1. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
INTEGRANTES
KELIBETH GAMEZ BRITO
YOSELIN AGUILAR BUELVAS
GLEIDY NOREÑA GIRALDO
JORGE QUINTERO SIPRIAN
HUGER MARQUEZ GULLOZO
2. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
¿Qué es el impuesto de
Industria y Comercio?
Es el gravamen establecido sobre las
actividades industriales, comerciales y de
servicios, a favor de cada uno de los
distritos y municipios donde ellas se
desarrollan, según la liquidación privada.
3. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
¿Qué es el impuesto complementario
de avisos y tableros?
Es el impuesto que se paga por la
instalación de avisos en el espacio público
y se declara en conjunto con el de
Industria y Comercio a la tarifa del 15%
sobre el valor del impuesto de Industria y
Comercio.
4. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
¿Cuáles son las actividades industriales
que deben declarar y pagar el impuesto
de Industria y Comercio?
Son las actividades de producción, ex tracción,
fabricación, manufactura, confección,
preparación, reparación, ensamblaje de
cualquier clase de materiales y bienes, y en
general, cualquier proceso de transformación
por elemental que éste sea.
5. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
¿Cuáles son las actividades no sujetas
al Impuesto de Industria y Comercio?
No están sujetas al impuesto de Industria y
Comercio las siguientes actividades: La
producción primaria, agrícola, ganadera y
avícola sin que se incluyan la fabricación de
productos alimenticios o de toda industria
donde exista un proceso de transformación,
por elemental que éste sea.
6. Maestría en Finanzas
Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
¿Por qué se paga el impuesto de
Industria y Comercio?
Porque el Estado busca obtener recursos
para cubrir sus necesidades a través de
impuestos creados por el mismo de acuerdo
a un plan de desarrollo. Estos ingresos
corresponden a ingresos corrientes
tributarios, en este caso a un impuesto
municipal.
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
• HECHO IMPONIBLE : Recae sobre todas las
actividades industriales, comerciales, de
servicios y financieras, que se ejerzan o
realicen dentro del municipio de Riohacha,
de manera permanente o temporal, con
establecimientos de comercio o sin ellos.
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IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
• HECHO GENERADOR: Genera la
obligación tributaria la realización o
desarrollo de actividades industriales,
comerciales, de servicios, financieras
aquellas análogas o similares, en forma
directa o indirecta en jurisdicción del
municipio de Riohacha
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
• SUJETO ACTIVO: Municipio de Riohacha,
tiene potestades tributarias de
administracion, determinación, control,
fiscalización, investigación, discusión,
liquidación, cobro, recaudo devolución e
imposición de sanciones.
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IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
• SUJETO PASIVO: personas naturales o jurídicas,
sociedades de hecho, establecimientos públicos y
empresas industriales y comerciales del orden
nacional, departamental y Municipal, las sociedades
de economía mixta de todo orden, las unidades
administrativas de régimen especial y las demás
entidades estatales de cualquier naturaleza , y los
demás sujetos pasivos , que realicen el hecho
generador de la obligación tributaria consistente en
el ejercicio de actividades industriales, comerciales,
de servicios y financieras, en la jurisdicción del
municipio de Riohacha
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
SUJETO PASIVO (modificado acuerdo 015/2014)
Se deberá hacer retención a todos los sujetos
pasivos de este impuesto ,los que realicen
actividades, industriales, comerciales, de servicio,
financieros a los nuevos contribuyentes de
acuerdo al art 54 ley 1430 de 2010 y en general
las que sean gravadas que se encuentren en la
jurisdicción del municipio de Riohacha.
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TIPOS DE ACTIVIDAD
• Actividad industrial
• Actividad comercial
• Actividad de servicios
• Actividad financiera
• Actividades Analogas
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COMERCIO
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ELEMENTOS DEL IMPUESTO
PERIODO GRAVABLE: anual
Se causa anualmente a partir del inicio de la
actividad.
• Reglas sobre territorialidad
• Reglas especiales sector financiero
• Actividad realizadas municipio de Riohacha
• Profesiones liberales
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BASES GRAVABLES
• Totalidad de lo ingresos brutos ordinarios y extraordinarios obtenidos en
el respectivo periodo gravable, se descuenta actividades
• Exentas
• Excluidas o no sujetas
• Venta de activos fijos
• Subsidios
• Exportaciones
• Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas
Se incluyen rendimientos financieros y comisiones.
• Prueba de disminución de la base gravable
• Valores deducibles o excluidos
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BASES GRAVABLES
• Base gravable en los servicios de publicidad y seguros
• Base gravable para el distribuidor de derivados del petróleo y demás
combustible
• Base gravable para empresas prestadoras de servicio públicos domiciliarios
• Base gravable de las entidades integrantes del sistema general de
seguridad social en salud
• Base gravable en empresas de generación eléctrica y para entidades
publicas propietarias de las obras
• Base gravable fondos mutuos de inversión
• Base gravable en la prestación de servicio de transporte
• Base gravable para las entidades que presten servicios financieros bajo la
modalidad de tarjetas de crédito
• Base gravable para empresas sin sede en el municipio de Riohacha que
suministren materiales, insumos bienes y mercancías cuyo destinatario no
sea el usuario final del proceso de comercialización.
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BASES GRAVABLES
• Base gravable en la venta con pacto de retroventa
• Base gravable de entrega de mercancía en consignación
• Base gravable en la consignación de vehículos
• Base gravable en actividades de administración delegada
• Base gravable en la actividad de los urbanizadores
• Base gravable en la contratación de construcción
• Base gravable en la construcción
• Base gravable en contratos de interventoría deconstrucción ,
estudios, proyectos, diseño y asesoría profesional
• Base gravable en la prestación de servicios y consultoría profesional
• Base gravable para otros servicios de comunicaciones y
esparcimiento por suscripción
• Base gravable -ingresos mínimos presuntos en servicios de
telefonía celular base impositiva para el sector financiero
• Base presuntiva mínima para ciertas actividades
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BASES GRAVABLES
• CONCURENCIA DE ATIVIDADES
• PRESUNCION DE EJERCICIO DE LA
ACTIVIDAD
• SOLIDARIDAD
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Base de retención
• El valor del total del pago siempre y cuando
supere 1 salario mínimo mensual legal vigente
• Se hará retención a las personas naturales o
jurídicas que realicen actividad gravada en
forma permanente u ocasional (art 13
acuerdo 014 que modifico el articulo 488
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• TARIFAS REGIMEN SIMPLIFICADO (art 10
acuerdo 015/2014): los comerciantes y
artesanos que sean minoritarios o detallistas
que tengan o no establecimiento de comercio
y no estén obligados a llevar libros de
contabilidad cancelaran de autor retención 2.5
UVT (Bimensual), si opta por la declaración
anual deberá aplicar la tarifa del art 122 del
acuerdo 015 /2007 que lo grava a una tarifa
del 5*1.000 sobre todas las actividades que
realice.
TARIFAS
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LIQUIDACION Y PAGO
• LIQUIDACION Y COBRO CONTRIBUYENTES
DEL REGIMEN SIMPLIFICADO
• ESTIMULO A CONTRIBUYENTES QUE
EMPLEEN PERSONAS DISCAPACITADAS
DECLARACION
• EFECTOS EN LA DECLARACION CUANDO HA
SIDO OBJETO DE RETENCION EN LA FUENTE
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
TRATAMIENTOS ESPECIALES
• PROHIBICIONES Y CONDICIONES PARA
SUAPLICABILIDAD EN EL IMPUESTO DE
INDUSTRIA Y COMERCIO
• ANTICIPO AL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE AVISOS Y
TABLEROS
SUJETO PASIVO
Son las personas naturales, jurídicas o las
definidas en el articulo 26 del presente
estatuto, que desarrollen una actividad
gravable con el impuesto de industria y
comercio y coloquen avisos para la
publicación o identificación de sus actividades
o establecimientos
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE AVISOS Y
TABLEROS
MATERIA IMPONIBLE
Esta constituida por la colocación de avisos y tableros que se
utilizan como propaganda o identificación de una actividad o
establecimiento publico dentro de la jurisdicción del
Municipio de Riohacha.
HECO GENERADOR
•Esta dada por la efectiva colocación de los avisos y tableros.
•Se generara para todos los establecimientos del
contribuyente por lo colocación efectiva en alguno de ellos.
•Colocación de Avisos y tableros en centros y pasajes
comerciales, así como todo aquel que sea visible en vias
publicas
•Vehículos o cualquier otro medio de transporte.
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Impuesto de Industria y comercio , Avisos y tableros
IMPUESTO DE AVISOS Y
TABLEROS
BASE GRAVABLE
Sera el total del impuesto de industria y comercio tanto
de actividades industriales, comerciales , servicios y
financieras.
TARIFA
15% ANUAL del impuesto de industria y comercio.
OPORTUNIDAD Y PAGO
Se liquidara y cobrara conjuntamente con el impuesto de
industria y comercio.
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EXTEMPORANEDAD EN LA PRESENTACION
DE LA DECLARACION ART. 485
• LUGAR DE PRESENTACION Y CONTENIDO DE LA DECLARACION ART 486
• TARIFA DE RETENCION Y AUTORRETENCION ART 16 MOD 2014 Y ART 490
2007
• DECLARACION DE RETENCIONES
• EFECTOS DE LA FIRMA DEL CONTADOR O REVISOR FISCAL
• DECLARACION QUE SE ENTIENDEN POR NO PRESETNADAS
• CORRECCION DE LAS DECLARACIONES
• DECLARACION PARA CONTRIBUYENTES CON VARIOS ESTABLECIMIENTOS
• LIQUIDACION OFICIAL