2. La educación inclusiva:
Garantiza trayectorias
educativas integrales a
todos/as los/as niños/as,
adolescentes y jóvenes
que habitan nuestro
País.
3. Los marcos normativos y el Sistema
Educativo
• La Constitución Nacional establece el derecho
de enseñar y aprender.
• Convención Internacional de los derechos de las
personas con discapacidad
• Ley de Educación Nacional Nº 26.206: la
educación y el conocimiento son un bien público
y un derecho personal y social, garantizados por
el Estado.
• Leyes provinciales de Educación.
4. Prácticas educativas, normas y
políticas
Los marcos legales y las políticas públicas
favorables para la inclusión educativa nos
exigen a todos los adultos repensar las prácticas
que pueden ser percibidas como ajenas a las
políticas.
Sin embargo, los deberes que cada práctica
conlleva son resultado de normativas, políticas,
costumbres y, por tanto, requieren revisión.
5. Inclusión educativa
Ley de Educación Nacional 26.206 (Art. 11):
“Garantizar inclusión educativa a través de
políticas universales y de estrategias
pedagógicas y de asignación de recursos que
otorguen prioridad a los sectores más
desfavorecidos de la sociedad”. “Brindar a las
personas con discapacidades temporales o
permanentes, una propuesta pedagógica, que
les permita el máximo desarrollo de sus
posibilidades, la integración y el pleno ejercicio
de sus derechos.”
6. La Integración como forma de
inclusión o exclusión
• El diálogo en el Sistema Educativo: transversal.
• La orientación de las trayectorias educativas integrales:
equipos docentes y técnico pedagógicos.
• La integración: cómo política o como estrategia.
• Las configuraciones de apoyo: un desafío institucional e
interinstitucional.
La inclusión no significa una ruptura de los fines
que persiguen los procesos de integración; implica
una reorganización de todo el Sistema Educativo,
para posibilitar el acceso, la permanencia y los
logros en los aprendizajes de todos/as los/as
alumnos/as.
7. La Modalidad en los Niveles
Nivel Inicial : Atención a la primera infancia (0 a 3
años).
•Desarrollo de la educación temprana en lugares
de acceso a las familias.
Atención a la infancia de 4 y 5 años
•Desarrollo en los Jardines comunes, siempre que
sea posible
•Egreso a los 5 años.
8. La Modalidad en los Niveles
Nivel Primario: En escuelas especiales y/o
comunes
• A partir de los 6 años de edad
•Centralidad de la enseñanza
•Certificación de los aprendizajes
•Terminalidad del Nivel Primario
•Aplicación pedagógica de las nuevas tecnologías
de la información y la comunicación.
9. La Modalidad en los Niveles
Educación para adolescentes y jóvenes.
Ingreso a los 12/14 y egreso a los 20/22 años:
• Marcos regulatorios para favorecer otras formas
de organización institucional.
• Transformación de las escuelas de Formación
Laboral en Escuelas de Educación Integral.
• Las propuestas institucionales deben
considerar, entre otros, espacios curriculares
relacionados con Educación Sexual Integral,
Formación ciudadana, Mundo del Trabajo.
• Terminalidad del nivel primario, siempre que sea
posible.
10. La Modalidad en los Niveles
Nivel Secundario.
• Ofertas educativas que tengan en cuenta las
voces de los/as adolescentes y jóvenes con y
sin discapacidad
• Configuraciones de apoyo que brinda la
educación especial.
• Espacios curriculares compartidos entre
alumnos/as de escuelas de educación integral y
de escuelas secundarias.
11. ¿Cuáles son los compromisos que
debemos asumir?
1. Reconocer que aún tenemos una DEUDA
SOCIAL con las personas con discapacidad.
2. Disminuir la brecha existente entre los
discursos y el hecho educativo en el aula.
3. Poder escuchar las voces de nuestros/as
alumnos/as en el reconocimiento de sus
derechos.
4. Confiar en que las personas con discapacidad
tienen futuro y contribuyen a una construcción
social más inclusiva.
Notas del editor
Porqué hablamos de un desafío cultural, es más complicado de todos los desafíos, cambiar la cultura implica que la sociedad toda tome conciencia que las personas con discapacidad, son sujetos de derecho, muy fácil decirlo pero muy difícl cambiar las representaciones de “los pobrecitos”, “no pueden”, “son siempre niños”, “no entienden”, etc. Las personas con discapacidad tienen el derecho a elegir su forma de vida y dentro de ella, la manera en que quieren ser educados, en la escuela de su localidad, en la escuela especial …
Nuestro compromiso desde los Ministerios de Educación es asumir la responsabilidad de enseñar a todos y todas los estudiantes con discapacidad diversificando nuestras estrategias pedagógicas y utilizando todos los recursos que se requieran a tal fin.
La educación inclusiva, según el art. 11 de la LEN, convoca a la sociedad en su conjunto a que no quede ningún/a niño/a sin ejercer su derecho a ser educado, y desde ese lugar nosotros seremos responsables de garantizar las trayectorias escolares con nuestro mayor esfuerzo, recuperando así el deseo de enseñar para construir una patria más igualitaria.