Durante los días 4, 5 y 6 de diciembre se llevó a cabo el VII Encuentro Regional del Observatorio del Derecho a la Alimentación, en el que se reunieron más de 50 universidades para exponer, dialogar y acordar rutas orientadas a posicionar el Derecho a la Alimentación en lo más alto de las agendas políticas y académicas.
La siguiente presentación contiene parte de los contenidos tratados en la actividad.
Alcance y monitoreo de la ley n°19.140 en centros educativos de Montevideo
1. ALCANCE Y MONITOREO DE LA
LEY N°19.140 EN CENTROS
EDUCATIVOS DE MONTEVIDEO.
Alejandra Girona. Uruguay2017
2. Alejandra Girona, María Rosa Curutchet, Pablo
Pereira, Valentina Iragola, Florencia Alcaire, Dahiana
Magnani, Patricia Barreto, Sofía Petingi, Gimena
Allegue, Gonzalo Conlazo, Camila Mosteiro, Gastón
Ares.
3. Antecedentes
2011- Discusión a nivel político del proyecto
de ley con el fin de “proteger la salud de la
población infantil y adolescente que asiste a
establecimientos escolares, liceales, públicos y
privados a través de la promoción de hábitos
alimentarios saludables en centros educativos
como forma de contribuir a la prevención del
sobrepeso y la obesidad y ENT”
2013. Sanción de la Ley N°19.140
2014. - Comisión Intersectorial (Decreto
Reglamentario N°60/014) - Ordenanza
Ministerial (N°116/14) – Comisión de
Seguimiento y Monitoreo de la ley.
En niños escolarizados (2010) :
4. Objetivos:
¨ Ejecutar acciones tendientes a mejorar el
estado nutricional de niños y adolescentes
que asisten a centros educativos públicos
y privados.
¨ Promover hábitos alimentarios saludables
en toda la población
¨ Favorecer que los alumnos que concurran
a estos establecimientos tengan la
posibilidad de incorporar a los hábitos
alimentarios alimentos y bebidas
nutritivamente adecuados, estableciendo
que los mismos estén disponibles en
cantinas y quioscos que se encuentran
dentro de los centros educativos
¨ Promover que la oferta de alimentos y
bebidas en cantinas, quioscos y locales
ubicados en el interior de los centros
educativos se adecuen al listado
establecido mediante regulación.
Inclusiva.
5. Lineamientos nutricionales
¤ Promover el consumo de alimentos y
bebidas de adecuado valor
nutricional priorizando alimentos
naturales o con mínimo grado de
procesamiento
¤ Limitar el consumo de azúcares libres,
grasas saturadas, grasas trans, y
sodio.
¤ Confeccionar una listado de
alimentos no recomendados para la
oferta, los cuales no pueden ser
exhibidos y publicitados en los puntos
de venta.
6. Objetivo del estudio
¨ Analizar el alcance y el grado de
cumplimiento de la Ley N°19140 y su
decreto reglamentario en centros
educativos de la ciudad de Montevideo.
7. Metodología: enfoque mixto basado en
metodología cuali-cuantitativa.
¨ Análisis Jurídico de la
ley
¨ Relevamiento de venta y
publicidad de alimentos.
¨ Relevamientos de la
venta de alimentos en el
entorno cercano a la
centros educativos.
¨ Entrevistas a referentes de
la dirección de los centros
educativos.
¨ Entrevistas a autoridades
de la Comisión
Interinstitucional de
seguimiento de la Ley
8. Resultados
¨ Desde una perspectiva de derechos, la ley marcá un hito reconociendo la responsabilidad del
Estado en velar por su cumplimento.
¨ La ley cuenta con 6 artículos, el primero y segundo definen su finalidad y objetivos específicos, el
tercero encomiendo al MSP la elaboración de un listado de alimentos y bebidas nutritivamente
adecuadas y al MEC la promoción de hábitos alimentarios saludables y de AF.
¨ Limitante de la ley y su decreto, es que no tiene un listado actualizado y las empresas no
solicitan la incorporación de sus productos al listado
¨ La información referente a alimentos para personas celíacas es otra limitante.
¨ No se obliga a los puesto de venta a incluir una amplia oferta y difusión de alimentos
saludables. Se menciona que … se promoverán.......
¨ Explicita el tema de publicidad y exhibición de alimentos no recomendados
¨ Define que el MEC tiene la tarea de difusion y cumlimiento de la ley y el decreto pero las
denuncias de incumplimineto deben hacerce al MSP. No se expresa con claridad la forma y la
sanción.
¨ La ley no incluye ningún tipo de sanción ante su incumplimiento
1. Análisis
Jurídico de la
Ley.
11. 2.
Relevamiento
de centros
educativos.
(59 centros)
¨ A excepción de las escuelas públicas predomina la
presencia de alimentos procesados.
¨ La mayoría de los productos procesados envasados no
cumplen los criterios nutricionales definidos en el MSP.
Ellos representan una presencia de entre 38% y 58%.
¨ Los productos más frecuentemente vendidos en los centros
públicos a excepción de la escuela pública son: galletitas
dulces, alfajores industrializados, ojitos, barritas de
cereales ind., galletas saldas, sandwiches, tortas, frutos
secos, fruta, agua saborizadas y mineral , refrescos y
jugos envasados y golosinas con azúcar.
12. Resultados
2.
Relevamiento
de centros
educativos.
(59 centros)
¨ Todos los centros exhibían la gran mayoría de los
productos incluido productos envasados que no
cumplen los criterios establecidos.
¨ A excepción de los centros educativos de primaria
pública se registró publicidad directa de alimentos
en el punto de venta. (heladeras, o freezers, afiches)
¨ Publicidad de actividades de empresas de alimentos
en el interior de los centros de educación primaria.
(paseos, entrega de materiales, charlas informativas)
15. A. Conocimiento de la ley y percepción de cumplimiento: falta de difusión sobre el alcance y
contenida de la ley, control del cumplimiento, percepción sobre el cumplimiento limitado de la ley,
3. Opiniones
de referentes
de los centros
de enseñanza
17. B. Dimensión: venta de alimentos; venta de alimentos caseros y preferencias
de los adolescentes
3. Opiniones
de referentes
de los centros
de enseñanza
18. C. Dimensión: Barreras para el cumplimiento: publicidad de alimentos, falta de
lineamientos claros, falta de espacios para elaborar alimentos, falta de sanción de la
ley y hábitos familiares.
3. Opiniones
de
referentes
de los
centros de
enseñanza
19. D.Estrategias para promover HA saludables en centros educativos; control de
la venta de alimentos, control de los alimentos consumidos, actividades con los
padres, trabajo en las disciplinas y actividades con los niños
3. Opiniones
de referentes
de los centros
de enseñanza
20. Percepción de la implementación e impacto de la ley, barreras para el cumplimiento y sugerencias
de cambio
3. Opiniones
de las
autoridades
de la
Comisión de
seguimiento
de la Ley
21. Conclusiones
Importante: La ley es una
contribución a la mejora del EN de
la población escolarizada y
permitió la generación de mayor
conciencia sobre la temática.
¤ El conocimiento del contenido y los alcances son
limitados especialmente en centros privados y
centros públicos de educación secundaria
¤ Confusión entre lo que se recomienda y la que se
prohíbe.
¤ La mayoría de los centros educativos venden
alimentos a través de cantinas formales o
dirección, maestros o comisión fomento.
¤ Muchas de las recomendaciones nutricionales NO
son aplicada. Se destaca una baja presencia de
alimentos naturales o mínimamente procesados
¤ A excepción de escuelas publicas, prevalece la
oferta de alimentos procesados envasados que
no cumplen con los limites establecidos por el
MSP. La principal razón es el desconocimiento o
interpretación errónea de la ley.
22. ¨ Lógica de venta de alimentos
que intenta satisfacer las
preferencias de los niños y
adolescentes
¨ No se promocionan alimentos
saludables y el porcentaje
que ocupa en la exhibición no
basta. Poco competitivos y
atractivos.
¨ Si bien esta prohibida la publicidad
de productos que exceden límites
establecidos, todos quienes venden
estos alimentos los exhiben.
¨ Dificultad para identificar que
alimentos cumplen criterios
aceptados
¨ No existe un listado de alimentos
recomendados actualizada.
¨ Visitas guiadas a empresas de
alimentos no recomendados
¨ Ausencia de fiscalización
23. ¨ Mejorar los canales de comunicación:
conocer, profundizar y mejorar aspectos
vinculados a la puesta en marcha.
¨ Asesoramiento técnico
¨ Promulgación del decreto de etiquetado
frontal de alimentos envasados con altos
contenido de nutrientes críticos.
¨ Mejorar la información de alimentos
aptos para celíacos.
¨ Es necesario que las principios rectores
sean tangibles, comprobables y exigibles.
¨ Mecanismos de monitoria y seguimiento
¨ Proporcionar elementos para la acción
correctiva
¨ Reformulación de la ley.
¨ Avanzar en otros políticas públicas que
desmotiven el consumo de alimentos poco
saludables. Regulación de la publicidad de
alimentos.
¨ Actuar sobre el ambiento o entorno
obesogénico próximo a los centros.
¨ Programa nacional de orientación alimentaria
en centros educativos.; guías alimentarias,
promoción de la preparación casera de
alimentos, incorporación de temáticas
vinculadas con la alimentación saludable
transversal en la currícula.
¨ Campaña de comunicación para informar a la
población e incentivar cambios de hábitos en el
hogar
Recomendaciones