1. ORIENTACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN PARA LA MODALIDAD A DISTANCIA DEL
PROCESO ENSEÑANZA-APRENDIZAJE
Abril de 2020
Comisión Virtualización de la Enseñanza
2. En el marco de lo establecido en los Acuerdos N°2508, 2509,
2512 y 2513 del Consejo Académico sobre las actividades
académicas debido a la crisis sanitaria mundial provocada por la
propagación de la enfermedad Covid-19, se presenta a
continuación una serie de orientaciones de la Facultad de
Ciencias de la Educación de la Universidad de Talca que pueden
guiar a los docentes de sus Escuelas a la adaptación de sus
módulos a una modalidad presencial a distancia que pueden
facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje en las actuales
circunstancias
3. DIMENSIONES DE UNA CLASE VIRTUAL
Clase
Virtual
Dimensión
informativa
Dimensión
Práxica
Dimensión
Comunicativa
Dimensión
Tutorial
(Area & Adell, 2009)
4. Orientaciones generales
• Respetar horario de clases del módulo
• Mantener Educandus visualmente ordenado
• En cuanto al periodo de clases, la dimensión
informativa de la clase no debiera ocupar más del
40% del tiempo asignado semanalmente al
módulo; el tiempo restante se debiera dividir en
alguna asignación de trabajo práctico, monitoreo
de la actividad (en tiempo real) y de entrega de
retroalimentación al estudiante. Sin embargo, la
naturaleza de la propia disciplina puede hacer
que dicha distribución pueda ser modificada.
5. Protocolo para clase a distancia
a) El docente deberá acordar con sus estudiantes la hora de inicio de la reunión virtual dentro del
horario asignado al módulo.
b) Es responsabilidad del docente preocuparse de la calidad del audio y video de su conexión o
grabación. El docente podrá usar una calidad de imagen inferior, no así de audio, para mantener
un archivo de fácil descarga y que permita su soporte en plataformas institucionales.
c) El docente será responsable de publicar el link de la reunión a los estudiantes por lo menos con
24 horas de anticipación usando plataformas institucionales.
d) El docente deberá grabar la clase, subirla a plataforma hasta 36 horas después de finalizada la
sesión y dejarla disponible al menos dos semanas en plataforma Educandus para la consulta de
los estudiantes. Esta grabación dependerá de la naturaleza de la actividad.
e) El estudiante deberá ingresar a la sala de reuniones virtuales con el micrófono silenciado, con
su cámara desconectada, usando una fotografía en su lugar, y su nombre y apellido en pantalla,
velando siempre de encontrarse en un lugar que no lo distraiga de la clase.
f) Se prohíbe el uso de seudónimos tanto para profesores como para estudiantes en la sesión
virtual.
g) El estudiante debe comprometerse a mantener una conducta responsable tanto con sus
compañeros como con el profesor del módulo interactuando con el resto tal como lo haría en un
contexto presencial.
6. Evaluaciones y tareas
• Comprendiendo la situación de conectividad de
los estudiantes, las tareas y proyectos no deben
ser asignados para su entrega durante la misma
semana, salvo que la organización del módulo así
lo requiera, lo que deberá ser informado con
antelación a los estudiantes
• RU 1858-2016 sobre el Reglamento de Pruebas y
Evaluaciones de Pregrado
• RU 133-2000 sobre Ordenanza de Conducta
Estudiantil
7. Recursos de Enseñanza
• El contacto con los y las estudiantes debe realizarse
exclusivamente a través de plataformas institucionales,
como correo y Educandus. No obstante, se permite el
uso el uso de Zoom y de otras herramientas de
videoconferencia. No está permitido el uso de redes
sociales para la entrega de trabajos.
• El docente debe entregar material de estudio a los y las
estudiantes que cumpla con el resguardo a los
derechos de autor. Los estudiantes, por su parte, deben
resguardar el material virtual entregado por el docente
y no redistribuirlo sin la autorización expresa del
docente del módulo.
8. Prácticas progresivas
1. Llevar a cabo un análisis, a nivel de Escuela y
Carrera, en el que se consigne los diversos módulos
de Práctica, aprendizajes que podrían cubrirse con
mecanismos y estrategias suplementarios y
aprendizajes que resultarían más desafiantes en su
cumplimiento;
2. Implementar actividades, recursos y estrategias
suplementarias que permitan el cumplimiento de
aprendizajes viables; entre ellos se cuentan los
siguientes:
9. • creación de escenarios pedagógicos imaginarios, para
diversos fines, como descripciones, análisis crítico de
técnicas, estrategias, y metodologías usadas en el acto
pedagógico, entre otras;
• Utilizar fuentes documentales (cuerpos legales, PEI,
proyectos educativos, etc.) para análisis crítico de
técnicas, estrategias, metodologías usadas en el acto
pedagógico;
• Permitir que un estudiante de práctica trabaje con un
estudiante de edad escolar acorde a su programa de
formación, a fin de desarrollar un programa de práctica
con él/ella, mediando todos los resguardos éticos,
grabando las sesiones para su análisis y evaluación;
• Utilizar clases videadas disponibles de libre acceso a fin
de desarrollar aprendizajes diversos;
10. • 3. Considerar (complementariamente) la
posibilidad de aglutinar espacios de práctica
intensiva hacia el final del semestre, en caso que el
país y establecimientos educacionales hayan
retornado a niveles aceptables de normalidad.
• 4. Utilizar la plataforma del LVE
• 5. Evaluar cada carrera la posibilidad de cambiar el
orden de los módulos, es decir adelantar un
módulo teórico y aplazar alguna práctica, previa
aprobación del comité curricular, consejo de
escuela y consejo de facultad.
11. Conducta estudiantil en sesiones
virtuales
• El uso de imagen o audio que denueste la figura del
académico o de sus propios compañeros durante una
actividad virtual. Las grabaciones de una clase a
distancia deben ser exclusivamente para uso
académico personal y no deben ser compartidos con
personas ajenas al módulo.
• Para los procedimientos de sanción para situaciones
que contravengan la Ordenanza de Conducta
Estudiantil deberá seguirse el “Título 2°.
Procedimiento” de la RU 133-2000. Las situaciones
emergentes no contempladas por dicho reglamento
serán revisadas por el Director de Escuela, quien
deberá informar a Decanatura para su investigación.
12. ORIENTACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN PARA LA MODALIDAD A DISTANCIA DEL
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