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PLANEAMIENTO Y
TERRITORIO
SEMANA 1
Bernal Paredes. Miguel Ángel.
Fernández Carranza, Guissepe.
Huaman Cueto, Yasmin Katheryn
Huayre Huaringa, David Ángel.
Tineo Ballez, Jean Pier.
DOCENTE
Arq. Pierina Soleil Del Carmen Lazo Rojas
GRUPO 2
Integrantes:
Decreto Supremo que
aprueba el Reglamento de
Acondicionamiento
Territorial y Planificación
Urbana del Desarrollo
Urbano Sostenible
DECRETO SUPREMO N° 012 - 2022 - VIVIENDA
Establece principios de acondicionamientos territorial, planificación
urbana, uso y gestión del suelo urbano, con el fin de lograr un
desarrollo sostenible. Además, de un desarrollo equitativo y accesible
para para todos los pobladores.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Siglas
CCL: Consejo de Coordinación Local.
DGPRVU: Dirección General de Políticas y
Regulación en Vivienda y Urbanismo.
DUDU: Dirección de Urbanismo y Desarrollo
Urbano.
MVCS: Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
PNVU: Política Nacional de Vivienda y Urbanismo.
SICCEP: Sistema de Ciudades Y Centros
Poblados.
Reglamento de Acondicionamiento Territorial y
Planificación Urbana del Desarrollo Urbano
Sostenible
Finalidad: Establece las condiciones para lograr
un desarrollo sostenible y la planificación urbana.
1. Análisis de riesgo: Identifica y caracteriza los peligros.
9. Edificación: Proceso edificatorio.
2. Ámbito de intervención: Terreno delimitado para la
elaboración de planes de acondicionamiento.
10. Espacio público: Uso publico para satisfacción de
necesidades.
3. Ámbito de estudio: Analiza de manera integral y a nivel
multiescalar.
11. Estructura urbana: Permite el funcionamiento de la ciudad.
4. Compatibilidad de uso: Categorización determinada en
la zonificación vigente.
12. Equipamiento urbano: Edificación y espacios públicos.
13. Infraestructura urbana: Redes que permiten el funcionamiento
de las actividades en las ciudades.
5. Conurbación: Ciudades forman una unidad física
continua.
14. Isla rústica: Terreno sin habilitar, ubicado dentro de la zonificación.
6. Coproducción: El municipio se encarga de la gestation de
los planes, la ciudadanía tiene derecho a participar.
15. Medio acuático: Comprende el dominio marítimo y de aguas
interiores.
16. Movilidad urbana sostenible: Mejor el desplazamiento y
minimizar la contaminación ambiental.
7. Desarrollo urbano sostenible: Brindar ambiente
saludable.
17. Parámetros urbanísticos y edificatorios: Regulan el
diseño y condiciones técnicas.
8. Edificabilidad: Creación de un proyecto que requiere de
una licencia.
18. Servicios urbanos: Educación, salud servicios públicos.
19. Servicios públicos esenciales: Agua, luz, electricidad y
telecomunicaciones.
20. Sociedad civil: Son todas personas que habitan.
21. Terreno o predio rustico: Terreno no habilitado para el uso.
22. Uso del suelo: Asignación al suelo con actividades urbanas.
23. Vía: Espacio publico destinado al transito.
ARTÍCULO 2.- ARTÍCULO 4.3.-
ARTÍCULO 4.2.-
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
TÍTULO II
DISPOSICIONES ORGNIZATIVAS
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Articulación de los Planes para el
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo
Urbano con el Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico
Participación Ciudadana Efectiva en materia
de acondicionamiento territorial y desarrollo
urbano
Publicación y remisión de los Planes para el
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo
Urbano aprobados
Entidad para la resolución de discrepancias no
competenciales en materia de urbanismo y
desarrollo urbano
Procedimiento para la resolución de
discrepancias no competenciales en materia de
urbanismo y desarrollo urbano
Dispuesto por el PNVU.
Los gobiernos locales se encargaran de realizar sus planes con
impacto en el territorio y espacio urbano.
Ya sea de manera individual o grupal, los pobladores puedes
intervenir en futuras propuestas que se relaciones con lo físico,
socioeconómico, ambiental, etc.
Las fases de la elaboración de Planes para el
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
a) comunicar a la población del ámbito de intervención.
b) exhibición permanente del proceso y actualización del plan
formulado.
c) Talleres de sensibilización para promover y comunicar los
objetivos y alcances del plan.
El MCS mediante el DGPRVU, se encargara de resolver
problemas si existe discrepancias entre municipios o
municipios y otras entidades.
El DUDU es la encargada de resolver estos problemas
Debe ser publicados en el portal municipal.
MVCS deberá aprobar alguna actualización con un plazo de
30 días calendarios.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
TÍTULO III
SISTEMA DE CIUDADES Y CENTROS POBLADOS
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Sistema de Ciudades y Centros Poblados Unidades Espaciales
Actualización General del SICCEP
Bases de datos
SICCEP encargado de clasificar ciudades y centros poblados y
sus ámbitos de influencia.
Esta deberá basarse en el censo, el cual le brindara nueva
información demográfica y de otra índole.
Posee datos tabulares y geoespaciales.
Si se actualiza el plan de acondicionamiento, cambia el rango
jerárquico, el rol y otras características.
1. Centro poblado: Espacio con nombre propio donde vive una población.
2. Continuo poblado: Centros poblados continuos.
3. Conglomerado: Contiene centros poblados y contiguos poblados.
4. Subsistema: Agrupa varios conglomerado (Ciudad mayor).
5. Sistema: Es un conjunto de subsistemas, con gran accesibilidad interna y
pueden planificar sus desarrollo de manera integrada (Ciudad mayor
principal).
6. Macrosistema: Area que esta formada por varios sistemas.
7. Sistema nacional: Gran unidad espacial que abarca todo el territorio.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Criterios de Organización del SICCEP
Categorías del SICCEP
Categoría
Rango jerárquico
Rol y caracterización del continuo poblado.
1.Metrópoli Nacional (1º Rango): Concentra gran parte del
movimiento financiero, comercial y administrativo del país.
2.Metrópoli Regional (2º Rango): Macrosistema mantiene
vínculos con la Metrópoli Nacional.
3.Ciudad (3º al 5º Rango): Continuo poblado urbano con una
población mayor a 5,000 habitantes.
4. Villa (6º Rango): Continuo poblado urbano con una población
entre 2,001 y 5,000 habitantes. Realizan funciones de apoyo y
complementarias.
Los asentamientos poblacionales son considerados hasta 50
habitantes.
5. Pueblo (7º Rango): Continuo poblado rural con una población
entre 1,001 y 2,000 habitantes.
6. Caserío (8º Rango): Continuo poblado rural con una población
entre 51 a 1,000 habitantes.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
TÍTULO IV
ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO
URBANO
CAPÍTULO I
PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO
TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
Permiten la previsión, orientación y promoción del
acondicionamiento físico-territorial para el desarrollo
sostenible, inclusivo, competitivo y resiliente de las
ciudades y centros poblados y de sus áreas de influencia
En su elaboración se consideran los proyectos de
infraestructura sectoriales, tales como salud o educación
Su elaboración se efectúa en concordancia con el SICCEP (
El Sistema de Ciudades y Centros Poblados ) garantizando
una participación efectivade la ciudadanía.
Artículo 19.- Planes como Orientadores de Inversiones
Promueven las inversiones públicas y privadas, impulsando el
desarrollo sostenible .
Artículo 20.- Planes para el Acondicionamiento Territorial
y Desarrollo Urbano
Las municipalidades en materia de Acondicionamiento
Territorial y Desarrollo Urbano, formulan y aprueban los
siguientes Planes para el Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano
a) El Plan de Acondicionamiento Territorial - PAT
2. Instrumentos de Planificación Urbana:
a) El Plan de Desarrollo Metropolitano - PDM
b) El Plan de Desarrollo Urbano - PDU
c)El Esquemade Acondicionamiento Urbano- EU:
3. Instrumentos de Planificación UrbanaComplementarios:
a) El Plan Específico - PE
b) El Planeamiento Integral - PI
Otros planes maestros o temáticos: Para
complementar los PAT, PDM y/o PDU
Fase de Preparación ( duración de hasta3 meses.)
Fase de Elaboración: Consiste en la delimitación del
ámbito de intervención con base en el SICCEP, ( Esta fase
tiene una duración de hasta 18 )
Fase de Aprobación (duracion hasta 3 meses )
Fase de Implementación
Fase de Seguimiento y Evaluación
Fase de Elaboración ( Esta fase tiene una duración de hasta
18 )
Fase de Aprobación: Consiste en la aprobación del Plan
por parte del Concejo Municipal. Esta fase tiene una
duración de hasta 3 meses
FASES DE ELABORACION
Fase de Actualización
20.4. El proceso de los PE, PI y los Planes Temáticos u otros
planes maestros, consta de las siguientes fases
Fase de Preparación: Incluye el análisis detallado del PAT,
PDM, PDU o EU que le da origen ( duración de hasta3 meses.)
Fase de Implementación: Incluye la ejecución de acciones
de gestión y control que aseguren el cumplimiento del
Plan.
Fase de Incorporación al Instrumento de Planificación
Urbana correspondiente
PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y
DESARROLLO URBANO QUE COMPRENDEN LA ZONA DE PLAYA
PROTEGIDA O MEDIO ACUÁTICO
Si el ámbito de intervención comprende la zona de playa
protegida o medio acuático,se debe coordinar con la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatalesy/o la
Autoridad Marítima Nacional
Equivocaciones de nombres, fechas,operaciones
aritméticas, nomenclaturas, colores, o incongruencias
entre los componentes de la zonificación
SUBSANACIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LOS PLANES
PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO
URBANO
Presenta la propuesta de subsanación sustentada en un
Informe técnico para su aprobación mediante Ordenanza
Provincial.
NULIDAD DE LOS ACTOS QUE CONTRAVENGAN LOS PLANES
PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO
URBANO
ARTÍCULO 24.- DELEGACIÓN DE FACULTADES
La municipalidad que lo emitió debe declarar de oficio la
nulidad de dicho acto administrativo en el marco de lo
establecido en el artículo213 del TUO de la LPAG.
a) La delegación de facultades es de una municipalidad
provincial a una municipalidad distrital.
b) La delegación es respectoa la facultad de aprobación
de un PDU o un EU.
c) La solicitud de opiniónprevia al MVCS debe contenerel
debido sustento técnico y legal.
d)Cuando se trata de casos en los que existe un
conglomerado o continuo pobladoque no excede un
ámbito jurisdiccional distrital.
Aspectos Ambientales y de Cambio Climático en los
Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo
Urbano
.- Vinculación de los Instrumentos de Planificación Urbana
e Instrumentos de Planificación Urbana Complementarios
con las Superficies Limitadoras de Obstáculos
CAPÍTULO II
INSTRUMENTO DE ACONDICIONAMIENTO
TERRITORIAL
Instrumentos de Planificación Urbana PAT :
Producto del proceso a cargo de la municipalidad provincial que
orienta y regula la organización físico-espacial del territoriode
una provincia, cuenca o litoral; a fin de lograr una adecuada
ocupación del territorio mediante el aprovechamiento sostenible
de los recursos, así como la conservación, protección y
patrimonio naturaly cultural
.- Ámbito de intervención del PAT : comprende el territorio de
una provincia, espacios geográficos de cuencas, litorales u
otra condiciónnatural y/o territorial que se identifique.
CONTENIDO MÍNIMO DEL PAT
El ResumenEjecutivo del plan,
El diagnóstico territorial del ámbito de estudio que sustenta las
propuestas del PAT
La delimitación y características del ámbito de
intervención.
La visión y el modelo para el desarrollo territorial del ámbito
de intervención
Los lineamientos de política, estrategias, objetivos y
metas para el desarrollo territorial del ámbito.
Identificación y definición de las categorías, rangos
jerárquicos y roles de los continuospoblados
Los lineamientos para los Instrumentos de Planificación
Urbana
La propuesta de Unidades de Acondicionamiento
Territorial en el ámbito de intervención
La propuestade Movilidad Urbanay Rural en el ámbito
de intervención,
La propuestade Movilidad Urbanay Rural en el ámbito
de intervención.
El Programa de Inversiones.
a) Los mecanismos de implementación, seguimiento,
evaluación y actualización del PAT.
HORIZONTE DE PLANEAMIENTO DEL PAT
El horizonte de planeamiento del PAT es de largo plazo hasta
veinte años, con previsiones para el mediano plazo hasta diez
años y de corto plazo hasta cinco años.
El PAT se mantiene vigente, mientras no se actualice o se
apruebe uno nuevo.
Cualquier modificación al contenido del PAT se realiza dentro del
proceso de actualización del mismo.
ACTUALIZACIÓN AL PAT
Los procesos de actualización de los PAT deben respetar la
participación ciudadana
La(s) municipalidad(es) provincial(es) evalúan y, de ser el caso,
realizan actualizaciones parciales y/o totales de los PAT como
mínimouna vez al año
PLANES DE DESARROLLO METROPOLITANO
Producto del proceso a cargo de las Municipalidades
Provinciales, que orienta y regula la gestión territorial y
el desarrollo urbano sostenible de las áreas
metropolitanas identificadas en el SICCEP
Se elabora en concordancia con el PAT, cuando este ha
sido previamente aprobado.
“Plan de Desarrollo Metropolitano Interprovincial (
Mas de una provincia)
ÁMBITO DE INTERVENCIÓN DEL PDM
Conglomerado del continuo pobladodinamizador
categorizado como Metrópoli Nacionalo Metrópoli
Regional,según la clasificación del SICCEP
CONTENIDO MÍNIMO DEL PDM
PDM para la Metrópoli Nacional: Constituye una primeravisión
del área metropolitana de la MetrópoliNacional
El Resumen Ejecutivo, que incluye un breve desarrollo de los
contenidos del PDM
El diagnóstico metropolitano
La delimitación del ámbito de intervención
La visión compartida del área metropolitana y el modelo de
desarrollo urbano del área metropolitana.
La estructuración urbana del área metropolitana
La clasificación de suelo.
La delimitación de áreas
El análisisde riesgo en materia de gestión de riesgo de
desastres
La propuesta para la implementación de los instrumentos de
gestión del suelo previstosen la Ley
El Plan Provincial de Espacios Públicos de acuerdo a lo
establecido en la Ley Nº 31199
La identificación de Planes Temáticos para los
SistemasUrbanísticos
El Programa de Inversiones Urbanas Metropolitanas
Los mecanismos de implementación, seguimiento,
evaluación y actualización del PDM
CONTENIDO MÍNIMO DEL PDM
El horizonte de planeamiento del PDM es de largo plazo hasta
veinte años, con previsiones para el mediano plazo hasta diez
años y de corto plazo hasta cinco años.
ACTUALIZACIÓN DEL PDM
HORIZONTE DE PLANEAMIENTO DEL PDM
La(s) municipalidad(es) provincial(es) de la Metrópoli
Nacional o Metrópoli Regional evalúan y, de ser el caso,
realizan actualizaciones parciales y/o totales de los PDM,
como mínimo una vez al año.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
PLAN DE DESARROLO URBANO
S e e l a b o r a e n c o n c o r d a n c i a c o n e l P A T o e l P D M .
S e e l a b o r a e n c o n c o r d a n c i a y c o m p l e m e n t a a
L o s P D U d e l a M e t r ó p o l i N a c i o n a l s o n d e l i m i t a d o s
l o s P l a n e s d e D e s a r r o l l o C o n c e r t a d o v i g e n t e s .
e n e l P D M c o r r e s p o n d i e n t e y n o p u e d e n d e s a r r o l l a r s e s i n l a
a p r o b a c i ó n p r e v i a
Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P D U
E l P D U e s t a c l a s i f i c a d o c o m o p l a n p a r a l a c i u d a d , a n a l i z a n d o
l a s c o n d i c i o n e s g e o g r á f i c a s y h i d r o g r á f i c a s .
E l P D U p u e d e i n c o r p o r a r o t r o s c r i t e r i o s a d i c i o n a l e s q u e
r e s p o n d a n a l e n f o q u e t e r r i t o r i a l .
DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO
P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N
D E L P D U
L a p r e p a r a c i ó n y e l a b o r a c i ó n d e l P D U e s t a a c a r g o d e l
á r e a r e s p o n s a b l e d e l p l a n e a m i e n t o t e r r i t o r i a l o u n a
u n i d a d e q u i v a l e n t e a l a m u n i c i p a l i d a d .
E s t o s e r e a l i z a s i g u i e n d o u n p r o c e s o d e p a r t i c i p a c i ó n
c i u d a d a n a e f e c t i v a , c o n f o r m e a l o d i s p u e s t o e n e l
a r t i c u l o 8 , r e a l i z a d o p o r u n e q u i p o t é c n i c o e s p e c i a l i z a d o
I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y
E V A L U A C I Ó N D E L P D U
L a s m u n i c i p a l i d a d e s p r o v i n c i a l e s y d i s t r i t a l e s
e j e c u t a n l a s a c c i o n e s d e i m p l e m e n t a c i ó n , s e g u i m i e n t o y
e v a l u a c i ó n d e l c u m p l i m i e n t o d e l P D U , a d e m á s p u e d e n p r o p o n e r
m e c a n i s m o s c o m p l e m e n t a r i o s a l o s a p r o b a d o s e n e l P D U p a r a
a s e g u r a r l a i m p l e m e n t a c i ó n , s e g u i m i e n t o y e v a l u a c i ó n d e l
m i s m o .
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N E U
DEFICION Y ALCANCE DEL ACONDICIONAMIENTO URBANO
P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N
D E L E U
I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y
E V A L U A C I Ó N D E L E U
ESQUEMA DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
Se elabora en concordancia y complementa a los Planes de Desarrollo Concertado
vigentes.
Se elabora en concordancia con el PAT y/o PDM, cuando estos han sido previamente
aprobados, de ser aplicable
A cargo de las municipalidades que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo
urbano
El ámbito de intervención del EU comprende el continuo poblado categorizado
como villa, pueblo o caserío, según la clasificación del SICCEP, e incluye a todos
los centros poblados que pertenecen a este ámbito
L a p r e p a r a c i ó n y e l a b o r a c i ó n d e l P D U e s t a a c a r g o d e l
á r e a r e s p o n s a b l e d e l p l a n e a m i e n t o t e r r i t o r i a l o u n a
u n i d a d e q u i v a l e n t e a l a m u n i c i p a l i d a d .
L a s m u n i c i p a l i d a d e s d i s t r i t a l e s e n c o o r d i n a c i ó n c o n l a
m u n i c i p a l i d a d p r o v i n c i a l c o r r e s p o n d i e n t e , p u e d e n t o m a r
l a i n i c i a t i v a e n l a e l a b o r a c i ó n d e l E U .
Las municipalidades provinciales y distritales ejecutan las acciones de
implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del EU, además
pueden proponer mecanismos complementarios a los aprobados en el EU para
asegurar la implementación, seguimiento y evaluación del mismo.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
PLANES ESPECIFICOS P L A N M A E S T R O
Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P E
DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO
P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N
D E L P E
I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y
E V A L U A C I Ó N D E L P E
El proceso de planificación a cargo de las
municipalidades orientado a complementar
la planificación urbana de los continuos
poblados, facilitando la actuación o
intervención urbanística en un sector
determinado de un PDM, PDU o EU
Se desarrollan cuando los Instrumentos de
Planificación Urbana, definan su necesidad, la
cual debe estar debidamente sustentada, en los
planes que le dan origen: PDM, PDU o EU,
salvo en el caso del Plan Específico
denominado“Plan Maestro de Centros
Históricos”
Con fines de conservación de centros históricos,
zonas monumentales, ambientes urbanos
monumentales, áreas naturales o zonas de valor
paisajístico y/o de interés cultural. En el caso de
los centros históricos el Plan Específico se
denomina Plan Maestro de Centro Histórico.
OBJETIVOS:
Renovar, Regenerar, Mejorar
Protección, ejecutar y hacer un
reajuste de suelo o integración
inmobiliaria
Una modalidad del PE que orienta la gestión, los usos del
suelo, las acciones, intervenciones, el control, los programas,
los proyectos, las intervenciones públicas y privadas en el
ámbito territorial de un Centro Histórico y su zona de
influencia, facilitando un tratamiento urbanístico integral
especial.
Esta a cargo del área responsable de
Planeamiento Territorial o la unidad
orgánica equivalente de la municipalidad
provincial correspondiente, y en
coordinación con la municipalidad
distrital involucrada
En caso una persona natural o jurídica
formule una propuesta de PE, esta será
evaluada por el área responsable del
Planeamiento Territorial o la unidad
orgánica equivalente de la mu
Persona Jurídica
Las municipalidades provinciales y distritales
ejecutan las acciones de implementación, seguimiento
y evaluación del cumplimiento del PE
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
PLANEAMIENTO INTEGRAL
Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P I
DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO
P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N
D E L P I
I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y
E V A L U A C I Ó N D E L P I
A cargo de las municipalidades provinciales orientado a asignar
zonificación y vías primarias a los predios rústicos no comprendidos
en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Planificación
Urbana, para fines de integración al suelo urbano cumpliendo las
condiciones para ser clasificado como suelo urbanizable inmediato.
El PI se aplica a los predios rústicos no
comprendidos
en el ámbito de intervención de los
Instrumentos de
Planificación Urbana.
Esta a cargo del área responsable de
Planeamiento Territorial o la unidad
orgánica equivalente de la municipalidad
provincial correspondiente, y en
coordinación con la municipalidad
distrital involucrada
En caso una persona natural o jurídica
formule una propuesta de PE, esta será
evaluada por el área responsable del
Planeamiento Territorial o la unidad
orgánica equivalente de la mu
Persona Jurídica
Las municipalidades provinciales y distritales ejecutan las acciones de
implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PI, en el
ámbito de sus jurisdicciones y en el marco de sus competencias,
mientras el PI no se incorpore a un Instrumento de Planificación
Urbana.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Plan temático de
equipamiento urbano
Definición: Está orientado a planificar el sistema de equipamiento urbano
identificado en un PDU para analizar las propuestas del mismo.
ARTÍCULO 80.-
ARTÍCULO 81.-
Objetivo: Identificar de aquellos equipamientos urbanos que requieren un
análisis adicional para para conocer el impacto urbano que genera a la
población, tales como: aeropuertos, mega puertos, puertos, entre otros.
Plan temático de
infraestructura de servicios
ARTÍCULO 82.-
Definición: Está orientado a planificar el Sistema de Infraestructura de
Servicios identificado en un PDU, que ofrece un desarrollo de infraestructura y
servicios urbanos necesarios para el funcionamiento de la ciudad
ARTÍCULO 83.-
Objetivo: Promover y mejorar la calidad, eficiencia, continuidad de los
servicios a fin de mejorar la calidad de vida de la población en general.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Plan temático de movilidad
urbana sostenible
Definición: Está orientado a planificar el Sistema de Movilidad Urbana
identificado en un PDU con el fin de mejorar la interconexión de ciudad
cuando existen procesos de crecimiento socio - económico y dinámicos
considerables de movilidad de personas y mercancías.
ARTÍCULO 84.-
ARTÍCULO 85.-
Objetivo: Promover las formas de desplazamiento más sostenibles en la
ciudad mediante intervenciones urbanísticas dispuestas en el PDU para
asegurar la sostenibilidad social, económica y ambiental de la movilidad.
Plan urbano distrital
ARTÍCULO 86.-
Plan urbano distrital (PUD): Establecen mecanismos de gestión para los
Planes de Desarrollo Metropolitano para las Metrópolis Regionales o Planes
de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 87.-
Contenido mínimo del PUD:
a) Los niveles operacionales y los estándares de calidad.
b) Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario urbano.
c) El Plan Distrital de Espacios Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley
Nº 31199.
d) Las condiciones de diseño para la implementar espacios privados de
Acceso Público dentro de los parámetros establecidos en el PDU.
e) Los mecanismos para la gestión e implementación de lo establecido en los
PDM.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Plan temático de movilidad
urbana sostenible
Elaboración y aprobación del PDU:
88.1 La elaboración de un PUD está a cargo del área responsable de
Planeamiento Territorial.
88.2 La propuesta final del PUD está a cargo del área responsable de
Planeamiento Territorial.
ARTÍCULO 88.-
ARTÍCULO 89.-
Implementación del PDU: La municipalidad distrital ejecuta las acciones
de gestión y control dirigidas al cumplimiento del PUD.
Gestión del riesgo de desastres y
adaptacion al cambio climático y
la planificación territorial y urbana
ARTÍCULO 90.-
Gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático en los
Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
90.1 Tiene por finalidad la prevención, reducción y control permanente de los
factores de riesgo de desastres.
90.2 Pretende reducir, moderar o evitar los daños y gestionar los impactos del
cambio climático a través del análisis de los peligros.
ARTÍCULO 91.-
Incorporación del análisis del riesgo y la adaptación al cambio
climático en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y de
Desarrollo Urbano:
91.1 Se incorpora el Análisis de Riesgo y la Adaptación al Cambio Climático a
fin de lograr una planificación territorial y urbana ordenada y segura.
91.2 La Gestión del Riesgo de Desastres es parte de la planificación
establecida en el Reglamento.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Finalidad del Análisis de Riesgo en materia de gestión del riesgo de
desastres y adaptación al cambio climático:
1. Establece parámetros para la clasificación del suelo y la zonificación
considerando los factores de seguridad física, así como de prevención y
reducción del riesgo de desastres.
2. Los mecanismos para reubicar los asentamientos humanos localizados
en zonas declaradas de riesgo no mitigable.
3. Identificación de áreas críticas de riesgo para la actuación y
intervención.
4. Normas especiales o pautas técnicas para la reducción de las
condiciones de riesgo de desastres.
ARTÍCULO 92.-
ARTÍCULO 94.-
Proceso de análisis de riesgos en materia de gestión del riesgo de
desastres y adaptación al cambio climático:
1. Identificación y caracterización de los peligros
2. Análisis de vulnerabilidad
3. Cálculo del Riesgo
4. Control y manejo del Riesgo
5. Comunicación de riesgos
ARTÍCULO 95.-
Áreas declaradas como zonas de riesgo no mitigable:
95.1 Son zonas donde existe la probabilidad de que la población o sus medios
de vida sufran daños o pérdidas a consecuencia del impacto de un peligro.
95.2 Las municipalidades provinciales declaran las zonas de riesgo no
mitigable mediante Acuerdo de Concejo Provincial.
95.3 Se clasifican dichas zonas en los Instrumentos de Planificación Urbana
como suelo de riesgo.
95.4 Las áreas declaradas como zonas de riesgo no mitigable pierden su
condición de suelo urbano.
ARTÍCULO 93.-
Actividades del método de análisis de riesgo en materia de gestión
del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático :
1. Identificación y caracterización de los peligros.
2. Análisis de la vulnerabilidad.
3. Cálculo del riesgo.
4. Control y manejo del riesgo.
5. Comunicación del riesgo.
Gestión del riesgo de desastres y adaptacion al
cambio climático y la planificación territorial y urbana
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Programa de inversiones
metropolitanas y/o urbanas
Definición del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o Urbanas:
96.1 Es el instrumento de gestión económico - financiero que promueve las
inversiones públicas y privadas.
96.2 Se realiza en concordancia con lo dispuesto en la visión propuesta en
el Plan de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible
correspondiente
ARTÍCULO 96.-
ARTÍCULO 97.-
Composición del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o
Urbanas:
Está compuesto por el listado de inversiones prioritarias y estratégicas.
ARTÍCULO 98.-
Gestión del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o Urbanas:
Son gestionadas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de
los Gobiernos Locales.
ARTÍCULO 99.-
Definición de Observatorio Urbano Nacional (OUN):
El OUN es el instrumento que permite generar, recolectar, seleccionar,
manejar, analizar y aplicar la información urbana cualitativa y cuantitativa de
las ciudades.
Observatorio urbano
nacional
ARTÍCULO 100.-
Objetivos del OUN:
1. Brindar información actualizada en materia de vivienda, urbanismo y
desarrollo urbano.
2. Sistematizar y visibilizar información para el seguimiento y monitoreo en
materia de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano.
3. Contribuir al seguimiento y monitoreo de las políticas públicas vinculadas a
las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano.
4. Promover la Participación Ciudadana Efectiva, empleando tecnologías de
la información y la comunicación y mecanismos de comunicación accesibles.
5. Contribuir al Fortalecimiento de Capacidades para los Gobiernos Locales.
6. Desarrollar y utilizar tecnologías de la información y la comunicación para
la gestión de los datos abiertos.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Funciones del MVCS respecto al OUN :
1. Verificar que la información remitida por las Entidades Privadas y
Públicas cumpla con los parámetros técnicos establecidos.
2. Generar y actualizar periódicamente la información en materia de
vivienda, urbanismo y desarrollo urbano producida por el OUN.
3. Diseñar e implementar acciones de fortalecimiento de capacidades
referidas a la generación y actualización de información geoespacial.
4. Coordinar y desarrollar alianzas estratégicas con otras entidades
públicas y privadas.
ARTÍCULO 101.- ARTÍCULO 103.-
Remisión de información al OUN:
La información técnica elaborada y aprobada por las Entidades Públicas del
Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales.
Observatorio urbano
nacional
ARTÍCULO 104.-
Proceso de recopilación de información del OUN:
1. El MVCS otorga un acceso al OUN para que actualicen la información.
2. Para el acceso al OUN, las Entidades Privadas o Públicas deben acreditar
ante el MVCS al personal responsable.
3. La información remitida pasa por un proceso de validación antes de ser
publicada en el OUN.
4. Si la información remitida cumple con los parámetros técnicos
establecidos, la misma se publica en la plataforma del OUN.
ARTÍCULO 102.-
Entidades participantes en el OUN:
Con la participación de los Gobiernos Locales y Regionales, y en coordinación
con otros sectores del Gobierno Nacional. ARTÍCULO 105.-
Metodología para la recopilación de información en el OUN:
Se basa en la aplicación de métodos cuantitativos y cualitativos.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Cooperación interinstitucional
para el acondicionamiento
territorial y el desarrollo urbano
Encargados de la coordinación, asistencia técnica y capacitación:
El MVCS brinda asesoría, asistencia técnica y capacitación en materia de
acondicionamiento territorial y desarrollo urbano.
ARTÍCULO 106.-
ARTÍCULO 107.-
Suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional entre el
MVCS y otras entidades:
1. Diseñar, desarrollar, implementar, difundir y mejorar continuamente el
OUN.
2. Apoyar a los Gobiernos Locales en la actualización y mantenimiento del
Catastro Urbano.
ARTÍCULO 108.-
Conformación horizontal del componente físico espacial: Clasificación
del suelo:
1. Suelo urbano.
a) Suelo urbano consolidado
b) Suelo urbano de transformación
c) Suelo urbano en consolidación
d) Suelo periurbano
e) Suelo urbanizable
2. Suelo de protección.
a) Suelo de conservación
b) Suelo de riesgo
3. Suelo rural.
Conformación físico espacial del
desarrollo urbano sostenible
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Objetivos de la conformación horizontal del componente físico
espacial:
1. Promover la sostenibilidad en la ocupación del suelo urbano.
2. Planificar y programar los procesos de ocupación del suelo urbanizable.
3. Proteger el suelo rural de potencial productivo y que se encuentran en el
borde de las ciudades y centros poblados.
4. Orientar el crecimiento sostenible de las ciudades y los centros
poblados.
5. Proteger las áreas de patrimonio natural y cultural.
ARTÍCULO 109.- ARTÍCULO 111.-
Conformación vertical del componente físico espacial:
1. Suelo
2. Subsuelo
3. Sobresuelo
Conformación físico espacial del
desarrollo urbano sostenible
ARTÍCULO 110.-
Consecuencias de la ocupación del suelo de protección:
1. Toda acción o intento de ocupación para usos urbanos del suelo de
protección es controlado y reprimido por la autoridad competente.
2. Las ocupaciones en suelo de protección no son materia de
reconocimiento, ni de saneamiento físico.
Conformación vertical del
componente físico espacial
ARTÍCULO 112.-
Derecho de propiedad del suelo, subsuelo y sobresuelo:
1. La propiedad del suelo se extiende al subsuelo y al sobresuelo
2. La propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los
yacimientos y restos arqueológicos.
3. El subsuelo o el sobresuelo urbano pueden pertenecer, total o
parcialmente, a un propietario distinto al dueño del suelo.
ARTÍCULO 113.-
Limitaciones legales al uso del suelo, subsuelo y sobresuelo:
1. Aquellas establecidas en la Ley Nº 29090, que regula las habilitaciones
urbanas y de edificaciones.
2. Las normas que regulan los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
TITULO V1
ZONIFICACION
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
1. Línea divisoria en eje de vía:
ZONIFICACION 2. Línea divisoria que corta la manzana:
3. Lotes con frente a dos calles paralelas:
ARTÍCULO 114.-
Definición de zonificación:
La zonificación es parte del proceso de la planificación urbana que
contiene un conjunto de normas y parámetros urbanos.
ARTÍCULO 115.-
Objetivo de la zonificación:
La zonificación tiene por objetivo regular el uso y ocupación que se le
puede dar al suelo.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Tipos de Zonificación
1. Zona Urbana de Densidad muy Alta (ZDMA):
Permite un aprovechamiento muy intenso del
suelo.
2. Zona Urbana de Densidad Alta (ZDA):
Zona de uso mixto que permiten, el uso
Residencial, uso Comercial, y Usos Especiales.
3. Zona Urbana de Densidad Media (ZDM):
Permiten uso Residencial, uso Comercial, Usos
Especiales y uso de Taller.
4. Zona Urbana de Densidad Baja (ZDB):
Permiten uso Residencial, uso Comercial, Usos
Especiales y uso de Taller.
5. Zona Urbana de Densidad Muy Baja (ZDMB):
Suelo periurbano.
6. Zona Industrial (ZI):
No pueden ser agrupados con otros usos.
Se consignan en:
Industria Pesada Básica (I4), Gran Industria (I3),
Industria Liviana (I2), Industria Elemental y
Complementaria (I1)
7. Zona de Servicios Públicos Complementarios (ZSPC):
Educación (E) y Salud (H).
Para Educación, se consignan: E.B (E1), E.S.T(E2), E.S.U (E3)
y E.S.P.G (E4).
Para Salud, consignan: Posta Médica (H1), Centro de Salud
(H2), Hospital General (H3) y Hospital/Instituto
Especializado (H4).
8. Zona de Reglamentación Especial (ZRE): Poseen
características particulares de orden físico, ambiental,
social o económico La Zona Monumental (ZM) y la Zona de
Protección Ambiental (ZPA)
9. Zona de Recreación Pública (ZRP):
Actividades recreativas activas y/o pasivas.
10. Zona Agraria (ZA):
Suelo rural dedicado al uso agrícola, pecuario o forestal, no
urbanizable.
11. Zona de Usos Extractivos (ZUE):
Dedicada a la extracción primaria de recursos.
ARTÍCULO 117.-
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
ARTÍCULO 119.-
Usos
1. Residencial
2. Taller:
Industria elemental y complementaria permisibles con el uso
residencial.
3. Industrial
4. Comercial:
Compraventa de productos y de servicios, incluido el uso de
oficinas. Puede clasificarse en: Comercio Especializado,
Comercio Intensivo, Comercio Metropolitano, Comercio
Zonal, Comercio Vecinal.
5. Servicios Públicos Complementarios:
Predominantemente para el funcionamiento de instalaciones
para Educación (E) y Salud (H).
6. Usos de Recreación Pública:
Actividades recreativas pasivas o activas.
7. Usos Especiales u otros usos:
Centros cívicos, complejos, asilos ferroviarios, estadios, entre
otros.
8. Uso agrícola, pecuario o forestal: Predominantemente
para la producción primaria agrícola, pecuaria o forestal.
9. Usos Extractivos: Predominantemente para la extracción
primaria de recursos.
TIPOS DE ZONIFICACIÓN CONCORDANTES CON LAS DIFERENTES CLASES
DE SUELO
ARTÍCULO 121.- REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN
121.1. Es el documento técnico que regula el uso del suelo.
121.2. El Reglamento
121.3. El Reglamento de Zonificación
121.4. Los parámetros urbanísticos, estos son: 1. Lote normativo, 2. Coeficiente de
Edificabilidad, 3. Densidad Neta Máxima, 4. Altura máxima de la edificación, 5. Retiros.
P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2
Proyecto de Decreto Supremo que aprueba las
Disposiciones para el reúso de aguas residuales
municipales tratadas en el riego de áreas verdes
urbanas
A R T Í C U L O 1 2 2 . - M O D I F I C A C I Ó N D E L A Z O N I F I C A C I Ó N
A R T Í C U L O 1 2 3 . - P R O P U E S T A S D E L A M O D I F I C A C I Ó N
D E Z O N I F I C A C I Ó N
A R T Í C U L O 1 2 4 . - P R O C E S O D E M O D I F I C A C I Ó N D E L A
Z O N I F I C A C I Ó N
Conjunto de normas y parámetros urbanísticos y edificatorios.
Debe cumplir con el criterio de análisis integral: Interés nacional o de
interés social y comunitario.
Evaluación Municipal: Para conocer el impacto en diferentes aspectos.
1.
2.
3.
Se debe realizar una solicitud con el debido sustento y propuesta de
zonificación teniendo en cuenta los requisitos y reglamentos de zonificación.
Se presenta la solicitud a la municipalidad provincial como pedido de gracia
para verificar si cumple con lo requerido.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
9-. Ciudades y centro poblados que no cuenten con Instrumentos de
Planificación Urbana
proponer la zonificación que contiene parámetros urbanísticos y edificatorios
respecto del sector donde se ubiquen sus predios en las ciudades y centros
poblados
Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un
ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno
desarrollo de la vida
El Estado promueve el tratamiento de las aguas residuales
con fines de su reutilización
Evitar la contaminación de las fuentes receptoras de agua y
promoviendo su reúso
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ANALISIS DECRETO 012-2022

  • 1. PLANEAMIENTO Y TERRITORIO SEMANA 1 Bernal Paredes. Miguel Ángel. Fernández Carranza, Guissepe. Huaman Cueto, Yasmin Katheryn Huayre Huaringa, David Ángel. Tineo Ballez, Jean Pier. DOCENTE Arq. Pierina Soleil Del Carmen Lazo Rojas GRUPO 2 Integrantes:
  • 2. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible DECRETO SUPREMO N° 012 - 2022 - VIVIENDA Establece principios de acondicionamientos territorial, planificación urbana, uso y gestión del suelo urbano, con el fin de lograr un desarrollo sostenible. Además, de un desarrollo equitativo y accesible para para todos los pobladores.
  • 3. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Siglas CCL: Consejo de Coordinación Local. DGPRVU: Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. DUDU: Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano. MVCS: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. PNVU: Política Nacional de Vivienda y Urbanismo. SICCEP: Sistema de Ciudades Y Centros Poblados. Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible Finalidad: Establece las condiciones para lograr un desarrollo sostenible y la planificación urbana. 1. Análisis de riesgo: Identifica y caracteriza los peligros. 9. Edificación: Proceso edificatorio. 2. Ámbito de intervención: Terreno delimitado para la elaboración de planes de acondicionamiento. 10. Espacio público: Uso publico para satisfacción de necesidades. 3. Ámbito de estudio: Analiza de manera integral y a nivel multiescalar. 11. Estructura urbana: Permite el funcionamiento de la ciudad. 4. Compatibilidad de uso: Categorización determinada en la zonificación vigente. 12. Equipamiento urbano: Edificación y espacios públicos. 13. Infraestructura urbana: Redes que permiten el funcionamiento de las actividades en las ciudades. 5. Conurbación: Ciudades forman una unidad física continua. 14. Isla rústica: Terreno sin habilitar, ubicado dentro de la zonificación. 6. Coproducción: El municipio se encarga de la gestation de los planes, la ciudadanía tiene derecho a participar. 15. Medio acuático: Comprende el dominio marítimo y de aguas interiores. 16. Movilidad urbana sostenible: Mejor el desplazamiento y minimizar la contaminación ambiental. 7. Desarrollo urbano sostenible: Brindar ambiente saludable. 17. Parámetros urbanísticos y edificatorios: Regulan el diseño y condiciones técnicas. 8. Edificabilidad: Creación de un proyecto que requiere de una licencia. 18. Servicios urbanos: Educación, salud servicios públicos. 19. Servicios públicos esenciales: Agua, luz, electricidad y telecomunicaciones. 20. Sociedad civil: Son todas personas que habitan. 21. Terreno o predio rustico: Terreno no habilitado para el uso. 22. Uso del suelo: Asignación al suelo con actividades urbanas. 23. Vía: Espacio publico destinado al transito. ARTÍCULO 2.- ARTÍCULO 4.3.- ARTÍCULO 4.2.-
  • 4. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 TÍTULO II DISPOSICIONES ORGNIZATIVAS
  • 5. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Articulación de los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico Participación Ciudadana Efectiva en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano Publicación y remisión de los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobados Entidad para la resolución de discrepancias no competenciales en materia de urbanismo y desarrollo urbano Procedimiento para la resolución de discrepancias no competenciales en materia de urbanismo y desarrollo urbano Dispuesto por el PNVU. Los gobiernos locales se encargaran de realizar sus planes con impacto en el territorio y espacio urbano. Ya sea de manera individual o grupal, los pobladores puedes intervenir en futuras propuestas que se relaciones con lo físico, socioeconómico, ambiental, etc. Las fases de la elaboración de Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano: a) comunicar a la población del ámbito de intervención. b) exhibición permanente del proceso y actualización del plan formulado. c) Talleres de sensibilización para promover y comunicar los objetivos y alcances del plan. El MCS mediante el DGPRVU, se encargara de resolver problemas si existe discrepancias entre municipios o municipios y otras entidades. El DUDU es la encargada de resolver estos problemas Debe ser publicados en el portal municipal. MVCS deberá aprobar alguna actualización con un plazo de 30 días calendarios.
  • 6. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 TÍTULO III SISTEMA DE CIUDADES Y CENTROS POBLADOS
  • 7. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Sistema de Ciudades y Centros Poblados Unidades Espaciales Actualización General del SICCEP Bases de datos SICCEP encargado de clasificar ciudades y centros poblados y sus ámbitos de influencia. Esta deberá basarse en el censo, el cual le brindara nueva información demográfica y de otra índole. Posee datos tabulares y geoespaciales. Si se actualiza el plan de acondicionamiento, cambia el rango jerárquico, el rol y otras características. 1. Centro poblado: Espacio con nombre propio donde vive una población. 2. Continuo poblado: Centros poblados continuos. 3. Conglomerado: Contiene centros poblados y contiguos poblados. 4. Subsistema: Agrupa varios conglomerado (Ciudad mayor). 5. Sistema: Es un conjunto de subsistemas, con gran accesibilidad interna y pueden planificar sus desarrollo de manera integrada (Ciudad mayor principal). 6. Macrosistema: Area que esta formada por varios sistemas. 7. Sistema nacional: Gran unidad espacial que abarca todo el territorio.
  • 8. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Criterios de Organización del SICCEP Categorías del SICCEP Categoría Rango jerárquico Rol y caracterización del continuo poblado. 1.Metrópoli Nacional (1º Rango): Concentra gran parte del movimiento financiero, comercial y administrativo del país. 2.Metrópoli Regional (2º Rango): Macrosistema mantiene vínculos con la Metrópoli Nacional. 3.Ciudad (3º al 5º Rango): Continuo poblado urbano con una población mayor a 5,000 habitantes. 4. Villa (6º Rango): Continuo poblado urbano con una población entre 2,001 y 5,000 habitantes. Realizan funciones de apoyo y complementarias. Los asentamientos poblacionales son considerados hasta 50 habitantes. 5. Pueblo (7º Rango): Continuo poblado rural con una población entre 1,001 y 2,000 habitantes. 6. Caserío (8º Rango): Continuo poblado rural con una población entre 51 a 1,000 habitantes.
  • 9. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 TÍTULO IV ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO
  • 10. CAPÍTULO I PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO Permiten la previsión, orientación y promoción del acondicionamiento físico-territorial para el desarrollo sostenible, inclusivo, competitivo y resiliente de las ciudades y centros poblados y de sus áreas de influencia En su elaboración se consideran los proyectos de infraestructura sectoriales, tales como salud o educación Su elaboración se efectúa en concordancia con el SICCEP ( El Sistema de Ciudades y Centros Poblados ) garantizando una participación efectivade la ciudadanía. Artículo 19.- Planes como Orientadores de Inversiones Promueven las inversiones públicas y privadas, impulsando el desarrollo sostenible . Artículo 20.- Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Las municipalidades en materia de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, formulan y aprueban los siguientes Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano a) El Plan de Acondicionamiento Territorial - PAT 2. Instrumentos de Planificación Urbana: a) El Plan de Desarrollo Metropolitano - PDM b) El Plan de Desarrollo Urbano - PDU c)El Esquemade Acondicionamiento Urbano- EU: 3. Instrumentos de Planificación UrbanaComplementarios: a) El Plan Específico - PE b) El Planeamiento Integral - PI Otros planes maestros o temáticos: Para complementar los PAT, PDM y/o PDU
  • 11. Fase de Preparación ( duración de hasta3 meses.) Fase de Elaboración: Consiste en la delimitación del ámbito de intervención con base en el SICCEP, ( Esta fase tiene una duración de hasta 18 ) Fase de Aprobación (duracion hasta 3 meses ) Fase de Implementación Fase de Seguimiento y Evaluación Fase de Elaboración ( Esta fase tiene una duración de hasta 18 ) Fase de Aprobación: Consiste en la aprobación del Plan por parte del Concejo Municipal. Esta fase tiene una duración de hasta 3 meses FASES DE ELABORACION Fase de Actualización 20.4. El proceso de los PE, PI y los Planes Temáticos u otros planes maestros, consta de las siguientes fases Fase de Preparación: Incluye el análisis detallado del PAT, PDM, PDU o EU que le da origen ( duración de hasta3 meses.) Fase de Implementación: Incluye la ejecución de acciones de gestión y control que aseguren el cumplimiento del Plan. Fase de Incorporación al Instrumento de Planificación Urbana correspondiente PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO QUE COMPRENDEN LA ZONA DE PLAYA PROTEGIDA O MEDIO ACUÁTICO Si el ámbito de intervención comprende la zona de playa protegida o medio acuático,se debe coordinar con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatalesy/o la Autoridad Marítima Nacional
  • 12. Equivocaciones de nombres, fechas,operaciones aritméticas, nomenclaturas, colores, o incongruencias entre los componentes de la zonificación SUBSANACIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LOS PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO Presenta la propuesta de subsanación sustentada en un Informe técnico para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. NULIDAD DE LOS ACTOS QUE CONTRAVENGAN LOS PLANES PARA EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO ARTÍCULO 24.- DELEGACIÓN DE FACULTADES La municipalidad que lo emitió debe declarar de oficio la nulidad de dicho acto administrativo en el marco de lo establecido en el artículo213 del TUO de la LPAG. a) La delegación de facultades es de una municipalidad provincial a una municipalidad distrital. b) La delegación es respectoa la facultad de aprobación de un PDU o un EU. c) La solicitud de opiniónprevia al MVCS debe contenerel debido sustento técnico y legal. d)Cuando se trata de casos en los que existe un conglomerado o continuo pobladoque no excede un ámbito jurisdiccional distrital. Aspectos Ambientales y de Cambio Climático en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano .- Vinculación de los Instrumentos de Planificación Urbana e Instrumentos de Planificación Urbana Complementarios con las Superficies Limitadoras de Obstáculos
  • 13. CAPÍTULO II INSTRUMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Instrumentos de Planificación Urbana PAT : Producto del proceso a cargo de la municipalidad provincial que orienta y regula la organización físico-espacial del territoriode una provincia, cuenca o litoral; a fin de lograr una adecuada ocupación del territorio mediante el aprovechamiento sostenible de los recursos, así como la conservación, protección y patrimonio naturaly cultural .- Ámbito de intervención del PAT : comprende el territorio de una provincia, espacios geográficos de cuencas, litorales u otra condiciónnatural y/o territorial que se identifique. CONTENIDO MÍNIMO DEL PAT El ResumenEjecutivo del plan, El diagnóstico territorial del ámbito de estudio que sustenta las propuestas del PAT La delimitación y características del ámbito de intervención. La visión y el modelo para el desarrollo territorial del ámbito de intervención Los lineamientos de política, estrategias, objetivos y metas para el desarrollo territorial del ámbito. Identificación y definición de las categorías, rangos jerárquicos y roles de los continuospoblados Los lineamientos para los Instrumentos de Planificación Urbana La propuesta de Unidades de Acondicionamiento Territorial en el ámbito de intervención La propuestade Movilidad Urbanay Rural en el ámbito de intervención, La propuestade Movilidad Urbanay Rural en el ámbito de intervención. El Programa de Inversiones. a) Los mecanismos de implementación, seguimiento, evaluación y actualización del PAT.
  • 14. HORIZONTE DE PLANEAMIENTO DEL PAT El horizonte de planeamiento del PAT es de largo plazo hasta veinte años, con previsiones para el mediano plazo hasta diez años y de corto plazo hasta cinco años. El PAT se mantiene vigente, mientras no se actualice o se apruebe uno nuevo. Cualquier modificación al contenido del PAT se realiza dentro del proceso de actualización del mismo. ACTUALIZACIÓN AL PAT Los procesos de actualización de los PAT deben respetar la participación ciudadana La(s) municipalidad(es) provincial(es) evalúan y, de ser el caso, realizan actualizaciones parciales y/o totales de los PAT como mínimouna vez al año PLANES DE DESARROLLO METROPOLITANO Producto del proceso a cargo de las Municipalidades Provinciales, que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo urbano sostenible de las áreas metropolitanas identificadas en el SICCEP Se elabora en concordancia con el PAT, cuando este ha sido previamente aprobado. “Plan de Desarrollo Metropolitano Interprovincial ( Mas de una provincia) ÁMBITO DE INTERVENCIÓN DEL PDM Conglomerado del continuo pobladodinamizador categorizado como Metrópoli Nacionalo Metrópoli Regional,según la clasificación del SICCEP
  • 15. CONTENIDO MÍNIMO DEL PDM PDM para la Metrópoli Nacional: Constituye una primeravisión del área metropolitana de la MetrópoliNacional El Resumen Ejecutivo, que incluye un breve desarrollo de los contenidos del PDM El diagnóstico metropolitano La delimitación del ámbito de intervención La visión compartida del área metropolitana y el modelo de desarrollo urbano del área metropolitana. La estructuración urbana del área metropolitana La clasificación de suelo. La delimitación de áreas El análisisde riesgo en materia de gestión de riesgo de desastres La propuesta para la implementación de los instrumentos de gestión del suelo previstosen la Ley El Plan Provincial de Espacios Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 31199 La identificación de Planes Temáticos para los SistemasUrbanísticos El Programa de Inversiones Urbanas Metropolitanas Los mecanismos de implementación, seguimiento, evaluación y actualización del PDM CONTENIDO MÍNIMO DEL PDM El horizonte de planeamiento del PDM es de largo plazo hasta veinte años, con previsiones para el mediano plazo hasta diez años y de corto plazo hasta cinco años. ACTUALIZACIÓN DEL PDM HORIZONTE DE PLANEAMIENTO DEL PDM La(s) municipalidad(es) provincial(es) de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional evalúan y, de ser el caso, realizan actualizaciones parciales y/o totales de los PDM, como mínimo una vez al año.
  • 16. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 PLAN DE DESARROLO URBANO S e e l a b o r a e n c o n c o r d a n c i a c o n e l P A T o e l P D M . S e e l a b o r a e n c o n c o r d a n c i a y c o m p l e m e n t a a L o s P D U d e l a M e t r ó p o l i N a c i o n a l s o n d e l i m i t a d o s l o s P l a n e s d e D e s a r r o l l o C o n c e r t a d o v i g e n t e s . e n e l P D M c o r r e s p o n d i e n t e y n o p u e d e n d e s a r r o l l a r s e s i n l a a p r o b a c i ó n p r e v i a Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P D U E l P D U e s t a c l a s i f i c a d o c o m o p l a n p a r a l a c i u d a d , a n a l i z a n d o l a s c o n d i c i o n e s g e o g r á f i c a s y h i d r o g r á f i c a s . E l P D U p u e d e i n c o r p o r a r o t r o s c r i t e r i o s a d i c i o n a l e s q u e r e s p o n d a n a l e n f o q u e t e r r i t o r i a l . DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N D E L P D U L a p r e p a r a c i ó n y e l a b o r a c i ó n d e l P D U e s t a a c a r g o d e l á r e a r e s p o n s a b l e d e l p l a n e a m i e n t o t e r r i t o r i a l o u n a u n i d a d e q u i v a l e n t e a l a m u n i c i p a l i d a d . E s t o s e r e a l i z a s i g u i e n d o u n p r o c e s o d e p a r t i c i p a c i ó n c i u d a d a n a e f e c t i v a , c o n f o r m e a l o d i s p u e s t o e n e l a r t i c u l o 8 , r e a l i z a d o p o r u n e q u i p o t é c n i c o e s p e c i a l i z a d o I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y E V A L U A C I Ó N D E L P D U L a s m u n i c i p a l i d a d e s p r o v i n c i a l e s y d i s t r i t a l e s e j e c u t a n l a s a c c i o n e s d e i m p l e m e n t a c i ó n , s e g u i m i e n t o y e v a l u a c i ó n d e l c u m p l i m i e n t o d e l P D U , a d e m á s p u e d e n p r o p o n e r m e c a n i s m o s c o m p l e m e n t a r i o s a l o s a p r o b a d o s e n e l P D U p a r a a s e g u r a r l a i m p l e m e n t a c i ó n , s e g u i m i e n t o y e v a l u a c i ó n d e l m i s m o .
  • 17. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N E U DEFICION Y ALCANCE DEL ACONDICIONAMIENTO URBANO P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N D E L E U I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y E V A L U A C I Ó N D E L E U ESQUEMA DE ACONDICIONAMIENTO URBANO Se elabora en concordancia y complementa a los Planes de Desarrollo Concertado vigentes. Se elabora en concordancia con el PAT y/o PDM, cuando estos han sido previamente aprobados, de ser aplicable A cargo de las municipalidades que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo urbano El ámbito de intervención del EU comprende el continuo poblado categorizado como villa, pueblo o caserío, según la clasificación del SICCEP, e incluye a todos los centros poblados que pertenecen a este ámbito L a p r e p a r a c i ó n y e l a b o r a c i ó n d e l P D U e s t a a c a r g o d e l á r e a r e s p o n s a b l e d e l p l a n e a m i e n t o t e r r i t o r i a l o u n a u n i d a d e q u i v a l e n t e a l a m u n i c i p a l i d a d . L a s m u n i c i p a l i d a d e s d i s t r i t a l e s e n c o o r d i n a c i ó n c o n l a m u n i c i p a l i d a d p r o v i n c i a l c o r r e s p o n d i e n t e , p u e d e n t o m a r l a i n i c i a t i v a e n l a e l a b o r a c i ó n d e l E U . Las municipalidades provinciales y distritales ejecutan las acciones de implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del EU, además pueden proponer mecanismos complementarios a los aprobados en el EU para asegurar la implementación, seguimiento y evaluación del mismo.
  • 18. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 PLANES ESPECIFICOS P L A N M A E S T R O Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P E DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N D E L P E I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y E V A L U A C I Ó N D E L P E El proceso de planificación a cargo de las municipalidades orientado a complementar la planificación urbana de los continuos poblados, facilitando la actuación o intervención urbanística en un sector determinado de un PDM, PDU o EU Se desarrollan cuando los Instrumentos de Planificación Urbana, definan su necesidad, la cual debe estar debidamente sustentada, en los planes que le dan origen: PDM, PDU o EU, salvo en el caso del Plan Específico denominado“Plan Maestro de Centros Históricos” Con fines de conservación de centros históricos, zonas monumentales, ambientes urbanos monumentales, áreas naturales o zonas de valor paisajístico y/o de interés cultural. En el caso de los centros históricos el Plan Específico se denomina Plan Maestro de Centro Histórico. OBJETIVOS: Renovar, Regenerar, Mejorar Protección, ejecutar y hacer un reajuste de suelo o integración inmobiliaria Una modalidad del PE que orienta la gestión, los usos del suelo, las acciones, intervenciones, el control, los programas, los proyectos, las intervenciones públicas y privadas en el ámbito territorial de un Centro Histórico y su zona de influencia, facilitando un tratamiento urbanístico integral especial. Esta a cargo del área responsable de Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial correspondiente, y en coordinación con la municipalidad distrital involucrada En caso una persona natural o jurídica formule una propuesta de PE, esta será evaluada por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la mu Persona Jurídica Las municipalidades provinciales y distritales ejecutan las acciones de implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PE
  • 19. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 PLANEAMIENTO INTEGRAL Á M B I T O D E I N T E R V E N C I Ó N D E L P I DEFICION Y ALCANCE DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO P R E P A R A C I Ó N , E L A B O R A C I Ó N Y A P R O B A C I Ó N D E L P I I M P L E M E N T A C I Ó N , S E G U I M I E N T O Y E V A L U A C I Ó N D E L P I A cargo de las municipalidades provinciales orientado a asignar zonificación y vías primarias a los predios rústicos no comprendidos en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Planificación Urbana, para fines de integración al suelo urbano cumpliendo las condiciones para ser clasificado como suelo urbanizable inmediato. El PI se aplica a los predios rústicos no comprendidos en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Planificación Urbana. Esta a cargo del área responsable de Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial correspondiente, y en coordinación con la municipalidad distrital involucrada En caso una persona natural o jurídica formule una propuesta de PE, esta será evaluada por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la mu Persona Jurídica Las municipalidades provinciales y distritales ejecutan las acciones de implementación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PI, en el ámbito de sus jurisdicciones y en el marco de sus competencias, mientras el PI no se incorpore a un Instrumento de Planificación Urbana.
  • 20. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Plan temático de equipamiento urbano Definición: Está orientado a planificar el sistema de equipamiento urbano identificado en un PDU para analizar las propuestas del mismo. ARTÍCULO 80.- ARTÍCULO 81.- Objetivo: Identificar de aquellos equipamientos urbanos que requieren un análisis adicional para para conocer el impacto urbano que genera a la población, tales como: aeropuertos, mega puertos, puertos, entre otros. Plan temático de infraestructura de servicios ARTÍCULO 82.- Definición: Está orientado a planificar el Sistema de Infraestructura de Servicios identificado en un PDU, que ofrece un desarrollo de infraestructura y servicios urbanos necesarios para el funcionamiento de la ciudad ARTÍCULO 83.- Objetivo: Promover y mejorar la calidad, eficiencia, continuidad de los servicios a fin de mejorar la calidad de vida de la población en general.
  • 21. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Plan temático de movilidad urbana sostenible Definición: Está orientado a planificar el Sistema de Movilidad Urbana identificado en un PDU con el fin de mejorar la interconexión de ciudad cuando existen procesos de crecimiento socio - económico y dinámicos considerables de movilidad de personas y mercancías. ARTÍCULO 84.- ARTÍCULO 85.- Objetivo: Promover las formas de desplazamiento más sostenibles en la ciudad mediante intervenciones urbanísticas dispuestas en el PDU para asegurar la sostenibilidad social, económica y ambiental de la movilidad. Plan urbano distrital ARTÍCULO 86.- Plan urbano distrital (PUD): Establecen mecanismos de gestión para los Planes de Desarrollo Metropolitano para las Metrópolis Regionales o Planes de Desarrollo Urbano. ARTÍCULO 87.- Contenido mínimo del PUD: a) Los niveles operacionales y los estándares de calidad. b) Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario urbano. c) El Plan Distrital de Espacios Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 31199. d) Las condiciones de diseño para la implementar espacios privados de Acceso Público dentro de los parámetros establecidos en el PDU. e) Los mecanismos para la gestión e implementación de lo establecido en los PDM.
  • 22. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Plan temático de movilidad urbana sostenible Elaboración y aprobación del PDU: 88.1 La elaboración de un PUD está a cargo del área responsable de Planeamiento Territorial. 88.2 La propuesta final del PUD está a cargo del área responsable de Planeamiento Territorial. ARTÍCULO 88.- ARTÍCULO 89.- Implementación del PDU: La municipalidad distrital ejecuta las acciones de gestión y control dirigidas al cumplimiento del PUD. Gestión del riesgo de desastres y adaptacion al cambio climático y la planificación territorial y urbana ARTÍCULO 90.- Gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano: 90.1 Tiene por finalidad la prevención, reducción y control permanente de los factores de riesgo de desastres. 90.2 Pretende reducir, moderar o evitar los daños y gestionar los impactos del cambio climático a través del análisis de los peligros. ARTÍCULO 91.- Incorporación del análisis del riesgo y la adaptación al cambio climático en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano: 91.1 Se incorpora el Análisis de Riesgo y la Adaptación al Cambio Climático a fin de lograr una planificación territorial y urbana ordenada y segura. 91.2 La Gestión del Riesgo de Desastres es parte de la planificación establecida en el Reglamento.
  • 23. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Finalidad del Análisis de Riesgo en materia de gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático: 1. Establece parámetros para la clasificación del suelo y la zonificación considerando los factores de seguridad física, así como de prevención y reducción del riesgo de desastres. 2. Los mecanismos para reubicar los asentamientos humanos localizados en zonas declaradas de riesgo no mitigable. 3. Identificación de áreas críticas de riesgo para la actuación y intervención. 4. Normas especiales o pautas técnicas para la reducción de las condiciones de riesgo de desastres. ARTÍCULO 92.- ARTÍCULO 94.- Proceso de análisis de riesgos en materia de gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático: 1. Identificación y caracterización de los peligros 2. Análisis de vulnerabilidad 3. Cálculo del Riesgo 4. Control y manejo del Riesgo 5. Comunicación de riesgos ARTÍCULO 95.- Áreas declaradas como zonas de riesgo no mitigable: 95.1 Son zonas donde existe la probabilidad de que la población o sus medios de vida sufran daños o pérdidas a consecuencia del impacto de un peligro. 95.2 Las municipalidades provinciales declaran las zonas de riesgo no mitigable mediante Acuerdo de Concejo Provincial. 95.3 Se clasifican dichas zonas en los Instrumentos de Planificación Urbana como suelo de riesgo. 95.4 Las áreas declaradas como zonas de riesgo no mitigable pierden su condición de suelo urbano. ARTÍCULO 93.- Actividades del método de análisis de riesgo en materia de gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático : 1. Identificación y caracterización de los peligros. 2. Análisis de la vulnerabilidad. 3. Cálculo del riesgo. 4. Control y manejo del riesgo. 5. Comunicación del riesgo. Gestión del riesgo de desastres y adaptacion al cambio climático y la planificación territorial y urbana
  • 24. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Programa de inversiones metropolitanas y/o urbanas Definición del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o Urbanas: 96.1 Es el instrumento de gestión económico - financiero que promueve las inversiones públicas y privadas. 96.2 Se realiza en concordancia con lo dispuesto en la visión propuesta en el Plan de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible correspondiente ARTÍCULO 96.- ARTÍCULO 97.- Composición del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o Urbanas: Está compuesto por el listado de inversiones prioritarias y estratégicas. ARTÍCULO 98.- Gestión del Programa de Inversiones Metropolitanas y/o Urbanas: Son gestionadas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de los Gobiernos Locales. ARTÍCULO 99.- Definición de Observatorio Urbano Nacional (OUN): El OUN es el instrumento que permite generar, recolectar, seleccionar, manejar, analizar y aplicar la información urbana cualitativa y cuantitativa de las ciudades. Observatorio urbano nacional ARTÍCULO 100.- Objetivos del OUN: 1. Brindar información actualizada en materia de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano. 2. Sistematizar y visibilizar información para el seguimiento y monitoreo en materia de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano. 3. Contribuir al seguimiento y monitoreo de las políticas públicas vinculadas a las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano. 4. Promover la Participación Ciudadana Efectiva, empleando tecnologías de la información y la comunicación y mecanismos de comunicación accesibles. 5. Contribuir al Fortalecimiento de Capacidades para los Gobiernos Locales. 6. Desarrollar y utilizar tecnologías de la información y la comunicación para la gestión de los datos abiertos.
  • 25. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Funciones del MVCS respecto al OUN : 1. Verificar que la información remitida por las Entidades Privadas y Públicas cumpla con los parámetros técnicos establecidos. 2. Generar y actualizar periódicamente la información en materia de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano producida por el OUN. 3. Diseñar e implementar acciones de fortalecimiento de capacidades referidas a la generación y actualización de información geoespacial. 4. Coordinar y desarrollar alianzas estratégicas con otras entidades públicas y privadas. ARTÍCULO 101.- ARTÍCULO 103.- Remisión de información al OUN: La información técnica elaborada y aprobada por las Entidades Públicas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales. Observatorio urbano nacional ARTÍCULO 104.- Proceso de recopilación de información del OUN: 1. El MVCS otorga un acceso al OUN para que actualicen la información. 2. Para el acceso al OUN, las Entidades Privadas o Públicas deben acreditar ante el MVCS al personal responsable. 3. La información remitida pasa por un proceso de validación antes de ser publicada en el OUN. 4. Si la información remitida cumple con los parámetros técnicos establecidos, la misma se publica en la plataforma del OUN. ARTÍCULO 102.- Entidades participantes en el OUN: Con la participación de los Gobiernos Locales y Regionales, y en coordinación con otros sectores del Gobierno Nacional. ARTÍCULO 105.- Metodología para la recopilación de información en el OUN: Se basa en la aplicación de métodos cuantitativos y cualitativos.
  • 26. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Cooperación interinstitucional para el acondicionamiento territorial y el desarrollo urbano Encargados de la coordinación, asistencia técnica y capacitación: El MVCS brinda asesoría, asistencia técnica y capacitación en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. ARTÍCULO 106.- ARTÍCULO 107.- Suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional entre el MVCS y otras entidades: 1. Diseñar, desarrollar, implementar, difundir y mejorar continuamente el OUN. 2. Apoyar a los Gobiernos Locales en la actualización y mantenimiento del Catastro Urbano. ARTÍCULO 108.- Conformación horizontal del componente físico espacial: Clasificación del suelo: 1. Suelo urbano. a) Suelo urbano consolidado b) Suelo urbano de transformación c) Suelo urbano en consolidación d) Suelo periurbano e) Suelo urbanizable 2. Suelo de protección. a) Suelo de conservación b) Suelo de riesgo 3. Suelo rural. Conformación físico espacial del desarrollo urbano sostenible
  • 27. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Objetivos de la conformación horizontal del componente físico espacial: 1. Promover la sostenibilidad en la ocupación del suelo urbano. 2. Planificar y programar los procesos de ocupación del suelo urbanizable. 3. Proteger el suelo rural de potencial productivo y que se encuentran en el borde de las ciudades y centros poblados. 4. Orientar el crecimiento sostenible de las ciudades y los centros poblados. 5. Proteger las áreas de patrimonio natural y cultural. ARTÍCULO 109.- ARTÍCULO 111.- Conformación vertical del componente físico espacial: 1. Suelo 2. Subsuelo 3. Sobresuelo Conformación físico espacial del desarrollo urbano sostenible ARTÍCULO 110.- Consecuencias de la ocupación del suelo de protección: 1. Toda acción o intento de ocupación para usos urbanos del suelo de protección es controlado y reprimido por la autoridad competente. 2. Las ocupaciones en suelo de protección no son materia de reconocimiento, ni de saneamiento físico. Conformación vertical del componente físico espacial ARTÍCULO 112.- Derecho de propiedad del suelo, subsuelo y sobresuelo: 1. La propiedad del suelo se extiende al subsuelo y al sobresuelo 2. La propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos. 3. El subsuelo o el sobresuelo urbano pueden pertenecer, total o parcialmente, a un propietario distinto al dueño del suelo. ARTÍCULO 113.- Limitaciones legales al uso del suelo, subsuelo y sobresuelo: 1. Aquellas establecidas en la Ley Nº 29090, que regula las habilitaciones urbanas y de edificaciones. 2. Las normas que regulan los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.
  • 28. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 TITULO V1 ZONIFICACION
  • 29. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 1. Línea divisoria en eje de vía: ZONIFICACION 2. Línea divisoria que corta la manzana: 3. Lotes con frente a dos calles paralelas: ARTÍCULO 114.- Definición de zonificación: La zonificación es parte del proceso de la planificación urbana que contiene un conjunto de normas y parámetros urbanos. ARTÍCULO 115.- Objetivo de la zonificación: La zonificación tiene por objetivo regular el uso y ocupación que se le puede dar al suelo.
  • 30. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Tipos de Zonificación 1. Zona Urbana de Densidad muy Alta (ZDMA): Permite un aprovechamiento muy intenso del suelo. 2. Zona Urbana de Densidad Alta (ZDA): Zona de uso mixto que permiten, el uso Residencial, uso Comercial, y Usos Especiales. 3. Zona Urbana de Densidad Media (ZDM): Permiten uso Residencial, uso Comercial, Usos Especiales y uso de Taller. 4. Zona Urbana de Densidad Baja (ZDB): Permiten uso Residencial, uso Comercial, Usos Especiales y uso de Taller. 5. Zona Urbana de Densidad Muy Baja (ZDMB): Suelo periurbano. 6. Zona Industrial (ZI): No pueden ser agrupados con otros usos. Se consignan en: Industria Pesada Básica (I4), Gran Industria (I3), Industria Liviana (I2), Industria Elemental y Complementaria (I1) 7. Zona de Servicios Públicos Complementarios (ZSPC): Educación (E) y Salud (H). Para Educación, se consignan: E.B (E1), E.S.T(E2), E.S.U (E3) y E.S.P.G (E4). Para Salud, consignan: Posta Médica (H1), Centro de Salud (H2), Hospital General (H3) y Hospital/Instituto Especializado (H4). 8. Zona de Reglamentación Especial (ZRE): Poseen características particulares de orden físico, ambiental, social o económico La Zona Monumental (ZM) y la Zona de Protección Ambiental (ZPA) 9. Zona de Recreación Pública (ZRP): Actividades recreativas activas y/o pasivas. 10. Zona Agraria (ZA): Suelo rural dedicado al uso agrícola, pecuario o forestal, no urbanizable. 11. Zona de Usos Extractivos (ZUE): Dedicada a la extracción primaria de recursos. ARTÍCULO 117.-
  • 31. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 ARTÍCULO 119.- Usos 1. Residencial 2. Taller: Industria elemental y complementaria permisibles con el uso residencial. 3. Industrial 4. Comercial: Compraventa de productos y de servicios, incluido el uso de oficinas. Puede clasificarse en: Comercio Especializado, Comercio Intensivo, Comercio Metropolitano, Comercio Zonal, Comercio Vecinal. 5. Servicios Públicos Complementarios: Predominantemente para el funcionamiento de instalaciones para Educación (E) y Salud (H). 6. Usos de Recreación Pública: Actividades recreativas pasivas o activas. 7. Usos Especiales u otros usos: Centros cívicos, complejos, asilos ferroviarios, estadios, entre otros. 8. Uso agrícola, pecuario o forestal: Predominantemente para la producción primaria agrícola, pecuaria o forestal. 9. Usos Extractivos: Predominantemente para la extracción primaria de recursos. TIPOS DE ZONIFICACIÓN CONCORDANTES CON LAS DIFERENTES CLASES DE SUELO ARTÍCULO 121.- REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN 121.1. Es el documento técnico que regula el uso del suelo. 121.2. El Reglamento 121.3. El Reglamento de Zonificación 121.4. Los parámetros urbanísticos, estos son: 1. Lote normativo, 2. Coeficiente de Edificabilidad, 3. Densidad Neta Máxima, 4. Altura máxima de la edificación, 5. Retiros.
  • 32. P L A N E A M I E N T O Y T E R R I T O R I O G R U P O 2 Proyecto de Decreto Supremo que aprueba las Disposiciones para el reúso de aguas residuales municipales tratadas en el riego de áreas verdes urbanas A R T Í C U L O 1 2 2 . - M O D I F I C A C I Ó N D E L A Z O N I F I C A C I Ó N A R T Í C U L O 1 2 3 . - P R O P U E S T A S D E L A M O D I F I C A C I Ó N D E Z O N I F I C A C I Ó N A R T Í C U L O 1 2 4 . - P R O C E S O D E M O D I F I C A C I Ó N D E L A Z O N I F I C A C I Ó N Conjunto de normas y parámetros urbanísticos y edificatorios. Debe cumplir con el criterio de análisis integral: Interés nacional o de interés social y comunitario. Evaluación Municipal: Para conocer el impacto en diferentes aspectos. 1. 2. 3. Se debe realizar una solicitud con el debido sustento y propuesta de zonificación teniendo en cuenta los requisitos y reglamentos de zonificación. Se presenta la solicitud a la municipalidad provincial como pedido de gracia para verificar si cumple con lo requerido. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES 9-. Ciudades y centro poblados que no cuenten con Instrumentos de Planificación Urbana proponer la zonificación que contiene parámetros urbanísticos y edificatorios respecto del sector donde se ubiquen sus predios en las ciudades y centros poblados Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida El Estado promueve el tratamiento de las aguas residuales con fines de su reutilización Evitar la contaminación de las fuentes receptoras de agua y promoviendo su reúso Entre otros puntos