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Práctica 2a
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE,
Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha).
Informe con el análisis y conclusiones.
LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de
2013).
Tomando como referencia lo reflejado en la LOMCE, la educación es una tarea
que afecta de manera muy particular, a las familias. Las familias son las primeras
responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar
con la familia y confiar en sus decisiones. Los padres deben participar y apoyar a sus hijos
durante su proceso educativo, así como conocer las decisiones relacionadas con el
aprendizaje de sus hijos.
Las familias también podrán ser partícipes del funcionamiento de los centros a
través de sus asociaciones, siendo las administraciones educativas las que faciliten la
información y la formación dirigida a ellos. Del mismo modo las familias pueden aportar
diversas propuestas al centro como la realización de actividades extraescolares y
propuestas acerca de los servicios escolares, estando esto determinado por las
administraciones educativas.
La cooperación de los centros con las familias, instituciones y diversos
organismos, facilitará la relación del centro con el entorno y fomentará un clima escolar
ideal para el estudio y una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos
y alumnas.
En cuanto al tutor, este será designado por el director, aunque propuesto por el
jefe de estudios y se encargará de guiar a un grupo de alumnos en su aprendizaje, siendo
normalmente su tutor durante el primer y el segundo ciclo de la etapa. En definitiva, la
tutoría recaerá en el profesor que imparta un mayor número de horas lectivas.
El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo determinado y
colaborará permanentemente con sus familias, estableciendo a lo largo del curso escolar
un número mínimo de tres reuniones con estos, que podrá coordinar con las sesiones de
evaluación trimestrales, y una individual con los padres de cada alumno.
Las funciones de los tutores son las siguientes:
a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación,
bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar, para ello, con la colaboración
del orientador del centro.
b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación
personal del currículo.
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d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las
actividades del centro.
e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
f) Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezca la jefatura de
estudios.
g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
h) Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a los maestros y a los
propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las
actividades docentes y el rendimiento académico.
i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.
j) Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los
periodos de recreo y en las actividades no lectivas.
Otro aspecto relevante es que los tutores serán coordinados por el Jefe de estudios,
con el cual mantendrá reuniones, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle
en las condiciones adecuadas.
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Haciendo referencia a las funciones del profesorado (artículo 91), nos
desplazamos al Título III, capítulo I (funciones del profesorado) propio de la Ley
Orgánica de Educación.
1. Las funciones del profesorado son:
La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan
encomendados.
La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los
procesos de enseñanza.
La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo
en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración,
en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del
alumnado.
La promoción, organización y participación en las actividades complementarias,
dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
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La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto,
de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores
de la ciudadanía democrática.
La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e
hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean
encomendadas.
La participación en la actividad general del centro.
La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones
educativas o los propios centros.
La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de
enseñanza correspondiente.
2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el
principio de colaboración y trabajo en equipo.
Respecto a la participación de las familias en la LOE se refleja los siguientes
aspectos: “El principio del esfuerzo, debe aplicarse a todos los miembros de la comunidad
educativa. Cada uno de ellos tendrá que realizar una contribución específica en la
educación de cada niño. Las familias son las que tendrán que colaborar estrechamente y
comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes.”
(LOE, 2006)
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio.
En lo referente a la ley de Educación de castilla la mancha destacamos los siguientes
artículos que reflejan los Temas de la familia y los tutores.
Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.
Artículo 22. El papel de las familias.
Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso
educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la
comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.
Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y
participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a
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asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social
en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación.
2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas
de formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como
educadores y para contribuir a una colaboración más efectiva en la educación de
sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición
de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para
desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la
realización de consultas y el intercambio de información por medios telemáticos,
sin detrimento de la relación personal y directa entre las familias y el
profesorado de los centros.
4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias
del alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los
que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho
a la Educación, y regulará y garantizará su ejercicio.
Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan
en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que
éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones. Tienen derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la
participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la vida en el
centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las
decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a
la información personal sobre su evolución educativa y su rendimiento
académico.
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
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1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se
sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las
normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al
desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores
legales de compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de
sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.
1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado
en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y demás
normativa vigente.
2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas
serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo,
de Participación Social en la Educación.
Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.
1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación
y desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de
madres y padres del alumnado.
2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y
confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de entidades colaboradoras
de la enseñanza, al que se hace referencia en el artículo 135.5 de la presente
Ley, de acuerdo al procedimiento reglamentario que se establezca.
3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y las federaciones y
confederaciones que tengan su sede y desarrollen mayoritariamente su actividad
en Castilla-La Mancha, podrán ser declaradas de utilidad pública por el Consejo
de Gobierno.
4. La Consejería competente en materia de educación impulsará campañas
informativas, de manera directa y a través de los medios de comunicación, en
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colaboración con las federaciones y confederaciones de madres y padres, para
dar a conocer sus derechos y deberes.
Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos
en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través
de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro
y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
Artículo 29. La colaboración de las familias.
Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma
voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no
lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.
Título VI. Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y
profesional.
Artículo 159. Finalidad.
El modelo de orientación de Castilla-La Mancha tiene como finalidad
contribuir a la educación integral del alumnado a través de la personalización del
proceso educativo, en especial en lo referido a la adaptación de los procesos de
enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la transición tanto entre las
distintas etapas y niveles en los que se articula el sistema educativo como entre
estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto de la comunidad educativa
asesoramiento y apoyo técnico especializado.
Artículo 160. Características básicas.
La programación de la orientación educativa y profesional en los distintos
niveles responderá a las siguientes características básicas:
a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o
alumna es el protagonista de su propia orientación, que comienza con la
escolarización del alumnado en las primeras edades y se extiende a lo largo de
todas las etapas educativas.
b) Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas
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desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los
responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.
c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas,
habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer
efectiva una educación inclusiva de calidad.
d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y
contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y
abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.
f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora
del éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.
Artículo 161. Organización.
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no
universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de
los equipos docentes.
b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras
específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del servicio
público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso, a la red de
formación en las zonas rurales.
c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los
profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente en
materia de educación determine.
2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo
referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la
integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones
de asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener la mejor
atención educativa.
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Decreto de Currículo en Castilla-La Mancha
Respecto al Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha destacamos este artículo
que refleja los Temas de la familia y los tutores.
Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del
proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la
evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los
centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales
de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus
hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión
administrativa, deba figurar en su expediente académico.
En referencia a la participación de los tutores, éstos adquieren un rol mediador
entre las familias y los centros, fomentando la creación de relaciones fluidas. Otra de sus
funciones consiste en implicar a los padres en actividades de apoyo y orientación de los
hijos. Además, los tutores deben mantener una relación estrecha con los padres,
informándoles de asuntos relevantes para la educación de sus hijos.
Práctica 2b
Tras el visionado del: vídeo "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar
en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve
síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la
comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
La comunicación entre familias y escuela no siempre es fácil. Debemos crear un
clima de confianza y para ello necesitamos ciertas habilidades de comunicación y relación
básicas.
Existen tres modelos de comunicación a seguir por el profesor en los encuentros
o entrevistas con los padres: modelo agresivo; modelo inhibido; modelo asertivo.
En este video se nos plantean una serie de entrevistas entre profesor y padre donde
se aprecian distintos modelos comunicativos. En la primera entrevista podemos observar
un modelo comunicativo agresivo, lleno de gestos y expresiones agresivas, que crean un
clima frio entre los participantes y dónde el profesor se muestra distante hacia la madre.
Este modelo no conduce a ningún resultado, debido a que ambos se encierran en sus
creencias.
En la última entrevista se nos presenta el modelo asertivo. En este modelo
comunicativo el profesor intenta crear un clima acogedor donde el padre se sienta
cómodo, agradeciéndole y valorando incluso su asistencia a la entrevista. Este modelo
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centra en un problema en los hechos, no busca culpables, sino que se intenta buscar
soluciones entre ambas partes otorgando importancia a colaboración entre profesor y
padre. Cabe destacar que este modelo potencia aspectos como la escucha activa,
reconocimiento y expresión de sentimientos, y la empatía.
Valoración personal:
En este video hemos podido acercarnos a algunos de los modelos comunicativos
que debemos tener en cuenta en el desarrollo de entrevistas o tutorías con los padres.
Desde mi punto de vista, una buena relación entre padres y tutores es esencial para
el correcto desarrollo de los niños. Todos los procesos comunicativos entre ellos deberían
estar encaminados hacia modelos asertivos, debido a que en el caso de que se nos
presentase algún problema, se tendrían en cuenta las perspectivas propias de ambas partes
y a través de la cooperación se alcanzaría a la mejor solución.
Por otro lado, como hemos podido observar en el vídeo el modelo comunicativo
agresivo, no es un modelo adecuado para llevarse a cabo en una tutoría debido a las
múltiples limitaciones que nos ofrece. Sin embargo, hoy en día este modelo comunicativo
puede ser observado con frecuencia en las tutorías, sobre todo de mano de los padres.
Estos tienen la creencia de que sólo les ocurren cosas a sus hijos y no ven más allá,
actuando a menudo de forma agresiva hacia la figura del profesor.
Práctica 2c
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y
medidas de mejora para promover dicha participación.
En cuanto a los factores o causas posibles que justifican una baja participación de
los padres en los centros educativos destacamos los siguientes:
Falta de estimulación por parte de los padres hacia esta participación: los padres
desconocen los cauces de participación, no ven utilidad a la participación y en cierto
modo, no se sienten participes del sistema educativo o comunidad escolar.
Algunos padres no se consideran preparados para participar en los centros debido una
concepción errónea o desconocimiento sobre los consejos escolares.
Delegación de responsabilidad educativa a los centros.
Problemas de horarios y desplazamiento.
Respecto a propuestas de mejora para promover una mayor participación, algunas
de ellas podrían ser:
Proporcionar a los padres una mayor información acerca de las diferentes formas de
participación escolar existentes en los centros, subsanando ciertas dudas y destacando
la importancia de dicha participación en relación al aprendizaje de sus hijos. Todo
esto conllevará un aumento de interés y motivación hacia estas prácticas.
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Facilitar otros cauces de participación relacionados con las TIC, como por ejemplo la
realización de videoconferencias, creación de plataformas virtuales. Este tipo de
recursos podría solventar los problemas de horarios y desplazamiento.
Práctica 2d
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt,
cuadernia, prezi...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma, a través del
blog de la asignatura, en relación a actividades de participación de padres en aulas de
educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención
esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra
actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.
A continuación, adjunto la actividad propuesta, la cual he expuesto en un Prezi,
para realizar en conjunto por todo el sistema escolar y en la que participarán los padres:
https://prezi.com/dzhm9aeyjblt/jornada-solidaria/ .
Bibliografía
Barreda Fontes, J. M. (20 de julio de 2010). Ley de Educación de Castilla-La Mancha.
Recuperado de http://www.educa.jccm.es/educa-
jccm/cm/educa_jccm/tkContent?idContent=83000&textOnly=false&locale=es_
ES .
Boletín Oficial del Estado. Jefatura del Estado (3 de mayo de 2006). Ley Orgánica de
Educación (LOE). Recuperado de https://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-
2006-7899-consolidado.pdf .
Boletín Oficial del Estado. Jefatura del Estado (10 de diciembre de 2013). Ley Orgánica
8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE). Recuperado de
http://www.mecd.gob.es/educacion-
mecd/mc/lomce/inicio.html;jsessionid=16DA83A5A8FEEAAC84F8DF0E4376
2A85 .
Consejería de Educación, Cultura y Deportes (11 de julio de 2014). Decreto 54/2014, de
10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Recuperado de
http://www.educa.jccm.es/es/normativa/decreto-54-2014-10-07-2014-establece-
curriculo-educacion-pr .
Mestres i Salud, L. (27 de febrero de 2012). ¿Cómo mejorar la participación de las
familias en las escuelas? Recuperado de
13. Página 12 de 12
http://www.educaweb.com/noticia/2012/02/27/como-mejorar-participacion-
familias-escuela-5316/ .
Tutoría y educación en Valores en Primaria (s.f.) El plan de acción tutorial en Primaria.
Recuperado de http://apoclam.org/sites-proyectos/tutoria-en-
primaria/doc/general/el_PAT_en_primaria.pdf .
Autoevaluación práctica II
Puntuación: 0,65 puntos sobre 0,75 puntos.
En mi opinión, considero que gracias a esta práctica nos hemos acercado a
algunos aspectos vitales para el trabajo diario de los maestros como son los marcos
legales educativos. Creo que estos aspectos son trabajados de forma puntual y escasa en
algunas de las materias que conforman nuestros programas y, en definitiva, aunque no
nos resulten atractivos deberían ser trabajados más a menudo.
Por otro lado, las demás practicas han suscitado especialmente mi interés, debido
a que tratan aspectos con un gran valor educativo, como los diferentes modelos
comunicativos a tener en cuenta en las relaciones familia y escuela o la participación de
los padres. He adquirido enormes conocimientos que me han servido para enriquecer mi
aprendizaje como futuro docente, pudiéndolos aplicar en la práctica educativa.
Por último, la publicación de una entrada en la revista digital, me ha hecho sentir
satisfacción, porque considero que compartir conocimientos que te han sido de gran
utilidad con otras personas, es una gran labor. Es magnífico ver como gracias a tus
pequeñas aportaciones en la red puedes ayudar a muchas personas e incluso suscitar una
reflexión.