente priorizados de acuerdo a las heterogéneas realidades territoriales.
  • 11. Propuestas  Avanzar hacia un esquema de mayor autonomía respecto del gobierno central y sus autoridades de turno en la determinación de las fuentes de financiamiento de los niveles de gobierno subnacionales.  Esto debe ser acompañado de una mayor transparencia y una menor discrecionalidad en las transferencias de recursos desde el gobierno central.  Se debe fortalecer la responsabilidad fiscal y tender a que las autoridades locales asuman una mayor responsabilidad política y económica frente a sus electores y ciudadanía en general.  Los municipios puedan determinar el valor de la tasa del impuesto territorial al interior de la comuna, así como definir las exenciones a su pago dentro de un marco definido en la ley.  En el plano regional se plantea la necesidad de reformar el FNDR, para que su distribución entre las regiones del país sea transparente, de acuerdo a criterios conocidos y verificables, y sin discrecionalidad.  Para alcanzar mayores niveles de autonomía en materia de inversión regional, se requiere generar una institucionalidad que obligue al cumplimiento de los convenios de programación.  Elevar la participación de los municipios en el total del gasto del gobierno general desde el actual 12,5% a un 17,6%.  En cuanto a los gobiernos regionales, lo sugerido permitirá que las regiones se puedan involucrar en prácticamente la totalidad de la inversión pública que se materialice en las distintas regiones del país.
  • 12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO DE GOBIERNOS SUBNACIONALES Y DESCENTRALIZACIÓN FISCAL  La descentralización fiscal se refiere a la participación de los gobiernos subnacionales en los ingresos y gastos del gobierno general.  Las fuentes de financiamiento de los gobiernos subnacionales deben guardar relación con las atribuciones, funciones y responsabilidades con las que cuentan.  Por ello, es necesario definir un marco teórico para las fuentes de financiamiento se presenta un marco teórico respecto de las funciones que deben ejercer los gobiernos subnacionales en un contexto general de las funciones del Estado.  Tradicionalmente, al Estado se le han asignado las siguientes tres funciones:  Función de redistribución,  Función de estabilización y  Función de asignación.
  • 13.  La función de redistribución implica entregar mayores recursos a aquellas personas de la sociedad con una menor capacidad de generarlos. Los recursos a redistribuir provienen de las personas que poseen un mayor nivel de ingresos.  Lo anterior ha motivado a que la función de redistribución se realice desde el gobierno central, lo que implica que los programas redistributivos sean financiados por este.  La función de estabilización comprende todas aquellas acciones que buscan mantener los equilibrios macroeconómicos del país. Es decir, velar por el crecimiento del producto del país, por la estabilidad de precios, etc. Para mantener estos equilibrios es de vital importancia tener las cuentas fiscales en equilibrio.  La función de asignación en una economía de mercado solo debe ser ejercida por parte del Estado cuando el mercado falla para alcanzar una asignación de recursos socialmente óptima. Este es el caso cuando el sistema de precios no refleja las verdaderas preferencias de los consumidores y/o los verdaderos costos de producción en los que incurre la sociedad en su conjunto.
  • 14.  Cuando el mercado falla en asignar en forma eficiente los recursos, el Estado asigna bienes públicos.  Los bienes públicos son todos aquellos bienes y servicios que dos o más personas pueden consumir al mismo tiempo y en los cuales no se puede impedir que terceros se beneficien de su consumo sin su consentimiento.  Un clásico ejemplo de bienes públicos son los faros de navegación en las costas. Dos o más barcos se pueden beneficiar al mismo tiempo de la luz del faro y, a su vez, no se puede impedir que lo hagan.  El mercado por sí solo no provee estos bienes públicos, ya que nadie está dispuesto a financiarlos. Los agentes privados esperarán a que otro lo haga y así beneficiarse gratuitamente.  Los bienes públicos se pueden dividir en dos grandes grupos de acuerdo a su región de beneficio.  Serán bienes públicos locales aquellos cuya región de beneficio se puede acotar a una localidad o bien territorio determinado, y  Serán bienes públicos nacionales aquellos cuyos beneficios tienen un ámbito nacional, es decir, benefician al país en su conjunto.  Un ejemplo típico de ello es el alumbrado público (locales)  Un ejemplo típico de este caso es la defensa nacional. (nacionales)
  • 15. Radiografía a la Descentralización en Chile  Chile cuenta con dos niveles de gobierno:  Gobierno central, y  Municipalidades.  El nivel regional forma parte del gobierno central y los recursos que administran se enmarcan en el financiamiento de proyectos de inversión.  Las estadísticas de descentralización fiscal en Chile presentan solo a los municipios como unidades distintas al gobierno central.  Los gobiernos regionales se han medido en relación a su importancia en el gasto total de la inversión pública efectiva.  Nota  Fue promulgada el 29 de diciembre de 2016 y publicada en el Diario Oficial el 5 de enero de este año, La reforma constitucional que estableció la elección democrática de los gobernadores regionales, que reemplazarían a los actuales intendentes nombrados por la Presidenta. Pero la delegación de competencias a autoridades regionales retraso su puesta en vigencia.
  • 16.  Los municipios en nuestro país representan aproximadamente el 12,5% del gasto del gobierno general.  respecto de la participación de los gobiernos subnacionales en los países de la OECD, se observa que Chile es un país altamente centralizado. La mayor diferencia entre Chile y los países de la OECD viene dada por el lado de la descentralización de los gastos del sector público.  En promedio los gobiernos subnacionales en los países unitarios registran tasas del orden del 30% del gasto del gobierno.  La principal fuente de financiamiento corresponde a los ingresos tributarios, contribuciones y derechos, representando en conjunto el 72,1% de los ingresos del sector. Los más importantes son los impuestos territoriales, los permisos de circulación y las patentes municipales  Las transferencias, que representan el 8% del total de ingresos, en su gran mayoría corresponden a recursos que son transferidos desde el gobierno central a los municipios.  Los municipios ejecutan programas sociales y de inversión con cargo a recursos del gobierno central, pero que no quedan registrados en los balances de ejecución presupuestaria de los respectivos municipios.
  • 17. Ingresos y Gastos Municipales como % del Gobierno General Fuente: Bettina Horts sobre la base de información de la DIPRES, Ministerio de Hacienda.
  • 18. Planificación Comunal  La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dictamina que la administración local de las comunas reside en las municipalidades.  El artículo 1° de esta ley, las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas,  El artículo 2° declara que las municipalidades estarán constituidas por el alcalde, que será su máxima autoridad, y por el concejo.  Hoy esta ley, le entrega principalmente las siguientes funciones:  Se amplió la potestad a la municipalidad en áreas como la planificación y regulación urbana  El traspaso de nuevas funciones al municipio debe ir acompañado de los recursos financieros respectivos.  A los municipios se les otorgó la potestad para el Asociativismo municipal y así poder optimizar los recursos para hacer frente a problemas comunes.  La obligatoriedad de coordinar los servicios públicos en el territorio comunal y Mayor capacidad de fiscalización al concejo municipal.
  • 19. Artículo 6º.- La gestión municipal contará, a lo menos, con los siguientes instrumentos: a) El plan comunal de desarrollo y sus programas; b) El plan regulador comunal; c) El presupuesto municipal anual; d) La política de recursos humanos, y e) El plan comunal de seguridad pública.
  • 20. El plan comunal de desarrollo y sus programas  El plan comunal de desarrollo, instrumento rector del desarrollo en la comuna, contemplará las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y a promover su avance social, económico y cultural.  Su vigencia mínima será de cuatro años, sin que necesariamente deba coincidir con el período de desempeño de las autoridades municipales electas por la ciudadanía.  Su ejecución deberá someterse a evaluación periódica, dando lugar a los ajustes y modificaciones que correspondan.  En la elaboración y ejecución del plan comunal de desarrollo, tanto el alcalde como el concejo deberán tener en cuenta la participación ciudadana y la necesaria coordinación con los demás servicios públicos que operen en el ámbito comunal o ejerzan competencias en dicho ámbito.  Se contemplara la realización de otros planes comunales según las realidades locales (Pladetur, Pladecom, etc)
  • 21. Instrumentos de Planificación Territorial IPT  Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico-social.  La planificación urbana comunal se realizará por medio del Plan Regulador Comunal.  El Plan Regulador es un instrumento constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios urbanos, y de comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento.  Sus disposiciones se refieren al uso del suelo o zonificación, localización del equipamiento comunitario, estacionamiento, jerarquización de la estructura vial, fijación de límites urbanos, densidades y determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias y energéticas, y demás aspectos urbanísticos. (Art. 41 LOCUC)
  • 22. Plan Regulador Comunal El Plan Regulador Comunal estará compuesto de: a) Una Memoria explicativa, que contendrá los antecedentes socio-económicos; los relativos a crecimiento demográfico, desarrollo industrial y demás antecedentes técnicos que sirvieron de base a las proposiciones, y los objetivos, metas y prioridades de las obras básicas proyectadas; b) Un estudio de factibilidad para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado, en relación con el crecimiento urbano proyectado, estudio que requerirá consulta previa al Servicio Sanitario correspondiente de la Región; c) Una Ordenanza Local que contendrá las disposiciones reglamentarias pertinentes, y d) Los planos, que expresan gráficamente las disposiciones sobre uso de suelo, zonificación, equipamiento, relaciones viales, límite urbano, áreas prioritarias de desarrollo urbano, etc.. Para los efectos de su aprobación, modificación y aplicación, estos documentos constituyen un solo cuerpo legal. (art 42 LOCUC) Este se complementa con Seccionales y Limites Urbanos. (art 46 – 52, 53 y 54)
  • 23. La política de recursos humanos  La dictación de la Ley N° 20.922 del 25 de mayo de 2016, vino a modificar la LOCM, señalando:  Artículo 4°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades: 1) Modifícase el artículo 6° en el siguiente sentido: c) Agrégase la siguiente letra d): "d) La política de recursos humanos.".  Además dicha Política de Recursos Humanos deberá ser aprobada por el Concejo Municipal (Art. N° 4 numeral 4).  Esta modificación a la LOCM, es relevante ya que esta incerta en el plan de modernización del Recurso Humano de los Municipios.
  • 24. El plan comunal de seguridad pública  El plan comunal de seguridad pública es el instrumento de gestión que fija las orientaciones y las medidas que la municipalidad y los órganos que participan del consejo dispongan en materia de seguridad pública a nivel comunal.  El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para aprobar el plan comunal de seguridad pública y sus actualizaciones. ¿Qué debe tener el plan?  Debe tener un diagnóstico de la situación de seguridad y establece objetivos, metas, acciones y mecanismos de control de gestión conforme a los compromisos que cada integrante del consejo comunal de seguridad pública.  Se debe contemplar la priorización de ciertos delitos o problemáticas en materia de seguridad que afecten a la comuna sobre la base de factores tales como la frecuencia o gravedad del delito.  Además debe considerar medidas de prevención en materia de infracciones de ley cometidas por niñas, niños y adolescentes; prevención de la deserción escolar, prevención y rehabilitación del consumo de drogas, mejoramiento urbano y de convivencia comunitaria, prevención de la violencia intrafamiliar y de la violencia contra las mujeres y proyectos específicos de prevención del delito.
  • 25. Presupuesto Municipal  El tercer instrumento de gestión municipal que enumera el artículo 6º de la Ley de Municipalidades, es el presupuesto municipal anual.  El presupuesto municipal representa la estimación de los probables ingresos y gastos municipales para un determinado año.  El presupuesto persigue es dejar constancia sobre la cantidad de recursos que la municipalidad espera disponer para el año siguiente y, en base a esta proyección, establecer como se gastarán aquellos recursos en dicho año.  El presupuesto municipal, en consecuencia, sin menospreciar los otros, es un instrumento clave de la gestión municipal, en cuanto permite ordenar en forma eficiente los recursos disponibles y los gastos asociados a dichos recursos en función de las directrices municipales.  El sistema de administración financiera del Estado se encuentra regulado en el Decreto Ley Nº1.263, de 1975, conocido como Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado.  Este sistema incluye, los procesos presupuestarios, de contabilidad y de administración de fondos.
  • 26. La Ley de Municipalidades considera las siguientes disposiciones relacionadas con el presupuesto:  Es obligación del alcalde presentar, oportunamente y en forma fundada a la aprobación del concejo, el presupuesto municipal.  El alcalde, en la elaboración del proyecto de presupuesto municipal, debe ser asesorado por la Secretaría Comunal de Planificación, con la colaboración de la unidad encargada de administración y finanzas.  El alcalde, en la primera semana de octubre, debe someter a consideración del concejo las orientaciones globales del municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y líneas de acción.  El concejo debe pronunciarse antes del 15 de diciembre. Si el concejo no se pronuncia antes de aquella fecha, regirá lo propuesto por el alcalde.
  • 27.  El concejo sólo puede aprobar presupuestos debidamente financiados.  Le corresponde al jefe de la unidad de control o al funcionario que cumpla esta tarea, la obligación de representar los déficit que advierta en el presupuesto presentado por el alcalde.  El alcalde que no proponga las modificaciones correspondientes o los concejales que las rechacen, serán solidariamente responsables de la parte deficitaria que arroje la ejecución presupuestaria anual al 31 de diciembre del año respectivo.  Existe acción pública para reclamar el cumplimiento de esta responsabilidad.  El concejo, al aprobar el presupuesto, debe velar porque en él se indiquen los ingresos estimados y los montos de los recursos suficientes para atender los gastos previstos. El concejo no puede aumentar el presupuesto de gastos presentado por el alcalde, sino sólo disminuirlo, y modificar su distribución.
  • 28.  El presupuesto municipal debe incluir los siguientes anexos informativos:  Los proyectos provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, de las Inversiones Sectoriales de Asignación Regional, del Subsidio de Agua Potable, y de otros recursos provenientes de terceros, con sus correspondientes presupuestos.  Los proyectos presentados anualmente a fondos sectoriales, diferenciando entre aprobados, en trámite, y los que se presentarán durante el transcurso del año, señalándose los ingresos solicitados y gastos considerados.  Los proyectos presentados a otras instituciones nacionales o internacionales  Estos proyectos deberán ser informados al concejo conjuntamente con la presentación del presupuesto, sin perjuicio de informar además trimestralmente su estado de avance y el flujo de ingresos y gastos de los mismos.  El presupuesto municipal, una vez aprobado, debe ser promulgado mediante decreto alcaldicio.  Corresponde tanto al concejo como a la unidad encargada del control, cada cual dentro de sus respectivas funciones, la responsabilidad de fiscalizar la ejecución presupuestaria municipal.
  • 29. LOS INGRESOS O RENTAS MUNICIPALES  Los recursos financieros de las municipalidades pueden ser clasificados de acuerdo a su origen (como los obtienen) como recursos propios y recursos externos.  Entenderemos por recursos propios aquellos que, por disposición legal, corresponden a las municipalidades. El principal texto legal que se refiere a los ingresos municipales es la Ley de Rentas Municipales (Decreto Ley Nº3.063, de 1979 y sus modificaciones).  Existen leyes especiales que establecen otros recursos que también deben ingresar al patrimonio municipal, a modo de ejemplo: la Ley Nº18.681, Ley sobre Registro de Marcas; el D.F.L. Nº458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional Sobre Votaciones Populares y Escrutinios; Ley Nº19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Incluso, existen algunas leyes especiales que benefician a municipalidades en particular, como ocurre con los ingresos que perciben las municipalidades por la explotación de casinos de juego en sus comunas.  Entenderemos por recursos externos aquellos que obtienen las municipalidades como consecuencia de una postulación a ellos y, en consecuencia, sólo eventualmente, en el caso que se los otorguen, pasan a engrosar los recursos municipales. Estos ingresos no siempre deben incorporarse al presupuesto municipal.
  • 30. Recursos Propios  Los recursos propios que considera la Ley de Rentas Municipales, para efectos de su explicación, los clasificaremos en: El Fondo Común Municipal; los ingresos propios permanentes, y; otros ingresos propios. (a) El Fondo Común Municipal (Se conforma de la siguiente forma)  Un 60% del impuesto territorial. No obstante, el aporte de las Municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura por este concepto es de un 65%.  Un 62,5% del derecho que las municipalidades recauden por permisos de circulación de vehículos.  Un 55% de lo que recaude la Municipalidad de Santiago y un 65% de lo que recauden las Municipalidades de Providencia, Las Condes y Vitacura por concepto del pago de patente de toda profesión, oficio industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria.  Un 50% del derecho, en la transferencia de vehículos con permisos de circulación.  El aporte fiscal que, eventualmente, pueda conceder para este efecto la Ley de Presupuestos.  El 100% de lo recaudado por multas impuestas por los Juzgados de Policía Local.
  • 31. (b)Los Ingresos Propios Permanentes que Considera la Ley de Rentas Municipales: (a) El impuesto territorial.- Se refiere al pago de contribuciones por concepto de bienes raíces (b) La tarifa por extracción de residuos sólidos domiciliarios o derecho de aseo domiciliario.- (c) Los permisos de circulación.- (d) Las patentes municipales.- (e) Los derechos municipales (concesiones, permisos o pagos de servicios).- (f) Las rentas varias.- (c) Los Otros Ingresos Propios (a) La venta de activos, principalmente provenientes de la enajenación de terrenos o inmuebles. (b) La recuperación de préstamos. © El endeudamiento.
  • 32. RECURSOS EXTERNOS  Las municipalidades, pueden acceder a fuentes externas de financiamiento para inversiones comunales. Estos recursos son administrados presupuestariamente a través de dos modalidades: 1. Como ingreso directo en el presupuesto municipal, en el caso de aquellas fuentes que se otorgan como partidas de ingreso municipal y que se devengan como gastos en inversión real. En estas situaciones, entre otros, se encuentra el:  Programa de Mejoramiento de Barrios y  Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal. 2. Como cuentas complementarias, en el caso de aquellos recursos que no ingresan al presupuesto municipal pero que la municipalidad sirve de puente entre el organismo ejecutor y el administrador. En este caso y entre otros, deben considerarse los recursos como:  Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR),  Fondo Social Presidente de la República,  Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS),  Fondo Nacional para el Fomento del Deporte,  Programa de Agua Potable Rural,  Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes y  Programa de Seguridad Ciudadana.
  • 33. Transparencia y Probidad en la Gestión local  La Transparencia es decir verdad de los hechos acaecidos en un escenario y tiempo determinado.  En los órganos de la administración, consiste en situar la información a disposición de los ciudadanos interesados en la gestión de un servicio público.  La transparencia no implica rendir cuentas a un solicitante específico, sino que consiste en el hecho de que la sociedad en su conjunto puede tener libre acceso a la información de los órganos públicos.  “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen” (Art. 8 inciso 2° Constitución Política)  Sin embargo, el mismo artículo establece la limitación del principio: establezca la reserva o s ecreto de los actos cuando su publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de l os órganos del Estado, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.  “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, (Inciso 1° del Art. 8vo. de la Constitución, la que se reproduce en el Art 52 de la Ley de Bases de la Administración del Estado Ley N° 18.575)
  • 34. Limites a la Transparencia: la esfera privada en relación a la probidad  El principal límite a la exigencia de los funcionarios públicos de transparentar sus actos, es la esfera de su vida privada.  La esfera de lo privado responde a aquellas situaciones que solo competen a la persona individual y, por lo tanto, no involucran a terceros o a la sociedad en su conjunto.  Sin embargo, los actos que se realizan dentro de la competencia del funcionario o que involucren la adm inistración de bienes públicos, deben ser conocidos por la sociedad, puesto que sus efectos recaen sobr e los administrados, y que dichos actos deben responder a la propensión del bien común, el interés col ectivo sobre los intereses particulares.  Esta dualidad de ámbitos en los que se desenvuelve todo servidor público y la fina barrera que separa a ambos mundos, hace que cobre importancia el principio de la probidad.  La probidad es entendida como "la integridad y la honradez en el actuar“.  A pesar de que destaque la importancia de la probidad en un funcionario, no deja de ser cierto que u na sociedad requiere altos niveles de moralidad en todas las esferas de su actividad: empresarios, prof esionales que ejercen libremente… aunque las exigencias en el ámbito público sean mayores.
  • 35.  La conducta funcionaria intachable se refiere a las obligaciones positivas de los funcionarios públicos, las cuales están establecidas en la Ley de Bases, Estatuto Administrativo y en la Ley Orgánica del servicio que se trate.  La infracción a dichas nomas trae aparejado las sanciones que establezca la ley, que consisten en la aplicación de medidas disciplinarias a la destitución, dependiendo de la investigación sumaria, o sumario administrativo en su caso, que determinaran la gravedad de la infracción.  El Título III de la Ley de Bases, en su Art. 62 establece las conductas que contravienen especialmente el principio de probidad, entre las que merece destacar:  Usar en beneficio propio información reservada o privilegiada del servicio.  Hacer valer la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de obtener beneficios ventajas o privilegios.  Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio para fines ajenos a los institucionales.  Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que se tenga interés personal.
  • 36. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS  Otro mecanismo con el que se ha buscado proteger el principio de probidad administrativa es por medio del establecimiento de inhabilidades e incompatibilidades de ingreso a la administración.  Estos son impedimentos legales para ejercer cargos públicos, referidos a situaciones de diversa índole en que se presume la falta de probidad, presunción de derecho, ya que no admite prueba en contrario.  Dichos impedimentos pueden presentarse al momento de postular a un cargo público como de manera sobreviniente, es decir, una vez que la persona se encuentra en el ejercicio de un cargo público.  En cuanto a los motivos de estos impedimentos son variados, y en general dicen relación con conflictos de interés económico, judiciales, de parentesco o familia, éticos, médicos y laborales, que conducen al legislador a sospechar que existiría una preeminencia del interés particular por sobre el general, invirtiendo la regla que debe imperar en esta materia
  • 37. DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO  Estas medidas buscan resguardar los principios de probidad y transparencia al obligar a las autoridades y funcionarios que desempeñen altos cargos públicos a informar con cierta periodicidad las actividades económicas, bienes, intereses patrimoniales y deudas en ciertos casos que posean, con el objeto de determinar si están afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, o si en el ejercicio de sus cargos se han enriquecido ilícitamente.  Estas medidas están establecidas en los Art. 57 al 60 de la Ley de Bases Generales de la Administració n del Estado (Ley. N°18.575). LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA  La responsabilidad administrativa se encuentra consagrada a nivel Constitucional en el Art. 38 de la Constitución inciso 2° que establece la responsabilidad extracontractual del Estado: “Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la administración del Estado, de sus organismos a de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera afectar al funcionario que hubiera causado daño”.
  • 38. Valor público, Modelo de Negocio, Cadena de Valor y Planificación Estratégica Uno de los roles fundamentales del gobierno, a través de sus servicios y ministerios, es poder agregar valor público. ¿Qué es el valor público? En términos simples, esto tiene que ver con construir una ciudadanía – social, civil y económica- más amplia e incluyente, en donde el ciudadano esté mejor. La construcción o expansión del valor público, entre otras cosas, depende de los directivos públicos, los cuales deben encontrar una manera de integrar la dimensión política, la sustantiva y la administrativa. Mark Moore, creador del término valor público, menciona tres características que son fundamentales para la creación del valor público: (i) una reflexión sustantiva de lo que es valioso y eficaz; (ii) un diagnóstico de las expectativas políticas, porque no podemos tener un Estado conducido por puros tecnócratas, las relaciones técnico-políticos son relevantes, y (iii) un análisis detallado de lo que es viable operativamente.
  • 39.  El Estado está sujeto a cambios sociales, crisis, tendencias y exigencias de los ciudadanos.  En América Latina, demuestran que existe cierta desconfianza en los gobiernos, lo que en algunos casos se traduce en un descontento social, que pone constantemente en tela de juicio el cómo el Estado hace su tarea, a quiénes beneficia con sus acciones y cómo lo hace.  Surge entonces la necesidad de avanzar hacia la construcción de un Estado rápido y ágil, consciente de que los ciudadanos tienen el derecho de ser parte de las prácticas estatales, de tener políticas públicas acorde a sus necesidades.  Todo esto, da como resultado la mejora de la calidad de la función pública junto con la eficiencia en la gestión.  Hay que hacer más políticas públicas con los mismos recursos, por lo que se ha optado por la inclusión de las nuevas tecnologías, herramientas de control de gestión para un correcto uso de los dineros públicos, evaluación de proyectos para analizar la factibilidad; una visión orientada al cliente, para descubrir las verdaderas necesidades de los ciudadanos y no simples políticas públicas que venían con creencias de “esto es lo mejor para el ciudadano”.
  • 40.  El Estado ya no se enfoca solamente en su visión interna, sino que al contrario ha adoptado políticas de análisis del entorno, un enfoque más estratégico; y, en materia interna, ha profesionalizado su administración pública mediante la contratación de los más capacitados, remuneraciones por desempeño y resultados.  Es necesario agregar la flexibilidad requerida para responder a las necesidades de la sociedad, mediante prácticas que se han realizado en el mundo privado, pero que también tienen cabida en lo público.  En todo este contexto, en general hemos dedicado mucho tiempo a comprender cómo algunos temas logran convertirse en parte de la agenda pública y en dedicar esfuerzos a poder tener un correcto diseño de política pública.  Sin embargo, hemos decidido no profundizar en uno de los temas que finalmente terminan siendo cruciales para poder agregar valor público: la gestión pública (o la implementación de las políticas públicas).
  • 41. ¿Qué hemos aprendido en este tema? a) La necesidad de tener administraciones públicas más abiertas y transparentes La creciente demanda por acceso a la información pública, que ha ido acompañada por una mayor transparencia, ha logrado que los gobiernos sean más responsables. Ahora, no sólo basta con tener una democracia, sino que se exige una democracia participativa con la consecuente expansión de la ciudadanía. b) Tener procesos basados en resultados Las reformas realizadas por diversos países, se han enfocado en: reformas al manejo financiero; mayor independencia, mediante las reformas estructurales a las organizaciones, que buscan descentralizar el mando; mayor especialización, con lo cual se genera experiencia en cada ámbito, de modo que las decisiones que se toman son efectivamente las mejor informadas; finalmente, la creación de indicadores de desempeño, los cuales apuntan a medir de manera objetiva el desenvolvimiento de funcionarios y organizaciones. c) ¡Hay que planificar! Por una parte, la planificación de largo plazo ha emergido como uno de los determinantes cruciales para mejorar las condiciones de los países, también la planificación de corto plazo también ha sido reconocida como relevante. d) Reasignación de los recursos y gestión presupuestaria hacia un rol más estratégico. El uso estratégico del proceso presupuestario ha surgido como una poderosa herramienta de gestión en las reformas recientes, tanto para la reasignación de recursos como para implementar cambios en la gerencia pública. De esta manera, se hace necesario pasar de presupuestos anuales a presupuestos plurianuales.
  • 42. Modelo de Negocio, Cadena de Valor y Planificación Estratégica  La definición de modelo de negocio es complicada y tiene muchísimas variantes. La definición clásica dice que es: “el plan previo al plan de negocio que define qué vas a ofrecer al mercado, cómo lo vas a hacer, quién va a ser tu público objetivo, cómo vas a vender tu producto o servicio y cuál será tu método para generar ingresos“.  En definitiva, es plasmar en un documento cómo vas a crear, desarrollar y capturar valor. Una pequeña visión de todo lo que puede ser tu startu en un futuro y los diferentes aspectos sobre los que se va a construir toda tu empresa. Sería como los pilares de un edificio, siendo el edificio tu negocio y esos pilares el propio modelo.  Hay que destacar que el modelo de negocio es algo más que saber de dónde vienen los ingresos, tal y como habéis podido ver en la primera definición. Ganar dinero será una consecuencia de todo ese proceso de saber qué ofreces, cómo lo haces, cuál es tu público y demás.
  • 43. Que es la Cadena de Valor  La cadena de valor es una herramienta estratégica usada para analizar las actividades de una empresa (El Estado), y así identificar sus fuentes de ventaja competitiva.  El concepto de cadena de valor se comienza a popularizar hacia 1985 a partir de la publicación del libro The Competitive Advantage: Creating and Sustaining Superior Performance, del profesor Michael Porter, quien se basó en la idea de los sistemas empresariales, desarrollada por la firma McKinsey & Co. a comienzos de la misma década.  La propuesta de McKinsey consideraba a la empresa como una serie de funciones, marketing, recursos humanos, producción, etc., que se debían analizar en relación a las mismas funciones de las firmas competidoras, si lo que se quería era entender su estrategia y conocer su posición en el mercado.  Porter fue más allá de ese concepto de amplios niveles funcionales descomponiéndolos en sus actividades individuales, agregando además que las fuentes de ventaja competitiva, liderazgo en bajo costo y diferenciación, propuestas en Competitive Strategy: Techniques for Analyzing Industries and Competitors (1980), dependían de dichas actividades individuales. Así, mediante esta desagregación, la cadena de valor proveía a la firma con las capacidades de entender sus costos y de identificar sus fuentes de diferenciación existentes o potenciales.
  • 44.  La cadena de valor parte del concepto de que la empresa debe crear valor en los productos y servicios que ofrece a sus clientes, así que cabe preguntarse de qué se trata o a qué se refiere ese valor.  Un concepto fundamental de la teoría de Porter es el de margen. El margen es el valor que los productos y servicios de la compañía tienen desde el punto de vista de los clientes, menos los costos.  Porter, indica que desde el punto de vista de la competencia, el valor es lo que la gente está dispuesta a pagar por lo que se le ofrece. El valor se mide por los ingresos totales, reflejo del precio que se cobra por el producto y de las unidades que logra vender. Una empresa es rentable si su valor rebasa los costos de crear su producto.  La meta de una estrategia genérica es generar a los compradores un valor que supere su costo. El valor, y no el costo, debe utilizarse al analizar la posición competitiva, pues a menudo las empresas aumentan intencionalmente el costo para obtener un precio más alto a través de la diferenciación.  Mintzberg, Quinn y Boyer (p.90) lo explican así: el valor de un producto o servicio se mide con base en la cantidad que el comprador está dispuesto a pagar, en otras palabras, un precio.
  • 45. Planificación Estratégica  La Planificación Estratégica, PE, es una herramienta de gestión que permite apoyar la toma de decisiones de las organizaciones en torno al quehacer actual y al camino que deben recorrer en el futuro para adecuarse a los cambios y a las demandas que les impone el entorno y lograr la mayor eficiencia, eficacia, calidad en los bienes y servicios que se proveen.  La Planificación Estratégica consiste en un ejercicio de formulación y establecimiento de objetivos de carácter prioritario, cuya característica principal es el establecimiento de los cursos de acción (estrategias) para alcanzar dichos objetivos.  Desde esta perspectiva la PE es una herramienta clave para la toma de decisiones de las instituciones públicas.  A partir de un diagnóstico de la situación actual (a través del análisis de brechas institucionales), la Planificación Estratégica establece cuales son las acciones que se tomarán para llegar a un “futuro deseado”, el cual puede estar referido al mediano o largo plazo.  La definición de los Objetivos Estratégicos, los indicadores y las metas, permiten establecer el marco para la elaboración de la Programación Anual Operativa que es la base para la formulación del proyecto de presupuesto.
  • 46.  El uso de la Planificación Estratégica en el ámbito público se concibe como una herramienta imprescindible para la identificación de prioridades y asignación de recursos en un contexto de cambios y altas exigencias por avanzar hacia una gestión comprometida con los resultados.  Las características centrales de la gestión orientada a resultados son:  Identificación de objetivos, indicadores y metas que permitan evaluar los resultados, generalmente a través del desarrollo de procesos planificación estratégica como herramienta para alinear las prioridades a los recursos y establecer la base para el control y evaluación de las metas.  Identificación de niveles concretos de responsables del logro de las metas.  Establecimiento de sistemas de control de gestión internos donde quedan definidas las responsabilidades por el cumplimiento de las metas en toda la organización, así como también los procesos de retroalimentación para la toma de decisiones.  Vinculación del presupuesto institucional a cumplimiento de objetivos.  Determinación de incentivos, flexibilidad y autonomía en la gestión de acuerdo a compromisos de desempeño.  La planificación estratégica es un proceso que antecede al control de gestión, el cual permite hacer el seguimiento de los objetivos establecidos para el cumplimiento de la misión.
  • 47. Innovación en el diseño de servicios.  El diseño de servicios es la actividad de planificar y organizar: personas, infraestructura, comunicación y materiales que componen un servicio, para mejorar su calidad, la interacción entre el proveedor y las personas usuarias y la experiencia de las mismas.  El diseño de servicios permite diseñar experiencias memorables para las personas usuarias creando nuevos vínculos entre los diferentes agentes del proceso potenciando sus capacidades de acción e interacción.  El aumento del tamaño y la creciente importancia del sector servicios, tanto en número de gente empleada como en importancia económica, requiere que los servicios sean minuciosamente diseñados para que los proveedores de servicios sean competitivos y continúen atrayendo personas usuarias.  El diseño (o rediseño) de un servicio puede requerir por un lado la reorganización de las actividades que realizan los proveedores del servicio (back office) y por el otro el rediseño de las interfaces e interacciones que tienen las personas usuarias con el proveedor del servicio (front office: website, contacto personal, teléfono, blog, etc.)  El diseño de servicios se está usando cada día más, tanto en el sector privado como en el sector público para realizar una transformación de la experiencia del servicio acorde con los requerimientos de las personas usuarias.
  • 48.  Una de las sistemáticas de diseño de servicios utilizadas es design thinking. Originalmente desarrollado para el diseño de productos, ha sido posteriormente adaptada para el diseño en servicios.  Este proceso integra el diseño desde el mismo inicio del desarrollo de una experiencia o servicio, partiendo del entendimiento del cliente.  Para lograrlo, se utilizan diversas herramientas y técnicas​ procedentes de varias disciplinas, como Antropología, Psicología, Artes Plásticas, Computación, etc.  El diseño de servicios se suele basar en el seguimiento cercano (shadowing) y el estudio empático de los usuarios para la mejor comprensión de sus usos y comportamientos con respecto a un servicio.  Esta técnica es mucho más certera que las tradicionales encuestas a distancia porque: lo que la gente dice que hace no suele ser lo que realmente hace. Los conceptos e ideas generadas son capturadas en sketches y prototipados de servicio. De esta forma, aplicando herramientas y técnicas de diseño se pueden mejorar o crear los servicios.
  • 49. FASES EN EL PROCESO DE DISEÑAR SERVICIOS 1. Observar cómo los usuarios utilizan el servicio. ¿Como se relacionan con él? ¿En que situación? ¿Solos o acompañados? ¿Que hacen antes y después?.. Es mucho más que montar un focus group. 2. Involucrar a los usuarios en el proceso, conseguir su ayuda, ideas y propuestas. ¿Quien mejor que el usuario para contarnos cuales son los puntos de mejora, las situaciones que le producen frustración? 3. Diseñar el blueprint, donde analizar cómo se entrega el servicio, cómo se relacionan los actores, dónde se entrega el valor…etc. 4. Analizar la calidad, no sólo a través de los usuarios sino del uso de otros parámetros (costo- efectividad, posibilidades de mejora..). Lo que de verdad necesitan – observación vs. escuchar). 5. Desarrollar y crear un mapa de ideas con las posibilidades de mejora identificadas. 6. Prototipar el nuevo servicio. Hay múltiples formas de probar el servicio, pero el objetivo final es que sea barato y conseguir el servicio mejor alineado con los parámetros establecidos. 7. Crear una caja de herramientas, para que el trabajo realizado no sólo se quede en un proyecto de mejora aisladamente, sino que se convierta en parte integral de los procesos de la institución.