2. LA HERENCIA
al acto jurídico mediante el cual
una persona que fallece
transmite
sus bienes, derechos y obligacio
nes a otra u otras personas, que
se denominan herederos.
Así, se entiende por
heredero la persona física o
jurídica que tiene derecho a
una parte de los bienes de
una herencia. El régimen
jurídico que regula las
herencias es el Derecho de
sucesiones.
El conjunto de derechos aptos
para la satisfacción de
necesidades económicas
de las cuales es titular una
persona constituye un
universo, un todo y al
ocurrir el fallecimiento de esa
persona se
denomina herencia
3. Características:
1.- Patrimonial: ya que la herencia solo compromete derechos y debere
pecuniarios, es decir, susceptibles de valoració n en dinero.
2.- Irrevocable una vez aceptada
3.- Universal: Y a que comprende la totalidad de las relaciones jurídicas.
4.- Absoluta. Independiente, ilimitado, que excluye.
4. Principios de la sucesión Universal
1.- Continuidad del Causante
-El heredero subentra en la sucesión en la misma condición que el causante,
es decir mantiene la titularidad de los derechos y obligaciones del de cuyus
sin modificación alguna.
1.- Si es heredero apertura la sucesión.
2.- La herencia se acepta (100%) o se repudia toda (0%) no hay punto
medio.
3.- La herencia no se puede aceptar imponiendo término o condición.
4.- Una vez aceptada no hay revocabilidad del acto
5.- El heredero no puede a mutuo propio modificar, cambiar o reformar el
objetivo de la relación jurídica.
2.- Unidad de la herencia.
No es susceptible de división o fraccionamiento.
3.- Coexistencia de heredero y legatario.
Nada impide que en una herencia concurran los institutos de heredero y
legatario, o se4a, que existan simultáneamente sucesión universal y
sucesión particular, así como sucesión testamentaria y sucesión intestada.
4.- Igualdad de las relaciones jurídicas.
Según la cual todas las relaciones jurídicas contenidas en el patrimonio
hereditario se transmiten idénticas a los herederos o causahabientes, sin
sufrir modificació n alguna.
5. Herencia equivale a patrimonio y en el campo de los
derechos patrimoniales la voluntad de las partes juega un rol
protagónico.
Las normas que gobiernan el orden sucesorio conceden a los
ciudadanos la posibilidad de recurrir o ejercer el principio de la
autonomía
Características de las Normas que Integran El Derecho Sucesoral
6. Herencia equivale a patrimonio y en el campo de los
derechos patrimoniales la voluntad de las partes juega un rol
protagónico.
Las normas que gobiernan el orden sucesorio conceden a los
ciudadanos la posibilidad de recurrir o ejercer el principio de la
autonomía
Características de las Normas que Integran El Derecho Sucesoral