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DETERMINACIÓN
   DEL VALOR
  REFERENCIAL
Diplomado especializado en
 Contrataciones Públicas –
          CEFIC
         Enero 2012
Objetivo de la Ley


   o   Maximizar el valor del dinero del
       contribuyente en las contrataciones que
       realicen las Entidades del Estado, uso
       eficiente y transparente de recursos
       públicos.
   o   Permitir que las entidades contraten en
       forma oportuna, de la calidad requerida y a
       precio razonable.
ACTOS PREPARATORIOS
Plan Anual de Contrataciones (PAC)


   Documento de gestión que contiene las
    contrataciones previstas para el corto plazo (año
    fiscal).

   Busca el cumplimiento de las metas y objetivos
    previstos en el PIA, POI y PEI.
Elaboración del PAC
                           Segundo Momento (15 días hábiles después)


           Aprobación de
                                       Aprobación
                                                                         Plan
               PIA                                                       Anual


          Consolidación de
             cuadro de                          Difundir:               SEACE
            necesidades                         Dentro de los 5
Primer                                          días hábiles de
Momento                                         aprobado               LOCAL Y WEB
                                                                          DE LA
                                                                         ENTIDAD
          Usuarios definen
           requerimientos
EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN


   Sentido amplio: conjunto de actuaciones
    referidas a la contratación, desde la decisión
    de adquirir o contratar hasta la culminación
    del contrato.




• Sentido estricto: expediente que reúne la información
  necesaria para la contratación de un objeto determinado
  (RTM, VR, etc), el que una vez aprobado es remitido al CE
  para el inicio de sus labores (fase inicial)
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN


¿Cuándo se inicia?

   Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
   Concluye con la conformidad de recepción de la
    última prestación, o con la liquidación, en caso de
    obras, y con el pago.




                              NECESIDAD
                       • Área usuaria / requerimiento
                                   • OEC.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN



¿Cuál es su Finalidad?

Contar con la información técnica, económica y
selectiva que permita a la Entidad obtener una oferta
idónea, con la calidad requerida o mejorada y a costo o
precio adecuado.
¿Cuál es el grado de discrecionalidad del área usuaria,
  OEC, inclusive del órgano especializado para la
   determinación de las características técnicas?




                        Finalidad
                         Pública
REQUERIMIENTO DEL ÁREA
       USUARIA


 Debe contener como mínimo:
Descripción del objeto de contratación
Finalidad Pública, N° PAC, Fecha prevista Convocat.
Especificaciones técnicas / Términos de referencia
Descripción del bien o servicio
Características, cantidad, calidad, parámetros de funcionamiento,
   plazo máximo de entrega o de ejecución servicio, lugar de
   entrega o ejecución, requisitos mínimos de la p.n. o p.j. que
   ejecutará el servicio, condiciones, garantía y servicio post
   venta, cuadro de distribución (suministros), unidad que
   otorgará conformidad, cláusula de reajuste, u otras
   condiciones adicionales
REQUERIMIENTO DEL ÁREA
     USUARIA


La descripción de los bienes o servicios no podrán
hacer     referencia      a     marcas     o    nombres
comerciales,       patentes,     diseños      o     tipos
particulares, fabricante o tipo de producto específico.

Solo será posible solicitar una marca o tipo de
producto cuando responde a un proceso de
estandarización, debidamente sustentado y aprobado
previamente por Titular de la Entidad.
LINEAMIENTOS PARA STANDARIZAR
 UNA CONTRATACIÓN – Directiva N°
 010-2009-OSCE/CD.


Los presupuestos que deben verificarse son:
a) Equipamiento        o      infraestructura   preexistente
   (maquinarias, equipos, vehículos, otros tipos de bienes o
   servicios especializados).
b) Los bienes o servicios que se requieran contratar sean
   accesorios o complementarios a dicho equipamiento.
c) Los bb. o ss. sean IMPRESCINDIBLES, para garantizar
   la funcionalidad, operatividad o valor económico del
   equipamiento o infraestructura preexistente.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (I)

   Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria,
    características técnicas mínimas, cantidad, período
    de contratación, lugar de entrega, plazo, forma de
    pago, etc.

    - Especificaciones técnicas (bienes).
    - Términos de referencia (servicios).
    - Expediente técnico (obras).
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (II)

   Estudio de las posibilidades que ofrece el
    mercado para:
    - Determinar valor referencial
    - Pluralidad de marcas y postores
    - Ajuste a características
    - Propuesta de factores
    - Distribución de la buen pro.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (III)

     Sistema de contratación
     Modalidad de Selección
     Modalidad de ejecución contractual
     Disponibilidad Presupuestal
     Tipo de proceso
     Resumen ejecutivo
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN (Art. 40° y
  ss. Del Reglamento)


Suma Alzada:                        Precios Unitarios, tarifas o
Cantidades, magnitudes y            porcentajes:
  calidades de prestación están     Por naturaleza de prestación no sea
  totalmente definidas en las CT.   posible definir con presición
  Propuesta será por monto fijo     cantidades requeridas. Propuesta será
  integral y por determinado        por precios unitarios, tarifas o
  plazo ejec.                       porcentajes.



                 Esquema Mixto de Suma Alzada y
                         Precios Unitarios
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (IV)


     En obras y actividades derivadas de proyectos
      de inversión :
      –   Declaración de viabilidad del SNIP
      –   Expediente Técnico
      –   Disponibilidad del terreno
1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
MÍNIMOS

     Comprende:
       – Características técnicas
         (la propia entidad las establece)
       – Normas Reglamentarias:
            Reglamentos técnicos (DISCAMEC)
            Normas Metrológicas (INDECOPI)
            Normas Sanitarias (Salud)
            Reglamentos sectoriales
       – Otros requisitos:
            Normas técnicas nacionales e internacionales (tienen
             por objeto prever la calidad de procesos de
             producción, etc).
Requerimientos Técnicos Mínimos


     Deben ser congruentes, proporcionales       y
      razonables en función al mercado.

     Deben incidir sobre los objetivos, funciones y
      operatividad de los bienes, servicios u obras.

     Deben cumplir con las normas nacionales
      aprobadas por autoridades competentes.
Estudio de Posibilidades que ofrece el
mercado
Estudio de Posibilidades que
    Ofrece el Mercado

   Basándose en las características técnicas definidas
    por el área usuaria, el OEC debe evaluar las
    posibilidades el mercado para determinar:
    –El valor referencial
    –La existencia de pluralidad de marcas y postores
    –La posibilidad de distribuir la buena pro
    –Información que pueda servir para establecer factores de
     evaluación
    –La pertinencia de realizar ajustes a las características y/o
     condiciones de lo que se va a contratar, entre otros
     aspectos
Valor Referencial

   Las cotizaciones que se efectúan en el estudio de las
    posibilidades que ofrece el mercado, requieren como
    condición básica:
    –   Que exista un mercado competitivo.
    –   Que el proveedor que hace la cotización NO conozca que ésta
        servirá para estimar un VR.


    En muchos casos, es difícil que se cumplan estas
    características. Por ello se generan distorsiones en la
    estimación del VR.
Valor Referencial
¿QUÉ DEBE INCLUIR ?

            • El costo del Bien o Servicio, además de su
              margen de comercialización o utilidad.
            • Tributos, Seguros, Costos de Transporte al
              punto de entrega, Inspecciones, Pruebas
              solicitadas, Costos Laborales y cualquier
              otro concepto.
            • En casos de servicios de Intermediación
              Laboral, el VR debe calcularse respetando
              todas las normas laborales.
VALOR REFERENCIAL
¿Qué información debe
contener una cotización?

1. Nombre de la empresa, datos comerciales
   (RUC, dirección, teléfono, correo electrónico, etc.)
2. Porcentaje de descuento, si lo aplica el proveedor.
3. Precisar si cuenta con RNP vigente, y no está sancionado
   o suspendido.
4. Informar si es minorista, mayorista, productor, fabricante
   o distribuidor.
5. Marca del producto que ofrecerá y si cumple con CT.
6. Plazo de entrega, lugar (solo Lima o tb Provincias)
Fuentes de información para
          el EPOM
1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES
2. INFORMACIÓN INTERNET (SEACE, CATÁLOGOS)
3. PRECIOS HISTÓRICOS
4. ESTRUCTURA DE COSTOS
5. Otras condiciones del mercado (no son fuentes), que
   pueden ser utilizadas como criterios
   adicionales, incidiendo en el valor referencial:
   alternativas existentes según nivel de
   comercialización, descuentos por volúmenes, mejoras en
   las condiciones de venta, garantías o beneficios
Fuentes de información para
          el EPOM
1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES: Deberán
   provenir de personas naturales o jurídicas que se
   dediquen a actividades materia de convocatoria.
2. SEACE: Contrataciones idénticas o similares que
   realizaron otras entidades públicas.
3. PRECIOS HISTÓRICOS: Última contratación idéntica o
   similar que realizó la entidad convocante, debe
   actualizarse (IPC – INEI).
4. ESTRUCTURA DE COSTOS: Profesional idóneo (de la
   Entidad o tercero) que conozca el mercado y los costos
Métodos para determinar el
     Valor Referencial
1. MENOR PRECIO
2. PRECIO PROMEDIO
3. MAYOR PRECIO
4. POR CUALQUIERA DE LOS MÉTODOS ANTERIORES
   ELIMINANDO LOS MONTOS QUE DISTORSIONEN
   EXCESIVAMENTE EL VALOR REFERENCIAL.

5. POR UN PORCENTAJE DEL MENOR COSTO.
6. MODA ESTADÍSTICA
Valor Referencial

        CARACTERISTICAS ESPECIALES

• El VR es de carácter PÚBLICO.
• Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la
  naturaleza de la contratación lo haga necesario, cuando se
  trate de bienes, servicios u obras que revisten
  complejidad o cuando conlleven innovaciones
  tecnológicas (justificación debida).
• El VR siempre será informado al SEACE
Valor Referencial

     Antigüedad del VR:
       – Obras: 06 meses contados desde la fecha de
         determinación del presupuesto base
       – Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir
         de la aprobación del Expediente de
         Contratación.
         En caso se requiera un período mayor a los
         consignados, el OEC indicará el período de
         actualización del mismo
Valor Referencial

     Límites del VR:

        Para Bienes y Servicios, las propuestas que
        excedan VR serán devueltas, sin límite mínimo

        Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni
        menor 90%
        Consultoría: No menor del 90%
Valor Referencial

     Errores Frecuentes
       – Valor    referencial en base a estudio
         desactualizado.
       – Si el valor referencial está en moneda
         extranjera, no se indica el tipo de cambio que
         debe emplearse para efectuar el pago.
       – Para su determinación no se toma en cuenta
         los precios históricos (contratos).
       – Para suministros de combustible, alimentos,
         entre otros, no se indica el procedimiento a
         seguir para el reajuste.
Valor Referencial

   Errores Frecuentes:
    –   Los proveedores tienden a enviar
        cotizaciones con precios más altos que los
        que correspondería ofrecer en un
        mercado competitivo.
    –   El objetivo de los agentes del mercado:
        que la entidad fije un VR más alto y salga
        a concurso con un valor que los beneficia.
ÓRGANO RESPONSABLE DE DETERMINAR
      EL VALOR REFERENCIAL


 El OEC debe determinar el valor
          referencial.

El OEC puede solicitar apoyo que
  requiera del Área Usuaria, este
último estará obligado a darlo bajo
         responsabilidad.
Valor Referencial para OBRAS

   Será el que corresponda al monto del
    presupuesto de obra establecido en el
    expediente técnico, que detalla:

    Partidas y subpartidas, análisis de precios unitarios
    por cada partida y subpartida, insumos requeridos,
    gastos generales variables y fijos, utilidad, debe
    estar suscrito por el consultor (es) y/o servidores
    públicos que participaron en su elaboración o
    aprobación.
Responsabilidad administrativa

   Literal f) del artículo 6°, b) del art. 15°, y
    numeral 6) “Cuadro de Infracciones”
    Anexo Único del D.S. 023-2011-PCM-
    Reglamento de infracciones y sanciones
    para la responsabilidad administrativa
    funcional derivada de los informes
    emitidos por los órganos del Sistema
    Nacional               de             Control
    (CGR/OCI/Sociedades Auditoras).
Responsabilidad administrativa

   Se incurre en responsabilidad administrativa
    funcional por:
    Incumplir las disposiciones que regulan la
    determinación del valor referencial, dando lugar a
    precios notoriamente superiores o inferiores a los de
    mercado, sea en beneficio propio o de terceros,
    generando perjuicio económico para el Estado o
    grave afectación al servicio público. Se tipifica como
    FALTA MUY GRAVE.

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  • 1. DETERMINACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL Diplomado especializado en Contrataciones Públicas – CEFIC Enero 2012
  • 2. Objetivo de la Ley o Maximizar el valor del dinero del contribuyente en las contrataciones que realicen las Entidades del Estado, uso eficiente y transparente de recursos públicos. o Permitir que las entidades contraten en forma oportuna, de la calidad requerida y a precio razonable.
  • 4. Plan Anual de Contrataciones (PAC)  Documento de gestión que contiene las contrataciones previstas para el corto plazo (año fiscal).  Busca el cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el PIA, POI y PEI.
  • 5. Elaboración del PAC Segundo Momento (15 días hábiles después) Aprobación de Aprobación Plan PIA Anual Consolidación de cuadro de Difundir: SEACE necesidades Dentro de los 5 Primer días hábiles de Momento aprobado LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos
  • 7. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN  Sentido amplio: conjunto de actuaciones referidas a la contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. • Sentido estricto: expediente que reúne la información necesaria para la contratación de un objeto determinado (RTM, VR, etc), el que una vez aprobado es remitido al CE para el inicio de sus labores (fase inicial)
  • 8. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ¿Cuándo se inicia?  Se inicia con el requerimiento del área usuaria.  Concluye con la conformidad de recepción de la última prestación, o con la liquidación, en caso de obras, y con el pago. NECESIDAD • Área usuaria / requerimiento • OEC.
  • 9. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ¿Cuál es su Finalidad? Contar con la información técnica, económica y selectiva que permita a la Entidad obtener una oferta idónea, con la calidad requerida o mejorada y a costo o precio adecuado.
  • 10. ¿Cuál es el grado de discrecionalidad del área usuaria, OEC, inclusive del órgano especializado para la determinación de las características técnicas? Finalidad Pública
  • 11. REQUERIMIENTO DEL ÁREA USUARIA Debe contener como mínimo: Descripción del objeto de contratación Finalidad Pública, N° PAC, Fecha prevista Convocat. Especificaciones técnicas / Términos de referencia Descripción del bien o servicio Características, cantidad, calidad, parámetros de funcionamiento, plazo máximo de entrega o de ejecución servicio, lugar de entrega o ejecución, requisitos mínimos de la p.n. o p.j. que ejecutará el servicio, condiciones, garantía y servicio post venta, cuadro de distribución (suministros), unidad que otorgará conformidad, cláusula de reajuste, u otras condiciones adicionales
  • 12. REQUERIMIENTO DEL ÁREA USUARIA La descripción de los bienes o servicios no podrán hacer referencia a marcas o nombres comerciales, patentes, diseños o tipos particulares, fabricante o tipo de producto específico. Solo será posible solicitar una marca o tipo de producto cuando responde a un proceso de estandarización, debidamente sustentado y aprobado previamente por Titular de la Entidad.
  • 13. LINEAMIENTOS PARA STANDARIZAR UNA CONTRATACIÓN – Directiva N° 010-2009-OSCE/CD. Los presupuestos que deben verificarse son: a) Equipamiento o infraestructura preexistente (maquinarias, equipos, vehículos, otros tipos de bienes o servicios especializados). b) Los bienes o servicios que se requieran contratar sean accesorios o complementarios a dicho equipamiento. c) Los bb. o ss. sean IMPRESCINDIBLES, para garantizar la funcionalidad, operatividad o valor económico del equipamiento o infraestructura preexistente.
  • 14. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (I)  Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria, características técnicas mínimas, cantidad, período de contratación, lugar de entrega, plazo, forma de pago, etc. - Especificaciones técnicas (bienes). - Términos de referencia (servicios). - Expediente técnico (obras).
  • 15. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (II)  Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado para: - Determinar valor referencial - Pluralidad de marcas y postores - Ajuste a características - Propuesta de factores - Distribución de la buen pro.
  • 16. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (III)  Sistema de contratación  Modalidad de Selección  Modalidad de ejecución contractual  Disponibilidad Presupuestal  Tipo de proceso  Resumen ejecutivo
  • 17. SISTEMAS DE CONTRATACIÓN (Art. 40° y ss. Del Reglamento) Suma Alzada: Precios Unitarios, tarifas o Cantidades, magnitudes y porcentajes: calidades de prestación están Por naturaleza de prestación no sea totalmente definidas en las CT. posible definir con presición Propuesta será por monto fijo cantidades requeridas. Propuesta será integral y por determinado por precios unitarios, tarifas o plazo ejec. porcentajes. Esquema Mixto de Suma Alzada y Precios Unitarios
  • 18. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (IV)  En obras y actividades derivadas de proyectos de inversión : – Declaración de viabilidad del SNIP – Expediente Técnico – Disponibilidad del terreno
  • 19. 1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS  Comprende: – Características técnicas (la propia entidad las establece) – Normas Reglamentarias:  Reglamentos técnicos (DISCAMEC)  Normas Metrológicas (INDECOPI)  Normas Sanitarias (Salud)  Reglamentos sectoriales – Otros requisitos:  Normas técnicas nacionales e internacionales (tienen por objeto prever la calidad de procesos de producción, etc).
  • 20. Requerimientos Técnicos Mínimos  Deben ser congruentes, proporcionales y razonables en función al mercado.  Deben incidir sobre los objetivos, funciones y operatividad de los bienes, servicios u obras.  Deben cumplir con las normas nacionales aprobadas por autoridades competentes.
  • 21. Estudio de Posibilidades que ofrece el mercado
  • 22. Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado  Basándose en las características técnicas definidas por el área usuaria, el OEC debe evaluar las posibilidades el mercado para determinar: –El valor referencial –La existencia de pluralidad de marcas y postores –La posibilidad de distribuir la buena pro –Información que pueda servir para establecer factores de evaluación –La pertinencia de realizar ajustes a las características y/o condiciones de lo que se va a contratar, entre otros aspectos
  • 23. Valor Referencial  Las cotizaciones que se efectúan en el estudio de las posibilidades que ofrece el mercado, requieren como condición básica: – Que exista un mercado competitivo. – Que el proveedor que hace la cotización NO conozca que ésta servirá para estimar un VR. En muchos casos, es difícil que se cumplan estas características. Por ello se generan distorsiones en la estimación del VR.
  • 24. Valor Referencial ¿QUÉ DEBE INCLUIR ? • El costo del Bien o Servicio, además de su margen de comercialización o utilidad. • Tributos, Seguros, Costos de Transporte al punto de entrega, Inspecciones, Pruebas solicitadas, Costos Laborales y cualquier otro concepto. • En casos de servicios de Intermediación Laboral, el VR debe calcularse respetando todas las normas laborales.
  • 26. ¿Qué información debe contener una cotización? 1. Nombre de la empresa, datos comerciales (RUC, dirección, teléfono, correo electrónico, etc.) 2. Porcentaje de descuento, si lo aplica el proveedor. 3. Precisar si cuenta con RNP vigente, y no está sancionado o suspendido. 4. Informar si es minorista, mayorista, productor, fabricante o distribuidor. 5. Marca del producto que ofrecerá y si cumple con CT. 6. Plazo de entrega, lugar (solo Lima o tb Provincias)
  • 27. Fuentes de información para el EPOM 1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES 2. INFORMACIÓN INTERNET (SEACE, CATÁLOGOS) 3. PRECIOS HISTÓRICOS 4. ESTRUCTURA DE COSTOS 5. Otras condiciones del mercado (no son fuentes), que pueden ser utilizadas como criterios adicionales, incidiendo en el valor referencial: alternativas existentes según nivel de comercialización, descuentos por volúmenes, mejoras en las condiciones de venta, garantías o beneficios
  • 28. Fuentes de información para el EPOM 1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES: Deberán provenir de personas naturales o jurídicas que se dediquen a actividades materia de convocatoria. 2. SEACE: Contrataciones idénticas o similares que realizaron otras entidades públicas. 3. PRECIOS HISTÓRICOS: Última contratación idéntica o similar que realizó la entidad convocante, debe actualizarse (IPC – INEI). 4. ESTRUCTURA DE COSTOS: Profesional idóneo (de la Entidad o tercero) que conozca el mercado y los costos
  • 29. Métodos para determinar el Valor Referencial 1. MENOR PRECIO 2. PRECIO PROMEDIO 3. MAYOR PRECIO 4. POR CUALQUIERA DE LOS MÉTODOS ANTERIORES ELIMINANDO LOS MONTOS QUE DISTORSIONEN EXCESIVAMENTE EL VALOR REFERENCIAL. 5. POR UN PORCENTAJE DEL MENOR COSTO. 6. MODA ESTADÍSTICA
  • 30. Valor Referencial CARACTERISTICAS ESPECIALES • El VR es de carácter PÚBLICO. • Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la naturaleza de la contratación lo haga necesario, cuando se trate de bienes, servicios u obras que revisten complejidad o cuando conlleven innovaciones tecnológicas (justificación debida). • El VR siempre será informado al SEACE
  • 31. Valor Referencial  Antigüedad del VR: – Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto base – Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la aprobación del Expediente de Contratación. En caso se requiera un período mayor a los consignados, el OEC indicará el período de actualización del mismo
  • 32. Valor Referencial  Límites del VR: Para Bienes y Servicios, las propuestas que excedan VR serán devueltas, sin límite mínimo Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni menor 90% Consultoría: No menor del 90%
  • 33. Valor Referencial  Errores Frecuentes – Valor referencial en base a estudio desactualizado. – Si el valor referencial está en moneda extranjera, no se indica el tipo de cambio que debe emplearse para efectuar el pago. – Para su determinación no se toma en cuenta los precios históricos (contratos). – Para suministros de combustible, alimentos, entre otros, no se indica el procedimiento a seguir para el reajuste.
  • 34. Valor Referencial  Errores Frecuentes: – Los proveedores tienden a enviar cotizaciones con precios más altos que los que correspondería ofrecer en un mercado competitivo. – El objetivo de los agentes del mercado: que la entidad fije un VR más alto y salga a concurso con un valor que los beneficia.
  • 35. ÓRGANO RESPONSABLE DE DETERMINAR EL VALOR REFERENCIAL El OEC debe determinar el valor referencial. El OEC puede solicitar apoyo que requiera del Área Usuaria, este último estará obligado a darlo bajo responsabilidad.
  • 36. Valor Referencial para OBRAS  Será el que corresponda al monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico, que detalla: Partidas y subpartidas, análisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, insumos requeridos, gastos generales variables y fijos, utilidad, debe estar suscrito por el consultor (es) y/o servidores públicos que participaron en su elaboración o aprobación.
  • 37. Responsabilidad administrativa  Literal f) del artículo 6°, b) del art. 15°, y numeral 6) “Cuadro de Infracciones” Anexo Único del D.S. 023-2011-PCM- Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control (CGR/OCI/Sociedades Auditoras).
  • 38. Responsabilidad administrativa  Se incurre en responsabilidad administrativa funcional por: Incumplir las disposiciones que regulan la determinación del valor referencial, dando lugar a precios notoriamente superiores o inferiores a los de mercado, sea en beneficio propio o de terceros, generando perjuicio económico para el Estado o grave afectación al servicio público. Se tipifica como FALTA MUY GRAVE.