Este documento describe el impuesto de Industria y Comercio en Bogotá. Se clasifica a los contribuyentes en Régimen Común y Régimen Simplificado. El Régimen Común aplica a personas naturales sin requisitos especiales y todas las personas jurídicas. El Régimen Simplificado aplica a contribuyentes con ingresos menores a ciertos umbrales. También explica cómo calcular la base gravable e impuesto aplicando tarifas a los ingresos netos.
Impuesto industria y comercio, avisos y tableros[1]
1. Impuesto Industria y Comercio, Avisos
y Tableros
• El impuesto de Industria y Comercio
es un gravamen de carácter
municipal que grava toda actividad
industrial, comercial o de servicios
que se realiza en Bogotá en forma
ocasional o permanente, con o sin
establecimientos.
• Son responsables del impuesto de
industria y comercio la persona
natural o jurídica o la sociedad de
hecho, que realice el hecho
generador de la obligación tributaria,
consistente en el ejercicio de
actividades industriales, comerciales
o de servicios en la jurisdicción del
Distrito Capital.
2. Los contribuyentes del impuesto de
industria y comercio se clasifican en
Régimen Común: Obligaciones del régimen común:
• Inscribirse, dentro de los dos meses siguientes,
al Registro de Información Tributaria RIT.
Los contribuyentes del • Actualizar el Registro de Información Tributaria
RIT con las novedades, cese de actividades, etc.
régimen común son las dentro de los dos meses siguientes al hecho.
personas naturales que • Declarar y pagar el Impuestos de ICA,
bimestralmente.
no cumplen con los • Declarar y pagar en el formulario específico, las
requisitos para •
retenciones de ICA practicadas.
Llevar libros de contabilidad, conforme a los
pertenecer al régimen principios de contabilidad aceptados.
simplificado y sin • Expedir factura con el lleno de los requisitos.
excepción todas las • Informar el NIT en correspondencia y
documentos.
personas jurídicas. • Conservar información y pruebas.
3. Régimen Obligaciones del régimen simplificado:
Simplificado: • Inscribirse, dentro de los dos meses
siguientes al inicio de actividades, al
• Que en el año anterior hubieren obtenido Registro de Información Tributaria RIT.
ingresos brutos totales provenientes de la
actividad, inferiores a $100.528.000 (valor año • Actualizar el Registro de Información
base 2011 igual a 4.000 UVT). Tributaria RIT con las novedades, cese de
• Que no hayan celebrado en el año actividades, etc. dentro de los dos meses
inmediatamente anterior ni en el año en curso siguientes al hecho.
contratos de venta de bienes o prestación de • Declarar y pagar el Impuestos de ICA,
servicios gravados por valor individual y anualmente.
superior a $82.936.000 (valor año base 2011
igual a 3.300 UVT). • Llevar libro fiscal de registro de
• Que el monto de sus consignaciones bancarias, operaciones.
depósitos o inversiones financieras durante el • Informar el NIT en correspondencia y
año anterior o durante el respectivo año no documentos
supere la suma de $113.094.000 (valor año base
2011 igual a 4.500 UVT). • Conservar información y pruebas, por lo
• Que tengan máximo un establecimiento de menos cinco años.
comercio, oficina, sede, local o negocio donde • Los contribuyentes que pertenezcan al
ejercen su actividad. régimen simplificado que obtengan
• Que en el establecimiento de comercio, oficina, durante el año gravable ingresos netos
sede, local o negocio no se desarrollen inferiores a 80 salarios mínimos
actividades bajo franquicia, concesión, regalía, mensuales vigentes no tienen que
autorización o cualquier otro sistema que
implique la explotación de intangibles. presentar la declaración del impuesto de
• Que no sean usuarios aduaneros. Industria y comercio.
4. Base gravable
• El impuesto de industria y comercio
correspondiente a cada bimestre, se
liquida con base en los ingresos netos del
contribuyente obtenidos durante el
periodo. Para determinarlos, se resta de la
totalidad de los ingresos ordinarios y
extraordinarios, los correspondientes a
actividades exentas y no sujetas, así como
las devoluciones, rebajas y descuentos, las
exportaciones y la venta de activos fijos.
• Hacen parte de la base gravable, los
ingresos obtenidos por rendimientos
financieros, comisiones, y en general
todos los que no estén expresamente
excluidos. La tarifa: Una vez obtenida la
base gravable se multiplica por la tarifa
correspondiente al código de actividad(es)
desarrollada(s)
• La liquidación del impuesto de industria y
comercio será igual al resultado de
multiplicar el valor determinado como
base gravable por la tarifa
correspondiente.