Este documento describe el proceso de habilitación urbana en Perú. La habilitación urbana convierte terrenos rústicos o eriazos en urbanos mediante la ejecución de obras de accesibilidad, servicios e infraestructura. El proceso incluye la localización del terreno, factibilidad de servicios, certificado de zonificación, diseño de la habilitación urbana, autorización de la habilitación urbana y ejecución de la habilitación urbana. El diseño de la habilitación urbana debe cumpl
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
Proceso de habilitación urbana: de terreno rústico a predio urbano
1. “ PROCESO DE HABILITACION URBANA”
1
Docente: Mag Arq. Wendy Milagros Mujica Chávez
2. ¿QUÉ ES UNA
HABILITACIÓN
URBANA?
El proceso de convertir un terreno
rústico o eriazo en urbano,
mediante la ejecución de obras de
accesibilidad, de distribución de
agua y recolección de desagüe, de
distribución de energía e
iluminación pública, pistas y
veredas.
Este trámite administrativo se
realiza en la municipalidad
jurisdiccional en la que tributa el
inmueble
4. Localización de
terreno rústico
Susceptibles a destinarse a usos que hayan
sido habilitados como urbanos o estén
comprendidos dentro de los limites de
expansión urbana, es un Predio seco, cerros,
playas, donde no se destina a uso agrícola.
Se considera predio Rústico o Rural a los
terrenos ubicados en zonas rurales dedicados
al uso agrícola , pecuaria, forestal o de
protección.
5. PROCESO DE HABILITACION URBANA
Localización
de terreno
rustico –
eriazo
Factibilidad
de servicios
Certificado
de
zonificación
y vías
Diseño de la
habilitación
urbana
Autorización
de la
habilitación
urbana
Ejecución de
la
habilitación
urbana
Recepción
de obra –
inscripción
registral
Uso y
mantenimie
nto
6. Localización de terreno rustico -
eriazo
OPCIÓN 1: EN ZONAS RURALES O
ERIAZAS
OPCIÓN 2: EN EXPANSIÓN URBANA
7. Factibilidad de servicios
Es una etapa por la que debe cursar la aprobación de la habilitación urbana.
documento emitido por las entidades prestadoras de servicios y contendrá:
•Las condiciones técnicas bajo las cuales se otorgará el
servicio, precisando las obras e instalaciones de
infraestructura pública que deberán efectuar las empresas
prestadoras.
•El plazo en el que podrá accederse al servicio.
•Fecha de emisión
•Fecha de vigencia.
•El certificado de factibilidad de servicios deberá emitirse
en un plazo máximo de 15 días útiles.
8. REQUISITOS FACTIBILIDAD ELÉCTRICA PARA
HABILITACION URBANA
• Solicitud del interesado dirigida al Concesionario.
• 2 copias del plano de ubicación en escala 1/ 5000 o 1/10000 con
indicación de las vías de acceso al rea a electrificar o referencias físicas
que permitan su fácil ubicación con respecto a las instalaciones
existentes.
• Cálculo estimado de la demanda máxima del área a electrificar.
9. REQUISITOS FACTIBILIDAD AGUA Y DESAGUE
PARA HABILITACION URBANA
• Solicitud del interesado dirigida al Concesionario.
• 2 copias del plano de ubicación en escala 1/ 5000 o 1/10000 con indicación
de las vías de acceso al área a electrificar o referencias físicas que permitan
su fácil ubicación con respecto a las instalaciones existentes
• Cálculo estimado de la dotación de demanda máxima del área a
electrificar.
10. Certificado de
zonificación y vías
Es un documento emitido por las Municipalidades provinciales, en el ámbito de sus
respectivas jurisdicciones , en las que especifican los parámetros de diseño que
regulan el proceso de habilitación urbana de un predio y deberá contener los
siguientes aspectos:
REQUISITOS :
1.- Zonificación de acuerdo al Plan Integral de Zonificación, aprobado por Ordenanza de la Municipalidad
Provincial.
2.-Afectación de vías que forman parte del plan víal.
3.- Usos de los suelos permisibles y compatibles .
4.- Coeficientes máximos y mínimos de edificación.
5.- Área del lote normativo.
6.-Cuadro de aportes reglamentarios.
7.-Calificación de bien cultural inmueble , de ser el caso.
8.-Fecha de emisión.
Vigencia 36 meses/ y debe emitirse en un plazo de 5 días útiles.
Plano de Ubicación y localización con coordenada
UTM.
Solicitud del Certificado de Zonificación y Vías
Derechos correspondientes por el pago de tramite
11. Diseño de habilitación urbana
NORMA GH 010
Las normas técnicas contenidas en el
presente Título se aplicarán a los procesos
de habilitación de tierras para fines
urbanos, en concordancia a las normas de
Desarrollo Urbano de cada localidad,
emitidas en cumplimiento del Reglamento
de Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano.
Aún cuando un terreno rústico cuente con vías de acceso o
infraestructura de servicios, deberá seguir el proceso de
habilitación urbana, a menos que haya sido declarado
habilitado de oficio.
Vigencia 36 meses/ y debe emitirse en un
plazo de 5 días útiles.
12. Diseño de habilitación urbana
Espacios Públicos: conformados por :
áreas dedicadas a parques y plazas de
uso público.
Vías de circulación peatonal y vehicular.
Los componentes de diseño de
una Habilitación Urbana son los
espacios públicos y los terrenos
aptos para ser edificados.
Terrenos edificables esta
comprendido de lotes a
disposición de propietario
Aportes Reglamentarios
13. NORMA GH 020
Diseño de habilitación urbana
Las habilitaciones urbanas deberán intercomunicarse
con el núcleo urbano del que forma parte, a traes de
una vía publica formalmente recepcionada o de
hecho.
14. Diseño de habilitación urbana
Cuando se trate de habilitaciones
urbanas que se hayan desarrollado
colindantes a áreas consolidadas que no
estén formalmente habilitadas, deberá
formularse un Planeamiento Integral en
el que se demuestre su integración al
sistema vial previsto para la zona.
El diseño de las vías de una habilitación
urbana deberá integrarse al sistema vial
establecido en el Plan de Desarrollo
Urbano de la ciudad, respetando la
continuidad de las vías existentes. El
sistema vial está constituido por vías
expresas, vías arteriales, vías colectoras,
vías locales y pasajes
Las vías serán de uso público
libre e irrestricto. Las de
acuerdo a su función
15. Diseño de habilitación urbana
Las secciones de las vías locales principales y secundarias, en base a los siguientes módulos
Importante ver el tipo de habilitación
16. Diseño de habilitación urbana
Las vías locales principales de todas las habilitaciones urbanas tendrán
como mínimo, veredas y estacionamientos en cada frente que habilite lotes
y dos módulos de calzada.
17. Diseño de habilitación urbana
Las vías locales
secundarias tendrán
como mínimo, dos
módulos de veredas en
cada frente que habilite
lotes, dos módulos de
calzada y por lo menos
un modulo de
estacionamiento.
18. Diseño de habilitación urbana
Las vías locales secundarias de las habilitaciones
residenciales que constituyan acceso exclusivo a
las viviendas, con transito vehicular y peatonal,
tendrán como mínimo 7.20 ml. De sección de
circulación, debiendo contar con elementos que
condicionen la velocidad de acceso de
vehículos, solo para los casos de habitaciones
urbanas que se ejecuten dentro de los alcances
de programas de promoción del acceso a la
propiedad privada de la vivienda.
19. Diseño de habilitación urbana
Los pasajes peatonales deberán permitir únicamente el acceso de vehículos de
emergencia. Los pasajes peatonales tendrán una sección igual a 1/20 de su
longitud, con un mínimo de 4.00 mt
En casos que la
topografía del terreno o
debido a su
complejidad del
sistema vial lo
exigieran, se colocaran
puentes peatonales,
muros de contención ,
muros de aislamiento,
parapetos, barandas y
otros elementos que
fueran necesarios para
la libre circulación
vehicular y la seguridad
de las personas.
20. Diseño de habilitación urbana
• La berma podrá resolverse en un plano
inclinado entre el nivel de la calzada y el
nivel de la vereda.
• Las veredas en pendiente tendrán
descansos de 1.20 m, de longitud de
acuerdo a lo siguiente:
Las veredas deberán diferenciarse con relación a la berma o a
la calzada, mediante un cambio de nivel o elementos que
diferencien la zona para vehículos de circulación de personas,
de manera que se garantice la seguridad de estas. El cambio de
nivel recomendable es de 0.15 a 0.20 m por encima del nivel de
la berma o calzada. Tendrán un acabado antideslizante.
21. Diseño de habilitación urbana
La unión de as calzadas entre dos
calles locales secundarias tendrá
un radio de curvatura mínimo de 3
m. medido al borde del carril mas
cercano a la vereda.
La unión de las
calzadas entre dos
calles locales
principales tendrá un
radio de curvatura
mínimo de 5 mt
medido desde el
borde del carril mas
cercano a la vereda.
22. Diseño de habilitación urbana
En las esquinas e intersecciones de vías se colocarán rampas para discapacitados para acceso a las veredas,
ubicándose las mismas sobre las bermas o los separadores centrales. La pendiente de la rampa no será
mayor al 12% y el ancho mínimo libre será de 0.90 m. De no existir bermas se colocarán en las propias
veredas, en este caso la pendiente podrá ser de hasta 15%.
28. Diseño de habilitación urbana
NORMA GH 020, Capítulo IX, COMPONENTES Y CARACTERISTICAS DE PROYECTOS
29. Diseño de habilitación urbana
NORMA GH 020, Capítulo IX, COMPONENTES Y CARACTERISTICAS DE LOS PROYECTOS
30. Diseño de habilitación urbana
El proyecto de instalaciones eléctricas para habilitaciones
Urbanas debe contener la siguiente información:
a) Plano de redes primarias o de electrificación;
b) Plano de redes secundarias
c) Plano de sistemas de transformación de alta o media
tensión;
d) Plano de detalles constructivos
e) Especificaciones técnicas de los materiales y
f) Procedimiento de ejecución.
33. Autorización de habilitación urbana
36 MESES / PRORROGA DE 12 MESES
Aprobación Automática con firma de profesionales.
Aprobación con evaluación por la Municipalidad.
Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica.
Aprobación de proyecto con evaluación previa por Revisores Urbanos
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo III, LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA :
34. VIGENCIA: 36 MESES / PRORROGA DE 12 MESES POR UNICA VEZ
El administrado inicia el procedimiento administrativo presentando a la Municipalidad respectiva, además de los siguientes documentos:
a) Formulario Único de tramite.
b) Copia literal de dominio, expedida por RRPP, en original y copia.
c) Certificado de zonificación y vías.
d) Certificados de Factibilidad de Servicios de agua potable, alcantarillado y de energía eléctrica,
e) Declaración Jurada de inexistencia de feudatarios.
f) Documentación técnica, en tres (03) juegos originales, firmada por el administrado y los profesionales responsables del diseño, de acuerdo a lo
siguiente:
•Plano de ubicación y localización del terreno con coordenadas UTM.
•Plano perimétrico y topográfico.
•Plano de trazado y lotización con indicación de lotes, vías y secciones de vías, ejes de trazo y habilitaciones urbanas colindantes, en caso sea
necesario para comprender la integración con el entorno, con indicación de curvas de nivel por cada metro.
•Plano de pavimentos, con indicación de curvas de nivel por cada metro.
•Plano de ornamentación de parques, referentes al diseño, ornamentación y equipamiento de las áreas de recreación pública, de ser el caso.
d) Memoria descriptiva.
e) Copia del planeamiento integral aprobado, cuando corresponda.
f) Estudio de impacto Ambiental, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 21 del Reglamento.
g) Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos en aquellos casos en que el perímetro del área a habilitar se superponga con un área
previamente declarada como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.
h) Estudio de Mecánica de Suelos con fines de pavimentación, de acuerdo a lo previsto en el literal c) del artículo 21 del Reglamento.
i) Informe técnico favorable emitido por los Revisores Urbanos para la Modalidad C o dictamen de la Comisión Técnica para las
Modalidades C y D, según corresponda.
j) Comprobante de pago de licencia de habilitación urbana.
40. Las Comisiones
Técnicas se desempeñan
dentro del ámbito físico y
administrativo de las
Municipalidades. En tal
sentido, al ser los Revisores
Urbanos profesionales
independientes desarrollan
su actividad a tiempo
completo (y no en sesiones
como las Comisiones), lo
cual permite agilizar la
aprobación del proyecto.
41. Ejecución de habilitación urbana
Aquella que se ha ejecutado sin contar con la respectiva licencia antes de la entrada en
vigencia de la presente Ley. Su aprobación se realiza en vías de regularización de
habilitaciones urbanas ejecutadas y de ser el caso, la recepción de las obras.
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo VII, REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS
recolección de desagüe
Son Regularizadas por la Municipalidad
La Regularización = Recepción de Obras
17 de septiembre de 2018
Accesibilidad y energía e iluminación pública
conformidad de obra y declaratoria de edificación
distribución de agua potable
42. Requisitos de habilitación urbana
a) Formulario Único de Regularización, en tres (03) juegos originales, debidamente suscritos por el administrado y, en la sección que
corresponda, por el profesional responsable, en el que se consigne la información necesaria al procedimiento que se requiere iniciar,
adjuntando copia del recibo del pago efectuado en el colegio profesional por derecho de revisión. El pago de tramitación de la licencia y
los pagos por derecho de revisión se encuentran comprendidos en la determinación del derecho de tramitación, de acuerdo a lo
establecido en el TUO de la Ley Nº 27444.
b) En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, la documentación con la que acredite que cuenta con derecho a realizar
una habilitación urbana.
c) Documentación técnica, firmada por el profesional constatador, compuesta por:
Plano de ubicación con la localización del terreno con coordenadas UTM.
Plano de lotización, conteniendo el perímetro del terreno; el diseño de la lotización, de las vías, aceras Y bermas; y, las áreas
correspondientes a los aportes.
Plano perimétrico y topográfico del terreno, incluyendo la referencia topográfica a la vía urbanizada más cercana existente o
con aprobación de proyectos.
Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las edificaciones existentes.
Memoria descriptiva, indicando las manzanas de corresponder, las áreas de los lotes, la numeración y los aportes reglamentarios.
d) Copia del comprobante de pago de la multa por habilitar sin licencia. El valor de la multa es equivalente hasta el 10% del valor de la obra a
regularizar tomando el promedio de los valores unitarios oficiales de edificación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la
regularización.
43. Recepción de obra e inscripción
Concluidas las obras de habilitación urbana, el administrado solicita a la
Municipalidad respectiva, los siguientes documentos:
1. FUHU - Recepción de Obras, en tres (03) juegos
originales.
2. En caso que el titular del derecho a habilitar
3. Factibilidades de Servicios.
4. Minutas de los aportes reglamentarios a las
entidades receptoras de los mismos; o, de ser el
caso, comprobantes de pago de la redención de los
mismos.
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo VI, RECEPCIÓN DE OBRAS :
44. Recepción de obra e inscripción
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo VI, RECEPCIÓN DE OBRAS :
- Plano de replanteo de trazado y lotización.
- Plano de ornamentación de parques
- Memoria descriptiva
MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES
45. Recepción de obra e inscripción
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo VI, RECEPCIÓN DE OBRAS :
10 días hábiles
MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES
RECEPCIÓN DE OBRAS CON VARIACIONES
a) Efectuar la inspección de las obras ejecutadas
b) Verificar que las obras ejecutadas correspondan al plano
de trazado y lotización de la Licencia de Habilitación
Urbana otorgada.
c) En caso de estar conforme las obras recepcionadas,
emitir la Recepción de Obras,
RECEPCIÓN DE OBRAS SIN VARIACIONES
a) Efectuar la inspección de las obras ejecutadas y constatar que dichas obras
corresponden a plano de replanteo.
b) Realizar la verificación de las modificaciones ejecutadas.
c) Emitir un informe respectivo.
46. Recepción de obra e inscripción
DS N°029-2019- VIVIENDA, Capítulo VI, RECEPCIÓN DE OBRAS :
La inscripción registral de las habilitaciones urbanas se realizará en forma
posterior al otorgamiento de la recepción de obras, a excepción de las
habilitaciones urbanas con construcción simultánea y venta garantizada de
lotes. Sin embargo, el proyecto de habilitación urbana aprobado por la
municipalidad puede ser inscrito, de ser el caso bajo responsabilidad del
promotor, no autorizándose la venta de los lotes, inscribiéndose esta
restricción en la partida registral.
Resolución expedida se solicita la inscripción registral de la habilitación urbana
el cual dispone el cambio de uso de rústico a urbano del predio matriz.
INSCRIPCION REGISTRAL
47. Uso y mantenimiento
PLAN DE
HABILITACIÓN
URBANA
Seguridad: No sólo garantiza la permanencia
y estabilidad, sino que también asegura
sistemas de evacuación ante cualquier
siniestro y reduce el riesgo
de accidentes a las personas.
48. Uso y mantenimiento
PLAN DE HABILITACIÓN
URBANA
Funcionalidad: Detalla las
dimensiones y el uso de
los espacios, la
factibilidad de servicios
básicos y la accesibilidad
a personas con
discapacidad.
49. Uso y mantenimiento
PLAN DE
HABILITACIÓN
URBANA Habitabilidad: Asegura la
salubridad e higiene y la
protección térmica y sonora para
el confort e integridad de las
personas.
50. Uso y mantenimiento
PLAN DE
HABILITACIÓN
URBANA
Adecuación al entorno y protección del medio
ambiente: El plan se adecúa al
entorno sin dañar las características de la zona y
asegurándose de que las futuras
edificaciones no degraden el medio ambiente.
67. FUHU
Datos del Terreno /
verla copia literal de
dominio
Profesionales que
intervienen en el
equipo
Lotización
Representante
Legal
M2 y hectáreas
Datos que
se adjuntan
Propiedad si es
persona natural
Y si es persona
jurídica.