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PRONTUARIO
DE PRESTACIONES PARA
 TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN BÁSICA DEL
 ESTADO DE MORELOS




        2009
Int  roducción
Para personal federalizado                               PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




Introducción
               L
                     a Secretaría de Educación, el Instituto de la Educación Básica del
                     Estado de Morelos y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la
                     Educación con base en el Acuerdo Nacional para la Modernización de la
               Educación Básica y Normal, el Convenio en el que el Gobierno Federal
               transfiere los Servicios de Educación Básica al Estado de Morelos y la Ley
               Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos en sus artículos
               2, 3 y 4, así como lo establecido en el Estatuto del Sindicato Nacional de
               Trabajadores de la Educación en el Capítulo III, Artículo 13, han acordado
               consolidar aspectos fundamentales, hacia la profesionalización de los
               actores educativos en el marco de la Alianza por la Calidad de la Educación.

               El difundir y socializar con el Trabajador de la Educación las prestaciones a
               que tiene derecho, el desburocratizar los procesos de gestión, el unificar el
               uso diferenciado de información que se presenta en los diferentes niveles
               educativos, el fortalecer la política de gestión sindical y por ende
               institucionalizar los procesos que tanto el Sindicato Nacional de Trabajadores
               de la Educación vía la Sección 19, la Secretaría de Educación, el Instituto de
               la Educación Básica del Estado Morelos y el Instituto de Seguridad Social al
               Servicio de los Trabajadores del Estado realizan, para atender de manera
               integral los asuntos que les atañen, posibilita una verdadera Cultura de la
               Legalidad, Transparencia y de Gestión ágil y expedita.

               Con base en estas premisas, se ha elaborado el                 Prontuario de
               Prestaciones para Trabajadores de la Educación Básica del Estado de
               Morelos, el cual contiene los insumos generales de mayor uso en el ejercicio
               cotidiano del servicio educativo, así como los elementos normativos más
               usuales que regulan la relación laboral entre los trabajadores y el IEBEM.

               Este prontuario contiene tres apartados fundamentales:

               I.- Prestaciones Económicas
               II.- Prestaciones Laborales
               III.- Prestaciones de Seguridad Social.

               El presente documento posibilita y obliga a proporcionar un mejor servicio y
               atención al Trabajador de la Educación en todos aquellos procedimientos
               legales, administrativos, profesionales, laborales y de prestaciones
               económicas a que tiene derecho.

               La Secretaría de Educación Pública a través del IEBEM y el SNTE a través de
               la Sección 19, ratifican su corresponsabilidad en mejorar los servicios                                                 1
               educativos y el profesionalizar las áreas sustantivas de la administración,
               impulsando así una mejor gestión y atención al trabajador.
PRONTUARIO 2009
    PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




    I
                                                                                           2.- AYUDA DE DESPENSA-38.

                                                                                  DESCRIPCIÓN: Ayuda económica quincenal que se
                                                                                  otorga para coadyuvar a elevar la capacidad
                 PRESTACIONES                                                     adquisitiva de bienes de consumo de los trabajadores.

                                                                                  FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
                 ECONÓMICAS                                                       Salarial Nacional SEP-SNTE.

                                                                                  MONTO: Se identifica con el código 38. Se aplica de
                   1.- SUELDO TABULAR-07.                                         acuerdo a los valores señalados en el tabulador
                                                                                  vigente y se cubre en cada una de las plazas que
                                                                                  ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de las
    DESCRIPCIÓN: Se entiende por sueldo, la
                                                                                  mismas.
    percepción que se consigna en el tabulador para cada
    categoría y que se paga al trabajador a cambio de sus
                                                                                  NORMATIVIDAD: Su pago es para Personal Docente
    servicios prestados.
                                                                                  y Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación.
    FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 32 de la Ley Federal
                                                                                  Su pago es improcedente a personal interino (por
    de los Trabajadores al Servicio del Estado.
                                                                                  gravidez, por pensión, por sustituto de becario).
    MONTO: Se identifica con el código 07. Su importe se
                                                                                  El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
    aplica de acuerdo a los valores señalados en el
                                                                                  descuentos:
    tabulador de sueldos vigente para cada categoría y se
    cubre en cada una de las plazas que ocupa el
                                                                                  01 Impuesto Sobre la Renta
                                                                                  ?
    trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas.
                                                                                  62 Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                  ?
                                                                                     dictada por Autoridad Judicial competente, en
    NORMATIVIDAD: Para el personal docente que se
                                                                                     porcentaje.
    incorpore o promocione a Carrera Magisterial el
    concepto se identificará según el nivel salarial que se
    trate: 7A, 7B, 7C, 7D, 7E.                                                    3.- AYUDA PARA MATERIAL DIDÁCTICO-39.

    La acción para exigir el pago de este concepto,                               DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se
    prescribirá al término de un año, contado a partir de la                      proporciona para la adquisición de material escolar, la
    fecha en que sea devengado.                                                   cual sirve de apoyo para el desarrollo de las funciones
                                                                                  pedagógicas del Personal Docente.
    El pago de este concepto está sujeto a los siguientes                         FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
    descuentos:                                                                   Administración de Personal (Dirección General de
                                                                                  Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).
    · Impuesto Sobre la Renta
     01
    · Aportaciones al Seguro de Salud
     1L                                                                           MONTO: Se identifica con el código 39. Su importe es
    · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
     2L                                                                           acorde a los valores señalados en el tabulador vigente
     Edad Avanzada y Vejez                                                        y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el
    · Seguro de Invalidez y Vida
     3L                                                                           trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas.
    · Servicios Sociales y Culturales
     4L
    · Cuota Sindical
     58                                                                           NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es
    · Seguro Colectivo de Retiro
     77                                                                           quincenal además de ser improcedente a personal
    · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
     62                                                                           interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de
     dictada por Autoridad Judicial competente, en                                becario).
     porcentaje.
2                                                                                 El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
      Con base en la reforma a la Ley del ISSSTE, a                               descuentos:
      partir de la primera quincena de mayo de 2009
       los conceptos 1L, 2L, 3L y 4L, sustituyen los                              · Impuesto Sobre la Renta
                                                                                   01
      conceptos de deducciones 02 y 04 (Fondo de                                  · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                   62
      Pensiones y Diversas Prestaciones ISSSTE y                                   dictada por Autoridad Judicial competente, en
              Servicio Médico y Maternidad).                                       porcentaje.
Para personal federalizado                              PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




    4.- PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE-44.                      · Impuesto Sobre la Renta
                                                            01
                                                           · Aportaciones al Seguro de Salud
                                                            1L
DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al              · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                            2L
Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a         Edad Avanzada y Vejez
la Educación.                                              · Seguro de Invalidez y Vida
                                                            3L
                                                           · Servicios Sociales y Culturales
                                                            4L
FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
                                                           · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                            62
Administración de Personal (Dirección General de
                                                            dictada por Autoridad Judicial competente, en
Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).
                                                            porcentaje.
MONTO: Se identifica con el código 44. Su importe se
aplica de acuerdo a los valores señalados en el                     6.- ASIGNACIÓN POR SERVICIOS
tabulador vigente y se cubre en cada uno de las plazas                   COCURRICULARES-SC.
que ocupe el trabajador, conforme a la naturaleza de
los mismas.                                                DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al
                                                           Personal Docente por actividades paralelas al servicio
NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es                docente denominadas cocurriculares, tales como
quincenal además de ser improcedente a personal            apoyo, capacitación o refuerzo del aprendizaje.
interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de
becario).                                                  FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación
                                                           Salarial Nacional SEP-SNTE, Manual de Normas de
El pago de este concepto está sujeto a los siguientes      Administración de Personal (Dirección General de
descuentos:                                                Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).

· Impuesto Sobre la Renta
 01                                                        MONTO: Se identifica con el código SC. Su importe se
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62                                                        aplica conforme al tabulador vigente autorizado para
 dictada por Autoridad Judicial competente, en             la categoría que ostente el docente o de la cual
 porcentaje.                                               provenga.

 5.- ASIGNACIÓN DOCENTE GENÉRICA-E9.                       NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es
                                                           quincenal.
DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal
Docente, independientemente del centro de trabajo          El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
en que preste sus servicios o tenga radicadas sus          descuentos:
percepciones, siempre que ocupe una de las
categorías de los niveles educativos                       · Impuesto Sobre la Renta
                                                            01
correspondientes.                                          · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                            62
                                                            dictada por Autoridad Judicial competente, en
FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de                       porcentaje.
Administración de Personal (Dirección General de
Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).
                                                                   7.-COMPENSACIÓN PROVISIONAL
MONTO: Se identifica con el código E9. El importe se                     COMPACTABLE-CC.
aplica de acuerdo a los valores señalados en el
tabulador vigente y se cubre en cada una de las plazas
que ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de       DESCRIPCIÓN: Compensación que se otorga al
las mismas.                                                Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a
                                                           la Educación a fin de apoyar su poder adquisitivo.
NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
realiza de forma quincenal. Al personal que se             FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
incorpore a Carrera Magisterial, este pago se              Administración de Personal (Dirección General de
identificará con los códigos EA, EB, EC, ED y EE.          Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa),                           3
                                                           Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y
Su pago es improcedente a personal interino (por           Convenio de Negociación entre el Gobierno del
gravidez, por pensión, por sustituto de becario).          Estado y el SNTE-Sección 19.

El pago de este concepto está sujeto a los siguientes      MONTO: Será el determinado en los tabuladores
descuentos:                                                vigentes. Se identifica con el código CC.
PRONTUARIO 2009
    PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                         Para personal federalizado




    NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es                                   El nivel correspondiente recepciona la solicitud para
    quincenal. Esta compensación será aplicable al                                efectos de trámite durante todo el ciclo escolar. El
    personal de educación básica que se encuentre                                 pago de esta percepción se realizará (de inicio) en la
    ubicado en el tabulador II. En la medida en que la                            quincena 5 para educación elemental y en la quincena
    instancia respectiva autorice una modificación al valor                       17 para educación media (únicamente se tramita el
    actual de la zona económica II, esta compensación                             primer quinquenio, los posteriores se actualizan de
    variará o desaparecerá.                                                       forma automática).
    El pago de esta compensación, está sujeto de los
    siguientes descuentos:                                                        El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
                                                                                  descuentos:
    · Impuesto Sobre la Renta
        01
    · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
        62
                                                                                  · Impuesto Sobre la Renta
                                                                                   01
        dictada por Autoridad Judicial competente, en
        porcentaje.                                                               · Aportaciones al Seguro de Salud
                                                                                   1L
                                                                                  · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                                                   2L
                                                                                   Edad Avanzada y Vejez
    8.- ACREDITACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO                                         · Seguro de Invalidez y Vida
                                                                                   3L
            EN LA DOCENCIA/ Q1-Q5.                                                · Servicios Sociales y Culturales
                                                                                   4L
                                                                                  · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                   62
    DESCRIPCIÓN: Es la percepción adicional a que                                  dictada por Autoridad Judicial competente, en
    tiene derecho el Personal Docente, por cada cinco                              porcentaje.
    años de servicios efectivos, de acuerdo con la
    antigüedad en la docencia la cual se incrementará en                            9.- AYUDA PARA ÚTILES ESCOLARES-UE.
    cada uno de los periodos subsecuentes.
                                                                                  DESCRIPCIÓN: Prestación anual que se otorga al
    FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de                                         Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, a fin
    Administración de Personal (Dirección General de                              de coadyuvar a elevar su poder adquisitivo al inicio
    Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) y                            del ciclo escolar.
    Artículo 34, segundo párrafo, de la Ley Federal de los
    Trabajadores al Servicio del Estado.                                          FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación
                                                                                  Salarial Nacional SEP-SNTE.
    MONTO: Se identifica con el código Q1 – Q5. Su
    importe se cubrirá de acuerdo a los valores señalados                         MONTO: Se identifica con el código UE y su importe
    en el tabulador vigente.                                                      se revisa cada año de acuerdo a lo estipulado en el
                                                                                  Fundamento Legal.
    NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es
    quincenal además de ser improcedente a personal                               NORMATIVIDAD: Se requisita formato distribuido por
    interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de                         las Delegaciones Sindicales o Centro de Trabajo
    becario).                                                                     realizándose el pago en la quincena 18.

    Para su aplicación deberá observarse la siguiente                             REQUISITOS:
    distribución:
                                                                                  ·Copia fotostática del acta de nacimiento
    ·años o más sin llegar a 10, un quinquenio: Q1
     5                                                                            ·Constancia de inscripción al ciclo escolar del
    · años o más sin llegar a 15, dos quinquenios:
     10                                                                            hijo/a del trabajador
     Q2                                                                           ·Copia fotostática del último talón de pago.
    · años o más sin llegar a 20, tres quinquenios:
     15
     Q3                                                                            10.- BONO DEL “DÍA DEL MAESTRO”-BM.
    · años o más sin llegar a 25, cuatro quinquenios:
     20
     Q4                                                                           DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al
    · años o más, cinco quinquenios: Q5
     25                                                                           Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a
4                                                                                 la Educación, en el mes de mayo con motivo del “Día
    Para el cómputo de los años de servicio no se tomarán                         del Maestro”.
    en cuenta los periodos en que se presenten las
    siguientes incidencias: cuando el personal goce de                            FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación
    cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo, faltas                         entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.
    injustificadas, suspensión de labores por sanción.
                                                                                  MONTO: Se identifica con el código BM, y su importe
Para personal federalizado                                PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




se actualiza anualmente con base en el Fundamento            No participan en el otorgamiento de este
Legal.                                                       reconocimiento:

NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se                  Los trabajadores con menos de 6 meses de
                                                             ?
realizará el 15 de mayo de cada año, a todo el personal           servicio.
que estuvo activo hasta la quincena 9.                       El personal que se encuentre comisionado fuera
                                                             ?
                                                                  de su centro de trabajo de adscripción
                                                             El personal que ostente una licencia con o sin goce
                                                             ?
    11.- BONO DEL “DÍA DEL EMPLEADO                               de sueldo
           ADMINISTRATIVO”-BA.                               Servidores Públicos de mando y homólogos.
                                                             ?

                                                             Para tener derecho al otorgamiento del bono al
DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al                "Servidor Público del Mes", el trabajador no deberá
Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación en el          incurrir en algún retardo o falta de asistencia
mes de julio, con motivo del “Día del Empleado               injustificada, en cuyo caso no podrá ser evaluado en el
Administrativo”.                                             mes en que ocurran estas incidencias.
FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación                    La información de los trabajadores seleccionados
entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.           para el bono al " Servidor Público del Mes", deberá ser
                                                             enviada dentro de los primeros 10 días calendario,
MONTO: Se identifica con el código BA, y su importe          posteriores al mes evaluado, debiendo anexar:
se actualiza regularmente cada año con base en el            ·Copia del último comprobante de pago.
Fundamento Legal.
                                                             El pago de este concepto se efectuará, a través de
NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se                  cheque de la Secretaría de Educación Pública,
realizará el 15 de julio de cada año a todo el personal      identificándose con el código de pago SP "BONO AL
administrativo que estuvo activo hasta la quincena 14.       SERVIDOR PÚBLICO".
                                                             La acción para exigir el pago de este concepto,
  12.- BONO AL “SERVIDOR PÚBLICO DEL                         prescribirá en el término de un año, contado a partir de
                                                             la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a
                MES”-SP.                                     recibirlo.
DESCRIPCIÓN: Estimulo económico que se otorga al
Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que                     13.- AJUSTE DE CALENDARIO-61.
cuente con un puesto de base o de confianza del
Catálogo Institucional de Puestos, hasta el nivel            DESCRIPCIÓN: Percepción que se otorga al personal
inmediato inferior al puesto de Jefe de Departamento,        Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la
adscrito en cualquier centro de trabajo de la Secretaría     Educación, consistente en resarcirles el equivalente a
de Educación Pública, como reconocimiento a las              5 días por aquellos meses que rebasan los 30 días
actitudes y aptitudes destacadas en el desempeño de          calendario.
sus funciones.
                                                             FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación
FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de                        Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de
Administración de Personal emitido por la SEP, Minuta        Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-
de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y                  Sección 19.
Convenio de Negociación entre el Gobierno del
Estado y el SNTE-Sección 19.                                 MONTO: Se identifica con el código 61 y su importe
                                                             actual equivale a 5 días de sueldo tabular (concepto
MONTO: Se identifica con el código SP, y su importe          07) de la plaza inicial de cada categoría.
se actualiza regularmente cada año de acuerdo a la
Minuta de Acuerdos Nacional SEP-SNTE y del                   NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
Convenio de Revisión Salarial entre Gobierno del             realiza en la segunda quincena de agosto. (quincena
Estado y el SNTE-Sección 19.                                 16).                                                                        5

NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se                  El pago de este concepto está sujeto al siguiente
otorga al personal que se haga acreedor al mismo             descuento:
hasta por dos veces al año, con base en los puntajes         · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                 62
obtenidos y al número de premios disponibles en el               dictada por Autoridad Judicial competente, en
mes.                                                             porcentaje.
PRONTUARIO 2009
    PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




    14. ACREDITACIÓN POR TITULACIÓN EN LA                                             15.- ACREDITACIÓN POR AÑOS DE
               DOCENCIA-T1,T2,T3                                                    ESTUDIO DE LICENCIATURA-L1,L2,L3,LT.

    DESCRIPCIÓN: Es la percepción que se otorga por la                            DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se otorga
    acreditación de determinados niveles de estudios                              al Personal Docente de preescolar, primaria y grupos
    oficialmente reconocidos y se pagará únicamente al                            afines que acredite haber cursado alguno de los
    Personal Docente y Directivo del nivel de posprimaria.                        “grados” de cualquiera de las siguientes Licenciaturas
                                                                                  en la U.P.N: Preescolar, Primaria, Pedagogía,
    FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de                                         Psicología Educativa, Administración Educativa,
    Administración de Personal (Dirección General de                              Educación Indígena, Sociología de la Educación y
    Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa)                              Educación para Adultos. La percepción por concepto
                                                                                  de Licenciatura en la modalidad LT se otorgará a los
    MONTO: Se identifica con el código T1, T2, T3. Se                             directivos y profesores de Educación Especial que
    cubre con lo que establece el tabulador vigente.                              ostenten la categoría respectiva y hayan obtenido su
                                                                                  título profesional a nivel Licenciatura en la Escuela
    NORMATIVIDAD: Al personal docente de posprimaria                              Normal de Especialización; así como a los maestros
    considerado de adiestramiento, con estudios                                   egresados de las Escuelas Normales Federales de
    superiores a los de enseñanza primaria, se les deberá                         Preescolar y Primaria de acuerdo al Plan de Estudios
    pagar la percepción T1; con estudios terminales de                            de nivel Licenciatura que fueron establecidos a partir
    secundaria o superiores, se les deberá pagar la                               de 1988.
    percepción T2; al personal docente de posprimaria de
    materias académicas, se les deberá pagar la                                   FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
    percepción reconocida como T3; al igual que al                                Administración de Personal (Dirección General de
    personal docente de posprimaria de adiestramiento                             Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa)
    con estudios terminales de nivel Licenciatura o Normal
    Superior se le pagará la percepción T3.                                       MONTO: Se identifica con el código L1, L2, L3 y LT.
                                                                                  Su importe se aplica conforme a los valores señalados
    Su pago es improcedente a personal interino limitado                          en el tabulador vigente y se determinará de
    (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario).                        conformidad con el nivel acreditado.

    Para el trámite de pago de esta percepción, el                                NORMATIVIDAD: Cuando la certificación de los
    interesado deberá presentar los documentos de                                 cursos de la Licenciatura se presenten en forma
    preparación correspondiente ante la Dirección de                              simultánea en 2 o más plazas y se cuente con la
    Personal y Relaciones Laborales.                                              autorización de compatibilidad, la Dirección de
                                                                                  Personal y Relaciones Laborales correspondiente
    Al personal que se le asigne una plaza adicional y                            deberá determinar los periodos de pago para cada una
    venga cobrando el concepto de titulación, también se                          de ellas, los cuales dependerán de la fecha de
    le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en que                       acreditación de estudios.
    le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta tenga
    autorizado el pago de este concepto.                                          Al personal que se le asigne una plaza adicional y
                                                                                  venga cobrando el concepto de Licenciatura, también
    El pago de este concepto está sujeto a los siguientes                         se le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en
    descuentos:                                                                   que le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta
                                                                                  tenga autorizado el pago de este concepto.
    · Impuesto Sobre la Renta
     01
    · Aportaciones al Seguro de Salud
     1L                                                                           El concepto de pago de la Licenciatura no forma parte
    · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
     2L                                                                           del sueldo de los trabajadores, por lo que el monto se
     Edad Avanzada y Vejez                                                        considerará independientemente del sueldo
    · Seguro de Invalidez y Vida
     3L                                                                           establecido en el tabulador vigente.
    · Servicios Sociales y Culturales
     4L
                                                                                  Su pago es improcedente a personal interino limitado
    · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
     62                                                                           (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario), u
6
     dictada por Autoridad Judicial competente, en                                ostente plaza de Tiempo Completo Mixto, con título de
     porcentaje.                                                                  Licenciatura en Preescolar y Primaria de la
                                                                                  Universidad Pedagógica Nacional.

                                                                                  El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
                                                                                  descuentos:
Para personal federalizado                                PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




· Impuesto Sobre la Renta
 01                                                          · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                              2L
· Aportaciones al Seguro de Salud
 1L                                                           Edad Avanzada y Vejez
· Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
 2L                                                          · Seguro de Invalidez y Vida
                                                              3L
 edad avanzada y Vejez                                       · Servicios Sociales y Culturales
                                                              4L
· Seguro de Invalidez y Vida
 3L                                                          · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                              62
· Servicios Sociales y Culturales
 4L                                                           dictada por Autoridad Judicial competente, en
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62                                                           porcentaje.
 dictada por Autoridad Judicial competente, en
 porcentaje.                                                                   17.- DOCTORADO-DO.
                                                             DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se cubre al
               16.- MAESTRÍA-MA.                             Personal Docente que acredite haber cursado y
                                                             obtenido el título del nivel de estudios de Doctorado,
DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se otorga              de conformidad con la Ley de Profesiones.
al Personal Docente que acredite haber cursado y
obtenido el título de nivel de estudios de Maestría, de      FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
conformidad con la Ley de Profesiones.                       Administración de Personal (Dirección General de
                                                             Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa)
FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
Administración de Personal (Dirección General de             MONTO: Se identifica con el código DO.
Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa)
                                                             NORMATIVIDAD: No será sujeto de pago el Personal
MONTO: Se identifica con el código MA. Su pago se            Docente y Directivo que encuentre incorporado en el
hará de conformidad con los valores establecidos en el       nivel “C” del Programa de Carrera Magisterial.
tabulador vigente.
                                                             Su pago es improcedente cuando el personal cubra
NORMATIVIDAD: No es sujeto de pago de esta                   interinatos limitados (por gravidez, por pensión, por
percepción el Personal Docente y Directivo que se            sustituto de becario) o disfrute de cualquier tipo de
encuentre incorporado en el nivel “B” del Programa de        licencia sin goce de sueldo.
Carrera Magisterial.
                                                             Su pago excluye el pago de cualquier otra percepción
Su pago se efectuará en cada una de las plazas que           por concepto de preparación como Licenciatura o
ocupa el trabajador.                                         Maestría.

Su pago es improcedente cuando el personal cubra             El pago de esta prestación se pagará en cada una de
interinatos limitados (por gravidez, por pensión, por        las plazas que ocupa el trabajador, para lo cual se
sustituto de becario) o disfrute de cualquier tipo de        tramitará ante la Unidad Administrativa
licencia sin goce de sueldo.                                 Correspondiente mediante solicitud por escrito del
                                                             trabajador presentando el título correspondiente.
Su pago excluye el pago de cualquier otra percepción
por concepto de preparación como Licenciatura,               Al personal que se le asigne una plaza adicional y
Doctorado o Titulación.                                      venga cobrando el concepto de Doctorado, también se
                                                             le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en que
El pago de esta prestación se pagará en cada una de          le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta tenga
las plazas que ocupa el trabajador, para lo cual se          autorizado el pago de este concepto.
tramitará ante la Unidad Administrativa
Correspondiente mediante solicitud por escrito del           El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
trabajador presentando el título correspondiente.            descuentos:

La acción para exigir su pago prescribe al término de        · Impuesto Sobre la Renta
                                                              01
un año contado a partir de la fecha en que el trabajador     · Aportaciones al Seguro de Salud
                                                              1L
acredite tener derecho al mismo.                             · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                              2L                                                                         7
                                                              Edad Avanzada y Vejez
El pago de este concepto está sujeto a los siguientes        · Seguro de Invalidez y Vida
                                                              3L
descuentos:                                                  · Servicios Sociales y Culturales
                                                              4L
                                                             · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                              62
· Impuesto Sobre la Renta
 01
                                                              dictada por Autoridad Judicial competente, en
· Aportaciones al Seguro de Salud
 1L                                                           porcentaje.
PRONTUARIO 2009
    PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                        Para personal federalizado




               18.- VALES DE DESPENSA-VD.                                         NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
                                                                                  realiza en la segunda quincena de agosto (quincena
    DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al                                 16).
    Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación en el
    mes de diciembre con motivo del fin de año.                                           21.- RIESGO VOLCÁNICO-RV.
    FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación
    Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de                                      DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al personal
    Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-                           docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la
    Sección 19.                                                                   Educación que labora en los dieciocho Centros de
                                                                                  Trabajo ubicados en las localidades de: Ocoxltepec,
    MONTO: Se identifica con el código VD, y su importe                           Hueyapan, San Andrés Hueyapan, San Bartolo
    se actualiza regularmente cada año con base en el                             Hueyapan, San Felipe Hueyapan y Tlalmimilulpan,
    Fundamento Legal.                                                             mismas que se encuentran cercanas a la zona del
                                                                                  volcán Popocatépetl.
    NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se
    realiza en la quincena 23, sólo al personal vigente                           FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación
    hasta esa fecha. Se excluye al personal substituto de                         entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.
    cualquier índole.
                                                                                  MONTO: Se identifica con el código RV, y su importe
         19.- ASIGNACIÓN POR LA DIRECCIÓN                                         se actualiza de conformidad al Fundamento Legal
                    ESCOLAR-DE.
                                                                                  NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
    DESCRIPCIÓN: Se otorga a todo el Personal Docente                             realiza de forma quincenal.
    con categoría de director de preescolar, primaria,
    secundaria y grupos afines, así como para quienes                             El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
    realicen funciones inherentes a estas categorías.                             descuentos:

    FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación                                     · Impuesto Sobre la Renta
                                                                                   01
    entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.                            · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                   62
                                                                                   dictada por Autoridad Judicial competente, en
    MONTO: Se identifica con el código DE, y su importe                            porcentaje.
    se actualiza regularmente cada año con base en el
    Fundamento Legal.
                                                                                       22.- COMPENSACION DE GRAVIDEZ
    NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se                                               ADMINISTRATIVA-GA.
    realiza de forma quincenal.

    El pago de este concepto está sujeto a los siguientes                         DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal
    descuentos:                                                                   de Apoyo y Asistencia a la Educación que asume las
                                                                                  funciones de las trabajadoras que ostentan plaza
    · Impuesto Sobre la Renta
     01                                                                           administrativa y solicitan licencia por gravidez.
    · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
     62
     dictada por Autoridad Judicial competente, en                                FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación
     porcentaje.                                                                  entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.

             20.- ORGANIZACIÓN DEL CICLO                                          MONTO: Se identifica con el código GA, y su importe
                     ESCOLAR-OE.                                                  se actualiza de conformidad con el Fundamento Legal.
    DESCRIPCIÓN: Prestación para Personal Docente
                                                                                  NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
    en apoyo a los gastos que se generan al inicio del ciclo
                                                                                  realiza de forma quincenal durante el periodo de
8   escolar.
                                                                                  licencia.
    FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación
                                                                                  El pago de este concepto está sujeto al siguiente
    entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.
                                                                                  descuento:
    MONTO: Se identifica con el código OE, y su importe
                                                                                  · Impuesto Sobre la Renta
                                                                                   01
    se actualiza de conformidad al Fundamento Legal.
Para personal federalizado                             PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




  23.- ASIGNACIÓN POR LA SUPERVISIÓN                      escuelas de educación secundaria técnica y
              ESCOLAR-SE                                  generales.

DESCRIPCIÓN: Esta compensación se otorga a todo           FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
el Personal Docente con categoría de supervisor,          Administración de Personal (Dirección General de
inspector de zona y jefe de sector de preescolar,         Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).
primaria y grupos afines, jefes de enseñanza e
inspector general de educación secundaria y grupos        MONTO: Se identifica con el código I-4. Se aplica de
afines.                                                   acuerdo a los importes autorizados en el tabulador
                                                          vigente.
FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación
entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.        NORMATIVIDAD: Esta compensación está vinculada
                                                          al Centro de Trabajo y se pagará a los directores y a
MONTO: Se identifica con el código SE, y su importe       personal sin categoría de director que se le comisione
se actualiza con base en el Fundamento Legal.             para esta función en doble turno. Su pago se realiza de
                                                          forma quincenal.
NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
realiza de forma quincenal.                               El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
                                                          descuentos:
El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
descuentos:                                               · Impuesto Sobre la Renta
                                                           01
                                                          · Aportaciones al Seguro de Salud
                                                           1L
· Impuesto Sobre la Renta
 01                                                       · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                           2L
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62                                                        Edad Avanzada y Vejez
 dictada por Autoridad Judicial competente, en            · Seguro de Invalidez y Vida
                                                           3L
 porcentaje.                                              · Servicios Sociales y Culturales
                                                           4L
                                                          · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                           62
              24.- VIDA CARA-VC.                           dictada por Autoridad Judicial competente, en
                                                           porcentaje.
DESCRIPCIÓN: Compensación económica que se
otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la              26.- COMPENSACIÓN QUE SE OTORGA AL
Educación para resarcir el poder adquisitivo de ese               PERSONAL DE SUPERVISIÓN
grupo de trabajadores.                                     DE SECUNDARIA GENERAL, SECUNDARIA
                                                                 TÉCNICA, TELESECUNDARIA, Y
FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación                           EDUCACIÓN FÍSICA I-2.
entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.

MONTO: Se identifica con el código VC, y su importe       DESCRIPCIÓN: Compensación que se otorga al
se actualiza con base en el Fundamento Legal.             Personal Docente que efectivamente desempeñe la
                                                          función de Supervisor de Secundaria General,
NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se               Secundaria Técnica, Telesecundaria y Educación
realiza de forma quincenal.                               Física.

El pago de este concepto está sujeto al siguiente         FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de
    descuento:                                            Administración de Personal (Dirección General de
                                                          Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62
 dictada por Autoridad Judicial competente, en            MONTO: Se identifica con el código I - 2. Su importe se
 porcentaje.                                              aplica de acuerdo a los valores señalados en el
                                                          tabulador de sueldos vigente para cada categoría y se
                                                          cubre en cada una de las plazas que ocupa el                                9
     25.- COMPENSACIÓN ADICIONAL A                        trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas.
    DIRECTORES DE DOBLE TURNO I-4.
                                                          NORMATIVIDAD: Cuando el personal beneficiario de
DESCRIPCIÓN: Compensación adicional que se                la compensación deje de desempeñar la función en
otorga al Personal Docente que de manera efectiva         forma transitoria o definitiva se suspenderá el pago.
desempeñe la función de Director de doble turno en        Su pago se realiza de forma quincenal.
PRONTUARIO 2009
     PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




     Cuando haya cambio de plaza (promoción) la                                    · fueron con goce de sueldo se computan como
                                                                                    Si
     compensación se asignará al personal que cumpla las                            tiempo efectivo
     funciones de supervisor.                                                      · fueron con goce de medio sueldo se computan
                                                                                    Si
                                                                                    dos días de licencia como uno de tiempo efectivo
                        27.- AGUINALDO-24                                          ·fueron sin goce de sueldo no se computan como
                                                                                    Si
                                                                                    tiempo efectivo.

     DESCRIPCIÓN: Prestación anual que, de acuerdo a                               Al personal que cubrió interinatos limitados (gravidez,
     las leyes vigentes en el estado de Morelos, se paga                           prepensionaria, interina limitada) se le pagará en
     cada año al Personal Docente y Personal de Apoyo y                            forma proporcional, previa solicitud del trabajador.
     Asistencia a la Educación con un monto equivalente a
     noventa días de salario, misma que se paga en dos                             Los trabajadores que causen baja en el servicio,
     exhibiciones, la primera parte en el mes de diciembre y                       tendrán derecho al pago de la parte proporcional de
     la segunda en el mes de enero del siguiente año.                              aguinaldo de acuerdo con el tiempo efectivo de
                                                                                   servicios prestados, previa solicitud del interesado.
     FUNDAMENTO LEGAL: Decreto Presidencial Anual,
     Ley del Servicio Civil de Carrera del Estado de Morelos                       Al personal que cause baja por fallecimiento antes de
     y Manual de Normas de Administración de Personal                              la fecha del primer pago, se le cubrirá esta percepción
     (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección                           a sus beneficiarios o representantes legales, en forma
     Técnica Normativa).                                                           proporcional o total al tiempo de servicios efectivos
                                                                                   prestados. Si la baja por fallecimiento fuera con
     MONTO: Se identifica con el código 24. El pago por                            posterioridad a la primera fecha de pago y con
     este concepto alcanza un monto de 90 días de salario                          anterioridad a la segunda, el aguinaldo se cubrirá en
     de la categoría que ostente el trabajador. Como el                            forma íntegra.
     monto excede de 15 días de salario, la legislación
     laboral autoriza que se pague un 50% antes del 15 de                          El pago de aguinaldo está sujeto a la deducción del
     diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del                       Impuesto Sobre la Renta (01). Por gestiones del
     siguiente año. Para su cálculo se consideran los                              Sindicato Nacional de Trabajadores de la
     conceptos para Personal Docente: 07-7E, Q1-Q5, T1-                            Educación ante la Secretaría de Hacienda, este
     T3, MA, DO, FC, E9-EE, E5, 30 y para Personal de                              impuesto no grava para esta prestación.
     Apoyo y Asistencia a la Educación: 07 y 06 según
     corresponda a cada trabajador.                                                Procederá el descuento por pensión alimenticia, en
                                                                                   virtud de orden dictada por Autoridad Judicial
     NORMATIVIDAD: Cuando el trabajador causó baja                                 Competente, en porcentaje.
     antes de la quincena 22 se le pagará en forma
     proporcional o total según corresponda con el valor de                        La acción para exigir esta gratificación, prescribirá al
     su última categoría, de acuerdo con el tiempo efectivo                        término de un año, contado a partir de las fechas
     de servicios prestados, previa solicitud del trabajador.                      máximas señaladas para su pago.

     Para el personal que presta servicios mediante                                          28- PRIMA VACACIONAL-32.
     categorías con valor de hora semana mes, que tuvo
     incrementos en horas se considera lo siguiente:
                                                                                   DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal
     · su número de horas de antecedente y las
      Si                                                                           Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la
      adicionales se compactan en una sola plaza en el                             Educación que tiene derecho a vacaciones.
      mismo subsistema se le otorgará el aguinaldo con
      base en la plaza vigente a la fecha del primer                               FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 30 y 40 de la Ley
      pago                                                                         Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y
     · el número de horas de antecedente se
      Si                                                                           Manual de Normas de Administración de Personal
      mantiene en la misma plaza y las horas                                       (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección
      adicionales se asignan en otra plaza, le                                     Técnica Normativa)
10
      corresponde el pago completo en las primeras y
      el pago proporcional en la otra por el tiempo de                             MONTO: Se identifica con el código 32. Su importe es
      servicios efectivos prestados.                                               equivalente a 5 días pagaderos en la quincena 24 y 7
                                                                                   días en el periodo vacacional de Semana Santa. Se
     Para el trabajador que gozó de licencia(s) se                                 consideran los siguientes conceptos de pago: 07-7E,
     considera lo siguiente:                                                       Q1-Q5, T1-T3, MA, DO, FC, E9-EE, E5, 30 y 06.
Para personal federalizado                               PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




NORMATIVIDAD: Tiene derecho al pago de la prima             · años o más sin llegar a 25, cuatro
                                                             20
vacacional el Personal Docente, Directivo y Personal         quinquenios: A4
de Apoyo y Asistencia a la Educación incorporado al         · años o más, cinco quinquenios: A5.
                                                             25
Modelo de Educación Básica que acredite tener más
de seis meses de servicios prestados                        Para el cómputo de los años de servicio no se tomarán
ininterrumpidamente en la plaza, a la fecha de pago.        en cuenta los periodos en que se presenten las
                                                            siguientes incidencias: cuando el personal goce de
Queda excluido de este pago el Personal Docente y           cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo, faltas
Directivo que cubra cualquier tipo de interinato            injustificadas, suspensión de labores por sanción.
limitado o que haya disfrutado de cualquier tipo de
licencia sin goce de sueldo durante el período que          El trámite para el pago de esta percepción, a través de
corresponde al pago.                                        solicitud por escrito, se realizará en dos periodos: el
                                                            primero de marzo de cada año, al personal de
La acción para exigir su pago prescribe al término de       preescolar, primaria y grupos afines; y el segundo, en
un año, contado a partir de la quincena en que debió        septiembre de cada año, para el personal de
efectuarse su pago por haber acreditado su derecho al       posprimaria y grupos afines.
mismo.
                                                            El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
El pago de este concepto está sujeto al siguiente           descuentos:
    descuento:
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62                                                         · Impuesto Sobre la Renta
                                                             01
 dictada por Autoridad Judicial competente, en              · Aportaciones al Seguro de Salud
                                                             1L
 porcentaje.                                                · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
                                                             2L
                                                             Edad Avanzada y Vejez
  29.- PRIMA QUINQUENAL POR AÑOS DE                         · Seguro de Invalidez y Vida
                                                             3L
        SERVICIO PARA PERSONAL                              · Servicios Sociales y Culturales
                                                             4L
          ADMINISTRATIVO-A1-A5.                             · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                             62
                                                             dictada por Autoridad Judicial competente, en
                                                             porcentaje.
DESCRIPCIÓN: Es la percepción adicional a que
tiene derecho el Personal de Apoyo y Asistencia a la
Educación por cada cinco años de servicios efectivos,
                                                              30.- ESTÍMULO “POR AÑOS DE SERVICIO
de acuerdo con la antigüedad en el sistema, y se
incrementará en cada uno de los periodos                             AL PERSONAL DOCENTE”.
subsecuentes.
                                                            DESCRIPCIÓN: Reconocimiento que se hace, por su
FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 34, segundo                      permanencia en el servicio, al Personal Docente que
párrafo, de la Ley Federal de los Trabajadores al           cumple 15, 20, 25, 30, 35 y 40 años de servicio de
Servicio del Estado.                                        acuerdo con la siguiente clasificación:

MONTO: Se identifica con el código A1 – A5. Su
importe se cubrirá de acuerdo a los valores señalados
en el tabulador vigente.

NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es
quincenal además de ser improcedente para personal
interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de
becario) y para personal que disfrute cualquier tipo de
licencia sin goce de sueldo.

Para su aplicación deberá observarse la siguiente
distribución:                                                                                                                           11

· años o más sin llegar a 10, un quinquenio: A1
 5
· años o más sin llegar a 15, dos quinquenios:
 10
 A2
· años o más sin llegar a 20, tres quinquenios:
 15
PRONTUARIO 2009
     PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




     FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de                                         Secretaría de Educación Pública, o en las entidades
     Administración de Personal (Dirección General de                              federativas o instituciones particulares incorporadas a
     Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa).                             los sistemas educativos de los estados o de la
                                                                                   federación.
     MONTO: Será de acuerdo a los valores vigentes de
     cada año.                                                                     Si fallece la persona a cuyo favor se está tramitando
                                                                                   algún reconocimiento, que se declara dictaminado, la
     NORMATIVIDAD: El reconocimiento consiste en un                                entrega se hará a los beneficiarios designados ante el
     diploma, medalla y numerario.                                                 ISSSTE y a falta de esta designación, el albacea o
     Durante la primera quincena de octubre de cada año                            titular de la representación legal de la sucesión
     se emitirá la convocatoria para que se inscriban los                          correspondiente. Los trámites relativos se harán ante
     trabajadores que aspiren recibir los reconocimientos                          la Dirección de Personal y Relaciones Laborales.
     respectivos. En la convocatoria se señalarán las
     bases, requisitos y plazos, los cuales serán                                  Procede el recurso de revisión contra las resoluciones
     improrrogables.                                                               emitidas con el objeto, siempre y cuando proceda, que
                                                                                   se confirmen, revoquen o modifiquen las resoluciones
     Las solicitudes contendrán: nombre, clave, filiación,                         de las autoridades respecto de la dictaminación de los
     adscripción, puesto que desempeña, fecha de ingreso                           reconocimientos. Este recurso puede ser solicitado
     al servicio, domicilio y el teléfono de la dependencia                        por el interesado, el sindicato o la autoridad.
     donde presta sus servicios, y se deberá anexar, último
     talón de pago.                                                                Las solicitudes pueden presentarse por el interesado,
                                                                                   por la representación sindical o por las autoridades
     La antigüedad se determinará a través de los estudios                         oficiales.
     que se hagan de los expedientes de los trabajadores,
     o de las constancias oficiales que presenten los                              El pago de este concepto está sujeto al siguiente
     interesados. Consecuentemente, en el caso de que                                 descuento:
     los expedientes se encuentren incompletos, los
     reconocimientos no se autorizarán hasta en tanto                              · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                    62
     dichos interesados presenten las constancias                                   dictada por Autoridad Judicial competente, en
     oficiales que acrediten las omisiones del expediente.                          porcentaje.

     Quedan excluidos de los estímulos y recompensas,
     los trabajadores que al momento de la dictaminación
     de algún reconocimiento no mantengan su relación                              31.- RECONOCIMIENTO “IGNACIO MANUEL
     laboral, excepto los profesores con 29 años 6 meses y                         ALTAMIRANO” DEL PROGRAMA NACIONAL
     las profesoras con 27 años 6 meses que hayan                                         DE CARRERA MAGISTERIAL.
     solicitado estimulo por 30 años de servicio y estén
     retirados del servicio antes del 15 de mayo del año de
     la promoción.
                                                                                   DESCRIPCIÓN: Estímulo económico que se otorga a
     Los tiempos efectivos de servicios sólo se computarán                         los maestros frente a grupo de preescolar, primaria,
     dentro de cada una de las categorías en que se                                secundaria y grupos afines que obtienen los más altos
     hubiere cumplido la antigüedad; sólo es permisible,                           puntajes en cada etapa del Programa de Carrera
     sumar antigüedades en el desempeño de funciones                               Magisterial a fin de reconocer la labor magisterial, de
     docentes con las acumuladas en el desempeño de                                manera que se logre revalorar la función del maestro y
     actividades administrativas, técnicas y manuales o                            el aprecio social por su trabajo.
     viceversa, sólo en caso de haber recibido estímulo en
     las plazas de antecedente.                                                    FUNDAMENTO LEGAL: Acuerdo Presidencial del 10
                                                                                   de febrero de 1993 y Convenio de Negociación entre el
     Estos estímulos y recompensas se otorgarán por una                            Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19.
     sola vez, en las oportunidades que se señalan. Se
12   entregan el 15 de mayo de cada año de acuerdo al                              MONTO: El determinado en el presupuesto anual.
     Convenio de Negociación entre el Gobierno del
     Estado y el SNTE-Sección 19.                                                  NORMATIVIDAD: Se otorgará anualmente en cada
                                                                                   entidad federativa y en el Distrito Federal al mejor
     El reconocimiento “MAESTRO IGNACIO MANUEL                                     maestro frente a grupo de cada uno de los niveles de
     ALTAMIRANO” se otorga a los maestros que han                                  educación básica –preescolar, primaria y secundaria-
     cumplido 40 años de trabajo docente al servicio de la                         incluyendo en estos niveles a todas sus modalidades.
Para personal federalizado                             PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




Serán candidatos todos los maestros frente a grupo            condiciones para otorgar el reconocimiento; llevar el
del país, que cuenten con la evaluación                       registro de integración de los Jurados y otorgar a éstos
correspondiente del Programa de Carrera Magisterial.          los apoyos técnicos que necesiten para el correcto
                                                              cumplimiento de sus funciones; llevar el libro de honor;
El reconocimiento consistirá en la entrega de un              resolver en definitiva los casos no previstos en el
diploma y de la cantidad en numerario que,                    Acuerdo, y las demás que resulten necesarias para el
anualmente, determine la Secretaría de Educación              otorgamiento del Reconocimiento.
Pública.
                                                              Las funciones de los Jurados serán: elegir a los
Los órganos para el otorgamiento del reconocimiento           maestros acreedores al reconocimiento, con base en
son:                                                          el listado de candidatos que le sea turnado por la
                                                              autoridad educativa correspondiente, y autentificar
I.  El Consejo del “Reconocimiento Ignacio Manuel             con la firma de sus integrantes las decisiones que
    Altamirano al desempeño en            Carrera             tomen y turnarlas al Consejo.
    Magisterial”, y
II. Los jurados.                                              Los Jurados sesionarán de conformidad con las
                                                              disposiciones que emita el Consejo. Los miembros de
El Consejo está integrado por:                                los Jurados están obligados a guardar reserva sobre
                                                              los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus
I.   El Secretario de Educación Pública, quien lo             funciones.
     presidirá
II. El Subsecretario de Educación Básica, quien será          El Consejo promoverá que se proporcione a los
     el Vicepresidente                                        jurados respectivos, una lista con los nombres de los
III. El Subsecretario de Coordinación Educativa, el           maestros que cada año hayan obtenido las diez
     Rector de la Universidad Pedagógica Nacional, el         mejores puntuaciones globales dentro del Sistema de
     Presidente del Consejo Nacional Técnico de la            Evaluación del Programa de Carrera Magisterial, en
     Educación                                                cad? uno de los niveles mencionados en el artículo
IV. El Oficial Mayor de la Secretaría de Educación            primero.
     Pública, quien fungirá como Secretario Técnico.
                                                              En caso de empate en la votación, el presidente del
El Presidente del Consejo podrá invitar a un                  Jurado tendrá voto de calidad.
Representante del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación, así como a un                   Los Jurados remitirán al Consejo los nombres de los
representante de la Asociación Nacional de Padres de          maestros ganadores en cada uno de los niveles de
Familia.                                                      Educación Básica.

Cada miembro del Consejo acreditará ante la                   Las sesiones de los jurados serán privadas, sus
Secretaría Técnica a su suplente.                             votaciones secretas, y sus decisiones irrevocables e
                                                              inapelables.
El Consejo promoverá ante las correspondientes
autoridades educativas la creación de un Jurado en            El libro de honor contendrá un registro de los nombres
cada entidad federativa y en el Distrito Federal, el cual     de los maestros a quienes se otorgue el
se integrará, cuando menos, con sendos                        reconocimiento, así como la fecha y el lugar de
representantes de la autoridad educativa estatal,             entrega.
quien lo presidirá; en su caso, del organismo
descentralizado encargado de operar el sistema de             Para los integrantes de la Sección 19 que participan
educación básica en la entidad federativa; en su caso,        en el proceso de evaluación del Programa Nacional
del Consejo Estatal Técnico de la Educación; de una           de Carrera Magisterial se entregan los siguientes
Institución Pública Formadora de Maestros, así como           premios a nivel estatal:
con un representante del magisterio por cada uno de
los tres niveles de educación básica.                         1.     Diploma de reconocimiento
                                                              2.     Medalla                                                              13
Asimismo, el Jurado podrá invitar a un representante          3.     Aportación económica, cantidad que se revisará
del Sindicato Nacional de Trabajadores de la                         cada año en los Convenios de Negociación entre
Educación y de la Asociación Estatal de Padres de                    el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19,
Familia.                                                             distribuidos de la siguiente manera:

Las funciones del Consejo serán: fijar los términos y
PRONTUARIO 2009
     PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




     ·Preescolar y Primaria: primer lugar en las tres                              · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                    62
      vertientes                                                                    dictada por Autoridad Judicial competente, en
     · cundarias Generales, Técnicas y
      Se                                                                            porcentaje.
      Telesecundaria: primer lugar en primera y
      segunda vertientes y en todo el Modelo de
      Secundaria, primer lugar de la tercera vertiente
                                                                                   33.- COMPENSACIÓN POR LA DIRECCIÓN Y
     ·Educación Especial, Educación Física y
                                                                                        SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES DE
      Educación Extraescolar al primer lugar de la
      primera y segunda vertientes                                                    FORTALECIMIENTO CURRICULAR-FC.
     · Educación Especial: primer lugar de la tercera
      En
      vertiente
     · Educación Tecnológica y Artística: primer lugar
      En                                                                           DESCRIPCIÓN: Es la Compensación Adicional que
      de la primera vertiente.                                                     se otorga al Personal Directivo de Educación Básica
                                                                                   por la Dirección y Supervisión del desempeño de
     Totalizando 23 estímulos estatales.                                           actividades de Fortalecimiento Curricular.

     El pago de este concepto está sujeto al siguiente                             FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
         descuento:                                                                Salarial Nacional SEP-SNTE.

     · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
      62                                                                           MONTO: El monto de la ayuda económica será el que
      dictada por Autoridad Judicial competente, en                                se encuentre vigente al momento del pago, su importe
      porcentaje.                                                                  se revisa cada año con base en el Fundamento Legal.
                                                                                   El pago de esta prestación se realizará de forma
                                                                                   quincenal y en las categorías que acrediten el pago.
               32.-AYUDA PARA SERVICIOS-46.
                                                                                   NORMATIVIDAD:
                                                                                   1. La última etapa para otorgar esta compensación
     DESCRIPCIÓN: Es una ayuda económica que se                                       fue el 1° de marzo de 1993, motivo por el cual ya
     otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la                                    no podrá otorgarse con posterioridad a esta fecha
     Educación del Catálogo Institucional de Puestos,                                 al personal directivo y de supervisión que lo
     hasta el nivel 27ZB.                                                             solicite.
                                                                                   2. No serán sujetos al pago de esta compensación el
     FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación                                          personal Directivo de los Subsistemas de
     Salarial Nacional SEP-SNTE.                                                      Educación Preescolar, Primaria y Especial, que
     MONTO: El importe de este concepto se aplica de                                  tienen asignada una plaza de las categorías
     acuerdo a los valores señalados en el tabulador                                  directivas de Tiempo Completo Titulada en la
     vigente y se cubre en cada uno de los puestos que                                Licenciatura de Preescolar o Primaria de la
     ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de los                             Universidad Pedagógica Nacional.
     mismos.                                                                       3.   Al personal que cause baja definitiva en la plaza
     NORMATIVIDAD: El pago de este concepto se                                          que se le otorga el FC, se le dejará de pagar este
     identificará con el código 46, pagándose de forma                                  concepto automáticamente y sólo podrá ser
     quincenal.                                                                         asignado a la persona que ocupe la vacante si
     Es improcedente el pago de este concepto, cuando el                                tiene como antecedente plaza de 13 horas con
     personal:                                                                          Fortalecimiento Curricular, de 3/4 de tiempo con
                                                                                        Fortalecimiento Curricular o plaza Directiva con
     ·Disfrute de cualquier tipo de licencia sin goce de                                Fortalecimiento Curricular.
      sueldo                                                                       4. Cuando se necesita cubrir alguna vacante en
     ·Ostente algún puesto de los niveles 27B, 27C o                                  forma provisional en alguna plaza Directiva que
      de Servidor Público de mando y homólogo.                                        tenga asociada la Compensación FC, si el
                                                                                      trabajador tiene como antecedente plaza de 13
14   La acción para exigir el pago de este concepto,
                                                                                      horas con Fortalecimiento Curricular, de 3/4 de
     prescribirá al término de un año, contado a partir de la
                                                                                      tiempo con Fortalecimiento Curricular o plaza
     quincena en que se omitió el pago o se haya
                                                                                      Directiva con Fortalecimiento Curricular podrá
     efectuado con inconsistencias en el importe.
                                                                                      otorgársele, en caso contrario no procederá su
     El pago de este concepto está sujeto al siguiente
                                                                                      asignación.
     descuento:
Para personal federalizado                               PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS




5.   Cuando el Titular de la plaza reanude el servicio      2. El trabajador que no cumpla con alguna de las
     después de haber disfrutado de licencia sin goce          condiciones antes señaladas, no tendrá derecho
     de sueldo y continúe desempeñando la función              a recibir la asignación de la ayuda para
     directiva o de supervisión, se le deberá reactivar        actividades de supervisión.
     el pago de esta compensación.                          3. En virtud de que una de las condiciones para
6.   Al personal directivo y de supervisión que tenga          asignar el pago de la ayuda para actividades de
     asignado el pago de la compensación FC, al                supervisión está en función de que efectivamente
     ingresar a Carrera Magisterial, se le dejará de           se desempeñen las actividades de inspección,
     pagar ésta, otorgándose el nivel de Carrera que           esta ayuda económica no se cubrirá cuando el
     corresponda por su ingreso a la misma.                    personal goce de cualquier tipo de licencia.
                                                            4. El concepto de la ayuda para actividades de
El pago de este concepto está sujeto a los siguientes          supervisión es inherente a la categoría propia de
descuentos:                                                    inspección y no a la persona que la desempeña,
                                                               por lo que el trabajador al cambiar a otra categoría
· Impuesto Sobre la Renta
 01                                                            o función de diferente naturaleza, perderá el
· Aportaciones al Seguro de Salud
 1L                                                            derecho a recibirla.
· Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en
 2L                                                         5. La ayuda para actividades de supervisión se
 Edad Avanzada y Vejez                                         identifica con el código 40.
· Seguro de Invalidez y Vida
 3L                                                         6. Los trabajadores que tengan asignados los tipos
· Servicios Sociales y Culturales
 4L                                                            de nombramiento "Alta Interina Provisional" (95),
· Pensión Alimenticia, cuando exista orden
 62                                                            "Alta Interina Limitada" (20) y "Alta en
 dictada por Autoridad Judicial competente, en                 Pensión"(25), tendrán derecho a recibir la ayuda
 porcentaje.                                                   correspondiente, durante los efectos de su
                                                               nombramiento, siempre y cuando cumplan con la
                                                               función de inspección y se encuentren adscritos
     34.- AYUDA PARA ACTIVIDADES DE                            en el centro de trabajo respectivo.
             SUPERVISIÓN-40.                                La acción para exigir el pago de este concepto,
                                                            prescribirá en el término de un año, contado a partir de
                                                            la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a
DESCRIPCIÓN. Se otorga al personal de Preescolar            recibirla.
y Primaria con categoría y en funciones de Inspector
y/o Jefe de Sector adscrito a centro de trabajo de
                                                            El pago de este concepto está sujeto al siguiente
Supervisión Escolar. Así mismo se otorga al personal
                                                            descuento:
de Secundarias Generales, Técnicas y
Telesecundarias con categoría y en funciones de Jefe             · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                  62
de Enseñanza e Inspector en Telesecundarias.                      dictada por Autoridad Judicial competente,
                                                                  en porcentaje.
FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
Salarial Nacional SEP-SNTE.
                                                                35.- ASIGNACIÓN PARA PERSONAL DE
MONTO: El monto de la ayuda económica será el que                     MISIONES CULTURALES-MC.
se encuentre vigente al momento del pago, su importe
se revisa cada año de acuerdo a lo estipulado en el         DESCRIPCIÓN: Se otorga al personal adscrito a
Fundamento Legal. El pago de esta prestación se             Misiones Culturales en apoyo a sus actividades.
realizará de forma quincenal y en las categorías que
acrediten el pago.                                          FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
                                                            Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de
                                                            Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-
NORMATIVIDAD:
                                                            Sección 19.
1. La ayuda para actividades de supervisión
                                                            MONTO: El monto de la ayuda económica será el que                           15
   exclusivamente se debe otorgar a quien tenga
                                                            se encuentre vigente al momento del pago, su importe
   asignada la categoría propia de inspección del
                                                            se revisa cada año.
   servicio educativo correspondiente, desempeñe
   la función y esté adscrito en centro de trabajo de       NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se
   inspección autorizado para tal efecto.                   realizará de forma trimestral y en las categorías que
                                                            acrediten el pago, considerándose los siguientes
                                                            criterios:
PRONTUARIO 2009
     PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS                          Para personal federalizado




     1.- Esta asignación se otorgará al personal que se                            Educación Pública, identificándose con el código de
     encuentre en servicio activo al momento del pago,                             pago 79 "Asignación de Apoyo a la Docencia”.
     con un mínimo de antigüedad de 6 meses laborados.                             El pago de este concepto está sujeto al siguiente
     2.- Al Personal Docente que cuente con dos o más                              descuento:
     plazas, se le cubrirá dicha asignación en sólo en una                         · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                    62
     de ellas, siempre y cuando cumpla con la totalidad de                          dictada por Autoridad Judicial competente, en
     los requisitos.                                                                porcentaje.
     3.- Para determinar el tiempo de servicios efectivos
     prestados o legalmente remunerados, se computarán
     las siguientes incidencias:
                                                                                       37.-COMPENSACIÓN A PERSONAL
     ·Licencias sin goce de sueldo.                                                  ADSCRITO A ESCUELAS UNITARIAS-E3.
     4.- Se identificará con el código MC.
     5.- Es improcedente el pago de este concepto,                                 DESCRIPCIÓN: Es la compensación que se otorga al
           cuando el personal cubra cualquiera de los                              Personal Docente de primarias que se encuentre
           siguientes interinatos limitados:                                       adscrito a centros de trabajo los cuales se encuentren
                                                                                   catalogados en comunidades dispersas y de difícil
     · Alta en Gravidez (C-24)                                                     acceso, con enseñanza multigrado.
     · Alta en Pensión (C-25)
                                                                                   FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
     · Sustituto de Becario (C-48)                                                 Salarial Nacional SEP-SNTE.
     · Disfrute de cualquier tipo de Licencia sin Goce                             MONTO: El monto de la ayuda económica será el que
       de Sueldo.                                                                  se encuentre vigente al momento del pago, su importe
     La acción para exigir el pago de este concepto,                               se revisa cada año de acuerdo con el Fundamento
     prescribirá en el término de un año, contado a partir de                      Legal.
     la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a                        NORMATIVIDAD.- El pago de esta prestación se
     recibirla.                                                                    realizará de forma quincenal, considerándose los
     El pago de este concepto está sujeto a los siguientes                         siguientes criterios:
     descuentos:                                                                   1.- El importe de este concepto es el equivalente al
                                                                                   sueldo tabular de una plaza inicial.
     · Impuesto Sobre la Renta
      01
                                                                                   2.- Este concepto se pierde al tener cambio de centro
     · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
      62                                                                           de trabajo, y al personal que se incorpore por permuta
      dictada por Autoridad Judicial competente, en                                ya no se le asignará por ser transformado, con base en
      porcentaje.                                                                  un acuerdo nacional, al programa de REDES de
                                                                                   PRONALES.
             36.- ASIGNACIÓN DE APOYO A LA
                      DOCENCIA-79.                                                 3.- Debe ser Informado vía Movimiento de Personal.
                                                                                   5.- El pago de esta prestación se efectuará, a través de
     DESCRIPCIÓN: Se otorga al Personal de Apoyo y                                 cheque de la Secretaría de Educación Pública,
     Asistencia a la Educación del Catálogo Institucional                          identificándose con el código de pago E3
     de Puestos de la Secretaría de Educación Pública,                             "Compensación al Personal Adscrito a Escuelas
     con tipo de nombramiento (10) Alta Definitiva, (95)                           Unitarias”.
     Alta Provisional, (96) alta de Confianza y (97) y
                                                                                   La acción para exigir el pago de este concepto,
     mandos medios y superiores.
                                                                                   prescribirá en el término de un año, contado a partir de la
                                                                                   fecha en que el trabajador acredite tener derecho a
     FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación
                                                                                   recibirlo.
     Salarial Nacional SEP-SNTE.
     MONTO: El monto de la ayuda económica será el que                             El pago de este concepto está sujeto a los siguientes
16   se encuentre vigente al momento del pago, su importe                          descuentos:
     se revisa cada año de acuerdo con el Fundamento
     Legal.                                                                        · Impuesto Sobre la Renta
                                                                                    01
     NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es por                               · Pensión Alimenticia, cuando exista orden
                                                                                    62
     trabajador y se realiza de forma quincenal, se                                 dictada por Autoridad Judicial competente, en
     efectuará a través de cheque de la Secretaría de                               porcentaje.
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PDF Prestaciones Económicas IEBEM/SNTE

  • 1. PRONTUARIO DE PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS 2009
  • 2. Int roducción Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Introducción L a Secretaría de Educación, el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación con base en el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal, el Convenio en el que el Gobierno Federal transfiere los Servicios de Educación Básica al Estado de Morelos y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos en sus artículos 2, 3 y 4, así como lo establecido en el Estatuto del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en el Capítulo III, Artículo 13, han acordado consolidar aspectos fundamentales, hacia la profesionalización de los actores educativos en el marco de la Alianza por la Calidad de la Educación. El difundir y socializar con el Trabajador de la Educación las prestaciones a que tiene derecho, el desburocratizar los procesos de gestión, el unificar el uso diferenciado de información que se presenta en los diferentes niveles educativos, el fortalecer la política de gestión sindical y por ende institucionalizar los procesos que tanto el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación vía la Sección 19, la Secretaría de Educación, el Instituto de la Educación Básica del Estado Morelos y el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado realizan, para atender de manera integral los asuntos que les atañen, posibilita una verdadera Cultura de la Legalidad, Transparencia y de Gestión ágil y expedita. Con base en estas premisas, se ha elaborado el Prontuario de Prestaciones para Trabajadores de la Educación Básica del Estado de Morelos, el cual contiene los insumos generales de mayor uso en el ejercicio cotidiano del servicio educativo, así como los elementos normativos más usuales que regulan la relación laboral entre los trabajadores y el IEBEM. Este prontuario contiene tres apartados fundamentales: I.- Prestaciones Económicas II.- Prestaciones Laborales III.- Prestaciones de Seguridad Social. El presente documento posibilita y obliga a proporcionar un mejor servicio y atención al Trabajador de la Educación en todos aquellos procedimientos legales, administrativos, profesionales, laborales y de prestaciones económicas a que tiene derecho. La Secretaría de Educación Pública a través del IEBEM y el SNTE a través de la Sección 19, ratifican su corresponsabilidad en mejorar los servicios 1 educativos y el profesionalizar las áreas sustantivas de la administración, impulsando así una mejor gestión y atención al trabajador.
  • 3. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado I 2.- AYUDA DE DESPENSA-38. DESCRIPCIÓN: Ayuda económica quincenal que se otorga para coadyuvar a elevar la capacidad PRESTACIONES adquisitiva de bienes de consumo de los trabajadores. FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación ECONÓMICAS Salarial Nacional SEP-SNTE. MONTO: Se identifica con el código 38. Se aplica de 1.- SUELDO TABULAR-07. acuerdo a los valores señalados en el tabulador vigente y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de las DESCRIPCIÓN: Se entiende por sueldo, la mismas. percepción que se consigna en el tabulador para cada categoría y que se paga al trabajador a cambio de sus NORMATIVIDAD: Su pago es para Personal Docente servicios prestados. y Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación. FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 32 de la Ley Federal Su pago es improcedente a personal interino (por de los Trabajadores al Servicio del Estado. gravidez, por pensión, por sustituto de becario). MONTO: Se identifica con el código 07. Su importe se El pago de este concepto está sujeto a los siguientes aplica de acuerdo a los valores señalados en el descuentos: tabulador de sueldos vigente para cada categoría y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el 01 Impuesto Sobre la Renta ? trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas. 62 Pensión Alimenticia, cuando exista orden ? dictada por Autoridad Judicial competente, en NORMATIVIDAD: Para el personal docente que se porcentaje. incorpore o promocione a Carrera Magisterial el concepto se identificará según el nivel salarial que se trate: 7A, 7B, 7C, 7D, 7E. 3.- AYUDA PARA MATERIAL DIDÁCTICO-39. La acción para exigir el pago de este concepto, DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se prescribirá al término de un año, contado a partir de la proporciona para la adquisición de material escolar, la fecha en que sea devengado. cual sirve de apoyo para el desarrollo de las funciones pedagógicas del Personal Docente. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de descuentos: Administración de Personal (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Salud 1L MONTO: Se identifica con el código 39. Su importe es · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L acorde a los valores señalados en el tabulador vigente Edad Avanzada y Vejez y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el · Seguro de Invalidez y Vida 3L trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas. · Servicios Sociales y Culturales 4L · Cuota Sindical 58 NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es · Seguro Colectivo de Retiro 77 quincenal además de ser improcedente a personal · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de dictada por Autoridad Judicial competente, en becario). porcentaje. 2 El pago de este concepto está sujeto a los siguientes Con base en la reforma a la Ley del ISSSTE, a descuentos: partir de la primera quincena de mayo de 2009 los conceptos 1L, 2L, 3L y 4L, sustituyen los · Impuesto Sobre la Renta 01 conceptos de deducciones 02 y 04 (Fondo de · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 Pensiones y Diversas Prestaciones ISSSTE y dictada por Autoridad Judicial competente, en Servicio Médico y Maternidad). porcentaje.
  • 4. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS 4.- PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE-44. · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Salud 1L DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a Edad Avanzada y Vejez la Educación. · Seguro de Invalidez y Vida 3L · Servicios Sociales y Culturales 4L FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 Administración de Personal (Dirección General de dictada por Autoridad Judicial competente, en Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). porcentaje. MONTO: Se identifica con el código 44. Su importe se aplica de acuerdo a los valores señalados en el 6.- ASIGNACIÓN POR SERVICIOS tabulador vigente y se cubre en cada uno de las plazas COCURRICULARES-SC. que ocupe el trabajador, conforme a la naturaleza de los mismas. DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al Personal Docente por actividades paralelas al servicio NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es docente denominadas cocurriculares, tales como quincenal además de ser improcedente a personal apoyo, capacitación o refuerzo del aprendizaje. interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario). FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE, Manual de Normas de El pago de este concepto está sujeto a los siguientes Administración de Personal (Dirección General de descuentos: Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). · Impuesto Sobre la Renta 01 MONTO: Se identifica con el código SC. Su importe se · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 aplica conforme al tabulador vigente autorizado para dictada por Autoridad Judicial competente, en la categoría que ostente el docente o de la cual porcentaje. provenga. 5.- ASIGNACIÓN DOCENTE GENÉRICA-E9. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es quincenal. DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal Docente, independientemente del centro de trabajo El pago de este concepto está sujeto a los siguientes en que preste sus servicios o tenga radicadas sus descuentos: percepciones, siempre que ocupe una de las categorías de los niveles educativos · Impuesto Sobre la Renta 01 correspondientes. · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dictada por Autoridad Judicial competente, en FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de porcentaje. Administración de Personal (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). 7.-COMPENSACIÓN PROVISIONAL MONTO: Se identifica con el código E9. El importe se COMPACTABLE-CC. aplica de acuerdo a los valores señalados en el tabulador vigente y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de DESCRIPCIÓN: Compensación que se otorga al las mismas. Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación a fin de apoyar su poder adquisitivo. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se realiza de forma quincenal. Al personal que se FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de incorpore a Carrera Magisterial, este pago se Administración de Personal (Dirección General de identificará con los códigos EA, EB, EC, ED y EE. Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa), 3 Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y Su pago es improcedente a personal interino (por Convenio de Negociación entre el Gobierno del gravidez, por pensión, por sustituto de becario). Estado y el SNTE-Sección 19. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes MONTO: Será el determinado en los tabuladores descuentos: vigentes. Se identifica con el código CC.
  • 5. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es El nivel correspondiente recepciona la solicitud para quincenal. Esta compensación será aplicable al efectos de trámite durante todo el ciclo escolar. El personal de educación básica que se encuentre pago de esta percepción se realizará (de inicio) en la ubicado en el tabulador II. En la medida en que la quincena 5 para educación elemental y en la quincena instancia respectiva autorice una modificación al valor 17 para educación media (únicamente se tramita el actual de la zona económica II, esta compensación primer quinquenio, los posteriores se actualizan de variará o desaparecerá. forma automática). El pago de esta compensación, está sujeto de los siguientes descuentos: El pago de este concepto está sujeto a los siguientes descuentos: · Impuesto Sobre la Renta 01 · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 · Impuesto Sobre la Renta 01 dictada por Autoridad Judicial competente, en porcentaje. · Aportaciones al Seguro de Salud 1L · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L Edad Avanzada y Vejez 8.- ACREDITACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO · Seguro de Invalidez y Vida 3L EN LA DOCENCIA/ Q1-Q5. · Servicios Sociales y Culturales 4L · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 DESCRIPCIÓN: Es la percepción adicional a que dictada por Autoridad Judicial competente, en tiene derecho el Personal Docente, por cada cinco porcentaje. años de servicios efectivos, de acuerdo con la antigüedad en la docencia la cual se incrementará en 9.- AYUDA PARA ÚTILES ESCOLARES-UE. cada uno de los periodos subsecuentes. DESCRIPCIÓN: Prestación anual que se otorga al FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, a fin Administración de Personal (Dirección General de de coadyuvar a elevar su poder adquisitivo al inicio Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) y del ciclo escolar. Artículo 34, segundo párrafo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE. MONTO: Se identifica con el código Q1 – Q5. Su importe se cubrirá de acuerdo a los valores señalados MONTO: Se identifica con el código UE y su importe en el tabulador vigente. se revisa cada año de acuerdo a lo estipulado en el Fundamento Legal. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es quincenal además de ser improcedente a personal NORMATIVIDAD: Se requisita formato distribuido por interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de las Delegaciones Sindicales o Centro de Trabajo becario). realizándose el pago en la quincena 18. Para su aplicación deberá observarse la siguiente REQUISITOS: distribución: ·Copia fotostática del acta de nacimiento ·años o más sin llegar a 10, un quinquenio: Q1 5 ·Constancia de inscripción al ciclo escolar del · años o más sin llegar a 15, dos quinquenios: 10 hijo/a del trabajador Q2 ·Copia fotostática del último talón de pago. · años o más sin llegar a 20, tres quinquenios: 15 Q3 10.- BONO DEL “DÍA DEL MAESTRO”-BM. · años o más sin llegar a 25, cuatro quinquenios: 20 Q4 DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al · años o más, cinco quinquenios: Q5 25 Personal Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a 4 la Educación, en el mes de mayo con motivo del “Día Para el cómputo de los años de servicio no se tomarán del Maestro”. en cuenta los periodos en que se presenten las siguientes incidencias: cuando el personal goce de FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo, faltas entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. injustificadas, suspensión de labores por sanción. MONTO: Se identifica con el código BM, y su importe
  • 6. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS se actualiza anualmente con base en el Fundamento No participan en el otorgamiento de este Legal. reconocimiento: NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se Los trabajadores con menos de 6 meses de ? realizará el 15 de mayo de cada año, a todo el personal servicio. que estuvo activo hasta la quincena 9. El personal que se encuentre comisionado fuera ? de su centro de trabajo de adscripción El personal que ostente una licencia con o sin goce ? 11.- BONO DEL “DÍA DEL EMPLEADO de sueldo ADMINISTRATIVO”-BA. Servidores Públicos de mando y homólogos. ? Para tener derecho al otorgamiento del bono al DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al "Servidor Público del Mes", el trabajador no deberá Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación en el incurrir en algún retardo o falta de asistencia mes de julio, con motivo del “Día del Empleado injustificada, en cuyo caso no podrá ser evaluado en el Administrativo”. mes en que ocurran estas incidencias. FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación La información de los trabajadores seleccionados entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. para el bono al " Servidor Público del Mes", deberá ser enviada dentro de los primeros 10 días calendario, MONTO: Se identifica con el código BA, y su importe posteriores al mes evaluado, debiendo anexar: se actualiza regularmente cada año con base en el ·Copia del último comprobante de pago. Fundamento Legal. El pago de este concepto se efectuará, a través de NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se cheque de la Secretaría de Educación Pública, realizará el 15 de julio de cada año a todo el personal identificándose con el código de pago SP "BONO AL administrativo que estuvo activo hasta la quincena 14. SERVIDOR PÚBLICO". La acción para exigir el pago de este concepto, 12.- BONO AL “SERVIDOR PÚBLICO DEL prescribirá en el término de un año, contado a partir de la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a MES”-SP. recibirlo. DESCRIPCIÓN: Estimulo económico que se otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación que 13.- AJUSTE DE CALENDARIO-61. cuente con un puesto de base o de confianza del Catálogo Institucional de Puestos, hasta el nivel DESCRIPCIÓN: Percepción que se otorga al personal inmediato inferior al puesto de Jefe de Departamento, Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la adscrito en cualquier centro de trabajo de la Secretaría Educación, consistente en resarcirles el equivalente a de Educación Pública, como reconocimiento a las 5 días por aquellos meses que rebasan los 30 días actitudes y aptitudes destacadas en el desempeño de calendario. sus funciones. FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de Administración de Personal emitido por la SEP, Minuta Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE- de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y Sección 19. Convenio de Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. MONTO: Se identifica con el código 61 y su importe actual equivale a 5 días de sueldo tabular (concepto MONTO: Se identifica con el código SP, y su importe 07) de la plaza inicial de cada categoría. se actualiza regularmente cada año de acuerdo a la Minuta de Acuerdos Nacional SEP-SNTE y del NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se Convenio de Revisión Salarial entre Gobierno del realiza en la segunda quincena de agosto. (quincena Estado y el SNTE-Sección 19. 16). 5 NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se El pago de este concepto está sujeto al siguiente otorga al personal que se haga acreedor al mismo descuento: hasta por dos veces al año, con base en los puntajes · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 obtenidos y al número de premios disponibles en el dictada por Autoridad Judicial competente, en mes. porcentaje.
  • 7. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado 14. ACREDITACIÓN POR TITULACIÓN EN LA 15.- ACREDITACIÓN POR AÑOS DE DOCENCIA-T1,T2,T3 ESTUDIO DE LICENCIATURA-L1,L2,L3,LT. DESCRIPCIÓN: Es la percepción que se otorga por la DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se otorga acreditación de determinados niveles de estudios al Personal Docente de preescolar, primaria y grupos oficialmente reconocidos y se pagará únicamente al afines que acredite haber cursado alguno de los Personal Docente y Directivo del nivel de posprimaria. “grados” de cualquiera de las siguientes Licenciaturas en la U.P.N: Preescolar, Primaria, Pedagogía, FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de Psicología Educativa, Administración Educativa, Administración de Personal (Dirección General de Educación Indígena, Sociología de la Educación y Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) Educación para Adultos. La percepción por concepto de Licenciatura en la modalidad LT se otorgará a los MONTO: Se identifica con el código T1, T2, T3. Se directivos y profesores de Educación Especial que cubre con lo que establece el tabulador vigente. ostenten la categoría respectiva y hayan obtenido su título profesional a nivel Licenciatura en la Escuela NORMATIVIDAD: Al personal docente de posprimaria Normal de Especialización; así como a los maestros considerado de adiestramiento, con estudios egresados de las Escuelas Normales Federales de superiores a los de enseñanza primaria, se les deberá Preescolar y Primaria de acuerdo al Plan de Estudios pagar la percepción T1; con estudios terminales de de nivel Licenciatura que fueron establecidos a partir secundaria o superiores, se les deberá pagar la de 1988. percepción T2; al personal docente de posprimaria de materias académicas, se les deberá pagar la FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de percepción reconocida como T3; al igual que al Administración de Personal (Dirección General de personal docente de posprimaria de adiestramiento Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) con estudios terminales de nivel Licenciatura o Normal Superior se le pagará la percepción T3. MONTO: Se identifica con el código L1, L2, L3 y LT. Su importe se aplica conforme a los valores señalados Su pago es improcedente a personal interino limitado en el tabulador vigente y se determinará de (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario). conformidad con el nivel acreditado. Para el trámite de pago de esta percepción, el NORMATIVIDAD: Cuando la certificación de los interesado deberá presentar los documentos de cursos de la Licenciatura se presenten en forma preparación correspondiente ante la Dirección de simultánea en 2 o más plazas y se cuente con la Personal y Relaciones Laborales. autorización de compatibilidad, la Dirección de Personal y Relaciones Laborales correspondiente Al personal que se le asigne una plaza adicional y deberá determinar los periodos de pago para cada una venga cobrando el concepto de titulación, también se de ellas, los cuales dependerán de la fecha de le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en que acreditación de estudios. le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta tenga autorizado el pago de este concepto. Al personal que se le asigne una plaza adicional y venga cobrando el concepto de Licenciatura, también El pago de este concepto está sujeto a los siguientes se le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en descuentos: que le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta tenga autorizado el pago de este concepto. · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Salud 1L El concepto de pago de la Licenciatura no forma parte · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L del sueldo de los trabajadores, por lo que el monto se Edad Avanzada y Vejez considerará independientemente del sueldo · Seguro de Invalidez y Vida 3L establecido en el tabulador vigente. · Servicios Sociales y Culturales 4L Su pago es improcedente a personal interino limitado · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario), u 6 dictada por Autoridad Judicial competente, en ostente plaza de Tiempo Completo Mixto, con título de porcentaje. Licenciatura en Preescolar y Primaria de la Universidad Pedagógica Nacional. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes descuentos:
  • 8. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L · Aportaciones al Seguro de Salud 1L Edad Avanzada y Vejez · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L · Seguro de Invalidez y Vida 3L edad avanzada y Vejez · Servicios Sociales y Culturales 4L · Seguro de Invalidez y Vida 3L · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 · Servicios Sociales y Culturales 4L dictada por Autoridad Judicial competente, en · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 porcentaje. dictada por Autoridad Judicial competente, en porcentaje. 17.- DOCTORADO-DO. DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se cubre al 16.- MAESTRÍA-MA. Personal Docente que acredite haber cursado y obtenido el título del nivel de estudios de Doctorado, DESCRIPCIÓN: Percepción adicional que se otorga de conformidad con la Ley de Profesiones. al Personal Docente que acredite haber cursado y obtenido el título de nivel de estudios de Maestría, de FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de conformidad con la Ley de Profesiones. Administración de Personal (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de Administración de Personal (Dirección General de MONTO: Se identifica con el código DO. Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa) NORMATIVIDAD: No será sujeto de pago el Personal MONTO: Se identifica con el código MA. Su pago se Docente y Directivo que encuentre incorporado en el hará de conformidad con los valores establecidos en el nivel “C” del Programa de Carrera Magisterial. tabulador vigente. Su pago es improcedente cuando el personal cubra NORMATIVIDAD: No es sujeto de pago de esta interinatos limitados (por gravidez, por pensión, por percepción el Personal Docente y Directivo que se sustituto de becario) o disfrute de cualquier tipo de encuentre incorporado en el nivel “B” del Programa de licencia sin goce de sueldo. Carrera Magisterial. Su pago excluye el pago de cualquier otra percepción Su pago se efectuará en cada una de las plazas que por concepto de preparación como Licenciatura o ocupa el trabajador. Maestría. Su pago es improcedente cuando el personal cubra El pago de esta prestación se pagará en cada una de interinatos limitados (por gravidez, por pensión, por las plazas que ocupa el trabajador, para lo cual se sustituto de becario) o disfrute de cualquier tipo de tramitará ante la Unidad Administrativa licencia sin goce de sueldo. Correspondiente mediante solicitud por escrito del trabajador presentando el título correspondiente. Su pago excluye el pago de cualquier otra percepción por concepto de preparación como Licenciatura, Al personal que se le asigne una plaza adicional y Doctorado o Titulación. venga cobrando el concepto de Doctorado, también se le pagará en su nueva plaza a partir de la fecha en que El pago de esta prestación se pagará en cada una de le haya sido otorgada, siempre y cuando ésta tenga las plazas que ocupa el trabajador, para lo cual se autorizado el pago de este concepto. tramitará ante la Unidad Administrativa Correspondiente mediante solicitud por escrito del El pago de este concepto está sujeto a los siguientes trabajador presentando el título correspondiente. descuentos: La acción para exigir su pago prescribe al término de · Impuesto Sobre la Renta 01 un año contado a partir de la fecha en que el trabajador · Aportaciones al Seguro de Salud 1L acredite tener derecho al mismo. · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L 7 Edad Avanzada y Vejez El pago de este concepto está sujeto a los siguientes · Seguro de Invalidez y Vida 3L descuentos: · Servicios Sociales y Culturales 4L · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 · Impuesto Sobre la Renta 01 dictada por Autoridad Judicial competente, en · Aportaciones al Seguro de Salud 1L porcentaje.
  • 9. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado 18.- VALES DE DESPENSA-VD. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se realiza en la segunda quincena de agosto (quincena DESCRIPCIÓN: Ayuda económica que se otorga al 16). Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación en el mes de diciembre con motivo del fin de año. 21.- RIESGO VOLCÁNICO-RV. FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al personal Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE- docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la Sección 19. Educación que labora en los dieciocho Centros de Trabajo ubicados en las localidades de: Ocoxltepec, MONTO: Se identifica con el código VD, y su importe Hueyapan, San Andrés Hueyapan, San Bartolo se actualiza regularmente cada año con base en el Hueyapan, San Felipe Hueyapan y Tlalmimilulpan, Fundamento Legal. mismas que se encuentran cercanas a la zona del volcán Popocatépetl. NORMATIVIDAD: El pago de esta percepción se realiza en la quincena 23, sólo al personal vigente FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación hasta esa fecha. Se excluye al personal substituto de entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. cualquier índole. MONTO: Se identifica con el código RV, y su importe 19.- ASIGNACIÓN POR LA DIRECCIÓN se actualiza de conformidad al Fundamento Legal ESCOLAR-DE. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se DESCRIPCIÓN: Se otorga a todo el Personal Docente realiza de forma quincenal. con categoría de director de preescolar, primaria, secundaria y grupos afines, así como para quienes El pago de este concepto está sujeto a los siguientes realicen funciones inherentes a estas categorías. descuentos: FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación · Impuesto Sobre la Renta 01 entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dictada por Autoridad Judicial competente, en MONTO: Se identifica con el código DE, y su importe porcentaje. se actualiza regularmente cada año con base en el Fundamento Legal. 22.- COMPENSACION DE GRAVIDEZ NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se ADMINISTRATIVA-GA. realiza de forma quincenal. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal descuentos: de Apoyo y Asistencia a la Educación que asume las funciones de las trabajadoras que ostentan plaza · Impuesto Sobre la Renta 01 administrativa y solicitan licencia por gravidez. · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dictada por Autoridad Judicial competente, en FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación porcentaje. entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. 20.- ORGANIZACIÓN DEL CICLO MONTO: Se identifica con el código GA, y su importe ESCOLAR-OE. se actualiza de conformidad con el Fundamento Legal. DESCRIPCIÓN: Prestación para Personal Docente NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se en apoyo a los gastos que se generan al inicio del ciclo realiza de forma quincenal durante el periodo de 8 escolar. licencia. FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación El pago de este concepto está sujeto al siguiente entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. descuento: MONTO: Se identifica con el código OE, y su importe · Impuesto Sobre la Renta 01 se actualiza de conformidad al Fundamento Legal.
  • 10. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS 23.- ASIGNACIÓN POR LA SUPERVISIÓN escuelas de educación secundaria técnica y ESCOLAR-SE generales. DESCRIPCIÓN: Esta compensación se otorga a todo FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de el Personal Docente con categoría de supervisor, Administración de Personal (Dirección General de inspector de zona y jefe de sector de preescolar, Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). primaria y grupos afines, jefes de enseñanza e inspector general de educación secundaria y grupos MONTO: Se identifica con el código I-4. Se aplica de afines. acuerdo a los importes autorizados en el tabulador vigente. FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. NORMATIVIDAD: Esta compensación está vinculada al Centro de Trabajo y se pagará a los directores y a MONTO: Se identifica con el código SE, y su importe personal sin categoría de director que se le comisione se actualiza con base en el Fundamento Legal. para esta función en doble turno. Su pago se realiza de forma quincenal. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se realiza de forma quincenal. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes descuentos: El pago de este concepto está sujeto a los siguientes descuentos: · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Salud 1L · Impuesto Sobre la Renta 01 · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 Edad Avanzada y Vejez dictada por Autoridad Judicial competente, en · Seguro de Invalidez y Vida 3L porcentaje. · Servicios Sociales y Culturales 4L · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 24.- VIDA CARA-VC. dictada por Autoridad Judicial competente, en porcentaje. DESCRIPCIÓN: Compensación económica que se otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la 26.- COMPENSACIÓN QUE SE OTORGA AL Educación para resarcir el poder adquisitivo de ese PERSONAL DE SUPERVISIÓN grupo de trabajadores. DE SECUNDARIA GENERAL, SECUNDARIA TÉCNICA, TELESECUNDARIA, Y FUNDAMENTO LEGAL: Convenio de Negociación EDUCACIÓN FÍSICA I-2. entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. MONTO: Se identifica con el código VC, y su importe DESCRIPCIÓN: Compensación que se otorga al se actualiza con base en el Fundamento Legal. Personal Docente que efectivamente desempeñe la función de Supervisor de Secundaria General, NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se Secundaria Técnica, Telesecundaria y Educación realiza de forma quincenal. Física. El pago de este concepto está sujeto al siguiente FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de descuento: Administración de Personal (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dictada por Autoridad Judicial competente, en MONTO: Se identifica con el código I - 2. Su importe se porcentaje. aplica de acuerdo a los valores señalados en el tabulador de sueldos vigente para cada categoría y se cubre en cada una de las plazas que ocupa el 9 25.- COMPENSACIÓN ADICIONAL A trabajador, conforme a la naturaleza de las mismas. DIRECTORES DE DOBLE TURNO I-4. NORMATIVIDAD: Cuando el personal beneficiario de DESCRIPCIÓN: Compensación adicional que se la compensación deje de desempeñar la función en otorga al Personal Docente que de manera efectiva forma transitoria o definitiva se suspenderá el pago. desempeñe la función de Director de doble turno en Su pago se realiza de forma quincenal.
  • 11. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado Cuando haya cambio de plaza (promoción) la · fueron con goce de sueldo se computan como Si compensación se asignará al personal que cumpla las tiempo efectivo funciones de supervisor. · fueron con goce de medio sueldo se computan Si dos días de licencia como uno de tiempo efectivo 27.- AGUINALDO-24 ·fueron sin goce de sueldo no se computan como Si tiempo efectivo. DESCRIPCIÓN: Prestación anual que, de acuerdo a Al personal que cubrió interinatos limitados (gravidez, las leyes vigentes en el estado de Morelos, se paga prepensionaria, interina limitada) se le pagará en cada año al Personal Docente y Personal de Apoyo y forma proporcional, previa solicitud del trabajador. Asistencia a la Educación con un monto equivalente a noventa días de salario, misma que se paga en dos Los trabajadores que causen baja en el servicio, exhibiciones, la primera parte en el mes de diciembre y tendrán derecho al pago de la parte proporcional de la segunda en el mes de enero del siguiente año. aguinaldo de acuerdo con el tiempo efectivo de servicios prestados, previa solicitud del interesado. FUNDAMENTO LEGAL: Decreto Presidencial Anual, Ley del Servicio Civil de Carrera del Estado de Morelos Al personal que cause baja por fallecimiento antes de y Manual de Normas de Administración de Personal la fecha del primer pago, se le cubrirá esta percepción (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección a sus beneficiarios o representantes legales, en forma Técnica Normativa). proporcional o total al tiempo de servicios efectivos prestados. Si la baja por fallecimiento fuera con MONTO: Se identifica con el código 24. El pago por posterioridad a la primera fecha de pago y con este concepto alcanza un monto de 90 días de salario anterioridad a la segunda, el aguinaldo se cubrirá en de la categoría que ostente el trabajador. Como el forma íntegra. monto excede de 15 días de salario, la legislación laboral autoriza que se pague un 50% antes del 15 de El pago de aguinaldo está sujeto a la deducción del diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del Impuesto Sobre la Renta (01). Por gestiones del siguiente año. Para su cálculo se consideran los Sindicato Nacional de Trabajadores de la conceptos para Personal Docente: 07-7E, Q1-Q5, T1- Educación ante la Secretaría de Hacienda, este T3, MA, DO, FC, E9-EE, E5, 30 y para Personal de impuesto no grava para esta prestación. Apoyo y Asistencia a la Educación: 07 y 06 según corresponda a cada trabajador. Procederá el descuento por pensión alimenticia, en virtud de orden dictada por Autoridad Judicial NORMATIVIDAD: Cuando el trabajador causó baja Competente, en porcentaje. antes de la quincena 22 se le pagará en forma proporcional o total según corresponda con el valor de La acción para exigir esta gratificación, prescribirá al su última categoría, de acuerdo con el tiempo efectivo término de un año, contado a partir de las fechas de servicios prestados, previa solicitud del trabajador. máximas señaladas para su pago. Para el personal que presta servicios mediante 28- PRIMA VACACIONAL-32. categorías con valor de hora semana mes, que tuvo incrementos en horas se considera lo siguiente: DESCRIPCIÓN: Prestación que se otorga al Personal · su número de horas de antecedente y las Si Docente y Personal de Apoyo y Asistencia a la adicionales se compactan en una sola plaza en el Educación que tiene derecho a vacaciones. mismo subsistema se le otorgará el aguinaldo con base en la plaza vigente a la fecha del primer FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 30 y 40 de la Ley pago Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y · el número de horas de antecedente se Si Manual de Normas de Administración de Personal mantiene en la misma plaza y las horas (Dirección General de Personal de la SEP, Dirección adicionales se asignan en otra plaza, le Técnica Normativa) 10 corresponde el pago completo en las primeras y el pago proporcional en la otra por el tiempo de MONTO: Se identifica con el código 32. Su importe es servicios efectivos prestados. equivalente a 5 días pagaderos en la quincena 24 y 7 días en el periodo vacacional de Semana Santa. Se Para el trabajador que gozó de licencia(s) se consideran los siguientes conceptos de pago: 07-7E, considera lo siguiente: Q1-Q5, T1-T3, MA, DO, FC, E9-EE, E5, 30 y 06.
  • 12. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS NORMATIVIDAD: Tiene derecho al pago de la prima · años o más sin llegar a 25, cuatro 20 vacacional el Personal Docente, Directivo y Personal quinquenios: A4 de Apoyo y Asistencia a la Educación incorporado al · años o más, cinco quinquenios: A5. 25 Modelo de Educación Básica que acredite tener más de seis meses de servicios prestados Para el cómputo de los años de servicio no se tomarán ininterrumpidamente en la plaza, a la fecha de pago. en cuenta los periodos en que se presenten las siguientes incidencias: cuando el personal goce de Queda excluido de este pago el Personal Docente y cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo, faltas Directivo que cubra cualquier tipo de interinato injustificadas, suspensión de labores por sanción. limitado o que haya disfrutado de cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo durante el período que El trámite para el pago de esta percepción, a través de corresponde al pago. solicitud por escrito, se realizará en dos periodos: el primero de marzo de cada año, al personal de La acción para exigir su pago prescribe al término de preescolar, primaria y grupos afines; y el segundo, en un año, contado a partir de la quincena en que debió septiembre de cada año, para el personal de efectuarse su pago por haber acreditado su derecho al posprimaria y grupos afines. mismo. El pago de este concepto está sujeto a los siguientes El pago de este concepto está sujeto al siguiente descuentos: descuento: · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 · Impuesto Sobre la Renta 01 dictada por Autoridad Judicial competente, en · Aportaciones al Seguro de Salud 1L porcentaje. · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L Edad Avanzada y Vejez 29.- PRIMA QUINQUENAL POR AÑOS DE · Seguro de Invalidez y Vida 3L SERVICIO PARA PERSONAL · Servicios Sociales y Culturales 4L ADMINISTRATIVO-A1-A5. · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dictada por Autoridad Judicial competente, en porcentaje. DESCRIPCIÓN: Es la percepción adicional a que tiene derecho el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación por cada cinco años de servicios efectivos, 30.- ESTÍMULO “POR AÑOS DE SERVICIO de acuerdo con la antigüedad en el sistema, y se incrementará en cada uno de los periodos AL PERSONAL DOCENTE”. subsecuentes. DESCRIPCIÓN: Reconocimiento que se hace, por su FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 34, segundo permanencia en el servicio, al Personal Docente que párrafo, de la Ley Federal de los Trabajadores al cumple 15, 20, 25, 30, 35 y 40 años de servicio de Servicio del Estado. acuerdo con la siguiente clasificación: MONTO: Se identifica con el código A1 – A5. Su importe se cubrirá de acuerdo a los valores señalados en el tabulador vigente. NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es quincenal además de ser improcedente para personal interino (por gravidez, por pensión, por sustituto de becario) y para personal que disfrute cualquier tipo de licencia sin goce de sueldo. Para su aplicación deberá observarse la siguiente distribución: 11 · años o más sin llegar a 10, un quinquenio: A1 5 · años o más sin llegar a 15, dos quinquenios: 10 A2 · años o más sin llegar a 20, tres quinquenios: 15
  • 13. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado FUNDAMENTO LEGAL: Manual de Normas de Secretaría de Educación Pública, o en las entidades Administración de Personal (Dirección General de federativas o instituciones particulares incorporadas a Personal de la SEP, Dirección Técnica Normativa). los sistemas educativos de los estados o de la federación. MONTO: Será de acuerdo a los valores vigentes de cada año. Si fallece la persona a cuyo favor se está tramitando algún reconocimiento, que se declara dictaminado, la NORMATIVIDAD: El reconocimiento consiste en un entrega se hará a los beneficiarios designados ante el diploma, medalla y numerario. ISSSTE y a falta de esta designación, el albacea o Durante la primera quincena de octubre de cada año titular de la representación legal de la sucesión se emitirá la convocatoria para que se inscriban los correspondiente. Los trámites relativos se harán ante trabajadores que aspiren recibir los reconocimientos la Dirección de Personal y Relaciones Laborales. respectivos. En la convocatoria se señalarán las bases, requisitos y plazos, los cuales serán Procede el recurso de revisión contra las resoluciones improrrogables. emitidas con el objeto, siempre y cuando proceda, que se confirmen, revoquen o modifiquen las resoluciones Las solicitudes contendrán: nombre, clave, filiación, de las autoridades respecto de la dictaminación de los adscripción, puesto que desempeña, fecha de ingreso reconocimientos. Este recurso puede ser solicitado al servicio, domicilio y el teléfono de la dependencia por el interesado, el sindicato o la autoridad. donde presta sus servicios, y se deberá anexar, último talón de pago. Las solicitudes pueden presentarse por el interesado, por la representación sindical o por las autoridades La antigüedad se determinará a través de los estudios oficiales. que se hagan de los expedientes de los trabajadores, o de las constancias oficiales que presenten los El pago de este concepto está sujeto al siguiente interesados. Consecuentemente, en el caso de que descuento: los expedientes se encuentren incompletos, los reconocimientos no se autorizarán hasta en tanto · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 dichos interesados presenten las constancias dictada por Autoridad Judicial competente, en oficiales que acrediten las omisiones del expediente. porcentaje. Quedan excluidos de los estímulos y recompensas, los trabajadores que al momento de la dictaminación de algún reconocimiento no mantengan su relación 31.- RECONOCIMIENTO “IGNACIO MANUEL laboral, excepto los profesores con 29 años 6 meses y ALTAMIRANO” DEL PROGRAMA NACIONAL las profesoras con 27 años 6 meses que hayan DE CARRERA MAGISTERIAL. solicitado estimulo por 30 años de servicio y estén retirados del servicio antes del 15 de mayo del año de la promoción. DESCRIPCIÓN: Estímulo económico que se otorga a Los tiempos efectivos de servicios sólo se computarán los maestros frente a grupo de preescolar, primaria, dentro de cada una de las categorías en que se secundaria y grupos afines que obtienen los más altos hubiere cumplido la antigüedad; sólo es permisible, puntajes en cada etapa del Programa de Carrera sumar antigüedades en el desempeño de funciones Magisterial a fin de reconocer la labor magisterial, de docentes con las acumuladas en el desempeño de manera que se logre revalorar la función del maestro y actividades administrativas, técnicas y manuales o el aprecio social por su trabajo. viceversa, sólo en caso de haber recibido estímulo en las plazas de antecedente. FUNDAMENTO LEGAL: Acuerdo Presidencial del 10 de febrero de 1993 y Convenio de Negociación entre el Estos estímulos y recompensas se otorgarán por una Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. sola vez, en las oportunidades que se señalan. Se 12 entregan el 15 de mayo de cada año de acuerdo al MONTO: El determinado en el presupuesto anual. Convenio de Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19. NORMATIVIDAD: Se otorgará anualmente en cada entidad federativa y en el Distrito Federal al mejor El reconocimiento “MAESTRO IGNACIO MANUEL maestro frente a grupo de cada uno de los niveles de ALTAMIRANO” se otorga a los maestros que han educación básica –preescolar, primaria y secundaria- cumplido 40 años de trabajo docente al servicio de la incluyendo en estos niveles a todas sus modalidades.
  • 14. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Serán candidatos todos los maestros frente a grupo condiciones para otorgar el reconocimiento; llevar el del país, que cuenten con la evaluación registro de integración de los Jurados y otorgar a éstos correspondiente del Programa de Carrera Magisterial. los apoyos técnicos que necesiten para el correcto cumplimiento de sus funciones; llevar el libro de honor; El reconocimiento consistirá en la entrega de un resolver en definitiva los casos no previstos en el diploma y de la cantidad en numerario que, Acuerdo, y las demás que resulten necesarias para el anualmente, determine la Secretaría de Educación otorgamiento del Reconocimiento. Pública. Las funciones de los Jurados serán: elegir a los Los órganos para el otorgamiento del reconocimiento maestros acreedores al reconocimiento, con base en son: el listado de candidatos que le sea turnado por la autoridad educativa correspondiente, y autentificar I. El Consejo del “Reconocimiento Ignacio Manuel con la firma de sus integrantes las decisiones que Altamirano al desempeño en Carrera tomen y turnarlas al Consejo. Magisterial”, y II. Los jurados. Los Jurados sesionarán de conformidad con las disposiciones que emita el Consejo. Los miembros de El Consejo está integrado por: los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus I. El Secretario de Educación Pública, quien lo funciones. presidirá II. El Subsecretario de Educación Básica, quien será El Consejo promoverá que se proporcione a los el Vicepresidente jurados respectivos, una lista con los nombres de los III. El Subsecretario de Coordinación Educativa, el maestros que cada año hayan obtenido las diez Rector de la Universidad Pedagógica Nacional, el mejores puntuaciones globales dentro del Sistema de Presidente del Consejo Nacional Técnico de la Evaluación del Programa de Carrera Magisterial, en Educación cad? uno de los niveles mencionados en el artículo IV. El Oficial Mayor de la Secretaría de Educación primero. Pública, quien fungirá como Secretario Técnico. En caso de empate en la votación, el presidente del El Presidente del Consejo podrá invitar a un Jurado tendrá voto de calidad. Representante del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, así como a un Los Jurados remitirán al Consejo los nombres de los representante de la Asociación Nacional de Padres de maestros ganadores en cada uno de los niveles de Familia. Educación Básica. Cada miembro del Consejo acreditará ante la Las sesiones de los jurados serán privadas, sus Secretaría Técnica a su suplente. votaciones secretas, y sus decisiones irrevocables e inapelables. El Consejo promoverá ante las correspondientes autoridades educativas la creación de un Jurado en El libro de honor contendrá un registro de los nombres cada entidad federativa y en el Distrito Federal, el cual de los maestros a quienes se otorgue el se integrará, cuando menos, con sendos reconocimiento, así como la fecha y el lugar de representantes de la autoridad educativa estatal, entrega. quien lo presidirá; en su caso, del organismo descentralizado encargado de operar el sistema de Para los integrantes de la Sección 19 que participan educación básica en la entidad federativa; en su caso, en el proceso de evaluación del Programa Nacional del Consejo Estatal Técnico de la Educación; de una de Carrera Magisterial se entregan los siguientes Institución Pública Formadora de Maestros, así como premios a nivel estatal: con un representante del magisterio por cada uno de los tres niveles de educación básica. 1. Diploma de reconocimiento 2. Medalla 13 Asimismo, el Jurado podrá invitar a un representante 3. Aportación económica, cantidad que se revisará del Sindicato Nacional de Trabajadores de la cada año en los Convenios de Negociación entre Educación y de la Asociación Estatal de Padres de el Gobierno del Estado y el SNTE-Sección 19, Familia. distribuidos de la siguiente manera: Las funciones del Consejo serán: fijar los términos y
  • 15. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado ·Preescolar y Primaria: primer lugar en las tres · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 vertientes dictada por Autoridad Judicial competente, en · cundarias Generales, Técnicas y Se porcentaje. Telesecundaria: primer lugar en primera y segunda vertientes y en todo el Modelo de Secundaria, primer lugar de la tercera vertiente 33.- COMPENSACIÓN POR LA DIRECCIÓN Y ·Educación Especial, Educación Física y SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES DE Educación Extraescolar al primer lugar de la primera y segunda vertientes FORTALECIMIENTO CURRICULAR-FC. · Educación Especial: primer lugar de la tercera En vertiente · Educación Tecnológica y Artística: primer lugar En DESCRIPCIÓN: Es la Compensación Adicional que de la primera vertiente. se otorga al Personal Directivo de Educación Básica por la Dirección y Supervisión del desempeño de Totalizando 23 estímulos estatales. actividades de Fortalecimiento Curricular. El pago de este concepto está sujeto al siguiente FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación descuento: Salarial Nacional SEP-SNTE. · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 MONTO: El monto de la ayuda económica será el que dictada por Autoridad Judicial competente, en se encuentre vigente al momento del pago, su importe porcentaje. se revisa cada año con base en el Fundamento Legal. El pago de esta prestación se realizará de forma quincenal y en las categorías que acrediten el pago. 32.-AYUDA PARA SERVICIOS-46. NORMATIVIDAD: 1. La última etapa para otorgar esta compensación DESCRIPCIÓN: Es una ayuda económica que se fue el 1° de marzo de 1993, motivo por el cual ya otorga al Personal de Apoyo y Asistencia a la no podrá otorgarse con posterioridad a esta fecha Educación del Catálogo Institucional de Puestos, al personal directivo y de supervisión que lo hasta el nivel 27ZB. solicite. 2. No serán sujetos al pago de esta compensación el FUNDAMENTO LEGAL: Minuta de Negociación personal Directivo de los Subsistemas de Salarial Nacional SEP-SNTE. Educación Preescolar, Primaria y Especial, que MONTO: El importe de este concepto se aplica de tienen asignada una plaza de las categorías acuerdo a los valores señalados en el tabulador directivas de Tiempo Completo Titulada en la vigente y se cubre en cada uno de los puestos que Licenciatura de Preescolar o Primaria de la ocupa el trabajador, conforme a la naturaleza de los Universidad Pedagógica Nacional. mismos. 3. Al personal que cause baja definitiva en la plaza NORMATIVIDAD: El pago de este concepto se que se le otorga el FC, se le dejará de pagar este identificará con el código 46, pagándose de forma concepto automáticamente y sólo podrá ser quincenal. asignado a la persona que ocupe la vacante si Es improcedente el pago de este concepto, cuando el tiene como antecedente plaza de 13 horas con personal: Fortalecimiento Curricular, de 3/4 de tiempo con Fortalecimiento Curricular o plaza Directiva con ·Disfrute de cualquier tipo de licencia sin goce de Fortalecimiento Curricular. sueldo 4. Cuando se necesita cubrir alguna vacante en ·Ostente algún puesto de los niveles 27B, 27C o forma provisional en alguna plaza Directiva que de Servidor Público de mando y homólogo. tenga asociada la Compensación FC, si el trabajador tiene como antecedente plaza de 13 14 La acción para exigir el pago de este concepto, horas con Fortalecimiento Curricular, de 3/4 de prescribirá al término de un año, contado a partir de la tiempo con Fortalecimiento Curricular o plaza quincena en que se omitió el pago o se haya Directiva con Fortalecimiento Curricular podrá efectuado con inconsistencias en el importe. otorgársele, en caso contrario no procederá su El pago de este concepto está sujeto al siguiente asignación. descuento:
  • 16. Para personal federalizado PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS 5. Cuando el Titular de la plaza reanude el servicio 2. El trabajador que no cumpla con alguna de las después de haber disfrutado de licencia sin goce condiciones antes señaladas, no tendrá derecho de sueldo y continúe desempeñando la función a recibir la asignación de la ayuda para directiva o de supervisión, se le deberá reactivar actividades de supervisión. el pago de esta compensación. 3. En virtud de que una de las condiciones para 6. Al personal directivo y de supervisión que tenga asignar el pago de la ayuda para actividades de asignado el pago de la compensación FC, al supervisión está en función de que efectivamente ingresar a Carrera Magisterial, se le dejará de se desempeñen las actividades de inspección, pagar ésta, otorgándose el nivel de Carrera que esta ayuda económica no se cubrirá cuando el corresponda por su ingreso a la misma. personal goce de cualquier tipo de licencia. 4. El concepto de la ayuda para actividades de El pago de este concepto está sujeto a los siguientes supervisión es inherente a la categoría propia de descuentos: inspección y no a la persona que la desempeña, por lo que el trabajador al cambiar a otra categoría · Impuesto Sobre la Renta 01 o función de diferente naturaleza, perderá el · Aportaciones al Seguro de Salud 1L derecho a recibirla. · Aportaciones al Seguro de Retiro, Cesantía en 2L 5. La ayuda para actividades de supervisión se Edad Avanzada y Vejez identifica con el código 40. · Seguro de Invalidez y Vida 3L 6. Los trabajadores que tengan asignados los tipos · Servicios Sociales y Culturales 4L de nombramiento "Alta Interina Provisional" (95), · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 "Alta Interina Limitada" (20) y "Alta en dictada por Autoridad Judicial competente, en Pensión"(25), tendrán derecho a recibir la ayuda porcentaje. correspondiente, durante los efectos de su nombramiento, siempre y cuando cumplan con la función de inspección y se encuentren adscritos 34.- AYUDA PARA ACTIVIDADES DE en el centro de trabajo respectivo. SUPERVISIÓN-40. La acción para exigir el pago de este concepto, prescribirá en el término de un año, contado a partir de la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a DESCRIPCIÓN. Se otorga al personal de Preescolar recibirla. y Primaria con categoría y en funciones de Inspector y/o Jefe de Sector adscrito a centro de trabajo de El pago de este concepto está sujeto al siguiente Supervisión Escolar. Así mismo se otorga al personal descuento: de Secundarias Generales, Técnicas y Telesecundarias con categoría y en funciones de Jefe · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 de Enseñanza e Inspector en Telesecundarias. dictada por Autoridad Judicial competente, en porcentaje. FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE. 35.- ASIGNACIÓN PARA PERSONAL DE MONTO: El monto de la ayuda económica será el que MISIONES CULTURALES-MC. se encuentre vigente al momento del pago, su importe se revisa cada año de acuerdo a lo estipulado en el DESCRIPCIÓN: Se otorga al personal adscrito a Fundamento Legal. El pago de esta prestación se Misiones Culturales en apoyo a sus actividades. realizará de forma quincenal y en las categorías que acrediten el pago. FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación Salarial Nacional SEP-SNTE y Convenio de Negociación entre el Gobierno del Estado y el SNTE- NORMATIVIDAD: Sección 19. 1. La ayuda para actividades de supervisión MONTO: El monto de la ayuda económica será el que 15 exclusivamente se debe otorgar a quien tenga se encuentre vigente al momento del pago, su importe asignada la categoría propia de inspección del se revisa cada año. servicio educativo correspondiente, desempeñe la función y esté adscrito en centro de trabajo de NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación se inspección autorizado para tal efecto. realizará de forma trimestral y en las categorías que acrediten el pago, considerándose los siguientes criterios:
  • 17. PRONTUARIO 2009 PRESTACIONES PARA TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS Para personal federalizado 1.- Esta asignación se otorgará al personal que se Educación Pública, identificándose con el código de encuentre en servicio activo al momento del pago, pago 79 "Asignación de Apoyo a la Docencia”. con un mínimo de antigüedad de 6 meses laborados. El pago de este concepto está sujeto al siguiente 2.- Al Personal Docente que cuente con dos o más descuento: plazas, se le cubrirá dicha asignación en sólo en una · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 de ellas, siempre y cuando cumpla con la totalidad de dictada por Autoridad Judicial competente, en los requisitos. porcentaje. 3.- Para determinar el tiempo de servicios efectivos prestados o legalmente remunerados, se computarán las siguientes incidencias: 37.-COMPENSACIÓN A PERSONAL ·Licencias sin goce de sueldo. ADSCRITO A ESCUELAS UNITARIAS-E3. 4.- Se identificará con el código MC. 5.- Es improcedente el pago de este concepto, DESCRIPCIÓN: Es la compensación que se otorga al cuando el personal cubra cualquiera de los Personal Docente de primarias que se encuentre siguientes interinatos limitados: adscrito a centros de trabajo los cuales se encuentren catalogados en comunidades dispersas y de difícil · Alta en Gravidez (C-24) acceso, con enseñanza multigrado. · Alta en Pensión (C-25) FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación · Sustituto de Becario (C-48) Salarial Nacional SEP-SNTE. · Disfrute de cualquier tipo de Licencia sin Goce MONTO: El monto de la ayuda económica será el que de Sueldo. se encuentre vigente al momento del pago, su importe La acción para exigir el pago de este concepto, se revisa cada año de acuerdo con el Fundamento prescribirá en el término de un año, contado a partir de Legal. la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a NORMATIVIDAD.- El pago de esta prestación se recibirla. realizará de forma quincenal, considerándose los El pago de este concepto está sujeto a los siguientes siguientes criterios: descuentos: 1.- El importe de este concepto es el equivalente al sueldo tabular de una plaza inicial. · Impuesto Sobre la Renta 01 2.- Este concepto se pierde al tener cambio de centro · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 de trabajo, y al personal que se incorpore por permuta dictada por Autoridad Judicial competente, en ya no se le asignará por ser transformado, con base en porcentaje. un acuerdo nacional, al programa de REDES de PRONALES. 36.- ASIGNACIÓN DE APOYO A LA DOCENCIA-79. 3.- Debe ser Informado vía Movimiento de Personal. 5.- El pago de esta prestación se efectuará, a través de DESCRIPCIÓN: Se otorga al Personal de Apoyo y cheque de la Secretaría de Educación Pública, Asistencia a la Educación del Catálogo Institucional identificándose con el código de pago E3 de Puestos de la Secretaría de Educación Pública, "Compensación al Personal Adscrito a Escuelas con tipo de nombramiento (10) Alta Definitiva, (95) Unitarias”. Alta Provisional, (96) alta de Confianza y (97) y La acción para exigir el pago de este concepto, mandos medios y superiores. prescribirá en el término de un año, contado a partir de la fecha en que el trabajador acredite tener derecho a FUNDAMENTO LEGAL.- Minuta de Negociación recibirlo. Salarial Nacional SEP-SNTE. MONTO: El monto de la ayuda económica será el que El pago de este concepto está sujeto a los siguientes 16 se encuentre vigente al momento del pago, su importe descuentos: se revisa cada año de acuerdo con el Fundamento Legal. · Impuesto Sobre la Renta 01 NORMATIVIDAD: El pago de esta prestación es por · Pensión Alimenticia, cuando exista orden 62 trabajador y se realiza de forma quincenal, se dictada por Autoridad Judicial competente, en efectuará a través de cheque de la Secretaría de porcentaje.