2. SEGUNDO BIMESTRE.
UNIDAD 4.
4. EL MUNICIPIO.
4.1. Antecedentes Históricos.
- Roma: “sociedad política”.
- Latín: “municipiun” (ciudad que se gobierna por sus
propias leyes).
- Etimología: “munere” y “capere” (posesión de
función) ligada a “citivas”(escenario en el que actúa).
- Términos: “municipio” (cantón) y “municipalidad”
(gobierno municipal).
4.2. Naturaleza Jurídica y Autonomía
Municipal. 2
3. - Naturaleza Jurídica: municipalidad o gobierno
municipal (persona jurídica de derecho público con
autonomía política, administrativa y financiera).
- Autonomía municipal: no alcanza el verdadero nivel
de autonomía.
4.3. Fines.
- Fin primordial: “bien común local”.
- COOTAD: nueve fines comunes para los GAD´s.
4.4. Funciones.
- Limitadas a la circunscripción territorial.
- Se crea la Función de Transparencia y Control Social.
- Pueblo: nuevo mandante y primer fiscalizador del
poder público.
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4. 4.5. Órganos del Gobierno Municipal.
Ejercen las facultades legislativa y ejecutiva.
4.5.1. El Concejo Municipal.
- Integrado por concejales y presidido por el Alcalde.
- Facultades: legislativa, fiscalizadora y otras.
4.5.2. Dignidades.
- Concejales (las).
- Alcalde o Alcaldesa.
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5. 4.6. El Gobierno Local.
Instancia cuya función es el promover y facilitar el
desarrollo local humano y sustentable.
4.7. Competencias.
Las reconocidas por la Constitución y la ley.
4.8. Ingresos.
- Propios.
- Por transferencias.
- De financiamiento.
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6. UNIDAD 5.
5. EL SISTEMA TRIBUTARIO MUNICIPAL.
5.1. Instituciones del Sistema Tributario.
Tributo: denominación genérica de las cargas
impositivas que se impone a los contribuyentes.
- Impuesto.
- Tasas.
- Contribuciones especiales.
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7. 5.2. Principios del Régimen Tributario.
- Generalidad: no hay privilegios.
- Progresividad: aumento de riqueza-aumento de
contribución.
- Eficiencia: capacidad recaudatoria.
- Simplicidad: facilidades que se debe otorgar al
administrado.
- Irretroactividad: ley rige para el futuro.
- Equidad: contribuir a la redistribución de los
recursos.
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8. - Transparencia: gestión que evite prácticas corruptas y
facilite rendición de cuentas.
- Suficiencia recaudatoria: mejoramiento de la gestión
tributaria.
5.3. Instrumentos para la Gestión
Tributaria Municipal.
Impuestos relacionados con la propiedad inmobiliaria:
- Catastros.
- Avalúos (actualizar cada dos años).
- Disminuciones (hasta un 95%).
5.4. Impuestos Municipales.
- Impuesto a los predios urbanos (0.25% al 5 por mil – se
actualiza cada dos años).
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9. - Impuesto a los predios rurales (0.25% al 3 por mil)
- Impuesto a las alcabalas (1% al valor).
- Impuesto a las utilidades en compraventa de
predios y plusvalía (10%).
- Impuesto a los vehículos.
- Impuesto a los activos totales.
- Impuesto a los espectáculos públicos ( 10% EP -
5% ED – 0% EP, artistas nacionales).
5.5. Tasas Municipales.
Prestación en dinero por la provisión de un servicio
público.
5.6. Contribuciones Especiales de
Mejoras.
Financian las actividades de la administración.
10. UNIDAD 6.
6. EL DERECHO MUNICIPAL.
6.1. Definición.
Rama del derecho público que explica las normas, la
institucionalidad y los sujetos de las relaciones jurídico
administrativas.
6.2. Características.
6.3. Fuentes.
- La Constitución: fuente principal de derecho
municipal.
- La Ley: regula la institucionalidad y competencias.
- Las ordenanzas: norma de carácter general con
aplicación en el territorio cantonal.
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- La jurisprudencia: fuente secundaria del derecho
11. - La doctrina: muy escasa, no se han dado las condiciones
para promover su desarrollo.
6.3. Derecho Municipal o Derecho Urbano.
- Derecho municipal: normas que regulan el accionar del
gobierno municipal en todo el territorio cantonal.
- Derecho urbano: la cobertura es a la normativa de la
misma institución pero en un espacio más específico.
6.4. Leyes Municipales.
Principalmente la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
- Leyes de creación de cantones.
- Los actos decisorios.
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