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Consultas y
Observaciones a las Bases
Oscar Saravia López
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SEMINARIOS ANTERIORES
• CómoVenderle al Estado
• Responsabilidad en las Contrataciones del
Estado
• Corrupción en las Contrataciones del Estado
• El SEACE, oportunidades de Negocio
• Cómo Analizar las Bases de un Procedimiento
de Selección
CONTENIDO DE LAS BASES
• Sección General
• Sección Específica
• Anexos
Notas y advertencias
ATENER EN CUENTA
Admisión de la Oferta
• CAPÍTULO II
• 2.2.1 Documentación de
presentación
obligatoria
• 2.2.1.1 Documentos para
la admisión de la oferta.
Calificación de la Oferta
• CAPÍTULO III
• 3.2 REQUISITOS DE
CALIFICACIÓN
• A. Capacidad Legal
• B. CapacidadTécnica y
Profesional
• C. Experiencia del Postor
en la Especialidad
Evaluación de la Oferta
• CAPÍTULO IV
• Precio (Obligatorio)
• Plazo de Prestación
• SostenibilidadAmbiental
• Protección Social y
Desarrollo Humano
• Integridad en la
Contratación Pública
• GarantíaComercial
• Capacitación al Personal
de la Entidad
• Mejoras a losTérminos
de Referencia
• Sistema de Gestión de
Calidad
EjecuciónContractual
• Suscripción del Contrato
Capítulo II Numerales 2.3
– 2.4 2.5 - 2.6 – 2.7
• Ejecución del Contrato
Capítulo III Numeral 3.1
Términos de Referencia
(Condiciones, plazos,
características,
Penalidades, etc.)
• CapítuloV Proforma de
Contrato
Procedimiento de Selección Ejecución del Contrato
ARTÍCULO 72º RLCE
Artículo 72. Consultas, observaciones e integración de bases
72.1. Todo participante puede formular consultas y observaciones, a través del SEACE,
respecto de las bases. Las consultas son solicitudes de aclaración u otros pedidos de
cualquier extremo de las bases. Se presentan en un plazo no menor a diez (10) días hábiles
contados desde el día siguiente de la convocatoria.
72.2. En el mismo plazo, el participante puede formular observaciones a las bases, de
manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u
otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
OJO: Solo se puede formular Consultas y Observaciones en Licitaciones
Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Simplificadas
RESUMEN
• Solo los Participantes pueden formular consultas y Observaciones
• Consultas: solicitudes de aclaración u otros pedidos de cualquier
extremo de las bases.
• Observaciones: supuestas vulneraciones a la normativa de
contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto
de contratación. Deben estar debidamente sustentadas
• Se presentan a través del SEACE, en la fecha y horarios
establecidos en la ficha del Procedimiento de Selección (SEACE)
OJO: Proveedor, Participante, Postor, Adjudicatario, Contratista
PLAZOS PARA FORMULAR
• Licitaciones Públicas (Bienes y Ejecución de Obras) y
Concursos Públicos (Servicios y Consultoría de Obras): No
menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente
de la convocatoria
• Adjudicaciones Simplificadas (Bienes, Servicios y Consultoría
de Obras): No menor a dos (02) días hábiles contados desde
el día siguiente de la convocatoria
• Adjudicaciones Simplificadas (Ejecución de Obras): No
menor a tres (03) días hábiles contados desde el día siguiente
de la convocatoria
PLAZOS PARA ABSOLVERY
PUBLICAR BASES INTEGRADAS
• Licitaciones Públicas (Bienes y Ejecución de Obras) y Concursos
Públicos (Servicios y Consultoría de Obras): No puede exceder de
cinco (05) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo
para recibir consultas y observaciones
• Adjudicaciones Simplificadas (Bienes, Servicios y Consultoría de
Obras): No puede exceder de dos (02) días hábiles contados desde
el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones
• Adjudicaciones Simplificadas (Ejecución de Obras): No puede
exceder de tres (03) días hábiles contados desde el vencimiento del
plazo para recibir consultas y observaciones
RESPECTO A LA ABSOLUCIÓN
• 72.3 Si como resultado de una consulta u observación corresponde
precisarse o ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización
del área usuaria y se pone en conocimiento de tal hecho a la
dependencia que aprobó el expediente de contratación.
• 72.4. La absolución se realiza de manera motivada mediante
pliego absolutorio de consultas y observaciones que se elabora
conforme a lo que establece el OSCE; en el caso de las
observaciones se indica si estas se acogen, se acogen
parcialmente o no se acogen.
RESPECTO A LA ABSOLUCIÓN
• 72.6. Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de
absolución de consultas y observaciones y la integración de
bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del
deslinde de responsabilidades correspondiente.
• 72.7. En caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e
integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos
en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley, corresponde al Titular
de la Entidad declarar la nulidad de este acto. Esta facultad es
delegable.
CRONOGRAMA EN EL SEACE
CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE
ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP)
• 72.8 Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y
observaciones, así como, a las bases integradas por el Comité de
Selección por supuestas vulneraciones a la normativa de
contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública, u otra
normativa que tenga relación con el objeto de contratación pueden ser
elevados al OSCE a través del SEACE, en el plazo de tres (3) días hábiles
siguientes de su notificación, efectuándose de manera previa el pago
correspondiente.
• 72.9. Dentro de los tres (3) días hábiles de vencido el plazo para solicitar la
elevación indicada en el numeral anterior, y siempre que ésta se haya
producido, la Entidad registra en el SEACE los documentos previstos en
elTUPA del OSCE y en la Directiva correspondiente.
CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE
ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP)
• 72.10. El pronunciamiento que emite el OSCE se encuentra motivado e
incluye la revisión de oficio sobre cualquier aspecto trascendente de las
bases y realiza la integración definitiva. El plazo para emitir y notificar el
pronunciamiento e integración definitiva a través del SEACE es de doce
(12) días hábiles, y se computa desde el día siguiente de que la Entidad
registra en el SEACE los documentos previstos en el TUPA del OSCE y en
la Directiva correspondiente.
• 72.11. Contra el pronunciamiento emitido por el OSCE no cabe
interposición de recurso administrativo alguno, siendo de obligatorio
cumplimiento para la Entidad y los proveedores que participan en el
procedimiento de selección.
CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE
ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP)
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Artículo 50. Infracciones y sanciones administrativas
50.1 El Tribunal de Contrataciones del Estado sanciona a los proveedores,
participantes, postores, contratistas subcontratistas y profesionales que se
desempeñan como residente o supervisor de obra, cuando corresponda,
incluso en los casos a que se refiere el literal a) del artículo 5, cuando incurran
en las siguientes infracciones:
• n) Presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al
pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE
ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP)
Resolución N° 0569-2019-TCE-S2
II. ANÁLISIS
“11. … la finalidad del tipo Infractor, es que el ejercicio del derecho de los
participantes a formular consultas y/u observaciones y cuestionar el pliego de
absolución de consultas y/u observaciones, se lleve a cabo de manera tal que no
se convierta en un obstáculo dirigido a retrasar o impedir la continuación del
procedimiento de selección; es decir, que dicha facultad y/o derecho para
cuestionar las condiciones previstas en las bases no sea utilizado por los
participantes para retrasar o alterar las etapas del procedimiento de
selección y que, como consecuencia de ello, la Entidad no pueda satisfacer
su necesidad en el tiempo necesario y previsto”
DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD
ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE
PARTEY DE OFICIO
6.3 Barrera de acceso
iii. No absolución de consultas y/u observaciones presentadas oportunamente
en un procedimiento de selección.
iv. Obstáculos a la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego de
absolución de consultas y/u observaciones al OSCE para pronunciamiento.
v. No elevación de cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y
observaciones al OSCE para pronunciamiento.
Se presentará como prueba, documentación que acrediten expresamente el
hecho cuestionado, tales como: Constatación policial, judicial y/o notarial de
la autoridad competente de la jurisdicción, cargo de recepción de la entidad
del documento cuestionado, comprobante de pago efectuado, entre otros.
DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD
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PARTEY DE OFICIO
https://portal.osce.gob.pe/osce/nuevo-tupa-2016
DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD
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PARTEY DE OFICIO
8.1.1. Todo participante, postor o recurrente se encuentra legitimado a
cuestionar aspectos que consideren transgreden la normativa de
contrataciones del Estado.
8.1.6. No se tramitará la solicitud de supervisión a pedido de parte en los
siguientes casos:
a. Cuando los hechos materia de supuesta transgresión pudieron ser
materia de consulta y/u observación a las bases o de elevación al OSCE,
de corresponder
8.1.7. El OSCE emitirá un Dictamen y notificará al recurrente en el correo
electrónico señalado en su solicitud, dentro del plazo de treinta (30) días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.
En caso se determine alguna comunicación a la Entidad, ésta se realizará a
través del SEACE
DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD
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VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE)
Los Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos
adscritos pueden difundir a través del SEACE el requerimiento
determinado por el área usuaria con la finalidad de recibir consultas y
observaciones de los proveedores del rubro que permitan su
perfeccionamiento. Dichas Entidades pueden utilizar, adicionalmente, otros
medios a fin de que los proveedores tengan conocimiento de la difusión del
requerimiento.
La formulación de consultas y observaciones al requerimiento se realiza a
través del SEACE dentro del plazo mínimo de cinco (5) días hábiles desde
el día siguiente de la difusión del requerimiento, constituyendo la única
oportunidad en el proceso de contratación para efectuarla.
VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE)
En el plazo máximo de tres (3) días hábiles de formuladas las referidas
consultas y observaciones, se publica en el SEACE la absolución
preliminar, elaborada por el área usuaria y el cronograma para la realización
del acto público de absolución presencial.
En un plazo que no exceda los tres (3) días hábiles de publicada la
absolución preliminar, la Entidad realiza en acto público la absolución
presencial. El órgano encargado de las contrataciones conduce el acto
público y establece el orden de participación de los proveedores. El área
usuaria absuelve las consultas y observaciones sobre el requerimiento y,
de ser necesario, amplía el sustento técnico. El acto público de absolución
presencial no excede los tres (3) días hábiles desde su inicio.
VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE)
El acta de absolución presencial es publicada en el SEACE al día hábil
siguiente de culminado el acto público. Los documentos que se generen
como producto de la absolución de consultas y observaciones al
requerimiento se remiten en copia al representante del Sistema Nacional de
Control, quien puede participar en calidad de veedor.
Cuando se emplee esta herramienta, dentro del procedimiento se selección
no procede formular consultas u observaciones al requerimiento. Las Bases
estándar que apruebe el OSCE, consideran estas disposiciones.
RECOMENDACIONES
• Compare las Bases del Procedimiento de Selección con las
respectivas Bases estándar aprobadas por el OSCE
• No se quede con la duda CONSULTE
• Tenga cuidado con los Plazos
• Fundamente sus Observaciones
• Consulte con los especialistas
• Haga seguimiento de su Proceso en el SEACE
• Revise Pronunciamientos del OSCE
LICITA FÁCIL
• Es el Servicio de Asesoría INTEGRAL en Contrataciones del
Estado, especializado, oportuno, personalizado y permanente que
ofrecemos a nuestros clientes con el fin de procurar que obtengan
la Buena Pro en los Procedimientos de Selección a los que se
presenten; y que durante la Ejecución del Contrato cuenten con el
respaldo profesional y técnico que les permita mejorar sus
resultados; evitando, en todo momento, incurrir en causal de
sanciones de tipo administrativo, civil o penal.
• El servicio Integral INCLUYE la Notificación, a través del correo
electrónico, de las Convocatorias de su interés que se publican
diariamente en el SEACE, seguimiento de los Procedimientos de
Selección en los cuales están participando y MUCHO MÁS.
Modelos de certificados de
participación (Imagen referencial).
Recibirá un correo con las
Instrucciones para su emisión
Consultas:
webinar@comprasestatales.org
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CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS
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"EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO"
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Lima, 20 de Setiembre de 2019
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Oscar Saravia López
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osaravia@comprasestatales.org
¡MUCHAS GRACIAS!
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Consultas y Observaciones a las Bases

  • 1. Consultas y Observaciones a las Bases Oscar Saravia López www.ComprasEstatales.org
  • 2. SEMINARIOS ANTERIORES • CómoVenderle al Estado • Responsabilidad en las Contrataciones del Estado • Corrupción en las Contrataciones del Estado • El SEACE, oportunidades de Negocio • Cómo Analizar las Bases de un Procedimiento de Selección
  • 3. CONTENIDO DE LAS BASES • Sección General • Sección Específica • Anexos Notas y advertencias
  • 4. ATENER EN CUENTA Admisión de la Oferta • CAPÍTULO II • 2.2.1 Documentación de presentación obligatoria • 2.2.1.1 Documentos para la admisión de la oferta. Calificación de la Oferta • CAPÍTULO III • 3.2 REQUISITOS DE CALIFICACIÓN • A. Capacidad Legal • B. CapacidadTécnica y Profesional • C. Experiencia del Postor en la Especialidad Evaluación de la Oferta • CAPÍTULO IV • Precio (Obligatorio) • Plazo de Prestación • SostenibilidadAmbiental • Protección Social y Desarrollo Humano • Integridad en la Contratación Pública • GarantíaComercial • Capacitación al Personal de la Entidad • Mejoras a losTérminos de Referencia • Sistema de Gestión de Calidad EjecuciónContractual • Suscripción del Contrato Capítulo II Numerales 2.3 – 2.4 2.5 - 2.6 – 2.7 • Ejecución del Contrato Capítulo III Numeral 3.1 Términos de Referencia (Condiciones, plazos, características, Penalidades, etc.) • CapítuloV Proforma de Contrato Procedimiento de Selección Ejecución del Contrato
  • 5. ARTÍCULO 72º RLCE Artículo 72. Consultas, observaciones e integración de bases 72.1. Todo participante puede formular consultas y observaciones, a través del SEACE, respecto de las bases. Las consultas son solicitudes de aclaración u otros pedidos de cualquier extremo de las bases. Se presentan en un plazo no menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria. 72.2. En el mismo plazo, el participante puede formular observaciones a las bases, de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. OJO: Solo se puede formular Consultas y Observaciones en Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Simplificadas
  • 6. RESUMEN • Solo los Participantes pueden formular consultas y Observaciones • Consultas: solicitudes de aclaración u otros pedidos de cualquier extremo de las bases. • Observaciones: supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. Deben estar debidamente sustentadas • Se presentan a través del SEACE, en la fecha y horarios establecidos en la ficha del Procedimiento de Selección (SEACE) OJO: Proveedor, Participante, Postor, Adjudicatario, Contratista
  • 7. PLAZOS PARA FORMULAR • Licitaciones Públicas (Bienes y Ejecución de Obras) y Concursos Públicos (Servicios y Consultoría de Obras): No menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria • Adjudicaciones Simplificadas (Bienes, Servicios y Consultoría de Obras): No menor a dos (02) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria • Adjudicaciones Simplificadas (Ejecución de Obras): No menor a tres (03) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria
  • 8. PLAZOS PARA ABSOLVERY PUBLICAR BASES INTEGRADAS • Licitaciones Públicas (Bienes y Ejecución de Obras) y Concursos Públicos (Servicios y Consultoría de Obras): No puede exceder de cinco (05) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones • Adjudicaciones Simplificadas (Bienes, Servicios y Consultoría de Obras): No puede exceder de dos (02) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones • Adjudicaciones Simplificadas (Ejecución de Obras): No puede exceder de tres (03) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones
  • 9. RESPECTO A LA ABSOLUCIÓN • 72.3 Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone en conocimiento de tal hecho a la dependencia que aprobó el expediente de contratación. • 72.4. La absolución se realiza de manera motivada mediante pliego absolutorio de consultas y observaciones que se elabora conforme a lo que establece el OSCE; en el caso de las observaciones se indica si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
  • 10. RESPECTO A LA ABSOLUCIÓN • 72.6. Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente. • 72.7. En caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley, corresponde al Titular de la Entidad declarar la nulidad de este acto. Esta facultad es delegable.
  • 12. CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP) • 72.8 Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, así como, a las bases integradas por el Comité de Selección por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública, u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación pueden ser elevados al OSCE a través del SEACE, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes de su notificación, efectuándose de manera previa el pago correspondiente. • 72.9. Dentro de los tres (3) días hábiles de vencido el plazo para solicitar la elevación indicada en el numeral anterior, y siempre que ésta se haya producido, la Entidad registra en el SEACE los documentos previstos en elTUPA del OSCE y en la Directiva correspondiente.
  • 13. CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP) • 72.10. El pronunciamiento que emite el OSCE se encuentra motivado e incluye la revisión de oficio sobre cualquier aspecto trascendente de las bases y realiza la integración definitiva. El plazo para emitir y notificar el pronunciamiento e integración definitiva a través del SEACE es de doce (12) días hábiles, y se computa desde el día siguiente de que la Entidad registra en el SEACE los documentos previstos en el TUPA del OSCE y en la Directiva correspondiente. • 72.11. Contra el pronunciamiento emitido por el OSCE no cabe interposición de recurso administrativo alguno, siendo de obligatorio cumplimiento para la Entidad y los proveedores que participan en el procedimiento de selección.
  • 14. CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP) LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Artículo 50. Infracciones y sanciones administrativas 50.1 El Tribunal de Contrataciones del Estado sanciona a los proveedores, participantes, postores, contratistas subcontratistas y profesionales que se desempeñan como residente o supervisor de obra, cuando corresponda, incluso en los casos a que se refiere el literal a) del artículo 5, cuando incurran en las siguientes infracciones: • n) Presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
  • 15. CUESTIONAMIENTOS AL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN E INTEGRACIÓN (LP y CP) Resolución N° 0569-2019-TCE-S2 II. ANÁLISIS “11. … la finalidad del tipo Infractor, es que el ejercicio del derecho de los participantes a formular consultas y/u observaciones y cuestionar el pliego de absolución de consultas y/u observaciones, se lleve a cabo de manera tal que no se convierta en un obstáculo dirigido a retrasar o impedir la continuación del procedimiento de selección; es decir, que dicha facultad y/o derecho para cuestionar las condiciones previstas en las bases no sea utilizado por los participantes para retrasar o alterar las etapas del procedimiento de selección y que, como consecuencia de ello, la Entidad no pueda satisfacer su necesidad en el tiempo necesario y previsto”
  • 16. DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTEY DE OFICIO 6.3 Barrera de acceso iii. No absolución de consultas y/u observaciones presentadas oportunamente en un procedimiento de selección. iv. Obstáculos a la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y/u observaciones al OSCE para pronunciamiento. v. No elevación de cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones al OSCE para pronunciamiento. Se presentará como prueba, documentación que acrediten expresamente el hecho cuestionado, tales como: Constatación policial, judicial y/o notarial de la autoridad competente de la jurisdicción, cargo de recepción de la entidad del documento cuestionado, comprobante de pago efectuado, entre otros.
  • 17. DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTEY DE OFICIO https://portal.osce.gob.pe/osce/nuevo-tupa-2016
  • 18. DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTEY DE OFICIO 8.1.1. Todo participante, postor o recurrente se encuentra legitimado a cuestionar aspectos que consideren transgreden la normativa de contrataciones del Estado. 8.1.6. No se tramitará la solicitud de supervisión a pedido de parte en los siguientes casos: a. Cuando los hechos materia de supuesta transgresión pudieron ser materia de consulta y/u observación a las bases o de elevación al OSCE, de corresponder 8.1.7. El OSCE emitirá un Dictamen y notificará al recurrente en el correo electrónico señalado en su solicitud, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud. En caso se determine alguna comunicación a la Entidad, ésta se realizará a través del SEACE
  • 19. DIRECTIVA N° 010-2019-OSCE/CD ACCIONES DE SUPERVISIÓN A PEDIDO DE PARTEY DE OFICIO https://portal.osce.gob.pe/osce/nuevo-tupa-2016
  • 20. VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE) Los Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos pueden difundir a través del SEACE el requerimiento determinado por el área usuaria con la finalidad de recibir consultas y observaciones de los proveedores del rubro que permitan su perfeccionamiento. Dichas Entidades pueden utilizar, adicionalmente, otros medios a fin de que los proveedores tengan conocimiento de la difusión del requerimiento. La formulación de consultas y observaciones al requerimiento se realiza a través del SEACE dentro del plazo mínimo de cinco (5) días hábiles desde el día siguiente de la difusión del requerimiento, constituyendo la única oportunidad en el proceso de contratación para efectuarla.
  • 21. VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE) En el plazo máximo de tres (3) días hábiles de formuladas las referidas consultas y observaciones, se publica en el SEACE la absolución preliminar, elaborada por el área usuaria y el cronograma para la realización del acto público de absolución presencial. En un plazo que no exceda los tres (3) días hábiles de publicada la absolución preliminar, la Entidad realiza en acto público la absolución presencial. El órgano encargado de las contrataciones conduce el acto público y establece el orden de participación de los proveedores. El área usuaria absuelve las consultas y observaciones sobre el requerimiento y, de ser necesario, amplía el sustento técnico. El acto público de absolución presencial no excede los tres (3) días hábiles desde su inicio.
  • 22. VIGÉSIMOSEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL (RLCE) El acta de absolución presencial es publicada en el SEACE al día hábil siguiente de culminado el acto público. Los documentos que se generen como producto de la absolución de consultas y observaciones al requerimiento se remiten en copia al representante del Sistema Nacional de Control, quien puede participar en calidad de veedor. Cuando se emplee esta herramienta, dentro del procedimiento se selección no procede formular consultas u observaciones al requerimiento. Las Bases estándar que apruebe el OSCE, consideran estas disposiciones.
  • 23. RECOMENDACIONES • Compare las Bases del Procedimiento de Selección con las respectivas Bases estándar aprobadas por el OSCE • No se quede con la duda CONSULTE • Tenga cuidado con los Plazos • Fundamente sus Observaciones • Consulte con los especialistas • Haga seguimiento de su Proceso en el SEACE • Revise Pronunciamientos del OSCE
  • 24. LICITA FÁCIL • Es el Servicio de Asesoría INTEGRAL en Contrataciones del Estado, especializado, oportuno, personalizado y permanente que ofrecemos a nuestros clientes con el fin de procurar que obtengan la Buena Pro en los Procedimientos de Selección a los que se presenten; y que durante la Ejecución del Contrato cuenten con el respaldo profesional y técnico que les permita mejorar sus resultados; evitando, en todo momento, incurrir en causal de sanciones de tipo administrativo, civil o penal. • El servicio Integral INCLUYE la Notificación, a través del correo electrónico, de las Convocatorias de su interés que se publican diariamente en el SEACE, seguimiento de los Procedimientos de Selección en los cuales están participando y MUCHO MÁS.
  • 25. Modelos de certificados de participación (Imagen referencial). Recibirá un correo con las Instrucciones para su emisión Consultas: webinar@comprasestatales.org A B C CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE "EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO" (Válido por Cuatro horas lectivas) Lima, 20 de Setiembre de 2019 CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE "EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO" (Válido por Cuatro horas lectivas) Lima, 20 de Setiembre de 2019 CLAUDIO ERNESTO GALLARDO SALAS POR SU PARTICIPACIÓN EN EL SEMINARIO ON LINE "EL SEACE – OPORTUNIDADES DE NEGOCIO" (Válido por Cuatro horas lectivas) Lima, 20 de Setiembre de 2019
  • 26. Oscar Saravia López http://ComprasEstatales.org http://LicitaFacil.pe - http://28jul21.pe osaravia@comprasestatales.org ¡MUCHAS GRACIAS! 999 3 555 27