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Abog. Mstro. Cristhian Manuel Trigos Fernández
Los recursos naturales son aquella
parte de la naturaleza que tiene
alguna utilidad actual y potencial
para el hombre, son los elementos
naturales que el ser humano
aprovecha para satisfacer sus
necesidades.
El artículo de 3 de la Ley 26821 (26 de junio de 1997), Ley
Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos
Naturales, establece que: “son recursos naturales todo componente
de la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano y
que tenga un valor actual o potencial en el mercado ”
RECURSOS NATURALES
RENOVABLES
Son aquellos recursos que usados de
manera sostenible son duraderos
porque se autorrenuevan, tienen la
capacidad de autoregenerarse o de
autodepurarse si no excede su
capacidad de carga.
Incluso en muchos casos tienen la
capacidad de recuperarse a su
estado natural luego de sufrir
enventos que suponen una severa
alteración como los incendios
Capacidad de carga:
Depende de la cantidad (cuanto se usa),
el modo (como se usa) y la intensidad
(con que frecuencia se usa), en
relación con el uso del mismo
forestales, o derrames de
contaminantes.
RECURSOS NATURALES NO
RENOVABLES
Son recursos no renovables todo aquellos
cuyo aprovechamiento lleva a la extinción
de la fuente productora, por que no tienen
la capacidad de autorenovarse.
Es por ello que el uso sostenible de estos
recursos, esta orientado a la modificación
de patrones de producción y consumo
con el fin de usarlos adecuadamente y
aprovecharlos al máximo
REUTILIZABLES
Como los metales recuperados.
NO REUTILIZABLES
Como los combustibles fósiles, .
▪ El artículo 66 de la Constitución de 1993 establece: “Los recursos naturales
renovables y no renovables, son patrimonios de la Nación. El Estado es soberano de su
aprovechamiento.
Por Ley Orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a
particulares. La concesión
otorgada a su titular de derecho real, sujeto a dicha norma legal”.
▪ A diferencia de las constituciones de 1920, 1933 1979, que declara explícitamente
que los recursos naturales pertenecen al Estado, la de 1993 no hace alusión
expresa a la propiedad del Estado sobre los recursos naturales.
▪ Sin embargo en el segundo párrafo del artículo 66, “Por Ley Orgánica se fijan las
condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorgada a
su titular de derecho real, sujeto a dicha norma legal”. Lo cual nos llevaría a concluir
que los recursos naturales son bienes públicos y solo se otorgan a particulares
mediante concesión.
▪ El Estado siempre tendrá el dominio eminente sobre todos los recursos naturales
porque estos son Patrimonio de la Nación, lo que significa que tiene la facultad, en el
ejercicio de su soberanía y nombre del bien común o interés público, de establecer la
modalidad de otorgamiento de derechos patrimoniales:
➢Propiedad
➢Usufructo
➢Cesión de uso
➢Arrendamiento
➢Concesión
➢Licencia
➢Permiso
➢Autorización
Tiene la facultad de imponer restricciones y limitaciones al ejercicio de los derechos
que sobre cientos recursos tienen los particulares e inclusive tiene la potestad de
expropiarlos.
¿Cómo entendemos que los recursos naturales
sean considerados Patrimonio de la Nación?
El Estado dispone las condiciones, restricciones o limitaciones en el
ejercicio de derechos patrimoniales en aras de interés público.
El uso adecuado de los recursos naturales es interés de todos
los peruanos, ya que en sus distintas formas nos proporcionan lo
necesario para satisfacer nuestras necesidades.
Por ello el Estado que nos representa legalmente a todos, no
puede permitir los usos que suponga depredación de los
recursos naturales o degradación del ambiente, porque se
limitaria nuestras posibilidades de desarrollo y afectaría
nuestra calidad de vida
▪ El Estado y los recursos naturales
Ley N° 26821 Ley Orgánica sobre el Aprovechamiento de los Recursos Naturales,en el
artículo 6 establece que “ El Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales.
Su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y
jurisdiccionales sobre ellos”.
VALOR ECONÓMICO DE LOS RECURSOS NATURALES
▪ Los recursos naturales están insertos en un sistema de relaciones de gran complejidad,
cuyo equilibrio se ha visto muchas veces amenazados por la intervención del hombre.
▪ Desestabilizar el equilibrio ecológico obedece principalmente a la explotación a que
los recursos han sido sometidos y a la contaminación producto del acelerado avance
de la sociedad industrial.
❖El valor económico podemos abordarlo desde dos enfoques el antropocéntrico y
ecocéntrico
ANTROPOCÉNTRICO ECOCENTRICO
▪ El enfoque ecocentrista fundamenta su
pensamiento en valores inherentes a la
naturaleza; es decir, aquellos que le son propios
y que no dependen de las percepciones o
sensaciones humanas.
Estos son impuestos como imperativos morales a
la sociedad, con el fin de asegurar la
integridad y estabilidad de los sistemas
ecológicos, como es el caso de la preservación
de la biodiversidad
▪ Este enfoque ve a la naturaleza en función del
hombre y a los recursos como fuentes de
servicios para satisfacer sus necesidades
▪ La ética antropocéntrica concibe a la naturaleza
y sus recursos de un modo instrumental; es
decir, como medios para alcanzar el bienestar
del hombre
▪ Bajo este paradigma surgen los intentos por
hacer compatibles el crecimiento económico y
la preservación del medio ambiente, pero
siempre guardando el derecho a disponer de
los recursos de la manera que se estime más
racional. Aquí es donde aparece el concepto de
desarrollo sustentable.
VALOR DE LOS
RECURSOS NATURALES
VALOR VALOR ECONÓMICO
❑ El valor se entiende como
aquello que saca al sujeto
de su indiferencia del
objeto, el valor se funda en
la preferencia.
❑ Es suficiente que algo
produzca cierta alteración
positiva o negativa, para
❑ Su esencia, lo que lo
distingue de otros tipos de
valores, consiste en abarcar
la dimensión útil de la cosa,
❑ El interés por medir el valor de
los recursos naturales surge de la
necesidad de guiar las fuerzas de
los mercados, mediante políticas
ambientales, que lleven a la
sociedad a alcanzar una situación
de máximo bienestar.
como
capacidad
puede ser
uso
la
e
❑ Los mercados, en general, son
de eficientes en la asignación de los
recursos, pero en relación a los
intercambio. servicios ambientales existe un
vació.
❑ Es asignado al objeto en la
medida que éste sea capaz
de satisfacer necesidades,
que hagamos una
❑ Las fuerzas del mercado no
valoración del objeto pueden ser confiables ni en
llevarlos hacia su uso más
valorado, ni en revelar precios
❑ Valoración subjetiva: El
valor es el carácter que
reviste una cosa al ser
apreciada
❑ Valoración objetiva: Es el
carácter de las cosas que
merecen mayor o menor
atención
las cuales están
los
que reflejen sus verdaderos
valores sociales.
determinadas
valores
por
propios del ❑ Es esta falla del sistema de
mercado para asignar y poner
individuo. precio a los recursos y servicios
ambientales, la que crea la
necesidad de la medición
económica de los valores para
guiar la ejecución de políticas.
❑ El valor económico esta
dentro de la valoración
subjetiva

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  • 1. Abog. Mstro. Cristhian Manuel Trigos Fernández
  • 2. Los recursos naturales son aquella parte de la naturaleza que tiene alguna utilidad actual y potencial para el hombre, son los elementos naturales que el ser humano aprovecha para satisfacer sus necesidades. El artículo de 3 de la Ley 26821 (26 de junio de 1997), Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que: “son recursos naturales todo componente de la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano y que tenga un valor actual o potencial en el mercado ”
  • 3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES Son aquellos recursos que usados de manera sostenible son duraderos porque se autorrenuevan, tienen la capacidad de autoregenerarse o de autodepurarse si no excede su capacidad de carga. Incluso en muchos casos tienen la capacidad de recuperarse a su estado natural luego de sufrir enventos que suponen una severa alteración como los incendios Capacidad de carga: Depende de la cantidad (cuanto se usa), el modo (como se usa) y la intensidad (con que frecuencia se usa), en relación con el uso del mismo forestales, o derrames de contaminantes.
  • 4. RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES Son recursos no renovables todo aquellos cuyo aprovechamiento lleva a la extinción de la fuente productora, por que no tienen la capacidad de autorenovarse. Es por ello que el uso sostenible de estos recursos, esta orientado a la modificación de patrones de producción y consumo con el fin de usarlos adecuadamente y aprovecharlos al máximo REUTILIZABLES Como los metales recuperados. NO REUTILIZABLES Como los combustibles fósiles, .
  • 5. ▪ El artículo 66 de la Constitución de 1993 establece: “Los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonios de la Nación. El Estado es soberano de su aprovechamiento. Por Ley Orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorgada a su titular de derecho real, sujeto a dicha norma legal”. ▪ A diferencia de las constituciones de 1920, 1933 1979, que declara explícitamente que los recursos naturales pertenecen al Estado, la de 1993 no hace alusión expresa a la propiedad del Estado sobre los recursos naturales. ▪ Sin embargo en el segundo párrafo del artículo 66, “Por Ley Orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorgada a su titular de derecho real, sujeto a dicha norma legal”. Lo cual nos llevaría a concluir que los recursos naturales son bienes públicos y solo se otorgan a particulares mediante concesión.
  • 6. ▪ El Estado siempre tendrá el dominio eminente sobre todos los recursos naturales porque estos son Patrimonio de la Nación, lo que significa que tiene la facultad, en el ejercicio de su soberanía y nombre del bien común o interés público, de establecer la modalidad de otorgamiento de derechos patrimoniales: ➢Propiedad ➢Usufructo ➢Cesión de uso ➢Arrendamiento ➢Concesión ➢Licencia ➢Permiso ➢Autorización Tiene la facultad de imponer restricciones y limitaciones al ejercicio de los derechos que sobre cientos recursos tienen los particulares e inclusive tiene la potestad de expropiarlos.
  • 7. ¿Cómo entendemos que los recursos naturales sean considerados Patrimonio de la Nación? El Estado dispone las condiciones, restricciones o limitaciones en el ejercicio de derechos patrimoniales en aras de interés público. El uso adecuado de los recursos naturales es interés de todos los peruanos, ya que en sus distintas formas nos proporcionan lo necesario para satisfacer nuestras necesidades. Por ello el Estado que nos representa legalmente a todos, no puede permitir los usos que suponga depredación de los recursos naturales o degradación del ambiente, porque se limitaria nuestras posibilidades de desarrollo y afectaría nuestra calidad de vida
  • 8. ▪ El Estado y los recursos naturales Ley N° 26821 Ley Orgánica sobre el Aprovechamiento de los Recursos Naturales,en el artículo 6 establece que “ El Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales. Su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos”.
  • 9. VALOR ECONÓMICO DE LOS RECURSOS NATURALES ▪ Los recursos naturales están insertos en un sistema de relaciones de gran complejidad, cuyo equilibrio se ha visto muchas veces amenazados por la intervención del hombre. ▪ Desestabilizar el equilibrio ecológico obedece principalmente a la explotación a que los recursos han sido sometidos y a la contaminación producto del acelerado avance de la sociedad industrial. ❖El valor económico podemos abordarlo desde dos enfoques el antropocéntrico y ecocéntrico
  • 10. ANTROPOCÉNTRICO ECOCENTRICO ▪ El enfoque ecocentrista fundamenta su pensamiento en valores inherentes a la naturaleza; es decir, aquellos que le son propios y que no dependen de las percepciones o sensaciones humanas. Estos son impuestos como imperativos morales a la sociedad, con el fin de asegurar la integridad y estabilidad de los sistemas ecológicos, como es el caso de la preservación de la biodiversidad ▪ Este enfoque ve a la naturaleza en función del hombre y a los recursos como fuentes de servicios para satisfacer sus necesidades ▪ La ética antropocéntrica concibe a la naturaleza y sus recursos de un modo instrumental; es decir, como medios para alcanzar el bienestar del hombre ▪ Bajo este paradigma surgen los intentos por hacer compatibles el crecimiento económico y la preservación del medio ambiente, pero siempre guardando el derecho a disponer de los recursos de la manera que se estime más racional. Aquí es donde aparece el concepto de desarrollo sustentable.
  • 11. VALOR DE LOS RECURSOS NATURALES VALOR VALOR ECONÓMICO ❑ El valor se entiende como aquello que saca al sujeto de su indiferencia del objeto, el valor se funda en la preferencia. ❑ Es suficiente que algo produzca cierta alteración positiva o negativa, para ❑ Su esencia, lo que lo distingue de otros tipos de valores, consiste en abarcar la dimensión útil de la cosa, ❑ El interés por medir el valor de los recursos naturales surge de la necesidad de guiar las fuerzas de los mercados, mediante políticas ambientales, que lleven a la sociedad a alcanzar una situación de máximo bienestar. como capacidad puede ser uso la e ❑ Los mercados, en general, son de eficientes en la asignación de los recursos, pero en relación a los intercambio. servicios ambientales existe un vació. ❑ Es asignado al objeto en la medida que éste sea capaz de satisfacer necesidades, que hagamos una ❑ Las fuerzas del mercado no valoración del objeto pueden ser confiables ni en llevarlos hacia su uso más valorado, ni en revelar precios ❑ Valoración subjetiva: El valor es el carácter que reviste una cosa al ser apreciada ❑ Valoración objetiva: Es el carácter de las cosas que merecen mayor o menor atención las cuales están los que reflejen sus verdaderos valores sociales. determinadas valores por propios del ❑ Es esta falla del sistema de mercado para asignar y poner individuo. precio a los recursos y servicios ambientales, la que crea la necesidad de la medición económica de los valores para guiar la ejecución de políticas. ❑ El valor económico esta dentro de la valoración subjetiva