2. • Establece el Régimen Jurídico.
• Para los Inmuebles destinados a vivienda y/o
funcionamiento de comercio e industria.
Objeto
Principios
Justicia Social
Igualdad
Equidad
Progresividad
Participación
3. Declaratoria de Interés Público
Se declara de interés público general, social y colectivo toda
materia relacionada con los arrendamientos de inmuebles
destinados a vivienda.
Con los fines de:
• Brindar seguridad jurídica
• Proteger y garantizar el derecho a la
vivienda
• Brindar atención integral a las personas
• Erradicar los desalojos arbitrarios
4. Es de Orden Público y de Obligatorio
Cumplimiento.
Declaratoria de Interés Público
Aplicara en todo el territorio de la República
Bolivariana de Venezuela.
5. 1. Los terrenos urbanos y suburbanos no
edificados.
2. Las fincas rurales.
3. Los fondos de comercio.
4. Los hoteles y sitios conexos a tal fin.
Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de hábitat y vivienda.
Excepción del Ámbito de Aplicación
Órgano Rector
6. Censo de Contratos
de Arrendamientos
Órgano
Jurisdiccional
• Juzgados de Municipio
• Tribunales Superiores en lo Civil y
Contencioso Administrativo
Para impugnar actos administrativos emanados de la Dirección Nacional de Inquilinato
• Jurisdicción civil ordinaria.
Para Procedimientos relativos a la misma ley
7. Defensoría Pública para la Protección
del Derecho a la Vivienda
Órgano con competencias en materia de
defensa y protección del derecho a la vivienda.
Con prioridad a proteger a las
personas que habiten en
inmuebles destinados a
viviendas.