El documento resume los tres estatus en Derecho Romano: Status Libertatis, Status Civitatis y Status Familiae. El Status Libertatis dividía a las personas en libres y esclavos. El Status Civitatis dividía a los hombres en ciudadanos romanos y no ciudadanos. Y el Status Familiae dividía a los hombres en sui iuris (jefes de familia) o aleini iuris (sujetos a la autoridad de otros).
2. Status Libertatis
Según este status las personas se
dividían en dos:
• Personas Libres
• Esclavos
Tomado de: http://4.bp.blogspot.com/-
DgvEzT2ctR4/VDZ4UdEPjhI/AAAAAAAAL7Q/-mlYNm4mr24/s1600/Status-
libertatis-derecho-romano.jpg
3. Causas de la Esclavitud.
• Nacimiento
Hechos posteriores al nacimiento:
• IUS Gentium
• IUS Civile
6. STATUS CIVITATIS
De acuerdo al “status civitatis”, los hombres se dividen:
• ciudadanos Sujetos de Derecho
• no ciudadanos Objetos de Derecho
7. Diferencia entre Sujeto y Objeto de Derecho
Sujetos de Derecho Objetos de derecho
Tomado de: https://www.youtube.com/watch?v=vO6bQN9w-Vo&t=40s Tomado de: https://www.youtube.com/watch?v=jcQxfyXwUso
9. No Ciudadanos Romanos
Latinos
• Latini Veteres o antiguos
• Latini Coloniarii
• Latini Iuniani
Peregrinos
• Peregrinos
• Peregrinos Dedicticios
10. Formas adquirir la ciudadanía (Latinos)
• Beneficio otorgado por el emperador.
• Por la “causae probatio”.
• Por la “erroris causae probatio”.
• Si el latino juniano era manumitido de nuevo, llenándose las condiciones que
no se habían cumplido en la anterior manumisión.
11. Formas adquirir la ciudadanía (Latinos)
• Si había servido durante seis años en las guardias de Roma, posteriormente este
término se redujo a tres años.
• Si el latino juniano había construido una casa o un navío.
• Si había establecido un molino de viento.
• La latina que había dado a luz tres hijos, aun cuando estos fueran “vulgo concepti”.
12. Peregrinos
• Los peregrinos no eran extranjeros,
en el sentido moderno de la
palabra, sino que eran aquellos
individuos sometidos a Roma a los
que se había dejado en libertad.
• Peregrinos Dedicticos: no tenían
ninguno de los atributos del
derecho de ciudadanía, ni desde el
punto de vista del derecho público
ni desde el punto de vista del
derecho privado.
13. Status Familiae
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Según este statuto los hombres
se dividían en Sui Iuris y Aleini
Iuris.
14. Personas en el Satatus Familiae
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15. Diferencias
Sui Iuris
• El hombre sui iuris es llamado también
paterfamilias o jefe de familia, pero
este título implica el derecho de tener
un patrimonio y de ejercer sobre otro
alguno de los cuatro poderes ya dichos,
los cuales disfruta sea cual fuere su
edad y aunque no tenga de hecho
persona alguna bajo su autoridad.
Aleini Iuris
• son aquellas que pueden estar
sometidas a una de las cuatro
potestades siguientes: a la dominica
potestas, la patria potestas, la
manus, y al mancipium.
16. Tipos de potestades a las
que esta sujeto un Alieni
Iuris.
• La dominica potestas: potestad que ejerce
el dueño sobre el esclavo.
• La patria potestas: potestad del pater-
familias sobre los miembros de la familia.
• La manus: potestad que ejerce el marido
sobre su mujer, o el que ejerza la patria
potestad sobre el marido sobre dicha
mujer.
• Mancipium: poder que ejerce un hombre
libre sobre otro hombre libre.
Tomado de: http://lavidaenromaporcuartoa.blogspot.com.co/2015/06/vida-cotidiana-en-roma.html