El documento describe varios derechos y obligaciones de los contribuyentes de acuerdo con la legislación fiscal mexicana. Entre los principales derechos se encuentran: 1) el derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales para cumplir con sus obligaciones tributarias; 2) el derecho a ser tratado con respeto por los servidores públicos de la administración tributaria; y 3) el derecho a que sus datos e información se mantengan de forma reservada y sólo se utilicen para los fines previstos en la ley.
2. DERECHOS
Derecho Fundamento Contenido
Asistencia al contribuyente Art. 33 del CFF Asistencia Gratuita.
Resolución de problemas.
Síndico del contribuyente.
Recorridos para informar y asesorar.
Difusión de Reglas de carácter general.
Entre otras.
Promociones ante la autoridad fiscal Art. 18, 34 y 37 del CFF Promociones.
Contestación de consultas.
Negativa Ficta.
Representación de contribuyentes Art. 18 del CFF Representante Legal.
Declaraciones Complementarias Art. 32 del CFF Modificación de información por declaraciones
complementarias.
Asesoría, representación y defensa del
contribuyente
Art. 18 B del CFF Procuraduría de la defensa del contribuyente.
Devolución de Contribuciones Art. 22 del CFF Solicitud de devolución de impuestos.
Compensación de impuestos Art. 23 del CFF Compensación Universal de cantidades a favor.
3. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMEN
TO
EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Obtener tu
devolución
Derecho a obtener, en su
beneficio, las devoluciones de
impuestos que procedan en
términos del Código Fiscal de la
Federación y de las leyes
fiscales aplicables.
Ley Federal
de los
Derechos del
Contribuyent
e, artículo 2,
Cuando tengas saldo a favor podrás
solicitar las devoluciones que te
correspondan. Esto ocurre cuando al
efectuar el cálculo de tus impuestos,
resulta que pagaste más de lo que
debías, por lo que puedes solicitar ante
el SAT que te sea devuelta la cantidad.
Ser tratado con
respeto y
consideración
Derecho a ser tratado con el
debido respeto y consideración
por los servidores públicos de
la administración tributaria.
Ley Federal
de los
Derechos del
Contribuyent
e, artículo 2,
fracción VIII.
Consiste en que cualquier servidor
público, en este caso cualquier
empleado del SAT esta obligado a
ofrecerte una atención amable y cordial
en un trámite, en un procedimiento,
entre otros.
Lo anterior para comprender tus
inquietudes y cumplir tus necesidades
de información y atención.
4. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMEN
TO
EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Identidad de las
autoridades
fiscales
Derecho a conocer
la identidad de las
autoridades fiscales
bajo cuya
responsabilidad se
tramiten los
procedimientos en
los que tengan
condición de
interesados.
Ley Federal
de los
Derechos del
Contribuyent
e, artículo 2,
fracción IV.
Tienes derecho a conocer la identidad de la autoridad bajo
cuya responsabilidad se realizan trámites en los que estés
involucrado, como ser sujeto a una visita domiciliaria, un
procedimiento administrativo de ejecución, una notificación,
una verificación de domicilio, entre otros. Puedes solicitar en
cualquier momento al servidor público que se identifique
como empleado del SAT y te muestre el documento que lo
faculta para llevar a cabo la acción de que se trate.
5. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMEN
TO
EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Derecho a corregir
tu situación fiscal
.
Derecho a corregir
su situación fiscal
con motivo del
ejercicio de las
facultades de
comprobación que
lleven a cabo las
autoridades fiscales
Ley Federal
de los
Derechos del
Contribuyent
e, artículo 2,
fracción XIII.
Antes de que se cierre una auditoría a tu cargo, podrás ofrecer
documentos y comprobantes que permitan aclarar tu
situación fiscal. Si después de que fueron revisados por la
autoridad que te está revisando, se determina que existen
diferencias entre lo que declaraste y lo que se comprobó
durante la auditoría, puedes corregir tu situación y pagar las
diferencias a tu cargo antes de que se emita la resolución o
finalice el procedimiento.
Para hacer valer este derecho puedes solicitar durante el
procedimiento de auditoría atención especializada sobre la
mejor alternativa para corregir las diferencias determinadas.
6. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENT
O
EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Información al
inicio de las
facultades de
comprobación
Derecho a ser informado, al inicio de las
facultades de comprobación de las
autoridades fiscales, sobre sus derechos
y obligaciones en el curso de tales
actuaciones y a que éstas se desarrollen
en los plazos previstos en las leyes
fiscales.
Se tendrá por informado al
contribuyente sobre sus derechos,
cuando se le entregue la carta de los
derechos del contribuyente y así se
asiente en la actuación que
corresponda.
La omisión de lo dispuesto en esta
fracción no afectará la validez de las
actuaciones que lleve a cabo la
autoridad fiscal, pero dará lugar a que se
finque responsabilidad administrativa al
servidor público que incurrió en la
omisión.
Ley Federal
de los
Derechos del
Contribuyent
e, artículo 2,
fracción XII.
Tienes derecho al inicio de cualquier actuación de la
autoridad tributaria tendiente a comprobar el
cumplimiento, contenido y alcance de tus
obligaciones fiscales a ser informado y asistido tanto
sobre tus derechos como tus obligaciones.
Cuando personal del SAT se presente en tu domicilio
deben explicarte claramente el motivo de la visita y
cuáles son tus derechos. También deben entregarte
un documento llamado “Carta de los Derechos del
Contribuyente Auditado”, en él se explica en
términos muy sencillos cuáles son tus derechos y
como puedes hacerlos valer. Si te encuentras en esta
situación, es muy importante que verifiques que te
la entreguen y te expliquen todas las dudas que te
surjan durante la visita, ya que si se oponen a
explicarte tus derechos y obligaciones o prolongan la
visita domiciliaria por más tiempo del establecido en
la ley sin justificación legal, pueden ser sujetos de
responsabilidad administrativa, que es un
procedimiento en el que un órgano revisará su
actuación y si determina que existen anomalías
7. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Actuaciones
menos
onerosas
Derecho a que las
actuaciones de las
autoridades fiscales
que requieran su
intervención se
lleven a cabo en la
forma que les resulte
menos onerosa.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente, artículo
2, fracción IX.
Tienes derecho a que la actuación de la administración
tributaria sea ágil y transparente, orientada en todo
momento tanto a la calidad, mayor simplicidad posible y
eficiencia; asimismo, a que se desarrolle en la forma en
que te resulte menos costosa.
No entregar
documentos
Derecho a no aportar
los documentos que
ya se encuentran en
poder de la
autoridad fiscal
actuante.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente, artículo
2, fracción VI.
Cuando seas sujeto de un procedimiento o realices un
trámite ante el SAT como es una visita domiciliaria, un
procedimiento administrativo de ejecución, no estás
obligado a entregar nuevamente documentación
soporte la cual ya se encuentra en poder de la autoridad
solicitante; por ejemplo:
Declaraciones anuales
Declaraciones provisionales o definitivas
Tu constancia de inscripción.
8. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Información y
asistencia
Derecho a ser
informado y asistido
por las autoridades
fiscales en el
cumplimiento de sus
obligaciones
tributarias, así como
del contenido y
alcance de las
mismas.
Ley Federal de
los Derechos
del
Contribuyente,
artículo 2,
fracción I.
Como contribuyente tienes derecho a recibir de las
autoridades fiscales, la información que te resulte útil
para realizar toda clase de trámites, declaraciones y
servicios que te ayuden a cumplir con tus
obligaciones, además de poner a tu alcance oficinas,
personal y otros medios para asistirte en su
realización. Puedes hacer valer este derecho con
alternativas como: presentar una queja, realizar una
sugerencia, solicitar asesoría en la oficina más
cercana a tu domicilio, formular una denuncia, hacer
una consulta o acudir a la Procuraduría de la Defensa
del Contribuyente (PRODECON) para que te
represente.
9. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Estado de los
procedimientos
.
Derecho a conocer
el estado de
tramitación de los
procedimientos en
los que sea parte
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente,
artículo 2, fracción
III.
Como contribuyente tienes derecho a que la autoridad te
informe el estado o etapa en que se encuentra un
procedimiento o trámite, o en su caso si ha concluido.
Ejemplos de procedimientos en los que como contribuyente
puedes ser parte, son:
Cuando el SAT te hace una visita domiciliaria.
Cuando el SAT inicia el procedimiento administrativo de
ejecución por algún adeudo fiscal no pagado.
Cuando promueves un recurso de revocación.
Ser oído en el
trámite
administrativo
Derecho a ser oído
en el trámite
administrativo con
carácter previo a la
emisión de la
resolución
determinante del
crédito fiscal, en
los términos de las
leyes respectivas.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente,
artículo 2, fracción
XI.
Consiste en que la autoridad tiene la obligación de recibir y
atender tus peticiones relacionados al trámite administrativo
en que te encuentres involucrado, siempre que lo hagas en
tiempo y forma antes de que se pronuncie la resolución
determinante de tu adeudo fiscal.
Lo anterior con estricto apego a las leyes correspondientes.
10. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENT
O
EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Domicilio para
recibir
notificaciones
Derecho a señalar en el
juicio ante el Tribunal
Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa,
como domicilio para
recibir notificaciones,
el ubicado en cualquier
parte del territorio
nacional, salvo cuando
tenga su domicilio
dentro de la
jurisdicción de la Sala
competente de dicho
Tribunal, en cuyo caso
el señalado para recibir
notificaciones deberá
estar ubicado dentro
de la circunscripción
territorial de la Sala.
Ley Federal de
los Derechos
del
Contribuyente
, artículo 2,
fracción XIV.
Consiste en que puedes señalar cualquier domicilio del
territorio nacional, para oir y recibir notificaciones en un
juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, salvo cuando tu domicilio se encuentre
dentro de la jurisdicción de la sala competente de dicho
Tribunal.
Este derecho es aplicable solo en el caso de que impugnes
una resolución que emitió el SAT ante el Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa. Te permite señalar un
domicilio para que te notifiquen acuerdos y resoluciones
que se emitan en cualquier parte de México. A menos que
tú domicilio se ubique dentro de la jurisdicción de la sala
competente de dicho Tribunal.
Para comprender lo anterior es importante que sepas que
el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa está
integrado por salas distribuidas en todo México. Cada una
de ellas atiende una región que puede componerse de uno
o más estados, por ejemplo, los estados de Sinaloa y Baja
California Sur están dentro de la jurisdicción de la Sala
Regional Noroeste III.
11. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Copias
certificadas de
declaraciones
presentadas
Derecho a obtener
certificación y copia de
las declaraciones
presentadas por el
contribuyente, previo el
pago de los derechos
que en su caso,
establezca la Ley.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente, artículo
2, fracción V.
El SAT resguarda información relacionada con tu
situación fiscal, misma que, se te puede
proporcionar en el caso que lo solicites.
Algunos ejemplos de procedimientos en los que
como contribuyente puedes estar involucrado y
requerir copias certificadas son:
Un expediente de un crédito fiscal.
Una resolución
Una declaración.
Una notificación.
Acta de visita domiciliaria.
Cabe mencionar que para obtener la certificación
de un documento debes pagar un derecho por
cada hoja solicitada.
12. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Alegatos y
ofrecimiento de
pruebas
Derecho a formular alegatos,
presentar y ofrecer como pruebas
documentos conforme a las
disposiciones fiscales aplicables,
incluso el expediente
administrativo del cual emane el
acto impugnado, que serán
tenidos en cuenta por los órganos
competentes al redactar la
correspondiente resolución
administrativa.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente,
artículo 2, fracción
X.
En que tienes derecho a expresar tus
argumentos y razones respecto a los hechos y
pruebas aportadas en el procedimiento e
incluso a manifestar argumentos jurídicos así
como a aportar las pruebas que consideres
durante el procedimiento que se te esté
realizando que incluso puede ser el
expediente administrativo del cual emane el
acto impugnado, para que sean tomados en
cuenta al momento de emitir una resolución.
Lo anterior para que se cumplan las
formalidades esenciales del procedimiento
conforme la garantía de audiencia
constitucional.
13. DERECHO QUE DICE LA LEY FUNDAMENTO EN QUÉ CONSISTE ESTE DERECHO
Carácter
reservado de
datos,
informes o
antecedentes
Derecho al carácter reservado
de los datos, informes o
antecedentes que de los
contribuyentes y terceros con
ellos relacionados, conozcan
los servidores públicos de la
administración tributaria, los
cuales sólo podrán ser
utilizados de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 69
del Código Fiscal de la
Federación.
Ley Federal de los
Derechos del
Contribuyente,
artículo 2,
fracción VII.
Tienes derecho a que la autoridad tributaria
resguarde con carácter de reservado toda tu
información, que sólo puede ser utilizada en casos
previstos por las leyes.
En este sentido, la Administración Tributaria, en
términos de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental,
tiene la obligación de garantizar la protección de
los datos personales que estén en su poder, así
como de impedir el acceso a ellos, incluso para su
rectificación o corrección, y oponerse a su difusión
o a cierto tratamiento mientras no se establezca lo
contrario en la ley.
El derecho a la confidencialidad y protección de
datos también implica que tienes derecho a
acceder a los registros y documentos que forman
parte de un expediente abierto a tu nombre.
14. OBLIGACIONES
OBLIGACIÓN FUNDAMENTO CONTENIDO
Inscripción al Registro Federal de
Contribuyentes.
Art. 27 del CFF. Requisitos para la inscripción al RFC.
Llevar Contabilidad. Art. 28 del CFF. Integración de la contabilidad.
Expedición de comprobantes Fiscales. Art. 29, 29-A, 29-B y 29-C del CFF. Requisitos de los comprobantes fiscales.
Guarda de la documentación. Art. 30 del CFF. Requisitos para la guarda de la
documentación y la contabilidad.
Formatos y Medios Electrónicos. Art. 31 del CFF. Características y requisitos para el uso de
formatos y medios electrónicos.
Dictamen de Contador Público. Art. 32-A y 52 del CFF. Requisitos para dictaminar Estados
Financieros.
Transporte de Mercancías. Art. 29-B del CFF. Documentación que ampara mercancías.
15. OBLIGACIONES
• Inscripción en el RFC.
• Expedir comprobantes fiscales.
• Llevar contabilidad.
• Presentar declaraciones y pagos mensuales, y Declaración Anual.
De los impuestos sobre la renta, al valor agregado y, en su caso, especial sobre producción y servicios.
Si es tu caso, también debes presentar las retenciones del ISR o IVA que hayas hecho.
• Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
• Presentar declaraciones informativas anuales.
En su caso, Declaración Informativa Múltiple.
16. • OTRAS OBLIGACIONES
Retener impuestos así como expedir el comprobante fiscal que corresponda, el cual se puede considerar
como la constancia de retenciones.
Formular un estado de posición financiera e inventario de existencias.
Determinar la utilidad fiscal y PTU cada año.
Llevar control de inventarios.
Avisar por los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital recibidos.
En su caso, declaración informativa en el formato electrónico Multi-IEPS.
TITULO II De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes
CAPITULO UNICO
Del art. 18 al art.32-I.