1. CURSO VIRTUAL: FUNDAMENTOS DE
DERECHO ADMINISTRATIVO Y DERECHO
ENERGÉTICO PARA NO ABOGADOS
Magda Gelinha Mejía Bartolo
Cory Abanto Cabanillas
2. SESIÓN 1
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Contenido :
1.1 Fuentes del Derecho
1.2 Organización del Estado Peruano
1.3 Funciones Especificas de los Poderes del
Estado
1.4 Sistema Jurídico Peruano
1.5 Contratos
1.6 Sistema de Responsabilidad por Daños
1.7 Régimen Económico Constitucional
1.8 Las Garantías Constitucionales
3. 1.1 FUENTES DEL DERECHO
Una fuente, es en términos sencillos es un manantial de donde brota agua; en sentido
figurado, la fuente es conocida como el principio, fundamento u origen de algo.
1. Fuentes Actos y/o hechos provocados por el hombre.
Materiales Actos y/o hechos ocasionados por la naturaleza
Legislación
2. Fuentes Costumbre
Formales Doctrina
Jurisprudencia
4. 1.1 FUENTES DEL DERECHO
FUENTES FORMALES
1 Legislación Conjunto de normas legales emitidas por los Ej.: La Constitución, Las
órganos competentes del Estado. Es fuente de Leyes, Los Decretos
Derecho, en tanto que el Estado para regular Supremos, Resoluciones
conductas y establecer todo tipo de derechos y ministeriales, Decretos
deberes, emite constantemente normas legales Legislativos, Ordenanzas
que a su vez renuevan el Derecho. Municipales, Resoluciones
de Consejo Directivo; etc.
2 Costumbre La costumbre es jurídica cuando cumple con los Ej. La buena fe en los
siguientes requisitos: a) Uso generalizado, b) El acuerdos que tenga una
grupo social tiene consciencia de su obligación. c) comunidad campesina.
Es reiterativo a lo largo del tiempo.
En la muchos casos la costumbre deviene en una
norma, a fin de darle un respaldo a su aplicación
y delimitarlo en el tiempo y el espacio.
Es fuente de derecho por su aplicación continua
en las relaciones cotidianas.
5. 1.1 FUENTES DEL DERECHO
FUENTES FORMALES
3 Doctrina Es el conjunto de opiniones, explicaciones, teorías, Ej. Publicaciones,
criterios o formulaciones que interpretan o artículos, libros,
desarrollan los especialistas jurídicos sobre un conferencias, clases,
determinado tema. Es fuente de Derecho en tanto etc.
que es un medio para sistematizar los
conocimientos en Derecho y sirven de orientación a
quienes aplican las normas o las crean.
4 Jurisprudencia Es el conjunto de sentencias, fallos, resoluciones o Ej. Fallo del Tribunal
decisiones expedidos por los magistrados judiciales Constitucional en el
de máxima instancia o funcionarios de tribunales que se menciona un
administrativos . criterio de
Es fuente de derecho en tanto que lo establecido interpretación sobre la
en la legislación es aplicado por los magistrados o aplicación del Principio
funcionarios en los casos específicos y una vez de Legalidad.
definidos sirven de criterios para la interpretación
en otros casos similares.
La Jurisprudencia administrativa no es definitiva
puesto que puede impugnarse en la vía judicial.
6. 1.2 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Estado ≠ Gobierno
n
nsti tució
Co
GOBIERNO
(conformado por)
Otros
Organismos Empresas
Gobierno Gobierno Gobierno Autónomos del Estado
Organismos
Central Regional Local no
contemplados
en la
Constitución
7. 1.2 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
GOBIERNO CENTRAL
Poder Poder Poder
Ejecutivo Legislativo Judicial
-Corte Suprema de la
República.
-Presidente -Cortes Superiores.
-Consejo de 130 congresistas -Juzgados Especializados.
Ministros (17). -Juzgados de Paz Letrado.
-Juzgados de Paz no
letrado.
8. 1.2 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
GOBIERNO REGIONAL
- Esta conformado por el Presidente Regional y el Consejo Regional elegidos
todos por votación popular en elecciones generales.
- Poseen autonomía política, económica y administrativa.
- Se crearon para promover el desarrollo y la economía regional, fomentar las
inversiones, actividades y servicios públicos.
9. 1.2 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
GOBIERNO LOCAL
- Poseen autonomía política, económica y administrativa.
- Conformado por las municipalidades provinciales y distritales.
- Los alcaldes y regidores son elegidos por voto popular en elecciones
generales para un periodo de 5 años, puede ser reelegido.
- Entre las funciones principales, según su jurisdicción están: el desarrollo
urbano y la zonificación, la regulación del transporte público y del transito
vehicular, la limpieza pública, el desarrollo cultural, recreativo y deportivo
de los vecinos, el ornato publico, así como el mantenimiento de parques,
jardines y monumentos.
10. 1.2 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
Son autónomos al gobierno central, creados por la Constitución: Tribunal
Constitucional, Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura, la
Organismos Defensoría del Pueblo, El Banco Central de Reserva del Perú, La Superintendencia de
Autónomos Banca y Seguros y AFP’s, el Jurado Nacional de Elecciones, La Oficina Nacional de
Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación Civil y La Contraloría
General de la República.
A través de ellas el Estado realiza actividades de producción y comercialización de
bienes y servicios. Se clasifican de la siguiente manera:
a) Empresas del Estado de accionariado privado.
Empresas del
b) Empresas del Estado con potestades públicas.
Estado
c) Empresas del Estado de accionariado único.
El Perú tiene 34 sin contar las empresas municipales, todas forman parte del FONAFE.
Entre otras tenemos: Banco de la Nación, Hidrandina, COFIDE, Fondo Mi Vivienda,
Sedapal, etc.
Otros
Organismos no Creados por otras normas de menor jerarquía constitucional. Tienen distintos niveles
contemplados de autonomía de acuerdo a sus funciones especificas, entre otros tenemos:
en la OSINERGMIN, OSIPTEL, OSITRAN, SUNASS, SUNAT, CONCYTEC, CONASEV, INEI,
Constitución INDECOPI.
11. 1.3 FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS PODERES DEL
ESTADO
Encargado de la Dirección Política del Estado, sus decisiones se ejecutan a través
Poder de los Ministerios.
Ejecutivo
Actualmente los Ministerios son: Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de
Agricultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
Presidente y Ministerio de Cultura, Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas,
su Consejo de Ministerio de Educación, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Interior,
Ministros (17). Ministerio de Justicia, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de la
Producción, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Salud, Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
“El Poder del Estado emana del
Pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con El Poder Ejecutivo puede proponerle al Congreso la emisión de leyes o la
las limitaciones y responsabilidades que la promulgación de leyes aprobadas por el Legislativo.
Constitución y las Leyes establecen.
Entre sus principales funciones se encuentran: Cumple y hace cumplir la
Ninguna persona, organización, fuerza Constitución, los tratados, las leyes y demás disposiciones legales, representa la
armada, policía nacional o sector de la Estado dentro y fuera de la República, dirigir la política general del Gobierno, dirige
población puede arrogarse el ejercicio de ese la política exterior y las relaciones internacionales, administra la hacienda pública,
poder. Hacerlo constituye rebelión o convoca elecciones, nombra embajadores y ministros plenipotenciarios, declara la
sedición “(Art. 45º Constitución). guerra y firma la paz, dicta medidas extraordinarias en materia económica.
Ver Art. 18º de la Constitución.
12. 1.3 FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS PODERES
DEL ESTADO
Es unicameral, con autonomía normativa, económica, administrativa y política. Tiene a su
cargo la función legislativa y la función de control político.
Poder
Legislativo Su función legislativa comprende el debate y la aprobación de reformas constitucionales,
leyes y resoluciones legislativas, así como su modificación, interpretación y derogación.
130 congresistas Ejerce la función de control político con el Consejo de Ministros, el debate, la realización
Elegidos por 5 de actos e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política del
años gobierno, los actos de administración y de las autoridades del Estado. Delega en el Poder
(ver Art 102 de la Ejecutivo facultades legislativas, dicta Decretos de Urgencia, fiscaliza el uso y disposición
Constitución) de los bienes y recursos públicos, el cumplimiento del mensaje presidencial, el antejuicio
político, cuidando que la Constitución Política y las Leyes se cumplan.
Designa al Controlador General de la República, elije al Defensor del Pueblo, a los
miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva y al
Superintendente de Banca, Seguros y AFP’s.
Se organiza : a) El Pleno, b) El Consejo Directivo, c) La Presidencia, d) La Mesa
Directiva, e) Las Comisiones (ordinarias, de investigación o especiales).
El Servicio Parlamentario esta compuesto por: a) La Oficialía Mayor,, b) La Oficina de
Auditoria Interna, c)La Dirección General Parlamentaria y d) La Gerencia General.
Producen: Leyes ordinarias, Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Orgánicas, Leyes
Presupuestarias y Financieras, Leyes autoritativas de delegación legislativa, Leyes de
Amnistía, Leyes Demarcatorías, Resoluciones Legislativas.
El Procedimiento legislativo tiene las siguientes etapas: a) Iniciativa legislativa, b) Estudio
en Comisiones, c) Debate en el Pleno, d) Aprobación y Promulgación.
13. 1.3 FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS PODERES
DEL ESTADO
Su función jurisdiccional consiste en administrar justicia a nivel nacional, en
distintos niveles y materias (civil, penal, constitucional, comercial, laboral).
Poder Judicial La Funcional Jurisdiccional es única y exclusiva e independiente, es decir que no
hay justicia diferente a la impartida por el Poder judicial (salvo la jurisdicción
militar y arbitral); y no puede darse jurisdicción por comisión o delegación.
-Corte Suprema de la Entre las entidades que lo conforman se encuentran: La Academia de la
República. Magistratura, La Corte Suprema (conformado por la Presidencia, la Sala Plena, El
-Cortes Superiores. Consejo Ejecutivo y las Salas Supremas que pueden ser permanentes o
-Juzgados Especializados. transitorias y son de 3 materias: civil, penal y constitucional); así también 31 se
-Juzgados de Paz Letrado. encuentran Cortes Superiores, y la Sala Penal Nacional.
-Juzgados de Paz no letrado.
Los Principios y Derechos de la Función Jurisdiccional están establecidas en el Art.
139º de la Constitución (Revisar).
“La Jurisdicción es el deber-poder del Estado
destinado a solucionar todo conflicto de intereses o
incertidumbre jurídica. Es un derecho reconocido
Constitucionalmente que toda persona desde su
nacimiento y hasta antes de su muerte tiene derecho a la
tutela jurisdiccional efectiva, lo que significa que pueda
recurrir al Poder Judicial en forma directa o a través
de un representante cuando se le afectan o pretenda
hacer valer un derecho o defensa.”
14. 1.4 SISTEMA JURIDICO PERUANO
ESTRUCTURA
JERÁRQUICA DEL ≡
ORDENAMIENTO
JURÍDICO
(a Nivel Nacional) ≡
≡
15. 1.4 SISTEMA JURIDICO PERUANO
ESTRUCTURA ESTRUCTURA
JERÁRQUICA DEL JERÁRQUICA DEL
ORDENAMIENTO ORDENAMIENTO
JURÍDICO JURÍDICO
(a nivel Regional) (a nivel Local)
16. 1.5 CONTRATOS
El contrato es una institución jurídica formada por el acuerdo de voluntades para crear, regular, modificar o
extinguir relaciones jurídicas y como consecuencia de ello produce efectos y obligaciones jurídicas para las
partes.
El contrato se perfecciona con el consentimiento, y se forma tanto en el ámbito privado (Ej. Contrato civil de
compra-venta de un inmueble) como en el público (Ej. Contrato de Licencia para la Explotación de un Lote
Petrolero).
En el ámbito público hablamos de Contrato Administrativo, también se le llama Contrato del Estado,
Contrato Público, Acuerdo Administrativo, Contratos de la Administración, entre otros. Participa como un
sujeto de la relación jurídica, por lo menos un ente estatal. Algunos contratos administrativos son:
Contrato de Concesión de Servicios Públicos.
Contrato de Obra Pública.
Contrato de Suministro.
Contrato de Empréstito.
Contrato de Servicios No personales.
Contrato de Función o Empleo Público.
Contrato de Transporte.
El contrato administrativo es formal bajo sanción de nulidad. En su finalidad deben prevalecer los intereses
públicos a los privados. Es oneroso, sinalagmático, consta por escrito, regido por el Principio de Legalidad y
sujeto al Régimen Especial de Derecho Público.
17. 1.5 CONTRATOS
Las entidades deben llevar un Registro Público de los Procesos de Selección que
convoquen, de los contratos suscritos y de la información básica, referido
principalmente a:
-Licitación Pública
-Concurso Público
-Adjudicación Directa
-Adjudicación Directa de menor cuantía.
-Registro de Contratos derivado de los procesos de selección.
La Licitación Pública es el procedimiento mediante el cual la entidad publica ante
la necesidad de contratar obras, adquirir un bien y suministros o contratar un
servicio o consultoría invita a los postores a formular propuestas (ceñidas en las
bases) para seleccionar la opción más conveniente.
18. 1.5 CONTRATOS
Requisitos para la Licitación:
1. Antes de convocar a la licitación, la entidad emite una Resolución motivada de procedencia.
2. Se debe contar con la información técnica que asegure la fuente de financiamiento, el sistema
de contratación y las etapas del proceso. Asimismo, la precisión de la cantidad y
características de los bienes o servicios por adquirir.
3. Se Publica en el Diario Oficial El Peruano y otro de circulación local.
4. Se debe otorgar un plazo razonable mayor a 20 días hábiles entre la convocatoria y la
presentación de ofertas.
5. Las bases se aprueban de acuerdo a Ley.
6. Se debe celebrar un acto público para la presentación de propuestas y para la adjudicación.
Etapas:
a. Convocatoria.
b. Venta de Bases.
c. Presentación de Consultas, absolución y aclaración de las bases.
d. Formulación de observaciones.
e. Evaluación de propuestas.
f. Otorgamiento de la buena pro.
La adjudicación directa de menor cuantía se aplica para la contratación cuyo monto es igual
o menor que la décima parte del límite máximo establecido para las Adjudicaciones directas.
19. 1.6 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
DAÑOS
DAÑO PATRIMONIAL DAÑO EXTRA PATRIMONIAL
Daño moral: Esta constituido por la
Daño emergente: es la perdida en el afectación de la persona por el dolor
patrimonio. o sufrimiento que le causa, la
afectación de su honra, .
Daño a la persona: Se afecta el
Lucro cesante: es lo que se deja de
proyecto de vida de una persona, sus
percibir o ganar como consecuencia
perspectivas de desarrollo en el
del daño.
futuro
El daño se resarce a través de una Indemnización por el perjuicio causado, aunque en muchos casos se
encuentran dificultades para cuantificar el monto indemnizatorio por la magnitud del daño sufrido.
20. 1.6 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
Ante la acción u omisión de un sujeto que produce daño a otro, cabe la exigencia de una
reparación a favor del afectado. La institución jurídica llamada Responsabilidad Civil se encarga
de la atención al daño, responsabilidades y consecuencias.
El daño puede producirse por un elemento subjetivo: dolo o culpa. El dolo es una
manifestación deliberada, con premeditación, alevosía y ventaja de causar daño. La culpa es la
manifestación derivada de una grave negligencia, impericia o descuido, sin voluntad de causar
daño.
El daño también puede producirse por caso fortuito o fuerza mayor.
Se clasifica en:
1. Responsabilidad Civil 2. Responsabilidad Civil
Contractual Extracontractual
Responsabilidad derivada del Responsabilidad derivada de la
Incumplimiento de un contrato. protección que la Ley u otras normas
Cuando la responsabilidad es de una o jurídicas otorgan. Son de 2 clases:
ambas partes es necesario determinar
si el daño se produjo por dolo o culpa. Responsabilidad Responsabilidad
El resarcimiento puede estar fijado Subjetiva Objetiva
previamente en el propio contrato, de
no ser así será el juez quien determine.
21. 1.6 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
2. Responsabilidad Civil
Extracontractual
Responsabilidad Responsabilidad
Subjetiva Objetiva
Se deriva del daño causado por un Se deriva del daño producido por la
elemento subjetivo, es decir dolo o manipulación de un bien riesgoso o
culpa. Ej. Robo de una casa (dolo), peligroso o por el ejercicio de una
botar un florero por distracción actividad riesgosa o peligrosa. Ej.
(culpa). Atropellar a una persona.
No se puede argumentar la ausencia de
dolo o culpa para evitar la
responsabilidad, pero sí puede alegarse
caso fortuito o fuerza mayor, así como
del actuar de un tercero o del que se
afectó con el daño.
22. 1.6 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
1. Si se deriva de un caso fortuito o fuerza mayor.
2. Cuando quien produjo el daño actuaba en el ejercicio
regular de un derecho. Ej. El médico que intervino
diligentemente.
El daño no
3. Cuando el daño se produce en legitima defensa de la vida
genera
o la integridad de la propia persona o en defensa de un
responsabilidad
tercero, o en salvaguarda de un bien propio o ajeno. Ej. El
civil en los
forcejeo frente a un robo que produce una herida al
siguientes
ladrón.
casos:
4. Cuando el daño al bien se produce en estado de necesidad
y es preciso destruir un bien para evitar otro peligro
mayor inminente, Ej. Romper una puerta para evitar que
se queme la casa.
23. 1.7 REGIMEN ECONOMICO CONSTITUCIONAL
Art. 58º (de la Constitución Política del Perú)Iniciativa Privada.
Economía Social de Mercado.
La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de
mercado. Bajo este régimen el Estado orienta el desarrollo del país y
actúa principalmente en la áreas de promoción de empleo, salud,
educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
Economía
Economía
Social de
de mercado
mercado
24. 1.7 REGIMEN ECONOMICO CONSTITUCIONAL
Conforme a la Constitución, la Economía Social de Mercado tiene las siguientes
características:
a.La iniciativa privada es libre y garantiza la libertad de la empresa, libertad de
comercio, libertad de industria, libertad de trabajo y libertad para contratar.
b.Mercado Libre.
c.Protección a la propiedad privada.
d.Intervención subsidiaria del Estado en la economía.
e.Actuación solidaria del Estado.
De igual modo, el marco general constitucional para el desarrollo de las
actividades también implica:
1.El aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
2.Políticas Nacionales de Protección al Ambiente, promoción de la conservación
de la diversidad y las áreas naturales protegidas.
3.Promoción del desarrollo agrario y la identidad cultural de las comunidades
campesinas.
4.Principios para la actividad tributaria y presupuestales.
5.Preservación de la estabilidad monetaria.
29. 1.8 Las Garantías Constitucionales
Quiénes pueden interponer Acción de Inconstitucionalidad?
Constitución Política del Perú.
Artículo 203°. Están facultados para interponer acción de inconstitucionalidad:
El Presidente de la República.
El Fiscal de la Nación.
El Defensor del Pueblo.
El veinticinco por ciento del número legal de congresistas.
Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones. Si la
norma es una ordenanza municipal, está facultado para impugnarla el uno por ciento de los
ciudadanos del respectivo ámbito territorial, siempre que este porcentaje no exceda del
número de firmas anteriormente señalado.
Los presidentes de Región con acuerdo del Consejo de Coordinación Regional, o los
alcaldes provinciales con acuerdo de su Concejo, en materias de su competencia.
Los colegios profesionales, en materias de su especialidad
30. Enlaces de Interés
Enlaces de Interés
Diccionario Jurídico:
http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_servicios/as_enlaces_de_in
Transparencia – Portal del Estado Peruano.
http://www.peru.gob.pe