Este documento discute la evaluación psicológica de la violencia psicológica hacia las mujeres. Explica que este tipo de violencia es difícil de detectar pero causa daño psicológico a las víctimas. También describe el ciclo de la violencia doméstica y la importancia de la entrevista psicológica en la evaluación forense. Finalmente, resalta la necesidad de utilizar múltiples técnicas e instrumentos de manera rigurosa para realizar una evaluación completa.
Evaluación psicológica de violencia contra mujeres
1. Guery Zabala Gumucio 27 de Febrero 2014
Especialidad Violencia Intrafamiliar y Abuso Sexual Infantil
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LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA EN LA VIOLENCIA PSICOLÓGICA HACIA LAS
MUJERES
INTRODUCCIÓN. El fenómeno de la violencia intrafamiliar y/o doméstica encuentra sus raíces en el
sistema patriarcal, machista, heterosexual y adultocentrista, y en las relaciones de poder existentes
históricamente que han establecido y “naturalizado” los roles de género y posiciones jerárquicas y
subalternas entre hombres y mujeres.
El proceso de construcción del ser mujer y del ser hombre, de los roles de género ha estado enraizado en
un escenario de violencia; a partir de un “deber ser”, naturalizando los roles de género y posiciones de las
personas, como inamovibles e inviolables lo cual ha posicionado a las mujeres en un lugar de
subalternidad
Dentro de este campo tan amplio de la violencia intrafamiliar, la evaluación psicológica forense es una
herramienta valiosa e importante, ya que se convierte en la tabla fundamental para la toma de decisiones
en un proceso legal. Es así que una de las violencias más difíciles de evidenciar, pero no por ello, menos
importante y con menor causa psicológica para la mujer víctima de violencia es la psicológica, la cual es
sutil, dificultando su percepción, detección y sobre todo su valoración para sostenerla como evidencia al
momento de hacer un proceso judicial, ya que este tipo de violencia. Se desvaloriza, se ignora y se
atemoriza a una persona a través de actitudes o palabras La violencia psíquica se sustenta a fin de
conseguir el control, minando la autoestima de la víctima, produciendo un proceso de desvalorización y
sufrimiento. Actúa desde la necesidad y la demostración del poder por parte del agresor. Se busca la
dominación y sumisión mediante presiones emocionales y agresivas. Este tipo de violencia “invisible”
puede causar en la víctima trastornos psicológicos, desestructuración psíquica, agravar enfermedades
físicas o, incluso, provocar el suicidio. (Asebsi, 2008).
El ciclo de la violencia (Walker 1979) pasa por un estado de tensión, inmovilidad y culpabilidad en la
mujer víctima que refuerza todavía más el comportamiento del agresor, una fase de explosión violenta, de
descarga de toda la tensión acumulada que provoca en la mujer un estado de indefensión aprendida que le
impide reaccionar, y una fase de arrepentimiento o “luna de miel” que, básicamente, es un proceso de
manipulación afectiva. Una vez conseguido el perdón, el maltratador se siente seguro y empezará de
nuevo con las agresiones y abusos provocando cada vez mayor dependencia y falta de control en la mujer,
produciéndose una escalada de la violencia, siendo el agresor quien tiene el control de estos ciclos.
SOBRE LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LAS MUJERES. Es a partir del momento histórico
que el movimiento feminista enarbola dentro de sus lineamientos: lo privado es público, promoviendo
generar acciones gubernamentales para la protección de los derechos humanos de las mujeres, porque si
bien se norma la salud reproductiva de las mujeres, también deberían generarse políticas para protegerla
de la violencia de género. Entendida esta como: "aquella violencia basada en el sexo y dirigida contra la
mujer porque es mujer o que le afecta en forma desproporcionada. Se incluyen actos que infligen daño o
sufrimiento de índole física, mental o sexual, incluidas las amenazas de tales actos, la coerción o las
privaciones arbitrarias de libertad, ya ocurran en la vida pública o en la privada". (La Asamblea General
de las Naciones Unidas 1993)
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En Bolivia según la Ley 348 “Ley para Garantizar a las Mujeres una vida libre de violencia” la violencia
“constituye cualquier acción y omisión, abierta o encubierta, que cause muerte, sufrimiento o daño físico,
sexual o psicológico a una mujer u otra persona, le genere perjuicio en su patrimonio, en su economía, en
su fuente laboral o en otro ámbito cualquiera, por el sólo hecho de ser mujer”, En este mismo sentido en
1994 la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer
(Belem do Para) señalo que la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una
manifestación de las relaciones de poder desiguales entre mujeres y varones.
En ambos conceptos reconocidos en el país, se pone énfasis en la desventaja social que las mujeres tienen
socialmente y no solo en Bolivia sino a nivel internacional, que hace que se generen mayores
herramientas legales, para su protección a lo cual los profesionales no podemos estar blindados bajo una
objetividad o neutralidad que trata de negar esta realidad y evidencia social de desventaja social de las
mujeres y mucho más en el tema de violencia hacia las mujeres, que las estadísticas aunque no oficiales
pero si validadas son de 7 a 10 mujeres que han vivido algún tipo de violencia (Defensor del Pueblo) y
que en lo que fue el 2013 se han cometido aproximadamente una centena de feminicidios (CIDEM)
LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA. En el área terapéutica, se cuenta con diversas herramientas que
permiten al psicólogo lograr un diagnóstico, que le permita desarrollar estrategias de intervención y
tratamiento, siendo la más útil la entrevista clínica, la cual permite identificar el estado mental actual del
sujeto, sus experiencias pasadas y las metas de su futuro, para cual también se apoyan en diversas pruebas
psicológicas, información de terceros y/o tratamientos anteriores. “los psicólogos que trabajan en el
contexto clínico tradicional están entrenados para recopilar y sintetizar datos complejos de diversas
fuentes”. (Saborio, 2005)
Adaptado de Melton y otros (1997, p.42)
No hay duda que para la gran mayoría de los psicólogos la entrevista de evaluación es el medio de
recolección de información más importante durante la evaluación psicológica. Sin la información
obtenida durante la entrevista, la mayoría de la información proporcionada por las pruebas psicológicas
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no tendría sentido, ya que esta proporciona información potencialmente valiosa, que no sería accesible de
otra forma, tal como la observación conductual, aspectos idiosincrásicos del evaluado, así como su
reacción a la situación de vida presente.
EN EL ÁMBITO FORENSE. En el ámbito de evaluación psicológica forense, la rigurosidad de los
procedimientos de evaluación adquiere un significado aún más importante, por lo que el uso de las
mejores herramientas y sobre todo su correcta aplicación e interpretación, reportando todos los resultados
relevantes para el propósito de la evaluación son la prioridad del psicólogo forense.
Echeburúa plantea que la importancia y la característica de la Entrevista psicológica forense parte del
hecho que su objetivo es la ayuda a la toma de decisiones judiciales y en su relación evaluador – sujeto es
escéptica pero con establecimiento de una rapport adecuado, donde no existe el secreto profesional,
siendo el destino de la evaluación es variable, ya que puede ser para el juez, para los abogados, seguros y
otros. Se toma como base la entrevista como fuente de información, Test, informes médicos y
psicológicos, familiares, expedientes judiciales. En relación a la actitud del sujeto hacia la evaluación,
existe siempre el riesgo de la simulación o de disimulación o de engaño, ya que la demanda no es
voluntaria en la mayoría de los casos, sino involuntaria. Y debe ser un informe muy documentado,
razonado técnicamente y con conclusiones que contesten a la demanda judicial.
En el campo forense, la entrevista es un requisito fundamental que no puede ser obviado durante el
proceso de evaluación. Es así que el Comité sobre Guías Éticas para los Psicólogos Forenses de la
Asociación de Psicólogos Americana (APA), los psicólogos forenses deben evitar el escribir reportes o
proporcionar evidencia oral acerca de las características psicológicas de un sujeto en particular, cuando no
han tenido la oportunidad de conducir una evaluación directa del mismo para tal efecto (APA, 1991).
Uno de los aspectos más difíciles será el de aprobar sobre todo las pruebas proyectivas de contenido
psicoanalítico tienen validez y valor, pero obviamente no de manera exclusiva o primicial, sino que van
acompañadas de otras pruebas que puedan de alguna manera reforzar o desechar lo que se evidencia en
una prueba proyectiva. En el ámbito psicológico forense, existen escalas para realizar estas evaluaciones,
que en su mayoría son entrevistas estructuradas, las cuales permiten obtener información válida y
confiable sobre las características del sujeto y de su personalidad. Es por ello necesario, en ambos casos
reconocer las limitaciones de las mismas, por lo que se debe apoyar en otras pruebas que comprueben o
refuten sus hallazgos, ya que una sola prueba no contará con el aporte necesario para apoyar en la toma de
decisión en el ámbito judicial.
De esto la necesidad imperiosa de que el psicólogo que aplique estás herramientas debe justificar con la
mayor base científica a su acceso, cada una de las conclusiones y/o diagnósticos que arriba en su
evaluación, por eso es que una de las bases de la aplicación, administración, corrección e interpretación
de las pruebas, deba basarse en parámetros o estándares de alguna manera consensuados, sobre todo por
la importancia que para el ámbito judicial tienen.
Echeburúa para aclarar la participación del psicólogo forense y su actividad se basa en Bembre – Serrano
y Higueras – Cortés que refieren: “la actividad del psicólogo forense, a diferencia de otros campos de
actuación profesional del psicólogo, se va a caracterizar por la enorme responsabilidad de su actuación,
derivada de la repercusión del informe pericial en la vida de los sujetos evaluados. Junto a esta
peculiaridad, su contexto de intervención (dentro de un procedimiento judicial) y el objeto de la misma
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(contestación a la solicitud realizada desde el ámbito legal) delimitarán las divergencias entre la
evaluación pericial psicológica y la evaluación clínica”.
INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN. El rigor exigido a la actividad pericial psicológica no debe
confundirse con el abuso en la administración de test. Si se trata de evitar la victimización secundaria en
los sujetos evaluados, se debe partir del principio de intervención mínima. El abuso de los test en el
entorno forense está vinculado a la mitología de los mismos (la creencia de los operadores jurídicos de
que los test son pruebas objetivas sobre el funcionamiento de la mente humana), a la presión legal (los
test como escudo científico frente a los contrainformes en las ratificaciones, juicios o vistas), la
competencia interprofesional(los test como herramienta de trabajo del psicólogo frente a otros
profesionales forenses, como psiquiatras, trabajadores sociales y educadores) o incluso los incentivos
económicos(a más test, mayor tiempo de evaluación y mayores honorarios) (Brodzinsky, 1993;citado en
Ramírez, 2003).
La técnica fundamental de evaluación en psicología forense es la entrevista pericial semiestructurada, que
permite abordar de una manera sistematizada, pero flexible, la exploración psicobiográfica, el examen del
estado mental actual y los aspectos relevantes en relación con el objetivo del dictamen pericial (Groth-
Marnat, 2009; Vázquez-Mezquita, 2005).
Los resultados de la entrevista pueden sugerir criterios adecuados para profundizar en algunas áreas
exploradas por medio de test. La estrategia combinada de entrevista y test debe ponerse en cada caso al
servicio de las necesidades específicas de cada sujeto, de las circunstancias concretas y del objetivo de la
evaluación. Por ello la selección de los test utilizados no debe basarse en una batería estándar, sino que
debe atenerse a criterios de pragmatismo (utilidad de la información recabada, nivel cultural del sujeto
evaluado, dominio del instrumento por parte del evaluado) a la calidad científica (fiabilidad, validez y
adaptación al entorno cultural) y a la economía de tiempo (brevedad y no repetición de las pruebas a
efectos de conseguir una mayor motivación y de evitar la fatiga). (Echeburúa 2011)
De la misma manera una de las técnicas que se debe utilizar es la entrevista cognitiva que consta
de cuatro técnicas generales de incremento de la memoria, más varios métodos específicos para aumentar
el recuerdo del testigo de los sucesos. Esta propuesta se la utiliza en contrapropuesta al interrogatorio
estándar en el cual se le pide a la víctima o testigo que de un informe narrado de lo que pasó. El informe
narrado se sigue de preguntas específicas que sirven para aumentar la compleción del informe. Se sigue el
mismo formato general en la entrevista cognitiva, pero a este procedimiento se añaden las instrucciones
dadas al testigo antes de elicitar el informe narrado. Tal y como lo explica Jose Ibañez:
Reconstrucción de las circunstancias: "Intente reconstruir en su mente el contexto que rodeó al
incidente. Piense como era el entorno circundante en la escena del crimen, habitaciones, la
iluminación, el tiempo, cualquier olor, y gente u objetos cercanos. Piense también en lo que
entonces sentía, y piense en su reacción ante el incidente. Mentalmente, sitúese allí, en el
momento en que el incidente sucedió".
Compleción: "Alguna gente guarda información porque no están muy seguros de que la
información sea importante. Por favor no elimine nada en su relato, incluso cosas que crea que no
son importantes".
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Recordar en diferente orden: "Alguna gente guarda información porque no están muy seguros de
que la información sea importante. Por favor no elimine nada en su relato, incluso cosas que crea
que no son importantes".
Cambiar de perspectivas: "Intente recordar el incidente desde distintas perspectivas que haya
podido tener, o adopte la perspectiva de otros que estaban presentes durante el incidente. Por
ejemplo, trate de ponerse en el papel de un personaje importante del incidente, y piense qué debe
haber visto esta persona."
Por ejemplo en la ENTREVISTA SEMIESTRUCTURADA PARA VÍCTIMAS DE MALTRATO
DOMÉSTICO de Echeburúa, Corral, Sarasua, Zubizarreta y Sauca, (1994) se evidencia que existen
muchos ítems del mismo que enfocan aspectos de la propuesta del Síndrome de Mujer maltratada, y se
acerca aún más en la ESCALA DE GRAVEDAD DE SÍNTOMAS DEL TRASTORNO DE ESTRÉS
POSTRAUMÁTICO Echeburúa, Corral, Amor, Zubizarreta y Sarasua, (1997) que como también lo
plantea la crítica a la propuesta de Walker existen. También se puede utilizar la ESCALA DE
DEPRESIÓN de Beck. Seguro que existen muchas pruebas o escalas que apoyaran elementos desde la
psicología para apoyar a hacer justicia y proteger el derecho individual de la mujer víctima de violencia.
Al contar con escalas para medir de una u otra forma el síndrome de mujer maltratada (Echeburria 1994 y
1997) lo importante es contar con elementos que puedan apoyar y defender a la mujer que es víctima de
violencia, más allá de las concepciones epistemológicas, académicas, debemos apoyar a una mujer que es
o ha sido maltratada a recuperarse, contando con los mejores elementos y herramientas para el efecto y
sin dejar de considerar que el tema de la violencia intrafamiliar requiere diversos enfoques y miradas
interdisciplinarias para una mejor comprensión y atención.
En una forma resumida y quizás en el marco del uso de herramientas de valoración se podría decir que:
“El síndrome de la mujer maltratada… es una adaptación a la situación aversiva caracterizada por el
incremento de la habilidad de la persona para afrontar los estímulos adversos y minimizar el dolor,
además de presentar distorsiones cognitivas, como la minimización, negación o disociación; por el
cambio en la forma de verse a sí mismas, a los demás y al mundo. También pueden desarrollar los
síntomas del trastorno de estrés postraumático, sentimientos depresivos, de rabia, baja autoestima, culpa y
rencor; y suelen presentar problemas somáticos, disfunciones sexuales, conductas adictivas y dificultades
en sus relaciones personales.
“Enrique Echeburúa y Paz del Corral equiparan estos efectos al trastorno de estrés postraumático, cuyos
síntomas y características, sin duda, aparecen en algunas de estas mujeres: re-experimentación del suceso
traumático, evitación de situaciones asociadas al maltrato y aumento de la activación. Estas mujeres
tienen dificultades para dormir con pesadillas en las que reviven lo pasado, están continuamente alerta,
hipervigilantes, irritables y con problemas de concentración. Además, el alto nivel de ansiedad genera
problemas de salud y alteraciones psicosomáticas, y pueden aparecer problemas depresivos importantes”.1
De la misma manera se puede considerar dentro de la evaluación psicológica las distorsiones cognitivas
que presenta la mujer víctima de violencia intrafamiliar, que son elementos que de alguna manera
sostienen esa relación. Al respecto Beck consideraba necesaria identificar el rol de las distorsiones
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http://www.mujeractualexclusividadfemenina.com/t1134-consecuencias-psicologicas-para-la-mujer-maltratada
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cognitivas para el mantenimiento de la relación violencia, ya que los procesos cognitivos no actúan en
forma independiente, sino que operan a través de los esquemas, al servicio de los intereses, necesidades y
propósitos de la persona. Por lo que poder visibilizar a las distorsiones cognitivas, contribuirá mejor a la
comprensión del mantenimiento de los esquemas de dependencia emocional y la forma en que se sostiene
la pareja.
En esta búsqueda de seguir buscando herramientas para la evaluación del daño psicológico, y no
encerrarnos en el Síndrome de Mujer Maltratada, - que no deja de ser una propuesta valida desde mi
punto de vista – El perito evaluará las consecuencias psicológicas (y repercusiones sociales, familiares,
laborales) que la víctima de violencia doméstica haya sufrido. (Asebsi, 2008). Se verificará la existencia
de una lesión psíquica como consecuencia de la agresión física y/o psicológica, así como posibles
secuelas (estabilización y cronificación de las alteraciones psicológicas). Sin embargo, no deja de ser
evidente la dificultad de valorar las secuelas emocionales, consideradas como crónicas e irreversibles, por
lo que se procederá en la fase evaluativa, a la valoración mediante entrevistas y tests psicométricos
científicamente validados, evaluando la presencia y niveles de depresión, ideación suicida, trastornos de
ansiedad, alteración del sueño, trastornos de la alimentación, autoestima, trastornos de personalidad,
trastorno por estrés postraumático.
Valorar su funcionamiento cognitivo, si aparecen estados disociativos en forma (por ejemplo, de pérdidas
de memoria, probablemente como función protectora para reducir su dolor psicológico), valoración de su
sistema de significados, relaciones interpersonales, rasgos de personalidad, etc. Es conveniente la
realización de inventarios específicos de violencia y maltrato psicológico contra las mujeres, entrevistas
para víctimas de maltrato doméstico e inadaptación. La utilización de diferentes pruebas para medir las
mismas variables aumenta la fiabilidad y la inferencia causal, mediante la comparación inter-medida. Se
evaluará sintomatología de origen psicosomático asociada a altos niveles de ansiedad, tales como ataques
de pánico, dolores musculares, nerviosismo, otros problemas físicos, dificultades respiratorias. Ello puede
estar originado por un estado de alerta continuado, debido al miedo, al terror que supone la creencia ciega
de que las amenazas se pueden cumplir, y el temer por su integridad o la de sus hijos, lo cual genera
alteraciones en el organismo.
Al existir estas y otras propuestas que permiten evaluar a una mujer víctima de violencia intrafamiliar, y
de alguna manera, evaluar el daño psicológico del que ha sido víctima, considero, que desvalorizar o
menospreciar o pretender olvidar la propuesta de Leonor Walker, no es válida, ya que incluso tenemos
normativa bajo este enfoque, y claro el que no esté actualizado y sea feminista, no le quita su validez y
aporte en la respuesta, lucha, atención a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.
La precisión es una de las preocupaciones más constante para los psicólogos que realizan evaluaciones
psicológicas forenses, puesto que existen diferencias importantes de los contextos "terapéuticos" en el que
las pruebas psicológicas se desarrollan y se utilizan normalmente. Estas diferencias tienen implicaciones
importantes para los efectos de la participación de profesionales de la salud mental ", que a su vez puede
afectar si se usa (y por qué) las pruebas psicológicas. Y esto quizás por la ausencia de guías específicas
que podrían resultar efectivas al momento de la selección para evaluar los requerimientos judiciales.
Un instrumento de evaluación puede medir directamente las construcciones jurídicas que subyacen a una
cuestión forense dado. Y también cuando hay un tipo de relevancia se ve cuando un constructo
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psicológico (como la inteligencia) que se presume que la base de parte de una norma legal (por ejemplo,
" la comprensión de los cargos") se mide mediante una prueba psicológica estándar de la inteligencia, y la
naturaleza de esa relación se aclara en el informe o por medio del testimonio. En particular, para asuntos
forenses criminales, los tribunales no han parecido inclinados a limitar el uso de instrumentos forenses o
pruebas psicológicas, siempre y cuando su relevancia a la norma legal se puede demostrar.
La verificación, es crucial en la evaluación forense por ya que las pruebas pueden proporcionar
información pertinente a la cuestión previa de perturbación mental o emocional, la relación de causalidad
entre el estado mental y funcional, legalmente comportamiento relevante que queda por evaluarse. Y en
segundo lugar, los datos obtenidos a través de pruebas psicológicas pueden, por una variedad de razones,
proporcionar una representación inexacta del individuo. Estas razones incluyen la falta de fiabilidad y
validez de los instrumentos.
Mínimamente para la toma de pruebas psicológicas forenses debiera de existir: en primer lugar, se
acompaña de un manual que describe su desarrollo, propiedades psicométricas, y el procedimiento para la
administración; revisado en mediciones o alguna otra fuente disponible. Sin embargo, estos requisitos en
sí mismo no van a restringir excesivamente el número de instrumentos disponibles. Es lo mismo que la
fiabilidad ya que el uso de las mismas cuente con coeficiente de fiabilidad.
De la misma manera aparecen aspectos importantes a considerar como que la prueba deba ser relevante
para la cuestión jurídica, en la administración, debiera utilizarse, lo más cercanas posible a la tranquila,
ideal libre de distracciones. Los resultados de una prueba no deben aplicarse hacia un propósito para el
cual no se desarrolló la prueba. Cuanto más cerca del " ajuste" entre un individuo dado y la población y la
situación de los de la validación de la investigación, más confianza se puede expresar en la aplicabilidad
de los resultados.
Las pruebas psicológicas pueden servir como una fuente de información que puede tanto formular y
confirmar o refutar hipótesis sobre constructos psicológicos relacionados con el tema legal. Una vez que
se formulan hipótesis, que luego deben ser traducidos en términos sujetos a verificación, refutación o de
ambas. Por lo que la tarea pendiente es ofrecer conclusiones en términos que reflejen la consistencia de
apoyo a la hipótesis que se enmarca en el psicológico más que términos legales.
La contribución de las pruebas psicológicas en la evaluación forense debe valorarse de acuerdo con los
constructos psicológicos que mide, que son relevantes para la cuestión jurídica y ayuda al evaluador en la
formulación y comprobación de hipótesis". Si bien hay problemas reales con la evaluación de ciertos
constructos psicológicos legalmente relevantes, es muy diferente decir, que las pruebas psicológicas no se
relacionan muy bien a las cuestiones legales y por lo tanto no deben ser utilizadas para ayudar a los
tribunales en la toma de decisión legal. Utilizadas correctamente, las pruebas psicológicas pueden
proporcionar información directa sobre cuestiones jurídicas. Por lo que corresponde a la psicología
desarrollar un conjunto de normas para la selección, administración e interpretación de pruebas
psicológicas en contextos forenses.
CONCLUSIONES
Definitivamente uno de los aspectos más difíciles será el de aprobar sobre todo las pruebas proyectivas
para el uso de la prueba forense, por el contenido primero psicoanalítico que muchos profesionales sobre
todo en nuestro medio, no es afín y más sobre aprender adecuadamente su implementación, debido a
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queno existen lugares de formación especializada y adecuada en esta área. Y claro esto depende de la
postura que se considera experta en el tema, ya que si estuviéramos en Argentina, España las pruebas
proyectivas de contenido psicoanalítico tienen validez y valor, pero obviamente no de manera exclusiva o
primicial, sino que van acompañadas de otras pruebas que puedan de alguna manera reforzar o desechar
lo que se evidencia en una prueba proyectiva.
En el ámbito psicológico forense por lo menos hasta donde conozco existen sobre todo escalas para
realizar estas evaluaciones, ya que son instrumentos en su mayoría de entrevistas estructuradas, que lo
que buscan sobre todo en el ámbito forense que es el área que nos interesa, obtener información válida y
confiable sobre las características del sujeto y de su personalidad. Pero tal y como se plantea en el texto,
este no debe solo conocer la aplicabilidad y administración del test, sino reconocer las limitaciones del
mismo, para lo cual podrá y deberá apoyarse en otras pruebas que comprueben o refuten sus hallazgos, ya
que una sola prueba no contará con el aporte necesario para apoyar en la toma de decisión en el ámbito
judicial.
Es por este motivo que el profesional en psicología que aplique estás herramientas debe justificar con la
mayor base científica a su acceso, cada una de las conclusiones y/o diagnósticos que arriba en su
evaluación, por eso es que una de las bases de la aplicación, administración, corrección e interpretación
de las pruebas, deba basarse en parámetros o estándares de alguna manera consensuados, sobre todo por
la importancia que para el ámbito judicial tienen. Puesto que se tienen diversas pruebas sobre todo en el
ámbito clínico, que de seguro deben ser validadas para el ámbito forense, por lo que queda el desafío de
seguir avanzando y desarrollando pruebas de especificidad forense para aplicarlas en procesos legales
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