1. Derecho Tributario
(Tema 7)
Clases de
Contribuciones
Especiales
Definición Características Ejemplo
Contribuciones
de Mejoras
Son las que se
causan por la
ejecución de obras
públicas o prestación
de un determinado
servicio público de
evidente interés
colectivo, siempre
que, como
consecuencia de
esas obras o
servicios, resulten
especialmente
beneficiadas
determinadas
propiedades.
Prestación Personal: La
obligación de pagar la
contribución es de
carácter personal, como
sucede en todos los
tributos.
Beneficios derivados
de la obra: El monto del
beneficio surge de
comparar el valor del
inmueble al fin de la obra
con el que tenía antes de
ella.
Proporción razonable
entre el presunto
beneficio obtenido y la
contribución exigida:
es necesario que el
importe exigido sea
adecuadamente
proporcionado al
presunto beneficio
obtenido.
Ejemplo de ella es la
contribución que se
cobra a los frentistas
por el incremento de
valor de los
inmuebles ante la
pavimentación de una
calle.
Contribuciones
de Seguridad
Social
Denominadas
también
parafiscalidad,
están a cargo de
patronos y
trabajadores y cuya
recaudación se
destina a la
financiación de
servicios de
previsión y
asistencia social.
-Son Tributos en razón
de beneficios
individuales.
-Están constituidas por
la prestación
obligatoria.
Ejemplo de ellas
son las
contribuciones que
exigen los
organismos
profesionales,
creados por ley, a
sus matriculados,
para financiar sus
actividades de
regulación de la
profesión.
2. Diferencias
Tasa
Contribuciones
Especiales Impuestos
No dispone de una
regulación por la
condición individual
del sujeto que lo
paga, es indistinta de
esa condición.
Está orientada por el
pago de tributos en
virtud de un servicio
o retribución que se
entrega a cambio.
El hecho que lo
genera es el goce de
un servicio público.
Su destino es para el
mantenimiento del
servicio otorgado en
contraprestación.
Se identifica la
partida y la
contrapartida de la
vinculación tributaria.
El pago del tributo está
orientado a tributos de
orden legal de acuerdo
con la condición que le
otorga al pagador del
mismo la ley, los
cuales pueden ser
diferentes.
El pago de este tipo de
tributo está atado a la
recepción inmediata o
futura de posibles
retribuciones.
El hecho que lo
genera es el
recibimiento de un
beneficio.
Su destino es para el
financiamiento de la
actividad social del
ente receptor.
Se identifica la partida
y la contrapartida de la
vinculación tributaria.
Está orientada por
el pago de un
tributo como
producto de una
actividad
económica o
social sujeta a
Leyes que la
regulan.
No está amarrado
a recibir un
retribución
individual por el
tributo pagado.
El hecho que lo
genera es el gasto
publico
Se destino es para
las necesidades
colectivas del ente
que la emite
No se identifica la
partida y la
contrapartida de la
vinculación
tributaria