2. • Las primeras se remontan a las organizaciones comunales de los pueblos
indígenas hasta finales del siglo XIX.
• Organizaciones en el periodo colonial relacionadas a la Iglesia Católica.
• Organizaciones llamadas “mutuales” de ahorro y ayuda mutua.
• Asociaciones de artesanos y comerciantes.
• Primeros sindicatos promovidos por el Partido Liberal y luego las del Partido
Socialista.
• 1979-1989m se promovió las organizaciones civiles de carácter político-civil.
ATC- AMLAE-CDS-UNAG-FETSALUD-CST.
• 1990-1996. Se debilita su accionar en vista que tenían apoyo financiero y
polito del Estado siendo Organizaciones no autónomas y así se dividen las
existentes.
• En 1990 se crearon 309 ONGs, el doble de las existentes.
• Hasta la fecha ha crecido su numero pero se evalua su impacto queda en
cuestion.
• http://www.bio-nica.info/biblioteca/Serra2007SociedadCivilNicaragua.pdf
3. • Sociedad Civil
particular regulada
en el código civil.
• Asociaciones sin
fines de Lucro y
Federaciones.
Regulada por la ley
147.
• Cooperativas
reguladas por la ley
499
• Sociedades
mercantiles (S.
Anónimas y Co. Ltda).
Reguladas por el
código de Comercio.
• Sindicatos.
Regulados por la ley
185 Codigo Laboral.
• Partidos Políticos,
regulados por la ley
electoral.
4. • De carácter politico, su
objetivo es el acceso al
poder.
• De carácter gremial o
intereses profesionales u
oficio para mejorar calidad
de vida.
• De carácter social, salud,
cultura, deporte y juventud.
• De carácter religioso y
confesional.
• De carácter económico, su
objetivo es el lucro.
Sectores en los que
mas se organizan.
5. • El acceder al poder publico
a través de su partido
político.
• De ser escuchado sus
quejas, demandas a través
de la Ley de Participación
ciudadana.
• A que se le de respuesta
de acuerdo a su oficio o
servicio a través de las
asociaciones.
• Por sus derechos laborales
a través de los sindicatos.
El derecho de
participar de la
gestión publica es un
derecho humano
universal
6. LA UNION HACE LA
FUERZA!!!!
Legislación nacional nicaragüense
7. • Se agrupan para hacer
frente a sus necesidades
económicas sociales o
culturales por medio de
empresa conjunta.
• Se regulan por la Ley
general de Cooperativas.
Ley 499. La gaceta # 174
del 11 sept 2007.
• Se inscriben en el Registro
Nacional de Cooperativas
(MITRAB).
Colectivos
8. • Es la agrupación de
personas con un fin en
común para beneficio
colectivo.
• Regulado por el código
civil. Arto 3216 C.
• Se inscribe en el registro
mercantil como sociedad
civil particular.
Código Civil de
Nicaragua
9. • Se agrupan bajo un
objetivo común, social,
cultural, de desarrollo
humano, incidencia en
políticas publicas.
• Regulado por la Ley de
Personas jurídicas sin fines
de lucro. Ley 147.
• Se solicita ante la
Asamblea Nacional y luego
se inscribe en el Ministerio
de Gobernacion.
ONGs,
Asociaciones
Confederaciones
Federaciones
10. • Se agrupan para gestionar
sus derechos de autor
según le faculta la ley 312.
• Se regula por la ley 312
Ley de Derecho de Autor y
Derechos Conexos y la ley
general de personas
jurídicas Ley147.
• MIGOB, MIFIC.
Para gestión de
propiedad intelectual
11. • Se agrupan para promover
y defender los derechos
laborales de las personas
trabajadoras.
• Se regula en el código
laboral Ley 185.
• Se inscriben en el
Ministerio del trabajo.
AGRUPACION PARA
ASUNTOS
LABORALES
12. • Se agrupan por una
ideología política
determinada, con el fin de
acceder al poder político de
un país.
• Se regula por la Ley
Electoral
• Se inscriben en el Consejo
Supremo electoral.
Partidos políticos
13. • Se agrupan para repartirse
las ganancias de su
actividad de lucro.
• Se regula por el código de
Comercio.
• Se inscriben en el registro
mercantil.
Su finalidad es el
lucro
16. Tiene por objeto cosas
determinadas
Su uso, fruto, o el
ejercicio de una
profesión o arte
Aporte de capital o
especie u oficio
17. SOCIEDAD CIVIL PARTICULAR
Se constituye en Escritura
Publica. Minimo3 Socios.
Se inscribe en el Registro
Mercantil. Suscribir el 25%
del capital suscrito.
Llevan 4 libros,
exonerados de IVA y sin
fines de lucro
Su regimen legal es el codigo civil de Nicaragua.
18. Tiene por objeto cosas
determinadas
Se unen voluntariamente para
hacer frente a las necesidades
colectivas
Distribución de excedentes en
proporción directa con la
participación en las
operaciones
COOPERATIVAS
Su regimen legal es la Ley general de cooperativas. Ley 499.
19. Requisitos básicos. COOPERATIVAS.
Se constituye en doc privado con
firmas de notario publico. Con
mínimo de asociados de 10
miembros. Arto 9.
Pagar el 25% del capital suscrito.
Arto 10. Seran de responsabilidad
limitada.
Se pueden constituirse en todo
tipo de activida, agricola,
pesquera cultural, servicios
publicos etc. Arto 14.
20. ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO
Se refiere a cosas
determinadas
Se constituyen
voluntariamente bajo un solo
objetivo. De cualquier índole,
salud, cultural, ambiental etc
NO hay lucro, no existe
reparto de dividendos.
21. Asociaciones sin fines de lucro.
Se constituye en Escritura
Publica. Y adicionalmente
reconocimiento de Personería
Jurídica por la Asamblea Nacional.
Minimo 3 Asociados. Llevan libros
contables 4. Se inscribe en
MIGOB y Asalmblea Nacional.
Exonerados de impuestos.
Sin fines de lucro. No suscribe
capital Excepto las Fundaciones.
Su régimen legal es la Ley General de Personas sin fines de Lucro. Ley 147. D.O. Gaceta # 102 del 29 de mayo de 1992.
22. Sociedades de gestión
colectiva
Se refiere únicamente a
derechos de autor o conexos
Su objetivo es cobrar las
regalías por derecho de autor.
Su capital es el repertorio
Se constituye en Escritura
Publica
23. SOCIEDADES DE GESTION COLECTIVAS
Solamente ingresan AUTORES y
ARTISTAS
Todos aportan sus obras en calidad
de capital. Suscriben un contrato de
adhesion para la representación.
Hay tributo del IR
Llevan libros contables y de actas.
Se autoriza por Escritura Publica, se
aprueba por A.Nac. Y es a la vez el
MIFIC es fiscalizador de su actuar.