4. Contabilidad de Sociedades La Constitución Política del Ecuador en el Capítulo VI Derechos de Libertad, Art. 66, numeral 15 el cual manifiesta: “El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental”; reconociendo así, el derecho a la libre asociación para alcanzar un fin común. La Ley de Compañías es el ordenamiento jurídico principal que regula a las sociedades mercantiles y cuya normativa define a la compañía como el “contrato mediante el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades”. Ing. Msc. Wilson Velastegui
5. Contabilidad de Sociedades Contrato de compañía: El Código Civil en su Art. 1957 define a la sociedad o compañía como el “contrato en el cual dos o más personas estipulan poner algo en común (dinero, bienes servicios, industria o trabajo apreciables en dinero), con el fin de dividir entre sí los beneficios que de ello provengan”. Este contrato se rige por disposiciones de la Ley de Compañías, por las del Código de Comercio, por los convenios de las partes y por las disposiciones del Código CivilEcuatoriano Ing. Msc. Wilson Velastegui
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7. Este concurso de voluntades en materia societaria se llama Afectio Societatis. Beneficios Personas Bienes Ing. Msc. Wilson Velastegui
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9. La compañía en nombre colectivo y la de comandita simple corresponde su aprobación al Juez de lo Civil del domicilio en que se constituyan.Ing. Msc. Wilson Velastegui
10. Contabilidad de Sociedades Organismo Controlador: SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS La Superintendencia de Compañías es un órgano de control y vigilancia que tiene afinidad con el Registro De la Propiedad y con el Registro Mercantil en donde se lleva el registro de Sociedades en base a las copias que los funcionarios respectivos del Registro Mercantil deben remitirles. Según la Constitución se expresa: “La Superintendencia de Compañías es el organismo técnico y autónomo que vigila y controla la organización, actividades, funcionamiento, disolución y liquidación de las compañías , en las circunstancias y condiciones establecidas por la ley”. Ing. Msc. Wilson Velastegui
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12. La compañía en comandita simple y dividida por acciones;
15. La compañía de economía mixta. Estas cinco especies de compañías constituyen personas jurídicas. La Ley reconoce, además, la compañía accidental o cuentas en participación. Ing. Msc. Wilson Velastegui