SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 17
INTRODUCCION
CON EL SIGUIENTE TRABAJO PRETENDEMOS
 CONOCER LAS NORMAS QUE SE NECESITAN PARA
 LA ELABORACION Y EJECUCION DEL PLAN
 NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL EN LA
 INSTITUCION.
TAMBIEN QUEREMOS SABER COMO PODER
 APLICAR ESTE DECRETO A LA INSTITUCION DE
 ACUERDO A LAS NECESIDADES QUE ESTA TIENE.
OBJETIVOS
 ELABORAR EL PLAN DE SALUD OCUPACIONAL


 APRENDER A ELEGIR EL COMITÉ DE SALUD OCUPACIONAL


 CONOCER LAS LEYES QUE CUBREN CADA UNA DE LAS
 NECESIDADES DE LA INSTITUCION

 TENER UNA ARP DE BUENA CALIDAD POR MEDIO DEL PLAN
 DE SALUD OCUPACIONAL
DECRETO 614 DE 1984
 Articulo 1: El presente Decreto determina las bases de
 organización                                        y
 administración gubernamental y privada de la Salud
 Ocupacional       en     el     país,     para     la
 posterior constitución de un Plan Nacional unificado
 en el campo de la prevención de los accidentes y
 enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del
 mejoramiento de las condiciones de trabajo.
 Articulo 10: CONSTITUCION DEL PLAN
  NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL.

Para la organización y administración del Plan Nacional se determinan los siguientes
  niveles:
 Nivel nacional normativo y de dirección: constituido por los Ministerios de Trabajo
  y Seguridad Social y de Salud.

 Nivel nacional de coordinación: Comité Nacional de Salud ocupacional.

 Nivel nacional de ejecución gubernamental: Constituido por dependencias de los
  Ministerios, Institutos Descentralizados y demás entidades del orden nacional.

 Nivel seccional y local de ejecución gubernamental: constituido por las
  dependencias seccionales, departamentales y locales.

 Nivel privado de ejecución: Constituido por los empleadores, servicios privados de
  Salud ocupacional y los trabajadores.
 Articulo 16: RESPONSABILIDADES DEL
 MINISTERIO DE SALUD.

 Articulo 17: RESPONSABILIDADES DE LOS
 SERVICIOS SECCIONALES DE SALUD.

 Articulo 18: RESPONSABILIDADES DEL NIVEL
 NACIONAL DEL INSTITUTO DE SEGURO
 SOCIALES.
ARTICULO22.
RESPONSABILIDADES
DEL      INSTITUTO
COLOMBIANO DE LA
JUVENTUD    Y   EL
DEPORTE/COLDEPOR
TES.
 Articulo 24: RESPONSABILIDADES DE LOS PATRONOS.
Los patronos como tal tienen las siguientes responsabilidades:

 Responder por el programa de Salud Ocupacional.
 Comprobar con las autoridades competentes de Salud Ocupacional los estudios
  evaluativos.
 Permitir la constitución de los Comité de Medicina, Higiene y Seguridad industrial.
 Notificar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
 Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos.
 Facilitar a los trabajadores la asistencia a cursos de riesgos profesionales.
 Permitir que trabajadores participen en visitas e inspecciones.
 Presentar a los funcionarios de Salud Ocupacional los informes, registros y actas.
 Entregar a las autoridades competentes de Salud Ocupacional para su análisis la
  muestra de sustancias.
 Proporcionar a las autoridades competentes información necesaria sobre procesos de
  las sustancias.
 Articulo 26: RESPONSABILIDADES DE LOS COMITÉ DE MEDICINA
  HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL:
Estos comité tienen las siguientes responsabilidades:

a) Participar de las actividades de promoción, divulgación e información sobre
   Medicina, Higiene y Seguridad Industrial entre los patronos y
   trabajadores, para
   obtener su participación activa en el desarrollo de Salud Ocupacional de la
   Empresa.
  b) Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los
  programas de
  Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de la empresa a informar sobre el
  estado de ejecución de los m ismos a las autoridades de Salud Ocupacional
  cuando
  haya deficiencias en su desarrollo.
  c) Recibir copias, por derecho propio, de las conclusiones sobre inspecciones e
  investigaciones que real icen las autoridades de Salud Ocupacional en los sitios
  de
  trabajo.
 ARTICULO 27: INSTITUCIONES DE APOYO.
. Las Cajas de Compensación Familiar establecidas en el país
   deberán servir de organismos de apoyo en la ejecución del
   Plan Nacional de Salud Ocupacional, de conformidad con
   las funciones y prioridades asignadas por la ley 21 de 1982.

  Principalmente, estas corporaciones desarrollarán acciones
  de divulgación entre sus
  afiliados de las normas expedidas por la autoridades
  competentes respecto de la Higiene
  Industrial, la Seguridad Industrial, los riesgos potenciales y
  la importancia de la Medicina
  del trabajo. De igual manera, mediante la incorporación a
  sus programas de formación y
  educación de cursos de capacitación en el campo de la
  Salud Ocupacional.
 ARTICULO 28: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL EN
  LAS EMPRESAS:
Los programas de Salud Ocupacional que deben establecerse en
  todo lugar de trabajo, se sujetarán en su organización y
  funcionamiento, a los siguientes requisitos mínimos:
  a) El programa será de carácter permanente.
  b) El programa estará constituido por 4 elementos básicos.
  1 ) Actividades de Medicina preventiva.
  2) Actividades de Medicina del Trabajo.
  3) Actividades de Higiene y Seguridad Industrial.
  4) Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad
  Industrial de
  Empresa.
 ARTICULO 31: RESPONSABILIDADES DE LOS
  TRABAJADORES:
Los trabajadores, en relación con las actividades y programas
  de Salud Ocupacional que se regulan en este
  Decreto, tendrán las siguientes responsabilidades:

  a) Cumplir las que les impone el Artículo 85 de la Ley 9a. de 1
  979 y el Código Sustantivo del Trabajo.

  b) Participar en la ejecución, vigilancia y control de los
  programas y actividades de Salud Ocupacional, por medio de
  sus representantes en los Comités de Medicina,
  Higiene y Seguridad Industrial del establecimiento de trabajo
  respectivo.

  c) Colaborar activamente en el desarrollo de las actividades
  de Salud
 ARTICULO 45: PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES
El incumplimiento a los requerimiento dentro de los plazos establecidos, dará
   lugar a la aplicación de las siguientes sanciones de establece la ley 9a. de 1979,
   siguiendo este procedimiento.
  a) Amonestación:
  El Jefe de Salud ocupacional del Instituto de Seguros Sociales, del servicio
  seccional de salud, o de las Cajas de Previsión Social o quienes hagan sus veces,
  amonestará al patrono que haya incumplido los requerimiento mediante oficio
  en el cual se señalarán las infracciones a las disposiciones de Salud
  Ocupacional. Copia
  de la amonestación se entregará al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad
  Industrial de la empresa y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para lo
  de su competencia.
  b) Multas:
Las dependencias competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
  vencidos los plazos perentorios sin que se cumplan los requerimientos,
  impondrán multas sucesivas desde una suma equivalente a doscientos salarios
  mínimos legales hasta por una suma equivalente a diez mil salarios mín imos
  legales al máximo valor vigente en el momento de dictarse la respectiva
  resolución. La resolución será motivada con base en los antecedentes que
  reciba el Jefe de larespectiva dependencia de Salud Ocupaciona
RESOLUCION 02013 DE 1986
                     6 DE JUNIO
Articulo 1: Todas las
empresas e
instituciones, públicas o
privadas, que tengan a su
servicio diez (10) o más
trabajadores, están
obligadas a conformar un
Comité de
Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial, cuya
organización y
funcionamiento estará de
acuerdo con las normas del
Decreto que se reglamenta
y con la presente
Resolución.
 Articulo 4: La empresa que posea dos o más
 establecimientos de trabajo podrá conformar varios
 Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
 para el cumplimiento de lo dispuesto en esta
 Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en
 cuenta su organización interna.

 Articulo 5: El empleador nombrará directamente sus
 representantes al Comité y los trabajadores elegirán los
 suyos mediante votación libre.
 Articulo 6: Los miembros del Comité serán elegidos
 por un año al cabo del cual podrán ser reelegidos.

 Articulo 11: Son funciones del Comité de
 Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
   ARTICULO 11: Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, además de las señaladas
    por el artículo 26 del Decreto 614 de 1984, las siguientes:

    Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de
    actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.
    Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y
    directivos de la empresa o establecimiento de trabajo.
    Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos
    adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.
   Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la
    empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su
    divulgación y observancia.
   Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al
    empleador las medidas correctivas que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan
    realizado.
   Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las
    operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al
    empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.
    Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de medicina, higiene y seguridad
    industrial.
   Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas
    relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional.
    Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto
    de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Resolución.
   Elegir al Secretario del Comité.
   Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen el cual estará en
    cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes.
   Las demás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDecreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDanilo Mayag
 
Capacitacion comite de convivencia laboral
Capacitacion comite de convivencia laboralCapacitacion comite de convivencia laboral
Capacitacion comite de convivencia laboralhectorpax
 
Ley 1562 2012 presentación riesgos laborales
Ley 1562 2012 presentación riesgos laboralesLey 1562 2012 presentación riesgos laborales
Ley 1562 2012 presentación riesgos laboralesunirolando
 
Diapositivas resolusion 2400
Diapositivas resolusion 2400Diapositivas resolusion 2400
Diapositivas resolusion 2400Daniela ferreira
 
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)bernace
 
Normativa Seguridad y Salud en el Trabajo
Normativa Seguridad y Salud en el TrabajoNormativa Seguridad y Salud en el Trabajo
Normativa Seguridad y Salud en el TrabajoDaisy Velasquez
 
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...Karely Silva
 
decreto 1295 de 1994
decreto 1295 de 1994decreto 1295 de 1994
decreto 1295 de 1994jeessale
 
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012Danilo Mayag
 
Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
Comité o Supervisor  de Seguridad y Salud en el TrabajoComité o Supervisor  de Seguridad y Salud en el Trabajo
Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el TrabajoYanet Caldas
 
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de salud ocupacional respu...
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de  salud ocupacional respu...Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de  salud ocupacional respu...
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de salud ocupacional respu...Andres M. Giraldo M.
 

La actualidad más candente (20)

Decreto 614 de 1984
Decreto 614 de 1984Decreto 614 de 1984
Decreto 614 de 1984
 
Ley 1562 del 2012
Ley 1562 del 2012Ley 1562 del 2012
Ley 1562 del 2012
 
Resolucion 2400 de 1979
Resolucion 2400 de 1979Resolucion 2400 de 1979
Resolucion 2400 de 1979
 
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo MayagDecreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012 Danilo Mayag
 
Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979
 
Capacitacion comite de convivencia laboral
Capacitacion comite de convivencia laboralCapacitacion comite de convivencia laboral
Capacitacion comite de convivencia laboral
 
Diapositivas ARL
Diapositivas ARLDiapositivas ARL
Diapositivas ARL
 
Ley 1562 2012 presentación riesgos laborales
Ley 1562 2012 presentación riesgos laboralesLey 1562 2012 presentación riesgos laborales
Ley 1562 2012 presentación riesgos laborales
 
Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994
 
Diapositivas resolusion 2400
Diapositivas resolusion 2400Diapositivas resolusion 2400
Diapositivas resolusion 2400
 
Decreto 1295 de junio de 1994
Decreto 1295 de junio de 1994Decreto 1295 de junio de 1994
Decreto 1295 de junio de 1994
 
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)
Presentacion ley 16744 editable (powepoint 2007)
 
Normativa Seguridad y Salud en el Trabajo
Normativa Seguridad y Salud en el TrabajoNormativa Seguridad y Salud en el Trabajo
Normativa Seguridad y Salud en el Trabajo
 
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...
 
decreto 1295 de 1994
decreto 1295 de 1994decreto 1295 de 1994
decreto 1295 de 1994
 
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012
Decreto 1295 de 1994 y ley 1562 del 2012
 
Decreto ley1295 de+1994
Decreto ley1295 de+1994Decreto ley1295 de+1994
Decreto ley1295 de+1994
 
CAPACITACION COPASST.pptx
CAPACITACION  COPASST.pptxCAPACITACION  COPASST.pptx
CAPACITACION COPASST.pptx
 
Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
Comité o Supervisor  de Seguridad y Salud en el TrabajoComité o Supervisor  de Seguridad y Salud en el Trabajo
Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de salud ocupacional respu...
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de  salud ocupacional respu...Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de  salud ocupacional respu...
Cuestionarios de preguntas para evaluación modulo de salud ocupacional respu...
 

Destacado

Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacional
Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacionalDecreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacional
Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacionalpabiloman
 
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)jose sanchez
 
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013Decreto 614 de 1984 y resolución 2013
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013jose sanchez
 
RESOLUCION 2013 DE 1986
RESOLUCION 2013 DE 1986RESOLUCION 2013 DE 1986
RESOLUCION 2013 DE 1986psosomascoscol
 
Decreto 1016 Del 89[1]
Decreto 1016 Del 89[1]Decreto 1016 Del 89[1]
Decreto 1016 Del 89[1]kmilo82
 
Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979Tania
 
Resolución 2400 de 1979
Resolución 2400 de 1979Resolución 2400 de 1979
Resolución 2400 de 1979Laura Marin
 
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalLey 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalmalexandrafm
 
Resolucion 1016 de 1989
Resolucion 1016 de  1989Resolucion 1016 de  1989
Resolucion 1016 de 1989esneiderlove
 
ResolucióN 2013 Diapositiva2
ResolucióN  2013 Diapositiva2ResolucióN  2013 Diapositiva2
ResolucióN 2013 Diapositiva2kmilo82
 
5. programa de salud ocupacional
5. programa de salud ocupacional5. programa de salud ocupacional
5. programa de salud ocupacionalmaria1952
 
Resolución 1016 karen
Resolución 1016 karenResolución 1016 karen
Resolución 1016 karenkaren
 
Mapa Conceptual
Mapa ConceptualMapa Conceptual
Mapa ConceptualJeimmu
 
Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994carolina2569
 
Resolucion 1016 Del 89
Resolucion 1016 Del 89Resolucion 1016 Del 89
Resolucion 1016 Del 89guestcd53b63
 
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalLey 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalBibiana Aristizabal
 

Destacado (20)

Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacional
Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacionalDecreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacional
Decreto 614 84 organizacion y administracion salud ocupacional
 
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)
Ley 9 de 1979 (salud ocupacional)
 
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013Decreto 614 de 1984 y resolución 2013
Decreto 614 de 1984 y resolución 2013
 
RESOLUCION 2013 DE 1986
RESOLUCION 2013 DE 1986RESOLUCION 2013 DE 1986
RESOLUCION 2013 DE 1986
 
Decreto 1016 Del 89[1]
Decreto 1016 Del 89[1]Decreto 1016 Del 89[1]
Decreto 1016 Del 89[1]
 
Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979Ley 9 De 1979
Ley 9 De 1979
 
Resolución 2400 de 1979
Resolución 2400 de 1979Resolución 2400 de 1979
Resolución 2400 de 1979
 
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalLey 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
 
Resolucion 1016 de 1989
Resolucion 1016 de  1989Resolucion 1016 de  1989
Resolucion 1016 de 1989
 
ResolucióN 2013 Diapositiva2
ResolucióN  2013 Diapositiva2ResolucióN  2013 Diapositiva2
ResolucióN 2013 Diapositiva2
 
Resolucion 2400 1979 SO
Resolucion 2400 1979 SOResolucion 2400 1979 SO
Resolucion 2400 1979 SO
 
Generalidades Ley 100 De 1993
Generalidades Ley 100 De 1993Generalidades Ley 100 De 1993
Generalidades Ley 100 De 1993
 
Seguridad industrial exposición de la Resolución 2400 del 1979
Seguridad industrial exposición de la Resolución 2400 del 1979Seguridad industrial exposición de la Resolución 2400 del 1979
Seguridad industrial exposición de la Resolución 2400 del 1979
 
5. programa de salud ocupacional
5. programa de salud ocupacional5. programa de salud ocupacional
5. programa de salud ocupacional
 
Resolucion 2400 1979 taller
Resolucion 2400 1979 tallerResolucion 2400 1979 taller
Resolucion 2400 1979 taller
 
Resolución 1016 karen
Resolución 1016 karenResolución 1016 karen
Resolución 1016 karen
 
Mapa Conceptual
Mapa ConceptualMapa Conceptual
Mapa Conceptual
 
Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994Decreto 1295 de 1994
Decreto 1295 de 1994
 
Resolucion 1016 Del 89
Resolucion 1016 Del 89Resolucion 1016 Del 89
Resolucion 1016 Del 89
 
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacionalLey 9 de 1979 codigo sanitario nacional
Ley 9 de 1979 codigo sanitario nacional
 

Similar a Decreto 614

Similar a Decreto 614 (20)

Blog de copasco
Blog de copascoBlog de copasco
Blog de copasco
 
Legislacion en salud ocupacional
Legislacion en salud ocupacionalLegislacion en salud ocupacional
Legislacion en salud ocupacional
 
Copaso
CopasoCopaso
Copaso
 
Copaso
CopasoCopaso
Copaso
 
6
6 6
6
 
Decreto 614-1984
Decreto 614-1984Decreto 614-1984
Decreto 614-1984
 
Decreto 614-1984
Decreto 614-1984Decreto 614-1984
Decreto 614-1984
 
4 decreto-614-1984-salud ocupacional
4 decreto-614-1984-salud ocupacional4 decreto-614-1984-salud ocupacional
4 decreto-614-1984-salud ocupacional
 
4 decreto-614-1984-salud ocupacional
4 decreto-614-1984-salud ocupacional4 decreto-614-1984-salud ocupacional
4 decreto-614-1984-salud ocupacional
 
Resumenes 4
Resumenes 4Resumenes 4
Resumenes 4
 
Legislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacionalLegislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacional
 
Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo
Comité paritario de seguridad y salud en el trabajoComité paritario de seguridad y salud en el trabajo
Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo
 
Decreto 614 de marzo 14 de 1984
Decreto 614 de marzo 14 de 1984Decreto 614 de marzo 14 de 1984
Decreto 614 de marzo 14 de 1984
 
Resolucion 1016 de 1989
Resolucion  1016 de 1989Resolucion  1016 de 1989
Resolucion 1016 de 1989
 
Resolucion 1016
Resolucion 1016Resolucion 1016
Resolucion 1016
 
Lopcymat karen
Lopcymat karenLopcymat karen
Lopcymat karen
 
Comite paritario de salud ocupacional
Comite paritario de salud ocupacionalComite paritario de salud ocupacional
Comite paritario de salud ocupacional
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Presentacion de lopcymat
Presentacion de lopcymatPresentacion de lopcymat
Presentacion de lopcymat
 
084 res 1016
084 res 1016084 res 1016
084 res 1016
 

Más de jose sanchez

Mercado y tecnologia 11 1
Mercado y tecnologia 11 1Mercado y tecnologia 11 1
Mercado y tecnologia 11 1jose sanchez
 
ECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALjose sanchez
 
ECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALjose sanchez
 
Conceptos para socializar
Conceptos para socializarConceptos para socializar
Conceptos para socializarjose sanchez
 
Presentaciónbophal
PresentaciónbophalPresentaciónbophal
Presentaciónbophaljose sanchez
 
Presentación mercy
Presentación   mercyPresentación   mercy
Presentación mercyjose sanchez
 
La apertura economica
La apertura economicaLa apertura economica
La apertura economicajose sanchez
 
Economia diapositiva
Economia diapositivaEconomia diapositiva
Economia diapositivajose sanchez
 
Clase 15 seguridad y prevención en manos
Clase 15 seguridad y prevención en manosClase 15 seguridad y prevención en manos
Clase 15 seguridad y prevención en manosjose sanchez
 
Analisis dofa en el ideal
Analisis dofa en el idealAnalisis dofa en el ideal
Analisis dofa en el idealjose sanchez
 
Algarrobo magdalena
Algarrobo magdalenaAlgarrobo magdalena
Algarrobo magdalenajose sanchez
 
Conceptos para socializar
Conceptos para socializarConceptos para socializar
Conceptos para socializarjose sanchez
 

Más de jose sanchez (20)

Mercado y tecnologia 11 1
Mercado y tecnologia 11 1Mercado y tecnologia 11 1
Mercado y tecnologia 11 1
 
ECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONAL
 
ECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONALECONOMIA INTERNACIONAL
ECONOMIA INTERNACIONAL
 
Diapositivaleinys
DiapositivaleinysDiapositivaleinys
Diapositivaleinys
 
Conceptos para socializar
Conceptos para socializarConceptos para socializar
Conceptos para socializar
 
Presentaciónbophal
PresentaciónbophalPresentaciónbophal
Presentaciónbophal
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Presentación mercy
Presentación   mercyPresentación   mercy
Presentación mercy
 
Mercado
MercadoMercado
Mercado
 
La inflación
La inflaciónLa inflación
La inflación
 
La apertura economica
La apertura economicaLa apertura economica
La apertura economica
 
Economia
EconomiaEconomia
Economia
 
Economia diapositiva
Economia diapositivaEconomia diapositiva
Economia diapositiva
 
Economia (2)
Economia (2)Economia (2)
Economia (2)
 
Economia (1)
Economia (1)Economia (1)
Economia (1)
 
Diapositivas abel
Diapositivas abelDiapositivas abel
Diapositivas abel
 
Clase 15 seguridad y prevención en manos
Clase 15 seguridad y prevención en manosClase 15 seguridad y prevención en manos
Clase 15 seguridad y prevención en manos
 
Analisis dofa en el ideal
Analisis dofa en el idealAnalisis dofa en el ideal
Analisis dofa en el ideal
 
Algarrobo magdalena
Algarrobo magdalenaAlgarrobo magdalena
Algarrobo magdalena
 
Conceptos para socializar
Conceptos para socializarConceptos para socializar
Conceptos para socializar
 

Último

Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularMooPandrea
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdf
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdfplande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdf
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdfenelcielosiempre
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesYanirisBarcelDelaHoz
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVGiustinoAdesso1
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
actividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoactividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoJosDanielEstradaHern
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 

Último (20)

Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdf
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdfplande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdf
plande accion dl aula de innovación pedagogica 2024.pdf
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
actividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° gradoactividades comprensión lectora para 3° grado
actividades comprensión lectora para 3° grado
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 

Decreto 614

  • 1.
  • 2. INTRODUCCION CON EL SIGUIENTE TRABAJO PRETENDEMOS CONOCER LAS NORMAS QUE SE NECESITAN PARA LA ELABORACION Y EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL EN LA INSTITUCION. TAMBIEN QUEREMOS SABER COMO PODER APLICAR ESTE DECRETO A LA INSTITUCION DE ACUERDO A LAS NECESIDADES QUE ESTA TIENE.
  • 3. OBJETIVOS  ELABORAR EL PLAN DE SALUD OCUPACIONAL  APRENDER A ELEGIR EL COMITÉ DE SALUD OCUPACIONAL  CONOCER LAS LEYES QUE CUBREN CADA UNA DE LAS NECESIDADES DE LA INSTITUCION  TENER UNA ARP DE BUENA CALIDAD POR MEDIO DEL PLAN DE SALUD OCUPACIONAL
  • 4. DECRETO 614 DE 1984  Articulo 1: El presente Decreto determina las bases de organización y administración gubernamental y privada de la Salud Ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del mejoramiento de las condiciones de trabajo.
  • 5.  Articulo 10: CONSTITUCION DEL PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL. Para la organización y administración del Plan Nacional se determinan los siguientes niveles:  Nivel nacional normativo y de dirección: constituido por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud.  Nivel nacional de coordinación: Comité Nacional de Salud ocupacional.  Nivel nacional de ejecución gubernamental: Constituido por dependencias de los Ministerios, Institutos Descentralizados y demás entidades del orden nacional.  Nivel seccional y local de ejecución gubernamental: constituido por las dependencias seccionales, departamentales y locales.  Nivel privado de ejecución: Constituido por los empleadores, servicios privados de Salud ocupacional y los trabajadores.
  • 6.  Articulo 16: RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE SALUD.  Articulo 17: RESPONSABILIDADES DE LOS SERVICIOS SECCIONALES DE SALUD.  Articulo 18: RESPONSABILIDADES DEL NIVEL NACIONAL DEL INSTITUTO DE SEGURO SOCIALES.
  • 7. ARTICULO22. RESPONSABILIDADES DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE LA JUVENTUD Y EL DEPORTE/COLDEPOR TES.
  • 8.  Articulo 24: RESPONSABILIDADES DE LOS PATRONOS. Los patronos como tal tienen las siguientes responsabilidades:  Responder por el programa de Salud Ocupacional.  Comprobar con las autoridades competentes de Salud Ocupacional los estudios evaluativos.  Permitir la constitución de los Comité de Medicina, Higiene y Seguridad industrial.  Notificar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.  Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos.  Facilitar a los trabajadores la asistencia a cursos de riesgos profesionales.  Permitir que trabajadores participen en visitas e inspecciones.  Presentar a los funcionarios de Salud Ocupacional los informes, registros y actas.  Entregar a las autoridades competentes de Salud Ocupacional para su análisis la muestra de sustancias.  Proporcionar a las autoridades competentes información necesaria sobre procesos de las sustancias.
  • 9.  Articulo 26: RESPONSABILIDADES DE LOS COMITÉ DE MEDICINA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL: Estos comité tienen las siguientes responsabilidades: a) Participar de las actividades de promoción, divulgación e información sobre Medicina, Higiene y Seguridad Industrial entre los patronos y trabajadores, para obtener su participación activa en el desarrollo de Salud Ocupacional de la Empresa. b) Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de la empresa a informar sobre el estado de ejecución de los m ismos a las autoridades de Salud Ocupacional cuando haya deficiencias en su desarrollo. c) Recibir copias, por derecho propio, de las conclusiones sobre inspecciones e investigaciones que real icen las autoridades de Salud Ocupacional en los sitios de trabajo.
  • 10.  ARTICULO 27: INSTITUCIONES DE APOYO. . Las Cajas de Compensación Familiar establecidas en el país deberán servir de organismos de apoyo en la ejecución del Plan Nacional de Salud Ocupacional, de conformidad con las funciones y prioridades asignadas por la ley 21 de 1982. Principalmente, estas corporaciones desarrollarán acciones de divulgación entre sus afiliados de las normas expedidas por la autoridades competentes respecto de la Higiene Industrial, la Seguridad Industrial, los riesgos potenciales y la importancia de la Medicina del trabajo. De igual manera, mediante la incorporación a sus programas de formación y educación de cursos de capacitación en el campo de la Salud Ocupacional.
  • 11.  ARTICULO 28: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL EN LAS EMPRESAS: Los programas de Salud Ocupacional que deben establecerse en todo lugar de trabajo, se sujetarán en su organización y funcionamiento, a los siguientes requisitos mínimos: a) El programa será de carácter permanente. b) El programa estará constituido por 4 elementos básicos. 1 ) Actividades de Medicina preventiva. 2) Actividades de Medicina del Trabajo. 3) Actividades de Higiene y Seguridad Industrial. 4) Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de Empresa.
  • 12.  ARTICULO 31: RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES: Los trabajadores, en relación con las actividades y programas de Salud Ocupacional que se regulan en este Decreto, tendrán las siguientes responsabilidades: a) Cumplir las que les impone el Artículo 85 de la Ley 9a. de 1 979 y el Código Sustantivo del Trabajo. b) Participar en la ejecución, vigilancia y control de los programas y actividades de Salud Ocupacional, por medio de sus representantes en los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial del establecimiento de trabajo respectivo. c) Colaborar activamente en el desarrollo de las actividades de Salud
  • 13.  ARTICULO 45: PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES El incumplimiento a los requerimiento dentro de los plazos establecidos, dará lugar a la aplicación de las siguientes sanciones de establece la ley 9a. de 1979, siguiendo este procedimiento. a) Amonestación: El Jefe de Salud ocupacional del Instituto de Seguros Sociales, del servicio seccional de salud, o de las Cajas de Previsión Social o quienes hagan sus veces, amonestará al patrono que haya incumplido los requerimiento mediante oficio en el cual se señalarán las infracciones a las disposiciones de Salud Ocupacional. Copia de la amonestación se entregará al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de la empresa y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para lo de su competencia. b) Multas: Las dependencias competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, vencidos los plazos perentorios sin que se cumplan los requerimientos, impondrán multas sucesivas desde una suma equivalente a doscientos salarios mínimos legales hasta por una suma equivalente a diez mil salarios mín imos legales al máximo valor vigente en el momento de dictarse la respectiva resolución. La resolución será motivada con base en los antecedentes que reciba el Jefe de larespectiva dependencia de Salud Ocupaciona
  • 14. RESOLUCION 02013 DE 1986 6 DE JUNIO Articulo 1: Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución.
  • 15.  Articulo 4: La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización interna.  Articulo 5: El empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.
  • 16.  Articulo 6: Los miembros del Comité serán elegidos por un año al cabo del cual podrán ser reelegidos.  Articulo 11: Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
  • 17. ARTICULO 11: Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, además de las señaladas por el artículo 26 del Decreto 614 de 1984, las siguientes:  Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.  Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimiento de trabajo.  Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.  Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su divulgación y observancia.  Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado.  Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.  Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.  Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional.  Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Resolución.  Elegir al Secretario del Comité.  Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes.  Las demás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional.