El objetivo de nuestro webinar es en primer lugar facilitar una imagen del mapa procedimental del estudiante extranjero desde que es aceptado por la universidad o centro de estudios hasta que finaliza los mismos y decide iniciar o continuar su carrera profesional en España, sea buscando trabajo o iniciando un proyecto empresarial.
1. TIPS PARA LA
AUTORIZACIÓN DE
ESTANCIA Y TRABAJO
EN ESPAÑA
www.agmabogados.com
2 3 O C T U B R E 2 0 2 3
WEBINAR
2. www.agmabogados.com
lcardenas@agmabogados.com
PONENTES
Marc Fernández de la Peña
Responsable del área de Inmigración
y Movilidad Internacional
mfernandez@agmabogados.com
Encuéntrame en
Rafaela Paim Calvacanti
Paralegal del área de Inmigración
y Movilidad Internacional
rpaim@agmabogados.com
Encuéntrame en
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
3. 1. Introducción: Situación estancia por estudios
2. Tipos de estancia por estudios
3. Requisitos: ¿Qué debo tener en cuenta?
4. Procedimiento: ¿Cómo y dónde solicitarlo?
5. Opciones después de estudiar
6. Casos prácticos
7. Resolución de 10 FAQs habituales
ÍNDICE
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
4. Introducción
www.agmabogados.com
Situación estudiantes extranjeros en España – 2023
• Incremento casi 15% (63.000).
• EEUU, Colombia, China y Perú a la cabeza.
• Localizados principalmente en BCN (25%), MAD (25%) y
Valencia (10%).
• 43.346 son estudios superiores.
• 35% de los estudiantes prorrogan su estancia.
• Necesidad facilitar incorporación de estos perfiles al
mercado laboral español eliminando barreras burocráticas
y facilitando oportunidades → SEM 1/2023.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
5. Antes de venir a España… debes preguntarte:
¿Qué tipo de estudio realizarás?
¿Cumple el curso los requisitos para solicitar la estancia por estudios?
¿Podré trabajar en España?
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
6. 1. Estudios centro enseñanza autorizado (*), tiempo completo (20h/s),
obtención título o certificado estudios:
- Educación (infantil, primeria, secundaria, bachillerato y personas adultas).
- Formación Profesional (FP).
- Curso idiomas oficiales de Academias acreditadas (Cervantes o similar
CCAA).
- Enseñanzas deportivas y artísticas
- Educación Superior (grado, master y doctorado, títulos propios de master,
experto y especialista) – HABILITA A TRABAJAR (casi 70% casos)
- Formación Reglada para el Empleo, Certificados de Profesionalidad,
Formación para certificados aptitud técnica o habilitación profesional –
HABILITA A TRABAJAR
2. Investigación o formación.
3. Programa de movilidad estudios ESO/BACH.
4. Prácticas No Laborales Centro Privado o Público.
5. Servicio de voluntariado.
(*) Autorizados: nivel estatal (RUCT), autonómico o adscrito en
centro reconocido.
Tipos de estudios
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
7. Requisitos:
¿Qué debo tener en cuenta?
• Que el centro está autorizado (Registro Universidades, Centros y Título o
RUCT): www.educacion.gob.es/ruct/home
• Admisión en el curso /centro (matrícula o carta de admisión).
• Contar con un seguro privado de enfermedad con operadora autorizada en España
(recomendación a través de un centro o directamente aseguradora España):
https://rrpp.dgsfp.mineco.es/
• Contar con medios económicos € - 100% IPREM (7.200€), salvo acredite abonado
alojamiento (50% del IPREM, 3.600€).
• Carecer de antecedentes penales (Certificado Penales, Apostillado/Legalizado y, en su caso,
traducido).
• No padecer ninguna enfermedad del listado Reglamento Sanitario Internacional 2005
(Certificado Médico).
→ La autorización puede solicitarse por la duración total del curso o bien será concedida
por 1 año con posibilidad de prórroga si existe continuidad estudios.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
8. Procedimiento: ¿Cómo y dónde solicitarlo?
www.agmabogados.com
Desde el extranjero (país de residencia).
• Consulado Español: necesidad de cita previa,
Resolución visado 15/30 días, visado de 3 meses →
luego entrada España para solicitar TIE.
Desde España, en situación legal estancia/turismo -
solo para estudios 37.1.a - cursar estudios centro,
tiempo completo, título.
• Oficina de Extranjería:
• Presentación antes de completados 60 días
(90/180)Tras resolución → tramitación TIE.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
9. Opciones después de estudiar
1) Continuidad estudios (los mismos u otros que guarden relación) →
PRÓRROGA ESTANCIA POR ESTUDIOS.
2) Si tengo intención de quedarme para buscar trabajo o emprender,
pero en el momento de finalización NO TENGO ninguna OFERTA o
CONTRATO → AUTORIZACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO O
EMPRENDIMIENTO (máximo 2 años y no habilita a trabajar).
3) Si tengo oferta de trabajo:
a. MODIFICACIÓN RESIDENCIA POR CUENTA AJENA (no hay mínimo
salarial salvo convenio).
b. RESIDENCIA CONTRATO LABORAL EN PRÁCTICAS (1 año, relación
estudios, no hay mínimo salarial salvo convenio).
c. RESIDENCIA PROFESIONAL ALTAMENTE CUALIFICADO/TARJETA AZUL
(41.000€/31.000€ puesto cualificado, experiencia y titulación).
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
10. Supuesto práctico 1
www.agmabogados.com
Estudiante extranjero ha finalizado un Máster de
Marketing en una escuela de negocios autorizada por un 1
año. El curso finaliza el 30 de junio. Obtiene el certificado
de finalización y solicitud título el 15 de julio. Dispone de
una oferta de trabajo de 25.000€ brutos anuales,
indefinido y para ser administrativo (no relacionado con
estudios).
¿Puede trabajar? ¿Qué autorización es recomendable?
¿Cómo sería el proceso?
Autorización de residencia por cuenta ajena: Posibilidad de
solicitud entre 90 días posteriores caducidad estancia.
Proceso demora aprox. 4 meses, puede trabajar hasta
30h/s mientras en trámite. Autorización por 1 año y
renovables por 4. No necesidad de relación con estudios,
pero sí exigencia finalización y aprovechamiento de los
mismos.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
11. Supuesto práctico 2
www.agmabogados.com
Estudiante extranjero ha finalizado un Máster de
Marketing en una escuela de negocios autorizada por un 1
año. El curso finaliza el 30 de junio. Obtiene el certificado
de finalización y solicitud título el 15 de julio. No dispone
de una oferta de trabajo en ese momento y no sabe si
hasta septiembre tendrá opción. Tampoco cree que alcance
los 41.000€, pues está realizando entrevistas. Nos
pregunta para la búsqueda de empleo porque le indican
que puede trabajar.
¿Puede trabajar? ¿Qué autorización es recomendable?
¿Cómo sería el proceso?
La búsqueda de empleo NO Autoriza a trabajar. Si cambia
a B.E luego no podrá modificar directamente a cuenta
ajena hasta pasado 1 año. Si cree que puede tener una
oferta o trabajo dentro de 90 días (cuenta ajena) y sino
búsqueda empleo para luego residencia prácticas.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
12. Supuesto práctico 3
www.agmabogados.com
Estudiante extranjero ha finalizado un Máster de Marketing
en una escuela de negocios autorizada por un 1 año. El
curso finaliza el 30 de junio. Obtiene el certificado de
finalización y solicitud título el 15 de julio. Está haciendo
entrevistas y dispone de una oferta de trabajo de 42.000€
(tiene relación con los estudios). Nos pregunta si puede
trabajar y solicitar una AC/Tarjeta Azul.
¿Puede trabajar? ¿Qué autorización es recomendable?
¿Cómo sería el proceso?
Podrá solicitar la Residencia Cualificada si dispone de un
título o experiencia profesional que guarde relación con el
puesto de trabajo. Tendrá validez de 3 años, renovables
cada 2 años.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
13. 10 FAQs habituales
1. Tengo un Airbnb por 6 meses, ¿puedo registrarme allá para realizar el padrón antes de la TIE?
No. Un Airbnb se entiende como un piso vacacional/temporal y no permite el empadronamiento.
Debes tener un contrato de alquiler superior a 6 meses.
2. Para prorrogar mi estancia, ¿puedo acreditar mis medios (€) con mi cuenta en el extranjero?
No es recomendable. Los criterios de los medios pueden ser distintos y en la Oficina de Extranjería
suelen requerir que esté en euros y en castellano.
3. ¿Cuál el coste de la empresa si quiere contratarme?
En todo el proceso administrativo existen tasas administrativas. Aunque algunas deban estar a nombre
de la empresa, la realidad es que pueden ser abonadas por terceros .
4. Si acabo de estudiar, ¿tengo 90 días para poder quedarme?
Los 90 días posteriores sólo son a los efectos de prórrogas de tu estancia o para modificar la
residencia (y no todos). Por lo tanto, no tienes 90 días para otro fin distinto.
5. ¿La estancia por estudios cuenta para la nacionalidad?
No, no cuenta pues no es residencia.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
14. 10 FAQS
habituales
6. ¿La estancia por estudios cuenta para la larga duración?
Sí, el 50%.
7. La empresa quiere tenerme en prácticas (no trabajo) pero ya he
finalizado los estudios. ¿Puedo alargar en base a ello?
No, sólo es posible prorrogar tus estudios si existe continuidad del
curso para lo que te matriculaste.
8. ¿Mi curso tiene que ser oficial para poder optar a trabajar?
No es necesario, pero sí se exige la oficialidad para la búsqueda de
empleo.
9. ¿Mi familia puede cambiar de régimen conmigo?
Sólo si antes estaba como familiar de estudiante salvo la residencia
cualificado donde es posible realizarla en cualquier momento.
10.Mi pareja y yo vivimos juntos, pero no tenemos formalizada la
pareja. ¿Puede venir como familiar?
No. Para poder pedir un visado de familiar debéis o bien acreditar
que estáis casados o sois pareja de hecho registrada en vuestro país.
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
15. SOMOS AGM ABOGADOS
Con más de 35 años de recorrido, AGM Abogados siempre ha tenido el mismo objetivo:
encontrar la mejor y más rápida solución a los problemas legales de nuestros clientes.
Es por esto que reunimos a un equipo internacional de más de 100 profesionales,
repartidos entre Barcelona, Madrid, Sabadell y París, cada uno especializado en su área
en concreto y, sobre todo, apasionados por su trabajo.
Somos una de las 35 firmas de abogados españolas más importantes del país y la única
que cuenta con oficina propia en Francia.
Los prestigiosos rankings de despachos de abogados nos recomiendan:
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
16. ENCUÉNTRANOS
Barcelona
Pau Clarís, 139 | 08009
Tel: +34 93 487 11 26
agm@agmabogados.com
Madrid
Pº Castellana, 140, 8ª A | 28046
Tel: +34 91 562 13 86
madrid@agmabogados.com
Sabadell
C/del Sol, 217, local | 08201
Tel: +34 93 715 51 36
sabadell@agmabogados.com
París
27, rue Dumont d’Urville | 75116
Tel: +33 1 44 43 00 70
paris@agmabogados.com
w w w . a g m a b o g a d o s . c o m
17. EL EQUIPO QUE
TE ACOMPAÑA DE
PRINCIPIO A FIN
www.agmabogados.com
Síguenos y comparte tu opinión
@AGMAbogados