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COOPERATIVAS EN EL
                SECTOR CULTURAL
Constitución. Socios y órganos sociales. Régimen
económico y Fiscalidad de las Cooperativas.
Ana José Ganga Ferriz
Gestora Cultural
CmasD21 Gestión Cultural
www.cmasd21.es
CONSTITUCION



   ¿Cómo empezamos?
CONSTITUCION
   ASPECTOS PREVIOS
     Plan de Empresa
     Acuerdos socios sobre los objetivos y funcionamiento
      interno


   ASPECTOS FORMALES
     Escritura pública
     Inscripción en el Registro de Cooperativas de la
      Comunidad Valenciana.
CONSTITUCION
   ESCRITURA PUBLICA
       Nombre y denominación
       Expresión de voluntad
       Estatutos
       Capital social desembolsado
       Certificado depósito en entidad bancaria
       Datos aportaciones no dinerarias
       Designación primer consejo rector y/o administrador/es
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   INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS
   NUMERO MINIMO DE SOCIOS
CONSTITUCION
   ESTATUTOS
   Denominación, domicilio, duración y ámbito territorial (mayoritariamente en la Comunidad Valenciana).
   Objeto social o actividades socio-económicas de la cooperativa.
   El capital social mínimo.
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   El régimen de responsabilidad de los socios por las deudas sociales.
   Condiciones objetivas para ejercer el derecho a ingresar en la cooperativa y para la baja justificada.
   Las condiciones de ingreso y baja y el estatuto jurídico de los socios de trabajo y asociados.
   Los derechos y deberes del socio.
   Las normas de composición y funcionamiento de los órganos sociales.
   Las normas para la distribución del excedente neto e imputación de pérdidas.
   Las normas de disciplina social.
   Las causas de disolución de la cooperativa y las normas para la liquidación.
   La cláusula de sometimiento a la conciliación previa y al arbitraje cooperativo regulado en la ley.
   El régimen de secciones que se creen en la cooperativa.
   Las demás materias que según la ley deban regular los estatutos sociales.
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   ESCRITURA PUBLICA
   INSCRIPCION EN REGISTRO COOPERATIVAS
     Plazo 2 meses desde el otorgamiento de la escritura.
     Plazo de 1 mes para la inscripción desde la solicitud.
     Exento del pago de tasas.


   NUMERO MINIMO DE SOCIOS
     Cinco socios
     CTA: 3 socios
     C. Segundo grado: Dos cooperativas
SOCIOS
   PRIMER GRADO
       Personas físicas
       Personas jurídicas con limitaciones

   SEGUNDO GRADO
       Cooperativas
       Socios Trabajadores
       Personas jurídicas

   Generalitat Valenciana y Entidades Públicas: pueden ser
    SOCIOS para la prestación de servicios públicos y el
    ejercicio de iniciativas de economía pública
SOCIOS
                    CLASES
   SOCIOS ORDINARIOS

   SOCIOS TEMPORALES

   SOCIOS DE TRABAJO

   ASOCIADOS
SOCIOS
 SOCIOS ORDINARIOS
 Adhesión
       Abierta y Voluntaria: Toda persona que reúna los requisitos y
        esté interesada en utilizar los servicios de la cooperativa tiene
        derecho a ingresar como socio
           Salvo que lo impida una CAUSA JUSTA derivada de la actividad u
            objeto social.
       Procedimiento
           Solicitud por escrito al Consejo Rector.
           Admisión o denegación en Dos meses  Recursos
   Baja
       Voluntaria en cualquier momento: Justificada o injustificada
       Obligatoria
       Expulsión (falta muy grave)
DERECHOS SOCIOS
   Participar en la actividad económica y social de la
    cooperativa.
   Recibir la parte del excedente repartible, en proporción al
    uso de los servicios o actividad realizada.
   Cobrar, en su caso, los intereses fijados por las
    aportaciones sociales.
   Obtener la actualización de sus aportaciones
   Recibir la liquidación de su aportación en caso de baja o
    de liquidación de la cooperativa.
   Asistir, con voz y voto a las asambleas generales.
   Elegir y ser elegido para los cargos sociales.
   Derecho de INFORMACION
DERECHO DE INFORMACION
   Recibir copia de los estatutos sociales y, si lo hubiera, del
    reglamento de régimen interior.
   Examinar los documentos que vayan a ser sometidos a la asamblea,
    las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe de la
    auditoria.
   Solicitar la ampliación de cuanta información considere necesaria en
    relación a los puntos del orden del día.
   Solicitar por escrito y recibir información sobre la marcha de la
    cooperativa.
   Solicitar y obtener copia del acta de las asambleas generales.
   Examinar el libro registro de socios.
   Ser notificado de los acuerdos adoptados en su ausencia que
    supongan obligaciones o cargas onerosas.
Deberes del socio
   Desembolsar las aportaciones según estatutos y la
    asamblea general.
   Asistir a las reuniones de los órganos sociales.
   Cumplir los acuerdos sociales válidamente adoptados.
   Participar en las actividades de la cooperativa en la forma
    establecida.
   No realizar actividades de competencia, salvo que sean
    autorizadas.
   Participar en las actividades de formación y promoción
    cooperativa.
   Guardar secreto sobre asuntos y datos de la cooperativa.
SOCIOS TEMPORALES
   REGLA GENERAL: Socios indefinidos.
   Previsión ESTATUTARIA y ACUERDO de admisión,
    podrán admitirse con unos límites.
     El conjunto de S. Temporales no podrá superar el 1/5 de
      socios indefinidos ni de votos en la Asamblea General.
     Vinculo temporal por un máximo de TRES Años.

     Aportación al capital limite 50%.

     No cuota de ingreso.

   Liquidación de sus aportaciones a capital y reembolso
    en el momento de la baja
SOCIOS DE TRABAJO
   Persona física que desembolsa una cantidad mínima
    obligatoria fijada en los estatutos, y
    adicionalmente, realiza una prestación laboral.
   Requisitos: capacidad para contratar y para
    prestar su trabajo, y demás requisitos legales y
    administrativos.
   PREVISION ESTATUTARIA admisión como socios de
    trabajo de trabajadores indefinidos (salvo CTA)
   Régimen de Socios trabajadores de las CTA
NUMERO DE SOCIOS CTA
   Mínimo tres socios trabajadores.
     Desde la constitución de la Coop, los socios disponen del
      plazo máximo de 1 año para incorporarse progresivamente
      a la prestación efectiva de trabajo. Durante ese período, si
      la cooperativa tiene menos de 3 socios desarrollando la
      correspondiente prestación laboral, no podrá contratar
      ningún trabajador con carácter indefinido.
     Si durante la Existencia de la cooperativa, el nº de socios se
      ve reducido por debajo del mínimo legal necesario la
      cooperativa entrará en causa de disolución, a menos que se
      restablezca dicha circunstancia en el plazo de un año.
     NO MAXIMO de socios.
SOCIOS A PRUEBA EN CTA
   Los Estatutos pueden fijar un período de prueba
    que se establecerá en el correspondiente acuerdo
    de Admisión y que no excederá de 9 meses o de
    un año en el caso de técnicos cualificados.
   Durante este período, el socio temporal tendrá los
    derechos de voz e información (no de voto) y no
    está obligado a efectuar aportaciones económicas.
   Cualquiera de las partes puede rescindir la
    relación durante ese período.
ASOCIADOS
   PREVISION ESTATUTARIA
   Personas FISICAS O JURIDICAS que realizan
    APORTACIONES a capital social Voluntarias.
   Derechos y obligaciones de socios con límites
     No  aportaciones obligatorias al capital social
     No realizarán operaciones cooperativizadas.

     Posible Derecho al voto con límite del 25% votos.

     Retribución de aportaciones voluntarias (45%)

     Previsión estatutaria, miembro del Consejo Rector.
REGIMEN LABORAL
   OPCIONES:
     Asimilarse a un Trabajador por Cuenta Ajena en Régimen General o
      Especial de la Seguridad Social
     Régimen especial de Trabajadores Autónomos.
     Se establece en los Estatutos para TODOS los socios. Puede modificarse
      por los Estatutos pasados 5 años desde la opción.

   AUTONOMOS:
     Pago por el socio. Responde solidariamente la Cooperativa de la
      obligación de cotizar de sus socios.
     Obligaciones de afiliación, alta, baja y comunicación de variaciones por
      el socio, y subsidiariamente por la Cooperativa.

   REGIMEN GENERAL:
     Obligación de afiliación, alta, baja y comunicación de variaciones por
      la Cooperativa.
RELACION SOCIETARIA
   Relación de socios y cooperativa: SOCIETARIA
   Salvo sometimiento expreso, no se aplica el Estatuto de los
    Trabajadores (salvo en lo establecido legalmente como
    mínimo) ni el Convenio Colectivo del Sector.
   Reglamentación interna mediante acuerdos de la
    Asamblea General o el Estatuto Profesional del Socio:
       Forma de organización del trabajo, movilidad funcional y
        geográfica, clasificación profesional, régimen de fiestas,
        vacaciones y permisos, jornadas turnos y descanso semanal,
        causas de suspensión o extinción de la prestación laboral.
       Anticipos societarios: cuando la cooperativa mantenga más del
        80% de su facturación anual con un cliente o grupo de empresas,
        el anticipo anual deberá ser equivalente al salario medio de la
        zona, sector y categoría profesional.
ORGANOS SOCIALES
   ASAMBLEA GENERAL
     Socios (y asociados)
     Acuerdos obligatorios

     Competencias

     Clases: ordinarias y extraordinarias

     Convocatoria

     Constitución

     Adopción de acuerdos

     Voto
ORGANOS SOCIALES
   ASAMBLEA GENERAL

   CONSEJO RECTOR
     Órgano   de gobierno, representación y gestión
     Directrices generales de la gestión
     ADMINISTRADOR: número no superior a 10
     NUMERO: mínimo 3
     Mandato: 2 a 6 años. Renovación.
     Acuerdos por mayoría
     Periodicidad reuniones 3 meses
     Voto del presidente dirimirá los empates.
ORGANOS SOCIALES
   PRESIDENTE del Consejo rector, será el presidente
    de la Cooperativa.
     Representación  legal de la cooperativa
     Ejecución de los acuerdos y decisiones adoptadas por
      el consejo rector y la asamblea general.
   SECRETARIO
     La redacción de las actas de las sesiones del consejo
      rector y de las asambleas,
     Certificaciones de actas, y documentos sociales.
OTROS ORGANOS SOCIALES
   Auditoria Externa de las cuentas anuales
   Letrado asesor
   Comisión de recursos
   Comité social.
   Comisión de control de la gestión.
REGIMEN ECONOMICO
   CAPITAL SOCIAL
     Aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios (y
      asociados).
     Desembolso mínimo 25% (plazo 5 años resto)
     Capital social 3.000 €
     Importe total aportaciones por socio no + 45% capital
      social
     Aportaciones    NO DINERARIAS: bienes y derechos
      evaluables económicamente.
   APORTACIONES
     OBLIGATORIAS
     VOLUNTARIAS
APORTACIONES
   APORTACIONES:
     Aportación obligatoria: fijada en los Estatutos o por la
      Asamblea General. Igual o proporcional
     Aportaciones voluntarias: Acuerdo para la admisión de
      aportaciones voluntarias de socios y asociados, fijando las
      condiciones
   REMUNERACION  INCENTIVAR
     ESTATUTOS: determinan derecho al devengo de INTERESES
      (aportaciones obligatorias)
     ACUERDO: intereses de las aportaciones voluntarias.
     MAXIMO: 6% por encima del interés legal del dinero
TRANSMISION DE APORTACIONES Y DE LA
       CONDICION DE SOCIO
   Regulación por Ley. Aconsejable precisión por Estatutos, preferencias de ingreso, procedimiento.

       Aportaciones Voluntarias: son libres entre socios y asociados

       Aportaciones Obligatorias: entre socios, para adecuar las aportaciones
        obligatorias a capital social.

       NUEVOS INGRESOS: posibilidad de cesión de aportaciones por socios o
        asociados (manteniendo el mínimo)

       Inter vivos: por baja justificada, al cónyuge, ascendiente o descendiente si son
        socios o adquieren tal condición, completando las aportaciones obligatorias.

       Mortis Causa: por los herederos interesados, que tengan derecho a ingreso
        según los Estatutos.
          Por los Estatutos, puede establecerse un Derecho de adquisición Preferente
           de los socios de adquirir las participaciones del socio fallecido, salvo que el
           sucesor fuera trabajador.
          Si no desean ser socios, se practicará la liquidación a favor de los herederos.
OTROS MEDIOS DE FINANCIACION

 Cuotade Ingreso, fijada por los Estatutos o por la
  Asamblea General.
   Se   integra en la RESERVA OBLIGATORIA.

 Fondo   de Retornos: en la distribución de resultados.
 Cualquier modalidad de financiación voluntaria, con
  retribución.
 Emisión    de Títulos Participativos, con una
  remuneración.
INGRESOS
   ACTIVIDAD COOPERATIVIZADA
   INGRESOS ORDINARIOS COOPERATIVOS:
       Venta de productos o servicios de los socios y/o de la cooperativa.
       Venta o suministro de productos/servicios a los socios
       Operaciones de intercooperación
       Inversiones y subvenciones
       Cuotas periódicas de los socios
       Plusvalías por enajenación del inmovilizado material.

   INGRESOS ORDINARIOS EXTRACOOPERATIVOS:
       Operaciones propias de la actividad cooperativizada con terceros no socios

   INGRESOS EXTRAORDINARIOS
       Operaciones puntuales fuera de la actividad cooperativizada.
EXCEDENTES: RETORNOS
   Los retornos cooperativos son los excedentes de la actividad a los cuales
    tiene derecho el socio, una vez deducido el Impuesto sobre Sociedades y
    dotados los fondos irrepartibles.

   EXCEDENTES NETOS actividad cooperativizada:
       Ingresos - gastos
       5% Fondo de formación
       20% reserva obligatoria (hasta cifra del capital social)
       Resto: reservas voluntarias, participación de trabajadores o distribución entre
        los socios en concepto de retornos.
       TRIBUTAN 20% impuesto de sociedades.

   EXCEDENTES NETOS operaciones con no socios:
       Reserva obligatoria
       Fondo de Formación y promoción cooperativa
RESERVAS
   RESERVA OBLIGATORIA:
       Importe igual capital social
         Cuotas ingreso
         Excedentes y beneficios que acuerde la AG
         Es IRREPARTIBLE entre los socios


   RESERVA VOLUNTARIA
     ESTATUTOS
     Repartible, en proporción a su participación.



   FONDO de Formación y promoción cooperativa
REEMBOLSO
   Importe a reembolsar: dicho importe será igual a la suma de las
    aportaciones obligatorias realizadas por el socio, más, en su caso, la
    actualización correspondiente. Estarán excluidas las cantidades en que se
    hayan reducido las aportaciones para compensar pérdidas o por otras
    causas.

   Deducciones sobre las aportaciones obligatorias: del importe final
    anterior
       podrán deducirse determinadas cantidades en el caso de baja no justificada:
       No justificada el 20% y en caso de expulsión el 30%.

   Plazos: el reembolso se hará sin exceder los plazos determinados en los
    estatutos,
       según las circunstancias de la baja, que estos tiempos máximos:
       en general 3 años, en caso de expulsión 5 años y en caso de defunción 1 año.
REGIMEN ECONOMICO
   DOCUMENTACION Y CONTABILIDAD
     Libro Registro de Socios (y asociados)
     Libro de Aportaciones al Capital Social

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Cooperativas culturales

  • 1. COOPERATIVAS EN EL SECTOR CULTURAL Constitución. Socios y órganos sociales. Régimen económico y Fiscalidad de las Cooperativas. Ana José Ganga Ferriz Gestora Cultural CmasD21 Gestión Cultural www.cmasd21.es
  • 2. CONSTITUCION  ¿Cómo empezamos?
  • 3. CONSTITUCION  ASPECTOS PREVIOS  Plan de Empresa  Acuerdos socios sobre los objetivos y funcionamiento interno  ASPECTOS FORMALES  Escritura pública  Inscripción en el Registro de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.
  • 4. CONSTITUCION  ESCRITURA PUBLICA  Nombre y denominación  Expresión de voluntad  Estatutos  Capital social desembolsado  Certificado depósito en entidad bancaria  Datos aportaciones no dinerarias  Designación primer consejo rector y/o administrador/es  Fecha prevista de inicio  Certificación negativa de denominación  INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS  NUMERO MINIMO DE SOCIOS
  • 5. CONSTITUCION  ESTATUTOS  Denominación, domicilio, duración y ámbito territorial (mayoritariamente en la Comunidad Valenciana).  Objeto social o actividades socio-económicas de la cooperativa.  El capital social mínimo.  La cuantía y la forma de acreditar la aportación obligatoria.  El régimen de responsabilidad de los socios por las deudas sociales.  Condiciones objetivas para ejercer el derecho a ingresar en la cooperativa y para la baja justificada.  Las condiciones de ingreso y baja y el estatuto jurídico de los socios de trabajo y asociados.  Los derechos y deberes del socio.  Las normas de composición y funcionamiento de los órganos sociales.  Las normas para la distribución del excedente neto e imputación de pérdidas.  Las normas de disciplina social.  Las causas de disolución de la cooperativa y las normas para la liquidación.  La cláusula de sometimiento a la conciliación previa y al arbitraje cooperativo regulado en la ley.  El régimen de secciones que se creen en la cooperativa.  Las demás materias que según la ley deban regular los estatutos sociales.
  • 6. CONSTITUCION  ESCRITURA PUBLICA  INSCRIPCION EN REGISTRO COOPERATIVAS  Plazo 2 meses desde el otorgamiento de la escritura.  Plazo de 1 mes para la inscripción desde la solicitud.  Exento del pago de tasas.  NUMERO MINIMO DE SOCIOS  Cinco socios  CTA: 3 socios  C. Segundo grado: Dos cooperativas
  • 7. SOCIOS  PRIMER GRADO  Personas físicas  Personas jurídicas con limitaciones  SEGUNDO GRADO  Cooperativas  Socios Trabajadores  Personas jurídicas  Generalitat Valenciana y Entidades Públicas: pueden ser SOCIOS para la prestación de servicios públicos y el ejercicio de iniciativas de economía pública
  • 8. SOCIOS  CLASES  SOCIOS ORDINARIOS  SOCIOS TEMPORALES  SOCIOS DE TRABAJO  ASOCIADOS
  • 9. SOCIOS  SOCIOS ORDINARIOS  Adhesión  Abierta y Voluntaria: Toda persona que reúna los requisitos y esté interesada en utilizar los servicios de la cooperativa tiene derecho a ingresar como socio  Salvo que lo impida una CAUSA JUSTA derivada de la actividad u objeto social.  Procedimiento  Solicitud por escrito al Consejo Rector.  Admisión o denegación en Dos meses  Recursos  Baja  Voluntaria en cualquier momento: Justificada o injustificada  Obligatoria  Expulsión (falta muy grave)
  • 10. DERECHOS SOCIOS  Participar en la actividad económica y social de la cooperativa.  Recibir la parte del excedente repartible, en proporción al uso de los servicios o actividad realizada.  Cobrar, en su caso, los intereses fijados por las aportaciones sociales.  Obtener la actualización de sus aportaciones  Recibir la liquidación de su aportación en caso de baja o de liquidación de la cooperativa.  Asistir, con voz y voto a las asambleas generales.  Elegir y ser elegido para los cargos sociales.  Derecho de INFORMACION
  • 11. DERECHO DE INFORMACION  Recibir copia de los estatutos sociales y, si lo hubiera, del reglamento de régimen interior.  Examinar los documentos que vayan a ser sometidos a la asamblea, las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe de la auditoria.  Solicitar la ampliación de cuanta información considere necesaria en relación a los puntos del orden del día.  Solicitar por escrito y recibir información sobre la marcha de la cooperativa.  Solicitar y obtener copia del acta de las asambleas generales.  Examinar el libro registro de socios.  Ser notificado de los acuerdos adoptados en su ausencia que supongan obligaciones o cargas onerosas.
  • 12. Deberes del socio  Desembolsar las aportaciones según estatutos y la asamblea general.  Asistir a las reuniones de los órganos sociales.  Cumplir los acuerdos sociales válidamente adoptados.  Participar en las actividades de la cooperativa en la forma establecida.  No realizar actividades de competencia, salvo que sean autorizadas.  Participar en las actividades de formación y promoción cooperativa.  Guardar secreto sobre asuntos y datos de la cooperativa.
  • 13. SOCIOS TEMPORALES  REGLA GENERAL: Socios indefinidos.  Previsión ESTATUTARIA y ACUERDO de admisión, podrán admitirse con unos límites.  El conjunto de S. Temporales no podrá superar el 1/5 de socios indefinidos ni de votos en la Asamblea General.  Vinculo temporal por un máximo de TRES Años.  Aportación al capital limite 50%.  No cuota de ingreso.  Liquidación de sus aportaciones a capital y reembolso en el momento de la baja
  • 14. SOCIOS DE TRABAJO  Persona física que desembolsa una cantidad mínima obligatoria fijada en los estatutos, y adicionalmente, realiza una prestación laboral.  Requisitos: capacidad para contratar y para prestar su trabajo, y demás requisitos legales y administrativos.  PREVISION ESTATUTARIA admisión como socios de trabajo de trabajadores indefinidos (salvo CTA)  Régimen de Socios trabajadores de las CTA
  • 15. NUMERO DE SOCIOS CTA  Mínimo tres socios trabajadores.  Desde la constitución de la Coop, los socios disponen del plazo máximo de 1 año para incorporarse progresivamente a la prestación efectiva de trabajo. Durante ese período, si la cooperativa tiene menos de 3 socios desarrollando la correspondiente prestación laboral, no podrá contratar ningún trabajador con carácter indefinido.  Si durante la Existencia de la cooperativa, el nº de socios se ve reducido por debajo del mínimo legal necesario la cooperativa entrará en causa de disolución, a menos que se restablezca dicha circunstancia en el plazo de un año.  NO MAXIMO de socios.
  • 16. SOCIOS A PRUEBA EN CTA  Los Estatutos pueden fijar un período de prueba que se establecerá en el correspondiente acuerdo de Admisión y que no excederá de 9 meses o de un año en el caso de técnicos cualificados.  Durante este período, el socio temporal tendrá los derechos de voz e información (no de voto) y no está obligado a efectuar aportaciones económicas.  Cualquiera de las partes puede rescindir la relación durante ese período.
  • 17. ASOCIADOS  PREVISION ESTATUTARIA  Personas FISICAS O JURIDICAS que realizan APORTACIONES a capital social Voluntarias.  Derechos y obligaciones de socios con límites  No aportaciones obligatorias al capital social  No realizarán operaciones cooperativizadas.  Posible Derecho al voto con límite del 25% votos.  Retribución de aportaciones voluntarias (45%)  Previsión estatutaria, miembro del Consejo Rector.
  • 18. REGIMEN LABORAL  OPCIONES:  Asimilarse a un Trabajador por Cuenta Ajena en Régimen General o Especial de la Seguridad Social  Régimen especial de Trabajadores Autónomos.  Se establece en los Estatutos para TODOS los socios. Puede modificarse por los Estatutos pasados 5 años desde la opción.  AUTONOMOS:  Pago por el socio. Responde solidariamente la Cooperativa de la obligación de cotizar de sus socios.  Obligaciones de afiliación, alta, baja y comunicación de variaciones por el socio, y subsidiariamente por la Cooperativa.  REGIMEN GENERAL:  Obligación de afiliación, alta, baja y comunicación de variaciones por la Cooperativa.
  • 19. RELACION SOCIETARIA  Relación de socios y cooperativa: SOCIETARIA  Salvo sometimiento expreso, no se aplica el Estatuto de los Trabajadores (salvo en lo establecido legalmente como mínimo) ni el Convenio Colectivo del Sector.  Reglamentación interna mediante acuerdos de la Asamblea General o el Estatuto Profesional del Socio:  Forma de organización del trabajo, movilidad funcional y geográfica, clasificación profesional, régimen de fiestas, vacaciones y permisos, jornadas turnos y descanso semanal, causas de suspensión o extinción de la prestación laboral.  Anticipos societarios: cuando la cooperativa mantenga más del 80% de su facturación anual con un cliente o grupo de empresas, el anticipo anual deberá ser equivalente al salario medio de la zona, sector y categoría profesional.
  • 20. ORGANOS SOCIALES  ASAMBLEA GENERAL  Socios (y asociados)  Acuerdos obligatorios  Competencias  Clases: ordinarias y extraordinarias  Convocatoria  Constitución  Adopción de acuerdos  Voto
  • 21. ORGANOS SOCIALES  ASAMBLEA GENERAL  CONSEJO RECTOR  Órgano de gobierno, representación y gestión  Directrices generales de la gestión  ADMINISTRADOR: número no superior a 10  NUMERO: mínimo 3  Mandato: 2 a 6 años. Renovación.  Acuerdos por mayoría  Periodicidad reuniones 3 meses  Voto del presidente dirimirá los empates.
  • 22. ORGANOS SOCIALES  PRESIDENTE del Consejo rector, será el presidente de la Cooperativa.  Representación legal de la cooperativa  Ejecución de los acuerdos y decisiones adoptadas por el consejo rector y la asamblea general.  SECRETARIO  La redacción de las actas de las sesiones del consejo rector y de las asambleas,  Certificaciones de actas, y documentos sociales.
  • 23. OTROS ORGANOS SOCIALES  Auditoria Externa de las cuentas anuales  Letrado asesor  Comisión de recursos  Comité social.  Comisión de control de la gestión.
  • 24. REGIMEN ECONOMICO  CAPITAL SOCIAL  Aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios (y asociados).  Desembolso mínimo 25% (plazo 5 años resto)  Capital social 3.000 €  Importe total aportaciones por socio no + 45% capital social  Aportaciones NO DINERARIAS: bienes y derechos evaluables económicamente.  APORTACIONES  OBLIGATORIAS  VOLUNTARIAS
  • 25. APORTACIONES  APORTACIONES:  Aportación obligatoria: fijada en los Estatutos o por la Asamblea General. Igual o proporcional  Aportaciones voluntarias: Acuerdo para la admisión de aportaciones voluntarias de socios y asociados, fijando las condiciones  REMUNERACION  INCENTIVAR  ESTATUTOS: determinan derecho al devengo de INTERESES (aportaciones obligatorias)  ACUERDO: intereses de las aportaciones voluntarias.  MAXIMO: 6% por encima del interés legal del dinero
  • 26. TRANSMISION DE APORTACIONES Y DE LA CONDICION DE SOCIO  Regulación por Ley. Aconsejable precisión por Estatutos, preferencias de ingreso, procedimiento.  Aportaciones Voluntarias: son libres entre socios y asociados  Aportaciones Obligatorias: entre socios, para adecuar las aportaciones obligatorias a capital social.  NUEVOS INGRESOS: posibilidad de cesión de aportaciones por socios o asociados (manteniendo el mínimo)  Inter vivos: por baja justificada, al cónyuge, ascendiente o descendiente si son socios o adquieren tal condición, completando las aportaciones obligatorias.  Mortis Causa: por los herederos interesados, que tengan derecho a ingreso según los Estatutos.  Por los Estatutos, puede establecerse un Derecho de adquisición Preferente de los socios de adquirir las participaciones del socio fallecido, salvo que el sucesor fuera trabajador.  Si no desean ser socios, se practicará la liquidación a favor de los herederos.
  • 27. OTROS MEDIOS DE FINANCIACION  Cuotade Ingreso, fijada por los Estatutos o por la Asamblea General.  Se integra en la RESERVA OBLIGATORIA.  Fondo de Retornos: en la distribución de resultados.  Cualquier modalidad de financiación voluntaria, con retribución.  Emisión de Títulos Participativos, con una remuneración.
  • 28. INGRESOS  ACTIVIDAD COOPERATIVIZADA  INGRESOS ORDINARIOS COOPERATIVOS:  Venta de productos o servicios de los socios y/o de la cooperativa.  Venta o suministro de productos/servicios a los socios  Operaciones de intercooperación  Inversiones y subvenciones  Cuotas periódicas de los socios  Plusvalías por enajenación del inmovilizado material.  INGRESOS ORDINARIOS EXTRACOOPERATIVOS:  Operaciones propias de la actividad cooperativizada con terceros no socios  INGRESOS EXTRAORDINARIOS  Operaciones puntuales fuera de la actividad cooperativizada.
  • 29. EXCEDENTES: RETORNOS  Los retornos cooperativos son los excedentes de la actividad a los cuales tiene derecho el socio, una vez deducido el Impuesto sobre Sociedades y dotados los fondos irrepartibles.  EXCEDENTES NETOS actividad cooperativizada:  Ingresos - gastos  5% Fondo de formación  20% reserva obligatoria (hasta cifra del capital social)  Resto: reservas voluntarias, participación de trabajadores o distribución entre los socios en concepto de retornos.  TRIBUTAN 20% impuesto de sociedades.  EXCEDENTES NETOS operaciones con no socios:  Reserva obligatoria  Fondo de Formación y promoción cooperativa
  • 30. RESERVAS  RESERVA OBLIGATORIA:  Importe igual capital social  Cuotas ingreso  Excedentes y beneficios que acuerde la AG  Es IRREPARTIBLE entre los socios  RESERVA VOLUNTARIA  ESTATUTOS  Repartible, en proporción a su participación.  FONDO de Formación y promoción cooperativa
  • 31. REEMBOLSO  Importe a reembolsar: dicho importe será igual a la suma de las aportaciones obligatorias realizadas por el socio, más, en su caso, la actualización correspondiente. Estarán excluidas las cantidades en que se hayan reducido las aportaciones para compensar pérdidas o por otras causas.  Deducciones sobre las aportaciones obligatorias: del importe final anterior  podrán deducirse determinadas cantidades en el caso de baja no justificada:  No justificada el 20% y en caso de expulsión el 30%.  Plazos: el reembolso se hará sin exceder los plazos determinados en los estatutos,  según las circunstancias de la baja, que estos tiempos máximos:  en general 3 años, en caso de expulsión 5 años y en caso de defunción 1 año.
  • 32. REGIMEN ECONOMICO  DOCUMENTACION Y CONTABILIDAD  Libro Registro de Socios (y asociados)  Libro de Aportaciones al Capital Social  Libro de Actas