SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
Procedimiento para la Defensa en el acceso
de los bienes y servicios
[Fases, principios, fiscalización, mecanismos alternos de resolución de
conflictos]
Mayo17, 2018]
Andrés Javier Rivero Querales
Prof. Abg. Emily Ramírez
SAIA A Lapso 2017/B
2
El procedimiento previsto en la Ley para la Defensa en el acceso de los
bienes y servicios y los principios que lo rigen se encuentra señalados en la Ley
para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicio.
Se inicia esta actividad el Procedimiento previsto en la Ley y sus fases; los
Principios; Fiscalización; Mecanismos Alternos de Resolución de Conflictos.
Inicio del Procedimiento Administrativo y sus Fases
3
El Procedimiento previsto en la Ley para la Defensa de las personas en el
acceso de los bienes y servicios se encuentra establecido en el artículo 115 y se
inicia de oficio o a solicitud de persona interesada, luego al tener conocimiento el
Ente u Órgano correspondiente procede a informar la presunta comisión de una
infracción prevista en la presente Ley, sus reglamentos, al Instituto para la Defensa
de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios a fines que se inicie el
procedimiento correspondiente, remitiendo las actuaciones que hubiere realizado, si
fuere el caso.
Las solicitudes podrán ser presentadas de manera escrita u oral, caso en el
cual, será reducida a un acta sucinta que comprenda los elementos esenciales de la
misma. Igualmente en el artículo 116 se encuentra las diligencias iniciales que
practicaran los funcionarios autorizados para investigar y hacer constar la presunta
comisión de la infracción, con todas las circunstancias que puedan influir en su
calificación y en la responsabilidad del presunto infractor, así como al
aseguramiento de los objetos relacionados con la comisión del hecho.
Precisando de una vez, cuando se inicia un procedimiento por la presunta
comisión de una infracción que se encuentre prevista en la Ley, los funcionarios
autorizados deben redactar un acta con la siguiente información: 1. La identificación
del denunciante donde además se indique su domicilio o residencia para facilitar su
ubicación. 2. La identificación plena del presunto infractor según corresponda.
3. Presunto domicilio del establecimiento de la cadena de distribución, producción y
consumo, que corresponda, y ubicación geográfica del transporte. 4. Narración de
los hechos y formulación previa de los cargos que dieron origen al procedimiento.
4
5. Señalamiento de testigos que hubieren presenciado la comisión del hecho si los
hubiere y 6. La identificación de los funcionarios responsables para sustanciar el
procedimiento.
La notificación del presunto infractor se ordenará al día siguiente del inicio del
procedimiento. Y en el lapso de los dos días siguientes a que conste en autos su
notificación, se fijará mediante auto expreso día y hora para que tenga lugar la
audiencia de descargos, dentro de un plazo no menor de cinco días ni mayor de
diez días.
Adicionalmente, el funcionario podrá ordenar la práctica de un informe
técnico, asimismo podrá dictar todas aquellas diligencias preliminares, medidas
preventivas o medidas de sustanciación que considere conveniente.
Las medidas preventivas pueden dictarse de oficio o a solicitud de persona
interesada, en cualquier estado del procedimiento. Si existen indicios de que puede
afectarse el interés individual o colectivo, deberán dictarse las medidas preventivas
a que hubiere lugar.
Dentro de los tres días siguientes a que sea dictada la medida preventiva o
de su ejecución, el interesado podrá solicitar razonadamente su revocatoria o
modificación por ante la funcionaria o el funcionario que la dictó, quien decidirá
dentro los cinco días siguientes a dicha solicitud.
La notificación indicará la oportunidad para que comparezca el presunto
infractor ante el Órgano competente a los fines de conocer la oportunidad para la
audiencia de formulación de cargos. La notificación se entregará al presunto
5
infractor, o a quien se encuentre en su morada, habitación u oficina y, en caso de
ser una persona jurídica, en la oficina receptora de correspondencia si la hubiere,
dejando constancia del nombre y apellido de la persona quien recibe y debe firmar
su recibo, el cual será agregado al expediente del procedimiento.
Cuando resulte impracticable la notificación de conformidad con lo previsto
en este artículo, se procederá a realizar la misma mediante cartel en el que se
indicará el día y hora en que deberá comparecer, el presunto infractor, acompañado
de copia certificada de la denuncia, el cual será fijado a la puerta del local, empresa
o establecimiento relacionado con la cadena de distribución, producción y consumo,
o de servicio. Al día siguiente que conste en el expediente el cumplimiento de lo
previsto en el presente artículo, por parte del Jefe de la Sala de Sustanciación,
comenzará a contarse el lapso de comparecencia del denunciado.
En la audiencia de descargos el afectado podrá, bajo fe de juramento,
presentar sus defensas o admitir los hechos que se le atribuyen de manera escrita u
oral, caso en el cual se levantará acta sucinta.
De producirse la admisión total de los hechos imputados, el Jefe de Sala,
procederá a plasmar los acuerdos alcanzados y levantar el acta respectiva. Si se
produce la admisión parcial de los hechos atribuidos o su rechazo, se continuará el
procedimiento. En caso que el presunto infractor no comparezca a la audiencia de
descargos se valorará como indicio de los hechos que se le atribuyen.
En la audiencia de descargos, el funcionario de la Sala de Sustanciación,
deberá mediar y conciliar las posiciones instando a las partes a la conciliación,
6
dándoles un lapso prudencial no mayor a treinta minutos, para que estos realicen
las deliberaciones y diligencias pertinentes sobre el caso; vencido este término,
deberán de manera oral y pública expresar si concilian o no.
De lograrse la conciliación, las partes firmaran el acuerdo, con lo cual
culminará el procedimiento. De no lograrse la conciliación continúa el
procedimiento.
Al día siguiente de la celebración de la audiencia de descargos se abrirá un
lapso probatorio de doce días, que comprenden tres días para la promoción de
pruebas, dos días para la oposición, dos días para su admisión y cinco días para su
evacuación.
Al día siguiente del vencimiento del lapso probatorio, se remitirá el
expediente al Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso
a los Bienes y Servicios, a fin de que decida mediante providencia administrativa
dentro de los veintiún días hábiles. La providencia administrativa será redactada en
términos claros y precisos, con relación sucinta de los hechos y de derecho en que
se fundamenta la decisión.
Principios de los Procedimientos
Según el Artículo 108 de la ley se rigen por los siguientes Principio
Generales:
7
1. Publicidad: de acuerdo a este principio los interesados y sus representantes
tiene el derecho a transcribir, leer o fotocopiar, cualquier documento contenido en el
expediente y solicitar copia certificada del mismo.
2. Dirección e impulso de oficio: El funcionario que sustancia y dirige el proceso
tiene el deber de impulsarlo de oficio hasta su ejecución.
3. Primacía de la realidad: La funcionario debe orientar su actividad en la búsqueda
de la verdad por todos los medios a su alcance. En sus decisiones debe prevalecer
la realidad sobre las formas y apariencias.
4. Libertad probatoria: En el procedimiento pueden emplearse cualquier medio de
prueba no prohibido expresamente por la ley o que resulte manifiestamente
impertinente.
5. Notificación única: Realizada la notificación del interesado o interesada queda a
derecho, sin necesidad de nueva notificación para ningún otro acto del
procedimiento, salvo los casos expresamente señalados en la ley.
Facultades de Fiscalización
Según el Artículo 110. Los funcionarios autorizados por el Instituto para la
Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, dispondrán de
amplias facultades de fiscalización para comprobar y exigir el cumplimiento de los
derechos y obligaciones previstos en esta Ley, pudiendo especialmente:
1. Practicar fiscalizaciones en los establecimientos o lugares dedicados a la
actividad económica de bienes de cualquiera de los sujetos de la cadena de
8
distribución, producción y consumo, así como los destinados a la prestación de
servicios, en los recintos aduanales y almacenes privados de acopios de bienes,
sean estas de oficio o por denuncia.
2. Exigir a cualquiera de los sujetos de la cadena de distribución, producción y
consumo la exhibición de su contabilidad y demás documentos relacionados con su
actividad, así como que proporcionen los datos o informaciones que se le requieran
con carácter individual o general.
3. Requerir a los sujetos de la cadena de producción, distribución y consumo o
terceros, que comparezcan ante sus oficinas a dar contestación a las preguntas que
se le formulen o a reconocer firmas, documentos o bienes, si fuere el caso.
4. Practicar avalúo, para lo cual, el Instituto, contará con un equipo de expertos para
realizar tal actividad, de conformidad con la normativa que regula la materia.
5. Practicar la verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su
transporte, en cualquier lugar del territorio de la República.
6. Solicitar a las funcionarias o los funcionarios o empleadas o empleados públicos,
los informes y datos que posean con motivos de sus funciones, en ocasión a los
procedimientos relacionados con la presente Ley, salvo lo previsto en leyes
especiales.
7. Requerir copia de la totalidad o parte de los soportes magnéticos, así como de la
información de los documentos revisados durante la fiscalización sin importar que el
9
Procesamiento de datos se desarrolle a través de equipos propios o arrendados o
que el servicio sea prestado por un tercero.
8. Requerir informaciones de terceros relacionados con los hechos objeto de la
fiscalización, que en el ejercicio de sus actividades hayan contribuido a realizar o
hayan debido conocer.
9. Practicar fiscalizaciones en los medios de transporte ocupados o utilizados por
cualquier título, por cualquiera de los sujetos de la cadena de producción o
consumo a cualquier hora habilitándose el tiempo que fuere menester para
practicarlas.
10. Requerir el auxilio de cualquier fuerza pública cuando hubiere impedimento en
el desempeño de sus funciones y ello fuere necesario para el ejercicio de las
facultades de fiscalización.
11. Dejar constancia de los documentos revisados durante la fiscalización, incluidos
los registrados en medios magnéticos o similares y requerir las copias o retener los
que considere necesario a objeto de sustanciar el respectivo expediente.
12. Adoptar las medidas necesarias para impedir la destrucción, desaparición o
alteración de la documentación que se exija, incluidos los registrados en medio
magnéticos, o similares, así como de cualquier otro documento de prueba relevante
cuando se encuentre éste en poder del fiscalizado.
Mecanismos Alternos de Resolución de Conflictos.
Conciliación antes del inicio del procedimiento
10
Artículo 114. El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes
y Servicios, de oficio o a solicitud del denunciante, podrá practicar conciliaciones en
la sede del denunciado o en las Oficinas del Instituto para la Defensa de las
Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, con la presencia del denunciante y
denunciado, a efectos de lograr los acuerdos siguientes:
1. La reposición del producto o servicio al valor actual.
2. La reparación de producto o servicio al valor actual.
3. La devolución del precio o la contraprestación pagada por la persona.
4. Que el proveedor cumpla con la prestación ofrecida en una relación de consumo,
siempre que la misma conste por escrito.
5. Que el proveedor cumpla con atender la solicitud de información requerida por la
persona, siempre que dicho requerimiento guarde relación con el producto adquirido
o servicio contratado.
6. Que el proveedor pague las coberturas o prestaciones previstas en las pólizas de
seguros, en los contratos de servicios prepagados, así como en cualesquiera otros
de naturaleza semejante.
7. La elección por parte de la persona, de la forma de pago que más le convenga
dentro de las posibilidades ofrecidas por el vendedor o prestador del servicio.
8. La entrega de facturas en las ventas realizadas o en los servicios prestados,
debidamente desglosadas, según el caso.
11
9. Cualquier otro acuerdo que restituya el derecho infringido dentro del marco legal
de la presente Ley.
Lograda la conciliación, el funcionario actuante levantará un acta suscrita por las
partes, donde se hará constar los términos de la misma, poniendo fin al
procedimiento, una vez homologada por la Sala de Sustanciación.
En conclusión se tiene que el tema de la especulación ha existido durante
décadas en Venezuela y a pesar de todas las leyes promulgadas cada día adquiere
más fuerza e imposible de controlar.
Referencias Bibliográficas
Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. Gaceta
Oficial de Venezuela.
Tema N° 9 del Programa Instruccional de la Catedra de Derecho Administrativo II.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo de derecho procesal penal
Ensayo de derecho procesal  penalEnsayo de derecho procesal  penal
Ensayo de derecho procesal penalCarlos10856770
 
La accion penal_IAFJSR
La accion penal_IAFJSRLa accion penal_IAFJSR
La accion penal_IAFJSRMauri Rojas
 
Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Milton Revilla Soto
 
Ensayo Denuncia, querella y acusacion
 Ensayo Denuncia, querella y acusacion Ensayo Denuncia, querella y acusacion
Ensayo Denuncia, querella y acusacionyurgenis linarez
 
Ensayo denuncia querella y acusacion
Ensayo denuncia querella y acusacionEnsayo denuncia querella y acusacion
Ensayo denuncia querella y acusacionluis_paredes
 
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativos
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativosLey de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativos
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativosSave Solutions
 
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)Víctor Manuel García Fermín
 
Manual de Procedimientos Sumarios Administrativos
Manual de Procedimientos Sumarios AdministrativosManual de Procedimientos Sumarios Administrativos
Manual de Procedimientos Sumarios AdministrativosNelson Leiva®
 
Denuncia, querella y acusacion
Denuncia, querella y acusacionDenuncia, querella y acusacion
Denuncia, querella y acusacionAnna Serrano
 
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011tribunaladmantioquia
 
Derecho procesal penal ii
Derecho procesal penal iiDerecho procesal penal ii
Derecho procesal penal iiVanessa Goitia
 
El Sumario Administrativo
El Sumario Administrativo El Sumario Administrativo
El Sumario Administrativo Nelson Leiva®
 
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio Leonides Marquez Ortiz
 
Sumario administrativo (1)
Sumario administrativo (1)Sumario administrativo (1)
Sumario administrativo (1)Mirta Hnriquez
 
3ra actividad mapa conceptual
3ra actividad mapa conceptual3ra actividad mapa conceptual
3ra actividad mapa conceptualNesmaryPalluotto
 
Ensayo acusacion, denuncia y querella
Ensayo acusacion, denuncia y querellaEnsayo acusacion, denuncia y querella
Ensayo acusacion, denuncia y querellaYenifer Suarez
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo de derecho procesal penal
Ensayo de derecho procesal  penalEnsayo de derecho procesal  penal
Ensayo de derecho procesal penal
 
Ley 1881 del 15 de enero de 2018
Ley 1881 del 15 de enero de 2018Ley 1881 del 15 de enero de 2018
Ley 1881 del 15 de enero de 2018
 
La accion penal_IAFJSR
La accion penal_IAFJSRLa accion penal_IAFJSR
La accion penal_IAFJSR
 
Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1
 
Ensayo Denuncia, querella y acusacion
 Ensayo Denuncia, querella y acusacion Ensayo Denuncia, querella y acusacion
Ensayo Denuncia, querella y acusacion
 
Ensayo denuncia querella y acusacion
Ensayo denuncia querella y acusacionEnsayo denuncia querella y acusacion
Ensayo denuncia querella y acusacion
 
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativos
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativosLey de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativos
Ley de-procedimiento-para-la-imposicion-del-arresto-o-multa-administrativos
 
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)
Procedimientos administrativos y judiciales (diplomado)
 
Ley 1878 del 09 de enero de 2018
Ley 1878 del 09 de enero de 2018Ley 1878 del 09 de enero de 2018
Ley 1878 del 09 de enero de 2018
 
1882
18821882
1882
 
Manual de Procedimientos Sumarios Administrativos
Manual de Procedimientos Sumarios AdministrativosManual de Procedimientos Sumarios Administrativos
Manual de Procedimientos Sumarios Administrativos
 
Denuncia, querella y acusacion
Denuncia, querella y acusacionDenuncia, querella y acusacion
Denuncia, querella y acusacion
 
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011
Presentación Dr. Álvaro Namén Vargas regimen probatorio l 1437-2011
 
Derecho procesal penal ii
Derecho procesal penal iiDerecho procesal penal ii
Derecho procesal penal ii
 
El Sumario Administrativo
El Sumario Administrativo El Sumario Administrativo
El Sumario Administrativo
 
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio
Investigacion Nuevo Sistema Penal Acusatorio
 
Sumario administrativo (1)
Sumario administrativo (1)Sumario administrativo (1)
Sumario administrativo (1)
 
3ra actividad mapa conceptual
3ra actividad mapa conceptual3ra actividad mapa conceptual
3ra actividad mapa conceptual
 
La accion penal
La accion penalLa accion penal
La accion penal
 
Ensayo acusacion, denuncia y querella
Ensayo acusacion, denuncia y querellaEnsayo acusacion, denuncia y querella
Ensayo acusacion, denuncia y querella
 

Similar a Procedimiento para la Defensa en el Acceso a los Bienes y Servicios

La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.  La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios. edixong86
 
Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios. Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.gilcarlos26
 
Marian noguera
Marian nogueraMarian noguera
Marian nogueramanattt
 
material_2020X1_DER513_04_146843.pptx
material_2020X1_DER513_04_146843.pptxmaterial_2020X1_DER513_04_146843.pptx
material_2020X1_DER513_04_146843.pptxCsarArellano4
 
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.ppt
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.pptProcedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.ppt
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.pptmayra411200
 
12. demanda administrativa
12. demanda administrativa12. demanda administrativa
12. demanda administrativaChipilis15
 
Ensayo 22 01
Ensayo 22 01Ensayo 22 01
Ensayo 22 01Luis Hera
 
Ensayo procesal penal
Ensayo procesal penalEnsayo procesal penal
Ensayo procesal penalIvonne Duran
 
Inicio conclusion procedimiento administrativo
Inicio conclusion procedimiento administrativoInicio conclusion procedimiento administrativo
Inicio conclusion procedimiento administrativoalejandrovillanueva65
 
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionGENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionmichakevin
 
Procedimiento de amparo constitucional
Procedimiento de amparo constitucionalProcedimiento de amparo constitucional
Procedimiento de amparo constitucionalErika Peña
 

Similar a Procedimiento para la Defensa en el Acceso a los Bienes y Servicios (20)

Ley para la defensa de los bienes y servicios
Ley para la defensa de los bienes y serviciosLey para la defensa de los bienes y servicios
Ley para la defensa de los bienes y servicios
 
La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.  La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
La defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 
Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios. Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
Defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios.
 
Marian noguera
Marian nogueraMarian noguera
Marian noguera
 
material_2020X1_DER513_04_146843.pptx
material_2020X1_DER513_04_146843.pptxmaterial_2020X1_DER513_04_146843.pptx
material_2020X1_DER513_04_146843.pptx
 
Divianny cardenas
Divianny cardenas Divianny cardenas
Divianny cardenas
 
Deadministrativo
DeadministrativoDeadministrativo
Deadministrativo
 
procedimiento grafico coa000.docx
procedimiento grafico coa000.docxprocedimiento grafico coa000.docx
procedimiento grafico coa000.docx
 
Tema 10,11,12
Tema 10,11,12Tema 10,11,12
Tema 10,11,12
 
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.ppt
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.pptProcedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.ppt
Procedimientos-Disciplinarios-y-la-Instrucción-de-Expedientes.ppt
 
12. demanda administrativa
12. demanda administrativa12. demanda administrativa
12. demanda administrativa
 
Ensayo 22 01
Ensayo 22 01Ensayo 22 01
Ensayo 22 01
 
Ensayo procesal penal
Ensayo procesal penalEnsayo procesal penal
Ensayo procesal penal
 
Procedimiento en un amparo
Procedimiento en un amparoProcedimiento en un amparo
Procedimiento en un amparo
 
Procedimientos administrativos
Procedimientos administrativosProcedimientos administrativos
Procedimientos administrativos
 
Inicio conclusion procedimiento administrativo
Inicio conclusion procedimiento administrativoInicio conclusion procedimiento administrativo
Inicio conclusion procedimiento administrativo
 
Kisbe
KisbeKisbe
Kisbe
 
Esquemas
EsquemasEsquemas
Esquemas
 
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionGENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
 
Procedimiento de amparo constitucional
Procedimiento de amparo constitucionalProcedimiento de amparo constitucional
Procedimiento de amparo constitucional
 

Más de Andres Rivero

Comercio electronico andres rivero_22264902
Comercio  electronico  andres rivero_22264902Comercio  electronico  andres rivero_22264902
Comercio electronico andres rivero_22264902Andres Rivero
 
Mapa conceptual actividad n 10
Mapa conceptual actividad n 10Mapa conceptual actividad n 10
Mapa conceptual actividad n 10Andres Rivero
 
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTE
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTEDERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTE
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTEAndres Rivero
 
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOSTERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOSAndres Rivero
 
El Aborto y Abandono de Personas Incapaces
El Aborto y Abandono de Personas IncapacesEl Aborto y Abandono de Personas Incapaces
El Aborto y Abandono de Personas IncapacesAndres Rivero
 
Requisitos de Validez del Acto Administrativo
Requisitos de Validez del Acto AdministrativoRequisitos de Validez del Acto Administrativo
Requisitos de Validez del Acto AdministrativoAndres Rivero
 
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B . Derecho Universidad Fermín toro
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B  . Derecho   Universidad Fermín toroEstudiante SAIA C Lapso 2016/B  . Derecho   Universidad Fermín toro
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B . Derecho Universidad Fermín toroAndres Rivero
 

Más de Andres Rivero (7)

Comercio electronico andres rivero_22264902
Comercio  electronico  andres rivero_22264902Comercio  electronico  andres rivero_22264902
Comercio electronico andres rivero_22264902
 
Mapa conceptual actividad n 10
Mapa conceptual actividad n 10Mapa conceptual actividad n 10
Mapa conceptual actividad n 10
 
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTE
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTEDERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTE
DERECHO AMBIENTAL. NORMAS RELATIVAS AL AMBIENTE
 
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOSTERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
 
El Aborto y Abandono de Personas Incapaces
El Aborto y Abandono de Personas IncapacesEl Aborto y Abandono de Personas Incapaces
El Aborto y Abandono de Personas Incapaces
 
Requisitos de Validez del Acto Administrativo
Requisitos de Validez del Acto AdministrativoRequisitos de Validez del Acto Administrativo
Requisitos de Validez del Acto Administrativo
 
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B . Derecho Universidad Fermín toro
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B  . Derecho   Universidad Fermín toroEstudiante SAIA C Lapso 2016/B  . Derecho   Universidad Fermín toro
Estudiante SAIA C Lapso 2016/B . Derecho Universidad Fermín toro
 

Último

Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Katherine Concepcion Gonzalez
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfGruberACaraballo
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxEliaHernndez7
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIAFabiolaGarcia751855
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.JonathanCovena1
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxroberthirigoinvasque
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalJonathanCovena1
 
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPCTRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPCCarlosEduardoSosa2
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptxRigoTito
 
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdfPlan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdfcarolinamartinezsev
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOluismii249
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxlclcarmen
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxNadiaMartnez11
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxFernando Solis
 

Último (20)

Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
 
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPCTRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
TRABAJO FINAL TOPOGRAFÍA COMPLETO DE LA UPC
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdfPlan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
 
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptxPower Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdfSesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
 
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docxTALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
TALLER DE DEMOCRACIA Y GOBIERNO ESCOLAR-COMPETENCIAS N°3.docx
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 

Procedimiento para la Defensa en el Acceso a los Bienes y Servicios

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA” Procedimiento para la Defensa en el acceso de los bienes y servicios [Fases, principios, fiscalización, mecanismos alternos de resolución de conflictos] Mayo17, 2018] Andrés Javier Rivero Querales Prof. Abg. Emily Ramírez SAIA A Lapso 2017/B
  • 2. 2 El procedimiento previsto en la Ley para la Defensa en el acceso de los bienes y servicios y los principios que lo rigen se encuentra señalados en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicio. Se inicia esta actividad el Procedimiento previsto en la Ley y sus fases; los Principios; Fiscalización; Mecanismos Alternos de Resolución de Conflictos. Inicio del Procedimiento Administrativo y sus Fases
  • 3. 3 El Procedimiento previsto en la Ley para la Defensa de las personas en el acceso de los bienes y servicios se encuentra establecido en el artículo 115 y se inicia de oficio o a solicitud de persona interesada, luego al tener conocimiento el Ente u Órgano correspondiente procede a informar la presunta comisión de una infracción prevista en la presente Ley, sus reglamentos, al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios a fines que se inicie el procedimiento correspondiente, remitiendo las actuaciones que hubiere realizado, si fuere el caso. Las solicitudes podrán ser presentadas de manera escrita u oral, caso en el cual, será reducida a un acta sucinta que comprenda los elementos esenciales de la misma. Igualmente en el artículo 116 se encuentra las diligencias iniciales que practicaran los funcionarios autorizados para investigar y hacer constar la presunta comisión de la infracción, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y en la responsabilidad del presunto infractor, así como al aseguramiento de los objetos relacionados con la comisión del hecho. Precisando de una vez, cuando se inicia un procedimiento por la presunta comisión de una infracción que se encuentre prevista en la Ley, los funcionarios autorizados deben redactar un acta con la siguiente información: 1. La identificación del denunciante donde además se indique su domicilio o residencia para facilitar su ubicación. 2. La identificación plena del presunto infractor según corresponda. 3. Presunto domicilio del establecimiento de la cadena de distribución, producción y consumo, que corresponda, y ubicación geográfica del transporte. 4. Narración de los hechos y formulación previa de los cargos que dieron origen al procedimiento.
  • 4. 4 5. Señalamiento de testigos que hubieren presenciado la comisión del hecho si los hubiere y 6. La identificación de los funcionarios responsables para sustanciar el procedimiento. La notificación del presunto infractor se ordenará al día siguiente del inicio del procedimiento. Y en el lapso de los dos días siguientes a que conste en autos su notificación, se fijará mediante auto expreso día y hora para que tenga lugar la audiencia de descargos, dentro de un plazo no menor de cinco días ni mayor de diez días. Adicionalmente, el funcionario podrá ordenar la práctica de un informe técnico, asimismo podrá dictar todas aquellas diligencias preliminares, medidas preventivas o medidas de sustanciación que considere conveniente. Las medidas preventivas pueden dictarse de oficio o a solicitud de persona interesada, en cualquier estado del procedimiento. Si existen indicios de que puede afectarse el interés individual o colectivo, deberán dictarse las medidas preventivas a que hubiere lugar. Dentro de los tres días siguientes a que sea dictada la medida preventiva o de su ejecución, el interesado podrá solicitar razonadamente su revocatoria o modificación por ante la funcionaria o el funcionario que la dictó, quien decidirá dentro los cinco días siguientes a dicha solicitud. La notificación indicará la oportunidad para que comparezca el presunto infractor ante el Órgano competente a los fines de conocer la oportunidad para la audiencia de formulación de cargos. La notificación se entregará al presunto
  • 5. 5 infractor, o a quien se encuentre en su morada, habitación u oficina y, en caso de ser una persona jurídica, en la oficina receptora de correspondencia si la hubiere, dejando constancia del nombre y apellido de la persona quien recibe y debe firmar su recibo, el cual será agregado al expediente del procedimiento. Cuando resulte impracticable la notificación de conformidad con lo previsto en este artículo, se procederá a realizar la misma mediante cartel en el que se indicará el día y hora en que deberá comparecer, el presunto infractor, acompañado de copia certificada de la denuncia, el cual será fijado a la puerta del local, empresa o establecimiento relacionado con la cadena de distribución, producción y consumo, o de servicio. Al día siguiente que conste en el expediente el cumplimiento de lo previsto en el presente artículo, por parte del Jefe de la Sala de Sustanciación, comenzará a contarse el lapso de comparecencia del denunciado. En la audiencia de descargos el afectado podrá, bajo fe de juramento, presentar sus defensas o admitir los hechos que se le atribuyen de manera escrita u oral, caso en el cual se levantará acta sucinta. De producirse la admisión total de los hechos imputados, el Jefe de Sala, procederá a plasmar los acuerdos alcanzados y levantar el acta respectiva. Si se produce la admisión parcial de los hechos atribuidos o su rechazo, se continuará el procedimiento. En caso que el presunto infractor no comparezca a la audiencia de descargos se valorará como indicio de los hechos que se le atribuyen. En la audiencia de descargos, el funcionario de la Sala de Sustanciación, deberá mediar y conciliar las posiciones instando a las partes a la conciliación,
  • 6. 6 dándoles un lapso prudencial no mayor a treinta minutos, para que estos realicen las deliberaciones y diligencias pertinentes sobre el caso; vencido este término, deberán de manera oral y pública expresar si concilian o no. De lograrse la conciliación, las partes firmaran el acuerdo, con lo cual culminará el procedimiento. De no lograrse la conciliación continúa el procedimiento. Al día siguiente de la celebración de la audiencia de descargos se abrirá un lapso probatorio de doce días, que comprenden tres días para la promoción de pruebas, dos días para la oposición, dos días para su admisión y cinco días para su evacuación. Al día siguiente del vencimiento del lapso probatorio, se remitirá el expediente al Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, a fin de que decida mediante providencia administrativa dentro de los veintiún días hábiles. La providencia administrativa será redactada en términos claros y precisos, con relación sucinta de los hechos y de derecho en que se fundamenta la decisión. Principios de los Procedimientos Según el Artículo 108 de la ley se rigen por los siguientes Principio Generales:
  • 7. 7 1. Publicidad: de acuerdo a este principio los interesados y sus representantes tiene el derecho a transcribir, leer o fotocopiar, cualquier documento contenido en el expediente y solicitar copia certificada del mismo. 2. Dirección e impulso de oficio: El funcionario que sustancia y dirige el proceso tiene el deber de impulsarlo de oficio hasta su ejecución. 3. Primacía de la realidad: La funcionario debe orientar su actividad en la búsqueda de la verdad por todos los medios a su alcance. En sus decisiones debe prevalecer la realidad sobre las formas y apariencias. 4. Libertad probatoria: En el procedimiento pueden emplearse cualquier medio de prueba no prohibido expresamente por la ley o que resulte manifiestamente impertinente. 5. Notificación única: Realizada la notificación del interesado o interesada queda a derecho, sin necesidad de nueva notificación para ningún otro acto del procedimiento, salvo los casos expresamente señalados en la ley. Facultades de Fiscalización Según el Artículo 110. Los funcionarios autorizados por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, dispondrán de amplias facultades de fiscalización para comprobar y exigir el cumplimiento de los derechos y obligaciones previstos en esta Ley, pudiendo especialmente: 1. Practicar fiscalizaciones en los establecimientos o lugares dedicados a la actividad económica de bienes de cualquiera de los sujetos de la cadena de
  • 8. 8 distribución, producción y consumo, así como los destinados a la prestación de servicios, en los recintos aduanales y almacenes privados de acopios de bienes, sean estas de oficio o por denuncia. 2. Exigir a cualquiera de los sujetos de la cadena de distribución, producción y consumo la exhibición de su contabilidad y demás documentos relacionados con su actividad, así como que proporcionen los datos o informaciones que se le requieran con carácter individual o general. 3. Requerir a los sujetos de la cadena de producción, distribución y consumo o terceros, que comparezcan ante sus oficinas a dar contestación a las preguntas que se le formulen o a reconocer firmas, documentos o bienes, si fuere el caso. 4. Practicar avalúo, para lo cual, el Instituto, contará con un equipo de expertos para realizar tal actividad, de conformidad con la normativa que regula la materia. 5. Practicar la verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte, en cualquier lugar del territorio de la República. 6. Solicitar a las funcionarias o los funcionarios o empleadas o empleados públicos, los informes y datos que posean con motivos de sus funciones, en ocasión a los procedimientos relacionados con la presente Ley, salvo lo previsto en leyes especiales. 7. Requerir copia de la totalidad o parte de los soportes magnéticos, así como de la información de los documentos revisados durante la fiscalización sin importar que el
  • 9. 9 Procesamiento de datos se desarrolle a través de equipos propios o arrendados o que el servicio sea prestado por un tercero. 8. Requerir informaciones de terceros relacionados con los hechos objeto de la fiscalización, que en el ejercicio de sus actividades hayan contribuido a realizar o hayan debido conocer. 9. Practicar fiscalizaciones en los medios de transporte ocupados o utilizados por cualquier título, por cualquiera de los sujetos de la cadena de producción o consumo a cualquier hora habilitándose el tiempo que fuere menester para practicarlas. 10. Requerir el auxilio de cualquier fuerza pública cuando hubiere impedimento en el desempeño de sus funciones y ello fuere necesario para el ejercicio de las facultades de fiscalización. 11. Dejar constancia de los documentos revisados durante la fiscalización, incluidos los registrados en medios magnéticos o similares y requerir las copias o retener los que considere necesario a objeto de sustanciar el respectivo expediente. 12. Adoptar las medidas necesarias para impedir la destrucción, desaparición o alteración de la documentación que se exija, incluidos los registrados en medio magnéticos, o similares, así como de cualquier otro documento de prueba relevante cuando se encuentre éste en poder del fiscalizado. Mecanismos Alternos de Resolución de Conflictos. Conciliación antes del inicio del procedimiento
  • 10. 10 Artículo 114. El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, de oficio o a solicitud del denunciante, podrá practicar conciliaciones en la sede del denunciado o en las Oficinas del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, con la presencia del denunciante y denunciado, a efectos de lograr los acuerdos siguientes: 1. La reposición del producto o servicio al valor actual. 2. La reparación de producto o servicio al valor actual. 3. La devolución del precio o la contraprestación pagada por la persona. 4. Que el proveedor cumpla con la prestación ofrecida en una relación de consumo, siempre que la misma conste por escrito. 5. Que el proveedor cumpla con atender la solicitud de información requerida por la persona, siempre que dicho requerimiento guarde relación con el producto adquirido o servicio contratado. 6. Que el proveedor pague las coberturas o prestaciones previstas en las pólizas de seguros, en los contratos de servicios prepagados, así como en cualesquiera otros de naturaleza semejante. 7. La elección por parte de la persona, de la forma de pago que más le convenga dentro de las posibilidades ofrecidas por el vendedor o prestador del servicio. 8. La entrega de facturas en las ventas realizadas o en los servicios prestados, debidamente desglosadas, según el caso.
  • 11. 11 9. Cualquier otro acuerdo que restituya el derecho infringido dentro del marco legal de la presente Ley. Lograda la conciliación, el funcionario actuante levantará un acta suscrita por las partes, donde se hará constar los términos de la misma, poniendo fin al procedimiento, una vez homologada por la Sala de Sustanciación. En conclusión se tiene que el tema de la especulación ha existido durante décadas en Venezuela y a pesar de todas las leyes promulgadas cada día adquiere más fuerza e imposible de controlar. Referencias Bibliográficas Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. Gaceta Oficial de Venezuela. Tema N° 9 del Programa Instruccional de la Catedra de Derecho Administrativo II.