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Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
2014-2015
[PRÁCTICA MÓDULO II
EDUCACIÓN Y SOCIEDAD.]
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
Apellidos, Nombre: Borrell Lizana, Víctor.
Titulación: Grado Magisterio Ed. Primaria. Grupo: A Curso Académico: Segundo
Autoevaluación Práctica II: 0,65
PRÁCTICA 2A
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal
(LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación
de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
LOMCE:
Preámbulo II:
La realidad familiar en general, y en particular en el ámbito de su relación con la
educación, está experimentando profundos cambios. Son necesarios canales y hábitos
que nos permitan restaurar el equilibrio y la fortaleza de las relaciones entre alumnos y
alumnas, familias y escuelas. Las familias son las primeras responsables de la educación
de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en
sus decisiones. Son de destacar los resultados del trabajo generoso del profesorado,
familias y otros actores sociales, que nos brindan una visión optimista ante la
transformación de la educación a la que nos enfrentamos, al ofrecernos una larga lista
de experiencias de éxito en los más diversos ámbitos, que propician entornos locales, en
muchos casos con proyección global, de cooperación y aprendizaje.
Artículo 132: Competencias del profesor.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos
que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que
favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación
integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.
Articulo seis bis: se añade, apartado siete.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
5. En el conjunto de la etapa, acción tutorial orientará el proceso educativo
individual y colectivo del alumnado.
LOE
Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización,
regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a
la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les
corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos
reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria
que les ayude en la educación de sus hijos. Conseguir que los padres y las madres se
impliquen en la educación de sus hijos, no es posible sin un profesorado comprometido
en su tarea.
CAPITULO I: EDUCACIÓN INFANTIL
3. Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres
o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con
ellos.
ARTÍCULO 118. PNPOS GENERALES
3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia,
el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal
de administración y servicios en los centros educativos.
4. A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las
familias en la educación de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarán
medidas que promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la
escuela.
ARTÍCULO 121. PROYECTO EDUCATIVO
2. Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno
social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado
y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no
discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los
principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
5. Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores
legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores
y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del
alumnado.
ARTICULO 132. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos
que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que
favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación
integral en conocimientos y valores de los alumnos.
LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA LA MANCHA
CAPÍTULO III: LAS FAMILIAS
Artículo 22. El papel de las familias.
Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo
y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad
educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.
Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho
a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas
o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de
los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de
Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el
derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la
formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen
derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto
educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios
de evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso académico de
sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su
rendimiento académico.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se
sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las
normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al
desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.
1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado
matriculado
Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos
en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de
sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la
localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
Artículo 29. La colaboración de las familias.
Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma
voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no
lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.
Artículo 51. Orientación y acción tutorial.
La acción tutorial y el asesoramiento específico en orientación tendrán un papel
relevante en cada uno de los cursos para adaptar el proceso educativo a las necesidades,
estilos y ritmos de aprendizaje de todos y cada uno de los alumnos y alumnas, para
asegurar la cohesión y el mejor funcionamiento del
Grupo, y para garantizar la comunicación con las familias y su asesoramiento.
DECRETOS DE CURRICULO
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha
Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,
por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2014/10617]
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
III- Otras disposiciones y actos.
La implantación del currículo de Educación Primaria en los centros docentes que
imparten esta etapa, supone cambios estructurales en su organización y operativos en
cuanto a su funcionamiento. Una vez que el Decreto 54/2014, de 10 de julio, ha
regulado los elementos curriculares en sus aspectos fundamentales, procede ahora
ordenar su aplicación concreta con la finalidad de que los alumnos y alumnas de
Castilla-La Mancha sean centro de referencia y eje de actuaciones de todo el proceso de
enseñanza y aprendizaje. Desde este planteamiento, el principio de educación
personalizada se constituye como hilo conductor de la práctica docente, de la relación
con las familias y de toda la vida del centro.
Articulo 7. Principios pedagógicos metodológicos.
6. La acción tutorial se convierte en uno de los ejes de la atención personalizada
al alumnado. La Comisión de coordinación pedagógica planificará las actuaciones más
relevantes en la propuesta curricular de la etapa, que los equipos de nivel concretarán
para su alumnado, en coordinación con el responsable de orientación educativa.
Capítulo III. Evaluación.
Articulo 13. Elementos generales de la evaluación de los aprendizajes
El equipo docente se reunirá en las sesiones de evaluación para valorar tanto el
aprendizaje del alumnado, como la información procedente de las familias y el
desarrollo de su propia práctica docente, con la finalidad de adoptar las medidas
pertinentes para la mejora del proceso educativo.
Las sesiones de evaluación contarán con el asesoramiento del responsable de
orientación y la colaboración de los especialistas de apoyo, cuando sea preciso.
Articulo 14. Evaluación inicial.
El equipo docente de cada grupo realizará una evaluación inicial con los
procedimientos que se determinen en las programaciones didácticas respectivas.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
Los resultados de esta evaluación se completarán con el análisis de datos e
informaciones recibidas por parte del tutor del curso anterior, del centro de procedencia,
de las familias o de otras fuentes.
El equipo docente, en función de los resultados y datos obtenidos, tomará
decisiones sobre la revisión de las programaciones didácticas y la adopción de medidas
para mejorar el nivel de rendimiento del alumnado o atender a sus necesidades
educativas.
La presentación de resultados y conclusiones de la evaluación inicial se realizará
en una sesión de evaluación, de la que se levantará acta.
Artículo 9. Propuesta curricular.
2. La propuesta curricular formará parte del Proyecto educativo de cada centro y
tendrá, al menos, los siguientes elementos:
a) Introducción sobre las características del centro y del entorno.
b) Objetivos de la etapa de Educación Primaria y perfil descriptivo de las
competencias clave. Elementos relevantes de su contextualización.
c) Principios metodológicos y didácticos generales.
d) Procedimientos de evaluación de los aprendizajes del alumnado.
e) Criterios de promoción.
f) Procedimientos de evaluación de la programación didáctica y de la práctica
docente.
g) Medidas curriculares y organizativas para la atención a la diversidad del
alumnado. Procedimiento de elaboración y evaluación de las adaptaciones.
h) Plan de lectura.
i) Plan de tutoría.
j) Plan de Tecnologías de la información y la comunicación.
k) Acuerdos para la mejora de los resultados académicos.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
l) Incorporación de los elementos transversales
Artículo 19. Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva.
El responsable de la tutoría del grupo dará información a las familias, en un
lenguaje asequible, sobre los contenidos programados para cada curso, y especialmente,
sobre los procedimientos de evaluación y los criterios de calificación y promoción.
Asimismo, les informará de los resultados obtenidos por los alumnos en las
evaluaciones finales o individualizadas.
En el caso de que los responsables legales del alumno o alumna manifiesten
algún tipo de desacuerdo con los resultados de las evaluaciones finales de curso, tanto
ellos como los responsables del centro docente, actuarán con el siguiente procedimiento:
1. Los padres o tutores legales podrán solicitar por escrito al tutor cuantas
aclaraciones consideren precisas sobre las calificaciones de la evaluación final de curso
otorgadas en alguna área o sobre las decisiones que se adopten como resultado de las
mismas, especialmente las relativas a la promoción de curso o etapa. Dispondrán para
ello de un plazo de dos días hábiles desde la notificación de los resultados por parte del
centro.
2. Si tras las aclaraciones, persiste el desacuerdo, los padres o tutores legales
podrán presentar por escrito una reclamación ante la Dirección del centro, solicitando la
revisión de dichas calificaciones o decisiones, en un plazo de dos días hábiles a partir de
aquel en que se produjo la comunicación por parte del tutor.
3. La reclamación referida a la calificación final de curso otorgada en alguna
área, se basará en uno o varios de los argumentos que siguen:
a) La incorrecta aplicación de los criterios e instrumentos de evaluación
establecidos en las programaciones didácticas y su concreción, si existiera, para el grupo
o para el alumnado con adaptaciones curriculares.
b) La inadecuación de los instrumentos de evaluación a las características del
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en el marco de las directrices y
medidas señaladas en el proyecto educativo para la atención a la diversidad.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación
final de curso y los obtenidos en el proceso de evaluación continua a lo largo del
mismo.
4. Recibida la reclamación, el Jefe de estudios trasladará la misma al tutor del
alumno, como coordinador del equipo docente y de la sesión de evaluación final. El
equipo docente que haya impartido docencia al alumno se reunirá en sesión
extraordinaria en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir de aquel en que
se produjo la reclamación, para proceder al estudio de la misma y adoptar un acuerdo
por mayoría, debidamente motivado, de modificación o ratificación de las
correspondientes calificaciones o decisiones, conforme a los criterios de evaluación,
calificación y promoción establecidos para el curso o etapa.
El maestro tutor recogerá en el acta de la sesión extraordinaria la descripción de
los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar y el acuerdo de ratificación o
modificación del equipo docente ante el objeto de la reclamación, y lo elevará a la
Dirección del centro; quien, mediante resolución motivada, comunicará por escrito este
acuerdo al alumno y a sus padres o tutores legales, en el plazo de dos días hábiles
contados a partir de su adopción. Esta resolución pondrá fin a la reclamación en el
centro.
5. En la comunicación de la Dirección del centro al interesado, se señalará la
posibilidad de mantener la discrepancia sobre la calificación o la decisión de
promoción, y de elevar recurso de alzada dirigido al Coordinador Provincial de los
Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir
de la recepción de dicha comunicación.
6. La Dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamaciones, acuerdos,
informes, copia de actas, instrumentos de evaluación, etc.) al Servicio de Inspección de
Educación, en el plazo de dos días hábiles tras recibir el correspondiente requerimiento.
En el plazo de tres meses a partir de la recepción del expediente, el Coordinador
Provincial del Servicio Periférico, previo informe de la Inspección de Educación,
adoptará la resolución pertinente, que será motivada en todo caso, y que se comunicará
inmediatamente al Director del centro docente para su aplicación y traslado al
interesado. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
7. Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna
calificación final o de la decisión de promoción adoptada para el alumno, el Secretario
del centro insertará en las actas y, en su caso, en el expediente académico y en el
historial del alumno, la oportuna diligencia que será visada por el Director.
AÑO XXXIII Núm. 156 14 de agosto de 2014 24028
Artículo 20. Órganos de coordinación docente.
1. En los centros de Educación Infantil y Primaria existirán los siguientes
órganos de coordinación docente:
a) Tutoría.
b) Equipo docente.
c) Equipo de nivel.
d) Comisión de coordinación pedagógica.
e) Equipo de orientación y apoyo.
2. Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos un mínimo de dos
cursos académicos y un máximo de tres.
En todo caso, se garantizará que el tutor permanece con el mismo grupo de
alumnos en quinto y sexto cursos.
Artículo 24. Otras consideraciones horarias.
Disposición adicional segunda.
La Consejería competente en materia de educación promoverá la elaboración de
modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos, con la finalidad
de contribuir al desarrollo del currículo y atender a las distintas necesidades del
profesorado, alumnado y familias.
Corrección de errores del Decreto 54/2014, de 10/07/2014: no aporta nada.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación
Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.:
Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso
educativo.
Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del
proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la
evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten
los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos
oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se
realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o
de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico.
Artículo 2. Principios generales.
6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas
experiencias y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se
adaptará a sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con
base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
PRÁCTICA 2B
Tras el visionado del: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar
en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una
breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en
relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
Tras visualizar el contenido del video podemos establecer conclusiones diversas sobre
los elementos que se aportan en dicha comunicación. Podemos apreciar la misma
situación pero abordada de diferente manera, viendo las principales ventajas e
inconvenientes sobre las formas de abordaje de situaciones similares a la que acontece
en el video.
En cuanto a los elementos que se aportan en dicha reunión, podemos ver diferentes
tipos de comunicación para crear un cierto clima de confianza con los padres/ tutor,
como la verbal (comentarios, entonación…), no verbal (gestos, miradas, posturas…)
Podemos observar diferentes tipos de modelo de comunicación con la familia, en el
primer caso se presenta el modelo agresivo, poco apropiado para conversar con
cualquier miembro del entorno escolar. Como vemos, el profesor se muestra distante y
contrariado ante la madre, no adopta una postura adecuada manteniendo los dos la
conversación de pie, por lo que no da confianza a la madre. Tanto la madre como el
profesor realizan diversos gestos de forma agresiva, por lo que los comentarios y la
entonación van en aumento, no se crea un clima cálido y al final esto repercute en la
finalidad de la conversación, que es conseguir una solución ante el problema.
En cambio, el siguiente modelo que se aprecia es el más adecuado, ya que se crea un
clima cordial y de confianza para entablar una conversación. El profesor intenta crear un
clima de confianza acercando a la madre la silla, conversan una vez han tomado asiento,
la conversación es mucho mejor, mantienen los turnos de palabra, no se interrumpen y
lo más importante, y es que cada parte muestra su conformidad y ofrecen múltiples
posibilidades para resolver el problema.
Como crítica ante estas situaciones, puedo concluir que el segundo modelo que se
presenta en el video es el más adecuado para conversar con un padre en lo referente a
cualquier problema. Se debe crear un clima adecuado y de confianza para que se
muestre receptivo y participativo para exponer los hechos y asimismo buscar posibles
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
soluciones ante los problemas de su hijo. El segundo modelo es el más inadecuado no
solo para conversar con padres sino con cualquier persona y no conseguiremos los
objetivos que nos proponemos.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
PRÁCTICA 2C:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas
y medidas de mejora para promover dicha participación.
Este aspecto es un hecho muy importante, ya que el rendimiento de los escolares
depende en mayor o menor medida de la vinculación que tengan los padres con los
respectivos centros educativos.
Podemos señalar como una de las principales causas de la baja participación de
los padres al tiempo que ellos tienen, ya sean por motivos laborales o familiares, no
pueden dedicar todo el tiempo que quisieran a mejorar este aspecto. Otra de las causas
puede ser que en su gran mayoría, sea por escaso interés, muchos padres de alumnos no
muestran interés por colaborar dentro de cualquier actividad de diversa índole
simplemente porque piensan que carece de utilidad, y supone aún más una pérdida de
tiempo.
Otros datos encontrados aportan diversos motivos. Otro que resalta el AMPA,
es el desconocimiento de las tareas que deben de realizar por parte de los padres, ya que
estos dejan en manos de los centros educativos toda la labor de la educación en manos
de los profesores.
En mayor o menor medida existen múltiples causas, pero todas están
relacionadas con la falta de tiempo, pereza o por el desconocimiento de los beneficios
que aportan estas actuaciones.
En lo referente a las medidas que se pueden tomar es complicado establecer un
criterio adecuado para cambiar estas tendencias, es difícil que los padres cambien esta
mentalidad, pero es importante que se vinculen más en el entorno escolar. Se pueden
hacer una serie de actividades, tareas o gymkana para aumentar su participación y
proponer pruebas para que colaboren con sus respectivos hijos para conseguir algunas
metas establecidas. Estas actividades se podrían plantear en diferentes etapas o días,
intentando que los padres puedan cooperar de la mejor manera posible, en definitiva,
facilitarles el acceso a información, materiales y disponibilidad de tiempo.
Víctor Borrell Lizana
2ºA Magisterio Primaria
PRÁCTICA MODULO II
FUENTE:
https://www.google.es/?gws_rd=ssl#q=baja+participacion+de+los+padres+en+el+centr
o+educativo (PDF)
https://lunaraque.wordpress.com/2013/05/19/causas-de-la-baja-participacion-de-
los-padres-en-los-centros-educativos/
http://www.mecd.gob.es/revista-cee/pdf/n4-bolivar-botia.pdf
PRÁCTICA 2D:
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual
(ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma
en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil
y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica
o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra
actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.
Para mejorar la participación de los padres y madres en el ámbito educativo se pueden
realizar una serie de jornadas con juegos y actos que involucren tanto a padres
como profesores además de los escolares. En dichos juegos se pondrá a prueba
la vinculación o competitividad que tienen padres e hijos.
La jornada que yo propongo consistiría en realizar una comida entre padres, alumnos y
profesores en el pinar de Olías del Rey. Este es un entorno muy favorable para
realizar picnics, comidas o derivados, siempre y cuando se respete el entorno.
Para finalizar esta jornada se proponen una serie de juegos donde el entorno
juega un papel importante para la realización de los mismos. Adjunto PPT donde
muestro algunas pruebas que serían posibles de realizarse entre padres e hijos.

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Análisis de la participación de las familias y la acción tutorial en la normativa educativa

  • 1. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria 2014-2015 [PRÁCTICA MÓDULO II EDUCACIÓN Y SOCIEDAD.]
  • 2. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD Apellidos, Nombre: Borrell Lizana, Víctor. Titulación: Grado Magisterio Ed. Primaria. Grupo: A Curso Académico: Segundo Autoevaluación Práctica II: 0,65 PRÁCTICA 2A Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. LOMCE: Preámbulo II: La realidad familiar en general, y en particular en el ámbito de su relación con la educación, está experimentando profundos cambios. Son necesarios canales y hábitos que nos permitan restaurar el equilibrio y la fortaleza de las relaciones entre alumnos y alumnas, familias y escuelas. Las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones. Son de destacar los resultados del trabajo generoso del profesorado, familias y otros actores sociales, que nos brindan una visión optimista ante la transformación de la educación a la que nos enfrentamos, al ofrecernos una larga lista de experiencias de éxito en los más diversos ámbitos, que propician entornos locales, en muchos casos con proyección global, de cooperación y aprendizaje. Artículo 132: Competencias del profesor. g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas. Articulo seis bis: se añade, apartado siete.
  • 3. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II 5. En el conjunto de la etapa, acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. LOE Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos. Conseguir que los padres y las madres se impliquen en la educación de sus hijos, no es posible sin un profesorado comprometido en su tarea. CAPITULO I: EDUCACIÓN INFANTIL 3. Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos. ARTÍCULO 118. PNPOS GENERALES 3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios en los centros educativos. 4. A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la educación de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarán medidas que promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la escuela. ARTÍCULO 121. PROYECTO EDUCATIVO 2. Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
  • 4. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II 5. Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado. ARTICULO 132. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos. LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA LA MANCHA CAPÍTULO III: LAS FAMILIAS Artículo 22. El papel de las familias. Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación. Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo. 1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales. Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su rendimiento académico.
  • 5. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales. 1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado. 1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares. Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha. Artículo 29. La colaboración de las familias. Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje. Artículo 51. Orientación y acción tutorial. La acción tutorial y el asesoramiento específico en orientación tendrán un papel relevante en cada uno de los cursos para adaptar el proceso educativo a las necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de todos y cada uno de los alumnos y alumnas, para asegurar la cohesión y el mejor funcionamiento del Grupo, y para garantizar la comunicación con las familias y su asesoramiento. DECRETOS DE CURRICULO Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2014/10617]
  • 6. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II III- Otras disposiciones y actos. La implantación del currículo de Educación Primaria en los centros docentes que imparten esta etapa, supone cambios estructurales en su organización y operativos en cuanto a su funcionamiento. Una vez que el Decreto 54/2014, de 10 de julio, ha regulado los elementos curriculares en sus aspectos fundamentales, procede ahora ordenar su aplicación concreta con la finalidad de que los alumnos y alumnas de Castilla-La Mancha sean centro de referencia y eje de actuaciones de todo el proceso de enseñanza y aprendizaje. Desde este planteamiento, el principio de educación personalizada se constituye como hilo conductor de la práctica docente, de la relación con las familias y de toda la vida del centro. Articulo 7. Principios pedagógicos metodológicos. 6. La acción tutorial se convierte en uno de los ejes de la atención personalizada al alumnado. La Comisión de coordinación pedagógica planificará las actuaciones más relevantes en la propuesta curricular de la etapa, que los equipos de nivel concretarán para su alumnado, en coordinación con el responsable de orientación educativa. Capítulo III. Evaluación. Articulo 13. Elementos generales de la evaluación de los aprendizajes El equipo docente se reunirá en las sesiones de evaluación para valorar tanto el aprendizaje del alumnado, como la información procedente de las familias y el desarrollo de su propia práctica docente, con la finalidad de adoptar las medidas pertinentes para la mejora del proceso educativo. Las sesiones de evaluación contarán con el asesoramiento del responsable de orientación y la colaboración de los especialistas de apoyo, cuando sea preciso. Articulo 14. Evaluación inicial. El equipo docente de cada grupo realizará una evaluación inicial con los procedimientos que se determinen en las programaciones didácticas respectivas.
  • 7. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II Los resultados de esta evaluación se completarán con el análisis de datos e informaciones recibidas por parte del tutor del curso anterior, del centro de procedencia, de las familias o de otras fuentes. El equipo docente, en función de los resultados y datos obtenidos, tomará decisiones sobre la revisión de las programaciones didácticas y la adopción de medidas para mejorar el nivel de rendimiento del alumnado o atender a sus necesidades educativas. La presentación de resultados y conclusiones de la evaluación inicial se realizará en una sesión de evaluación, de la que se levantará acta. Artículo 9. Propuesta curricular. 2. La propuesta curricular formará parte del Proyecto educativo de cada centro y tendrá, al menos, los siguientes elementos: a) Introducción sobre las características del centro y del entorno. b) Objetivos de la etapa de Educación Primaria y perfil descriptivo de las competencias clave. Elementos relevantes de su contextualización. c) Principios metodológicos y didácticos generales. d) Procedimientos de evaluación de los aprendizajes del alumnado. e) Criterios de promoción. f) Procedimientos de evaluación de la programación didáctica y de la práctica docente. g) Medidas curriculares y organizativas para la atención a la diversidad del alumnado. Procedimiento de elaboración y evaluación de las adaptaciones. h) Plan de lectura. i) Plan de tutoría. j) Plan de Tecnologías de la información y la comunicación. k) Acuerdos para la mejora de los resultados académicos.
  • 8. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II l) Incorporación de los elementos transversales Artículo 19. Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva. El responsable de la tutoría del grupo dará información a las familias, en un lenguaje asequible, sobre los contenidos programados para cada curso, y especialmente, sobre los procedimientos de evaluación y los criterios de calificación y promoción. Asimismo, les informará de los resultados obtenidos por los alumnos en las evaluaciones finales o individualizadas. En el caso de que los responsables legales del alumno o alumna manifiesten algún tipo de desacuerdo con los resultados de las evaluaciones finales de curso, tanto ellos como los responsables del centro docente, actuarán con el siguiente procedimiento: 1. Los padres o tutores legales podrán solicitar por escrito al tutor cuantas aclaraciones consideren precisas sobre las calificaciones de la evaluación final de curso otorgadas en alguna área o sobre las decisiones que se adopten como resultado de las mismas, especialmente las relativas a la promoción de curso o etapa. Dispondrán para ello de un plazo de dos días hábiles desde la notificación de los resultados por parte del centro. 2. Si tras las aclaraciones, persiste el desacuerdo, los padres o tutores legales podrán presentar por escrito una reclamación ante la Dirección del centro, solicitando la revisión de dichas calificaciones o decisiones, en un plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo la comunicación por parte del tutor. 3. La reclamación referida a la calificación final de curso otorgada en alguna área, se basará en uno o varios de los argumentos que siguen: a) La incorrecta aplicación de los criterios e instrumentos de evaluación establecidos en las programaciones didácticas y su concreción, si existiera, para el grupo o para el alumnado con adaptaciones curriculares. b) La inadecuación de los instrumentos de evaluación a las características del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en el marco de las directrices y medidas señaladas en el proyecto educativo para la atención a la diversidad.
  • 9. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final de curso y los obtenidos en el proceso de evaluación continua a lo largo del mismo. 4. Recibida la reclamación, el Jefe de estudios trasladará la misma al tutor del alumno, como coordinador del equipo docente y de la sesión de evaluación final. El equipo docente que haya impartido docencia al alumno se reunirá en sesión extraordinaria en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir de aquel en que se produjo la reclamación, para proceder al estudio de la misma y adoptar un acuerdo por mayoría, debidamente motivado, de modificación o ratificación de las correspondientes calificaciones o decisiones, conforme a los criterios de evaluación, calificación y promoción establecidos para el curso o etapa. El maestro tutor recogerá en el acta de la sesión extraordinaria la descripción de los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar y el acuerdo de ratificación o modificación del equipo docente ante el objeto de la reclamación, y lo elevará a la Dirección del centro; quien, mediante resolución motivada, comunicará por escrito este acuerdo al alumno y a sus padres o tutores legales, en el plazo de dos días hábiles contados a partir de su adopción. Esta resolución pondrá fin a la reclamación en el centro. 5. En la comunicación de la Dirección del centro al interesado, se señalará la posibilidad de mantener la discrepancia sobre la calificación o la decisión de promoción, y de elevar recurso de alzada dirigido al Coordinador Provincial de los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir de la recepción de dicha comunicación. 6. La Dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamaciones, acuerdos, informes, copia de actas, instrumentos de evaluación, etc.) al Servicio de Inspección de Educación, en el plazo de dos días hábiles tras recibir el correspondiente requerimiento. En el plazo de tres meses a partir de la recepción del expediente, el Coordinador Provincial del Servicio Periférico, previo informe de la Inspección de Educación, adoptará la resolución pertinente, que será motivada en todo caso, y que se comunicará inmediatamente al Director del centro docente para su aplicación y traslado al interesado. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa.
  • 10. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II 7. Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna calificación final o de la decisión de promoción adoptada para el alumno, el Secretario del centro insertará en las actas y, en su caso, en el expediente académico y en el historial del alumno, la oportuna diligencia que será visada por el Director. AÑO XXXIII Núm. 156 14 de agosto de 2014 24028 Artículo 20. Órganos de coordinación docente. 1. En los centros de Educación Infantil y Primaria existirán los siguientes órganos de coordinación docente: a) Tutoría. b) Equipo docente. c) Equipo de nivel. d) Comisión de coordinación pedagógica. e) Equipo de orientación y apoyo. 2. Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos un mínimo de dos cursos académicos y un máximo de tres. En todo caso, se garantizará que el tutor permanece con el mismo grupo de alumnos en quinto y sexto cursos. Artículo 24. Otras consideraciones horarias. Disposición adicional segunda. La Consejería competente en materia de educación promoverá la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos, con la finalidad de contribuir al desarrollo del currículo y atender a las distintas necesidades del profesorado, alumnado y familias. Corrección de errores del Decreto 54/2014, de 10/07/2014: no aporta nada.
  • 11. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.: Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico. Artículo 2. Principios generales. 6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial.
  • 12. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II PRÁCTICA 2B Tras el visionado del: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela. Tras visualizar el contenido del video podemos establecer conclusiones diversas sobre los elementos que se aportan en dicha comunicación. Podemos apreciar la misma situación pero abordada de diferente manera, viendo las principales ventajas e inconvenientes sobre las formas de abordaje de situaciones similares a la que acontece en el video. En cuanto a los elementos que se aportan en dicha reunión, podemos ver diferentes tipos de comunicación para crear un cierto clima de confianza con los padres/ tutor, como la verbal (comentarios, entonación…), no verbal (gestos, miradas, posturas…) Podemos observar diferentes tipos de modelo de comunicación con la familia, en el primer caso se presenta el modelo agresivo, poco apropiado para conversar con cualquier miembro del entorno escolar. Como vemos, el profesor se muestra distante y contrariado ante la madre, no adopta una postura adecuada manteniendo los dos la conversación de pie, por lo que no da confianza a la madre. Tanto la madre como el profesor realizan diversos gestos de forma agresiva, por lo que los comentarios y la entonación van en aumento, no se crea un clima cálido y al final esto repercute en la finalidad de la conversación, que es conseguir una solución ante el problema. En cambio, el siguiente modelo que se aprecia es el más adecuado, ya que se crea un clima cordial y de confianza para entablar una conversación. El profesor intenta crear un clima de confianza acercando a la madre la silla, conversan una vez han tomado asiento, la conversación es mucho mejor, mantienen los turnos de palabra, no se interrumpen y lo más importante, y es que cada parte muestra su conformidad y ofrecen múltiples posibilidades para resolver el problema. Como crítica ante estas situaciones, puedo concluir que el segundo modelo que se presenta en el video es el más adecuado para conversar con un padre en lo referente a cualquier problema. Se debe crear un clima adecuado y de confianza para que se muestre receptivo y participativo para exponer los hechos y asimismo buscar posibles
  • 13. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II soluciones ante los problemas de su hijo. El segundo modelo es el más inadecuado no solo para conversar con padres sino con cualquier persona y no conseguiremos los objetivos que nos proponemos.
  • 14. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II PRÁCTICA 2C: Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación. Este aspecto es un hecho muy importante, ya que el rendimiento de los escolares depende en mayor o menor medida de la vinculación que tengan los padres con los respectivos centros educativos. Podemos señalar como una de las principales causas de la baja participación de los padres al tiempo que ellos tienen, ya sean por motivos laborales o familiares, no pueden dedicar todo el tiempo que quisieran a mejorar este aspecto. Otra de las causas puede ser que en su gran mayoría, sea por escaso interés, muchos padres de alumnos no muestran interés por colaborar dentro de cualquier actividad de diversa índole simplemente porque piensan que carece de utilidad, y supone aún más una pérdida de tiempo. Otros datos encontrados aportan diversos motivos. Otro que resalta el AMPA, es el desconocimiento de las tareas que deben de realizar por parte de los padres, ya que estos dejan en manos de los centros educativos toda la labor de la educación en manos de los profesores. En mayor o menor medida existen múltiples causas, pero todas están relacionadas con la falta de tiempo, pereza o por el desconocimiento de los beneficios que aportan estas actuaciones. En lo referente a las medidas que se pueden tomar es complicado establecer un criterio adecuado para cambiar estas tendencias, es difícil que los padres cambien esta mentalidad, pero es importante que se vinculen más en el entorno escolar. Se pueden hacer una serie de actividades, tareas o gymkana para aumentar su participación y proponer pruebas para que colaboren con sus respectivos hijos para conseguir algunas metas establecidas. Estas actividades se podrían plantear en diferentes etapas o días, intentando que los padres puedan cooperar de la mejor manera posible, en definitiva, facilitarles el acceso a información, materiales y disponibilidad de tiempo.
  • 15. Víctor Borrell Lizana 2ºA Magisterio Primaria PRÁCTICA MODULO II FUENTE: https://www.google.es/?gws_rd=ssl#q=baja+participacion+de+los+padres+en+el+centr o+educativo (PDF) https://lunaraque.wordpress.com/2013/05/19/causas-de-la-baja-participacion-de- los-padres-en-los-centros-educativos/ http://www.mecd.gob.es/revista-cee/pdf/n4-bolivar-botia.pdf PRÁCTICA 2D: Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada. Para mejorar la participación de los padres y madres en el ámbito educativo se pueden realizar una serie de jornadas con juegos y actos que involucren tanto a padres como profesores además de los escolares. En dichos juegos se pondrá a prueba la vinculación o competitividad que tienen padres e hijos. La jornada que yo propongo consistiría en realizar una comida entre padres, alumnos y profesores en el pinar de Olías del Rey. Este es un entorno muy favorable para realizar picnics, comidas o derivados, siempre y cuando se respete el entorno. Para finalizar esta jornada se proponen una serie de juegos donde el entorno juega un papel importante para la realización de los mismos. Adjunto PPT donde muestro algunas pruebas que serían posibles de realizarse entre padres e hijos.