Este documento describe el impuesto sobre los ingresos brutos aplicable en la provincia de Santa Fe. Se gravan las actividades comerciales, industriales, de servicios y otras operaciones lucrativas realizadas en la jurisdicción provincial, independientemente de quién sea el sujeto o dónde se realicen. Los contribuyentes son quienes desarrollan las actividades alcanzadas por el impuesto. Dichas actividades incluyen préstamos, intermediación financiera, comercialización, explotaciones agropecuarias, venta de inmuebles y al
2. Hecho imponible
Actividades, actos u operaciones
comprendidas: en la operación juridiccion de
la provincia de santa fe del comercio, industria,
profesión, oficio, negocio, locaciones de bieben,
obras o servicios de cualquier otra actividad a
titulo oneroso; lucrativas o no, cualquiera sea la
naturaleza del sujeto que la presente incluida las
cooperativas, y el lugar donde se realice, se
pagara un impuesto de acuerdo con las normas
que se establecen en el presente titulo.
3. Contribuyente: son
contribuyentes del
impuesto los
mencionados en el
hecho imponible de la
dipositiva anterior
que realicen o
desarrollen las
actividades, actos,
hechos u operaciones
que generen los
ingresos brutos
gravados.
Sujeto activo: la
provincia de santa
fe
4. Hechos
alcanzados
1.Las operaciones de préstamo de dinero
2.la intermediación que se ejesa percibiendo comisiones, bonificaciones,
porcentajes u otras retribuciones análogas
3.la comercialización de productos o mercadería
4.Las explotaciones agrícolas, acuarias, avícolas, mineras, forestales, etc
5.Venta de inmuebles
6.Locaciòn de inmuebles