2. ¿Qué es la educación inclusiva?
Es un proceso permanente que reconoce, valora y responde de manera
pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y
expectativas de cada persona
Su objetivo es promover su desarrollo, aprendizaje y participación, con
pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común, sin
discriminación o exclusión alguna, y que garantiza, en el marco de los
derechos humanos, los apoyos y los ajustes razonables requeridos en su
proceso educativo.
La UNESCO define la educación inclusiva así: La inclusión se ve como el
proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de
todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje,
las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación.
3. DECRETO 1421
El pasado 27 de agosto de 2017 fue expedido el decreto 1421 de 2017
por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención
educativa a la población con discapacidad.
4. ¿´Qué plantea este decreto?
Garantiza la
educación de
calidad para
todos los
estudiantes.
Se reglamenta la
educación
inclusiva a toda la
población con
discapacidad.
La integración del
servicio
educativo.
Organización y
ofrecimiento de
educación para
personas con
limitaciones.
5. ¿Qué se proyecta con este decreto?
Acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones
necesarias y adecuadas del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en
necesidades específicas de cada estudiante, que persisten a pesar de que se
incorpore el Diseño Universal de los Aprendizajes.
Se implementan tras evaluación de las características del estudiante con
discapacidad, para garantizar su desenvolvimiento con máxima autonomía en los
entornos en los que se encuentra, contribuyendo así a su desarrollo, aprendizaje
y participación.
7. • El Decreto comprende los retos de cada uno de los
responsables: Ministerio de Educación Nacional,
Secretarías de Educación, establecimientos
educativos, familias, estudiantes, y por esto ha
planteado la implementación progresiva, que nos
permita contar con su total implementación en el
2022.
• Cada secretaría de educación de las entidades
territoriales certificadas en educación en el país
debió elaborar un Plan Progresivo de Implementación
en el cual identifique la situación actual de la
población con discapacidad que tienen pendiente por
incluir en el sistema, la que está matriculada, y con
base en ello definir sus prioridades al primer año.
8. ¿CÓMO SE PUEDE CONOCER ESTE DECRETO Y SUS
HERRAMIENTAS?
El Ministerio ha puesto a disposición de la comunidad, los siguientes
materiales para facilitar la implementación del decreto:
El decreto mismo, que permite aclarar qué se espera con esta educación de
calidad (Anexo 1. Decreto 1421 de 2017)
El documento de orientaciones técnicas, administrativas y pedagógicas para
la atención educativa a estudiantes con discapacidad en el marco de la
educación inclusiva, que se encuentra
en” http://www.mineducacion.gov.co/1759/w3-article-360293.html
9. PAGINAS DE REFERENCIA
https://santoto.edu.co/wp-content/uploads/2018/03/ppt.-Decreto-1421-
vCp-ilovepdf-compressed.pdf
http://www.inclusioneducativa.org/ise.php?id=1
https://www.mineducacion.gov.co/1759/w3-article-
381928.html?_noredirect=1#:~:text=Por%20el%20cual%20se%20reglament
a,a%20la%20poblaci%C3%B3n%20con%20discapacidad.
https://www.mineducacion.gov.co/1759/w3-article-
374740.html?_noredirect=1