TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
derecho romano
1.
2. CUAL ES EL ORIGEN ETIMOLÓGICO DE LA PALABRA PERSONA:
Proviene de la voz latina “personare” y esta a su vez de “resonare” que
significa producción o reproducción de sonidos.
JURÍDICAMENTE COMO SE DEFINE PERSONA:
Como todo sujeto, ente o ser capaz de derechos y obligaciones.
3. CUALES ERAN LOS TRES ELEMENTOS DE TODA PERSONA FÍSICA DEBÍA
REUNIR PARA TENER PERSONALIDAD:
Status de livertatis: ser libres y no esclavos
Status civitatis: ser ciudadano roma y no extranjero
Status familiae
COMO SE SUBDIVIDÍAN LOS HOMBRES LIBRES:
En ingenuos : libres de nacimiento.
Libertinos: habían nacido esclavos y posteriormente habían obtenido su
libertad.
4. DIFERENCIA ENTRE SUI IURIS Y ALIENI IURIS:
Que el primero no dependía de ninguna potestad como el paterfamilias
El segundo estaba bajo la potestad del otro.
Ciudadanos
• Por haber sido fundadores de roma, por
haber nacido y vivido en ella.
No ciudadanos
• Podían ser peregrinos y hostis, es decir
los amigos del imperio.
Capitis deminuto maxima
• Cuando se perdía el estatus
libertatis, pues se perdian los
derechos de ciudadanía y la
familia.
Capitis deminuto media
• cuando se conservaba la
libertad pero se perdian los
derechos de ciudadanía y de
familia.
Capitis deminuto minima
• Cuando se conservaba la
libertad y la ciudadanía pero
se perdían los derechos de la
familia.
Clases de capitis deminiuto
5. • CUANDO SE COMENZABA Y SE EXTINGUÍA LA PERSONALIDAD:
• Se comenzaba con el nacimiento de la persona.
• Se extinguía con su muerte.
• QUE ERA LA ESCLAVITUD:
• Institución jurídica considerada como un mal necesario y natural, que el
esclavo se asimilaba a una cosa y se veía de toda su libertad y personalidad.
• CAUSAS DE ESCLAVITUD:
• 1. Esclavo por nacimiento si se nacía de madre esclava.
• El no inscribirse al censo.
• el desertor del ejercito
• Ladrón sorprendido con flagrancia.
• Deudor insolvente.
• etc.
6. • El poder de la vida y muerte que el amo
tenia sobre el esclavo y el paterfamilias
sobre los hijos.
Ius vitae
nescisque
• La primera empezó a limitar el poder del
amo sobre el esclavo, prohibiendo que se
le vendiera para combatir en el circo
romano.
Lex
petronia
• Era el poder del amo, no sobre la vida del
esclavo si no también, sobre los bienes del
esclavo.
Dominica
potestas
7. • Carecía de derechos políticos, no
podia casarse, no podía adquirir
cosas; no se obligaba civilmente,
tampoco obligaba a su dueño, y no
podia demandar en juicio.
Situación
del esclavo
romano
• Mediante el “postliminium”,
cuando el esclavo de un país
extranjero, escapaba y volvía a su
lugar de origen.
• la “manumision”: mediante un
acto por el cual el dueño confería
la libertad del esclavo.
Como se
extinguía la
esclavitud
8. “manumision”
Solemnes o publicas:
El censo mediante el cual el
dueño permitía que el
esclavo se inscribiera en el.
Privadas:
“Inter amicus”,
declarándose, así ante sus
amigos, “permesam”
sentado al esclavo en su
mesa.
9. “Iura patronato”
• Cuando el sistema de
producción esclavista
empezó a declinar,
gracias a la religión
católica y la filosofía
estoica. Apareció una
nueva forma de
explotación “patronato”
mediante ella el amo
dejaba en libertad a su
esclavo, con la condición
de que este se obligara
con el obsequium, el
operae y el bona.
Clases de libertinos
• Ciudadanos romanos:
que por haber
manumitidos en forma
solemne disfrutaban de
mejores derechos.
• Latinos iunianos:
manumitidos sin
solemnidad, y con
menos derechos.
• Libertinos dediticios: de
libertad restringida, no
podían acercarse a la
ciudad.
colonato
• Otra forma de
explotación y de
preservar el poderío del
imperio.
• Fuentes del colonato:
por contrato por el
propietario de la tierra.
• Por nacer de padres
colonos.
• Por manumicion
especial: por vivir 30
años como tal.
10. • En un principio solo protegía a los quirites o
cives:
• Del derecho publico:
• Derecho de asistir.
• Votar en los comicios.
• Acceder a las magistraturas.
• Servir en las legiones romanas.
• Derecho privado:
• Contraer nupcias.
• Comprar y vender cosas enajenables.
• trasmisión de bienes.
Derechos de los ciudadanos
romanos
• del “praenomen” nombre individual que los distinguía
de los demás miembros de la familia.
Nombre de un ciudadano
11. CLASES DE “LATINI”: los peregrinos o extranjeros por
alguna razón se les confería la ciudadanía romana:
Latini veteres
Latini coloniari
Latini iuniani
¿QUÉ CONCEDIÓ LA CONSTITUCIÓN DEL
EMPERADOR CARACALLA? Concedió la
ciudadanía a todos los habitantes libres del imperio,
se dice que con el propósito de recaudar mas
impuestos.
¿CAUSAS QUE HACÍAN PERDER LA
CIUDADANÍA? La esclavitud; la interdicción del
agua y del fuego, la deportación, el decatrone
12. Abandono noxal
• Cuando el hijo o el
esclavo de un
paterfamilias, cometía
un delito, este los
dejaba a su suerte y
los entregaba al
ofendido.
Quienes formaban parte de
la familia que por ende
estaban sujetas a la
autoridad del jefe
• La mujer cum manu;
los hijos legítimos y
sus descendientes por
línea varonil.
Cualquier persona
acogida por adopción.
Quienes no formaban
parte de la familia
• Por exclusión: la
mujer sine manu; los
descendientes
ilegítimos que
hubieran salido de la
familia; los
descendientes
legítimos por línea
femenina; y los
vendidos a un
extraño.
13. Atributos de la
personalidad
• Esenciales:
capacidad de
goce no así la
de ejercicio
que no se
consideraba
esencial.
• patrimonio
• Accidentales:
• Domicilio
• Nombre.
Perdida de
personalidad
• La muerte y la
capitis
deminutio en
cualquiera de
sus grados.
Capitis
deminutio
• La perdida de
cualquiera de
los estatus,
que hacia
posible la
personalidad.
Infamia
• Falta de
honorabilidad
social y
jurídica de una
persona
Turpitudo:
• Especia de
infamia o pena
publica que se
aplicaba a
quienes
realizaban
actos
depravados o
inmorales.
14. Personas física
• son las personas naturales
hombre y mujeres,
comunes y corrientes.
Personas morales
• Eran asociaciones y
fundaciones; ahora la
federación, estados,
municipios, sociedades,
asociaciones, sindicatos etc.
¿COMO PODÍAN SER CONFORME AL DERECHO LAS
PERSONAS?