SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 38
“AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL 
COMPROMISO CLIMÁTICO” 
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES 
ESCUELA DE CONTABILIDAD 
INTEGRANTES: 
CASTILLO SÁNCHEZ, Fiorella 
CERVERA CRISANTO, Juan Miguel 
PAUCAR YANAYACO, Agusto 
RAMÍREZ MERINO, Luz 
VILLEGAS CASTILLO, Dervy
EVOLUCIÓN HISTÓRICA 
• En la literatura financiera se han encontrado datos de cómo los 
fenicios, los griegos y los romanos ya negociaban contratos con 
cláusulas de opción sobre las mercancías que transportaban. finalidad 
era reducir el riesgo ante posibles acontecimientos. 
• El primer mercado de opciones organizado apareció en Holanda (siglo 
XVII), donde se negociaban bulbos de tulipán. 
• evolución del mercado de opciones ha llegado hasta nuestros días en 
forma de contratos estandarizados negociados en mercados 
organizados.
ETIMOLOGÍA 
• El Warrant proviene de la voz inglesa warrantg o warranty significa garantía 
y garantizar, ya a su vez bono o vale de prenda. 
El warrant en otros países se le conoce como "nota de prenda" o "bono de 
prenda“ 
Se da por las necesidades del comerciante de salvaguardar su mercancía a 
raíz de la falta de espacio. surgieron los almacenes que preservaban las 
mercancías. Este depósito se documentaba en títulos denominados 
Warrants, que servían como garantía para obtener créditos y promover la 
actividad mercantil. 
En nuestro País es un título valor relacionado con las operaciones de guarda 
y conservación de mercaderías dentro del régimen de almacenes generales 
de depósito.
DEFINICIÓN: 
El warrant es un contrato o instrumento 
financiero derivado que da al 
comprador el derecho, pero no la 
obligación, de comprar/vender un 
activo subyacente (acción, futuro, etc.) 
a un precio determinado en una fecha 
futura también determinada. En 
términos de funcionamiento.
CLASES DE WARRANT 
Según la nueva legislación 
a) Warrant Insumo producto 
b) Warrant Aduanero 
c) Warrant Virtual 
Según su estilo 
a) Warrants de compra (Call) 
b) Warrants de venta (Put) 
En función de la forma en la que sea su ejercicio Warrants a la 
Europea: 
a) Warrants a la Americana 
b) Warrants "Bermudas
El depositante o 
tomador: Es el titular 
de la mercancía que 
entrega en custodia los 
bienes o la 
producción. 
El depositario o empresa 
almacenera: Es quien tiene a 
su cargo la custodia de la 
mercancía depositada. Este 
no podrá realizar 
operaciones de compraventa 
ni negociar los títulos. 
Entidades financieras: Son las 
que otorgan el crédito contra 
el endoso del warrant, es decir, 
es la entidad que entregará 
una determinada suma de 
dinero al depositario a cambio 
de una garantía. 
SUJETOS DEL WARRANT
ELEMENTOS DEL WARRANT 
• El precio de ejercicio Strike: costo al que se podrá ejercer el derecho 
adquirido mediante la compra o venta del activo subyacente 
• Activo subyacente: Es el activo de referencia sobre el que se otorga el 
derecho, puede ser una acción, una cesta de acciones, un índice bursátil, 
una divisa, tipo de interés. 
• Fecha de ejercicio: Es la fecha futura en la que se producirá la transacción. 
• Prima: El precio que se paga por el warrant. Este precio se compone de: 
a. Valor intrínseco: (-)del subyacente 
y el precio de ejercicio. 
a. Valor temporal: Es la parte de la prima que valora el derecho de compra 
o venta del subyacente inherente al warrant. Está determinado por 
elementos como la volatilidad o el tiempo hasta el vencimiento
COMPONENTES DEL WARRANT 
Los warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones 
realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en 
cuenta que cotizan en un mercado organizado. 
• El plazo de vencimiento: 
Es la prórroga de vencimiento del derecho del warrant 
• Liquidez: 
Los warrants suelen gozar de mayor liquidez, puesto que las entidades 
emisoras se encargan de que esta exista. En las opciones negociadas, la 
liquidez depende del mercado.
CARACTERÍSTICAS DEL WARRANT 
 Al comprar un warrant se adquiere el derecho, no la obligación, a comprar o 
vender el activo subyacente. 
 El precio que se paga por el warrant se denomina prima, y es lo que cuesta 
adquirir el derecho a comprar o vender el activo subyacente. 
 El acreedor puede percibir el crédito a través de una rápida ejecución 
extrajudicial, en caso de incumplimiento. 
 La prima depende de varios parámetros: el precio de ejercicio, el precio del 
activo subyacente, la volatilidad, el tiempo a vencimiento, el tipo de interés y 
los dividendos. 
 Permite garantizar la hipoteca del bien, pero sin perder el propietario la 
tenencia de este.
UTILIDADES DEL WARRANT 
 Facilita el acceso al crédito. 
 Evita que se acumule el stock de mercadería y promueve la comercialización de la 
mercancía que se encuentra depositada. 
 Para retener el producto y es esperar mejores precios y disponer entre tanto de un capital 
de trabajo. 
 Disponer de fondos que posibiliten adquirir mayor cantidad de mercadería para 
almacenar compra de materia prima. 
 Hacer frente a compromisos financieros previos y pagar gastos varios. 
 Permite el acceso al crédito con la constitución de una garantía de bajo costo. 
 Posibilita otorgar garantías a diferentes acreedores a través de una división de los 
productos depositados en títulos diferentes. 
 El productor puede retener sus mercancías o producción, para aprovechar las condiciones 
del mercado, porque los precios son más altos cuando más se aleja del periodo de la 
cosecha. 
 Se pueden obtener mejores tasas de interés en el crédito garantizado. 
 Permite el acceso al sistema financiero
PRODUCTOS OBJETOS DE WARRANTS 
En el área agrícola 
Productores; capacidad de acopio y de molinos, se utiliza sobre granos 
almacenados. distribuidores, importadores; se pueden utilizar sobre maquinaria 
agrícola, equipo de riego, otros tipos de máquinas, semillas y agroquímicos. 
En el área productiva 
• En productos como los lácteos, jugos y concentrados de fruta, vinos, azúcar, lana, 
manufacturas nacionales o importadas. etc. 
En otras áreas 
• utilizar en automotores, computación, electrodomésticos, textiles, maquinarias, 
papel, telefonía, materias primas, mineros, forestales etc. 
• En definitiva se utiliza en materias primas o mercadería elaborada agropecuaria, 
industrial, maquinaria o cualquier mercancía de fácil conservación y realización
MERCADERÍAS QUE DAN LUGAR A LA EMISIÓN DEL WARRANT 
 En cuanto a las mercaderías que dan lugar a la emisión el warrant, la 
ley de títulos valores prescribe lo siguiente: 
 Solo se emitirán warrant por mercaderías cuyo valor señalado en el 
titulo no sea menor al equivalente a cinco unidades impositivas 
tributarias, vigente en la fecha de emisión. 
 Bajo responsabilidad del depositante, no podrá solicitar la emisión de 
warrant por mercaderías que estén sujetos a registro público especial 
o gravamen con entrega jurídica.
LOS CONTRATOS DE WARRANT Y SU FUNCIONAMIENTO 
El crédito Warrant no afecta otras líneas de crédito, pero se tienen en cuenta antecedentes 
comerciales y situación patrimonial del solicitante del crédito (depositante). 
Cuando el titular de los bienes deposita su mercancía en los depósitos fiscales o particulares 
debidamente autorizados, el depositante emite el certificado de warrant. 
Los productos depositados, beben ser libres de todo gravamen o embargo, son asegurados por el 
depositante en el depósito donde se almacenan. 
La empresa warrant debe recibir el producto del depositante, controlar calidad y cantidad, emitir el 
certificado de depósito y el warrant, custodiar el producto durante el período de vigencia de la 
operación y efectuar la devolución final del producto. 
El certificado de warrant, es un título esencialmente negociable, de tal manera, que el tenedor del 
certificado de warrant será el acreedor por haber otorgado el crédito oportunamente. Sin embargo, 
resulta importante destacar que la negociación de warrant implica la indisponibilidad de la 
mercancía depositada porque se constituye en la garantía del crédito asignado al depositante. 
El titular de bien o producto depositado se encuentra legitimado para endosar el warrant a favor de 
una entidad financiera. De esta manera se transfiere los derechos sobre esos bienes y accede al 
crédito para sus necesidades. 
Cuando se negocian el certificado, el primer endoso debe registrase en un libro especial que lleva el 
almacén o deposito fiscal. En cambio, los endosos siguientes, no deberán registrarse.
COMO SE DA FUNCIONAMIENTO AL WARRANT 
SE LOGRAN ACUERDOS 
FIJAR LA GARANTÍA REQUERIDA 
SE INTERNA LA MERCADERÍA 
ENTREGA DE DOCUMENTOS 
VENCIMIENTO Y SALIDA
CANCELACIÓN DEL WARRANT 
La ley de los títulos valores, refiere a las preferencias para el pago de las 
acreencias con cargo al warrant en el orden establecido en el artículo 
234. En primer lugar debe pagarse: 
Los gastos de la venta. 
Los gastos de conservación. 
Los derechos de aduana y otros tributos. 
 Los intereses, gastos y capital adeudados al tenedor del warrant
EVOLUCIÓN HISTÓRICA 
Los Certificados de Depósito aparecen regulados por primera vez el 27 
de noviembre de 1918 en la Ley de Almacenes Generales de Depósito 
Nro. 2763 
Luego de 23 años es promulgado el Decreto Supremo Nro. 174 – 86 – 
EF. el 22 de Mayo de 1986 sobre “La garantía prendaria que se 
constituye mediante endoso del warrant, podrá ser usada para 
garantizar el cumplimiento de cualquier obligación de crédito” .Por 
esos meses se modifica el texto uniforme de los certificados de 
depósitos y del warrant que deberán utilizar los Almacenes Generales 
de Depósito mediante Resolución de la Superintendencia de Banca y 
Seguro Nro. 556 – 86 del 30 de Octubre de 1986.
DEFINICIÓN 
• El Certificado de Depósito 
constituye un título valor 
representativo de mercadería 
por excelencia, acredita la 
propiedad de las mercaderías o 
bienes depositados en el 
almacén que lo emite, asimismo 
confiere a su titular derechos 
crediticios, patrimoniales y de 
participación.
CLASIFICACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO 
Simples : 
Cuando se entrega el depósito de mercadería sea por el titular de estas 
o por un tercero (juez, arbitro o acreedor). 
Financiera : 
Cuando una entidad financiera o bancaria entrega el depósito de 
mercadería sea en garantía, embargo o secuestro. 
Aduanas : 
Cuando el almacén general de aduanas conserva, retiene, revisa y 
reconoce la mercadería mientras se pagan los tributos aduaneros 
(derechos arancelarios, Antidumping, Compensatorios etc.) y se 
nacionaliza la mercadería
CERTIFICADO DE DEPOSITO COMO VALOR 
El Certificado de Depósito es un valor materializado registrable, que 
representa mercancía e incorporan un derecho patrimonial, este puede 
circular a la orden y excepcionalmente nominativamente, transfiriendo 
al cesionario o adquiriente todos los derechos que represente. Cabe 
señalar que “las cláusulas que restrinjan o limiten su circulación o el 
hecho de no haber circulado, no afectan su calidad de título valor el 
cual puede estar o no en circulación
CARACTERÍSTICAS DEL CERTIFICADO DE DEPOSITO 
 Acredita la propiedad de la mercadería o bienes almacenados. 
 Se complementa con el Warrant. 
 Es expreso, cierto y exigible. 
 Es un titulo valor a la orden y excepcionalmente nominativo. 
 Circula mediante la figura jurídica del Endoso y Cesión de Derechos. 
 La firma autógrafa es esencial, pudiendo usarse además otros medios de seguridad mecánicos o 
electrónicos. 
 Tiene un plazo de vencimiento. 
 Puede ser negociable en la bolsa de productos y no negociable. 
 Debe tener los requisitos formales esenciales prescritos en la ley. 
 Pueden ser colocados por oferta pública o privada para venta o remate. 
 Su emisión, aceptación, garantía, endoso, deterioro, extravió o sustracción genera responsabilidades 
personales, reales, solidarias, cambiarias y contractuales. 
 La emisión, transferencia, aceptación, perdida, deterioro, sustracción genera obligaciones civiles, tributarias, 
contables, y registrables. 
 Posee mérito ejecutivo y ejercicio de las acciones: causal y cambiaria.
La Negociación del Certificado de Depósito en la 
Bolsa de Productos 
La Bolsa de Productos “tienen por objeto principal facilitar la 
negociación de productos, títulos representativos de los mismos o 
contratos relativos a ellos, proveyendo los servicios, sistemas y 
mecanismos adecuados para la intermediación de los mismos, de 
manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente”. Queda 
claro, que el Certificado de Depósito sea de origen o destino 
agropecuario, pesquero, minero o industrial constituyen materia de 
negociación en las Bolsas de Productos.
El Certificado de Depósito y el Warrant 
El Warrant es el título valor que otorga un derecho prendario mientras 
que el certificado de depósito otorga un poder jurídico sobre el bien, la 
propiedad. 
Los almacenes generales de depósito expiden certificado de depósito 
por los efectos que reciben de esa calidad, y un warrant anexo que 
confiere un derecho de prenda sobre los mismos, de tal manera que el 
endoso de éste confiere sólo el derecho de prenda, mientras que el 
endoso del certificado produce la tradición de los efectos depositados,
Las semejanzas 
El Certificado de Depósito y el Warrant son títulos valores a la orden, se 
transfieren por endoso y tienen un grado de complementariedad. En 
algunos países el Certificado de Deposito y el Warrant se encuentran en 
su solo documento 
Diferencias 
Se diferencian, en que el endoso del Certificado de Depósito separado 
del Warrant no requiere ser registrado ante el almacén general de 
depósito; mientras que el primer endoso del Warrant debe ser 
registrado tanto ante el indicado almacén como en el Certificado de 
Depósito respectivo que se hubiere emitido
Relación con los Almacenes Generales de Depósito 
Los almacenes generales de depósito realizan operaciones de depósito, 
conservación, custodia de los frutos y mercaderías que se les 
encomienden, emitiendo un Certificado de Depósito o el Warrant, 
estos llevaran una numeración correlativa y serán expedidos de la 
matrícula o libros talonario que conservará el almacén general de 
depósito. 
Estos resguardos expresarán necesariamente la especie de 
mercaderías, con los números o la cantidad que cada uno represente. 
Sólo se emitirán Certificados de Depósito y Warrant por mercaderías 
cuyo valor señalado en el título no sea menor al equivalente a 5 (cinco) 
Unidades Impositivas Tributarias, vigente en la fecha de su emisión.”
Relación con el Contrato de Seguro 
Regulado en el Código de Comercio de 1902, en su SECCIÓN OCTAVA, DE LOS 
CONTRATOS DE SEGURO, TITULO I DEL CONTRATO DE SEGURO EN GENERAL. 
El almacén general de depósito es responsable por los daños sufridos por las 
mercaderías desde su recepción hasta su devolución, a menos que pruebe que el 
daño ha sido causado por: 
a) Fuerza mayor o hecho fortuito 
b) Por la naturaleza misma de las mercaderías 
c) Por defecto del embalaje, no apreciable exteriormente 
d) Por culpa del depositante o dependientes de este último 
e) Por transporte 
f) Almacenaje 
g) Imprudencia, impericia o negligencia en la conservación de las mercancías, 
esta responsabilidad del almacén general de depósito se limita al valor que tengan 
las mercaderías.
Certificado de Depósito en el Mercado de Valores 
Siendo un título valor por excelencia puede ser ofertado en la bolsa de 
productos, mecanismo de negociación extrabursátil. La emisión y la 
transferencia de valores en dicho mercado, se deben llevar a cabo de 
conformidad con las disposiciones legales y las costumbres del 
mercado. Dado que el certificado de depósito no se es inscrito en 
bolsa, existen estos mercados secundarios que reúnen a varios 
compradores y vendedores. Aunque no siempre existe transparencia, 
seguridad, razonabilidad de los precios y el buen estado de la 
mercadería.
El Certificado de Depósito y el Contrato de Depósito 
El contrato de depósito “se caracteriza por la entrega de dinero al banco, 
con la obligación expresa del intermediario financiero de guardarlos y 
custodiarlos”. 
En la práctica mercantil los bancos u otras entidades financieras 
constituyen almacenes generales de depósitos (sociedades anónimas), 
haciéndolas subsidiarias de éste, para si emitir Certificados de Depósitos 
y Warrant. El contrato de depósito desde el enfoque bancario es quien 
custodia, protege y dinamiza el dinero otorgado por sus clientes 
(ahorristas o depositantes), en dicha operación se emite un certificado o 
constancia de depósito.
Certificado de Depósito y el Contrato de Underwriting 
El Contrato de Underwriting, “es un contrato casi atípico, en virtud del 
cual una empresa financiera y una sociedad emisora de valores 
mobiliarios contratan a fin que la primera citada se obliga a financiar, pre 
financiar y vender los valores emitidos por la segunda traída a colación.” 
Tal intermediación, permitirá efectuar operaciones de compra, venta, 
colocación y distribución de certificado de depósitos en el mercado 
secundario o extrabursátil
Certificado de Depósito y los efectos jurídicos del Endoso 
Los efectos jurídicos del endoso son: 
a) “Siendo del Certificado de Depósito y del Warrant, transfiere al 
endosatario la libre disposición de las mercaderías depositadas; 
b) Siendo sólo del Warrant, confiere al endosatario el derecho de prenda 
por el valor total de las mercaderías depositadas, en garantía del 
crédito directo o indirecto que se señale en el mismo título; y 
c) Siendo sólo del Certificado de Depósito, transfiere al endosatario el 
derecho de propiedad sobre las mercaderías depositadas, con el 
gravamen prendario en favor del tenedor del Warrant, en caso de 
haberse emitido este último título.
Los tipos de endoso que puede realizar el 
certificado de deposito 
Endoso en propiedad, el cual transfiere la propiedad del título valor y todos los 
derechos inherentes a él, en forma absoluta. 
Endoso en garantía, permite al endosatario ejercitar todos los derechos inherentes 
al título valor y a su calidad de acreedor garantizado 
El endoso en fideicomiso, transfiere el dominio fiduciario del título valor en favor del 
fiduciario, a quien corresponde ejercitar todos los derechos derivados de éste que 
correspondían al fideicomitente endosante. 
Endoso en procuración o cobranza, no transfiere la propiedad del título valor; pero 
faculta al endosatario para actuar en nombre de su endosante, estando autorizado a 
presentar el título valor a su aceptación, solicitar su reconocimiento, cobrarlo judicial 
o extrajudicialmente, endosarlo sólo en procuración y protestarlo u obtener la 
constancia de su incumplimiento, de ser el caso. 
 Endoso en garantía, faculta al endosatario a ejercitar todos los derechos inherentes 
al título valor y a su calidad de acreedor garantizado.
La Cláusula no negociable en el Certificado de 
Deposito 
El emisor o cualquier tenedor cuando inserta la cláusula "no negociable", 
“intransferible”, “no a la orden” u otra equivalente en el Certificado de Depósito, 
no responderá frente a los nuevos acreedores, en caso el título haya seguido 
circulando. 
Certificado de Depósito y la Contabilidad 
Este título valor adquiere valor, utilidad y circulación cuando se anota o registra en 
forma ordenada, analítica y justificada en los libros y registros contables de la 
empresa comercial. Esto permite el control de las mercancías que ingresan y salen 
de la empresa, además servirá para la elaboración los estados financieros.
Certificado de Depósito y los Almacén Generales de 
Aduanas 
Los Almacenes Generales de Depósito que cuenten u obtengan autorización 
para establecerse y operar como Depósito Aduanero Autorizado destinado al 
almacenamiento de mercancías de propiedad de diferentes depositantes 
podrán: 
Emitir su correspondiente Certificado de Deposito 
Expedir Warrant por las mercaderías que reciban en depósito sujetando su 
régimen a lo dispuesto por las normas de la Ley Nro. 2763 y por el presente 
reglamento.” 
Retener la mercadería cuando no se pague los derechos de aduanas, demás 
tributos, no contenga la autorización da salida, no pague las sanciones o 
multas por mercadería prohibida.
Certificado de Depósito y la Ley Tributaria 
En la negociación de productos la obligación tributaria se origina 
únicamente en la transacción en que se entregue físicamente el bien o 
se preste el servicio, quedando por tanto infecta toda operación 
anteriormente efectuada con dicho producto o servicio en Bolsa. 
Toda empresa comercial que expida certificado de depósito está sujeto 
al Régimen Especial de Impuesto a la Renta, el cual debe cumplir con el 
impuesto teniendo en cuenta que sus ingresos brutos anuales no sean 
mayores al limite establecido por SUNAT
En el ámbito aduanero, quien es tenedor del certificado de depósito 
tendrá que pagar el precio de los tributos aduaneros: 
a) Derechos Arancelarios 
b) Impuesto Selectivo al Consumo 
c) Impuesto General a las Ventas 
d) Derechos Antidumping 
e) Derechos Compensatorios 
En el ámbito bancario, se pagará el impuesto a las transacciones 
financieras, el cual se aplicó a fines de los 80, generado malestar en la 
población. 
En cuanto a la fiscalización tributaria, dado que el almacén brinda un 
servicio emitirá un comprobante de pago, el cual luego servirá para 
sustentar su crédito fiscal ante la Administración Tributaria.
CONCLUSIONES 
El Certificado de Depósito es un título valor representativo de mercadería. Es un 
título valor a la orden. Se transmite mediante el endoso. 
El Certificado de Depósito se complementa con el Warrant 
Existe un triple acción: Almacén, Depositante y Beneficiario. Debe desaparecer la 
figura, Warrant sin Certificado de Depósito. Ya que es necesaria la preexistencia y 
acreditación de la propiedad a prendar. Figura muy criticada por los Almacenes 
Generales de Depósito. 
Existe confusión entre las operaciones bancarias y comerciales en relación al 
certificado de depósito, la distinción se encuentra en que una sea en dinero 
(operación bancaria) y la otra en mercancías (operación comercial) 
Es responsable el Almacén por los daños sufridos por las mercaderías desde su 
recepción hasta su devolución, es por eso que existen un contrato de seguro para 
el aseguramiento de las mercancías. 
Los certificados de depósitos son emitidos una vez verificado y acreditado la 
propiedad de las mercancías del depositante.
Diapositivas warrant

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

Titulos valores
Titulos valores Titulos valores
Titulos valores
 
Contrato de reporto
Contrato de reportoContrato de reporto
Contrato de reporto
 
Certificado bancario y deposito a plazo fijo
Certificado bancario y deposito a plazo fijoCertificado bancario y deposito a plazo fijo
Certificado bancario y deposito a plazo fijo
 
El cheque peru
El cheque peruEl cheque peru
El cheque peru
 
El seguro de vida
El seguro de vidaEl seguro de vida
El seguro de vida
 
Diapositivas titulo valores
Diapositivas  titulo valoresDiapositivas  titulo valores
Diapositivas titulo valores
 
Los warrants
Los warrantsLos warrants
Los warrants
 
Contrato de know how trabajo (1)
Contrato de know how trabajo (1)Contrato de know how trabajo (1)
Contrato de know how trabajo (1)
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
El pagare
El pagareEl pagare
El pagare
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
El cheque en el peru
El cheque en el peruEl cheque en el peru
El cheque en el peru
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Diferencias entre aval y fianza
Diferencias entre aval y fianzaDiferencias entre aval y fianza
Diferencias entre aval y fianza
 
Pagare
PagarePagare
Pagare
 
Reorganización de sociedades
Reorganización de sociedadesReorganización de sociedades
Reorganización de sociedades
 
El Contrato
El ContratoEl Contrato
El Contrato
 
Instrumentos financieros
Instrumentos financieros  Instrumentos financieros
Instrumentos financieros
 

Destacado

Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)
Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)
Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)Nohemy Q. Ch
 
El cheque
El chequeEl cheque
El chequeSara
 
El cheque ----
El cheque ----El cheque ----
El cheque ----Mauricio
 
Contrato de Arrendamiento en el Perú
Contrato de Arrendamiento en el PerúContrato de Arrendamiento en el Perú
Contrato de Arrendamiento en el PerúHayde Ramos UPT
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivaskarla.e
 
El cheque y sus partes
El cheque y sus partesEl cheque y sus partes
El cheque y sus partesdama03
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacionGRUPO SANTA FE
 

Destacado (11)

Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)
Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)
Diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)
 
El cheque
El chequeEl cheque
El cheque
 
Minuta
MinutaMinuta
Minuta
 
El pagaré..
El pagaré..El pagaré..
El pagaré..
 
El cheque ----
El cheque ----El cheque ----
El cheque ----
 
Contrato de Arrendamiento en el Perú
Contrato de Arrendamiento en el PerúContrato de Arrendamiento en el Perú
Contrato de Arrendamiento en el Perú
 
Contrato de arrendamiento
Contrato de arrendamientoContrato de arrendamiento
Contrato de arrendamiento
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivas
 
El cheque
El chequeEl cheque
El cheque
 
El cheque y sus partes
El cheque y sus partesEl cheque y sus partes
El cheque y sus partes
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacion
 

Similar a Diapositivas warrant

1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx
1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx
1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptxmarlone19
 
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10aalcalar
 
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5aalcalar
 
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, Contratos
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, ContratosClase 25-10, Vigésima primer Clase, Contratos
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, ContratosLeonardo Antoniassi
 
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.Carhlous
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1thiany
 
Contratos de depósito, crédito y prenda
Contratos de depósito, crédito y prendaContratos de depósito, crédito y prenda
Contratos de depósito, crédito y prendaAlfredopicazo80
 
Warrants y Bonos Convertibles
Warrants y Bonos Convertibles Warrants y Bonos Convertibles
Warrants y Bonos Convertibles maria laya
 
Almacenes generales de deposito
Almacenes generales de depositoAlmacenes generales de deposito
Almacenes generales de depositoJosè Paiz
 
Contrato underwriting
Contrato underwritingContrato underwriting
Contrato underwritingjatencio23
 
Contrato underwriting
Contrato underwritingContrato underwriting
Contrato underwritingjatencio23
 
Mercancía en consignación
Mercancía en consignaciónMercancía en consignación
Mercancía en consignacióncarolioliveros
 
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3Crisleidy Jimenez
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOyelicaroli
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOyelicaroli
 

Similar a Diapositivas warrant (20)

PPT_WARRANTS (1).pptx
PPT_WARRANTS (1).pptxPPT_WARRANTS (1).pptx
PPT_WARRANTS (1).pptx
 
Revisión cartular
Revisión cartularRevisión cartular
Revisión cartular
 
1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx
1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx
1. LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCIAS.pptx
 
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10
Títulos y operaciones de crédito (2) s 7,8,9,10
 
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5
Títulos de crédito segunda parte sesión 4 y 5
 
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, Contratos
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, ContratosClase 25-10, Vigésima primer Clase, Contratos
Clase 25-10, Vigésima primer Clase, Contratos
 
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.
Certificado de deposito bono de prenda y certificado fiduciario.
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Contratos de depósito, crédito y prenda
Contratos de depósito, crédito y prendaContratos de depósito, crédito y prenda
Contratos de depósito, crédito y prenda
 
Titulo valores
Titulo valoresTitulo valores
Titulo valores
 
Warrants y Bonos Convertibles
Warrants y Bonos Convertibles Warrants y Bonos Convertibles
Warrants y Bonos Convertibles
 
Almacenes generales de deposito
Almacenes generales de depositoAlmacenes generales de deposito
Almacenes generales de deposito
 
Contrato underwriting
Contrato underwritingContrato underwriting
Contrato underwriting
 
Contrato underwriting
Contrato underwritingContrato underwriting
Contrato underwriting
 
Mercancía en consignación
Mercancía en consignaciónMercancía en consignación
Mercancía en consignación
 
EL WARRANT.pptx
EL WARRANT.pptxEL WARRANT.pptx
EL WARRANT.pptx
 
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
G 7 fuentes de financiamiento 2015-3
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
 
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTOPRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
PRESENTACION GRUPO 7 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
 
Diapos[1]Compra Venta... De Dni
Diapos[1]Compra Venta... De DniDiapos[1]Compra Venta... De Dni
Diapos[1]Compra Venta... De Dni
 

Último

HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxHUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxGerardoOroc
 
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdfQUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdflupismdo
 
5.2 ENLACE QUÍMICO manual teoria pre universitaria
5.2 ENLACE QUÍMICO  manual teoria pre universitaria5.2 ENLACE QUÍMICO  manual teoria pre universitaria
5.2 ENLACE QUÍMICO manual teoria pre universitariamkt0005
 
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.ssuser10db01
 
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfEL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfssuser2887fd1
 
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidad
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidadTema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidad
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidadMuniFutsala
 
ley del ISO Y acreditamientos y extensiones
ley del ISO Y acreditamientos y extensionesley del ISO Y acreditamientos y extensiones
ley del ISO Y acreditamientos y extensionesYimiLopesBarrios
 
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasContratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasssuser17dd85
 
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De CostosEl Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costosocantotete
 
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfSituación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfCondor Tuyuyo
 
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptPresentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptrochamercadoma
 
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroEstructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroMARTINMARTINEZ30236
 
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxTrabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxguadalupevjara
 
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMESSección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMESssuser10db01
 
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxCopia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxSarita Anicama
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfauxcompras5
 
Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9NahuelEmilianoPeralt
 
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptxNormas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptxMafeBaez
 
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdfPPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdfGustavoDonayre
 
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxPRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxmanuelrojash
 

Último (20)

HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxHUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
 
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdfQUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
 
5.2 ENLACE QUÍMICO manual teoria pre universitaria
5.2 ENLACE QUÍMICO  manual teoria pre universitaria5.2 ENLACE QUÍMICO  manual teoria pre universitaria
5.2 ENLACE QUÍMICO manual teoria pre universitaria
 
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.
Proyecto de catálogo de cuentas EMPRESA.
 
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfEL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
 
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidad
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidadTema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidad
Tema 4. El ciclo contable.pptx en contabilidad
 
ley del ISO Y acreditamientos y extensiones
ley del ISO Y acreditamientos y extensionesley del ISO Y acreditamientos y extensiones
ley del ISO Y acreditamientos y extensiones
 
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasContratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
 
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De CostosEl Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
 
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfSituación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
 
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptPresentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
 
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroEstructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
 
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxTrabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
 
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMESSección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
 
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxCopia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
 
Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9
 
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptxNormas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
Normas Contabilidad NIC 20 Y NIC 21 2024.pptx
 
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdfPPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
 
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxPRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
 

Diapositivas warrant

  • 1. “AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL COMPROMISO CLIMÁTICO” FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA DE CONTABILIDAD INTEGRANTES: CASTILLO SÁNCHEZ, Fiorella CERVERA CRISANTO, Juan Miguel PAUCAR YANAYACO, Agusto RAMÍREZ MERINO, Luz VILLEGAS CASTILLO, Dervy
  • 2.
  • 3. EVOLUCIÓN HISTÓRICA • En la literatura financiera se han encontrado datos de cómo los fenicios, los griegos y los romanos ya negociaban contratos con cláusulas de opción sobre las mercancías que transportaban. finalidad era reducir el riesgo ante posibles acontecimientos. • El primer mercado de opciones organizado apareció en Holanda (siglo XVII), donde se negociaban bulbos de tulipán. • evolución del mercado de opciones ha llegado hasta nuestros días en forma de contratos estandarizados negociados en mercados organizados.
  • 4. ETIMOLOGÍA • El Warrant proviene de la voz inglesa warrantg o warranty significa garantía y garantizar, ya a su vez bono o vale de prenda. El warrant en otros países se le conoce como "nota de prenda" o "bono de prenda“ Se da por las necesidades del comerciante de salvaguardar su mercancía a raíz de la falta de espacio. surgieron los almacenes que preservaban las mercancías. Este depósito se documentaba en títulos denominados Warrants, que servían como garantía para obtener créditos y promover la actividad mercantil. En nuestro País es un título valor relacionado con las operaciones de guarda y conservación de mercaderías dentro del régimen de almacenes generales de depósito.
  • 5. DEFINICIÓN: El warrant es un contrato o instrumento financiero derivado que da al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar/vender un activo subyacente (acción, futuro, etc.) a un precio determinado en una fecha futura también determinada. En términos de funcionamiento.
  • 6. CLASES DE WARRANT Según la nueva legislación a) Warrant Insumo producto b) Warrant Aduanero c) Warrant Virtual Según su estilo a) Warrants de compra (Call) b) Warrants de venta (Put) En función de la forma en la que sea su ejercicio Warrants a la Europea: a) Warrants a la Americana b) Warrants "Bermudas
  • 7. El depositante o tomador: Es el titular de la mercancía que entrega en custodia los bienes o la producción. El depositario o empresa almacenera: Es quien tiene a su cargo la custodia de la mercancía depositada. Este no podrá realizar operaciones de compraventa ni negociar los títulos. Entidades financieras: Son las que otorgan el crédito contra el endoso del warrant, es decir, es la entidad que entregará una determinada suma de dinero al depositario a cambio de una garantía. SUJETOS DEL WARRANT
  • 8. ELEMENTOS DEL WARRANT • El precio de ejercicio Strike: costo al que se podrá ejercer el derecho adquirido mediante la compra o venta del activo subyacente • Activo subyacente: Es el activo de referencia sobre el que se otorga el derecho, puede ser una acción, una cesta de acciones, un índice bursátil, una divisa, tipo de interés. • Fecha de ejercicio: Es la fecha futura en la que se producirá la transacción. • Prima: El precio que se paga por el warrant. Este precio se compone de: a. Valor intrínseco: (-)del subyacente y el precio de ejercicio. a. Valor temporal: Es la parte de la prima que valora el derecho de compra o venta del subyacente inherente al warrant. Está determinado por elementos como la volatilidad o el tiempo hasta el vencimiento
  • 9. COMPONENTES DEL WARRANT Los warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado organizado. • El plazo de vencimiento: Es la prórroga de vencimiento del derecho del warrant • Liquidez: Los warrants suelen gozar de mayor liquidez, puesto que las entidades emisoras se encargan de que esta exista. En las opciones negociadas, la liquidez depende del mercado.
  • 10. CARACTERÍSTICAS DEL WARRANT  Al comprar un warrant se adquiere el derecho, no la obligación, a comprar o vender el activo subyacente.  El precio que se paga por el warrant se denomina prima, y es lo que cuesta adquirir el derecho a comprar o vender el activo subyacente.  El acreedor puede percibir el crédito a través de una rápida ejecución extrajudicial, en caso de incumplimiento.  La prima depende de varios parámetros: el precio de ejercicio, el precio del activo subyacente, la volatilidad, el tiempo a vencimiento, el tipo de interés y los dividendos.  Permite garantizar la hipoteca del bien, pero sin perder el propietario la tenencia de este.
  • 11. UTILIDADES DEL WARRANT  Facilita el acceso al crédito.  Evita que se acumule el stock de mercadería y promueve la comercialización de la mercancía que se encuentra depositada.  Para retener el producto y es esperar mejores precios y disponer entre tanto de un capital de trabajo.  Disponer de fondos que posibiliten adquirir mayor cantidad de mercadería para almacenar compra de materia prima.  Hacer frente a compromisos financieros previos y pagar gastos varios.  Permite el acceso al crédito con la constitución de una garantía de bajo costo.  Posibilita otorgar garantías a diferentes acreedores a través de una división de los productos depositados en títulos diferentes.  El productor puede retener sus mercancías o producción, para aprovechar las condiciones del mercado, porque los precios son más altos cuando más se aleja del periodo de la cosecha.  Se pueden obtener mejores tasas de interés en el crédito garantizado.  Permite el acceso al sistema financiero
  • 12. PRODUCTOS OBJETOS DE WARRANTS En el área agrícola Productores; capacidad de acopio y de molinos, se utiliza sobre granos almacenados. distribuidores, importadores; se pueden utilizar sobre maquinaria agrícola, equipo de riego, otros tipos de máquinas, semillas y agroquímicos. En el área productiva • En productos como los lácteos, jugos y concentrados de fruta, vinos, azúcar, lana, manufacturas nacionales o importadas. etc. En otras áreas • utilizar en automotores, computación, electrodomésticos, textiles, maquinarias, papel, telefonía, materias primas, mineros, forestales etc. • En definitiva se utiliza en materias primas o mercadería elaborada agropecuaria, industrial, maquinaria o cualquier mercancía de fácil conservación y realización
  • 13. MERCADERÍAS QUE DAN LUGAR A LA EMISIÓN DEL WARRANT  En cuanto a las mercaderías que dan lugar a la emisión el warrant, la ley de títulos valores prescribe lo siguiente:  Solo se emitirán warrant por mercaderías cuyo valor señalado en el titulo no sea menor al equivalente a cinco unidades impositivas tributarias, vigente en la fecha de emisión.  Bajo responsabilidad del depositante, no podrá solicitar la emisión de warrant por mercaderías que estén sujetos a registro público especial o gravamen con entrega jurídica.
  • 14. LOS CONTRATOS DE WARRANT Y SU FUNCIONAMIENTO El crédito Warrant no afecta otras líneas de crédito, pero se tienen en cuenta antecedentes comerciales y situación patrimonial del solicitante del crédito (depositante). Cuando el titular de los bienes deposita su mercancía en los depósitos fiscales o particulares debidamente autorizados, el depositante emite el certificado de warrant. Los productos depositados, beben ser libres de todo gravamen o embargo, son asegurados por el depositante en el depósito donde se almacenan. La empresa warrant debe recibir el producto del depositante, controlar calidad y cantidad, emitir el certificado de depósito y el warrant, custodiar el producto durante el período de vigencia de la operación y efectuar la devolución final del producto. El certificado de warrant, es un título esencialmente negociable, de tal manera, que el tenedor del certificado de warrant será el acreedor por haber otorgado el crédito oportunamente. Sin embargo, resulta importante destacar que la negociación de warrant implica la indisponibilidad de la mercancía depositada porque se constituye en la garantía del crédito asignado al depositante. El titular de bien o producto depositado se encuentra legitimado para endosar el warrant a favor de una entidad financiera. De esta manera se transfiere los derechos sobre esos bienes y accede al crédito para sus necesidades. Cuando se negocian el certificado, el primer endoso debe registrase en un libro especial que lleva el almacén o deposito fiscal. En cambio, los endosos siguientes, no deberán registrarse.
  • 15. COMO SE DA FUNCIONAMIENTO AL WARRANT SE LOGRAN ACUERDOS FIJAR LA GARANTÍA REQUERIDA SE INTERNA LA MERCADERÍA ENTREGA DE DOCUMENTOS VENCIMIENTO Y SALIDA
  • 16. CANCELACIÓN DEL WARRANT La ley de los títulos valores, refiere a las preferencias para el pago de las acreencias con cargo al warrant en el orden establecido en el artículo 234. En primer lugar debe pagarse: Los gastos de la venta. Los gastos de conservación. Los derechos de aduana y otros tributos.  Los intereses, gastos y capital adeudados al tenedor del warrant
  • 17.
  • 18. EVOLUCIÓN HISTÓRICA Los Certificados de Depósito aparecen regulados por primera vez el 27 de noviembre de 1918 en la Ley de Almacenes Generales de Depósito Nro. 2763 Luego de 23 años es promulgado el Decreto Supremo Nro. 174 – 86 – EF. el 22 de Mayo de 1986 sobre “La garantía prendaria que se constituye mediante endoso del warrant, podrá ser usada para garantizar el cumplimiento de cualquier obligación de crédito” .Por esos meses se modifica el texto uniforme de los certificados de depósitos y del warrant que deberán utilizar los Almacenes Generales de Depósito mediante Resolución de la Superintendencia de Banca y Seguro Nro. 556 – 86 del 30 de Octubre de 1986.
  • 19. DEFINICIÓN • El Certificado de Depósito constituye un título valor representativo de mercadería por excelencia, acredita la propiedad de las mercaderías o bienes depositados en el almacén que lo emite, asimismo confiere a su titular derechos crediticios, patrimoniales y de participación.
  • 20. CLASIFICACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO Simples : Cuando se entrega el depósito de mercadería sea por el titular de estas o por un tercero (juez, arbitro o acreedor). Financiera : Cuando una entidad financiera o bancaria entrega el depósito de mercadería sea en garantía, embargo o secuestro. Aduanas : Cuando el almacén general de aduanas conserva, retiene, revisa y reconoce la mercadería mientras se pagan los tributos aduaneros (derechos arancelarios, Antidumping, Compensatorios etc.) y se nacionaliza la mercadería
  • 21. CERTIFICADO DE DEPOSITO COMO VALOR El Certificado de Depósito es un valor materializado registrable, que representa mercancía e incorporan un derecho patrimonial, este puede circular a la orden y excepcionalmente nominativamente, transfiriendo al cesionario o adquiriente todos los derechos que represente. Cabe señalar que “las cláusulas que restrinjan o limiten su circulación o el hecho de no haber circulado, no afectan su calidad de título valor el cual puede estar o no en circulación
  • 22. CARACTERÍSTICAS DEL CERTIFICADO DE DEPOSITO  Acredita la propiedad de la mercadería o bienes almacenados.  Se complementa con el Warrant.  Es expreso, cierto y exigible.  Es un titulo valor a la orden y excepcionalmente nominativo.  Circula mediante la figura jurídica del Endoso y Cesión de Derechos.  La firma autógrafa es esencial, pudiendo usarse además otros medios de seguridad mecánicos o electrónicos.  Tiene un plazo de vencimiento.  Puede ser negociable en la bolsa de productos y no negociable.  Debe tener los requisitos formales esenciales prescritos en la ley.  Pueden ser colocados por oferta pública o privada para venta o remate.  Su emisión, aceptación, garantía, endoso, deterioro, extravió o sustracción genera responsabilidades personales, reales, solidarias, cambiarias y contractuales.  La emisión, transferencia, aceptación, perdida, deterioro, sustracción genera obligaciones civiles, tributarias, contables, y registrables.  Posee mérito ejecutivo y ejercicio de las acciones: causal y cambiaria.
  • 23. La Negociación del Certificado de Depósito en la Bolsa de Productos La Bolsa de Productos “tienen por objeto principal facilitar la negociación de productos, títulos representativos de los mismos o contratos relativos a ellos, proveyendo los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la intermediación de los mismos, de manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente”. Queda claro, que el Certificado de Depósito sea de origen o destino agropecuario, pesquero, minero o industrial constituyen materia de negociación en las Bolsas de Productos.
  • 24. El Certificado de Depósito y el Warrant El Warrant es el título valor que otorga un derecho prendario mientras que el certificado de depósito otorga un poder jurídico sobre el bien, la propiedad. Los almacenes generales de depósito expiden certificado de depósito por los efectos que reciben de esa calidad, y un warrant anexo que confiere un derecho de prenda sobre los mismos, de tal manera que el endoso de éste confiere sólo el derecho de prenda, mientras que el endoso del certificado produce la tradición de los efectos depositados,
  • 25. Las semejanzas El Certificado de Depósito y el Warrant son títulos valores a la orden, se transfieren por endoso y tienen un grado de complementariedad. En algunos países el Certificado de Deposito y el Warrant se encuentran en su solo documento Diferencias Se diferencian, en que el endoso del Certificado de Depósito separado del Warrant no requiere ser registrado ante el almacén general de depósito; mientras que el primer endoso del Warrant debe ser registrado tanto ante el indicado almacén como en el Certificado de Depósito respectivo que se hubiere emitido
  • 26. Relación con los Almacenes Generales de Depósito Los almacenes generales de depósito realizan operaciones de depósito, conservación, custodia de los frutos y mercaderías que se les encomienden, emitiendo un Certificado de Depósito o el Warrant, estos llevaran una numeración correlativa y serán expedidos de la matrícula o libros talonario que conservará el almacén general de depósito. Estos resguardos expresarán necesariamente la especie de mercaderías, con los números o la cantidad que cada uno represente. Sólo se emitirán Certificados de Depósito y Warrant por mercaderías cuyo valor señalado en el título no sea menor al equivalente a 5 (cinco) Unidades Impositivas Tributarias, vigente en la fecha de su emisión.”
  • 27. Relación con el Contrato de Seguro Regulado en el Código de Comercio de 1902, en su SECCIÓN OCTAVA, DE LOS CONTRATOS DE SEGURO, TITULO I DEL CONTRATO DE SEGURO EN GENERAL. El almacén general de depósito es responsable por los daños sufridos por las mercaderías desde su recepción hasta su devolución, a menos que pruebe que el daño ha sido causado por: a) Fuerza mayor o hecho fortuito b) Por la naturaleza misma de las mercaderías c) Por defecto del embalaje, no apreciable exteriormente d) Por culpa del depositante o dependientes de este último e) Por transporte f) Almacenaje g) Imprudencia, impericia o negligencia en la conservación de las mercancías, esta responsabilidad del almacén general de depósito se limita al valor que tengan las mercaderías.
  • 28. Certificado de Depósito en el Mercado de Valores Siendo un título valor por excelencia puede ser ofertado en la bolsa de productos, mecanismo de negociación extrabursátil. La emisión y la transferencia de valores en dicho mercado, se deben llevar a cabo de conformidad con las disposiciones legales y las costumbres del mercado. Dado que el certificado de depósito no se es inscrito en bolsa, existen estos mercados secundarios que reúnen a varios compradores y vendedores. Aunque no siempre existe transparencia, seguridad, razonabilidad de los precios y el buen estado de la mercadería.
  • 29. El Certificado de Depósito y el Contrato de Depósito El contrato de depósito “se caracteriza por la entrega de dinero al banco, con la obligación expresa del intermediario financiero de guardarlos y custodiarlos”. En la práctica mercantil los bancos u otras entidades financieras constituyen almacenes generales de depósitos (sociedades anónimas), haciéndolas subsidiarias de éste, para si emitir Certificados de Depósitos y Warrant. El contrato de depósito desde el enfoque bancario es quien custodia, protege y dinamiza el dinero otorgado por sus clientes (ahorristas o depositantes), en dicha operación se emite un certificado o constancia de depósito.
  • 30. Certificado de Depósito y el Contrato de Underwriting El Contrato de Underwriting, “es un contrato casi atípico, en virtud del cual una empresa financiera y una sociedad emisora de valores mobiliarios contratan a fin que la primera citada se obliga a financiar, pre financiar y vender los valores emitidos por la segunda traída a colación.” Tal intermediación, permitirá efectuar operaciones de compra, venta, colocación y distribución de certificado de depósitos en el mercado secundario o extrabursátil
  • 31. Certificado de Depósito y los efectos jurídicos del Endoso Los efectos jurídicos del endoso son: a) “Siendo del Certificado de Depósito y del Warrant, transfiere al endosatario la libre disposición de las mercaderías depositadas; b) Siendo sólo del Warrant, confiere al endosatario el derecho de prenda por el valor total de las mercaderías depositadas, en garantía del crédito directo o indirecto que se señale en el mismo título; y c) Siendo sólo del Certificado de Depósito, transfiere al endosatario el derecho de propiedad sobre las mercaderías depositadas, con el gravamen prendario en favor del tenedor del Warrant, en caso de haberse emitido este último título.
  • 32. Los tipos de endoso que puede realizar el certificado de deposito Endoso en propiedad, el cual transfiere la propiedad del título valor y todos los derechos inherentes a él, en forma absoluta. Endoso en garantía, permite al endosatario ejercitar todos los derechos inherentes al título valor y a su calidad de acreedor garantizado El endoso en fideicomiso, transfiere el dominio fiduciario del título valor en favor del fiduciario, a quien corresponde ejercitar todos los derechos derivados de éste que correspondían al fideicomitente endosante. Endoso en procuración o cobranza, no transfiere la propiedad del título valor; pero faculta al endosatario para actuar en nombre de su endosante, estando autorizado a presentar el título valor a su aceptación, solicitar su reconocimiento, cobrarlo judicial o extrajudicialmente, endosarlo sólo en procuración y protestarlo u obtener la constancia de su incumplimiento, de ser el caso.  Endoso en garantía, faculta al endosatario a ejercitar todos los derechos inherentes al título valor y a su calidad de acreedor garantizado.
  • 33. La Cláusula no negociable en el Certificado de Deposito El emisor o cualquier tenedor cuando inserta la cláusula "no negociable", “intransferible”, “no a la orden” u otra equivalente en el Certificado de Depósito, no responderá frente a los nuevos acreedores, en caso el título haya seguido circulando. Certificado de Depósito y la Contabilidad Este título valor adquiere valor, utilidad y circulación cuando se anota o registra en forma ordenada, analítica y justificada en los libros y registros contables de la empresa comercial. Esto permite el control de las mercancías que ingresan y salen de la empresa, además servirá para la elaboración los estados financieros.
  • 34. Certificado de Depósito y los Almacén Generales de Aduanas Los Almacenes Generales de Depósito que cuenten u obtengan autorización para establecerse y operar como Depósito Aduanero Autorizado destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad de diferentes depositantes podrán: Emitir su correspondiente Certificado de Deposito Expedir Warrant por las mercaderías que reciban en depósito sujetando su régimen a lo dispuesto por las normas de la Ley Nro. 2763 y por el presente reglamento.” Retener la mercadería cuando no se pague los derechos de aduanas, demás tributos, no contenga la autorización da salida, no pague las sanciones o multas por mercadería prohibida.
  • 35. Certificado de Depósito y la Ley Tributaria En la negociación de productos la obligación tributaria se origina únicamente en la transacción en que se entregue físicamente el bien o se preste el servicio, quedando por tanto infecta toda operación anteriormente efectuada con dicho producto o servicio en Bolsa. Toda empresa comercial que expida certificado de depósito está sujeto al Régimen Especial de Impuesto a la Renta, el cual debe cumplir con el impuesto teniendo en cuenta que sus ingresos brutos anuales no sean mayores al limite establecido por SUNAT
  • 36. En el ámbito aduanero, quien es tenedor del certificado de depósito tendrá que pagar el precio de los tributos aduaneros: a) Derechos Arancelarios b) Impuesto Selectivo al Consumo c) Impuesto General a las Ventas d) Derechos Antidumping e) Derechos Compensatorios En el ámbito bancario, se pagará el impuesto a las transacciones financieras, el cual se aplicó a fines de los 80, generado malestar en la población. En cuanto a la fiscalización tributaria, dado que el almacén brinda un servicio emitirá un comprobante de pago, el cual luego servirá para sustentar su crédito fiscal ante la Administración Tributaria.
  • 37. CONCLUSIONES El Certificado de Depósito es un título valor representativo de mercadería. Es un título valor a la orden. Se transmite mediante el endoso. El Certificado de Depósito se complementa con el Warrant Existe un triple acción: Almacén, Depositante y Beneficiario. Debe desaparecer la figura, Warrant sin Certificado de Depósito. Ya que es necesaria la preexistencia y acreditación de la propiedad a prendar. Figura muy criticada por los Almacenes Generales de Depósito. Existe confusión entre las operaciones bancarias y comerciales en relación al certificado de depósito, la distinción se encuentra en que una sea en dinero (operación bancaria) y la otra en mercancías (operación comercial) Es responsable el Almacén por los daños sufridos por las mercaderías desde su recepción hasta su devolución, es por eso que existen un contrato de seguro para el aseguramiento de las mercancías. Los certificados de depósitos son emitidos una vez verificado y acreditado la propiedad de las mercancías del depositante.