1. IV Foro Regional
Frente Parlamentario contra el Hambre de América Latina y el Caribe
Sesión 4: Políticas públicas y legislación que contribuyen a
la realización del derecho a la alimentación
Avances en la región en materia de alimentación escolar
Hallazgos preliminares del Estudio Regional
Marcos jurídicos en materia de alimentación escolar
Componente Legal
Proyecto GCP/RLA/160/SPA
Proyecto de Apoyo a la Iniciativa América Latina y el Caribe Sin Hambre
04 y 05 de septiembre de 2013 – Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Servicio del Derecho para el Desarrollo
Oficina Juridica LEGN
2. Contenido
1. Componente Legal del Proyecto de Apoyo a la
Iniciativa América Latina y Caribe Sin Hambre
2. Estudio Jurídico Regional en materia de Alimentación
Escolar
3. Países participantes del estudio
4. Presentación de los hallazgos preliminares del estudio
comparado
5. Marco Constitucional
6. Elementos de un Marco Jurídico AE
7. Conclusiones
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3. 1. Componente legal proyecto de apoyo a la
IALCSH
Países
- 4 países en CA: Honduras, El Salvador, Nicaragua, Guatemala
- 2 países Región Andina: Ecuador y Perú
Nivel
- Regional (instancias e iniciativas regionales)
- Nacional (apoyo especifico a países)
Objetivos
1. La realización efectiva del derecho a la alimentación y otros derechos
humanos como el derecho a la salud y el derecho a la educación.
2. La regulación de los programas de alimentación escolar en todos sus
elementos
3. El apoyo a la agricultura familiar favoreciendo el acceso de los agricultores
a los mercados (compras públicas) y favoreciendo relaciones
contractuales equitativas.
LEGN
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5. 4. Contenidos Estudio Jurídico Regional AE
1. Marco constitucional: derechos fundamentales y
obligaciones del Estado
2. Identificación de elementos que deberían regularse en un
marco jurídico de alimentación escolar (compras públicas,
menús escolares, huertos, publicidad, expendio…)
3. Cómo se regulan estos elementos en cada país: Ley,
Reglamento, Acuerdo, Norma Técnica, Guía o Manual
Administrativo
4. Identificación y análisis de las responsabilidades
institucionales. ¿Qué rol para otros actores?
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6. 5. Presentación Estudio Jurídico Comparado
Estudio Comparado Países del C4
El Salvador
Guatemala
Honduras
Nicaragua
LEGN
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8. Vinculación Derecho a la Alimentación, Derecho Educación y
Derecho a la Salud en la Constitución
El Salvador: El art. 65 señala que la salud es un “bien público”. Art. 56 establece la gratuidad de la
educación parvularia y básica, El art. 102 dicta que el orden económico y social debe responder
esencialmente a principios de justicia social. El art. 69 dispone que el Estado controle la calidad de los
productos alimenticios y establezca condiciones ambientales que puedan afectar la salud humana.
Guatemala: “Artículo 51.- Protección a menores y ancianos. El Estado protegerá la salud física, mental y moral
de los menores de edad y de los ancianos. (…); Artículo 71.- Derecho a la educación. (…) Es obligación del
Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna…” “Artículo 93.- Derecho a
la salud. El goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna.”; Artículo 95.La salud, bien público. La salud de los habitantes de la Nación es un bien público.(…)
Honduras: “Todo niño deberá gozar de los beneficios de la seguridad social y la educación. Tendrá
derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, Para lo cual deberá proporcionarse, tanto a él como a
su madre, cuidados especiales desde el período prenatal, teniendo derecho a disfrutar de alimentación,
vivienda, educación, recreo, deportes y servicios médicos adecuados.” (Art. 123)
Nicaragua: Derecho a la Educación (arto. 58) y el Derecho a la Salud. (arto. 59) El Derecho
al Trabajo (Arto. 57), Derecho de habitar en un ambiente saludable (Arto. 60)
9. 7. Elementos de un marco jurídico de AE
Responsabilidades institucionales
1. Adquisición de
productos
(compras)
2. Producción en
las escuelas
(huertos
escolares)
3. Preparación y
manipulación de
alimentos
4. Menús
5. Venta de
escolares
(almacenaje,
alimentos en las
nutricionalmente
transporte)
escuelas
desde un punto
adecuados
de vista de
inocuidad
6. Publicidad de
alimentos en las
escuelas
Enfoque de derecho a la alimentación y los derechos de la infancia
( suficiente, inocuo, nutricionalmente adecuado, culturalmente adaptado)
LEGN
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10. 1) Responsabilidades institucionales
• Programa de
Alimentación
y Salud
Escolar (PASE).
• Programa de apoyo
del Ministerio de
Educación, y es
administrado por la
Dirección General
de Participación
Comunitaria y
Servicios de
Apoyo (DIGEPSA),
implementación
descentralizadaOrganizaciones de
Padres de Familia o
los Consejos
Educativo.
• Programa de
Alimentación
Escolar (PAE)
• La Secretaría de
Desarrollo Social,
es la instancia
coordinadora del
sector social.
Responsable de
planificación,
administración y
ejecución del
Programa de Vaso
de Leche, en
coordinación con
los Proyectos de la
“Merienda Escolar
fortalecida por el
Programa de Vaso
de Leche” y la
Secretaria de
Educación.
• Programa de
Merienda
Escolar (PME)
Nicaragua
• Arto 38 competencias del
Ministerio de
Educación
Guatemala
El Salvador
• Decreto
Ejecutivo N° 24,
Diario Oficial 70,
Tomo 303, fecha
de publicación
18/04/1989
• Decreto Ejecutivo
PCM--002-2010.
Honduras
• Acuerdo
Gubernativo 2252008 Reglamento
Orgánico Interno
del Ministerio de
Educación.
• Reglamento
Interno del
Órgano
Ejecutivo
• Ley N° 290 Ley
de Organización,
Competencia y
Procedimientos
del Poder
Ejecutivo, en su
artículo 23,
funciones del
Ministerio de
Educación.
• El PINE funciona
como un
programa de
apoyo desde
1998, actualmente
se encuentra bajo
la rectoría de la
Secretaria de
Programas
Educativos del
MINE
• Programa
Integral de
Nutrición
Escolar
11. 2) Adquisición de alimentos
•
•
•
•
Los 4 países cuentan con una ley de contrataciones públicas. Sólo en 2 de ellos se aplican
directamente los procedimientos de la ley para la compra de productos de la AE (Nicaragua
y El Salvador).
Los requisitos para participar en la compra (licitación pública/contratación simplificada) son
formalidades administrativas que debe presentar los proveedores y requisitos técnicos
ligados al producto: deben responder a los estándares de calidad y a la regulación en
materia de inocuidad, presentando las certificaciones pertinentes: sistema de control y
verificación. Competencia de Min. Agricultura, Min. Salud.
En Honduras: Excepción a la ley de adquisiciones, se aplica el Convenio con el PMA en
donde el PMA realiza un proceso de licitación pública. El PMA tiene la responsabilidad de
exigir al productor dichos requisitos y presentar los controles antela autoridad competente.
En Guatemala se transfieren los recursos a las OPF quienes realizan la compra directa a los
proveedores locales. Se aplica el Reglamento para Transferencias a los Consejos Educativos,
Acuerdo Ministerial por medio del que se delega responsabilidad de gestión a los Consejos
Educativos u OPF. Instructivo sobre las transferencias: allí se establece la responsabilidad de
la OPF de realizar como mínimo 2 cotizaciones para elegir al proveedor que ofrezca mejor
precio y calidad (Ciertos requisitos mínimos).
LEGN
Oficina Jurídica
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12.
13. Guatemala: Proceso de transferencias de fondos a los centros escolares (OPF) para la
adquisición de alimentos
14. Flujo de proceso de transporte, de las bodegas centrales hacia los municipios, y traslado a los centros
escolares.
15. 3) Producción en las escuelas (huertos escolares)
• Las recomendaciones y lineamientos en materia de huertos
escolares se encuentran definidos a través de Guías y
Manuales Internos del Ministerio de Educación.
• Los huertos escolares promueven y desarrollan prácticas de
producción orgánica (abono orgánico, fertilizantes foliares,
repelentes orgánicos).
• ¿Qué disposiciones resultarían aplicables a los huertos
escolares? ¿Qué controles y certificación para la producción
de alimentos en los huertos escolares?
LEGN
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16. 4) Preparación y manipulación de alimentos
• Los países cuentan con Normas Técnicas NTON que establecen requisitos
de almacenaje en bodega seca y bodega fría, transporte (requisitos que
aplican también para restaurantes y otros establecimientos). Honduras
cuenta con un Reglamento del Servicio de Alimentación Escolar que
establece algunas disposiciones especificas en la materia.
• En general se abordan estos aspectos en el ámbito del PAE en las Guías,
Manuales, y Lineamientos Administrativos que establecen
recomendaciones generales para las escuelas.
• La inocuidad de los alimentos debe garantizarse desde la producción
hasta el consumo. En todos los países se cuenta con legislación que
regula la inocuidad de los alimentos en la etapa de producción,
contemplando los controles y certificaciones correspondientes. La
inocuidad en la escuela requiere un estudio más profundo para
determinar si la legislación que existe es o no suficiente para garantizar
la salud de los niños y niñas.
LEGN
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18. 5) Menús Escolares
• Los países han desarrollado Guías, Manuales, Lineamientos,
Recomendaciones en la materia pero no hemos identificado
legislación contundente que establezcan estándares
nutricionales que regulen ampliamente los menús.
• No se identificaron mecanismos de control que puedan
determinar sanciones por incumplimiento.
LEGN
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19. Manuales, Guía y Normativas internas de los PAE
LEGN
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20. 6) Expendio y publicidad de alimentos en las escuelas
Nicaragua (NTON de Kioscos y Cafetines de los Centros Educativos la NTON 03
085-09)
Honduras (Reglamento de Venta de Alimentos en Casetas/Tiendas Escolares.
Acuerdo Número 15, 368-SE-2012. 2012)
El Salvador tiene una normativa del sector educativo (Manual de Tiendas
Escolares)
Guatemala (Reglamento de Tiendas Escolares: Acuerdo Ministerial N° 1088 de
1966); una normativa para 2 departamentos del país.
• Los PAE han emitido normas sobre el tema de expendios, pero la aplicación de
estas normativas de regulación de expendios de alimentos en los centros
escolares, se convierte en una tarea que demanda mucha atención de las
autoridades educativas para implementarla, pero que también por
atribuciones legales, le corresponden contribuir al sector salud.
• Publicidad de alimentos en las escuelas Existe muy poca regulación. Aplica la
legislación de publicidad no engañosa de Protección al Consumidor.
LEGN
Oficina Jurídica
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21. EXPENDIO DE ALIMENTOS Y PUBLICIDAD EN LAS ESCUELAS
Actividad El Salvador
Guatemala
Expendio
Manual de Tiendas
Escolares (El Salvador,
MINED 2007, con la
asistencia técnica de
FAO)
Lineamientos MINED
Publicidad No existe legislación
especial para prohibir
publicidad de ciertos
alimentos en recintos
escolares. Únicamente
Código de Salud artículo
86 letra d)
Reglamento de Tiendas
Escolares: Acuerdo
Ministerial N° 1088 de
fecha 30 de septiembre de
1966. Artículo 4°. Incisos
del a al d y artículos 7°, 8°,
9°, 10°, 18°, 20°, 21° y 22°
Iniciativas de Normativa
de Tiendas Escolares
Saludable Departamental
Huehuetenango y Alta
Verapaz 2012-2013.
Existe muy poca
reglamentación sobre
publicidad de alimentos en
las escuelas.
Honduras
Nicaragua
Reglamento de Venta
de Alimentos en
Casetas/Tiendas
Escolares. Acuerdo
Número 15, 368-SE2012. Diario Oficial La
Gaceta Nº 32, 949
Norma Técnica
Obligatoria
Nicaragüense de
Kioscos y Cafetines
de los Centros
Educativos la NTON
03 085-09, (abril del
2010).
Reglamento de Venta
de Alimentos en
Casetas/Tiendas
Escolares de
Honduras, en el arto.
11.
Existe muy poca
reglamentación
sobre publicidad de
alimentos en las
escuelas
22. 6) Expendio de alimentos y publicidad en las escuelas
El Salvador
Guatemala
Honduras
LEGN
Oficina Jurídica
Nicaragua
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23. 7. Normas sobre Participación y Rendición de Cuentas
Elementos de
análisis
¿Qué
estructuras y
mecanismos
están
previstos para
el control en la
ejecución del
PAE?
El Salvador
Guatemala
Honduras
Lineamientos del PASE,
"La colaboración de la
comunidad es
fundamental para el
éxito del programa. El
PASE no puede
desarrollarse sin la
decisiva participación
de los docentes,
directores y padres de
familia".
Acuerdo Gubernativo
202-2010 Reglamento
para la aprobación de los
estatutos,
reconocimiento de la
personería jurídica y
funcionamiento de los
consejos de los centros
educativos públicos, arto
1, 5, 6, 7, 8 9 y 10.
En el Reglamento del
Servicio de Alimentación
Escolar de Honduras
Acuerdo Número 15509SE-2012.
Objeto: regular la
Dentro de los
organización, integración,
mecanismos de
obligaciones, legalización,
control. Apartado VII aprobación de estatutos,
Informes Periódicos,
el reconocimiento de la
que según se describe personalidad jurídica y el
es un informe mensual funcionamiento de los
que es elaborado por Consejos Educativos, y
cada director(a) de
bajo los principios de
escuela al municipio y participación y
luego al
responsabilidad.
departamento.
Nicaragua
Guía de Creación y
funcionamiento de los
Comité de Alimentación
Escolar (2002): requisitos de
los centros escolares para el
ingreso al PAE, incluye tener
Acuerdo de Cooperación conformado el Comité de
para el Programa de La
Alimentación Escolar con un
Merienda Escolar 2012Coordinador
2014. Regula algunos
(Directos/responsable del
controles como: Sistema centro), un docente, un
de Información de
padre de familia (encargado
Merienda Escolar,
de cocina) y un padre de
Informes, monitoreo,
Familia (tesorero) y un
hojas de remisión, que se representante de la
deben implementar en las comunidad (Fiscal).
actividades del PME de
manera que se realicen
satisfactoriamente.
Participando en estos
controles SE, PES/SDS,
PMA.
24. 7. Normas sobre Participación y Rendición de Cuentas
El Salvador
¿Quien
Para realizar este control
participa en (informe periódico), los
dicho control? directores de centros
escolares se lo envían a
¿Cómo se
los delegados
define dicha municipales y luego a los
participación? departamentales.
¿A qué
niveles?
El Manual no explica
una retroalimentación
con el resto de la
comunidad educativa,
sin embargo es causal
de suspensión si no se
logra realizar este
informe.
Guatemala
Honduras
Nicaragua
La Asamblea General de
las OPF tiene la facultad
de exigir la rendición de
cuentas. Puede solicitar
convocatoria a asamblea
extraordinaria en que la
Junta Directiva de la OPF
puede ser requerida
para dar a conocer los
fondos del saldo de caja,
bajo control en el libro
correspondiente (…)
Acuerdo de Cooperación PMA
–Gbno, condición
Responsabilidades de las
partes que: Los Directores
Educativos en conjunto con
PES son responsables de
organizar a los padres y
madres de familia, (…)
Esta misma Guía de
Creación y
funcionamiento de los
Comité de Alimentación
Escolar (2002) pp 22, 23,
Y en el PVL la Asociación de
Padres de Familia en conjunto
con la SDS y SE tienen la
responsabilidad de supervisar
Para participar en la
la entrega y coordinación de la
ejecución del PAE se
distribución de la leche para el
debe ser parte de la
uso de la merienda escolar.
Asamblea General y
Artículo 7 de la Ley del Vaso de
para ser integrante de la Leche para el Fortalecimiento
Junta Directiva deben
a la Merienda Escolar. Decreto
observarse los requisitos Legislativo 54-2010 publicado
establecidos.
en el Diario Oficial La Gaceta
N. 32,239
•Convocar a los padres de
familia con el fin de
evaluar la ejecución del
PAE en la comunidad.
Dicho informe debe de
realizar en cada
distribución, por los
centros que estén
beneficiados.
• Que los CAE se
comprometan a organizar
el almacenamiento y
llevar el control de los
alimentos en cada centro
escolar beneficiado.
25. 8. Rendición de Cuentas
El Salvador
Guatemala
Honduras
1.Derecho de petición ciudadana, art. 18
de la Constitución, ante una Dirección
departamental del MINED u oficinas
centrales en San Salvador, por escrito. Si no
hay respuesta en 60 días hábiles, se puede
interponer un recurso anta la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la CSJ.
2. Recurso de amparo ante la Sala de lo
Constitucional de la CSJ.
3. Puede interponerse denuncia verbal
ante el MINED en Oficina de Información y
Respuesta (Transparencia): 22 81 02 74.
4. Puede interponerse denuncia ante la
PPDH, en cualquier delegación
departamental, por violación a derecho a
la salud, educación, alimentación.
5. Si hay agravio civil como daños y
perjuicios se puede interponer denuncia
de conciliación o querella ante un Juzgado
de Paz, que existe en cada Municipalidad
del país.
Decreto Legislativo 57-2008, Ley de
Acceso a la Información Pública.
En base a la Ley de Acceso a la
Información Pública, la Dirección de
Servicios Administrativos -DISERSAdel Ministerio de Educación,
implementó el Sistema de Atención
a Quejas, Comentarios y
Sugerencias, que aunque no es
exclusivo para el PAE, se hace
mención de este programa en las
opciones.
Derecho constitucional
de petición de todo
ciudadano a exigir
cuentas a los servidores
públicos, (art. 80)
Para su funcionamiento existen dos
normas administrativas, el Manual
para la Administración de Quejas,
Comentarios y Sugerencias dirigido
a enlaces y directores; y el
Procedimiento Atención a Quejas,
Denuncias y Solicitud de
Información.
Nicaragua
Art. 33 de la Ley
No. 693, Ley de
Soberanía y
Seguridad
Alimentaria y
Nutricional, y el
Ley de Transparencia y art. 52 de su
Acceso a la Información Reglamento que
Pública Decreto No. 170- establecen
2006.
sanciones por el
incumplimiento
de dichas
normativas.
26. 8. Conclusiones
Los Marcos Jurídicos AE deben…
1. Establecer las responsabilidades institucionales para la
implementación del PAE, desde el nivel central hasta la
escuela.
2. Facilitar y no obstaculizar la vinculación de los pequeños
productores a los programas de alimentación escolar.
3. Regular los menús escolares asegurando su contenido
nutricional y la aceptabilidad cultural.
4. Regular la publicidad y el expendio de los alimentos en las
escuelas de acuerdo a parámetros nutricionales específicos
que establezcan límites a altos contenidos de azúcar, y grasas.
LEGN
Oficina Jurídica
26
27. 8. Conclusiones
5.
6.
7.
8.
Es importante contar con mecanismos de control para que la institución
competente sea responsable de garantizar la calidad y la inocuidad de los
alimentos tanto al momento de la adquisición como al momento del
consumo en las escuelas.
Los controles deben garantizar que la inocuidad no está comprometida
en las diferentes fases de producción y manipulación de los alimentos. La
salud es un derecho fundamental irrenunciable y una obligación que
debe garantizar el Estado.
Los comunidad educativa –incluidos los padres de familia- deben contar
con la suficiente capacitación para hacer efectivos los controles que
prevé la legislación. Es obligación de la institución competente
asegurarse de que el personal esté en la capacidad de conservar,
preparar, manipular, y servir los alimentos en la escuela.
Es importante contar con mecanismos de participación y rendición de
cuentas que garanticen el enfoque de DH en la implementación del PAE.
LEGN
Oficina Jurídica
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28. 8. Conclusiones
Distintas opciones legislativas…
• Existen distintas opciones legislativas para regular los elementos de la
alimentación escolar de acuerdo a la legislación y el contexto de cada
país.
• Resulta indispensable identificar previamente los aspectos que ya están
regulados para: i) evitar regular áreas que ya tienen un marco jurídico
propio, ii) evitar contradicciones en la legislación.
• Las leyes SAN brindan un marco jurídico importante en materia de
obligaciones, principios, institucionalidad, responsabilidades, y establece
mecanismos de participación y rendición de cuentas a ser tomados en
consideración en la implementación de los PAE.
LEGN
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29. 8. Conclusiones: AE desde un EDH
Marco jurídico
Políticas públicas
Institucionalidad
Presupuesto
Justiciabilidad
Vinculación
de la
alimentación
escolar y la
agricultura
familiar
Reducción de
absentismo
escolar
Alimentación
adecuada
(menú escolar
nutricional)
Inocuidad
Acceso físico en
áreas con poco
acceso a
mercados
LEGN
Oficina Jurídica
Participación en las
instancias
de adopción de
decisiones en
todos los niveles.
Realización del
derecho a la
alimentación, la
educación, el
trabajo y la
salud
29
30. MUCHAS GRACIAS
Luisa Cruz/Oficial Jurista
luisa.cruz@fao.org
Jorge Ulises Gonzalez/Consultor Regional Jurista
jorge.gonzalez@fao.org
Oficina Jurídica Servicio del Derecho para el Desarrollo